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INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Nº 2024
REGLAMENTO INTERNO
2019
2
PROFESORES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DEL
REGLAMENTO INTERNO 2019
PROFESOR:
Lic. Víctor Santa Cruz Loayza Primaria
Lic. José Aquino Gómez Secundaria
DIRECTOR:
Lic. José Wilder Alcántara Boza
SUB DIRECTORA DE PRIMARIA:
Lic. Sonia del Rocío Ibáñez Otiniano
SUB DIRECTORA DE SECUNDARIA:
Lic. Socorro Martel Zorrilla
3
REGLAMENTO INTERNO DE LA IE
ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA IE
- PRESENTACIÓN
- RESOLUCIÓN DIRECTORAL
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Concepto
1.2 Línea Axiológica y Principios
A. Fines de la educación peruana
B. Fines del reglamento interno
1.3 Alcances
1.4 Base Legal
CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
2.1 Del funcionamiento
2.2 Del horario de Atención en la Institución Educativa
2.3 Ubicación
2.4 Ámbito geográfico
2.5 Objetivos
a) Objetivos Generales
b) Objetivos Específicos
CAPÍTULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
3.1 Diseño organizacional
3.2 Funciones generales
A. Funciones generales de la IE
3.3 Funciones específicas del Director de la IE
3.4 Funciones del personal administrativo
A. Funciones de la secretaria
B. Funciones del auxiliar de laboratorio
a. Funciones específicas
3.5 Deberes del docente
3.6 Del o la responsable de convivencia y disciplina escolar
3.7 De los estudiantes
3.8 Del CONEI
3.9 De los auxiliares de educación
CAPÍTULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN
4.1 Académica
4.2 Instrumentos de Gestión: PCI
A. Planificación
B. Programación
4
C. Calendarización
D. Periodos vacacionales
E. Monitoreo
4.3 Monitoreo y acompañamiento
4.4 Control de asistencia y permanencia
4.5 Administrativa
A. Régimen interno
a. Instancia de gestión
b. Planificación
B. Régimen económico
a. Fuentes de financiamiento
b. Recursos propios
C. Régimen de seguridad social de los trabajadores
CAPÍTULO V: DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN,
PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN.
5.1 Matrícula (Proceso)
5.2 Evaluación (Etapas)
A. Evaluación en primaria
B. Evaluación en secundaria
5.3 Promoción – Repetición (Especificar)
5.4 Certificación (Especificar en qué casos)
CAPÍTULO VI: DEL REGISTRO ESCALAFONARIO
6.1 Organización del Escalafón Docente, Administrativo.
6.2 Su uso y obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la I.E.I.
CAPÍTULO VII: DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y
SANCIONES DEL PERSONAL.
7.1 Estímulos, faltas y sanciones para el personal directivo.
7.2 Estímulos, faltas y sanciones del personal administrativo.
7.3 Estímulos, faltas y sanciones para el personal docente.
CAPÍTULO VIII: DERECHOS y DEBERES DE LOS EDUCANDOS
8.1. Estímulos, faltas y medidas correctivas para el educando.
CAPÍTULO IX: NORMAS DE CONVIVENCIA
9.1 De la definición de la convivencia escolar
9.2 De la organización de la convivencia escolar, la prevención de la violencia y la
atención de casos.
9.3 De las normas de convivencia
A. Acuerdos de convivencia en la IE
a. Relaciones personales
5
b. Actividad académica
c. Puntualidad y asistencia
d. Cuidados del material propio y ajeno (de la IE)
e. Salud e higiene
B. Acuerdos de convivencia en el aula
9.4 De las medidas reguladoras
CAPÍTULO X: PROTECCIÓN AL ESTUDIANTE CONTRA LA VIOLENCIA
ESCOLAR
CAPÍTULO XI: RELACIONES Y COORDINACIONES
11.1 Relaciones institucionales
11.2 Con los padres de familia
11.3 La asociación de ex alumnos
11.5 El Ministerio de Educación
11.5 La municipalidad de Los Olivos
11.6 Parroquia
CAPÍTULO XII: DE LAS DENUNCIAS
DISPOSICIONES FINALES
ANEXO
6
REGLAMENTO INTERNO DE LA IE N 2024
PRESENTACIÓN
El presente Reglamento Interno es un instrumento normativo, que tiene como marco
conceptual los principios, normas técnicas, métodos y procedimientos administrativos,
como tal posibilitará el apoyo a la gestión Institucional y que tiene por finalidad normar el
funcionamiento de la Institución Educativa Nº 2024 del distrito de Los Olivos, provincia y
región Lima; facilitando y asegurando el logro de los fines, objetivos establecidos. El
presente documento regula el funcionamiento organizativo, administrativo y técnico
pedagógico de nuestro Institución Educativa; en él encontramos la Estructura Funcional; los
derechos y deberes y obligaciones del personal que labora en la institución, así como de los
estudiantes y padres de familia; de la misma manera establece la jornada laboral, la
administración de los recursos, organización administrativa y técnico pedagógico, los
estímulos y sanciones y otros. Dicho documento se ha elaborado teniendo en cuenta los
postulados de la Ley General de Educación y de acuerdo a las necesidades de nuestra
institución Educativa y aspiraciones de la Comunidad.
La comisión
7
8
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
DIRECCIÓN DE LA
I.E. N°2024
SUB DIRECCIÓN
COORDINACIÓN
DEL EQUIPO DE
PRIMARIA
EQUIPO
DOCENTE
DOCENTES
EQUIPO
ADMINISTRATIVO
A.P.A.F.A.
CONEI
CONSEJO
ACADÉMICO
DEPARTAMENTO DE
COORDINACIÓN, TUTORIA
DISCIPLINA Y CONVIVENCIA
EDUCATIVA
COODINACIÓN DEL EQUIPO
DE SECUNDARIA
EQUIPO
DOCENTE
EQUIPO DE
AUXILIARES
EQUIPO DE
TALLERES
9
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Concepto
ART 1 º Reglamento Interno es un documento normativo y de gestión que regula la
organización y el funcionamiento pedagógico, administrativo e institucional de la
Institución educativa N0 2024 y los integrantes de los diferentes actores de la comunidad
educativa. En el marco del proyecto educativo institucional con la finalidad de mejorar el
servicio educativo y garantizar la calidad de aprendizajes y formación de nuestros
educandos.
1) Personal jerárquico
2) Personal docente y Auxiliar
3) Personal Administrativo y de servicio
4) Padres de Familia
5) Estudiantes en general
1.2 Línea Axiológica: Principios y fines
ART 2 º PRINCIPIOS, FINES Y ALCANCES:
1) La ética que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad,
justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad trabajo, verdad y pleno
respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y
hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad
ciudadana.
2) La equidad que garantiza a todos iguales oportunidades, de acceso, permanencia y
trato en un sistema educativo de calidad.
3) La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales
excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin
distinción de etnia, religión, sexo, u otra causa de discriminación contribuyendo así
a la eliminación de la pobreza, la exclusión y la eliminación de las desigualdades.
4) La calidad, que asegura condiciones adecuadas, para una educación integral,
pertinente, abierta, flexible y permanente.
5) La democracia que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la
libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y
el reconocimiento de la voluntad popular; y que contribuye a la tolerancia mutua
entre las personas, entre mayorías y minorías, así como al fortalecimiento del estado
de derecho.
6) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y
lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y actitud de aprendizaje del
10
otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas
culturas del mundo.
7) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno
natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida.
8) La creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos
conocimientos en todos los campos, del saber del arte y la cultura.
A. Fines de la Educación Peruana
1) Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística,
cultural afectiva física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y
consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a
la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así
como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el
mundo del trabajo y afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el
conocimiento.
2) Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva,
próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad
nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la
pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración
latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado.
B. Fines del Reglamento Interno
1) El reglamento interno tiene como finalidad el funcionamiento óptimo de la
institución educativa.
2) Asegurar la interrelación de todos sus componentes y o agentes educativos.
3) Operativizar la gestión pedagógica y administrativa de la institución educativa.
4) Orientar a la comunidad educativa que integra la institución, sobre la
organización interna, las funciones, derechos, faltas, estímulos y sanciones del
personal docente y administrativo, alumnado y padres de familia
5) Desarrollar en los estudiantes una formación integral en concordancia con la
nueva política educativa y los Lineamientos Generales de Educación y el Sistema
Educativo Peruano logrando el desarrollo de sus capacidades y potencialidades,
creación de cultura, respeto a la Familia y la comunidad en general de acuerdo a
su edad.
6) Velar por el mejor funcionamiento de la Institución Educativa.
7) Hacer cumplir Leyes, Normas y Disposiciones contenidas en el presente
Reglamento Interno.
11
8) Promover que la comunidad Educativa tome conciencia de las responsabilidades
que le compete como integrante de la Institución Educativa.
9) Lograr la autodisciplina de los estudiantes y una mejor predisposición al estudio
y demás acciones que exige la vida.
10) Lograr un cambio de actitud en la conservación y limpieza del Medio Ambiente
creando una conciencia Ambientalista.
11) Regular la participación de los Padres de Familia en las tareas Educativas.
12) Proyectar los servicios educativos de la Institución hacia la formación de una
Sociedad Democrática, Solidaria, Justa, Inclusiva, Próspera, Tolerante y forjadora
de una Cultura de Paz que afirme la Identidad Nacional.
13) Asegurar el cumplimiento de los deberes y derechos de la comunidad Educativa
dentro y fuera de la Institución.
14) Promover el respeto a nuestros Símbolos Patrios e identidad Cultural
contribuyendo así el amor a la Patria.
15) Orientar las acciones Educativas para alcanzar la Calidad en la Educación.
16) Incentivar la integración y participación de la comunidad en la acción y gestión
educativa propiciando relaciones armoniosas que fortalezcan el proceso
Educativo.
1.3 Alcances
El presente reglamento interno tiene 12 capítulos, 144 Artículos y disposiciones
complementarias aprobadas bajo trabajo concertado de la comunidad educativa y con
resolución directoral N° 053-2019-DIE-2024.
1) Dirección de la Institución educativa
2) Subdirección de primaria(funciones)
3) Subdirección de formación General(funciones)
4) Personal docente de primaria y secundaria
5) Coordinador de Tutoría
6) Coordinador de grado
7) Coordinador de área curriculares
8) Comisiones de trabajo
9) Auxiliares de Educación
10) Auxiliar de laboratorio
11) Personal de servicio II y III
12) Padres de familia y los estudiantes
12
1.4 Base legal
ART 3 º BASE LEGAL El presente Reglamento Interno se sustenta en los siguientes
dispositivos legales.
1) Constitución Política del Perú.
2) Ley General de Educación Nº 28044.
3) Ley de Reforma Magisterial 29944 y DS-OO4-2013 Reglamento de la Ley de Reforma
Magisterial.
4) Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público
esencial.
5) Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.
6) Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la
selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839.
7) Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones
educativas.
8) Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
9) Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación
de la Calidad Educativa.
10) Ley N.° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente
y administrativo de instituciones educativas.
11) Ley Nº 30432. Ley que Promueve y Garantiza la Práctica del Deporte y la Educación
Física en los diferentes niveles de la Educación Básica Pública.
12) RM N° 0201-2009-ED, que aprueba la Directiva “Procedimientos para la prevención
y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación.
13) RM N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET,
Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la
violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.
14) R.S.G. Nº 004-2014-MINEDU, “Normas para la ejecución del mantenimiento de
locales de las IE públicas a nivel nacional”.
15) Directiva Nº 014-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDIE, brinda las normas y
orientaciones para la cogestión del servicio alimentario del PNAE Qali Warma.
16) R.M. N° 0547-2012-ED Aprueba los lineamientos del Marco del buen desempeño
docente para docentes de EBR.
17) R.M. Nº 0045-2009-ED, que aprueba las Normas para la distribución, Recepción,
Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular;
Módulos de Comprensión Lectora (Textos, Cuadernos de Trabajo y Manuales Para
Docentes).
18) R.S.G. N° 304-2014-MINEDU Marco del Buen Desempeño Directivo.
19) R.M. N° 0543-2013-ED “Normas y Procedimientos para la gestión del proceso de
distribución de materiales y recursos educativos para las Instituciones y Programas
educativos públicos y Centros de Recursos”.
20) Ley Nº 27337 Código de los Niños y Adolescentes.
13
21) Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento Decreto
Supremo Nº 033 – 05 PCM.
22) Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y acceso a la información pública.
23) Ley Nº 28628 que regula la participación de la Asociación de Padres de Familia en
las Instituciones Educativas y su Reglamento D. S. Nº 022 – 2006 ED.
24) Decreto Legislativo 276 y sus modificatorias Ley nº 25224, Ley Nº 26488 su
Reglamento y Normas generales del Proceso Administrativo y su Modificatoria ley
Nº 26654.
25) Decreto Legislativo Nº 27444 Nueva Ley de Procedimientos administrativos
generales.
26) Decreto Supremo Nº 028 – 2007 ED Reglamento de Gestión de Recursos Propios y
Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.
27) Resolución Ministerial Nº 0574- 94 ED sobre Control, Permanencia y Asistencia del
Personal.
28) Resolución Ministerial Nº 814- 85 ED funciones de los auxiliares.
29) R.J. Nº 1344-2008-ED Normas Técnicas sobre Descuentos por Tardanzas,
Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal.
30) Decreto Supremo Nº 008 – 2014 – ED modifica artículos y disposiciones del
Reglamento de la Ley N 29944 Ley de Reforma Magisterial aprobado por decreto
supremo N 004-2013-ED. Aspectos laborales de los auxiliares.
31) Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil.
32) Decreto legislativo N 1023 Jornada Laboral del Sector Público.
33) Decreto Legislativo N 800 Horario de Atención al público.
34) RM N 712- 2018-Minedu orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019
35) RM N 629- 2016-Minedu Aprueban Plan Nacional de EIB al 2021.
36) R.S.G 326- 2017 MINEDU – 2 noviembre del 2017 Norma para el control de
Asistencia y su aplicación en la planilla única de pago de los profesores y auxiliares
de Educación en el Marco de la Reforma Magisterial y su reglamento.
37) R. M. N° 665-2018-MINEDU – Aprueban Norma que regula la matrícula escolar y
traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica
38) RVM Nº 025-2019-MINEDU, Aprueban la Norma Técnica “Disposiciones que
orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las
instituciones y programas educativos de la Educación Básica”
14
CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
2.1 Del funcionamiento
La Institución Educativa está autorizada por el Ministerio de Educación para impartir la
enseñanza de Educación Básica Regular en el turno de mañana nivel de Primaria y en turno
tarde nivel Secundaria.
2.2 Del horario de atención en la institución educativa
HORARIO DE ATENCION Y DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
HORARIO DE ATENCIÓN DE LA I.E. 2024
PRIMARIA 8:00 AM A 1:00 AM
SECUNDARIA 1:10 PM A 6:45 PM
HORARIO DE TRABAJO- PERSONAL DIRECTIVO
CARGO APELLIDOS Y
NOMBRE
JORNADA
LABORAL
HORARIO
DIRECTOR LIC. JOSE WILDER
ALCANTARA
BOZA
40 HRS INGRESO: 7:30
TERMINO: 3.30
SUB
DIRECTOR DE
NIVEL
SECUNDARIO
LIC. 40 HRS INGRESO: 11:00 AM
TERMINO: 7:00 PM
SUB
DIRECTORA-
NIVEL
PRIMARIO
LIC. Sonia Ibáñez
Otiniano
40 HRS INGRESO: 07.30:00 AM
TERMINO: 3.30:00 PM
15
HORARIO DE TRABAJO- DOCENTES NIVEL PRIMARIO
CARGO APELLIDOS Y NOMBRES JORNADA
LABORAL
HORARIO
DOCENTE DOCENTES DE AULA 30 HRS INGRESO: 8:00 AM
TERMINO: 1: 00 PM
HORARIO DE TRABAJO- DOCENTES NIVEL SECUNDARIO
CARGO APELLIDOS Y NOMBRES JORNADA
LABORAL
HORARIO
DOCENTE DOCENTES POR HORAS 30 HRS EN HOJAS ADJUNTAS
(ANEXO A)
HORARIO DE TRABAJO- AUXILIARES DE EDUCACIÓN NIVEL SECUNDARIO
CARGO APELLIDOS Y
NOMBRE
JORNADA
LABORAL
HORARIO
AUXILIAR DE
EDUCACIÓN CARRASCO SOSA
JUAN CARLOS
30 HRS INGRESO: 1:00 PM
TERMINO: 7:00 PM
AUXILIAR DE
EDUCACIÓN RAMIREZ YATACO
NILDA
30 HRS INGRESO: 1:00 PM
TERMINO: 7:00 PM
AUXILIAR DE
EDUCACIÓN TORRES
ALVARADO OSCAR
30 HRS INGRESO: 1:00 PM
TERMINO: 7:00 PM
AUXILIAR DE
EDUCACIÓN
VASQUEZ
BARRANTES
SEFERINO
30 HRS INGRESO: 1:00 PM
TERMINO: 7:00 PM
16
HORARIO DE TRABAJO- PERSONAL ADMINISTRATIVO NIVEL PRIMARIO
CARGO APELLIDOS Y
NOMBRE
JORNADA
LABORAL
HORARIO
SECRETARIA PAZ VALIENTE
GLORIA
40 HRS INGRESO: 8:30 AM
TERMINO: 4:30 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
RIOS PEREZ JUAN
40 HRS INGRESO: 6:00 AM
TERMINO: 2:00 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
CANCHAYA BORJA
ARTURO
40 HRS INGRESO: 6:15 AM
TERMINO: 2:15 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
CONDOR
TERRONES
ESTEFANNY
ZUSETH
40 HRS INGRESO: 08:00 AM
TERMINO: 4:00 PM
HORARIO DE TRABAJO- PERSONAL ADMINISTRATIVO NIVEL SECUNDARIO
CARGO APELLIDOS Y
NOMBRE
JORNADA
LABORAL
HORARIO
OFICINISTA VITE PINGO
BALTAZAR
40 HRS INGRESO: 11:00 AM
TERMINO: 7:00 PM
AUXILIAR DE
LABORATORIO
REYES BERAUN
CLOTILDE EVA
40 HRS INGRESO: 11:00 AM
TERMINO: 7:00 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
RIOS PEREZ
PAULINA
40 HRS INGRESO: 10:00 PM
TERMINO: 6:00AM
PERSONAL DE
SERVICIO
PRADO
ESCALANTE
GLADYS ROSA
40 HRS INGRESO: 6:30 AM
TERMINO: 2:30 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
PINO SILVERA
ANGELICA
40 HRS INGRESO: 11:00 AM
TERMINO: 7:00 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
ABRAHAM
CURINAMBE
40 HRS INGRESO: 12:30 AM
TERMINO: 8:30 PM
PERSONAL DE
SERVICIO
SOTELO HUERTA
FELIX YVAN
40 HRS INGRESO: 12:30 AM
TERMINO: 8:30 PM
2.3 Ubicación
La Institución Educativa N 2024 está Ubicada en la Av. Los Naranjos s/n del Distrito de
Los Olivos provincia Lima, Región Lima.
La I. E pertenece a la Jurisdicción de la Unidad Gestión Educativa N 02 del Rímac-
Independencia- Los Olivos y por consiguiente a la Dirección Regional de Lima
17
Metropolitana. La I. E N° 2024 imparte educación primaria en su modalidad y secundaria
de menores.
2.4 Ámbito geográfico.
Urbano - Distrito de Los olivos, Lima Metropolitana, Departamento de Lima.
2.5.-Objetivos
A. Objetivo Generales
1) Normar y regular las funciones de los actores educativos para la ejecución de
actividades significativas atendiendo a las necesidades e intereses de nuestros
estudiantes.
2) Propiciar una actitud responsable para lograr las metas trazadas por la institución
educativa
3) Orientar y organizar a los actores educativos, informando sobre los derechos y
obligaciones de cada uno de ellos, o de la visión y misión institucional.
4) Coordinar y mejorar las relaciones humanas, propiciando un adecuado clima
institucional que permita el lograr la visión y misión institucional.
5) Promover proyectos de innovación que trascienden en la mejora de los aprendizajes.
6) Fortalecer el cuidado y conservación del medio ambiente a través de los proyectos
de innovación y que trasciendan a la comunidad y a la sociedad peruana.
B. Objetivos Específicos
1) Organizar a la comunidad educativa de la I.E N0 2024 en comisiones de trabajo de
acuerdo a las necesidades educativas.
2) Asignar funciones de acuerdo a las normas específicas a los directivos, docentes,
administrativos y a las comisiones de trabajo.
3) Establecer el horario de trabajo del personal directivo, docente, administrativo y el
horario de atención de los estudiantes precisando la hora de ingreso y salida para
cada turno.
18
CAPÍTULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
3.1 Diseño organizacional
Esta referido al organigrama de la I.E
3.2 Funciones generales
ART 4º La Institución Educativa como comunidad de aprendizaje, es la primera y
principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. En ella tiene lugar la
prestación de servicios. Puede ser pública o privada:
1) Es finalidad de la Institución Educativa el logro de los aprendizajes y la formación
integral de los estudiantes. El proyecto Educativo Institucional orienta la gestión.
2) La institución Educativa como ámbito físico y social, establece vínculos con los
diferentes organismos de su entorno y pone a disposición de sus instalaciones para
el desarrollo de actividades extracurriculares y comunitarias, preservando los fines
y objetivos, así como las funciones específicas del local institucional.
3) La Institución Educativa comprende los centros de Educación básica, los de
Educación Técnico productiva y la Instituciones de Educación Superior.
A. Funciones generales de la Institución Educativa
ART 5º SON FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
1) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad sin
exclusiones, en razón de la diversidad de las personas.
2) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en
armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en
la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo
educativo y cultural de la comunidad.
3) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos,
desarrollen capacidades, actitudes y valores y sean capaces de contribuir a su
proyecto de vida.
4) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de
los estudiantes y de la gestión institucional.
5) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión
educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que
puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones.
6) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la
interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, y
creativa respetando el principio de autoridad.
19
7) Facilitar la acción del estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, al acceso
y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica, en las instituciones y
Programas Educativos Públicos
8) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno
local para el desarrollo comunal.
9) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad.
10) Cooperar en las diferentes actividades de la comunidad.
11) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso y
permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en
concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la
normatividad especifica.
12) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente.
13) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica,
ante la comunidad educativa.
14) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.
3.3 Funciones específicas del Director de la Institución Educativa
ART. 6º SON DEBERES DEL DIRECTOR CONDUCIR LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 55º Y
68° DE LA LEY 28044.
1) Es la máxima autoridad y representante legal de la Institución Educativa.
2) Es responsable de la gestión en los ámbitos Pedagógico, Institucional y
Administrativo.
3) Cumplir y hacer cumplir Los Cinco Compromisos de la Educación en el Marco del
Buen Desempeño Docente.
4) Liderar la planificación, ejecución y evaluación del PEI, PCI, RI, PAT e IGA, en base
a los cinco compromisos, involucrando a todos los miembros de la institución
educativa.
5) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las Relaciones Humanas
armoniosas, el trabajo en equipo, y la participación entre los miembros de la
comunidad educativa.
6) Hacer cumplir el reglamento y demás dispositivos vigentes, emitiendo las
resoluciones y decretos directorales oportunamente.
7) Velar por la calidad de la enseñanza – aprendizaje que se imparte a las y los
estudiantes de la Institución Educativa 2024.
8) Programar, organizar, ejecutar y evaluar todas las actividades educativas en lo
técnico pedagógico y administrativo.
9) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando
estrategias de estimulación de talentos, promoviendo permanentemente la
innovación pedagógica.
20
10) Supervisar, monitorear, acompañar y evaluar el servicio educativo que se brinda en
la Institución Educativa.
11) Liderar, acompañar y monitorear en todas las áreas (las rutas de aprendizaje y DCN)
en los niveles correspondientes en la I.E.
12) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades
pedagógicas según la planificación y programación de los docentes de acuerdo a las
disposiciones vigentes.
13) Suscribir contratos y convenios con fines educativos previo visto bueno del CONEI.
14) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la I. E. en lo deportivo y
cultural convocados por el Ministerio de Educación y otras Instituciones.
15) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de ínter aprendizajes y
reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los servicios que
presta la I. E. en el marco del PEI y el Buen Desempeño Docente.
16) Informar oportunamente a sus superiores sobre el desempeño laboral deficiente de
los trabajadores a su cargo después de haber agotado medidas correctivas.
Aplicando con imparcialidad la norma vigente.
17) Califica la falta o infracción atendiendo la naturaleza de la acción u omisión, así como
la gravedad de las mismas en el marco de las normas vigentes.
18) Encargar, designar y especificar cargos, deberes y/o funciones de todo el personal de
la I.E. mediante documento. De acuerdo al CAP actualizado (en el caso de acuerdos
internos previa acta de aceptación de los involucrados).
19) Planifica y organiza las actividades que desempeñaran los profesores del nivel
secundario en el incremento de la jornada laboral.
20) El Director debe cumplir su horario de trabajo (40 horas) de permanencia en la I.E
con responsabilidad, registrando su hora de ingreso y salida en el reloj marcador.
21) Al ausentarse de la Institución Educativa a realizar trámites o gestiones a la UGEL
02, DREL, Ministerio de Educación o cualquier otra Institución o Entidad deberá
portar su respectiva papeleta de salida a fin de justificar su ausencia en la I.E; y a su
retorno deberá presentar la respectiva papeleta sellada por la institución a donde se
dirigió.
22) La designación del responsable del Aula de Innovación Pedagógica AIP, será por un
periodo de un año al cual podrá acceder cualquier docente del nivel primaria y/o
secundaria, previa convocatoria de la Dirección y con la participación del Comité de
Evaluación de la I. E. y CONEI, cumpliendo los requisitos de acuerdo a normas
vigentes. (En casos excepcionales designar al docente que lo requiere por motivos de
salud previo informe médico).
23) Publicar de forma oportuna el horario de trabajo del personal Administrativo:
secretaría, oficinistas, auxiliar de laboratorio y personal designado del SIAGIE a fin
de facilitar la atención al público, y también deberá publicar los pabellones y
ambientes designados y de los cuales son responsables los Auxiliares de Educación
y personal de servicio de la I.E.
24) Emitir Resoluciones Directorales en forma oportunas a las diferentes Comisiones
para su reconocimiento y elaboración de los Instrumentos de Gestión.
21
25) Elevar oportunamente los documentos de Gestión elaborados por las diferentes
comisiones a las instancias superiores.
26) Propiciar y fomentar un buen clima institucional con la comunidad educativa en
general, generando un ambiente de trabajo agradable y de buenas Relaciones
Humanas de acuerdo a las normas de convivencia institucional, para el logro de
metas y objetivos de la I.E.
ART. 7° SON DERECHOS DEL DIRECTOR DE CONFORMIDAD CON LO QUE
ESTABLECE EL ARTÍCULO 55º Y 68° DE LA LEY 28044
1) Presidir en la planificación, ejecución y evaluación de los documentos y planes de
Trabajo de la I.E.
2) Realizar su trabajo en un ambiente acorde a su elevada misión.
3) A licencias, permisos y otros de acuerdo a la Ley de la Reforma Magisterial.
4) A un día de permiso por onomástico.
5) A 30 días de vacaciones
ART. 8° El sub director de formación general es el docente que depende directamente y
sigue en jerarquía al Director de la institución educativa. Orienta, supervisa y evalúa el
desarrollo integral del currículo, asegurando el mejoramiento cualitativo de las acciones y
servicios educativos. Coordina con el director y distribuirá la jornada laboral, semanal en
los turnos de funcionamiento del plantel. Ejerce su cargo a tiempo completo con 40 horas.
ART. 9º Son deberes de los Sub directores del Nivel Primaria y del Nivel Secundaria
respectivamente, inherentes a la función que desempeñan.
1) Cumplir y hacer cumplir Los Cinco Compromisos de la Educación en el Marco del
Buen Desempeño Docente.
2) Liderar la planificación, ejecución y evaluación del PEI, PCI, RI, PAT e GIA, en base
a los cinco compromisos, involucrando a todos los miembros de la institución
educativa.
3) El Sub-Director debe cumplir su horario de trabajo (40 horas) de permanencia en la
I.E con responsabilidad, registrando su hora de ingreso y salida en el reloj marcador
y el cuaderno de asistencia del personal.
4) En coordinación con el Director acompaña y monitorea a los docentes.
5) En coordinación con el director orienta y asesora a los docentes en el aspecto técnico
pedagógico.
6) Realiza funciones por delegación expresa del director en el nivel correspondiente.
7) Coordina, asesora y evalúa los trabajos en las diferentes comisiones de su nivel.
8) Se encarga del control de asistencia y permanencia del personal de su nivel.
9) Monitorean y acompañan el uso adecuado de los textos, cuadernos de trabajo,
material concreto y otros entregados por el MINEDU para los estudiantes.
10) Coordina las actividades programadas del calendario cívico escolar.
22
11) Informa periódicamente al Director sobre el aspecto técnico pedagógico de su nivel.
12) Propone al Director el otorgamiento de estímulos y reconocimiento al personal
docente y estudiantes por acciones distinguidas.
13) Verifica el funcionamiento del laboratorio, aula de Innovación Pedagógica, Talleres,
entre otros.
14) Participa en la organización y ejecución de actividades permanentes.
15) Se responsabiliza directamente de los estudiantes en caso de inasistencia de algún o
algunos profesores para evitar el retorno de los estudiantes a sus casas.
16) Programar y ejecutar jornadas de actualización para los docentes en coordinación
con la Dirección.
17) Verificar el avance del programa curricular, unidades de aprendizaje y sesiones de
aprendizaje.
18) Realiza reuniones técnico pedagógicas mensual o trimestral con los docentes según
la programación en la calendarización anual.
19) Cumplir exactamente con las fechas y horarios acordados, con asistencia obligatoria
en actividades programadas previamente.
20) Propiciar y fomentar un buen clima institucional con la comunidad educativa en
general, generando un ambiente de trabajo agradable y de buenas Relaciones
Humanas de acuerdo a las normas de convivencia escolar, para el logro de metas y
objetivos de la I.E.
ART. 10° Son derechos de los sub directores:
1) Participar en la planificación, ejecución y evaluación de los documentos y planes de
Trabajo de la I.E.
2) Realizar su trabajo en un ambiente acorde a su elevada misión.
3) A licencias, permisos y otros de acuerdo a la Ley del profesorado y su reglamento.
4) A un día de permiso por onomástico.
5) A 30 días de vacaciones.
3.4 Funciones del personal administrativo
ART. 11°LOS DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO: están en concordancia
con lo estipulado en el D.S N°276 y su reglamento, considerándose como tal, a los
trabajadores de la función pública que colaboran en la eficacia y eficiencia de la
administración de la institución, brindando igualdad de oportunidades de acceso a todos
los usuarios de la institución educativa.
ART. 12º La I.E N0 2024 cuenta con el siguiente personal ADMINISTRATIVO: dos
oficinistas (nivel primario y secundario), un auxiliar de laboratorio, ocho trabajadores de
servicio (nivel primario y secundario).
La Secretaría, Auxiliar de Biblioteca, guardianía se designan de acuerdo al ART.5 inciso 18
del presente reglamento.
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A. Funciones de oficinista y mesa de parte:
1) Realiza labores de mesa de partes, trámite documentario, Archivo, Publicaciones
e impresiones.
2) Ser ejemplo de puntualidad, pulcritud, modestia y sinceridad, brindando un
trato cordial y afable al usuario.
3) Mantener la confidencialidad de los documentos recibidos en concordancia con
el Código de Ética del Servidor Público.
4) Redacta y digita la documentación dispuesta por la Dirección.
5) Organiza y mantiene operativo el archivo del I.E. y prepara la documentación de
despacho con la Dirección y subdirecciones.
6) Realiza el inventario de los enseres del área administrativa y vela por su
conservación.
7) Elabora el padrón o nóminas de matrícula de los estudiantes que requieren
examen de subsanación y recuperación.
8) Lleva la contabilidad de los ingresos y egresos, de los fondos que constituyen
tasas educativas y la venta de certificados.
9) Atender al personal y público en el horario establecido utilizando un trato cortés.
10) Elabora la nómina de los estudiantes dentro de los 30 días calendarios de iniciada
las clases.
11) Digita las nóminas de matrícula, las actas y boletas de notas basadas en SIAGIE.
12) Elabora los certificados de estudio.
13) Lleva la correspondencia oficial del colegio
14) Prepara los decretos para la firma correspondiente y en un archivo especial.
15) Lleva un libro memoria en el que se detallarán las ceremonias que servirá como
patrimonio del colegio.
16) Lleva la estadística del movimiento escolar y remite los partes al escalafón
administrativo de la UGEL.
17) Registra decretos sobre exámenes y exoneraciones de las asignaturas de
Educación Religiosa y Educación Física.
18) Archiva todas las directivas emitidas por la UGEL e instancias superiores.
19) Participar en las reuniones convocadas por la dirección redactando el Acta de
Asamblea en su horario de trabajo.
20) Realiza las demás funciones que le asigne la dirección dentro de su jornada
laboral.
ART. 13º SON FUNCIONES DEL OFICINISTA
1) Depende de la Dirección del plantel o la sub dirección.
2) Realiza labores de recepción, registro, clasificación y distribución de documentos
administrativos en apoyo a la dirección y subdirecciones.
3) Velar por el orden y conservación de los archivos de las actas.
24
4) Elabora trimestralmente los cuadros de mérito por grados para su publicación.
5) Realiza otras funciones que le asigne el Director del Plantel según la necesidad
de servicio.
6) Cumplir su jornada laboral de 8 horas. Debiendo ser publicado su horario de
trabajo y de atención al público en un lugar visible.
ART. 14º EL AUXILIAR DE LABORATORIO: El auxiliar de laboratorio, es servidor del
área administrativa asignado a la institución de conformidad al módulo de personal
establecido; ejerce jornada laboral de 40 horas cronológicas de lunes a viernes, inclusive en
horario continuado de la institución educativa, no implica disminución de jornada de 07:45
horas; depende administrativamente del director, según corresponda y operativamente del
jefe de laboratorio con quien comparte responsabilidades.
a. Funciones especificas
1) Verificar que el aula de prácticas y el almacén estén ordenados y limpio.
2) Comprobar la existencia y/o deterioro de materiales en el ambiente de trabajo, en
caso contrario comunicar de inmediato, al jefe de laboratorio por escrito bajo
responsabilidad funcional.
3) Evitar el ingreso de personas ajenas al ambiente o almacén.
4) Comprobar la existencia de materiales, asegurando las llaves, luz, puertas y
ventanas al término de su turno.
5) Participar en la elaboración del plan de trabajo y cronograma de prácticas, así como
la organización e instalación de los equipos de laboratorio.
6) Proporcionar materiales limpios a los docentes y recepcionar los equipos, materiales
e insumos una vez terminada las prácticas, comprobando el estado en que se
encuentran y ubicándolos en los ambientes destinados.
7) Apoyar a los docentes del área en el desarrollo de las actividades de laboratorio y
fuera.
8) Elaborar los documentos de acción y ejecución cumpliendo con sus objetivos
propuestos.
9) Llevar el control de prácticas, registrando los hechos ocurridos dentro del ambiente
del laboratorio.
10) Permanecer en el ambiente del laboratorio mientras dure el tiempo de su hora de
trabajo.
11) Verificar la vigencia de los diferentes reactivos e insumos de uso del laboratorio.
12) Formular trimestralmente los cuadros de requerimiento de materiales y reactivos.
13) Realizar el inventario anual de materiales, insumos y equipos del laboratorio.
14) Cumplir con las tareas por función encomendadas por el Jefe de laboratorio.
15) Limpiar, esterilizar materiales e instrumentos y el ambiente del laboratorio.
16) Actualizar y mantener el periódico mural del Área de CT – laboratorio.
17) Verificar el sistema de seguridad contra incendios que esté operativo al 100% a fin
de evitar amagos de incendio.
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ART. 15º SON FUNCIONES DE LA PSICÓLOGA (CONVENIO Y/O MED)
1) Coordinar con el Director y/o Sub director (a) de la I.E. las actividades preventivas.
2) Colabora en la elaboración del PEI de la I.E.
3) Dar a conocer a todo el personal SU PLAN DE TRABAJO en el mes de marzo con el
fin de recibir apoyo y participación.
4) Elabora una ficha personal de todos los estudiantes de la Institución Educativa.
5) Desarrolla jornadas de Capacitación dirigido a docentes y padres de familia.
6) Elabora y desarrolla talleres preventivos de Educación Sexual, Habilidades sociales,
Uso indebido de drogas, Cultura de Paz, Convivencia Democrática.
7) Apoya el trabajo Cooperativo que realiza el tutor en coordinación con la Dirección y
Subdirección.
8) Coordina con los auxiliares de educación, para su apoyo en las actividades
preventivas.
9) Coordina con las instituciones de la localidad para involucrarlos en acciones de
prevención integral.
10) Coordina con entidades y/o profesionales su apoyo para solucionar problemas que
aquejan al estudiante: DEMUNA, Fiscalía de Familia, Policía, etc.
11) Coordina y desarrolla programas de orientación Vocacional.
12) Brinda consejería a los docentes, tutores, auxiliares de educación, y padres de
familia.
13) Promueve formas de resolución de conflictos como la negociación, entre otros.
14) Realiza un diagnóstico social del estudiante con la finalidad de prevenir
inconductas, para lo cual elabora una ficha individual.
15) Realiza estudios de investigación de los problemas socio-educativos del educando o
grupos de educandos a fin de orientar el apoyo socio-familiar.
16) Organizar la escuela de padres mensualmente en coordinación con los profesores
del TOE.
ART. 16º FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO:(encargado)
1) Organizar, mantener y distribuir los libros, mapas, revistas y otros de acuerdo a las
diferentes áreas.
2) Inventariar el material bibliográfico, máquinas, muebles y demás enceres con que
cuenta la biblioteca. Previo informe a la Dirección de la I.E
3) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos y ordenar los libros, revistas, folletos,
etc. de acuerdo a la codificación y catálogo establecido.
4) Publicar en lugar visible el horario de atención tanto para el nivel primario y nivel
secundario.
5) Atender a los usuarios en su horario establecido.
6) Ambientar adecuadamente la biblioteca.
7) Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico.
8) Hacer cumplir las normas de uso, préstamo y reposición de los textos escolares.
26
9) Permanecer en el ambiente de la biblioteca en el horario establecido.
10) Orientar a los usuarios en el uso adecuado del servicio.
11) No permitir que el ambiente de la biblioteca sea usado para otras actividades.
12) Horario 9:00 a 5:00 pm.
13) Asume toda la responsabilidad en caso de pérdida de libros y otros materiales
encomendados, absteniéndose a comercializar los libros.
14) Participar directamente en las coordinaciones en las campañas de fomento a la
lectura y la celebración del día del libro.
ART. 17º FUNCIONES DEL TRABAJADOR(A) DE GUARDIANÍA.
1) Realiza la custodia del local a través de rondas internas, para lo cual se le facilita un
ambiente adecuado para su permanencia.
2) Llevar un cuaderno sobre las incidencias observadas y comunicar inmediatamente
al Director o Subdirector sobre cualquier incidente que atente contra la seguridad
del colegio.
3) Es responsabilidad del guardián no dejar salir ningún bien del colegio sin la
autorización escrita de la Dirección o Sub – dirección, caso contrario se comunicará
a la UGEL 02.
4) No permitir el ingreso de personas ajenas al quehacer educativo sábados, domingos
y días feriados.
5) Brindar un trato cortés a la comunidad educativa.
6) Permitir el ingreso del personal del plantel y estudiantes en días no laborables previa
autorización por escrito del Director.
7) Permitir el ingreso de personas ajenas a la institución que hayan firmado convenios
con la institución educativa previa identificación, teniendo en cuenta la
comunicación y autorización escrita del Director hecha con antelación.
8) No usar los ambientes, salvo autorización de la Dirección.
9) Ejecución de actividades de vigilancia, control y seguridad de los bienes materiales,
cautelando los bienes y enseres de la I. E. bajo responsabilidad funcional.
10) Cumplir su jornada laboral designada por la dirección de la I.E., marcando cada dos
horas.
11) No permitir la permanecía de ningún personal a partir de las 8:00 pm., salvo con la
autorización de la dirección.
12) Apoyar en la limpieza de las aulas y otros ambientes que se le asigne.
13) Es responsable del riego y mantenimiento de las áreas verdes externa.
ART. 18º FUNCIONES DEL TRABAJADOR DE SERVICIO. El trabajador de servicio
es el personal responsable de velar por la conservación de la infraestructura e higiene de la
Institución Educativa, depende directamente del Director, cumple las siguientes funciones
y obligaciones.
27
1) Realizar la limpieza oportuna, adecuada y permanente de las aulas y talleres,
equipos, mobiliario, servicios higiénicos, patio, jardines y otros ambientes en
salvaguarda de la salud de los estudiantes, velando por su conservación y
óptimo funcionamiento y responsabilizándose de las áreas físicas a su cargo.
2) Trapear los pisos de las aulas y/o talleres, la sala de profesores, Dirección,
Subdirección y otros ambientes de manera permanente.
3) Limpieza de los equipos tecnológicos.
4) Encerar los pisos de las aulas, la sala de profesores, Dirección, Subdirección y otros
ambientes mínimamente una vez a la semana bajo responsabilidad funcional.
5) Realizar labores de conserje.
6) Verificar y velar por la seguridad de los muebles, mobiliario, equipos, herramientas
y otros bienes de la I. E. informando cualquier incidencia a la Dirección.
7) Dar buen trato al personal que labora en la I. E. y a los visitantes.
8) Acondiciona el estrado, instala el equipo de amplificación los días lunes, así como
en fechas Cívicas y otras Ceremonias.
9) Apoyo a las comisiones en todas las actividades programadas.
10) El Personal de Servicio debe permanecer en su lugar de trabajo y velar por la higiene
y limpieza de la I.E.
11) El personal de servicio durante la hora de recreo supervisa el buen uso de los
servicios higiénicos y lo mantiene abierto hasta la hora de salida de los estudiantes
en ambos turnos.
12) Reparar muebles y mobiliario escolar, sanitarios, eléctricos contando con los
materiales, herramientas y un ambiente adecuado para dicha función.
13) Otras funciones inherentes a la naturaleza de su cargo y aquellas que le recomienden
la Dirección y Subdirección.
14) Cumplir una jornada laboral planificada y organizada, sin interrumpir las horas de
clase.
ART. 19º FUNCIONES DEL TRABAJADOR PORTERO
Sus funciones son los siguientes:
1) Controlar y custodiar el local, equipos, mobiliarios y materiales del plantel
responsabilizándose de su deterioro o pérdida.
2) Dar buen trato al estudiante, personal docente, padres de familia y otros usuarios.
3) Realizar labores de mantenimiento y limpieza en las instalaciones que están a su
cargo durante la permanencia de los estudiantes.
4) Informar diariamente a la dirección de los deterioros, atentados y robos del
patrimonio de la Institución, bajo responsabilidad funcional.
5) Entregar al portero que lo reemplaza el cuaderno de ocurrencias, llaves y otros.
6) Realizar rondas por todos los ambientes, verificando que todo marche bien, de lo
contrario debe tomar las medidas más convenientes e informar a quien corresponde.
28
7) No permitir el ingreso y/o salida de los estudiantes fuera del plantel sin autorización
del Director o Subdirector.
8) No permitir la salida de materiales y otro objeto que pertenece a la I. E. informando
inmediatamente a su jefe inmediato.
9) Registrar en el cuaderno de ocurrencias las incidencias producidas en el horario de
su trabajo el cual será visado por el Director, así como en los cuadernos de
desplazamiento del personal docente, administrativo, estudiantes, padres de familia
y visitantes.
10) Es responsable de la evacuación de los residuos sólidos o basura.
11) Realizar labores de vigilancia, seguridad y portería en la I. E. principalmente en
horas de ingreso y salida de estudiantes.
12) Realizar otras funciones afines a su cargo que le es asignado por el director y/o
subdirector.
