1. Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA
Curso: Planes de Emergencia
Generalidades y Aspectos Legales
Planes de Emergencia
GENERALIDADES Y ASPECTOS LEGALES
Las situaciones de emergencia que se presentan en el ambiente de trabajo tienen como consecuencia importantes pérdidas para la sociedad que deben disminuirse con la puesta en marcha de actividades de prevención.
Las condiciones del medio relacionadas con el hombre y su progreso pueden originar situaciones de emergencia que desencadenan accidentes y otro tipo de consecuencias que ponen en riesgo la estabilidad de las empresas. Por lo anterior, se hace necesario que toda organización establezca un plan de emergencia que permita prevenir y afrontar éstas situaciones
Esta primera semana se abarcarán las generalidades de los planes de emergencia y el marco legal que rige su establecimiento y funcionamiento dentro de la organización en el territorio nacional. En las semanas posteriores se estudiará más a fondo cada uno de los temas tratados en ésta primera unidad del curso.
Dentro de los temas a tratar esta semana se encuentran:
Generalidades de los planes de emergencias
Clasificación de las emergencias
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Generalidades de las Brigadas de emergencia
Marco Legal
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1. GENERALIDADES DE LOS PLANES DE EMERGENCIA
1.1 Definición
Un plan de emergencias es un conjunto de normas y procedimientos generales destinados a prevenir y a controlar en forma oportuna y adecuada, las situaciones de riesgo de una empresa.
Se basa en el análisis de vulnerabilidad, y su fin primordial es definir las acciones a seguir en cualquier situación de emergencia o de desastre.
1.2 Clasificación
Teniendo en cuenta la complejidad del plan:
1. Plan nacional de emergencias
2. Planes de emergencia, de contingencia integral o de ayuda mutua
3. Planes de emergencia empresariales
4. Planes de contingencia
1.2.1 Plan nacional de emergencias
Es el plan general para la prevención y atención de desastres en el país, establecido a través del Decreto 919 de 1989.
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Su elaboración, dirección y administración le corresponde a la Oficina Nacional de Prevención y Atención de Desastres y su aprobación al Comité Nacional de Prevención y Atención de desastres.
Estas organizaciones no son operativas sino de dirección, coordinación y establecimiento de políticas. La parte operativa, le corresponde a otros estamentos del estado del orden público o privado.
Partiendo de la premisa de que la prevención y la atención de desastres es un compromiso de todos, se responsabiliza a todos los niveles gubernamentales: nacional, departamental y municipal de la organización de los comités regionales locales de prevención de desastres.
1.2.2 Plan de emergencia de contingencia integral o de ayuda mutua
Es un plan intersectorial, formado por diferentes planes de emergencia empresariales que busca coordinar funciones y actividades de varias empresas para afrontar situaciones de emergencia.
Su objetivo es optimizar y compartir los recursos humanos y técnicos, poniéndolos a disposición de una empresa que se declare en emergencia y cuyas posibilidades de control sean sobrepasadas por la magnitud del riesgo.
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1.2.3 Plan de emergencia empresarial
Es el conjunto de normas y procedimientos que deben tenerse en cuenta en cualquier situación de emergencia en la empresa.
Cualquiera que sea la modalidad del plan que vaya a elaborarse se tendrá que definir:
Los objetivos: para qué y para quienes se va a elaborar
Las estrategias: cómo se va a realizar
Los recursos: con qué y con quienes se va a realizar.
Debe contener entre otros:
PEI inventario de riesgos de la empresa.
El análisis de vulnerabilidad
El inventario de recursos humanos y técnicos disponibles para una situación de emergencia.
La estructura administrativa y jerárquica ante una situación de emergencia.
Las funciones precisas que deben cumplir las personas o las instituciones que pueden intervenir ante una situación de emergencia.
Los sistemas y procedimientos de actuación en cada situación de riesgo.
1.2.4 Planes de contingencia
Son planes de emergencia específicos, destinados a la prevención y control de amenazas particulares identificadas por áreas de trabajo o por empresa.
