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Marco Laboral Peruano



    César Pérez Vásquez
         Socio Principal
   Pérez Vásquez & Asociados
       Estudio de Abogados
       www.epclawperu.com
ÍNDICE


1. Alternativas de Contratación Laboral:
   1.1 Contratos sujetos a plazo indeterminado
   1.2 Contratos sujetos a plazo fijo o sujetos a modalidad
   1.3 Contratos sujetos a tiempo parcial
   1.4 Modalidades Formativas Laborales

2. Régimen Laboral General

3. Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa

4. Intermediación / Tercerización (outsourcing)

5. Inspecciones Laborales y Sanciones
1. Alternativas de Contratación

1.1 Contratos Sujetos a Plazo Indeterminado

  •   La remuneración y la subordinación permiten su presunción

  •   No se establece una fecha especial de término. Su conclusión depende de la voluntad
      común, fallecimiento, despido, renuncia, etc. etc

  •   No exige una forma determinada: puede celebrarse en forma verbal o por escrito

  •   Superado el período de prueba se alcanza protección contra el despido arbitrario
1.2. Contratos Sujetos A Modalidad


                  CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD

   Modalidad                                                                       Plazo
      del        Sub Modalidad        Supuesto de Procedencia                     Duración        Formalidad
   Contrato                                                                       Máxima
                                   Se entiende como nueva actividad
                                   tanto al inicio de          la actividad
                Por inicio o       productiva,     como       la     posterior
                incremento de      instalación o apertura de nuevos              3 años           Por escrito
                nueva actividad    establecimientos, así como el inicio de
                                   nuevas actividades o el incremento de
                                   las ya existentes.
   Naturaleza
                                   Para         atender          incrementos
   Temporal                        coyunturales de la producción, aún
                Por necesidades
                                   cuando se trate de labores ordinarias         5 años           Por escrito
                de mercado         que formen parte de la actividad
                                   normal de la empresa.
                                   Para la sustitución, ampliación o
                Por reconversión
                                   modificación     de    las     actividades    2 años           Por escrito
                empresarial        desarrolladas en la empresa.
                                   Para atender necesidades transitorias,        6 meses al
                Ocasional                                                                         Por escrito
                                   distintas a la actividad habitual.            año
                                   Para sustituir temporalmente a un             La duración
                                   trabajador estable de la empresa.             será la que
   Naturaleza   Suplencia                                                                         Por escrito
                                   El empleador deberá reservar el               resulte
   Accidental                      puesto a su titular.                          necesaria
                                                                                 El plazo
                                   Para cubrir necesidades producidas            coincidirá con
                De emergencia      por caso fortuito o fuerza mayor.             el plazo de la
                                                                                                  Por escrito
                                                                                 emergencia
                Para obra          Para ejecutar una obra material o             El que resulte
                                                                                                  Por escrito
                determinada        inmaterial. Se exige un resultado.            necesario
   Para Obra    Para servicio      Para ejecutar un servicio específico.         El que resulte
                                                                                                  Por escrito
                específico         Se exige un resultado.                        necesario
   o Servicio
                                   Para cubrir actividades de la empresa         El que la
                Intermitente       que     son      permanentes     pero         actividad        Por escrito
                                   discontinuas.                                 requiera
1.2. Contratos Sujetos A Modalidad: Registro


•   Debe hacerse por escrito y por duplicado.         Procedimien      Tasa            Importe
                                                          to de
•   Se debe consignar los datos completos del             Registro
    empleador y       del trabajador; las causas
    objetivas determinantes de la contratación;
    el cargo que va a desempeñar el trabajador;       Contrato a       Gratuito
    justificación de la contratación; su duración;        tiempo
    la remuneración a percibir.                           parcial

•   Se debe registrar ante el Ministerio de           Presentación     0.88 % de UIT   30.80
    Trabajo,     a    través    de     la   web:           extemporá
    www.mintra.gob.pe, en el plazo de 15 días              nea
    naturales siguientes de su suscripción.