13) Registrar el ingreso y salida de los visitantes, previamente identificado con DNI.
3.5 DEBERES DEL DOCENTE. Son señalados en el art. 40 de la ley N° 29944 ley de
Reforma magisterial y su reglamento, el art 7 de la Ley N° 27815 ley del código de ética
de función pública.
ART. 20º El profesor es el agente fundamental de la educación en la Institución
Educativa. Se exige rigurosa selección, preparación adecuada y permanente, con una actitud
y conducta irreprochable requerida por su misión. Sus deberes son los siguientes.
1) Asistir puntualmente a cumplir con sus actividades pedagógicas con previa
planificación y tener al día su carpeta pedagógica.
2) Cumplir con las horas efectivas de aprendizaje y realizar su recuperación si fuera el
caso.
3) Participar en la planificación de actividades pedagógicas y proyectos de innovación
técnico pedagógicas con el propósito de mejorar la calidad educativa.
4) Participar en el diagnóstico y focalización de las principales causas de deserción en
la institución educativa y la búsqueda de soluciones para la mejora de la calidad
educativa y su inserción en los documentos de gestión como el PEI, PCI, PAT.
5) Conocer y participar en la elaboración del PEI, cumpliendo un rol protagónico en el
desarrollo de las actividades educativas.
6) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de las actividades consideradas
en el Plan Anual de Trabajo de la IE para el año lectivo.
7) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección en las acciones que
permitan el logro de los objetivos generales y específicos de la Institución
considerado en el Plan Anual de Trabajo, y PEI.
8) Participación en actividades como la fecha del inicio del año escolar, jornadas de
reflexión, día del logro, fechas cívicas y otras programadas.
29
9) Orientar al estudiante dando a conocer, sus deberes y sus derechos establecidos por
la Constitución, las Leyes vigentes y el Reglamento Interno.
10) Sensibilizar a los padres de familia sobre su responsabilidad en la formación integral
de sus hijos, mediante acciones de orientación, consejería, formación de buenos
hábitos, prevención de la drogadicción y pandillaje, práctica de las buenas
costumbres, ejercicio de la fraternidad, dedicación al estudio, empleo positivo del
tiempo, con la optimización de las acciones Educativas.
11) Emplear estrategias para lograr mejores resultados en el proceso enseñanza y
aprendizaje del estudiante.
12) Utilizar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes los libros,
manuales, cuadernos de trabajo y material concreto entregados por el Ministerio de
Educación para ese fin.
13) Evaluar en forma permanente el proceso de formación integral del educando según
norma vigente.
14) Respetar los valores de la comunidad y participar en el desarrollo cultural cívico
patriótico y democrático.
15) Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la infraestructura y
equipamiento de la Institución.
16) Informar oportunamente a la autoridad inmediata superior de los actos delictivos o
de inmoralidades que se produzcan en la institución o en circunstancias relacionadas
al ejercicio de su función.
17) Colaborar activamente en la formación de los estudiantes durante las actividades
cívicas, religiosas, artísticas y deportivas a fin de mantener orden y controlar la
disciplina y colaborar con el auxiliar del grado.
18) Informar y publicar el balance económico detallado de actividades planificadas y
ejecutadas oportunamente a la subdirección.
19) Cumplir con la elaboración de la documentación correspondiente de acuerdo a la
calendarización y directiva de la finalización del año escolar.
20) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las acciones
de tutoría y la promoción Educativa Comunal de conformidad con la Ley general de
Educación y el marco del buen desempeño docente.
21) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos
métodos y técnicas de trabajo educativo, así como los eventos de actualización
profesional organizada por el colegio o por las instancias Superiores.
22) Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanece
en la Institución.
23) Fortalecer la disciplina y la práctica de valores dentro y fuera del aula.
24) Emplear con el estudiante un trato firme, enérgico, cortés y amistoso, respetando
siempre la dignidad del educando.
30
25) Establecer y aplicar estrategias adecuadas para la construcción de aprendizajes
significativos y funcionales en los estudiantes, en el marco del Currículo Nacional.
26) Inculcar a los estudiantes la práctica de valores con el ejemplo, velando por su fiel
cumplimiento.
27) Hacer entrega de los documentos oficiales a la Subdirección para luego ser derivados
a la Dirección en el tiempo previsto a fin de no entorpecer la labor administrativa y
la entrega de libretas o récor de notas. Con entrega oportunamente de las nóminas
al docente (secundaria).
28) Apoyar y estimular a los estudiantes que participen en actividades culturales
extraordinarias autorizadas por la Institución Educativa, realizando una
preselección de los números artísticos a presentar por la comisión responsable.
29) Organizar y ambientar el aula, preparar material educativo con la colaboración de
los estudiantes y padres de familia.
30) Presentaran su carpeta pedagógica con sus proyectos, unidades de aprendizajes y
sesiones de aprendizaje al Subdirector correspondiente de su nivel.
31) Asistir con obligatoriedad a las reuniones y/o asambleas programadas
oportunamente por la I E. cuando la autoridad lo requiera en la fecha y hora
indicada.
32) Otorgar permiso al educando en caso de emergencia o necesidad fisiológicas solo
dentro de la Institución.
33) Elaborar e informar el consolidado de orden de mérito de los estudiantes a su cargo.
(Primaria).
34) Respetar y cumplir el presente reglamento.
35) Implementaciones de las TIC y el uso del Currículo Nacional previo
acondicionamiento de las aulas.
ART. 21 DEL DOCENTE DE EDUCACIÓN PRIMARIA:
El docente de turno debe de ingresar 15 minutos antes y 15 minutos después, para optimizar
el desarrollo de las actividades programadas.
1) Coordinará con los profesores tutores de cada grado y sección tanto el ingreso como
la salida de los estudiantes. Asimismo, antes de retirarse el docente tutor y el docente
de turno no deben permitir que ningún estudiante permanezca en las instalaciones
de la I.E fuera de su horario, excepto los niños que son recogidos por sus padres y
que participan en la recuperación académica.
2) Dirige la formación los días lunes, coordinando con los docentes responsables de
realizar el desarrollo del calendario cívico y actividades programadas.
3) Los docentes de turno en coordinación con el profesor de Educación física durante
la hora de recreo deberán de permanecer en lugares estratégicos, velando por su
integridad física de los estudiantes.
31
4) Brindar los primeros auxilios al estudiante que se encuentre afectado en su salud en
caso de accidentes, coordinar con la Dirección y/o subdirección del nivel y
representante de la Comisión de Recursos Financieros de la I.E. para la conducción
al centro de salud más cercano.
5) Coordinar con el personal de servicio para el ingreso y salida de los estudiantes
(abrir y cerrar las puertas) previa coordinación con la Dirección.
ART. 22. Está prohibido a los profesores, los señalados en el art. 8 de la Ley N° 25815
Ley del código de la función pública:
1) Delegar en cualquier forma sus funciones docentes; sin la previa autorización del
Director.
2) Atentar en cualquier forma contra la integridad física, intelectual de los
educandos.
3) Recibir visitas durante el desarrollo de clases, salvo caso urgente: las visitas se
harán en horas de recreo.
4) Recibir, sugerir o exigir obsequios, emolumentos a sus estudiantes, padres de
familia o apoderados.
5) Censurar en forma destructiva las órdenes de las autoridades superiores y tratar
en clases sobre asuntos extraños a la enseñanza.
6) Ausentarse de la Institución Educativa sin la autorización de la Sub Dirección
del nivel en horas de labor docente.
7) Enviar a los estudiantes a sus domicilios, por cualquier motivo sin la
autorización del Sub Director.
8) Imponer castigos corporales.
9) Hacer colectas de cualquier tipo sin la autorización del Director.
10) Llamar a los estudiantes por sus apelativos.
11) Dedicar las horas de clase en actividades de orden personal.
12) Ejecutar visitas de estudio dirigido, prácticas deportivas fuera de la Institución
Educativa sin la presentación previa del plan de estudio y la autorización del
Director o Sub Director.
13) Otras contrarias a la normatividad vigente.
ART. 23 DE LA JEFATURA DE LABORATORIO:
Depende del Subdirector de Formación General, tiene las siguientes funciones:
1) Verificar que el aula de prácticas y el almacén estén ordenados y limpio.
2) Comprobar la existencia y/o deterioro de materiales en el ambiente de trabajo, en
caso contrario comunicar de inmediato, al Subdirector por escrito bajo
responsabilidad funcional.
3) Evitar el ingreso de personas ajenas al ambiente o almacén.
4) Comprobar la existencia de materiales, asegurando las llaves, luz, puertas y ventanas
al término de su turno.
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5) Participa conjuntamente con los docentes a su cargo en la elaboración del plan de
trabajo, cronograma de prácticas y horario, así como la organización e instalación de
los equipos de laboratorio.
6) Realiza informe permanente sobre las sesiones y actividades relacionadas al área.
7) Proporcionar materiales a los docentes y recepción de los equipos, materiales e
insumos una vez terminada las prácticas, comprobando que se encuentren en los
ambientes destinados.
8) Planifica, organiza y asesora a los docentes en el desarrollo de las actividades de
laboratorio y del área.
9) Establece y hace cumplir las medidas de seguridad para evitar accidentes físicos en
horas de trabajo de laboratorio.
10) Formula y difunde normas de convivencia de los estudiantes en el laboratorio y
difunde las medidas de seguridad.
11) Informa por escrito a su inmediato superior la acción y ejecución de actividades
cumpliendo con sus objetivos propuestos.
12) Verificar el desarrollo de las prácticas, registrando los hechos ocurridos dentro del
ambiente del laboratorio.
13) Permanecer y cumplir con su jornada laboral de 40 horas pedagógicas distribuidas
en los turnos de funcionamiento de la Institución Educativa. Teniendo a su cargo el
dictado obligatorio de doce (12) horas de clase, las cuales forman parte de su jornada
de trabajo.
14) Cumple con un horario distribuido en los dos turnos de funcionamiento de la
Institución Educativa, para el uso del laboratorio tanto el nivel primario como el
nivel secundario de 11:15 horas a 6:45 horas (salida de los estudiantes)
15) Verificar la vigencia de los diferentes reactivos e insumos de uso del laboratorio.
16) Realizar el requerimiento trimestral de los materiales y reactivos.
17) Realizar el inventario anual de materiales, insumos y equipos del laboratorio.
18) Cumplir con las tareas por función encomendadas por el Subdirector.
19) Realizar reuniones de inter-aprendizaje entre docentes del área.
20) Verificar que se actualice el periódico mural del Área de CT.
21) Supervisar las prácticas realizadas por los docentes del área.
22) Promover y ejecutar los Proyectos de Innovación del área de CT.
ART. 24º DEL AUXILIAR DE LABORATORIO: El auxiliar de laboratorio, es servidor
del área administrativa asignado a la institución de conformidad al módulo de personal
establecido; ejerce jornada laboral de 40 horas de lunes a viernes, inclusive en horario
continuado de la institución educativa, no implica disminución de jornada de 07:45 horas,
depende administrativamente del director, según corresponda y operativamente del jefe de
laboratorio con quien comparte responsabilidades.
Es el responsable de la conservación, mantenimiento y seguridad del laboratorio, depende
del Jefe de Laboratorio y presenta las siguientes funciones:
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1) Limpia y esteriliza según sea el caso material e instrumentos y ambientes del
laboratorio Participa en la organización e instalación de equipos y módulos del
laboratorio.
2) Cumplir su horario de trabajo.
3) Informa al Jefe de Laboratorio el estado de los materiales, equipos e insumos, así
como las ocurrencias que podrían suscitarse en los ambientes.
4) Participa en la elaboración del PLAN ANUAL DE TRABAJO, y el cronograma de
Prácticas del Laboratorio.
5) Actualiza el inventario de los bienes existentes en los laboratorios y almacenes.
6) Apoyar en las prácticas con la preparación de los registros de las muestras, registro
de los análisis y otros afines
7) Controla el uso racional de equipos e insumos, y formula el cuadro de
requerimientos de insumos a utilizarse en el laboratorio.
8) Apoya a los docentes en el desarrollo de las actividades de ciencias tanto en el plantel
como fuera si están planificados y diseñados las actividades de aprendizaje de CT
que impliquen escenarios vivenciales.
9) Recepcionar los equipos, materiales e insumos una vez concluida la práctica,
comprobando su integridad y regreso a su respectivo lugar.
10) Lleva el control de movimientos de equipos y materiales fuera del ambiente del
laboratorio.
11) Prepara con oportunidad soluciones, materiales biológicos, montaje de
experimentos de física y otros solicitados por el docente.
12) Registra las prácticas de laboratorios de los docentes del área en el libro respectivo.
13) Releva las funciones en forma coordinada con el docente del siguiente turno o
periodo dentro de su hora de trabajo.
14) Registra en el cuaderno de altas y bajas los materiales por desuso, pérdida, deterioro
y/o accidente que pudiera producirse, tomando las medidas pertinentes según sea el
caso
15) El manejo de las llaves del laboratorio es de responsabilidad y debe entregarlo todos
los días a la Subdirección del nivel correspondiente.
16) Participa en las reuniones a las que fuera convocado por el Jefe de Laboratorio o la
Subdirección.
17) Realiza tareas encomendadas por el Jefe de Laboratorio o la Subdirección según las
necesidades coyunturales.
18) Otras funciones inherentes por mandato del Director(a) de la I. E.
Artículo 25° EL DOCENTE COORDINADOR DE TUTORÍA. Es elegido por los
docentes tutores de aula en asamblea, afín de coordinar y ejecutar las diversas actividades
de Orientación Educativa, siendo un cargo AD HONOREN. Las funciones del coordinador
de tutoría son las siguientes:
1) Participa en la ejecución del Diagnóstico de las necesidades de Tutoría y Orientación
Educativa de los Educandos.
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2) Coordina con los tutores para la elaboración del plan de actividades de tutoría los
cuales deben desarrollarse durante el presente año.
3) Orientar a los docentes Tutores en la aplicación de métodos y Técnicas relacionados
con Tutoría.
4) Orienta el trabajo de los Auxiliares de Educación brindando el apoyo y
asesoramiento correspondiente en forma oportuna.
5) Propiciar y coordinar la conformación de los Comités de Aula, brindando el apoyo
necesario.
6) Promueve acciones que fortalezcan la convivencia y disciplina escolar, así como vela
por el respeto de todos los derechos de los niños y adolescentes.
7) Elabora informes mensuales de las acciones desarrolladas y los remite al Director.
8) Coordina con el Director si se detectara estudiantes con problemas que requieran
atención médica y los deriva a los Centros de Salud Pública o Privada.
9) Planifica, Organiza, Ejecuta, Coordina y Evalúa las actividades programadas en el
Plan Anual de tutoría, relacionado con el cultivo de Valores éticos, Morales,
sociales y Culturales del Educando.
10) Selecciona, elabora y aplica los Instrumentos (Encuestas, Cuestionarios y Test.) con
la finalidad de detectar y diagnosticar la problemática estudiantil.
11) Promueve la participación de los especialistas de la comunidad para el tratamiento
de los estudiantes con diversos problemas.
12) Promueve la orientación vocacional especialmente a los últimos grados que van a
egresar con la finalidad de orientarlos en la profesión u ocupación a seguir.
13) Organiza, Asesora y Capacita a los integrantes de las Brigadas de la Cruz Roja,
Policía escolar, Municipios Escolares, Defensa Civil y cuadros especializados para
las actividades Cívico Patrióticas.
14) Monitorea y Evalúa acciones de los tutores, Propiciando la atención coordinada de
los Padres de Familia.
15) Organiza diversas Charlas proyectadas a la comunidad educativa y Padres de
Familia para revalorar la estructura familiar.
16) Promueve buenas relaciones humanas entre todos los miembros que conforman la
institución educativa.
Art. 26°. DE LAS RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE
TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA
1) Asegurar que las actividades y acciones de Tutoría y Orientación Educativa
respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes.
2) Elaborar un Plan de Trabajo que permita organizar y programar las acciones de
Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar en la institución educativa.
3) Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría, Orientación
Educativa y Convivencia Escolar, programadas en el plan de trabajo.
4) Promover la incorporación de las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y
Convivencia Escolar en el PEI, PCI y PAT.
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5) Organizar acciones de capacitación, dirigidas a estudiantes, docentes, auxiliares y
padres de familia (Escuela de Padres).
6) Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales y las sesiones de
tutoría.
7) Realizar reuniones periódicas entre tutores para el intercambio de sus experiencias
y el apoyo mutuo.
8) Promover reuniones periódicas entre tutores y padres de familia de sus respectivas
secciones (a las menos cuatro reuniones durante el año), para tratar temas
relacionados con la orientación de los estudiantes. Asimismo, impulsar las Escuelas
de Padres de acuerdo a las necesidades delos estudiantes.
9) Implementar la Convivencia Escolar Democrática en la institución educativa.
10) Asegurar la creación de acuerdos de convivencia en cada aula de manera
participativa, así como su cumplimiento.
11) Implementar el Plan de Tutoría y Orientación Educativa basado en estrategias que
motiven las relaciones armónicas entre los actores de la comunidad educativa.
12) Ejecutar talleres para la prevención de la violencia escolar con estudiantes
implicados en problemas de violencia o que estén en riesgo para desarrollar
habilidades específicas, como gestión de conflictos, asertividad, empatía, técnicas de
autocontrol, manejo de límites, autoestima, otros.
13) Ejecutar campañas informativas (sobre los tipos de violencia y sus consecuencias,
habilidades socioemocionales, resolución de conflictos, etc.) que promuevan una
sana convivencia democrática entre los distintos integrantes de la comunidad.
14) Promover en los docentes, administrativos y personal de servicio la identificación de
escolares víctimas de violencia y el reporte de cualquier comportamiento que atente
contra la sana convivencia escolar.
15) Realizar acciones de prevención para que los estudiantes aprendan a identificar
situaciones y conductas de riesgo que pudieran convertirse en acoso.
16) Promover el uso de acciones restaurativas ante casos de violencia que son
socializadas y compartidas con la comunidad educativa.
17) Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta
que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente.
18) Realizar las réplicas de las capacitaciones recibidas en Tutoría, Orientación
Educativa y Convivencia Escolar.
ART. 27°: DEL COORDINADOR DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y
CONVIVENCIA ESCOLAR:
1) Convocar y presidir las reuniones del Comité de Tutoría, Orientación Educativa y
Convivencia Escolar.
2) Velar por el cumplimiento de las funciones del Comité de Tutoría y Orientación
Educativa.
3) Promover en la institución educativa el desarrollo de acciones tutoriales.
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ART. 28°: DEL RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y SISEVE
1) En coordinación con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa planificar,
organizar y velar por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia
escolar.
2) Diseña, implementa y evalúa las acciones preventivas de la convivencia escolar, con
el apoyo de Comité TOE y de los estudiantes a quienes va dirigido.
3) Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la IE y promover su
cumplimiento.
4) Promover y velar para que las medidas correctivas no vulneren los derechos de los
estudiantes. ·
5) Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los
registros escritos de comportamiento (anecdotario y agendas escolares).
6) Promover medios alternativos para la solución de conflictos, como la práctica
restaurativa, la negociación, mediación y consenso.
7) Con el apoyo del Coordinador de Tutoría, tienen a su cargo la atención efectiva de
los casos de violencia escolar, de acuerdo a los protocolos establecidos.
8) Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa dirigidas a
mejorar la disciplina escolar.
9) Velar el buen uso del Libro de Registro de Incidencias y el funcionamiento de la
plataforma “SISEVE”: afiliación, registro y actualización de datos, seguimiento con
las acciones realizadas y cierre de casos.
ART. 29º EL DOCENTE TUTOR
Es designado según el cuadro de horas propuesto por la comisión respectiva, está
capacitado en el manejo de técnicas de participación, comunicación, toma de decisiones
y otras estrategias que favorecen su rol. En efecto sus funciones son indelegables, las
Mismas son las siguientes:
1) Elaborar y presentar al inicio del año escolar el plan de actividades de tutoría del
aula previo diagnostico situacional y priorizando temas propuestos en el plan anual
de trabajo de TOE de la IE, que desarrollara en su actividad tutorial.
2) Contribuir al desarrollo afectivo, cognitivo y el mejoramiento del desempeño escolar
del educando.
3) Desarrollar la acción tutorial en forma grupal e individual.
4) Conocer los intereses y aptitudes del estudiante, orientando su proceso Educativo a
sus necesidades prioritarias.
5) Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada educando.
6) Mantener comunicación con los docentes a través de reuniones periódicas para
trabajar problemas específicos utilizando las estrategias e instrumentos apropiados
en cada caso.
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7) Mantener comunicación permanente con los padres de familia a fin de lograr su
participación en el proceso educativo y fortalecer la integración familiar mediante
una base de datos del estudiante.
8) Concertar citas con los padres de familia de su sección cuando es necesario.
9) Dialoga permanentemente con los estudiantes en forma personal o grupal cuando
lo estime conveniente o cuando sea solicitado por el estudiante.
10) Estimular y desarrollar en los niños y adolescentes la actitud crítica e independiente,
el auto aprendizaje, la valoración del ecosistema y las tradiciones históricas y
culturales propias de su entorno.
11) Identificar dificultades o problemas particulares de los estudiantes tanto personales
como académicos, buscando soluciones adecuadas para los mismos con asesoría
especializada, previa comunicación al coordinador de TOE.
12) Informar en forma inmediata y reservada a las autoridades de la IE, sobre hechos
que atenten contra la integridad física, psicológica y moral del estudiante.
13) Entregar a los padres de familia los reportes de notas o informes académicos de los
estudiantes, dando las recomendaciones según sea el caso. La entrega de los reportes
de notas o informes académicos debe ser sin ningun tipo de condicionamiento.
14) Convocar, dirigir y asesorar al comité de aula, relacionado con lo académico y la
organización funcional.
15) Acompaña a sus tutelados en la formación cuando se realice actividades cívicas y
patrióticas y otras actividades que tengan ese fin.
16) Realizar la evaluación del comportamiento de sus tutelados en coordinación con el
auxiliar.
17) Los tutores de los estudiantes del nivel de primaria y secundaria deben elaborar su
plan de trabajo para excursiones y otras actividades de acuerdo a las normas
vigentes.
