3. Contenido
Derechos de Propiedad.
Derechos sobre las obras de ingenio.
Derecho patrimonial
Derecho moral.
Definición de Propiedad Intelectual
4. Derechos de propiedad.
Es el poder directo e inmediato sobre un objeto
o bien, por la que se atribuye a su titular la
capacidad de disponer del mismo, sin más
limitaciones que las que imponga la ley.
Requiere tres condiciones:
A) Que el bien sea útil; ya que si no lo fuera, carecería de fin la apropiación.
B) Que el bien exista en cantidad limitada
C) Que sea susceptible de ocupación, porque de otro modo no podrá actuarse
5. Otra deficion de derecho de propiedad,
Según la definición dada el jurista venezolano Andrés Bello el derecho de
propiedad es, el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo
contra la ley o contra el derecho ajeno.
El derecho de propiedad pleno comprende tres facultades
Principales:
1. uso (ius utendi),
2. disfrute (ius fruendi)
3. disposición (ius abutendi),
6. Derechos de Autor.
Es un conjunto de normas jurídicas y principios
que regulan los derechos morales y patrimoniales
que la ley concede a los autores (los derechos de
autor), por el solo hecho de la creación de una
obra literaria, artística, musical, científica o
didáctica, que esté publicada o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos
fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos
Humanos.
7. Derecho Patrimonial.
Son aquellos que se reflejan sobre el patrimonio y son
aptos para satisfacer necesidades valorables en
dinero.
Según los romanos, el patrimonio estaba constituido por
todos los bienes, créditos, derechos y acciones de que fuere
titular una persona y las deudas y cargas que la gravaran
En la concepción de Aubry y Rau lo consideraron un atributo de la personalidad,
consistente en todos los bienes y créditos de los que era titular una persona, y las
cargas que la gravaran. No puede existir persona sin patrimonio, ni patrimonio sin
persona de su tutela.
8. EL PATRIMONIO, integra:
Los derechos patrimoniales.
Los derechos reales.
Los derechos personales.
9. Patrimonio
Derechos Patrimoniales Derechos reales Derechos personales
Es el que concede a su Son los que solamente pueden
Son aquellos que se reflejan
titular un poder inmediato y reclamarse de ciertas personas, que
sobre el patrimonio y son aptos
directo sobre una cosa, que por un hecho suyo o la sola
para satisfacer necesidades
puede ser ejercitado y hecho disposición de la ley han contraído
valorables en dinero
valer frente a todos. las obligaciones correlativas
10. Derecho Moral.
Es el derecho de primogenitura y perpetuo titular del
autor de una obra, es como la conciencia del ser
humano y el respeto a su ser, porque este derecho
está unido a él en forma inalienable, imprescriptible,
irrenunciable e inembargable, haciéndose extensivo a
los herederos.
El derecho moral sólo puede ser ejercido por el Estado
cuando no hay herederos, la obra es del dominio
público o es anónima, o bien, cuando tenga un valor
cultural para el país
11. Derecho Moral.
Amparado el derecho moral por la Ley Federal del Derecho de Autor, un
creador tiene el privilegio de gozar de ciertas facultades, como:
Determinar si su obra se divulga o permanece inédita.
Registrar una obra a su nombre, con seudónimo o de manera anónima.
Evitar que su obra sea objeto de deformación, mutilación, modificación o atentado,
que le causen un perjuicio.
No modificar su obra.
Retirar su obra del mercado.
No le sea atribuida una obra ajena.
La infracción más común a los derechos
morales es el plagio.
12. Propiedad Intelectual.
Es el reconocimiento de un derecho particular en
favor de un autor u otros titulares de derechos, sobre
las obras del intelecto humano.
Es cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza
intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y
tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y signos
distintivos, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas.