2. 1
UNIDAD 3: PROCESOS DE REGIONALIZACIÓN COMO
INSTRUMENTO DE DESARROLLO TERRITORIAL1
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD
La unidad “PROCESOS DE REGIONALIZACIÓN COMO INSTRUMENTO DE
DESARROLLO TERRITORIAL” tiene como propósito presentar de una manera
práctica los contenidos de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial-LOOT, a
partir de un contexto general de la Ley 1454 de 2011. Nos permite realizar un
reconocimiento de algunos modelos piloto de regionalización que se han
implementado en el país, los cuales han aportado como alternativas de
desarrollo en el marco de la organización de los territorios. De igual forma,
identificar los retos que trae consigo el proceso de implementación de esta ley en
el nivel territorial.
Al finalizar la unidad, se presentan una serie de recomendaciones para el
municipio, de cara al desarrollo de procesos de asociatividad territorial.
CONCEPTOS CLAVES
• Regionalización: Marco de relaciones geográficas, económicas, culturales, y
funcionales, a partir de ecosistemas bióticos y biofísicos, de identidades
culturales locales, de equipamientos e infraestructuras económicas y
productivas y de relaciones entre las formas de vida rural y urbana, en el que
se desarrolla la sociedad colombiana para alcanzar un desarrollo hacia la
complementariedad, con el fin de fortalecer la unidad nacional. (Núm. 5, Art
3º de la Ley 1454 de 2011)
• Asociatividad: “Acuerdo de voluntades entre Entidades Territoriales que se
unen para realizar acciones conjuntas con el fin de alcanzar objetivos
comunes, que no podrían lograr individualmente y así lograr el mejoramiento
del nivel de vida de sus comunidades” Santos y otros (2013:141)
1 Angélica María Puentes Mojica – Ingeniera Industrial, Especialista en planeación, gestión
y control del desarrollo social, candidata a Magister en Desarrollo Humano.
Helem Alejandra Sánchez – Licenciada en Educación con énfasis en Ciencias Sociales,
Abogada especialista en Derecho Público. Estratega de la Escuela Virtual Cundinamarca
2036
3. 2
• Esquemas asociativos: “Son acuerdos de voluntades entre entidades
territoriales o asociaciones de entidades territoriales o entre estas y aquellas,
que dando aplicación a los mecanismos de colaboración, cooperación en
donde cada Entidad Territorial, manteniendo su independencia jurídica y
autonomía administrativa, decide participar en un esfuerzo conjunto con las
otras, para la búsqueda de objetivos comunes que determinan los miembros
que la conforman Territorialmente” Santos y otros (2013:142)
• Comisión de Ordenamiento: Es un organismo de carácter técnico asesor que
tiene como función evaluar, revisar y sugerir al Gobierno Nacional y a las
Comisiones Especiales de Seguimiento al Proceso de Descentralización y
Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de
Representantes, la adopción de políticas, desarrollos legislativos y criterios para
la mejor organización del Estado en el territorio, Santos y otros (2013:10).
• Contrato plan: Son contratos que se establecen entre entidades territoriales
con el gobierno nacional para desarrollar obras macro e inversión social con el
liderazgo del Departamento Nacional de Planeación. (Art. 18 de la Ley 1454
de 2011).
•
•
•
CONTENIDO DE LA UNIDAD
Antecedentes
En el artículo 288 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el constituyente
delega la responsabilidad de regular las competencias de la nación y las
entidades territoriales en una ley orgánica de ordenamiento territorial,
condicionada a los principios: de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en
los términos que establezca la ley.
A partir de éste mandato constitucional, se inició un proceso legislativo, en cual se
presentaron más de veintiún (21) proyectos de ley ante el Congreso de la
República, durante diez (10) años, los cuales sirvieron como antesala a la
aprobación de la Ley 1454 de 2011, por medio de la cual se dictan normas
orgánicas sobre ordenamiento territorial (más conocida como la LOOT) y además
se modifican otras disposiciones.
Pregunta orientadora ¿Cuáles son las formas de
asociatividad que tiene las entidades territoriales?
4. 3
¿Qué es la LOOT?
Es la ley que tiene por objeto brindar elementos para garantizar la organización
política y administrativa del territorio colombiano.
¿Para qué sirve la LOOT?
De acuerdo a lo establecido en la Ley 1454 de 2011, la LOOT sirve para:
Definir la actividad legislativa en materia de normas y disposiciones de
carácter orgánico relativas a la organización político administrativa del Estado
en el territorio.
Establecer los principios rectores del ordenamiento.
Definir el marco institucional e instrumentos para el desarrollo territorial.
Definir competencias en materia de ordenamiento territorial entre la Nación,
las entidades territoriales y las áreas metropolitanas.
Establecer las normas generales para la organización territorial.
¿Por qué es importante la LOOT para los municipios?
Porque ofrece esquemas de asociatividad territorial que les permite a las
entidades territoriales potencializar sus fortalezas y trabajar en conjunto para
superar sus debilidades al momento de pensar en la generación de un mayor
desarrollo local y regional, aumentar su crecimiento económico, fortalecer la
gobernabilidad territorial y reducir la burocracia.
Tal y como se establece en el artículo 9 de la Ley 1454 de 2011, el objeto de estos
esquemas de asociatividad territorial es: promover procesos asociativos entre
entidades territoriales para la libre y voluntaria conformación de alianzas
estratégicas que impulsen el desarrollo autónomo y auto sostenible de las
comunidades.
Adicionalmente, el Ministerio del Interior menciona otra serie de beneficios que
ofrecen los esquemas de asociatividad, tales como:
Fortalecer los procesos de descentralización y preservar la autonomía
territorial.
Alcanzar una visión de desarrollo regional compartida.
Impulsar el desarrollo regional.
Consolidar los territorios comunes.
Planear a largo plazo.
Generar mayor competitividad e inversión estratégica del recurso público.
Participar en la elaboración y ejecución de proyectos regionales y
subregionales de impacto nacional.
Suscribir convenios o contratos plan.
5. 4
Asumir competencia de las entidades del orden nacional.
Obtener incentivos por parte del Gobierno nacional.
Aumentar la rentabilidad en cuanto a la ejecución de obras públicas,
prestación de servicios, proyectos a largo plazo, etc.
Aumentar las oportunidades de inversión y beneficios de los habitantes.
Crear alianzas público privadas (APP).
Promover la participación ciudadana y ofrecer a su comunidad tomar parte
activa en las decisiones que busquen el mejoramiento social y cultural de sus
habitantes. Santos, J. y Otros (2013:151.)
¿Qué dice la LOOT de la participación ciudadana?
En el marco de la democracia participativa:
La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial-LOOT establece como principio
rector la participación. La política de ordenamiento territorial promoverá la
participación, concertación y cooperación para que los ciudadanos tomen
parte activa en las decisiones que inciden en la orientación y organización
territorial, esto incluye comunidades indígenas y no indígenas.
De otra parte, menciona que la comunidad podrá vincularse para desarrollar
procesos de control social promovidos por las autoridades del nivel nacional y
territorial, a través de ejercicios participativos en la planeación, ejecución y
rendición final de cuentas, como principio de responsabilidad política y
administrativa de los asuntos públicos.
La ciudadanía está representada en la comisión de ordenamiento territorial
COT, mediante la vinculación de representantes por ejemplo del congreso de
la República, asambleas, concejos; así como expertos académicos. Consejos
Territoriales de Planeación, Comisiones Municipales de Ordenamiento
Territorial, Veedurías Ciudadanas, y diversas organizaciones comunales.
¿Cuáles figuras de asociatividad establece la norma?
En el capítulo II de la Ley 1454 de 2011, se establecen los posibles esquemas
asociativos que se pueden desarrollar entre las entidades territoriales, las cuales
son promovidas por el Gobierno Nacional. A continuación se presenta un cuadro
con la definición, la naturaleza jurídica, requisitos, funciones y normas que las
amparan.
6. 5
Asociación de Municipios, Departamentos y Distritos
Asociación de Municipios Asociación de
Departamentos
Asociación de Distritos
DEFINICIÓN Asociatividad administrativa y
política que podría llegar a
darse entre dos o más
municipios, inclusive siendo de
diferentes departamentos.
Asociatividad administrativa y
política que podría llegar a
darse entre dos o más
departamentos
Asociatividad política y
administrativa que podría
llegar a darse entre dos o
más distritos especiales
NORMA Ley Orgánica 1454 de 2011,
Art. 12
Ley Orgánica 1454 de 2011, Art.
12
Ley Orgánica 1454 de
2011, Art. 13.
Ley 1617 de 2013
NATURALEZA
JURIDICA
Entidades administrativas de derecho público con personería jurídica, autonomía administrativa
Patrimonio propio.
REQUISITOS • Autorización del concejo
municipal
• Acuerdo de voluntades
• Suscripción del
documento que avale el
acuerdo
• No requieren continuidad
geográfica
• Pueden pertenecer a
varios departamentos
• Autorización de la Asamblea
Departamental.
• Acuerdo de voluntades.
• Suscripción del documento
que avale acuerdo.
• No requieren continuidad
geográfica
• Autorización del
Concejo Distrital
• Acuerdo de voluntades
• Suscripción del
documento que avale
el acuerdo
FUNCIONES • Prestar conjuntamente
servicios públicos
• Prestar Conjuntamente
funciones administrativas
propias o asignadas al
ente territorial por el nivel
nacional.
• Ejecutar obras de interés
común
• Cumplir funciones e
planificación
• Procurar el desarrollo
integral de sus territorios.
Dar impulso a actividades de:
• Diversificación productiva,
empresas locales y clúster,
Organización de redes entre
actores públicos y privados.
• Generación de nuevas
fuentes de empleo e ingresos
a nivel local y regional.
• Promoción de desarrollo
científico, tecnológico e
innovación a nivel supra
departamental y regional.
• Prestación de servicios
públicos de alcance supra
departamental.
• Desarrolla conjuntamente
funciones administrativas
departamentales.
• Ejecución obras de alcance
región
• Prestar
conjuntamente
servicios públicos
• Prestar
conjuntamente
funciones
administrativas
propias o asignadas
al ente territorial por
el nivel nacional
• Ejecutar obras de
interés común
• Cumplir funciones de
planificación
• Procurar el desarrollo
integral de sus
territorial
7. 6
Provincias Administrativas de planificación y Áreas metropolitanas
PROVINCIAS ADMINISTRATIVAS Y DE
PLANIFICACIÓN
ÁREAS METROPOLITANAS
DEFINICIÓN Esquema de asociatividad, el cual se
constituye mediante ordenanza de dos o más
municipios que sean geográficamente
contiguos dentro de un mismo departamento.
Son entidades administrativas de derecho
público formadas por un conjunto de dos o
más municipios integrados alrededor de un
municipio o núcleo que pueden ser o no del
mismo departamento.
NORMA • Constitución Política Art. 321.
• Ley Orgánica 1454 de 2011, Art. 16.
• Constitución Política Art. 321.
• Ley Orgánica 1454 de 2011, Art. 16.
• Ley 1625 de 2013
NATURALEZA
JURIDICA
• Entidades jurídicas administrativas de
derecho público
• Personería jurídica
• Autonomía administrativa
• patrimonio propio
• Personería jurídica
• derecho público
• autonomía administrativa
• patrimonio propio,
autoridad
• Régimen administrativo y fiscal especial.
