Perfiles Diferenciales en Operaciones de Contact Center
Marco Laboral Peruano
1. Marco Laboral Peruano
César Pérez Vásquez
Socio Principal
Pérez Vásquez & Asociados
Estudio de Abogados
www.epclawperu.com
2. ÍNDICE
1. Alternativas de Contratación Laboral:
1.1 Contratos sujetos a plazo indeterminado
1.2 Contratos sujetos a plazo fijo o sujetos a modalidad
1.3 Contratos sujetos a tiempo parcial
1.4 Modalidades Formativas Laborales
2. Régimen Laboral General
3. Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa
4. Intermediación / Tercerización (outsourcing)
5. Inspecciones Laborales y Sanciones
3. 1. Alternativas de Contratación
1.1 Contratos Sujetos a Plazo Indeterminado
• La remuneración y la subordinación permiten su presunción
• No se establece una fecha especial de término. Su conclusión depende de la voluntad
común, fallecimiento, despido, renuncia, etc. etc
• No exige una forma determinada: puede celebrarse en forma verbal o por escrito
• Superado el período de prueba se alcanza protección contra el despido arbitrario
4. 1.2. Contratos Sujetos A Modalidad
CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD
Modalidad Plazo
del Sub Modalidad Supuesto de Procedencia Duración Formalidad
Contrato Máxima
Se entiende como nueva actividad
tanto al inicio de la actividad
Por inicio o productiva, como la posterior
incremento de instalación o apertura de nuevos 3 años Por escrito
nueva actividad establecimientos, así como el inicio de
nuevas actividades o el incremento de
las ya existentes.
Naturaleza
Para atender incrementos
Temporal coyunturales de la producción, aún
Por necesidades
cuando se trate de labores ordinarias 5 años Por escrito
de mercado que formen parte de la actividad
normal de la empresa.
Para la sustitución, ampliación o
Por reconversión
modificación de las actividades 2 años Por escrito
empresarial desarrolladas en la empresa.
Para atender necesidades transitorias, 6 meses al
Ocasional Por escrito
distintas a la actividad habitual. año
Para sustituir temporalmente a un La duración
trabajador estable de la empresa. será la que
Naturaleza Suplencia Por escrito
El empleador deberá reservar el resulte
Accidental puesto a su titular. necesaria
El plazo
Para cubrir necesidades producidas coincidirá con
De emergencia por caso fortuito o fuerza mayor. el plazo de la
Por escrito
emergencia
Para obra Para ejecutar una obra material o El que resulte
Por escrito
determinada inmaterial. Se exige un resultado. necesario
Para Obra Para servicio Para ejecutar un servicio específico. El que resulte
Por escrito
específico Se exige un resultado. necesario
o Servicio
Para cubrir actividades de la empresa El que la
Intermitente que son permanentes pero actividad Por escrito
discontinuas. requiera
5. 1.2. Contratos Sujetos A Modalidad: Registro
• Debe hacerse por escrito y por duplicado. Procedimien Tasa Importe
to de
• Se debe consignar los datos completos del Registro
empleador y del trabajador; las causas
objetivas determinantes de la contratación;
el cargo que va a desempeñar el trabajador; Contrato a Gratuito
justificación de la contratación; su duración; tiempo
la remuneración a percibir. parcial
• Se debe registrar ante el Ministerio de Presentación 0.88 % de UIT 30.80
Trabajo, a través de la web: extemporá
www.mintra.gob.pe, en el plazo de 15 días nea
naturales siguientes de su suscripción.
• Luego de vencido ese plazo tiene que Contratos 0.33 % de UIT 11.55
pagarse una multa. sujetos a
modalidad
Presentación 0.85 % de UIT 29.75
extemporá
nea
6. 1.3 Contratos a Tiempo Parcial
• Jornada diaria menor a 4 horas, en promedio
• Tienen derecho a : gratificaciones legales (Fiestas Patrias y de Navidad ) seguro
de vida, asignación familiar
• No tienen derecho a Protección contra despido arbitrario; RMV; CTS; Vacaciones
• Formalidad: Contrato por escrito y registro en el Ministerio de Trabajo.
• Tiempo: Indefinido ó a plazo
7. 2. Régimen Laboral General
2.1 Costos Laborales
Principales costos laborales, a cargo del empleador, adicionales a la remuneración :
• EsSalud 9.00%
• CTS 8.33%
• Vacaciones 8.33%
• Contribución vacaciones 0.89%
• Gratificaciones 16.67%
• Contribución gratificaciones 1.50%
• CTS de la gratificación 1.39%
(*) Indemnización / Reposición por despido
Estos costos laborales se determinan sobre la remuneración computable para todo
efecto legal.
8. 2.1. Costos Laborales
Beneficios Sociales: Requisitos
Jornada Semanal Jornada diaria
Beneficios Laborales X días X horas (mínimo)
* Es indispensable haber realizado labor (mínimo)
efectiva por lo menos doscientos Gratificaciones Navidad
Fiestas Patrias
No exige mínimo Idem.
sesenta días por cada año completo de Vacaciones 6* - 4 horas
5**
servicios. 4 o 3***
CTS 5o6 - 4 horas
** Es indispensable haber realizado labor < de 5 20 horas
efectiva por lo menos doscientos diez Indemnización en caso de - - 4 horas
despido arbitrario
días por cada año completo de Póliza de Seguro de Vida - - -
servicios.
*** Siempre que sus faltas injustificadas
no excedan de diez en dicho período
(por cada año completo de servicios).
9. 2.2. Conceptos No Remunerativos
Utilizar conceptos no remunerativos permite reducir los costos laborales, ya que no
constituyen remuneración computable para el cálculo de los beneficios sociales.
1. Gratificaciones extraordinarias y otras liberalidades: Se refiere a las que se dan por
una sola vez al año y por alguna razón específica
2. Participación adicional en las utilidades
3. El costo de la condiciones de trabajo
4. Canasta de Navidad y similares
5. Valor de transporte: siempre que esté supeditado a la asistencia al centro de trabajo
y que razonablemente cubra el respectivo traslado
6. Asignación o bonificación por educación: siempre que sea por un monto razonable y
se encuentre debidamente sustentada
7. Asignaciones o bonificaciones por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijo,
fallecimiento, entre otros
8. Bienes de la producción de la empresa que sean otorgados a los trabajadores para su
propio consumo
9. Montos entregados al trabajador para el cabal desempeño de su labor, o con ocasión
de sus funciones: Ej. movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario.
10. Alimentación proporcionada directamente por el empleador, que tenga la calidad de
condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de servicios
11. El valor de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro
indirecto. (vales, ticket, etc.)
10. 3. Régimen Laboral Especial: Micro y Pequeña
Empresa:
Características:
• Es un régimen laboral especial aplicable a la
REQUISITOS micro y pequeña empresa, sea persona
natural con negocio o persona jurídica
constituida bajo los alcances de la Ley
Micro Pequeñas General de Sociedades o la Ley Nº 21621
(EIRL) y es de aplicación para los
Empresas Empresas trabajadores nuevos.
• Los trabajadores con relaciones laborales
Trabajadores 1-10 1-100 existentes al momento de la entrada en
vigencia del nuevo régimen laboral especial,
mantienen los derechos nacidos de sus
relaciones laborales.
• El trámite de acogimiento al RLE
Ventas Anuales Hasta 150 UIT De 150 UIT hasta (presentación de una DDJJ ante en Ministerio
de Trabajo), autoriza a contratar personal
(S/. 525,000.00) 1,700 UIT bajo dicho régimen laboral, es de aprobación
(S/. 5’950,000.00) automática, y se encuentra sujeta a
fiscalización posterior de parte del Ministerio
de Trabajo.
• El registro es a través de la web:
www.mintra.gob.pe
11. Beneficios Laborales
Micro Empresa Pequeña Empresa
1. RMV
2. Jornada Legal
3. Descanso Semanal
4. Feriados
5. Vacaciones: 15 días –
Reducción a 7 días
1. RMV 6. CTS: 15 remuneraciones
2. Jornada Legal diarias por año. Tope :
3. Descanso Semanal 90 remuneraciones
4. Feriados diarias
5. Vacaciones: 15 días – 7. Gratificaciones por
Reducción a 7 días. fiestas patrias y por
Beneficios laborales 6. No se aplica sobretasa navidad: ½
del 35% en horario remuneración cada una
nocturno. 8. SCTR a cargo del
empleador
9. Seguro de Vida a cargo
del empleador
10. Derechos colectivos
11. Derecho a participar en
las utilidades
12. No se aplica la sobretasa
del 35% en horario
nocturno
12. Beneficios Adicionales
Indemnización 10 remuneraciones diarias 20 remuneraciones diarias
por Despido Arbitrario por cada año completo de por cada año completo de
servicios, con máximo de 90 servicios, con un máximo de
remuneraciones diarias. Las 120 remuneraciones diarias.
fracciones de año se abonan Las fracciones de año se
por dozavos. abonan por dozavos.
