2. Características de los consorcios
TEMA
1
¿Sabías que en los últimos
años las medianas,
pequeñas y micro empresas
de diferentes sectores
económicos están formando
consorcios para realizar
negocios conjuntos y
apoyarse mutuamente para
crecer y exportar?
2
ATO
TR
CON
Te detallamos a continuación las características
particulares de los consorcios.
Cada empresa socia del consorcio mantiene su autonomía
empresarial, es decir, los socios sólo pueden tener injerencia
en las actividades empresariales del consorcio, pero no en
cada una de las empresas que lo integran.
El consorcio te permite hacer negocios conjuntos con empresas
formalmente constituidas, pues los participantes deben ser
formales y tener número de RUC vigente.
Este es el caso de una empresa dedicada a la
confección de ropa, que no podía vender sus
productos al exterior, pese a que cumplía con
los estándares de calidad exigidos. Fue entonces
cuando decidió consorciarse con tres empresas
del mismo rubro para exportar sus productos a
diferentes mercados del mundo, y ahora tiene
una oferta exportable suficiente e intercambia
información, tecnología y diseños con sus socios.
2
Para conformar un consorcio no importa el régimen tributario
en el que está inscrita tu empresa.
El consorcio es dirigido por todos sus integrantes a través de
un Comité de Gestión en el que cada uno tiene voz y voto.
Uno de los partícipes, elegido por todos, es quien ejecuta los
acuerdos del consorcio.
3
3. ¿Qué debe contener un contrato de consorcio?
TEMA
TEMA
Tipos de consorcios
2
Antes de firmar un contrato para conformar
un consorcio, verifica lo siguiente:
Los datos de identidad de cada uno de los
consorciados.
La finalidad del negocio conjunto, es decir, se
debe definir de manera clara el giro principal del
negocio.
TEMA
¿Sabías que en el Perú existen dos alternativas para
formar consorcios?
Consorcio con contabilidad
En el país existen muchos consorcios con contabilidad. Por
ejemplo, tres empresas del sector metalmecánica, cada una
formalmente constituida, decidieron formar un consorcio con
contabilidad a través de un contrato.
La cuota de participación de cada integrante.
MYPE 1
El tiempo de duración del contrato.
Consorcio
El nombre del representante del Consorcio.
Para conformar un consorcio basta con firmar un contrato e
informar a la Sunat sobre su existencia. Puede estar integrado
por personas naturales, jurídicas o por ambas, y está regulado
por la Ley General de Sociedades (Ley N°26887).
4
3
MYPE 1
MYPE 2
MYPE 2
MYPE 3
CONSORCIO
MYPE 3
El consorcio, a través de su representante legal, tramitará su
RUC ante la Sunat y con él declarará ante el fisco el IGV y el
Impuesto a la Renta, como cualquier otra empresa en marcha.
Por su parte, cada partícipe del consorcio mantiene su
independencia jurídica y autonomía gerencial, y declara
independientemente el IGV y el Impuesto a la Renta.
5
4. TEMA
TEMA
6
Consorcio sin contabilidad independiente
En los últimos años se viene incrementando el número de
consorcios sin contabilidad independiente. Por ejemplo,
tres empresas dedicadas a la venta de artesanía de
diferentes líneas decidieron conformar un consorcio sin
contabilidad independiente para atender pedidos del
mercado exterior. A continuación puedes ver gráficamente
cómo funciona:
Consorciado
1
Consorcio
Consorciado
2
Vende a
clientes
Entrega productos
a consorciado
operador
Consorciado
operador
Según la cuota establecida en el contrato.
De lo contrario, se entenderá que los
consorciados recibirán las ganancias en
partes iguales.
S
ESO
INGR
EGRESOS
Se podría establecer que los consorciados
obtengan utilidades según la mayor o
menor participación que tengan en la
actividad económica a desarrollar.
Distribución de ganancias:
Clientes
Las Mype de artesanía de nuestro ejemplo han aportado montos
diferentes para constituir el consorcio, por lo que sus utilidades
se repartirían en función al monto aportado:
Artesanías exportadas: 1,000
Consorciado
3
En el gráfico puedes notar que las ventas del consorcio las realiza
una de las Mype consorciadas, a la cual se le denomina operador
y quien presta su RUC para estas operaciones. Al “entregar” y no
“vender” sus productos al operador, las Mype consorciadas evitan la
doble contabilidad y el doble pago del IGV.
6
Los ingresos y los costos del consorcio sin
contabilidad se distribuyen:
Aportes: S/.1,000
Utilidades: S/.20,000
Productor
consorciado 1
S/.300 (30%)
S/.6,000 (30% de las utilidades)
Productor
consorciado 2
S/.500 (50%)
S/.10,000 (50% de las utilidades)
Productor
consorciado 3
S/.200 (20%)
S/.4,000 (20% de las utilidades)
7
5. ¿Cómo formalizar un consorcio?
Para la formalización de un consorcio se debe
comunicar a la Sunat sobre su existencia.
La comunicación la realizas en la mesa
de partes de la Sunat y su aprobación
dependerá del tipo de consorcio que
desees formar:
Si es consorcio con contabilidad, la
autorización es automática.
Si es consorcio sin contabilidad, la
autorización será automática si el
contrato no excede los tres (3) años. En
caso contrario la Sunat se pronunciará
en un lapso de 15 días hábiles. Si en ese
tiempo no hay un pronunciamiento, se
considera al consorcio autorizado.
Administración
de consorcio
Los consorcios (con contabilidad o sin contabilidad) se
formalizan legalmente solo mediante un contrato civil. No es
necesario que este contrato esté legalizado. Basta la firma de
todos los participantes.