PROCEDIMIENTODECONFORMACIÓN
1. Se pueden conformar por solicitud de los
alcaldes municipales, el gobernador o el 10%
de los ciudadanos que componen el censo
electoral de los respectivos municipios.
2. Autorización de los respectivos Concejos
Municipales.
3. Expedición de una ordenanza por la
Asamblea departamental.
1. Elaborar proyecto de constitución donde se
precise como mínimo:
a. Los municipios que la integrarán, el
municipio núcleo y las razones que
justifican su creación.
b. El proyecto se entregará a la
Registraduría Nacional del Estado
Civil.
FUNCIONES
• Organizar conjuntamente la prestación de
servicios públicos.
• La ejecución de obras de ámbito regional.
• La ejecución de proyectos de desarrollo
integral y gestión ambiental.
• Identificar y regular los hechos
metropolitanos o de impacto regional de
conformidad con lo establecido en la ley.
• Formular y adoptar el plan integral de
desarrollo. Metropolitano incluyendo el
componente de ordenamiento físico
territorial.
• Formular y adoptar el Plan Estratégico
Metropolitano de Ordenamiento Territorial.
8. 7
Regiones de Planificación y Gestión – Regiones Administrativas de Planificación
REGIONES DE PLANIFICACIÓN Y
GESTIÓN
REGIONES ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
DEFINICIÓN
Es una de las instancias de asociación de
entidades territoriales que permiten
promover y aplicar de manera armónica y
sostenible los principios de
complementariedad, concurrencia y
subsidiariedad en el desarrollo y ejecución
de las competencias asignadas a las
entidades territoriales.
Son RAP las entidades conformadas por dos o
más departamentos, con personería jurídica,
autonomía financiera y patrimonio propio
cuya finalidad está orientada al desarrollo
regional.
NORMA • Constitución Política Art. 285
• Artículo 18 de la Ley 1454 de 2011
• Constitución Política Art. 306
• Ley 1454 de 2011
NATURALEZA
JURIDICA
• Entidades administrativas de derecho
público
• Personería jurídica
• Autonomía administrativa
• Patrimonio propio
• Entidades administrativas de derecho
público
• Personería jurídica
• Autonomía administrativa
• Patrimonio propio
REQUISITOS La RPG para su conformación parte de la
iniciativa de entidades territoriales y de
asociaciones entre entidades territoriales
(asociaciones de departamentos,
asociaciones de distritos, asociaciones de
municipios), de conformidad con lo señalado
en el artículo 15 de la LOOT, las asociaciones
de áreas metropolitanas, es decir,
presuponen la existencia de cualquiera de
ésta figuras, lo cual bajo el principio de
gradualidad establecido en la LOOT,
representa una figura que permite el tránsito
de las asociaciones entre entidades
territoriales a figuras de integración de
alcance regional. Por lo anterior se requiere:
• Autorización del Concejo municipal
• Acuerdo de voluntades
• Suscripción del documento que
avale el acuerdo
• La autorización previa de las Asambleas
Departamentales.
• Concepto previo de la Comisión de
Ordenamiento Territorial del Senado de la
República.
• Suscripción de un convenio por parte de
los gobernadores.
• Se debe tener en cuenta para su
financiación y funcionamiento los
parámetros establecidos en la Ley 617 de
2000 y 819 de 2003 para los
departamentos que las conformen.
FUNCIONES • Promover y aplicar de manera armónica
y sostenible los principios de
complementariedad, concurrencia y
subsidiaridad en el desarrollo y
ejecución de las competencias
asignadas a las entidades territoriales
por la constitución y la ley.
• Actuar como bancos de proyectos de
inversión estratégicos de impacto
regional durante el tiempo de desarrollo
y ejecución de los mismos.
• Serán los mecanismos encargados de
planear y ejecutar la designación delos
recursos del Fondo de Desarrollo
Regional.