•   Luego de vencido      ese   plazo   tiene   que   Contratos        0.33 % de UIT   11.55
    pagarse una multa.                                    sujetos a
                                                          modalidad




                                                      Presentación     0.85 % de UIT   29.75
                                                           extemporá
                                                           nea
1.3 Contratos a Tiempo Parcial

•   Jornada diaria menor a 4 horas, en promedio

•   Tienen derecho a : gratificaciones legales (Fiestas Patrias y de Navidad ) seguro
    de vida, asignación familiar

•   No tienen derecho a Protección contra despido arbitrario; RMV; CTS; Vacaciones

•   Formalidad: Contrato por escrito y registro en el Ministerio de Trabajo.

•   Tiempo: Indefinido ó a plazo
2. Régimen Laboral General

2.1 Costos Laborales

  Principales costos laborales, a cargo del empleador, adicionales a la remuneración :

   •   EsSalud                          9.00%
   •   CTS                              8.33%
   •   Vacaciones                       8.33%
   •   Contribución vacaciones          0.89%
   •   Gratificaciones                 16.67%
   •   Contribución gratificaciones     1.50%
   •   CTS de la gratificación          1.39%

   (*) Indemnización / Reposición por despido

  Estos costos laborales se determinan sobre la remuneración computable para todo
  efecto legal.
2.1. Costos Laborales

Beneficios Sociales: Requisitos

                                                                                 Jornada Semanal    Jornada diaria
                                                   Beneficios Laborales          X días X horas       (mínimo)
*   Es indispensable haber realizado labor                                               (mínimo)
    efectiva por lo menos       doscientos   Gratificaciones   Navidad
                                                               Fiestas Patrias
                                                                                 No exige mínimo  Idem.

    sesenta días por cada año completo de    Vacaciones                          6*       -          4 horas
                                                                                 5**
    servicios.                                                                   4 o 3***
                                             CTS                                 5o6      -          4 horas

** Es indispensable haber realizado labor                                        < de 5   20 horas

   efectiva por lo menos doscientos diez     Indemnización      en  caso     de -         -          4 horas
                                             despido arbitrario
   días por cada año completo de             Póliza de Seguro de Vida            -        -          -
   servicios.

*** Siempre que sus faltas injustificadas
   no excedan de diez en dicho período
   (por cada año completo de servicios).
2.2. Conceptos No Remunerativos
Utilizar conceptos no remunerativos permite reducir los costos laborales, ya que no
constituyen remuneración computable para el cálculo de los beneficios sociales.

1. Gratificaciones extraordinarias y otras liberalidades: Se refiere a las que se dan por
    una sola vez al año y por alguna razón específica
2. Participación adicional en las utilidades
3. El costo de la condiciones de trabajo
4. Canasta de Navidad y similares
5. Valor de transporte: siempre que esté supeditado a la asistencia al centro de trabajo
    y que razonablemente cubra el respectivo traslado
6. Asignación o bonificación por educación: siempre que sea por un monto razonable y
    se encuentre debidamente sustentada
7. Asignaciones o bonificaciones por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijo,
    fallecimiento, entre otros
8. Bienes de la producción de la empresa que sean otorgados a los trabajadores para su
    propio consumo
9. Montos entregados al trabajador para el cabal desempeño de su labor, o con ocasión
    de sus funciones: Ej. movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario.
10. Alimentación proporcionada directamente por el empleador, que tenga la calidad de
    condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de servicios
11. El valor de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro
    indirecto. (vales, ticket, etc.)
3. Régimen Laboral Especial: Micro y Pequeña
Empresa:
                                                       Características:

