2. Índice
1.) Contribuciones especiales
Clasificación
a.) De mejoras
b.) Seguro Social Obligatorio e INCE
c.) Contribuciones previstas en la Ley Orgánica de Ciencias y
Tecnología.
d.) Ley contra el trafico ilícito y el consumo de sustancias
estupefacientes y psicotrópicas
5.) Obligaciones legales no tributarias o Tributos atípicos.
6.) Tributación parafiscal sobre los servicios de telecomunicaciones.
7.) Características de las tributaciones parafiscales
3. Contribuciones especiales
Son tributos destinados a financiar el costo de alguna actividad estatal sea un
servicio de previsión social, con la contraprestación de obtener un beneficio,
generalmente de obras publicas. Se trata de una prestación patrimonial
obligatoria establecidas por una ley a cargo de personas física y jurídicas y
es dirigida a satisfacer y cumplir con fines que al estado le corresponda.
4. Clasificación I
a.) Contribución por mejoras: Son las que se causan por la ejecución de
obras publicas o la prestación de un determinado servicio publico de
evidente interés colectivo, siempre que como consecuencia de estas obras o
servicios resulten especialmente beneficiadas determinadas propiedades.
b.) Contribuciones de Seguridad Social: Se encuentran a cargo de
patronos y trabajadores y su recaudación se destina a la financiación de
servicios de previsión y asistencia social. Persiguen un fin social y que son
aportados al IVSS; INCE y política habitacional; estas contribuciones
pueden verse o considerarse como verdaderos impuestos ya que el
provecho del impuesto se distribuye sobre la colectividad y en dicha
contribución es para un grupo delimitado profesional o socialmente.
c.) Contribuciones previstas en la Ley Orgánica de Ciencias y
Tecnología: La ley destina estos ingresos a finalizar actividades que
tengan que ver con ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones y
deberán ser consignados en su totalidad ante el Fondo Nacional de Ciencia
y Tecnología (FONACIT), órgano receptor de los recursos destinados a
ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones.
5. Clasificación II
d.) Contribución especial prevista en la Ley contra el trafico ilícito y el
consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas: Las personas
jurídicas fabricantes o importadoras de bebidas alcohólicas, tabacos y sus
mesclas están obligados en razón de su responsabilidad social a liquidar el
equivalente al 2 % de la ganancia o utilidad en operaciones, y será destinado a
la ejecución de planes, programas y proyectos relacionados con la
construcción, creación, mantenimiento, restauración y funcionamiento de
centros de tratamiento de las adicciones, así como el apoyo a planes,
programas y proyectos de prevención integral que sean elaboradas por el
ejecutivo nacional.
6. Tributación parafiscal sobre los
servicios de telecomunicaciones.
Además del impuesto sobre servicios de telecomunicaciones y la tasa
de uso, la ley establece la contribución especial de la comisión de
telecomunicaciones conocida como CONATEL, La contribución
especial de fondo de servicio universal y la contribución especial para
el fondo de investigación y desarrollo de las comunicaciones. En tal
sentido se tiene que quienes presten servicios de telecomunicaciones
con fines de lucro, deberán pagar a la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones una contribución especial del medio por ciento
(0,50%) de los ingresos brutos, derivados de la explotación de esa
actividad, los cuales formarán parte de los ingresos propios de la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones para su funcionamiento
Contribución especial del Fondo de Servicio Universal (CONATEL).
7. Contribuciones Parafiscales
Se trata de los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la
Ley que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se
utilizan para beneficio del propio sector.
8. Características de las Contribuciones
Parafiscales
1.) Su producto no se incluye en el presupuesto estatal, estadal ni municipal
e igualmente no ingresan a la tesorería nacional, estadal ni municipal.
2.) No son recaudadas por organismos del estado específicamente fiscales.
3.) Son exacciones fiscales recabadas por ciertos entes públicos para
asegurar su funcionamiento autónomo y el cumplimiento de los fines para
los cuales fueron creados.
4.) Generalmente son destinadas a fines de seguridad social y política fiscal.
9. Referencias Bibliográficas
1.) Moya E. Elementos de finanzas publicas y derecho tributario.
2.) Código Orgánico Tributario
3.) Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela
4.) Ley Orgánica de Ciencias, Tecnología e innovación
5.) Ley contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancia estupefaciente y
psicotrópicas