• Orientar el desarrollo regional, la inversión
y la competitividad.
• La Nación podrá cofinanciar proyectos
estratégicos de las RAP, previo
cumplimiento de los requisitos y
condiciones previstos en la normativa
vigente.
9. 8
¿Existen ejemplos de este tipo de esquemas de asociatividad?
ESQUEMA DE
ASOCIATIVIDAD
NOMBRE Y DESCRIPCIÓN
REGIÓN ADMINISTRATIVA
Y DE PLANIFICACIÓN
Región Administrativa y de Planeación Especial-RAPE: Es la primera entidad pública
regional creada en el país, en septiembre de 2014 mediante convenio suscrito por los
departamentos Cundinamarca, Boyacá, Meta, Tolima y por Bogotá D. C., con el
propósito de impulsar y articular planes regionales de desarrollo económico y
ambiental, se le conoce como Región Central
PROVINCIAS
ADMINISTRATIVAS Y DE
PLANIFICACIÓN
Región Vida: En la actualidad se trabaja en Región Vida como un Proyecto de
Asociatividad territorial y cooperación que fomenta el desarrollo entre los municipios
de Soacha, La Calera, Funza, Chía, Cota, Mosquera, Madrid, Facatativá, Zipaquirá y
Cajicá.
AREA METROPOLITANA
DEL VALLE DE ABURRÁ
El Área Metropolitana del Valle de Aburrá:es una entidad administrativa de derecho
público que asocia a los 10 municipios que conforman el Valle de Aburra: Medellín
(como ciudad núcleo), Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Envigado, Itagüí, La
Estrella, Sabaneta y Caldas.
El Área Metropolitana del Valle de Aburrá fue creada mediante Ordenanza
Departamental Nº 34 de noviembre 27 de 1980, para la promoción, planificación y
coordinación del desarrollo conjunto y la prestación de servicios de los municipios que
la conformaron.
¿Cuáles son las competencias de cada responsable dentro de los esquemas de
asociatividad?
La Ley 1454 de 2011, define la competencia como poder jurídico o la facultad
que tiene: Nación, entidades territoriales y figuras de integración territorial para
atender de forma general responsabilidades del Estado
Nación:
Establecer política general de ordenamiento del
territorio en asuntos de interés nacional: áreas de
parques nacionales y áreas protegidas.
Localizar grandes proyectos de infraestructura.
Determinar áreas limitadas en uso por seguridad y
defensa.
Definir los lineamientos del proceso de
urbanización y el sistema de ciudades.
Determinar los lineamientos y criterios para
garantizar la equitativa distribución de los
servicios públicos e infraestructura social en las
regiones.
Conservar y proteger áreas de importancia histórica y cultural.
Definir los principios de economía y buen gobierno mínimos que deberán
cumplir los departamentos, los Distritos, los municipios, las áreas metropolitanas,
y cualquiera de las diferentes alternativas de asociación, contratos o
convenios plan o delegaciones.
10. 9
Departamento
Establecer directrices y orientaciones para el
ordenamiento de la totalidad o porciones
específicas de su territorio, especialmente en
áreas de conurbación con el fin de determinar
los escenarios de uso y ocupación del espacio,
de acuerdo con el potencial óptimo del
ambiente y en función de los objetivos de
desarrollo, potencialidades y limitantes
biofísicos, económicos y culturales.
Definir las políticas de asentamientos
poblacionales y centros urbanos, de tal
manera que facilite el desarrollo de su territorio.
Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se
aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en
el desarrollo municipal.
Integrar y orientar la proyección espacial de los planes sectoriales
departamentales, los de sus municipios y entidades territoriales indígenas.
Articular sus políticas, directrices y estrategias de ordenamiento físico-territorial
con los planes, programas, proyectos y actuaciones sobre el territorio,
mediante la adopción de planes de ordenamiento para la totalidad o
porciones específicas de su territorio, de acuerdo a sus competencias.
Establecer las directrices y orientaciones específicas para el ordenamiento del
territorio en los municipios que hacen parte de un Área Metropolitana
correspondiente a estas, la cual será ejercida con observancia a los principios
para el ejercicio de las competencias establecidos en la presente ley.
Implementar programas de protección especial para la conservación y
recuperación del medio ambiente.
Distritos especiales
Dividir el territorio distrital en localidades, de
acuerdo a las características sociales de sus
habitantes y atribuir competencias y funciones
administrativas.
Organizarse como áreas metropolitanas,
siempre que existan unas relaciones físicas,
sociales y económicas que den lugar al
conjunto de dicha característica y coordinar el
desarrollo del espacio territorial integrado por
medio de la racionalización de la prestación
de sus servicios y la ejecución de obras de
interés metropolitano.
Dirigir las actividades que por su denominación y su carácter les corresponda.
11. 10
Municipio
Formular y adoptar los planes de ordenamiento del
territorio.
Reglamentar de manera específica los usos del suelo,
en las áreas urbanas, de expansión y rurales, de
acuerdo con las leyes.
Optimizar los usos de las tierras disponibles y coordinar
los planes sectoriales, en armonía con las políticas
nacionales y los planes departamentales y
metropolitanos.
Si estamos interesados en desarrollar alguno de los esquemas de asociatividad
mencionados a lo largo del módulo, ¿existe alguna recomendación para
ello?
Importante contar con asistencia técnica para desarrollar esquemas de
asociatividad que les permita alcanzar incentivos del Gobierno Nacional.
En el caso de los mandatarios, tomar el liderazgo de la iniciativa de asociarse,
establecer un diagnóstico donde identifique problemas por resolver,
propósitos, metas, recursos e intereses comunes que tengan con otras
entidades territoriales. Posteriormente, establecer diálogo con sus homólogos,
para así definir juntos el mejor esquema de asociatividad.
Reconocer con claridad las fuentes de financiación que puede darle
viabilidad al esquema y de otra parte, se hacen más viables los recursos del
gobierno nacional al tener los proyectos impacto regional
Tener en cuenta que la formulación de proyectos en el marco de esquemas
de asociatividad, requieren de rigurosidad al momento de presentarlos,
Revisar las alianzas con entidades del gobierno nacional que puedan
fortalecer el esquema de asociatividad.
Formular un plan de acción al corto, mediano y largo plazo que permita
monitorear el cumplimiento de los objetivos trazados en el esquema de
asociatividad.
Tener conocimientos relacionados con el proceso de formalización del
esquema, sino, pedir apoyo a entidades como la Secretaria de Planeación del
Departamento.
Si la entidad territorial tiene varios esquemas de asociatividad, tener claro en lo
posible que apunten a objetivos diferentes y estratégicos para el
fortalecimiento del municipio.
12. 11
Después de realizar la lectura, no
olvide responder el cuestionario
dispuesto en la plataforma.
13. 12
BIBLIOGRAFÍA
SANTOS, J. Y OTROS. Compendio normativo en materia de ordenamiento
territorial, disponible en:
http://gapv.mininterior.gov.co/sites/default/files/compendio_normativo_ter
ritorial_mininterior.pdf (27/06/2017), 2013).
SANTAMARIA, M. Y OTROS. Definición legal y funcional de los esquemas
asociativos de entidades territoriales en Colombia, disponible en:
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Desarrollo%20Territorial/DEFINICI%C3
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ATIVOS%20DE%20ENTIDADES%20TERRITORIALES%20EN%20COLOMBIA.pdf
(28/06/2017), 2012.
GAVIRIA, S. Y OTROS. Los Contratos Plan y la construcción de un nuevo país,
disponible en: https://www.dnp.gov.co/Contratos-
Plan/Paginas/LIBRO%20CONTRATOSPLAN.aspx (29/02/2017), 2016.