                                                       •   Es un régimen laboral especial aplicable a la
                 REQUISITOS                                micro y pequeña empresa, sea persona
                                                           natural con negocio o persona jurídica
                                                           constituida bajo los alcances de la Ley
                 Micro            Pequeñas                 General de Sociedades o la Ley Nº 21621
                                                           (EIRL) y es de aplicación para los
                 Empresas         Empresas                 trabajadores nuevos.
                                                       •   Los trabajadores con relaciones laborales
Trabajadores     1-10             1-100                    existentes al momento de la entrada en
                                                           vigencia del nuevo régimen laboral especial,
                                                           mantienen los derechos nacidos de sus
                                                           relaciones laborales.
                                                       •   El    trámite   de     acogimiento   al    RLE
Ventas Anuales   Hasta 150 UIT De 150 UIT hasta            (presentación de una DDJJ ante en Ministerio
                                                           de Trabajo), autoriza a contratar personal
                 (S/. 525,000.00) 1,700 UIT                bajo dicho régimen laboral, es de aprobación
                                  (S/. 5’950,000.00)       automática, y se encuentra sujeta a
                                                           fiscalización posterior de parte del Ministerio
                                                           de Trabajo.
                                                       •   El registro es a través de la web:
                                                           www.mintra.gob.pe
Beneficios Laborales
                         Micro Empresa               Pequeña Empresa

                                                     1.    RMV
                                                     2.    Jornada Legal
                                                     3.    Descanso Semanal
                                                     4.    Feriados
                                                     5.    Vacaciones: 15 días –
                                                           Reducción a 7 días
                         1. RMV                      6.    CTS: 15 remuneraciones
                         2. Jornada Legal                  diarias por año. Tope :
                         3. Descanso Semanal               90         remuneraciones
                         4. Feriados                       diarias
                         5. Vacaciones: 15 días –    7.    Gratificaciones       por
                            Reducción a 7 días.            fiestas patrias y por
  Beneficios laborales   6. No se aplica sobretasa         navidad:               ½
                            del 35% en horario             remuneración cada una
                            nocturno.                8.    SCTR      a    cargo  del
                                                           empleador
                                                     9.    Seguro de Vida a cargo
                                                           del empleador
                                                     10.   Derechos colectivos
                                                     11.   Derecho a participar en
                                                           las utilidades
                                                     12.   No se aplica la sobretasa
                                                           del 35% en horario
                                                           nocturno
Beneficios Adicionales
    Indemnización             10 remuneraciones diarias        20 remuneraciones diarias
    por Despido Arbitrario    por cada año completo de         por cada año completo de
                              servicios, con máximo de 90      servicios, con un máximo de
                              remuneraciones diarias. Las      120 remuneraciones diarias.
                              fracciones de año se abonan      Las fracciones de año se
                              por dozavos.                     abonan por dozavos.

    Seguro   Complementario   No                               Sí
    de Trabajo de Riesgo
    Salud                     Afiliados   al   Componente      Asegurados   reglares      al
                              Semicontributivo del Seguro      régimen   Contributivo    de
                              Integral de Salud.               EsSalud.

    Sistema Pensionario       Podrán   optar:                  Obligatorio entre:
                                 -     Ningún sistema              -   SNP o
                                 -     SNP                         -   SPP
                                 -     SPP
                                 -     Sistema            de
                                       Pensiones Sociales

    Exclusiones               Por   vinculación:    Grupos     Por   vinculación:    Grupos
                              económicos,       vinculación    económicos,       vinculación
                              económica,     división    de    económica,     división    de
                              unidades de producción.          unidades de producción.

    Reducción de Tasas        (-) 70% de los derechos de       (-) 70% de los derechos de
                              pago del TUPA del MTPE.          pago del TUPA del MTPE.

    Reducción de Multas       (-) 50% de la base de            (-) 50% de la base de
                              cálculo de la multa impuesta     cálculo de la multa impuesta
                              por el MTPE.                     por el MTPE.


       Amnistía laboral y de seguridad social para no pagar ni multas ni
       intereses ni ninguna sanción administrativa, hasta febrero de 2009.
4. Intermediación



  Intermediación Laboral:

  – Empresas Especiales de Servicios (service) / Cooperativas de Trabajadores
  – Servicios temporales, complementarios y especializados.
Tercerización


  Supone la identificación de una parte del proceso productivo que puede ser
  desempeñada de forma más eficiente por otra entidad, la cual es contratada para
  desarrollar esta porción del negocio.