ART. 30º DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN Y EL CENTRO DE RECURSOS
TECNOLÓGICOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
1) Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de las TIC en el trabajo Educativo y en
la solución de los problemas que se presenten.
2) Asesorar a los docentes en el uso de recursos informáticas (uso de la computadora e
Internet)
3) Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento
educativo de las TIC.
4) Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y
de comunicación con los que cuenta la I.E.
5) Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la I.E.
6) Llevar el inventario, organizando el catálogo de los recursos TIC del aula de
innovaciones pedagógicas y demás aulas donde existen estos recursos.
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7) Proyectar en coordinación con la dirección y los docentes, el horario de uso del aula
de innovaciones pedagógicas, garantizando la oportunidad de acceso a todos los
estudiantes.
8) Incentivar en los docentes de la I.E la formulación de propuestas y el desarrollo de
actividades para el aprovechamiento educativo de la TIC
9) Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece la Dirección General de
Tecnologías Educativas (DIGETE) en la práctica docente
10) Permitir la comunicación permanente de docentes y estudiantes a través de los
recursos TIC que facilita la DIGETE
11) Convocar a reuniones mensuales para analizar el desarrollo del proceso de
integración de las TIC en coordinación con los Subdirectores y adoptar las medidas
pertinentes.
12) Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable y agradable para el
aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes.
13) Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento
educativo de las TIC.
14) Realizar exposiciones semestrales o anuales, a fin de difundir el uso de TIC en los
aprendizajes.
15) Elabora el horario de distribución del uso del aula de Innovación Pedagógica, el
mismo que debe estar en un lugar visible y debe ser de conocimiento público de la
Institución Educativa.
16) Seleccionará un banco de páginas virtuales relacionadas a la actividad educativa de
cada nivel y área, con la finalidad de coordinar con los docentes para su ubicación y
uso adecuado.
17) Mantener actualizado la página web de la Institución.
18) El aula de innovación debe contar con un plan de trabajo elaborado por el docente
responsable con participación de los docentes de la I.E y ser aprobado y visado por
el Director.
19) La designación del responsable del aula de innovación AIP, será por un período de
un año al cual podrán acceder cualquier docente de primario y/o secundaria previa
convocatoria de la dirección y con participación del Comité de Evaluación de la I.E
y CONEI; cumpliendo los requisitos.
ART. 31º DOCENTES COORDINADORES DE ÁREA Y GRADO.
En la Institución Educativa los cargos de coordinador de área y grado en ambos niveles
son propuestos y respaldados por el pleno de docentes en reunión general, los que asumen
lo hacen AD HONOREM. Dependen de la subdirección de Secundaria y con la
Subdirección del nivel primario.
ART. 32º EL DOCENTE COORDINADOR DE ÁREA TIENE LAS SIGUIENTES
FUNCIONES:
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1) Dirigir el proceso de diversificación curricular, el desarrollo de los aprendizajes
fundamentales del área y los específicos manteniendo actualizado el PCI.
2) Participar en la formulación del plan anual de trabajo.
3) Promover el desarrollo de métodos y técnicas más adecuados
4) Solicitar a la Dirección los materiales Didácticos y Educativos que cuenta la I. E.
5) Organizar reuniones de planificación e intercambio de experiencias para la
formulación de las Unidades de Aprendizaje previa coordinación con la
Subdirección.
6) Planificar, organizar y ejecutar eventos propios del área según el Calendario Cívico
Escolar.
7) Promover Proyectos Educativos Relacionados con el Área.
8) Realizar demás funciones inherentes al cargo y que asigne el Subdirector o Director.
9) Mantener una comunicación permanente con su grado y área.
ART. 33º EL COORDINADOR DE GRADO OSTENTA LAS SIGUIENTES
FUNCIONES:
1) Promueve y dirige la unificación y consolidación de las Unidad didácticas dentro de
su Grado.
2) Promueve Proyectos de innovación Educativos de acuerdo al nivel y grado.
3) Planifica la organización y ejecución de actividades a nivel de grado.
4) Participa en la formulación del plan anual de trabajo
5) Coordina y organiza con los responsables para el cumplimiento del calendario
Cívico Escolar.
6) Actúa como intermediario entre el subdirector y el profesor de aula del grado y de
área.
7) Coordina con la subdirección la autorización de un tiempo necesario para las
coordinaciones de grado y de área.
ART. 34º EL COORDINADOR DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN DE RIESGOS DE
DESASTRES Y ESCUELA SEGURA.
1. Elaborar el Plan de Gestión de Riesgos y Plan de Contingencia de la institución
educativa.
2. Organizar las brigadas de Defensa Civil de la Institución educativa.
3. Asumir funciones operativas en casos de emergencia.
4. Realizar simulacros de sismos con participación de la comunidad educativa.
5. Realizar charlas de capacitación a los estudiantes en coordinación con Defensa Civil.
6. Coordinar todas las acciones de protección y seguridad con las instancias inmediatas
superiores de Defensa Civil del sector, educación y otras entidades afines tales como
municipio, posta de salud, Policía Nacional, bomberos, etc.
7. Coordinar con la comisión para identificar las zonas de peligro y de seguridad de la
Institución educativa.
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ART. 35º DERECHOS DE LOS DOCENTES. En concordancia con la normatividad
vigente los derechos de los docentes son los siguientes:
1) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la carrera pública magisterial y sobre
la base del mérito, sin discriminación por motivo de raza, sexo, idioma religión,
opinión o de cualquier otra índole, que atente contra los derechos de la persona.
2) Percibir oportunamente la remuneración integra mensual correspondiente a su
escala magisterial.
3) Ser evaluados de manera transparente y conocer los resultados de su evaluación
personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida registrado en el
escalafón de la institución educativa, en el marco del buen desempeño docente.
4) Autonomía profesional en el cumplimiento de los procesos pedagógicas que les
compete, la misma que está supeditada al Proyecto educativo ejecutado por la
institución educativa y a que se respete la normatividad vigente.
5) A gozar de vacaciones de acuerdo al área de desempeño laboral. Si labora en el área
de gestión pedagógica son 60 días anuales y que coinciden con las vacaciones de los
estudiantes y en el área de gestión institucional 30 días de vacaciones anuales
remuneradas.
6) Al destaque por necesidad de servicio.
7) A asumir puestos de trabajo por encargo en el marco de la normatividad vigente.
8) A participar en la formulación, ejecución, y evaluación de los planes y/o actividades
de la Institución Educativa para la mejora de los aprendizajes.
9) A licencias con goce y sin goce de remuneraciones según el caso y de acuerdo a las
normas del servidor público y del profesorado.
10) A tener permiso para ausentarse por horas de la institución educativa, en casos
estrictamente justificados y previa autorización de la autoridad competente.
11) El permiso con goce de haber puede ser por enfermedad, maternidad, capacitación
oficializada, citación judicial entre otros que estipula la ley.
12) A gozar de un día de permiso por onomástico.
13) Permiso por el Día del Maestro.
14) A trabajar en un ambiente agradable, que garantice la calidad del proceso de
enseñanza y aprendizaje y un eficiente cumplimiento de sus funciones.
15) A recibir premios y estímulos, por representación destacada de la institución
educativa, en base al marco del buen desempeño docente.
16) A no ser discriminado por razones culturales, profesionales u otras.
17) A ser respetado por los estudiantes, padres de familia y comunidad educativa en
general.
18) Ser exonerados del pago de PRP, sólo para hijos de los trabajadores de esta IE.
19) A ser informado oportunamente de cambios y actividades ya programadas
conforme a la calendarización y otros que se programen.
20) Recibir acompañamiento oportuno por parte del equipo directivo, en el uso de Las
Rutas de Aprendizaje para la mejora en los aprendizajes de los estudiantes.
21) Tener conocimiento inmediato de cualquier tipo de queja o denuncia en agravio de
su persona a efecto que pueda ejercer su derecho a la legítima defensa.
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3. 6 DEL O LA RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR.
ART. 36º En coordinación con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa planificar,
organizar y velar por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia escolar.
1) Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la I. E. y promover
su cumplimiento.
2) Promover y velar para que las acciones correctivas no vulneren los derechos de los
estudiantes.
3) Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los
registros escritos de comportamiento (anecdotarios y agendas escolares)
4) Promover medios alternativos para la solución de conflictos, como la negociación,
mediación y consenso.
5) Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa dirigidas a
mejorar la disciplina escolar.
3. 7 DEL ESTUDIANTES
ART. 37 º El estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde:
1) Contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores
responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y
adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de
alternativas para culminar su educación.
2) Asumir con responsabilidad su proceso de aprendizaje, así como practicar la
tolerancia, la solidaridad, el diálogo, el respeto y la convivencia armónica en la
relación con sus compañeros, profesores y comunidad.
3) Organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a
fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa
y en la comunidad.
4) Opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe.
5) Los demás derechos y deberes que le otorgan la ley y los tratados internacionales.
3.8 DEL CONEI
ART. 38º CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI).
El Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y
vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio
de una gestión educativa y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter
transparente, moral y democrática.de Su naturaleza tiene que ver con la participación de
los representantes de la comunidad que genera mecanismos idóneos para ejercer la
vigilancia de la gestión del Centro, así como para atender los derechos de sus integrantes
orientados a fortalecer las capacidades decisorias del Director de la Institución Educativa.
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Es presidido por el Director de la Institución Educativa y está conformada por los
Subdirectores, representantes del personal Docente, del personal Administrativo, de los
estudiantes y de los padres de familia, pudiendo también ser integrados por otros
representantes de instituciones de la comunidad local por acuerdo del consejo.
El periodo de representación es de 2 años, cada representante es elegido por su respectivo
estamento según las disposiciones establecidas de acuerdo a los siguientes requisitos.
1) El representante de los Padres de Familia debe tener la patria potestad del menor y
no ser miembro del Consejo Directivo ni del Consejo de Vigilancia de la APAFA.
2) En el caso de los estudiantes debe tener una conducta intachable y buen rendimiento
académico, si está en el 5º año debe ser elegido solo por un año.
3) El representante de los docentes debe ser idóneo, disciplinado, conducta intachable,
puntual y no tener proceso administrativo en curso.
4) En caso del personal administrativo debe ser nombrado y no tener proceso
administrativo en curso.
5) La ausencia de un representante imposibilita su instalación o funcionamiento.
ART. 39º LAS FUNCIONES DEL CONEI SON LAS SIGUIENTES:
1) Participar en la formulación y Evaluación del PEI, RI, ROF, IGA, PAT.
2) Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del
personal docente y administrativo de acuerdo a las normas vigentes.
3) Vigilar el acceso a la Matricula oportuna y asistencia de los estudiantes en la
Institución Educativa.
4) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad,
equidad y calidad en la Institución Educativa
5) Vigilar el adecuado destino de los recursos recaudados por la Institución, asimismo
cautelar los recursos económicos de la APAFA para que sean destinados de acuerdo
a las necesidades y al Plan Anual de Trabajo.
6) Colaborar con el director y garantizar con el cumplimiento de las horas efectivas de
aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y
administrativo.
7) Propiciar la solución de conflictos que se susciten, priorizando soluciones
concertadas frente a quejas o denuncias que no constituyan delitos. De existir se
informará a la superioridad.
8) Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la I.E. y los indicadores de
desempeño laboral.
9) Velar por el cumplimiento de los cinco compromisos de la gestión escolar centrada
en los aprendizajes.
10) Informar los acuerdos tomados en cada reunión en forma oportuna.
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11) El docente representante ante el CONEI en caso del incumplimiento de funciones
debe ser evaluado previa asamblea de docentes la misma que tendrá la potestad de
revocarlo.
12) Mantener informado a los docentes de los acuerdos y gestiones realizados con la
Dirección en favor de los docentes.
13) El Docente representante del CONEI, tiene la potestad de acudir a instancias
superiores en caso de no ser convocado para ejercer sus funciones.
14) Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos dela
sociedad civil, para contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como en la
evaluación de la gestión de la institución orientada a mejorar su prestigio en la
comunidad.
15) El Consejo Educativo Institucional deberá elegir entre sus integrantes a un miembro
veedor para el proceso electoral de la APAFA, quien deberá informar sobre los
resultados al Consejo Educativo Institucional.
ART. 40º REUNIONES DEL CONEI
Los miembros del CONEI se reúnen ordinariamente los últimos viernes de los meses de
febrero, abril, julio, setiembre y diciembre, y extraordinariamente las veces que el Director
las convoque en función de las necesidades de la Institución Educativa o por petición de la
mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno
de sus miembros. Los acuerdos que se adopten constan en acta y deben ser firmadas por
todos los asistentes la que debe ser de público conocimiento en la Institución Educativa.
3.9. DE LA APAFA
ART. 41 La APAFA es una organización estable de personas naturales que propicia la
participación de los Padres de Familia en el mejoramiento continuo de los servicios que
ofrece la Institución Educativa, manteniendo relaciones de coordinación, colaboración y
apoyo permanente al Director.
No interviene en los aspectos administrativos ni técnicos – pedagógicos de la institución
educativa, que son de exclusiva responsabilidad del Director.
ART. 42º DERECHOS. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O
APODERADOS.
1) Elegir o ser elegidos en cargos de Comité de Aula o miembro de la Junta Directiva.
2) Elegir la Institución Educativa para matricular a sus hijos.
3) Recibir un trato justo y amable sin discriminación por parte de la Institución.
4) Que su menor reciba una formación integral y buen trato en un ambiente de
seguridad moral y física.
5) Recibir información sobre el Reglamento Interno y el Plan de trabajo de la institución
educativa.
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6) Denunciar ante la autoridad competente casos de maltrato, abuso discriminación,
irresponsabilidad, negligencia y otros que se dieran en la institución en perjuicio de
los estudiantes.
7) Ser informado oportunamente del rendimiento académico de su hijo conforme a las
normas vigentes.
8) Recibir asesoramiento y orientación inherente a rol como padre de familia.
9) Ser atendido en horario establecido por la dirección.
ART. 43º DEBERESY OBLIGACIONES. Son los siguientes:
1) Velar por el establecimiento de un ambiente adecuado y favorable orientado a la
formación integral de sus hijos.
2) Participar a través de APAFA en la formulación del PEI y Plan Anual de Trabajo.
3) Colaborar con las actividades Educativas programadas por el docente, cuando le sea
solicitado.
4) Participar y apoyar la ejecución de las actividades programadas en el PAT del Centro
Educativo.
5) Asistir obligatoriamente a las charlas de Escuela de Padres programadas por la
Institución.
6) Abonar la cuota ordinaria y extraordinaria acordada y aprobada en la asamblea
general de APAFA, asimismo cumplir con el trabajo comunitario que requiere la
Institución.
7) Cuidar y respetar la propiedad de la Institución educativa.
8) Respetar el compromiso firmado al momento de la matrícula del menor.
9) No intervenir en las funciones del profesor, en asuntos pedagógicos en horas de
clase, realizando acciones que perturben la actividad del profesor.
10) Revisar y firmar diariamente el cuaderno de control, los informes académicos y las
citaciones enviadas de la Institución. Asistiendo conforme indica.
11) Asumir responsabilidades económicas de daños ocasionados por su hijo en el
plantel.
12) Controlar el ingreso y salida de sus hijos conforme al horario establecido.
13) Recoger en la salida a su menor hijo si es muy pequeño.
14) Ingresar a la institución solo en horario establecido publicado en la puerta de
ingreso.
15) Justificar la inasistencia de su menor hijo hasta un plazo de 48 horas.
16) Apoyar a su menor hijo en actividades de representación con materiales requeridos.
17) Asistir puntualmente a reuniones que convoque la institución educativa, el Comité
de aula y/o asamblea de padres de familia.
18) Mantener buenas relaciones interpersonales con el Director y con el personal que
labora en la institución educativa.
19) Abstenerse de realizar actividades político partidarias y/o religioso dentro de la
institución.
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20) Participar en los comités de autodefensa y protección escolar en el horario indicado.
21) Informar periódicamente a los asociados sobre el manejo económico de APAFA.
22) Asumir con responsabilidad la participación de los BAPES de su grado y sección.
23) Es responsable de asumir los compromisos contraídos con la I.E. para con sus hijos
en la hora de matrícula y/o en el proceso pedagógico.
24) Otros que establecen la Ley, el presente reglamento y el estatuto de APAFA.
ART. 44º FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA (APAFA)
1) Intervenir en el desarrollo de las actividades educativas que ejecuta la Institución.
2) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el plan anual de trabajo y el presupuesto,
así como los planes derivados de la asociación.
3) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el mejoramiento de los servicios de
infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y medios auxiliares de la I.E.
4) Contribuir con el cumplimiento de las disposiciones administrativas emanadas del
Ministerio de Educación para el mejor funcionamiento de la I.E.
5) Organizar servicios de capacitación dirigidos a los padres de familia para revalorar
la estructura familiar.
6) Desarrollar reciprocidad con otras asociaciones de su red educativa.
7) Mantener informados constantemente a los asociados.
8) Promover estímulos para estudiantes y docentes por las labores sobresalientes.
ART. 45º FUNCIONES DEL COMITÉ DE AULA. Es el órgano de participación a nivel
de aula, tiene las siguientes funciones:
1) Apoyar al tutor o profesor de aula en todas las actividades (ambientación de aulas)
que requiera mayor atención en beneficio de los educandos.
2) Coordinar con el tutor o profesor de aula en las actividades culturales, deportivas,
sociales y otras que contribuyan a la formación integral de sus hijos
3) Trabajar coordinadamente con la Dirección y el Consejo Directivo.
4) La junta de comités de aula controla permanentemente las actividades del Consejo
Directivo.
5) También verifican y observan el manejo irregular de los fondos de la APAFA
recomendando medidas correctivas en la Asamblea general y/o Dirección según sea
el caso.
6) Presentar un informe a la Subdirección al final de su gestión.
3.10. DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN
ART. 46º Presta apoyo al docente de EBR, en sus actividades formativas y disciplinarias
coadyuvando con la formación integral de los estudiantes, conforme a las disposiciones
vigentes.
46
ART. 47º El auxiliar de educación depende funcionalmente del director de la institución
educativa.
ART. 48º FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SECUNDARIA.
1) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia.
2) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario
de trabajo.
3) Llegar a la I. E. 30 minutos antes y salir 15 minutos después de los estudiantes.
4) Ejerce su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos sin realizar
ningún tipo de discriminación, por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión,
opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
5) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa
que estén a su cargo.
6) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de
derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y
el desarrollo de una cultura de paz y democracia.
7) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la
Función Pública.
8) Imparte recomendaciones de interés general a los estudiantes cada vez que sea
necesario.
9) Controla en la puerta que los estudiantes ingresen correctamente uniformados, con
insignias, agenda escolar en mano, corte de cabello tipo escolar (varones) cabello
recogido por un carmín (mujeres) y que no ingrese con aditamentos ajeno al
uniforme del colegio.
10) Controla a los estudiantes que permanezcan en sus aulas y no se encuentren
caminando o deambulando por el patio en horas de clase, si se da el caso
acompañarlos al aula, hablar con el profesor recordándoles que está prohibido el
permiso salvo casos especiales.
11) Participar en las reuniones de carácter técnico pedagógico o administrativo
convocados por los directivos de la institución educativa, hasta su culminación.
12) Participar en el proceso de matrícula según cronograma.
13) Contribuir en el desarrollo de las acciones y actividades educativas.
14) Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre los asuntos relacionados
con la conducta, disciplina y asistencia del estudiantado.
15) Acompañar a la delegación de los estudiantes, a los eventos que se realicen fuera de
la Institución Educativa, dentro de su horario de trabajo.
16) Incentivar a los estudiantes en la conservación de la infraestructura, material
educativo, mobiliario escolar y aseo personal.
17) Dar a conocer y hacer cumplir las normas de convivencia contempladas en el
presente Reglamento Interno.
18) Calificar la conducta en base a la tabla de criterios o rubros, así como el informe del
tutor para la evaluación de la conducta y ser digitado en el SIAGIE.
47
19) Realizar rondas permanentes por diferentes ambientes de la institución educativa en
especial en la hora de recreo de acuerdo a la designación de grados y secciones.
20) Dirigir la formación de estudiantes en el patio central en fechas Cívicas Patrióticas,
religiosas y en los casos que se requiera. Asimismo, es de su responsabilidad que la
escolta esté preparada para cada evento.
21) Apoyar en las acciones propuestas por el profesor tutor y colaborar en la
actualización de las fichas únicas de los educandos.
22) Llevar personalmente y en coordinación con el personal docente el registro
anecdotario de cada estudiante, de las secciones a su cargo, registrando
oportunamente las incidencias significativas de comportamiento y conducta, (ficha
de seguimiento).
23) Mantener actualizado el registro de asistencia de los estudiantes por secciones y
grados, así como las justificaciones de inasistencia. Debe elevar un informe
trimestralmente y al término del año escolar a la Subdirección y Dirección, asimismo
dar a conocer los estudiantes retirados con 30% de inasistencia y trasladados,
reportando al SIAGIE.
24) Informar por escrito los problemas de conducta de los educandos en la ficha de
remisión de casos al responsable de la Coordinación de Convivencia, quien derivará
a la instancia superior.
25) Participar en las reuniones de Padres de Familia de secciones a su cargo registrando
e informando los incidentes de la reunión.
26) Realizar informes por escrito cada trimestre, semestre y anual sobre las incidencias
más preocupantes en cuanto disciplina y otros que merezca solución.
27) Llevar los partes de asistencia diaria y hacer registrar la actividad de aprendizaje y
asistencia del personal docente, del grado y secciones a su cargo en forma personal.
28) Brindar charlas a los estudiantes sobre la Constitución Política del Perú, Civismo,
Normas de Urbanidad, Campañas contra las drogas y otros en horas libres o en
ausencia del profesor.
29) Velar por el mantenimiento, conservación y preservación de medicamentos vigentes
del Botiquín Escolar.
30) Conducir la disciplina interna y externa de los estudiantes en actos cívicos,
culturales, festivales, desfiles, paseos y visitas autorizadas por la Dirección, con
apoyo de los profesores, en su horario de trabajo.
31) Revisar y sellar la agenda escolar al ingreso del estudiante controlando su asistencia
el mismo que debe estar forrado y conservado.
