INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
Acuerdo de medios tecnologicos
1. ACUERDO DE MEDIOS TECNOLOGICOS
Entre la Empresa ___INGEMUEBLES Y CIA SAS_, persona jurídica domiciliada en la
ciudad de Bogotá D.C., identificada como aparece al pie de su firma por el
Representante Legal, según consta en la Cámara de Comercio, de una parte, y de la
otra, _______________________________________________________, identificado con la cédula
de ciudadanía No. ________________________, quien para los efectos del presente
documento se denomina el trabajador, hemos convenido celebrar el presente
acuerdo de medios tecnológicos que tiene como finalidad establecer los términos
que rigen el uso y la protección de la información de las disposiciones que se regirán
entre LAS PARTES, relacionada con los videos de circuito cerrado de televisión,
llamadas telefónicas, celulares corporativos, redes sociales y correos electrónicos
institucionales de la empresa previas las siguientes consideraciones:
1. El trabajador reconoce la existencia de un circuito cerrado de televisión, y que
la función del mismo consiste en el monitoreo de las instalaciones por parte
del empleador en procura de la seguridad y armonía del establecimiento, por
lo cual no tiene por objeto la custodia de o de bienes u objetos personales o
que se encuentren bajo la responsabilidad exclusiva del trabajador, de tal
forma que los videos del mismo gozan de plena autenticidad y valoración
probatoria. Parágrafo primero: solo tendrán acceso a las imágenes las
personas autorizadas, a manera de consulta; salvo en casos que el material
video grafico se requiera como prueba dentro de un proceso adelantado por
una autoridad civil, penal, fiscal o disciplinaria competente que conforme a
las normas de procedimiento así lo solicite. Parágrafo segundo: Los datos
que se obtengan de su participación serán utilizados únicamente con fines d
seguridad y solamente por parte de la gerencia, guardándose siempre sus
datos personales en lugar seguro de tal manera que ninguna persona ajena
pueda acceder a esta información y atendiendo lo informado la Autorización
general para el tratamiento de datos de conformidad con la ley 1581de 2012.
2. Las líneas telefónicas tanto de uso fijo como celulares corporativos son de
propiedad exclusividad de la empresa, y las mismas están dispuestas
únicamente para el uso de las actividades laborales razón por la cual la
2. empresa se reserva el derecho de grabar y monitorear dichas líneas en aras
de propugnar por la mejoría y calidad del servicio.
3. Los correos electrónicos personales como el acceso de las redes sociales está
prohibido desde las terminales de la empresa, habida cuenta que se debe
prevenir los virusinformáticos y la protección de las redes internas. Así mismo,
se establece que la empresa se reserva el derecho de monitoreo de toda la
información habida cuenta que es de exclusividad de la empresa. Está
autorizado únicamente el uso del correo institucional que aporta la empresa
para el desarrollo y labor encomendada al trabajador.
4.- El trabajador para todos los efectos legales a los que hubiera lugar con su
firma autoriza al empleador para revisar el historial de navegación y archivos
de las terminales o computadores de propiedad de la empresa.
Este Acuerdo representa el Acuerdo Total entre LAS PARTES con respecto al asunto
del objeto del mismo y puede modificarse únicamente mediante acuerdo suscrito
por todas LAS PARTES en el presente Acuerdo de medios tecnológicos.
En fe de lo cual, LAS PARTES suscriben el presente Acuerdo:
La empresa;
___________________________
Representante Legal
El trabajador;
_______________________
Nombre:
Cedula:
HUELLA