  El tercero debe:

   •   Tener autonomía económica, administrativa, tecnológica.
   •   Tener la gestión, dirección y control suficientes para prestar el servicio en forma
       autónoma
   •   Contar con un patrimonio y una organización empresarial apropiada a los
       servicios ofrecidos
   •   Asumir los riesgos del negocio y los costos del servicio
   •   Sus trabajadores están bajo su exclusiva responsabilidad.
   •   Sólo hay coordinación. No hay poder de dirección ni de sanción sobre el personal
       del tercero.
Tercerización


CARACTERISTICAS

•   Pluralidad de clientes
•   Equipamiento
•   Inversión de capital
•   Forma de retribución. No sólo provisión de personal

FORMAS

    Sin desplazamiento

    Con desplazamiento no continuo

    Con desplazamiento continuo
                   Más de un tercio de los días laborables del plazo del contrato
                   Más de 420 horas ó 53 días de trabajo efectivo en un semestre
Tercerización:
Consecuencias de su indebida aplicación


•   Violación de disposiciones legales o celebración de contratos que únicamente
    impliquen una simple provisión de personal, genera que se reconozca a los
    trabajadores desplazados una relación de trabajo directa con la empresa principal.

•   Incorporación en planillas.

•   Sanciones administrativas.

•   Solidaridad.
5. Inspecciones Laborales y Sanciones


  Las sanciones por la comisión de las infracciones en materia de relaciones laborales,
  de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad social y labor inspectiva, se
  determinan en función de los:

  1. Criterios Generales de Graduación de Sanciones:
   a) Gravedad de la Falta cometida;
   b) Número de Trabajadores afectados;

  2. Antecedentes del sujeto infractor.
5. Inspecciones Laborales: Sanciones


    Gravedad      Base de                     Número de Trabajadores Afectados
       de la      Cálculo
    Infracción                 1-10   11-20    21-50    51-80    81-110   111-140   141 a +

LEVES            1 a 5 UIT     5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50%          51-80%    81-100%

GRAVES           6 a 10 UIT    5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50%          51-80%    81-100%

MUY              11 a 20 UIT   5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50%          51-80%    81-100%
GRAVES



•     La sanción a imponerse se reduce en un 50% cuando sea impuesta a las
      micros y pequeñas empresas.
CONCLUSIONES



• El Perú cuenta con un marco legal-laboral adecuado pero frondoso
  que considera una multiplicidad de opciones para la contratación
  laboral e inclusive la contratación indirecta a través de la
  intermediación laboral (service)
• Entre esas opciones se debe destacar los contratos a plazo y los
  contratos a tiempo parcial
• Existe un régimen laboral general que considera elevados costos
  cercanos al 50% y un régimen especial para micro y pequeñas
  empresas que considera costos laborales bastante menores
• Es posible otorgar conceptos no remunerativos lo cual reduce el
  impacto económico frente a otros conceptos remunerativos
• Se cuenta con una novedosa legislación sobre tercerización cuyos
  efectos laborales sólo son efectivos si existe desplazamiento
  continuo de personal
• Existe un régimen legal de inspecciones y sanciones importantes
MUCHAS GRACIAS