32) Antes del periodo vacacional deben concluir y entregar la documentación inherente
a sus funciones a la dirección de la institución educativa.
33) Asistir a la institución educativa durante en el periodo vacacional de medio año de
los estudiantes para desarrollar actividades propias de su cargo.
34) Otras funciones inherentes a su cargo que le asigne la dirección.
35) Retener celulares y demás objetos prohibidos por el reglamento de la I.E y hacer
entrega a la autoridad inmediata mediante un informe, posteriormente entregar al
padre de familia.
48
ART. 49º SON DERECHOS DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN
1) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde.
2) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas.
3) A gozar de 60 días de vacaciones anuales, al inicio de las vacaciones escolares.
4) Seguridad social de acuerdo a ley.
5) Libre asociación y sindicalización.
6) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el otorgamiento de
beneficios sociales.
7) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de
representación política y sindical según sea el caso.
8) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones
dentro de los alcances de la presente norma.
9) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia de sus
acciones sobresalientes en el ejercicio de su función.
ART. 50º - Las prohibiciones de los auxiliares de educación, señalados en el art. 8 de la
Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de Función Pública:
1) Decomisar objetos personales de los estudiantes sin conocimiento de la dirección y
subdirecciones y/o coordinadores de TOE.
2) Abandonar a los estudiantes, en horario de trabajo.
3) Promover actividades lucrativas en beneficio propio o de terceros con los estudiantes
valiéndose de su cargo.
CAPÍTULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN
4.1 Académica
ART. 51º Educación Básica Regular. La base teórica de la propuesta curricular de la I.E
2024 es el Currículo Nacional. Dirigida a los niños y adolescentes considerados
oportunamente por el Sistema Educativo y abarca los niveles de educación primaria y
secundaria.
El ingreso a cada uno de los niveles de Educación Básica es flexible en cuanto a la edad,
siempre que se haya concluido con el nivel previo del proceso educativo. El ingreso al nivel
de educación primaria del niño o niña, se hará a los 6 años de edad o más según las normas
vigentes.
4.2 Instrumentos de Gestión: PCI
ART. 52º El Proyecto Curricular Institucional (PCI) es el documento encargado de
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Reglamento Interno 2019

  • 2. 2 PROFESORES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO 2019 PROFESOR: Lic. Víctor Santa Cruz Loayza Primaria Lic. José Aquino Gómez Secundaria DIRECTOR: Lic. José Wilder Alcántara Boza SUB DIRECTORA DE PRIMARIA: Lic. Sonia del Rocío Ibáñez Otiniano SUB DIRECTORA DE SECUNDARIA: Lic. Socorro Martel Zorrilla
  • 3. 3 REGLAMENTO INTERNO DE LA IE ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA IE - PRESENTACIÓN - RESOLUCIÓN DIRECTORAL CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Concepto 1.2 Línea Axiológica y Principios A. Fines de la educación peruana B. Fines del reglamento interno 1.3 Alcances 1.4 Base Legal CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2.1 Del funcionamiento 2.2 Del horario de Atención en la Institución Educativa 2.3 Ubicación 2.4 Ámbito geográfico 2.5 Objetivos a) Objetivos Generales b) Objetivos Específicos CAPÍTULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA 3.1 Diseño organizacional 3.2 Funciones generales A. Funciones generales de la IE 3.3 Funciones específicas del Director de la IE 3.4 Funciones del personal administrativo A. Funciones de la secretaria B. Funciones del auxiliar de laboratorio a. Funciones específicas 3.5 Deberes del docente 3.6 Del o la responsable de convivencia y disciplina escolar 3.7 De los estudiantes 3.8 Del CONEI 3.9 De los auxiliares de educación CAPÍTULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN 4.1 Académica 4.2 Instrumentos de Gestión: PCI A. Planificación B. Programación
  • 4. 4 C. Calendarización D. Periodos vacacionales E. Monitoreo 4.3 Monitoreo y acompañamiento 4.4 Control de asistencia y permanencia 4.5 Administrativa A. Régimen interno a. Instancia de gestión b. Planificación B. Régimen económico a. Fuentes de financiamiento b. Recursos propios C. Régimen de seguridad social de los trabajadores CAPÍTULO V: DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN. 5.1 Matrícula (Proceso) 5.2 Evaluación (Etapas) A. Evaluación en primaria B. Evaluación en secundaria 5.3 Promoción – Repetición (Especificar) 5.4 Certificación (Especificar en qué casos) CAPÍTULO VI: DEL REGISTRO ESCALAFONARIO 6.1 Organización del Escalafón Docente, Administrativo. 6.2 Su uso y obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la I.E.I. CAPÍTULO VII: DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL. 7.1 Estímulos, faltas y sanciones para el personal directivo. 7.2 Estímulos, faltas y sanciones del personal administrativo. 7.3 Estímulos, faltas y sanciones para el personal docente. CAPÍTULO VIII: DERECHOS y DEBERES DE LOS EDUCANDOS 8.1. Estímulos, faltas y medidas correctivas para el educando. CAPÍTULO IX: NORMAS DE CONVIVENCIA 9.1 De la definición de la convivencia escolar 9.2 De la organización de la convivencia escolar, la prevención de la violencia y la atención de casos. 9.3 De las normas de convivencia A. Acuerdos de convivencia en la IE a. Relaciones personales
  • 5. 5 b. Actividad académica c. Puntualidad y asistencia d. Cuidados del material propio y ajeno (de la IE) e. Salud e higiene B. Acuerdos de convivencia en el aula 9.4 De las medidas reguladoras CAPÍTULO X: PROTECCIÓN AL ESTUDIANTE CONTRA LA VIOLENCIA ESCOLAR CAPÍTULO XI: RELACIONES Y COORDINACIONES 11.1 Relaciones institucionales 11.2 Con los padres de familia 11.3 La asociación de ex alumnos 11.5 El Ministerio de Educación 11.5 La municipalidad de Los Olivos 11.6 Parroquia CAPÍTULO XII: DE LAS DENUNCIAS DISPOSICIONES FINALES ANEXO
  • 6. 6 REGLAMENTO INTERNO DE LA IE N 2024 PRESENTACIÓN El presente Reglamento Interno es un instrumento normativo, que tiene como marco conceptual los principios, normas técnicas, métodos y procedimientos administrativos, como tal posibilitará el apoyo a la gestión Institucional y que tiene por finalidad normar el funcionamiento de la Institución Educativa Nº 2024 del distrito de Los Olivos, provincia y región Lima; facilitando y asegurando el logro de los fines, objetivos establecidos. El presente documento regula el funcionamiento organizativo, administrativo y técnico pedagógico de nuestro Institución Educativa; en él encontramos la Estructura Funcional; los derechos y deberes y obligaciones del personal que labora en la institución, así como de los estudiantes y padres de familia; de la misma manera establece la jornada laboral, la administración de los recursos, organización administrativa y técnico pedagógico, los estímulos y sanciones y otros. Dicho documento se ha elaborado teniendo en cuenta los postulados de la Ley General de Educación y de acuerdo a las necesidades de nuestra institución Educativa y aspiraciones de la Comunidad. La comisión
  • 7. 7
  • 8. 8 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DIRECCIÓN DE LA I.E. N°2024 SUB DIRECCIÓN COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE PRIMARIA EQUIPO DOCENTE DOCENTES EQUIPO ADMINISTRATIVO A.P.A.F.A. CONEI CONSEJO ACADÉMICO DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN, TUTORIA DISCIPLINA Y CONVIVENCIA EDUCATIVA COODINACIÓN DEL EQUIPO DE SECUNDARIA EQUIPO DOCENTE EQUIPO DE AUXILIARES EQUIPO DE TALLERES
  • 9. 9 CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Concepto ART 1 º Reglamento Interno es un documento normativo y de gestión que regula la organización y el funcionamiento pedagógico, administrativo e institucional de la Institución educativa N0 2024 y los integrantes de los diferentes actores de la comunidad educativa. En el marco del proyecto educativo institucional con la finalidad de mejorar el servicio educativo y garantizar la calidad de aprendizajes y formación de nuestros educandos. 1) Personal jerárquico 2) Personal docente y Auxiliar 3) Personal Administrativo y de servicio 4) Padres de Familia 5) Estudiantes en general 1.2 Línea Axiológica: Principios y fines ART 2 º PRINCIPIOS, FINES Y ALCANCES: 1) La ética que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana. 2) La equidad que garantiza a todos iguales oportunidades, de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad. 3) La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo, u otra causa de discriminación contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y la eliminación de las desigualdades. 4) La calidad, que asegura condiciones adecuadas, para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. 5) La democracia que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y el reconocimiento de la voluntad popular; y que contribuye a la tolerancia mutua entre las personas, entre mayorías y minorías, así como al fortalecimiento del estado de derecho. 6) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y actitud de aprendizaje del
  • 10. 10 otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo. 7) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida. 8) La creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos, del saber del arte y la cultura. A. Fines de la Educación Peruana 1) Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural afectiva física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento. 2) Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado. B. Fines del Reglamento Interno 1) El reglamento interno tiene como finalidad el funcionamiento óptimo de la institución educativa. 2) Asegurar la interrelación de todos sus componentes y o agentes educativos. 3) Operativizar la gestión pedagógica y administrativa de la institución educativa. 4) Orientar a la comunidad educativa que integra la institución, sobre la organización interna, las funciones, derechos, faltas, estímulos y sanciones del personal docente y administrativo, alumnado y padres de familia 5) Desarrollar en los estudiantes una formación integral en concordancia con la nueva política educativa y los Lineamientos Generales de Educación y el Sistema Educativo Peruano logrando el desarrollo de sus capacidades y potencialidades, creación de cultura, respeto a la Familia y la comunidad en general de acuerdo a su edad. 6) Velar por el mejor funcionamiento de la Institución Educativa. 7) Hacer cumplir Leyes, Normas y Disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno.
  • 11. 11 8) Promover que la comunidad Educativa tome conciencia de las responsabilidades que le compete como integrante de la Institución Educativa. 9) Lograr la autodisciplina de los estudiantes y una mejor predisposición al estudio y demás acciones que exige la vida. 10) Lograr un cambio de actitud en la conservación y limpieza del Medio Ambiente creando una conciencia Ambientalista. 11) Regular la participación de los Padres de Familia en las tareas Educativas. 12) Proyectar los servicios educativos de la Institución hacia la formación de una Sociedad Democrática, Solidaria, Justa, Inclusiva, Próspera, Tolerante y forjadora de una Cultura de Paz que afirme la Identidad Nacional. 13) Asegurar el cumplimiento de los deberes y derechos de la comunidad Educativa dentro y fuera de la Institución. 14) Promover el respeto a nuestros Símbolos Patrios e identidad Cultural contribuyendo así el amor a la Patria. 15) Orientar las acciones Educativas para alcanzar la Calidad en la Educación. 16) Incentivar la integración y participación de la comunidad en la acción y gestión educativa propiciando relaciones armoniosas que fortalezcan el proceso Educativo. 1.3 Alcances El presente reglamento interno tiene 12 capítulos, 144 Artículos y disposiciones complementarias aprobadas bajo trabajo concertado de la comunidad educativa y con resolución directoral N° 053-2019-DIE-2024. 1) Dirección de la Institución educativa 2) Subdirección de primaria(funciones) 3) Subdirección de formación General(funciones) 4) Personal docente de primaria y secundaria 5) Coordinador de Tutoría 6) Coordinador de grado 7) Coordinador de área curriculares 8) Comisiones de trabajo 9) Auxiliares de Educación 10) Auxiliar de laboratorio 11) Personal de servicio II y III 12) Padres de familia y los estudiantes
  • 12. 12 1.4 Base legal ART 3 º BASE LEGAL El presente Reglamento Interno se sustenta en los siguientes dispositivos legales. 1) Constitución Política del Perú. 2) Ley General de Educación Nº 28044. 3) Ley de Reforma Magisterial 29944 y DS-OO4-2013 Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. 4) Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público esencial. 5) Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo. 6) Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839. 7) Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. 8) Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. 9) Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. 10) Ley N.° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas. 11) Ley Nº 30432. Ley que Promueve y Garantiza la Práctica del Deporte y la Educación Física en los diferentes niveles de la Educación Básica Pública. 12) RM N° 0201-2009-ED, que aprueba la Directiva “Procedimientos para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación. 13) RM N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas. 14) R.S.G. Nº 004-2014-MINEDU, “Normas para la ejecución del mantenimiento de locales de las IE públicas a nivel nacional”. 15) Directiva Nº 014-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDIE, brinda las normas y orientaciones para la cogestión del servicio alimentario del PNAE Qali Warma. 16) R.M. N° 0547-2012-ED Aprueba los lineamientos del Marco del buen desempeño docente para docentes de EBR. 17) R.M. Nº 0045-2009-ED, que aprueba las Normas para la distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular; Módulos de Comprensión Lectora (Textos, Cuadernos de Trabajo y Manuales Para Docentes). 18) R.S.G. N° 304-2014-MINEDU Marco del Buen Desempeño Directivo. 19) R.M. N° 0543-2013-ED “Normas y Procedimientos para la gestión del proceso de distribución de materiales y recursos educativos para las Instituciones y Programas educativos públicos y Centros de Recursos”. 20) Ley Nº 27337 Código de los Niños y Adolescentes.
  • 13. 13 21) Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento Decreto Supremo Nº 033 – 05 PCM. 22) Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y acceso a la información pública. 23) Ley Nº 28628 que regula la participación de la Asociación de Padres de Familia en las Instituciones Educativas y su Reglamento D. S. Nº 022 – 2006 ED. 24) Decreto Legislativo 276 y sus modificatorias Ley nº 25224, Ley Nº 26488 su Reglamento y Normas generales del Proceso Administrativo y su Modificatoria ley Nº 26654. 25) Decreto Legislativo Nº 27444 Nueva Ley de Procedimientos administrativos generales. 26) Decreto Supremo Nº 028 – 2007 ED Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas. 27) Resolución Ministerial Nº 0574- 94 ED sobre Control, Permanencia y Asistencia del Personal. 28) Resolución Ministerial Nº 814- 85 ED funciones de los auxiliares. 29) R.J. Nº 1344-2008-ED Normas Técnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal. 30) Decreto Supremo Nº 008 – 2014 – ED modifica artículos y disposiciones del Reglamento de la Ley N 29944 Ley de Reforma Magisterial aprobado por decreto supremo N 004-2013-ED. Aspectos laborales de los auxiliares. 31) Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil. 32) Decreto legislativo N 1023 Jornada Laboral del Sector Público. 33) Decreto Legislativo N 800 Horario de Atención al público. 34) RM N 712- 2018-Minedu orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019 35) RM N 629- 2016-Minedu Aprueban Plan Nacional de EIB al 2021. 36) R.S.G 326- 2017 MINEDU – 2 noviembre del 2017 Norma para el control de Asistencia y su aplicación en la planilla única de pago de los profesores y auxiliares de Educación en el Marco de la Reforma Magisterial y su reglamento. 37) R. M. N° 665-2018-MINEDU – Aprueban Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica 38) RVM Nº 025-2019-MINEDU, Aprueban la Norma Técnica “Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica”
  • 14. 14 CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2.1 Del funcionamiento La Institución Educativa está autorizada por el Ministerio de Educación para impartir la enseñanza de Educación Básica Regular en el turno de mañana nivel de Primaria y en turno tarde nivel Secundaria. 2.2 Del horario de atención en la institución educativa HORARIO DE ATENCION Y DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA HORARIO DE ATENCIÓN DE LA I.E. 2024 PRIMARIA 8:00 AM A 1:00 AM SECUNDARIA 1:10 PM A 6:45 PM HORARIO DE TRABAJO- PERSONAL DIRECTIVO CARGO APELLIDOS Y NOMBRE JORNADA LABORAL HORARIO DIRECTOR LIC. JOSE WILDER ALCANTARA BOZA 40 HRS INGRESO: 7:30 TERMINO: 3.30 SUB DIRECTOR DE NIVEL SECUNDARIO LIC. 40 HRS INGRESO: 11:00 AM TERMINO: 7:00 PM SUB DIRECTORA- NIVEL PRIMARIO LIC. Sonia Ibáñez Otiniano 40 HRS INGRESO: 07.30:00 AM TERMINO: 3.30:00 PM
  • 15. 15 HORARIO DE TRABAJO- DOCENTES NIVEL PRIMARIO CARGO APELLIDOS Y NOMBRES JORNADA LABORAL HORARIO DOCENTE DOCENTES DE AULA 30 HRS INGRESO: 8:00 AM TERMINO: 1: 00 PM HORARIO DE TRABAJO- DOCENTES NIVEL SECUNDARIO CARGO APELLIDOS Y NOMBRES JORNADA LABORAL HORARIO DOCENTE DOCENTES POR HORAS 30 HRS EN HOJAS ADJUNTAS (ANEXO A) HORARIO DE TRABAJO- AUXILIARES DE EDUCACIÓN NIVEL SECUNDARIO CARGO APELLIDOS Y NOMBRE JORNADA LABORAL HORARIO AUXILIAR DE EDUCACIÓN CARRASCO SOSA JUAN CARLOS 30 HRS INGRESO: 1:00 PM TERMINO: 7:00 PM AUXILIAR DE EDUCACIÓN RAMIREZ YATACO NILDA 30 HRS INGRESO: 1:00 PM TERMINO: 7:00 PM AUXILIAR DE EDUCACIÓN TORRES ALVARADO OSCAR 30 HRS INGRESO: 1:00 PM TERMINO: 7:00 PM AUXILIAR DE EDUCACIÓN VASQUEZ BARRANTES SEFERINO 30 HRS INGRESO: 1:00 PM TERMINO: 7:00 PM
  • 16. 16 HORARIO DE TRABAJO- PERSONAL ADMINISTRATIVO NIVEL PRIMARIO CARGO APELLIDOS Y NOMBRE JORNADA LABORAL HORARIO SECRETARIA PAZ VALIENTE GLORIA 40 HRS INGRESO: 8:30 AM TERMINO: 4:30 PM PERSONAL DE SERVICIO RIOS PEREZ JUAN 40 HRS INGRESO: 6:00 AM TERMINO: 2:00 PM PERSONAL DE SERVICIO CANCHAYA BORJA ARTURO 40 HRS INGRESO: 6:15 AM TERMINO: 2:15 PM PERSONAL DE SERVICIO CONDOR TERRONES ESTEFANNY ZUSETH 40 HRS INGRESO: 08:00 AM TERMINO: 4:00 PM HORARIO DE TRABAJO- PERSONAL ADMINISTRATIVO NIVEL SECUNDARIO CARGO APELLIDOS Y NOMBRE JORNADA LABORAL HORARIO OFICINISTA VITE PINGO BALTAZAR 40 HRS INGRESO: 11:00 AM TERMINO: 7:00 PM AUXILIAR DE LABORATORIO REYES BERAUN CLOTILDE EVA 40 HRS INGRESO: 11:00 AM TERMINO: 7:00 PM PERSONAL DE SERVICIO RIOS PEREZ PAULINA 40 HRS INGRESO: 10:00 PM TERMINO: 6:00AM PERSONAL DE SERVICIO PRADO ESCALANTE GLADYS ROSA 40 HRS INGRESO: 6:30 AM TERMINO: 2:30 PM PERSONAL DE SERVICIO PINO SILVERA ANGELICA 40 HRS INGRESO: 11:00 AM TERMINO: 7:00 PM PERSONAL DE SERVICIO ABRAHAM CURINAMBE 40 HRS INGRESO: 12:30 AM TERMINO: 8:30 PM PERSONAL DE SERVICIO SOTELO HUERTA FELIX YVAN 40 HRS INGRESO: 12:30 AM TERMINO: 8:30 PM 2.3 Ubicación La Institución Educativa N 2024 está Ubicada en la Av. Los Naranjos s/n del Distrito de Los Olivos provincia Lima, Región Lima. La I. E pertenece a la Jurisdicción de la Unidad Gestión Educativa N 02 del Rímac- Independencia- Los Olivos y por consiguiente a la Dirección Regional de Lima
  • 17. 17 Metropolitana. La I. E N° 2024 imparte educación primaria en su modalidad y secundaria de menores. 2.4 Ámbito geográfico. Urbano - Distrito de Los olivos, Lima Metropolitana, Departamento de Lima. 2.5.-Objetivos A. Objetivo Generales 1) Normar y regular las funciones de los actores educativos para la ejecución de actividades significativas atendiendo a las necesidades e intereses de nuestros estudiantes. 2) Propiciar una actitud responsable para lograr las metas trazadas por la institución educativa 3) Orientar y organizar a los actores educativos, informando sobre los derechos y obligaciones de cada uno de ellos, o de la visión y misión institucional. 4) Coordinar y mejorar las relaciones humanas, propiciando un adecuado clima institucional que permita el lograr la visión y misión institucional. 5) Promover proyectos de innovación que trascienden en la mejora de los aprendizajes. 6) Fortalecer el cuidado y conservación del medio ambiente a través de los proyectos de innovación y que trasciendan a la comunidad y a la sociedad peruana. B. Objetivos Específicos 1) Organizar a la comunidad educativa de la I.E N0 2024 en comisiones de trabajo de acuerdo a las necesidades educativas. 2) Asignar funciones de acuerdo a las normas específicas a los directivos, docentes, administrativos y a las comisiones de trabajo. 3) Establecer el horario de trabajo del personal directivo, docente, administrativo y el horario de atención de los estudiantes precisando la hora de ingreso y salida para cada turno.
  • 18. 18 CAPÍTULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA 3.1 Diseño organizacional Esta referido al organigrama de la I.E 3.2 Funciones generales ART 4º La Institución Educativa como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. En ella tiene lugar la prestación de servicios. Puede ser pública o privada: 1) Es finalidad de la Institución Educativa el logro de los aprendizajes y la formación integral de los estudiantes. El proyecto Educativo Institucional orienta la gestión. 2) La institución Educativa como ámbito físico y social, establece vínculos con los diferentes organismos de su entorno y pone a disposición de sus instalaciones para el desarrollo de actividades extracurriculares y comunitarias, preservando los fines y objetivos, así como las funciones específicas del local institucional. 3) La Institución Educativa comprende los centros de Educación básica, los de Educación Técnico productiva y la Instituciones de Educación Superior. A. Funciones generales de la Institución Educativa ART 5º SON FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 1) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas. 2) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad. 3) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores y sean capaces de contribuir a su proyecto de vida. 4) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los estudiantes y de la gestión institucional. 5) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones. 6) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, y creativa respetando el principio de autoridad.
  • 19. 19 7) Facilitar la acción del estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, al acceso y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica, en las instituciones y Programas Educativos Públicos 8) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal. 9) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad. 10) Cooperar en las diferentes actividades de la comunidad. 11) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso y permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad especifica. 12) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente. 13) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la comunidad educativa. 14) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. 3.3 Funciones específicas del Director de la Institución Educativa ART. 6º SON DEBERES DEL DIRECTOR CONDUCIR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 55º Y 68° DE LA LEY 28044. 1) Es la máxima autoridad y representante legal de la Institución Educativa. 2) Es responsable de la gestión en los ámbitos Pedagógico, Institucional y Administrativo. 3) Cumplir y hacer cumplir Los Cinco Compromisos de la Educación en el Marco del Buen Desempeño Docente. 4) Liderar la planificación, ejecución y evaluación del PEI, PCI, RI, PAT e IGA, en base a los cinco compromisos, involucrando a todos los miembros de la institución educativa. 5) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las Relaciones Humanas armoniosas, el trabajo en equipo, y la participación entre los miembros de la comunidad educativa. 6) Hacer cumplir el reglamento y demás dispositivos vigentes, emitiendo las resoluciones y decretos directorales oportunamente. 7) Velar por la calidad de la enseñanza – aprendizaje que se imparte a las y los estudiantes de la Institución Educativa 2024. 8) Programar, organizar, ejecutar y evaluar todas las actividades educativas en lo técnico pedagógico y administrativo. 9) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos, promoviendo permanentemente la innovación pedagógica.
  • 20. 20 10) Supervisar, monitorear, acompañar y evaluar el servicio educativo que se brinda en la Institución Educativa. 11) Liderar, acompañar y monitorear en todas las áreas (las rutas de aprendizaje y DCN) en los niveles correspondientes en la I.E. 12) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades pedagógicas según la planificación y programación de los docentes de acuerdo a las disposiciones vigentes. 13) Suscribir contratos y convenios con fines educativos previo visto bueno del CONEI. 14) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la I. E. en lo deportivo y cultural convocados por el Ministerio de Educación y otras Instituciones. 15) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de ínter aprendizajes y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los servicios que presta la I. E. en el marco del PEI y el Buen Desempeño Docente. 16) Informar oportunamente a sus superiores sobre el desempeño laboral deficiente de los trabajadores a su cargo después de haber agotado medidas correctivas. Aplicando con imparcialidad la norma vigente. 17) Califica la falta o infracción atendiendo la naturaleza de la acción u omisión, así como la gravedad de las mismas en el marco de las normas vigentes. 18) Encargar, designar y especificar cargos, deberes y/o funciones de todo el personal de la I.E. mediante documento. De acuerdo al CAP actualizado (en el caso de acuerdos internos previa acta de aceptación de los involucrados). 19) Planifica y organiza las actividades que desempeñaran los profesores del nivel secundario en el incremento de la jornada laboral. 20) El Director debe cumplir su horario de trabajo (40 horas) de permanencia en la I.E con responsabilidad, registrando su hora de ingreso y salida en el reloj marcador. 21) Al ausentarse de la Institución Educativa a realizar trámites o gestiones a la UGEL 02, DREL, Ministerio de Educación o cualquier otra Institución o Entidad deberá portar su respectiva papeleta de salida a fin de justificar su ausencia en la I.E; y a su retorno deberá presentar la respectiva papeleta sellada por la institución a donde se dirigió. 22) La designación del responsable del Aula de Innovación Pedagógica AIP, será por un periodo de un año al cual podrá acceder cualquier docente del nivel primaria y/o secundaria, previa convocatoria de la Dirección y con la participación del Comité de Evaluación de la I. E. y CONEI, cumpliendo los requisitos de acuerdo a normas vigentes. (En casos excepcionales designar al docente que lo requiere por motivos de salud previo informe médico). 23) Publicar de forma oportuna el horario de trabajo del personal Administrativo: secretaría, oficinistas, auxiliar de laboratorio y personal designado del SIAGIE a fin de facilitar la atención al público, y también deberá publicar los pabellones y ambientes designados y de los cuales son responsables los Auxiliares de Educación y personal de servicio de la I.E. 24) Emitir Resoluciones Directorales en forma oportunas a las diferentes Comisiones para su reconocimiento y elaboración de los Instrumentos de Gestión.
  • 21. 21 25) Elevar oportunamente los documentos de Gestión elaborados por las diferentes comisiones a las instancias superiores. 26) Propiciar y fomentar un buen clima institucional con la comunidad educativa en general, generando un ambiente de trabajo agradable y de buenas Relaciones Humanas de acuerdo a las normas de convivencia institucional, para el logro de metas y objetivos de la I.E. ART. 7° SON DERECHOS DEL DIRECTOR DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 55º Y 68° DE LA LEY 28044 1) Presidir en la planificación, ejecución y evaluación de los documentos y planes de Trabajo de la I.E. 2) Realizar su trabajo en un ambiente acorde a su elevada misión. 3) A licencias, permisos y otros de acuerdo a la Ley de la Reforma Magisterial. 4) A un día de permiso por onomástico. 5) A 30 días de vacaciones ART. 8° El sub director de formación general es el docente que depende directamente y sigue en jerarquía al Director de la institución educativa. Orienta, supervisa y evalúa el desarrollo integral del currículo, asegurando el mejoramiento cualitativo de las acciones y servicios educativos. Coordina con el director y distribuirá la jornada laboral, semanal en los turnos de funcionamiento del plantel. Ejerce su cargo a tiempo completo con 40 horas. ART. 9º Son deberes de los Sub directores del Nivel Primaria y del Nivel Secundaria respectivamente, inherentes a la función que desempeñan. 1) Cumplir y hacer cumplir Los Cinco Compromisos de la Educación en el Marco del Buen Desempeño Docente. 2) Liderar la planificación, ejecución y evaluación del PEI, PCI, RI, PAT e GIA, en base a los cinco compromisos, involucrando a todos los miembros de la institución educativa. 3) El Sub-Director debe cumplir su horario de trabajo (40 horas) de permanencia en la I.E con responsabilidad, registrando su hora de ingreso y salida en el reloj marcador y el cuaderno de asistencia del personal. 4) En coordinación con el Director acompaña y monitorea a los docentes. 5) En coordinación con el director orienta y asesora a los docentes en el aspecto técnico pedagógico. 6) Realiza funciones por delegación expresa del director en el nivel correspondiente. 7) Coordina, asesora y evalúa los trabajos en las diferentes comisiones de su nivel. 8) Se encarga del control de asistencia y permanencia del personal de su nivel. 9) Monitorean y acompañan el uso adecuado de los textos, cuadernos de trabajo, material concreto y otros entregados por el MINEDU para los estudiantes. 10) Coordina las actividades programadas del calendario cívico escolar.
  • 22. 22 11) Informa periódicamente al Director sobre el aspecto técnico pedagógico de su nivel. 12) Propone al Director el otorgamiento de estímulos y reconocimiento al personal docente y estudiantes por acciones distinguidas. 13) Verifica el funcionamiento del laboratorio, aula de Innovación Pedagógica, Talleres, entre otros. 14) Participa en la organización y ejecución de actividades permanentes. 15) Se responsabiliza directamente de los estudiantes en caso de inasistencia de algún o algunos profesores para evitar el retorno de los estudiantes a sus casas. 16) Programar y ejecutar jornadas de actualización para los docentes en coordinación con la Dirección. 17) Verificar el avance del programa curricular, unidades de aprendizaje y sesiones de aprendizaje. 18) Realiza reuniones técnico pedagógicas mensual o trimestral con los docentes según la programación en la calendarización anual. 19) Cumplir exactamente con las fechas y horarios acordados, con asistencia obligatoria en actividades programadas previamente. 20) Propiciar y fomentar un buen clima institucional con la comunidad educativa en general, generando un ambiente de trabajo agradable y de buenas Relaciones Humanas de acuerdo a las normas de convivencia escolar, para el logro de metas y objetivos de la I.E. ART. 10° Son derechos de los sub directores: 1) Participar en la planificación, ejecución y evaluación de los documentos y planes de Trabajo de la I.E. 2) Realizar su trabajo en un ambiente acorde a su elevada misión. 3) A licencias, permisos y otros de acuerdo a la Ley del profesorado y su reglamento. 4) A un día de permiso por onomástico. 5) A 30 días de vacaciones. 3.4 Funciones del personal administrativo ART. 11°LOS DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO: están en concordancia con lo estipulado en el D.S N°276 y su reglamento, considerándose como tal, a los trabajadores de la función pública que colaboran en la eficacia y eficiencia de la administración de la institución, brindando igualdad de oportunidades de acceso a todos los usuarios de la institución educativa. ART. 12º La I.E N0 2024 cuenta con el siguiente personal ADMINISTRATIVO: dos oficinistas (nivel primario y secundario), un auxiliar de laboratorio, ocho trabajadores de servicio (nivel primario y secundario). La Secretaría, Auxiliar de Biblioteca, guardianía se designan de acuerdo al ART.5 inciso 18 del presente reglamento.
  • 23. 23 A. Funciones de oficinista y mesa de parte: 1) Realiza labores de mesa de partes, trámite documentario, Archivo, Publicaciones e impresiones. 2) Ser ejemplo de puntualidad, pulcritud, modestia y sinceridad, brindando un trato cordial y afable al usuario. 3) Mantener la confidencialidad de los documentos recibidos en concordancia con el Código de Ética del Servidor Público. 4) Redacta y digita la documentación dispuesta por la Dirección. 5) Organiza y mantiene operativo el archivo del I.E. y prepara la documentación de despacho con la Dirección y subdirecciones. 6) Realiza el inventario de los enseres del área administrativa y vela por su conservación. 7) Elabora el padrón o nóminas de matrícula de los estudiantes que requieren examen de subsanación y recuperación. 8) Lleva la contabilidad de los ingresos y egresos, de los fondos que constituyen tasas educativas y la venta de certificados. 9) Atender al personal y público en el horario establecido utilizando un trato cortés. 10) Elabora la nómina de los estudiantes dentro de los 30 días calendarios de iniciada las clases. 11) Digita las nóminas de matrícula, las actas y boletas de notas basadas en SIAGIE. 12) Elabora los certificados de estudio. 13) Lleva la correspondencia oficial del colegio 14) Prepara los decretos para la firma correspondiente y en un archivo especial. 15) Lleva un libro memoria en el que se detallarán las ceremonias que servirá como patrimonio del colegio. 16) Lleva la estadística del movimiento escolar y remite los partes al escalafón administrativo de la UGEL. 17) Registra decretos sobre exámenes y exoneraciones de las asignaturas de Educación Religiosa y Educación Física. 18) Archiva todas las directivas emitidas por la UGEL e instancias superiores. 19) Participar en las reuniones convocadas por la dirección redactando el Acta de Asamblea en su horario de trabajo. 20) Realiza las demás funciones que le asigne la dirección dentro de su jornada laboral. ART. 13º SON FUNCIONES DEL OFICINISTA 1) Depende de la Dirección del plantel o la sub dirección. 2) Realiza labores de recepción, registro, clasificación y distribución de documentos administrativos en apoyo a la dirección y subdirecciones. 3) Velar por el orden y conservación de los archivos de las actas.
  • 24. 24 4) Elabora trimestralmente los cuadros de mérito por grados para su publicación. 5) Realiza otras funciones que le asigne el Director del Plantel según la necesidad de servicio. 6) Cumplir su jornada laboral de 8 horas. Debiendo ser publicado su horario de trabajo y de atención al público en un lugar visible. ART. 14º EL AUXILIAR DE LABORATORIO: El auxiliar de laboratorio, es servidor del área administrativa asignado a la institución de conformidad al módulo de personal establecido; ejerce jornada laboral de 40 horas cronológicas de lunes a viernes, inclusive en horario continuado de la institución educativa, no implica disminución de jornada de 07:45 horas; depende administrativamente del director, según corresponda y operativamente del jefe de laboratorio con quien comparte responsabilidades. a. Funciones especificas 1) Verificar que el aula de prácticas y el almacén estén ordenados y limpio. 2) Comprobar la existencia y/o deterioro de materiales en el ambiente de trabajo, en caso contrario comunicar de inmediato, al jefe de laboratorio por escrito bajo responsabilidad funcional. 3) Evitar el ingreso de personas ajenas al ambiente o almacén. 4) Comprobar la existencia de materiales, asegurando las llaves, luz, puertas y ventanas al término de su turno. 5) Participar en la elaboración del plan de trabajo y cronograma de prácticas, así como la organización e instalación de los equipos de laboratorio. 6) Proporcionar materiales limpios a los docentes y recepcionar los equipos, materiales e insumos una vez terminada las prácticas, comprobando el estado en que se encuentran y ubicándolos en los ambientes destinados. 7) Apoyar a los docentes del área en el desarrollo de las actividades de laboratorio y fuera. 8) Elaborar los documentos de acción y ejecución cumpliendo con sus objetivos propuestos. 9) Llevar el control de prácticas, registrando los hechos ocurridos dentro del ambiente del laboratorio. 10) Permanecer en el ambiente del laboratorio mientras dure el tiempo de su hora de trabajo. 11) Verificar la vigencia de los diferentes reactivos e insumos de uso del laboratorio. 12) Formular trimestralmente los cuadros de requerimiento de materiales y reactivos. 13) Realizar el inventario anual de materiales, insumos y equipos del laboratorio. 14) Cumplir con las tareas por función encomendadas por el Jefe de laboratorio. 15) Limpiar, esterilizar materiales e instrumentos y el ambiente del laboratorio. 16) Actualizar y mantener el periódico mural del Área de CT – laboratorio. 17) Verificar el sistema de seguridad contra incendios que esté operativo al 100% a fin de evitar amagos de incendio.
  • 25. 25 ART. 15º SON FUNCIONES DE LA PSICÓLOGA (CONVENIO Y/O MED) 1) Coordinar con el Director y/o Sub director (a) de la I.E. las actividades preventivas. 2) Colabora en la elaboración del PEI de la I.E. 3) Dar a conocer a todo el personal SU PLAN DE TRABAJO en el mes de marzo con el fin de recibir apoyo y participación. 4) Elabora una ficha personal de todos los estudiantes de la Institución Educativa. 5) Desarrolla jornadas de Capacitación dirigido a docentes y padres de familia. 6) Elabora y desarrolla talleres preventivos de Educación Sexual, Habilidades sociales, Uso indebido de drogas, Cultura de Paz, Convivencia Democrática. 7) Apoya el trabajo Cooperativo que realiza el tutor en coordinación con la Dirección y Subdirección. 8) Coordina con los auxiliares de educación, para su apoyo en las actividades preventivas. 9) Coordina con las instituciones de la localidad para involucrarlos en acciones de prevención integral. 10) Coordina con entidades y/o profesionales su apoyo para solucionar problemas que aquejan al estudiante: DEMUNA, Fiscalía de Familia, Policía, etc. 11) Coordina y desarrolla programas de orientación Vocacional. 12) Brinda consejería a los docentes, tutores, auxiliares de educación, y padres de familia. 13) Promueve formas de resolución de conflictos como la negociación, entre otros. 14) Realiza un diagnóstico social del estudiante con la finalidad de prevenir inconductas, para lo cual elabora una ficha individual. 15) Realiza estudios de investigación de los problemas socio-educativos del educando o grupos de educandos a fin de orientar el apoyo socio-familiar. 16) Organizar la escuela de padres mensualmente en coordinación con los profesores del TOE. ART. 16º FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO:(encargado) 1) Organizar, mantener y distribuir los libros, mapas, revistas y otros de acuerdo a las diferentes áreas. 2) Inventariar el material bibliográfico, máquinas, muebles y demás enceres con que cuenta la biblioteca. Previo informe a la Dirección de la I.E 3) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos y ordenar los libros, revistas, folletos, etc. de acuerdo a la codificación y catálogo establecido. 4) Publicar en lugar visible el horario de atención tanto para el nivel primario y nivel secundario. 5) Atender a los usuarios en su horario establecido. 6) Ambientar adecuadamente la biblioteca. 7) Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico. 8) Hacer cumplir las normas de uso, préstamo y reposición de los textos escolares.
  • 26. 26 9) Permanecer en el ambiente de la biblioteca en el horario establecido. 10) Orientar a los usuarios en el uso adecuado del servicio. 11) No permitir que el ambiente de la biblioteca sea usado para otras actividades. 12) Horario 9:00 a 5:00 pm. 13) Asume toda la responsabilidad en caso de pérdida de libros y otros materiales encomendados, absteniéndose a comercializar los libros. 14) Participar directamente en las coordinaciones en las campañas de fomento a la lectura y la celebración del día del libro. ART. 17º FUNCIONES DEL TRABAJADOR(A) DE GUARDIANÍA. 1) Realiza la custodia del local a través de rondas internas, para lo cual se le facilita un ambiente adecuado para su permanencia. 2) Llevar un cuaderno sobre las incidencias observadas y comunicar inmediatamente al Director o Subdirector sobre cualquier incidente que atente contra la seguridad del colegio. 3) Es responsabilidad del guardián no dejar salir ningún bien del colegio sin la autorización escrita de la Dirección o Sub – dirección, caso contrario se comunicará a la UGEL 02. 4) No permitir el ingreso de personas ajenas al quehacer educativo sábados, domingos y días feriados. 5) Brindar un trato cortés a la comunidad educativa. 6) Permitir el ingreso del personal del plantel y estudiantes en días no laborables previa autorización por escrito del Director. 7) Permitir el ingreso de personas ajenas a la institución que hayan firmado convenios con la institución educativa previa identificación, teniendo en cuenta la comunicación y autorización escrita del Director hecha con antelación. 8) No usar los ambientes, salvo autorización de la Dirección. 9) Ejecución de actividades de vigilancia, control y seguridad de los bienes materiales, cautelando los bienes y enseres de la I. E. bajo responsabilidad funcional. 10) Cumplir su jornada laboral designada por la dirección de la I.E., marcando cada dos horas. 11) No permitir la permanecía de ningún personal a partir de las 8:00 pm., salvo con la autorización de la dirección. 12) Apoyar en la limpieza de las aulas y otros ambientes que se le asigne. 13) Es responsable del riego y mantenimiento de las áreas verdes externa. ART. 18º FUNCIONES DEL TRABAJADOR DE SERVICIO. El trabajador de servicio es el personal responsable de velar por la conservación de la infraestructura e higiene de la Institución Educativa, depende directamente del Director, cumple las siguientes funciones y obligaciones.
  • 27. 27 1) Realizar la limpieza oportuna, adecuada y permanente de las aulas y talleres, equipos, mobiliario, servicios higiénicos, patio, jardines y otros ambientes en salvaguarda de la salud de los estudiantes, velando por su conservación y óptimo funcionamiento y responsabilizándose de las áreas físicas a su cargo. 2) Trapear los pisos de las aulas y/o talleres, la sala de profesores, Dirección, Subdirección y otros ambientes de manera permanente. 3) Limpieza de los equipos tecnológicos. 4) Encerar los pisos de las aulas, la sala de profesores, Dirección, Subdirección y otros ambientes mínimamente una vez a la semana bajo responsabilidad funcional. 5) Realizar labores de conserje. 6) Verificar y velar por la seguridad de los muebles, mobiliario, equipos, herramientas y otros bienes de la I. E. informando cualquier incidencia a la Dirección. 7) Dar buen trato al personal que labora en la I. E. y a los visitantes. 8) Acondiciona el estrado, instala el equipo de amplificación los días lunes, así como en fechas Cívicas y otras Ceremonias. 9) Apoyo a las comisiones en todas las actividades programadas. 10) El Personal de Servicio debe permanecer en su lugar de trabajo y velar por la higiene y limpieza de la I.E. 11) El personal de servicio durante la hora de recreo supervisa el buen uso de los servicios higiénicos y lo mantiene abierto hasta la hora de salida de los estudiantes en ambos turnos. 12) Reparar muebles y mobiliario escolar, sanitarios, eléctricos contando con los materiales, herramientas y un ambiente adecuado para dicha función. 13) Otras funciones inherentes a la naturaleza de su cargo y aquellas que le recomienden la Dirección y Subdirección. 14) Cumplir una jornada laboral planificada y organizada, sin interrumpir las horas de clase. ART. 19º FUNCIONES DEL TRABAJADOR PORTERO Sus funciones son los siguientes: 1) Controlar y custodiar el local, equipos, mobiliarios y materiales del plantel responsabilizándose de su deterioro o pérdida. 2) Dar buen trato al estudiante, personal docente, padres de familia y otros usuarios. 3) Realizar labores de mantenimiento y limpieza en las instalaciones que están a su cargo durante la permanencia de los estudiantes. 4) Informar diariamente a la dirección de los deterioros, atentados y robos del patrimonio de la Institución, bajo responsabilidad funcional. 5) Entregar al portero que lo reemplaza el cuaderno de ocurrencias, llaves y otros. 6) Realizar rondas por todos los ambientes, verificando que todo marche bien, de lo contrario debe tomar las medidas más convenientes e informar a quien corresponde.
  • 28. 28 7) No permitir el ingreso y/o salida de los estudiantes fuera del plantel sin autorización del Director o Subdirector. 8) No permitir la salida de materiales y otro objeto que pertenece a la I. E. informando inmediatamente a su jefe inmediato. 9) Registrar en el cuaderno de ocurrencias las incidencias producidas en el horario de su trabajo el cual será visado por el Director, así como en los cuadernos de desplazamiento del personal docente, administrativo, estudiantes, padres de familia y visitantes. 10) Es responsable de la evacuación de los residuos sólidos o basura. 11) Realizar labores de vigilancia, seguridad y portería en la I. E. principalmente en horas de ingreso y salida de estudiantes. 12) Realizar otras funciones afines a su cargo que le es asignado por el director y/o subdirector. 13) Registrar el ingreso y salida de los visitantes, previamente identificado con DNI. 3.5 DEBERES DEL DOCENTE. Son señalados en el art. 40 de la ley N° 29944 ley de Reforma magisterial y su reglamento, el art 7 de la Ley N° 27815 ley del código de ética de función pública. ART. 20º El profesor es el agente fundamental de la educación en la Institución Educativa. Se exige rigurosa selección, preparación adecuada y permanente, con una actitud y conducta irreprochable requerida por su misión. Sus deberes son los siguientes. 1) Asistir puntualmente a cumplir con sus actividades pedagógicas con previa planificación y tener al día su carpeta pedagógica. 2) Cumplir con las horas efectivas de aprendizaje y realizar su recuperación si fuera el caso. 3) Participar en la planificación de actividades pedagógicas y proyectos de innovación técnico pedagógicas con el propósito de mejorar la calidad educativa. 4) Participar en el diagnóstico y focalización de las principales causas de deserción en la institución educativa y la búsqueda de soluciones para la mejora de la calidad educativa y su inserción en los documentos de gestión como el PEI, PCI, PAT. 5) Conocer y participar en la elaboración del PEI, cumpliendo un rol protagónico en el desarrollo de las actividades educativas. 6) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de las actividades consideradas en el Plan Anual de Trabajo de la IE para el año lectivo. 7) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección en las acciones que permitan el logro de los objetivos generales y específicos de la Institución considerado en el Plan Anual de Trabajo, y PEI. 8) Participación en actividades como la fecha del inicio del año escolar, jornadas de reflexión, día del logro, fechas cívicas y otras programadas.
  • 29. 29 9) Orientar al estudiante dando a conocer, sus deberes y sus derechos establecidos por la Constitución, las Leyes vigentes y el Reglamento Interno. 10) Sensibilizar a los padres de familia sobre su responsabilidad en la formación integral de sus hijos, mediante acciones de orientación, consejería, formación de buenos hábitos, prevención de la drogadicción y pandillaje, práctica de las buenas costumbres, ejercicio de la fraternidad, dedicación al estudio, empleo positivo del tiempo, con la optimización de las acciones Educativas. 11) Emplear estrategias para lograr mejores resultados en el proceso enseñanza y aprendizaje del estudiante. 12) Utilizar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes los libros, manuales, cuadernos de trabajo y material concreto entregados por el Ministerio de Educación para ese fin. 13) Evaluar en forma permanente el proceso de formación integral del educando según norma vigente. 14) Respetar los valores de la comunidad y participar en el desarrollo cultural cívico patriótico y democrático. 15) Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la Institución. 16) Informar oportunamente a la autoridad inmediata superior de los actos delictivos o de inmoralidades que se produzcan en la institución o en circunstancias relacionadas al ejercicio de su función. 17) Colaborar activamente en la formación de los estudiantes durante las actividades cívicas, religiosas, artísticas y deportivas a fin de mantener orden y controlar la disciplina y colaborar con el auxiliar del grado. 18) Informar y publicar el balance económico detallado de actividades planificadas y ejecutadas oportunamente a la subdirección. 19) Cumplir con la elaboración de la documentación correspondiente de acuerdo a la calendarización y directiva de la finalización del año escolar. 20) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las acciones de tutoría y la promoción Educativa Comunal de conformidad con la Ley general de Educación y el marco del buen desempeño docente. 21) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como los eventos de actualización profesional organizada por el colegio o por las instancias Superiores. 22) Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanece en la Institución. 23) Fortalecer la disciplina y la práctica de valores dentro y fuera del aula. 24) Emplear con el estudiante un trato firme, enérgico, cortés y amistoso, respetando siempre la dignidad del educando.
  • 30. 30 25) Establecer y aplicar estrategias adecuadas para la construcción de aprendizajes significativos y funcionales en los estudiantes, en el marco del Currículo Nacional. 26) Inculcar a los estudiantes la práctica de valores con el ejemplo, velando por su fiel cumplimiento. 27) Hacer entrega de los documentos oficiales a la Subdirección para luego ser derivados a la Dirección en el tiempo previsto a fin de no entorpecer la labor administrativa y la entrega de libretas o récor de notas. Con entrega oportunamente de las nóminas al docente (secundaria). 28) Apoyar y estimular a los estudiantes que participen en actividades culturales extraordinarias autorizadas por la Institución Educativa, realizando una preselección de los números artísticos a presentar por la comisión responsable. 29) Organizar y ambientar el aula, preparar material educativo con la colaboración de los estudiantes y padres de familia. 30) Presentaran su carpeta pedagógica con sus proyectos, unidades de aprendizajes y sesiones de aprendizaje al Subdirector correspondiente de su nivel. 31) Asistir con obligatoriedad a las reuniones y/o asambleas programadas oportunamente por la I E. cuando la autoridad lo requiera en la fecha y hora indicada. 32) Otorgar permiso al educando en caso de emergencia o necesidad fisiológicas solo dentro de la Institución. 33) Elaborar e informar el consolidado de orden de mérito de los estudiantes a su cargo. (Primaria). 34) Respetar y cumplir el presente reglamento. 35) Implementaciones de las TIC y el uso del Currículo Nacional previo acondicionamiento de las aulas. ART. 21 DEL DOCENTE DE EDUCACIÓN PRIMARIA: El docente de turno debe de ingresar 15 minutos antes y 15 minutos después, para optimizar el desarrollo de las actividades programadas. 1) Coordinará con los profesores tutores de cada grado y sección tanto el ingreso como la salida de los estudiantes. Asimismo, antes de retirarse el docente tutor y el docente de turno no deben permitir que ningún estudiante permanezca en las instalaciones de la I.E fuera de su horario, excepto los niños que son recogidos por sus padres y que participan en la recuperación académica. 2) Dirige la formación los días lunes, coordinando con los docentes responsables de realizar el desarrollo del calendario cívico y actividades programadas. 3) Los docentes de turno en coordinación con el profesor de Educación física durante la hora de recreo deberán de permanecer en lugares estratégicos, velando por su integridad física de los estudiantes.
  • 31. 31 4) Brindar los primeros auxilios al estudiante que se encuentre afectado en su salud en caso de accidentes, coordinar con la Dirección y/o subdirección del nivel y representante de la Comisión de Recursos Financieros de la I.E. para la conducción al centro de salud más cercano. 5) Coordinar con el personal de servicio para el ingreso y salida de los estudiantes (abrir y cerrar las puertas) previa coordinación con la Dirección. ART. 22. Está prohibido a los profesores, los señalados en el art. 8 de la Ley N° 25815 Ley del código de la función pública: 1) Delegar en cualquier forma sus funciones docentes; sin la previa autorización del Director. 2) Atentar en cualquier forma contra la integridad física, intelectual de los educandos. 3) Recibir visitas durante el desarrollo de clases, salvo caso urgente: las visitas se harán en horas de recreo. 4) Recibir, sugerir o exigir obsequios, emolumentos a sus estudiantes, padres de familia o apoderados. 5) Censurar en forma destructiva las órdenes de las autoridades superiores y tratar en clases sobre asuntos extraños a la enseñanza. 6) Ausentarse de la Institución Educativa sin la autorización de la Sub Dirección del nivel en horas de labor docente. 7) Enviar a los estudiantes a sus domicilios, por cualquier motivo sin la autorización del Sub Director. 8) Imponer castigos corporales. 9) Hacer colectas de cualquier tipo sin la autorización del Director. 10) Llamar a los estudiantes por sus apelativos. 11) Dedicar las horas de clase en actividades de orden personal. 12) Ejecutar visitas de estudio dirigido, prácticas deportivas fuera de la Institución Educativa sin la presentación previa del plan de estudio y la autorización del Director o Sub Director. 13) Otras contrarias a la normatividad vigente. ART. 23 DE LA JEFATURA DE LABORATORIO: Depende del Subdirector de Formación General, tiene las siguientes funciones: 1) Verificar que el aula de prácticas y el almacén estén ordenados y limpio. 2) Comprobar la existencia y/o deterioro de materiales en el ambiente de trabajo, en caso contrario comunicar de inmediato, al Subdirector por escrito bajo responsabilidad funcional. 3) Evitar el ingreso de personas ajenas al ambiente o almacén. 4) Comprobar la existencia de materiales, asegurando las llaves, luz, puertas y ventanas al término de su turno.
  • 32. 32 5) Participa conjuntamente con los docentes a su cargo en la elaboración del plan de trabajo, cronograma de prácticas y horario, así como la organización e instalación de los equipos de laboratorio. 6) Realiza informe permanente sobre las sesiones y actividades relacionadas al área. 7) Proporcionar materiales a los docentes y recepción de los equipos, materiales e insumos una vez terminada las prácticas, comprobando que se encuentren en los ambientes destinados. 8) Planifica, organiza y asesora a los docentes en el desarrollo de las actividades de laboratorio y del área. 9) Establece y hace cumplir las medidas de seguridad para evitar accidentes físicos en horas de trabajo de laboratorio. 10) Formula y difunde normas de convivencia de los estudiantes en el laboratorio y difunde las medidas de seguridad. 11) Informa por escrito a su inmediato superior la acción y ejecución de actividades cumpliendo con sus objetivos propuestos. 12) Verificar el desarrollo de las prácticas, registrando los hechos ocurridos dentro del ambiente del laboratorio. 13) Permanecer y cumplir con su jornada laboral de 40 horas pedagógicas distribuidas en los turnos de funcionamiento de la Institución Educativa. Teniendo a su cargo el dictado obligatorio de doce (12) horas de clase, las cuales forman parte de su jornada de trabajo. 14) Cumple con un horario distribuido en los dos turnos de funcionamiento de la Institución Educativa, para el uso del laboratorio tanto el nivel primario como el nivel secundario de 11:15 horas a 6:45 horas (salida de los estudiantes) 15) Verificar la vigencia de los diferentes reactivos e insumos de uso del laboratorio. 16) Realizar el requerimiento trimestral de los materiales y reactivos. 17) Realizar el inventario anual de materiales, insumos y equipos del laboratorio. 18) Cumplir con las tareas por función encomendadas por el Subdirector. 19) Realizar reuniones de inter-aprendizaje entre docentes del área. 20) Verificar que se actualice el periódico mural del Área de CT. 21) Supervisar las prácticas realizadas por los docentes del área. 22) Promover y ejecutar los Proyectos de Innovación del área de CT. ART. 24º DEL AUXILIAR DE LABORATORIO: El auxiliar de laboratorio, es servidor del área administrativa asignado a la institución de conformidad al módulo de personal establecido; ejerce jornada laboral de 40 horas de lunes a viernes, inclusive en horario continuado de la institución educativa, no implica disminución de jornada de 07:45 horas, depende administrativamente del director, según corresponda y operativamente del jefe de laboratorio con quien comparte responsabilidades. Es el responsable de la conservación, mantenimiento y seguridad del laboratorio, depende del Jefe de Laboratorio y presenta las siguientes funciones:
  • 33. 33 1) Limpia y esteriliza según sea el caso material e instrumentos y ambientes del laboratorio Participa en la organización e instalación de equipos y módulos del laboratorio. 2) Cumplir su horario de trabajo. 3) Informa al Jefe de Laboratorio el estado de los materiales, equipos e insumos, así como las ocurrencias que podrían suscitarse en los ambientes. 4) Participa en la elaboración del PLAN ANUAL DE TRABAJO, y el cronograma de Prácticas del Laboratorio. 5) Actualiza el inventario de los bienes existentes en los laboratorios y almacenes. 6) Apoyar en las prácticas con la preparación de los registros de las muestras, registro de los análisis y otros afines 7) Controla el uso racional de equipos e insumos, y formula el cuadro de requerimientos de insumos a utilizarse en el laboratorio. 8) Apoya a los docentes en el desarrollo de las actividades de ciencias tanto en el plantel como fuera si están planificados y diseñados las actividades de aprendizaje de CT que impliquen escenarios vivenciales. 9) Recepcionar los equipos, materiales e insumos una vez concluida la práctica, comprobando su integridad y regreso a su respectivo lugar. 10) Lleva el control de movimientos de equipos y materiales fuera del ambiente del laboratorio. 11) Prepara con oportunidad soluciones, materiales biológicos, montaje de experimentos de física y otros solicitados por el docente. 12) Registra las prácticas de laboratorios de los docentes del área en el libro respectivo. 13) Releva las funciones en forma coordinada con el docente del siguiente turno o periodo dentro de su hora de trabajo. 14) Registra en el cuaderno de altas y bajas los materiales por desuso, pérdida, deterioro y/o accidente que pudiera producirse, tomando las medidas pertinentes según sea el caso 15) El manejo de las llaves del laboratorio es de responsabilidad y debe entregarlo todos los días a la Subdirección del nivel correspondiente. 16) Participa en las reuniones a las que fuera convocado por el Jefe de Laboratorio o la Subdirección. 17) Realiza tareas encomendadas por el Jefe de Laboratorio o la Subdirección según las necesidades coyunturales. 18) Otras funciones inherentes por mandato del Director(a) de la I. E. Artículo 25° EL DOCENTE COORDINADOR DE TUTORÍA. Es elegido por los docentes tutores de aula en asamblea, afín de coordinar y ejecutar las diversas actividades de Orientación Educativa, siendo un cargo AD HONOREN. Las funciones del coordinador de tutoría son las siguientes: 1) Participa en la ejecución del Diagnóstico de las necesidades de Tutoría y Orientación Educativa de los Educandos.
  • 34. 34 2) Coordina con los tutores para la elaboración del plan de actividades de tutoría los cuales deben desarrollarse durante el presente año. 3) Orientar a los docentes Tutores en la aplicación de métodos y Técnicas relacionados con Tutoría. 4) Orienta el trabajo de los Auxiliares de Educación brindando el apoyo y asesoramiento correspondiente en forma oportuna. 5) Propiciar y coordinar la conformación de los Comités de Aula, brindando el apoyo necesario. 6) Promueve acciones que fortalezcan la convivencia y disciplina escolar, así como vela por el respeto de todos los derechos de los niños y adolescentes. 7) Elabora informes mensuales de las acciones desarrolladas y los remite al Director. 8) Coordina con el Director si se detectara estudiantes con problemas que requieran atención médica y los deriva a los Centros de Salud Pública o Privada. 9) Planifica, Organiza, Ejecuta, Coordina y Evalúa las actividades programadas en el Plan Anual de tutoría, relacionado con el cultivo de Valores éticos, Morales, sociales y Culturales del Educando. 10) Selecciona, elabora y aplica los Instrumentos (Encuestas, Cuestionarios y Test.) con la finalidad de detectar y diagnosticar la problemática estudiantil. 11) Promueve la participación de los especialistas de la comunidad para el tratamiento de los estudiantes con diversos problemas. 12) Promueve la orientación vocacional especialmente a los últimos grados que van a egresar con la finalidad de orientarlos en la profesión u ocupación a seguir. 13) Organiza, Asesora y Capacita a los integrantes de las Brigadas de la Cruz Roja, Policía escolar, Municipios Escolares, Defensa Civil y cuadros especializados para las actividades Cívico Patrióticas. 14) Monitorea y Evalúa acciones de los tutores, Propiciando la atención coordinada de los Padres de Familia. 15) Organiza diversas Charlas proyectadas a la comunidad educativa y Padres de Familia para revalorar la estructura familiar. 16) Promueve buenas relaciones humanas entre todos los miembros que conforman la institución educativa. Art. 26°. DE LAS RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA 1) Asegurar que las actividades y acciones de Tutoría y Orientación Educativa respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes. 2) Elaborar un Plan de Trabajo que permita organizar y programar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar en la institución educativa. 3) Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, programadas en el plan de trabajo. 4) Promover la incorporación de las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar en el PEI, PCI y PAT.
  • 35. 35 5) Organizar acciones de capacitación, dirigidas a estudiantes, docentes, auxiliares y padres de familia (Escuela de Padres). 6) Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales y las sesiones de tutoría. 7) Realizar reuniones periódicas entre tutores para el intercambio de sus experiencias y el apoyo mutuo. 8) Promover reuniones periódicas entre tutores y padres de familia de sus respectivas secciones (a las menos cuatro reuniones durante el año), para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes. Asimismo, impulsar las Escuelas de Padres de acuerdo a las necesidades delos estudiantes. 9) Implementar la Convivencia Escolar Democrática en la institución educativa. 10) Asegurar la creación de acuerdos de convivencia en cada aula de manera participativa, así como su cumplimiento. 11) Implementar el Plan de Tutoría y Orientación Educativa basado en estrategias que motiven las relaciones armónicas entre los actores de la comunidad educativa. 12) Ejecutar talleres para la prevención de la violencia escolar con estudiantes implicados en problemas de violencia o que estén en riesgo para desarrollar habilidades específicas, como gestión de conflictos, asertividad, empatía, técnicas de autocontrol, manejo de límites, autoestima, otros. 13) Ejecutar campañas informativas (sobre los tipos de violencia y sus consecuencias, habilidades socioemocionales, resolución de conflictos, etc.) que promuevan una sana convivencia democrática entre los distintos integrantes de la comunidad. 14) Promover en los docentes, administrativos y personal de servicio la identificación de escolares víctimas de violencia y el reporte de cualquier comportamiento que atente contra la sana convivencia escolar. 15) Realizar acciones de prevención para que los estudiantes aprendan a identificar situaciones y conductas de riesgo que pudieran convertirse en acoso. 16) Promover el uso de acciones restaurativas ante casos de violencia que son socializadas y compartidas con la comunidad educativa. 17) Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente. 18) Realizar las réplicas de las capacitaciones recibidas en Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar. ART. 27°: DEL COORDINADOR DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y CONVIVENCIA ESCOLAR: 1) Convocar y presidir las reuniones del Comité de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar. 2) Velar por el cumplimiento de las funciones del Comité de Tutoría y Orientación Educativa. 3) Promover en la institución educativa el desarrollo de acciones tutoriales.
  • 36. 36 ART. 28°: DEL RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y SISEVE 1) En coordinación con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa planificar, organizar y velar por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia escolar. 2) Diseña, implementa y evalúa las acciones preventivas de la convivencia escolar, con el apoyo de Comité TOE y de los estudiantes a quienes va dirigido. 3) Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la IE y promover su cumplimiento. 4) Promover y velar para que las medidas correctivas no vulneren los derechos de los estudiantes. · 5) Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los registros escritos de comportamiento (anecdotario y agendas escolares). 6) Promover medios alternativos para la solución de conflictos, como la práctica restaurativa, la negociación, mediación y consenso. 7) Con el apoyo del Coordinador de Tutoría, tienen a su cargo la atención efectiva de los casos de violencia escolar, de acuerdo a los protocolos establecidos. 8) Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa dirigidas a mejorar la disciplina escolar. 9) Velar el buen uso del Libro de Registro de Incidencias y el funcionamiento de la plataforma “SISEVE”: afiliación, registro y actualización de datos, seguimiento con las acciones realizadas y cierre de casos. ART. 29º EL DOCENTE TUTOR Es designado según el cuadro de horas propuesto por la comisión respectiva, está capacitado en el manejo de técnicas de participación, comunicación, toma de decisiones y otras estrategias que favorecen su rol. En efecto sus funciones son indelegables, las Mismas son las siguientes: 1) Elaborar y presentar al inicio del año escolar el plan de actividades de tutoría del aula previo diagnostico situacional y priorizando temas propuestos en el plan anual de trabajo de TOE de la IE, que desarrollara en su actividad tutorial. 2) Contribuir al desarrollo afectivo, cognitivo y el mejoramiento del desempeño escolar del educando. 3) Desarrollar la acción tutorial en forma grupal e individual. 4) Conocer los intereses y aptitudes del estudiante, orientando su proceso Educativo a sus necesidades prioritarias. 5) Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada educando. 6) Mantener comunicación con los docentes a través de reuniones periódicas para trabajar problemas específicos utilizando las estrategias e instrumentos apropiados en cada caso.
  • 37. 37 7) Mantener comunicación permanente con los padres de familia a fin de lograr su participación en el proceso educativo y fortalecer la integración familiar mediante una base de datos del estudiante. 8) Concertar citas con los padres de familia de su sección cuando es necesario. 9) Dialoga permanentemente con los estudiantes en forma personal o grupal cuando lo estime conveniente o cuando sea solicitado por el estudiante. 10) Estimular y desarrollar en los niños y adolescentes la actitud crítica e independiente, el auto aprendizaje, la valoración del ecosistema y las tradiciones históricas y culturales propias de su entorno. 11) Identificar dificultades o problemas particulares de los estudiantes tanto personales como académicos, buscando soluciones adecuadas para los mismos con asesoría especializada, previa comunicación al coordinador de TOE. 12) Informar en forma inmediata y reservada a las autoridades de la IE, sobre hechos que atenten contra la integridad física, psicológica y moral del estudiante. 13) Entregar a los padres de familia los reportes de notas o informes académicos de los estudiantes, dando las recomendaciones según sea el caso. La entrega de los reportes de notas o informes académicos debe ser sin ningun tipo de condicionamiento. 14) Convocar, dirigir y asesorar al comité de aula, relacionado con lo académico y la organización funcional. 15) Acompaña a sus tutelados en la formación cuando se realice actividades cívicas y patrióticas y otras actividades que tengan ese fin. 16) Realizar la evaluación del comportamiento de sus tutelados en coordinación con el auxiliar. 17) Los tutores de los estudiantes del nivel de primaria y secundaria deben elaborar su plan de trabajo para excursiones y otras actividades de acuerdo a las normas vigentes. ART. 30º DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN Y EL CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 1) Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de las TIC en el trabajo Educativo y en la solución de los problemas que se presenten. 2) Asesorar a los docentes en el uso de recursos informáticas (uso de la computadora e Internet) 3) Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC. 4) Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación con los que cuenta la I.E. 5) Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la I.E. 6) Llevar el inventario, organizando el catálogo de los recursos TIC del aula de innovaciones pedagógicas y demás aulas donde existen estos recursos.