Seguro Complementario No Sí
de Trabajo de Riesgo
Salud Afiliados al Componente Asegurados reglares al
Semicontributivo del Seguro régimen Contributivo de
Integral de Salud. EsSalud.
Sistema Pensionario Podrán optar: Obligatorio entre:
- Ningún sistema - SNP o
- SNP - SPP
- SPP
- Sistema de
Pensiones Sociales
Exclusiones Por vinculación: Grupos Por vinculación: Grupos
económicos, vinculación económicos, vinculación
económica, división de económica, división de
unidades de producción. unidades de producción.
Reducción de Tasas (-) 70% de los derechos de (-) 70% de los derechos de
pago del TUPA del MTPE. pago del TUPA del MTPE.
Reducción de Multas (-) 50% de la base de (-) 50% de la base de
cálculo de la multa impuesta cálculo de la multa impuesta
por el MTPE. por el MTPE.
Amnistía laboral y de seguridad social para no pagar ni multas ni
intereses ni ninguna sanción administrativa, hasta febrero de 2009.
13. 4. Intermediación
Intermediación Laboral:
– Empresas Especiales de Servicios (service) / Cooperativas de Trabajadores
– Servicios temporales, complementarios y especializados.
14. Tercerización
Supone la identificación de una parte del proceso productivo que puede ser
desempeñada de forma más eficiente por otra entidad, la cual es contratada para
desarrollar esta porción del negocio.
El tercero debe:
• Tener autonomía económica, administrativa, tecnológica.
• Tener la gestión, dirección y control suficientes para prestar el servicio en forma
autónoma
• Contar con un patrimonio y una organización empresarial apropiada a los
servicios ofrecidos
• Asumir los riesgos del negocio y los costos del servicio
• Sus trabajadores están bajo su exclusiva responsabilidad.
• Sólo hay coordinación. No hay poder de dirección ni de sanción sobre el personal
del tercero.
15. Tercerización
CARACTERISTICAS
• Pluralidad de clientes
• Equipamiento
• Inversión de capital
• Forma de retribución. No sólo provisión de personal
FORMAS
Sin desplazamiento
Con desplazamiento no continuo
Con desplazamiento continuo
Más de un tercio de los días laborables del plazo del contrato
Más de 420 horas ó 53 días de trabajo efectivo en un semestre
16. Tercerización:
Consecuencias de su indebida aplicación
• Violación de disposiciones legales o celebración de contratos que únicamente
impliquen una simple provisión de personal, genera que se reconozca a los
trabajadores desplazados una relación de trabajo directa con la empresa principal.
• Incorporación en planillas.
• Sanciones administrativas.
• Solidaridad.
17. 5. Inspecciones Laborales y Sanciones
Las sanciones por la comisión de las infracciones en materia de relaciones laborales,
de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad social y labor inspectiva, se
determinan en función de los:
1. Criterios Generales de Graduación de Sanciones:
a) Gravedad de la Falta cometida;
b) Número de Trabajadores afectados;
2. Antecedentes del sujeto infractor.
18. 5. Inspecciones Laborales: Sanciones
Gravedad Base de Número de Trabajadores Afectados
de la Cálculo
Infracción 1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a +
LEVES 1 a 5 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
GRAVES 6 a 10 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
MUY 11 a 20 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
GRAVES
• La sanción a imponerse se reduce en un 50% cuando sea impuesta a las
micros y pequeñas empresas.
19. CONCLUSIONES
• El Perú cuenta con un marco legal-laboral adecuado pero frondoso
que considera una multiplicidad de opciones para la contratación
laboral e inclusive la contratación indirecta a través de la
intermediación laboral (service)
• Entre esas opciones se debe destacar los contratos a plazo y los
contratos a tiempo parcial
• Existe un régimen laboral general que considera elevados costos
cercanos al 50% y un régimen especial para micro y pequeñas
empresas que considera costos laborales bastante menores
• Es posible otorgar conceptos no remunerativos lo cual reduce el
impacto económico frente a otros conceptos remunerativos
• Se cuenta con una novedosa legislación sobre tercerización cuyos
efectos laborales sólo son efectivos si existe desplazamiento
continuo de personal
• Existe un régimen legal de inspecciones y sanciones importantes