César Pérez Vásquez




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Marco Laboral Peruano

  • 1. Marco Laboral Peruano César Pérez Vásquez Socio Principal Pérez Vásquez & Asociados Estudio de Abogados www.epclawperu.com
  • 2. ÍNDICE 1. Alternativas de Contratación Laboral: 1.1 Contratos sujetos a plazo indeterminado 1.2 Contratos sujetos a plazo fijo o sujetos a modalidad 1.3 Contratos sujetos a tiempo parcial 1.4 Modalidades Formativas Laborales 2. Régimen Laboral General 3. Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa 4. Intermediación / Tercerización (outsourcing) 5. Inspecciones Laborales y Sanciones
  • 3. 1. Alternativas de Contratación 1.1 Contratos Sujetos a Plazo Indeterminado • La remuneración y la subordinación permiten su presunción • No se establece una fecha especial de término. Su conclusión depende de la voluntad común, fallecimiento, despido, renuncia, etc. etc • No exige una forma determinada: puede celebrarse en forma verbal o por escrito • Superado el período de prueba se alcanza protección contra el despido arbitrario
  • 4. 1.2. Contratos Sujetos A Modalidad CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD Modalidad Plazo del Sub Modalidad Supuesto de Procedencia Duración Formalidad Contrato Máxima Se entiende como nueva actividad tanto al inicio de la actividad Por inicio o productiva, como la posterior incremento de instalación o apertura de nuevos 3 años Por escrito nueva actividad establecimientos, así como el inicio de nuevas actividades o el incremento de las ya existentes. Naturaleza Para atender incrementos Temporal coyunturales de la producción, aún Por necesidades cuando se trate de labores ordinarias 5 años Por escrito de mercado que formen parte de la actividad normal de la empresa. Para la sustitución, ampliación o Por reconversión modificación de las actividades 2 años Por escrito empresarial desarrolladas en la empresa. Para atender necesidades transitorias, 6 meses al Ocasional Por escrito distintas a la actividad habitual. año Para sustituir temporalmente a un La duración trabajador estable de la empresa. será la que Naturaleza Suplencia Por escrito El empleador deberá reservar el resulte Accidental puesto a su titular. necesaria El plazo Para cubrir necesidades producidas coincidirá con De emergencia por caso fortuito o fuerza mayor. el plazo de la Por escrito emergencia Para obra Para ejecutar una obra material o El que resulte Por escrito determinada inmaterial. Se exige un resultado. necesario Para Obra Para servicio Para ejecutar un servicio específico. El que resulte Por escrito específico Se exige un resultado. necesario o Servicio Para cubrir actividades de la empresa El que la Intermitente que son permanentes pero actividad Por escrito discontinuas. requiera
  • 5. 1.2. Contratos Sujetos A Modalidad: Registro • Debe hacerse por escrito y por duplicado. Procedimien Tasa Importe to de • Se debe consignar los datos completos del Registro empleador y del trabajador; las causas objetivas determinantes de la contratación; el cargo que va a desempeñar el trabajador; Contrato a Gratuito justificación de la contratación; su duración; tiempo la remuneración a percibir. parcial • Se debe registrar ante el Ministerio de Presentación 0.88 % de UIT 30.80 Trabajo, a través de la web: extemporá www.mintra.gob.pe, en el plazo de 15 días nea naturales siguientes de su suscripción. • Luego de vencido ese plazo tiene que Contratos 0.33 % de UIT 11.55 pagarse una multa. sujetos a modalidad Presentación 0.85 % de UIT 29.75 extemporá nea
  • 6. 1.3 Contratos a Tiempo Parcial • Jornada diaria menor a 4 horas, en promedio • Tienen derecho a : gratificaciones legales (Fiestas Patrias y de Navidad ) seguro de vida, asignación familiar • No tienen derecho a Protección contra despido arbitrario; RMV; CTS; Vacaciones • Formalidad: Contrato por escrito y registro en el Ministerio de Trabajo. • Tiempo: Indefinido ó a plazo
  • 7. 2. Régimen Laboral General 2.1 Costos Laborales Principales costos laborales, a cargo del empleador, adicionales a la remuneración : • EsSalud 9.00% • CTS 8.33% • Vacaciones 8.33% • Contribución vacaciones 0.89% • Gratificaciones 16.67% • Contribución gratificaciones 1.50% • CTS de la gratificación 1.39% (*) Indemnización / Reposición por despido Estos costos laborales se determinan sobre la remuneración computable para todo efecto legal.