  • 38. 38 7) Proyectar en coordinación con la dirección y los docentes, el horario de uso del aula de innovaciones pedagógicas, garantizando la oportunidad de acceso a todos los estudiantes. 8) Incentivar en los docentes de la I.E la formulación de propuestas y el desarrollo de actividades para el aprovechamiento educativo de la TIC 9) Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece la Dirección General de Tecnologías Educativas (DIGETE) en la práctica docente 10) Permitir la comunicación permanente de docentes y estudiantes a través de los recursos TIC que facilita la DIGETE 11) Convocar a reuniones mensuales para analizar el desarrollo del proceso de integración de las TIC en coordinación con los Subdirectores y adoptar las medidas pertinentes. 12) Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable y agradable para el aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes. 13) Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de las TIC. 14) Realizar exposiciones semestrales o anuales, a fin de difundir el uso de TIC en los aprendizajes. 15) Elabora el horario de distribución del uso del aula de Innovación Pedagógica, el mismo que debe estar en un lugar visible y debe ser de conocimiento público de la Institución Educativa. 16) Seleccionará un banco de páginas virtuales relacionadas a la actividad educativa de cada nivel y área, con la finalidad de coordinar con los docentes para su ubicación y uso adecuado. 17) Mantener actualizado la página web de la Institución. 18) El aula de innovación debe contar con un plan de trabajo elaborado por el docente responsable con participación de los docentes de la I.E y ser aprobado y visado por el Director. 19) La designación del responsable del aula de innovación AIP, será por un período de un año al cual podrán acceder cualquier docente de primario y/o secundaria previa convocatoria de la dirección y con participación del Comité de Evaluación de la I.E y CONEI; cumpliendo los requisitos. ART. 31º DOCENTES COORDINADORES DE ÁREA Y GRADO. En la Institución Educativa los cargos de coordinador de área y grado en ambos niveles son propuestos y respaldados por el pleno de docentes en reunión general, los que asumen lo hacen AD HONOREM. Dependen de la subdirección de Secundaria y con la Subdirección del nivel primario. ART. 32º EL DOCENTE COORDINADOR DE ÁREA TIENE LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
  • 39. 39 1) Dirigir el proceso de diversificación curricular, el desarrollo de los aprendizajes fundamentales del área y los específicos manteniendo actualizado el PCI. 2) Participar en la formulación del plan anual de trabajo. 3) Promover el desarrollo de métodos y técnicas más adecuados 4) Solicitar a la Dirección los materiales Didácticos y Educativos que cuenta la I. E. 5) Organizar reuniones de planificación e intercambio de experiencias para la formulación de las Unidades de Aprendizaje previa coordinación con la Subdirección. 6) Planificar, organizar y ejecutar eventos propios del área según el Calendario Cívico Escolar. 7) Promover Proyectos Educativos Relacionados con el Área. 8) Realizar demás funciones inherentes al cargo y que asigne el Subdirector o Director. 9) Mantener una comunicación permanente con su grado y área. ART. 33º EL COORDINADOR DE GRADO OSTENTA LAS SIGUIENTES FUNCIONES: 1) Promueve y dirige la unificación y consolidación de las Unidad didácticas dentro de su Grado. 2) Promueve Proyectos de innovación Educativos de acuerdo al nivel y grado. 3) Planifica la organización y ejecución de actividades a nivel de grado. 4) Participa en la formulación del plan anual de trabajo 5) Coordina y organiza con los responsables para el cumplimiento del calendario Cívico Escolar. 6) Actúa como intermediario entre el subdirector y el profesor de aula del grado y de área. 7) Coordina con la subdirección la autorización de un tiempo necesario para las coordinaciones de grado y de área. ART. 34º EL COORDINADOR DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES Y ESCUELA SEGURA. 1. Elaborar el Plan de Gestión de Riesgos y Plan de Contingencia de la institución educativa. 2. Organizar las brigadas de Defensa Civil de la Institución educativa. 3. Asumir funciones operativas en casos de emergencia. 4. Realizar simulacros de sismos con participación de la comunidad educativa. 5. Realizar charlas de capacitación a los estudiantes en coordinación con Defensa Civil. 6. Coordinar todas las acciones de protección y seguridad con las instancias inmediatas superiores de Defensa Civil del sector, educación y otras entidades afines tales como municipio, posta de salud, Policía Nacional, bomberos, etc. 7. Coordinar con la comisión para identificar las zonas de peligro y de seguridad de la Institución educativa.
  • 40. 40 ART. 35º DERECHOS DE LOS DOCENTES. En concordancia con la normatividad vigente los derechos de los docentes son los siguientes: 1) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la carrera pública magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de raza, sexo, idioma religión, opinión o de cualquier otra índole, que atente contra los derechos de la persona. 2) Percibir oportunamente la remuneración integra mensual correspondiente a su escala magisterial. 3) Ser evaluados de manera transparente y conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida registrado en el escalafón de la institución educativa, en el marco del buen desempeño docente. 4) Autonomía profesional en el cumplimiento de los procesos pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada al Proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. 5) A gozar de vacaciones de acuerdo al área de desempeño laboral. Si labora en el área de gestión pedagógica son 60 días anuales y que coinciden con las vacaciones de los estudiantes y en el área de gestión institucional 30 días de vacaciones anuales remuneradas. 6) Al destaque por necesidad de servicio. 7) A asumir puestos de trabajo por encargo en el marco de la normatividad vigente. 8) A participar en la formulación, ejecución, y evaluación de los planes y/o actividades de la Institución Educativa para la mejora de los aprendizajes. 9) A licencias con goce y sin goce de remuneraciones según el caso y de acuerdo a las normas del servidor público y del profesorado. 10) A tener permiso para ausentarse por horas de la institución educativa, en casos estrictamente justificados y previa autorización de la autoridad competente. 11) El permiso con goce de haber puede ser por enfermedad, maternidad, capacitación oficializada, citación judicial entre otros que estipula la ley. 12) A gozar de un día de permiso por onomástico. 13) Permiso por el Día del Maestro. 14) A trabajar en un ambiente agradable, que garantice la calidad del proceso de enseñanza y aprendizaje y un eficiente cumplimiento de sus funciones. 15) A recibir premios y estímulos, por representación destacada de la institución educativa, en base al marco del buen desempeño docente. 16) A no ser discriminado por razones culturales, profesionales u otras. 17) A ser respetado por los estudiantes, padres de familia y comunidad educativa en general. 18) Ser exonerados del pago de PRP, sólo para hijos de los trabajadores de esta IE. 19) A ser informado oportunamente de cambios y actividades ya programadas conforme a la calendarización y otros que se programen. 20) Recibir acompañamiento oportuno por parte del equipo directivo, en el uso de Las Rutas de Aprendizaje para la mejora en los aprendizajes de los estudiantes. 21) Tener conocimiento inmediato de cualquier tipo de queja o denuncia en agravio de su persona a efecto que pueda ejercer su derecho a la legítima defensa.
  • 41. 41 3. 6 DEL O LA RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR. ART. 36º En coordinación con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa planificar, organizar y velar por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia escolar. 1) Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la I. E. y promover su cumplimiento. 2) Promover y velar para que las acciones correctivas no vulneren los derechos de los estudiantes. 3) Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los registros escritos de comportamiento (anecdotarios y agendas escolares) 4) Promover medios alternativos para la solución de conflictos, como la negociación, mediación y consenso. 5) Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa dirigidas a mejorar la disciplina escolar. 3. 7 DEL ESTUDIANTES ART. 37 º El estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde: 1) Contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación. 2) Asumir con responsabilidad su proceso de aprendizaje, así como practicar la tolerancia, la solidaridad, el diálogo, el respeto y la convivencia armónica en la relación con sus compañeros, profesores y comunidad. 3) Organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad. 4) Opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe. 5) Los demás derechos y deberes que le otorgan la ley y los tratados internacionales. 3.8 DEL CONEI ART. 38º CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI). El Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrática.de Su naturaleza tiene que ver con la participación de los representantes de la comunidad que genera mecanismos idóneos para ejercer la vigilancia de la gestión del Centro, así como para atender los derechos de sus integrantes orientados a fortalecer las capacidades decisorias del Director de la Institución Educativa.
  • 42. 42 Es presidido por el Director de la Institución Educativa y está conformada por los Subdirectores, representantes del personal Docente, del personal Administrativo, de los estudiantes y de los padres de familia, pudiendo también ser integrados por otros representantes de instituciones de la comunidad local por acuerdo del consejo. El periodo de representación es de 2 años, cada representante es elegido por su respectivo estamento según las disposiciones establecidas de acuerdo a los siguientes requisitos. 1) El representante de los Padres de Familia debe tener la patria potestad del menor y no ser miembro del Consejo Directivo ni del Consejo de Vigilancia de la APAFA. 2) En el caso de los estudiantes debe tener una conducta intachable y buen rendimiento académico, si está en el 5º año debe ser elegido solo por un año. 3) El representante de los docentes debe ser idóneo, disciplinado, conducta intachable, puntual y no tener proceso administrativo en curso. 4) En caso del personal administrativo debe ser nombrado y no tener proceso administrativo en curso. 5) La ausencia de un representante imposibilita su instalación o funcionamiento. ART. 39º LAS FUNCIONES DEL CONEI SON LAS SIGUIENTES: 1) Participar en la formulación y Evaluación del PEI, RI, ROF, IGA, PAT. 2) Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de acuerdo a las normas vigentes. 3) Vigilar el acceso a la Matricula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa. 4) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en la Institución Educativa 5) Vigilar el adecuado destino de los recursos recaudados por la Institución, asimismo cautelar los recursos económicos de la APAFA para que sean destinados de acuerdo a las necesidades y al Plan Anual de Trabajo. 6) Colaborar con el director y garantizar con el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo. 7) Propiciar la solución de conflictos que se susciten, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no constituyan delitos. De existir se informará a la superioridad. 8) Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la I.E. y los indicadores de desempeño laboral. 9) Velar por el cumplimiento de los cinco compromisos de la gestión escolar centrada en los aprendizajes. 10) Informar los acuerdos tomados en cada reunión en forma oportuna.
  • 43. 43 11) El docente representante ante el CONEI en caso del incumplimiento de funciones debe ser evaluado previa asamblea de docentes la misma que tendrá la potestad de revocarlo. 12) Mantener informado a los docentes de los acuerdos y gestiones realizados con la Dirección en favor de los docentes. 13) El Docente representante del CONEI, tiene la potestad de acudir a instancias superiores en caso de no ser convocado para ejercer sus funciones. 14) Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos dela sociedad civil, para contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como en la evaluación de la gestión de la institución orientada a mejorar su prestigio en la comunidad. 15) El Consejo Educativo Institucional deberá elegir entre sus integrantes a un miembro veedor para el proceso electoral de la APAFA, quien deberá informar sobre los resultados al Consejo Educativo Institucional. ART. 40º REUNIONES DEL CONEI Los miembros del CONEI se reúnen ordinariamente los últimos viernes de los meses de febrero, abril, julio, setiembre y diciembre, y extraordinariamente las veces que el Director las convoque en función de las necesidades de la Institución Educativa o por petición de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se adopten constan en acta y deben ser firmadas por todos los asistentes la que debe ser de público conocimiento en la Institución Educativa. 3.9. DE LA APAFA ART. 41 La APAFA es una organización estable de personas naturales que propicia la participación de los Padres de Familia en el mejoramiento continuo de los servicios que ofrece la Institución Educativa, manteniendo relaciones de coordinación, colaboración y apoyo permanente al Director. No interviene en los aspectos administrativos ni técnicos – pedagógicos de la institución educativa, que son de exclusiva responsabilidad del Director. ART. 42º DERECHOS. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O APODERADOS. 1) Elegir o ser elegidos en cargos de Comité de Aula o miembro de la Junta Directiva. 2) Elegir la Institución Educativa para matricular a sus hijos. 3) Recibir un trato justo y amable sin discriminación por parte de la Institución. 4) Que su menor reciba una formación integral y buen trato en un ambiente de seguridad moral y física. 5) Recibir información sobre el Reglamento Interno y el Plan de trabajo de la institución educativa.
  • 44. 44 6) Denunciar ante la autoridad competente casos de maltrato, abuso discriminación, irresponsabilidad, negligencia y otros que se dieran en la institución en perjuicio de los estudiantes. 7) Ser informado oportunamente del rendimiento académico de su hijo conforme a las normas vigentes. 8) Recibir asesoramiento y orientación inherente a rol como padre de familia. 9) Ser atendido en horario establecido por la dirección. ART. 43º DEBERESY OBLIGACIONES. Son los siguientes: 1) Velar por el establecimiento de un ambiente adecuado y favorable orientado a la formación integral de sus hijos. 2) Participar a través de APAFA en la formulación del PEI y Plan Anual de Trabajo. 3) Colaborar con las actividades Educativas programadas por el docente, cuando le sea solicitado. 4) Participar y apoyar la ejecución de las actividades programadas en el PAT del Centro Educativo. 5) Asistir obligatoriamente a las charlas de Escuela de Padres programadas por la Institución. 6) Abonar la cuota ordinaria y extraordinaria acordada y aprobada en la asamblea general de APAFA, asimismo cumplir con el trabajo comunitario que requiere la Institución. 7) Cuidar y respetar la propiedad de la Institución educativa. 8) Respetar el compromiso firmado al momento de la matrícula del menor. 9) No intervenir en las funciones del profesor, en asuntos pedagógicos en horas de clase, realizando acciones que perturben la actividad del profesor. 10) Revisar y firmar diariamente el cuaderno de control, los informes académicos y las citaciones enviadas de la Institución. Asistiendo conforme indica. 11) Asumir responsabilidades económicas de daños ocasionados por su hijo en el plantel. 12) Controlar el ingreso y salida de sus hijos conforme al horario establecido. 13) Recoger en la salida a su menor hijo si es muy pequeño. 14) Ingresar a la institución solo en horario establecido publicado en la puerta de ingreso. 15) Justificar la inasistencia de su menor hijo hasta un plazo de 48 horas. 16) Apoyar a su menor hijo en actividades de representación con materiales requeridos. 17) Asistir puntualmente a reuniones que convoque la institución educativa, el Comité de aula y/o asamblea de padres de familia. 18) Mantener buenas relaciones interpersonales con el Director y con el personal que labora en la institución educativa. 19) Abstenerse de realizar actividades político partidarias y/o religioso dentro de la institución.
  • 45. 45 20) Participar en los comités de autodefensa y protección escolar en el horario indicado. 21) Informar periódicamente a los asociados sobre el manejo económico de APAFA. 22) Asumir con responsabilidad la participación de los BAPES de su grado y sección. 23) Es responsable de asumir los compromisos contraídos con la I.E. para con sus hijos en la hora de matrícula y/o en el proceso pedagógico. 24) Otros que establecen la Ley, el presente reglamento y el estatuto de APAFA. ART. 44º FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA (APAFA) 1) Intervenir en el desarrollo de las actividades educativas que ejecuta la Institución. 2) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el plan anual de trabajo y el presupuesto, así como los planes derivados de la asociación. 3) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el mejoramiento de los servicios de infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y medios auxiliares de la I.E. 4) Contribuir con el cumplimiento de las disposiciones administrativas emanadas del Ministerio de Educación para el mejor funcionamiento de la I.E. 5) Organizar servicios de capacitación dirigidos a los padres de familia para revalorar la estructura familiar. 6) Desarrollar reciprocidad con otras asociaciones de su red educativa. 7) Mantener informados constantemente a los asociados. 8) Promover estímulos para estudiantes y docentes por las labores sobresalientes. ART. 45º FUNCIONES DEL COMITÉ DE AULA. Es el órgano de participación a nivel de aula, tiene las siguientes funciones: 1) Apoyar al tutor o profesor de aula en todas las actividades (ambientación de aulas) que requiera mayor atención en beneficio de los educandos. 2) Coordinar con el tutor o profesor de aula en las actividades culturales, deportivas, sociales y otras que contribuyan a la formación integral de sus hijos 3) Trabajar coordinadamente con la Dirección y el Consejo Directivo. 4) La junta de comités de aula controla permanentemente las actividades del Consejo Directivo. 5) También verifican y observan el manejo irregular de los fondos de la APAFA recomendando medidas correctivas en la Asamblea general y/o Dirección según sea el caso. 6) Presentar un informe a la Subdirección al final de su gestión. 3.10. DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN ART. 46º Presta apoyo al docente de EBR, en sus actividades formativas y disciplinarias coadyuvando con la formación integral de los estudiantes, conforme a las disposiciones vigentes.
  • 46. 46 ART. 47º El auxiliar de educación depende funcionalmente del director de la institución educativa. ART. 48º FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SECUNDARIA. 1) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. 2) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. 3) Llegar a la I. E. 30 minutos antes y salir 15 minutos después de los estudiantes. 4) Ejerce su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos sin realizar ningún tipo de discriminación, por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. 5) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa que estén a su cargo. 6) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia. 7) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la Función Pública. 8) Imparte recomendaciones de interés general a los estudiantes cada vez que sea necesario. 9) Controla en la puerta que los estudiantes ingresen correctamente uniformados, con insignias, agenda escolar en mano, corte de cabello tipo escolar (varones) cabello recogido por un carmín (mujeres) y que no ingrese con aditamentos ajeno al uniforme del colegio. 10) Controla a los estudiantes que permanezcan en sus aulas y no se encuentren caminando o deambulando por el patio en horas de clase, si se da el caso acompañarlos al aula, hablar con el profesor recordándoles que está prohibido el permiso salvo casos especiales. 11) Participar en las reuniones de carácter técnico pedagógico o administrativo convocados por los directivos de la institución educativa, hasta su culminación. 12) Participar en el proceso de matrícula según cronograma. 13) Contribuir en el desarrollo de las acciones y actividades educativas. 14) Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre los asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia del estudiantado. 15) Acompañar a la delegación de los estudiantes, a los eventos que se realicen fuera de la Institución Educativa, dentro de su horario de trabajo. 16) Incentivar a los estudiantes en la conservación de la infraestructura, material educativo, mobiliario escolar y aseo personal. 17) Dar a conocer y hacer cumplir las normas de convivencia contempladas en el presente Reglamento Interno. 18) Calificar la conducta en base a la tabla de criterios o rubros, así como el informe del tutor para la evaluación de la conducta y ser digitado en el SIAGIE.
  • 47. 47 19) Realizar rondas permanentes por diferentes ambientes de la institución educativa en especial en la hora de recreo de acuerdo a la designación de grados y secciones. 20) Dirigir la formación de estudiantes en el patio central en fechas Cívicas Patrióticas, religiosas y en los casos que se requiera. Asimismo, es de su responsabilidad que la escolta esté preparada para cada evento. 21) Apoyar en las acciones propuestas por el profesor tutor y colaborar en la actualización de las fichas únicas de los educandos. 22) Llevar personalmente y en coordinación con el personal docente el registro anecdotario de cada estudiante, de las secciones a su cargo, registrando oportunamente las incidencias significativas de comportamiento y conducta, (ficha de seguimiento). 23) Mantener actualizado el registro de asistencia de los estudiantes por secciones y grados, así como las justificaciones de inasistencia. Debe elevar un informe trimestralmente y al término del año escolar a la Subdirección y Dirección, asimismo dar a conocer los estudiantes retirados con 30% de inasistencia y trasladados, reportando al SIAGIE. 24) Informar por escrito los problemas de conducta de los educandos en la ficha de remisión de casos al responsable de la Coordinación de Convivencia, quien derivará a la instancia superior. 25) Participar en las reuniones de Padres de Familia de secciones a su cargo registrando e informando los incidentes de la reunión. 26) Realizar informes por escrito cada trimestre, semestre y anual sobre las incidencias más preocupantes en cuanto disciplina y otros que merezca solución. 27) Llevar los partes de asistencia diaria y hacer registrar la actividad de aprendizaje y asistencia del personal docente, del grado y secciones a su cargo en forma personal. 28) Brindar charlas a los estudiantes sobre la Constitución Política del Perú, Civismo, Normas de Urbanidad, Campañas contra las drogas y otros en horas libres o en ausencia del profesor. 29) Velar por el mantenimiento, conservación y preservación de medicamentos vigentes del Botiquín Escolar. 30) Conducir la disciplina interna y externa de los estudiantes en actos cívicos, culturales, festivales, desfiles, paseos y visitas autorizadas por la Dirección, con apoyo de los profesores, en su horario de trabajo. 31) Revisar y sellar la agenda escolar al ingreso del estudiante controlando su asistencia el mismo que debe estar forrado y conservado. 32) Antes del periodo vacacional deben concluir y entregar la documentación inherente a sus funciones a la dirección de la institución educativa. 33) Asistir a la institución educativa durante en el periodo vacacional de medio año de los estudiantes para desarrollar actividades propias de su cargo. 34) Otras funciones inherentes a su cargo que le asigne la dirección. 35) Retener celulares y demás objetos prohibidos por el reglamento de la I.E y hacer entrega a la autoridad inmediata mediante un informe, posteriormente entregar al padre de familia.
  • 48. 48 ART. 49º SON DERECHOS DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN 1) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde. 2) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas. 3) A gozar de 60 días de vacaciones anuales, al inicio de las vacaciones escolares. 4) Seguridad social de acuerdo a ley. 5) Libre asociación y sindicalización. 6) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el otorgamiento de beneficios sociales. 7) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y sindical según sea el caso. 8) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente norma. 9) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de su función. ART. 50º - Las prohibiciones de los auxiliares de educación, señalados en el art. 8 de la Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de Función Pública: 1) Decomisar objetos personales de los estudiantes sin conocimiento de la dirección y subdirecciones y/o coordinadores de TOE. 2) Abandonar a los estudiantes, en horario de trabajo. 3) Promover actividades lucrativas en beneficio propio o de terceros con los estudiantes valiéndose de su cargo. CAPÍTULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN 4.1 Académica ART. 51º Educación Básica Regular. La base teórica de la propuesta curricular de la I.E 2024 es el Currículo Nacional. Dirigida a los niños y adolescentes considerados oportunamente por el Sistema Educativo y abarca los niveles de educación primaria y secundaria. El ingreso a cada uno de los niveles de Educación Básica es flexible en cuanto a la edad, siempre que se haya concluido con el nivel previo del proceso educativo. El ingreso al nivel de educación primaria del niño o niña, se hará a los 6 años de edad o más según las normas vigentes. 4.2 Instrumentos de Gestión: PCI ART. 52º El Proyecto Curricular Institucional (PCI) es el documento encargado de