  • 8. 2.1. Costos Laborales Beneficios Sociales: Requisitos Jornada Semanal Jornada diaria Beneficios Laborales X días X horas (mínimo) * Es indispensable haber realizado labor (mínimo) efectiva por lo menos doscientos Gratificaciones Navidad Fiestas Patrias No exige mínimo Idem. sesenta días por cada año completo de Vacaciones 6* - 4 horas 5** servicios. 4 o 3*** CTS 5o6 - 4 horas ** Es indispensable haber realizado labor < de 5 20 horas efectiva por lo menos doscientos diez Indemnización en caso de - - 4 horas despido arbitrario días por cada año completo de Póliza de Seguro de Vida - - - servicios. *** Siempre que sus faltas injustificadas no excedan de diez en dicho período (por cada año completo de servicios).
  • 9. 2.2. Conceptos No Remunerativos Utilizar conceptos no remunerativos permite reducir los costos laborales, ya que no constituyen remuneración computable para el cálculo de los beneficios sociales. 1. Gratificaciones extraordinarias y otras liberalidades: Se refiere a las que se dan por una sola vez al año y por alguna razón específica 2. Participación adicional en las utilidades 3. El costo de la condiciones de trabajo 4. Canasta de Navidad y similares 5. Valor de transporte: siempre que esté supeditado a la asistencia al centro de trabajo y que razonablemente cubra el respectivo traslado 6. Asignación o bonificación por educación: siempre que sea por un monto razonable y se encuentre debidamente sustentada 7. Asignaciones o bonificaciones por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijo, fallecimiento, entre otros 8. Bienes de la producción de la empresa que sean otorgados a los trabajadores para su propio consumo 9. Montos entregados al trabajador para el cabal desempeño de su labor, o con ocasión de sus funciones: Ej. movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario. 10. Alimentación proporcionada directamente por el empleador, que tenga la calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de servicios 11. El valor de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirecto. (vales, ticket, etc.)
  • 10. 3. Régimen Laboral Especial: Micro y Pequeña Empresa: Características: • Es un régimen laboral especial aplicable a la REQUISITOS micro y pequeña empresa, sea persona natural con negocio o persona jurídica constituida bajo los alcances de la Ley Micro Pequeñas General de Sociedades o la Ley Nº 21621 (EIRL) y es de aplicación para los Empresas Empresas trabajadores nuevos. • Los trabajadores con relaciones laborales Trabajadores 1-10 1-100 existentes al momento de la entrada en vigencia del nuevo régimen laboral especial, mantienen los derechos nacidos de sus relaciones laborales. • El trámite de acogimiento al RLE Ventas Anuales Hasta 150 UIT De 150 UIT hasta (presentación de una DDJJ ante en Ministerio de Trabajo), autoriza a contratar personal (S/. 525,000.00) 1,700 UIT bajo dicho régimen laboral, es de aprobación (S/. 5’950,000.00) automática, y se encuentra sujeta a fiscalización posterior de parte del Ministerio de Trabajo. • El registro es a través de la web: www.mintra.gob.pe
  • 11. Beneficios Laborales Micro Empresa Pequeña Empresa 1. RMV 2. Jornada Legal 3. Descanso Semanal 4. Feriados 5. Vacaciones: 15 días – Reducción a 7 días 1. RMV 6. CTS: 15 remuneraciones 2. Jornada Legal diarias por año. Tope : 3. Descanso Semanal 90 remuneraciones 4. Feriados diarias 5. Vacaciones: 15 días – 7. Gratificaciones por Reducción a 7 días. fiestas patrias y por Beneficios laborales 6. No se aplica sobretasa navidad: ½ del 35% en horario remuneración cada una nocturno. 8. SCTR a cargo del empleador 9. Seguro de Vida a cargo del empleador 10. Derechos colectivos 11. Derecho a participar en las utilidades 12. No se aplica la sobretasa del 35% en horario nocturno
  • 12. Beneficios Adicionales Indemnización 10 remuneraciones diarias 20 remuneraciones diarias por Despido Arbitrario por cada año completo de por cada año completo de servicios, con máximo de 90 servicios, con un máximo de remuneraciones diarias. Las 120 remuneraciones diarias. fracciones de año se abonan Las fracciones de año se por dozavos. abonan por dozavos. Seguro Complementario No Sí de Trabajo de Riesgo Salud Afiliados al Componente Asegurados reglares al Semicontributivo del Seguro régimen Contributivo de Integral de Salud. EsSalud. Sistema Pensionario Podrán optar: Obligatorio entre: - Ningún sistema - SNP o - SNP - SPP - SPP - Sistema de Pensiones Sociales Exclusiones Por vinculación: Grupos Por vinculación: Grupos económicos, vinculación económicos, vinculación económica, división de económica, división de unidades de producción. unidades de producción. Reducción de Tasas (-) 70% de los derechos de (-) 70% de los derechos de pago del TUPA del MTPE. pago del TUPA del MTPE. Reducción de Multas (-) 50% de la base de (-) 50% de la base de cálculo de la multa impuesta cálculo de la multa impuesta por el MTPE. por el MTPE. Amnistía laboral y de seguridad social para no pagar ni multas ni intereses ni ninguna sanción administrativa, hasta febrero de 2009.
  • 13. 4. Intermediación Intermediación Laboral: – Empresas Especiales de Servicios (service) / Cooperativas de Trabajadores – Servicios temporales, complementarios y especializados.
  • 14. Tercerización Supone la identificación de una parte del proceso productivo que puede ser desempeñada de forma más eficiente por otra entidad, la cual es contratada para desarrollar esta porción del negocio. El tercero debe: • Tener autonomía económica, administrativa, tecnológica. • Tener la gestión, dirección y control suficientes para prestar el servicio en forma autónoma • Contar con un patrimonio y una organización empresarial apropiada a los servicios ofrecidos • Asumir los riesgos del negocio y los costos del servicio • Sus trabajadores están bajo su exclusiva responsabilidad. • Sólo hay coordinación. No hay poder de dirección ni de sanción sobre el personal del tercero.
  • 15. Tercerización CARACTERISTICAS • Pluralidad de clientes • Equipamiento • Inversión de capital • Forma de retribución. No sólo provisión de personal FORMAS Sin desplazamiento Con desplazamiento no continuo Con desplazamiento continuo Más de un tercio de los días laborables del plazo del contrato Más de 420 horas ó 53 días de trabajo efectivo en un semestre
  • 16. Tercerización: Consecuencias de su indebida aplicación • Violación de disposiciones legales o celebración de contratos que únicamente impliquen una simple provisión de personal, genera que se reconozca a los trabajadores desplazados una relación de trabajo directa con la empresa principal. • Incorporación en planillas. • Sanciones administrativas. • Solidaridad.
  • 17. 5. Inspecciones Laborales y Sanciones Las sanciones por la comisión de las infracciones en materia de relaciones laborales, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad social y labor inspectiva, se determinan en función de los: 1. Criterios Generales de Graduación de Sanciones: a) Gravedad de la Falta cometida; b) Número de Trabajadores afectados; 2. Antecedentes del sujeto infractor.
  • 18. 5. Inspecciones Laborales: Sanciones Gravedad Base de Número de Trabajadores Afectados de la Cálculo Infracción 1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a + LEVES 1 a 5 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% GRAVES 6 a 10 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% MUY 11 a 20 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% GRAVES • La sanción a imponerse se reduce en un 50% cuando sea impuesta a las micros y pequeñas empresas.
  • 19. CONCLUSIONES • El Perú cuenta con un marco legal-laboral adecuado pero frondoso que considera una multiplicidad de opciones para la contratación laboral e inclusive la contratación indirecta a través de la intermediación laboral (service) • Entre esas opciones se debe destacar los contratos a plazo y los contratos a tiempo parcial • Existe un régimen laboral general que considera elevados costos cercanos al 50% y un régimen especial para micro y pequeñas empresas que considera costos laborales bastante menores • Es posible otorgar conceptos no remunerativos lo cual reduce el impacto económico frente a otros conceptos remunerativos • Se cuenta con una novedosa legislación sobre tercerización cuyos efectos laborales sólo son efectivos si existe desplazamiento continuo de personal • Existe un régimen legal de inspecciones y sanciones importantes
  • 20. MUCHAS GRACIAS César Pérez Vásquez www.epclawperu.com