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También se denominan planes de acción porque determinan para cada grupo de trabajo, los pasos a seguir y los recursos a utilizar durante cada una de las fases de la emergencia.
Son indicadores primarios del nivel de compromiso que la empresa tiene para la prevención y el control de las amenazas presentes en su organización laboral. Los planes de contingencia hacen parte del plan empresarial de emergencias.
1.3 Características de un plan de emergencia
Todo plan de emergencia debe ser:
Integral: que involucre todas las áreas internas y externas de la empresa.
Multidisciplinario: que involucre todas las actividades de la empresa.
Actualizado, con el fin de disponer de recursos y de procesos modernos.
Práctico: de manera que las actividades a realizar sean flexibles, claras y efectivas en cualquier situación y para cualquier persona.
De fácil divulgación: debe contemplar la coordinación con los planes de los diferentes niveles de organización y ejecución: sectoriales, locales, municipales, etc.
Debe tener un análisis de consto-beneficios para la disposición racional de los recursos.
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1.4 Requisitos del plan de emergencia
Debe ser escrito en un documento de fácil acceso y comprensión para todos los trabajadores.
De conocimiento y aprobación por todos los trabajadores: directivos y operativos.
Practicado por todos: directivos y operarios.
Aprobado a través de los simulacros
Enseñando en jornadas de capacitación programadas.
Evaluado periódicamente.
Actualizado periódicamente.
Se recomienda además que al finalizar la elaboración de un plan de emergencia se verifique si responde satisfactoriamente a las siguientes preguntas.
¿Qué hay que hacer?
¿Cómo debe hacerse?
¿Quién lo debe hacer?
¿Para qué se hace?
¿Cuándo debe hacerse?
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1.5 Dirección del Plan
Aunque la ejecución del plan sea una actividad multidisciplinaria, la dirección del mismo, debe ser encargada a una persona en particular, que reúna los siguientes requisitos:
Experiencia y conocimiento del tema
Capacidad de liderazgo y del uso de autoridad
Capacidad de mando en situaciones de crisis
Motivación y compromiso
Pensamiento estratégico.
1.6 Ejecución del Plan
Un plan de emergencias o de contingencias específicas, es responsabilidad de todos, pero de la misma forma que debe tener una persona que lo dirija, debe tenerse un grupo experto que lo ejecute: LA BRIGADA DE EMERGENCIAS EMPRESARIALES; la conformación y funcionamiento de las brigadas de emergencia se describirá más adelante.
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2. CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS
2.1 Según su origen:
2.1.1 Tecnológicas: Generadas por la actividad económica de la empresa. Incendios, explosiones, derrames, fugas.
2.1.2 Naturales: Desencadenadas por fenómenos de la naturaleza.
2.1.2.1 Meteorológicos o climáticos: Huracanes, terremotos, tormentas de nieve, granizadas, ciclones, incendios forestales, inundaciones, sequías, olas de calor, olas de frío.
2.1.2.2 Geológicos: Terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, deslizamientos de tierra, deslizamientos de lodo, avalanchas.
2.1.2.3 Biológicos: Epidemias de enfermedades infecciosas, plagas.
2.1.2.4 Sociales: Emergencias ocasionadas por conflictos sociales, acciones vandálicas por conflictos sociales, acciones vandálicas o terroristas.
Guerras convencionales o no convencionales: Desastres civiles, protesta urbana, actividades colectivas, hambrunas, accidentes en transporte.
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2.2 Según su gravedad:
2.2.1 Conato de Emergencia: Puede ser controlada de manera sencilla por el personal del área, afecta a un equeño sector de la empresa
2.2.2 Emergencia parcial: Requiere la actuación de una brigada especial, la emergencia se presenta en un sector específico de la empresa.
2.2.3 Emergencia General: Emergencia que para su control requiere la actuación de todos los equipos y brigadas.
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3. GENERALIDADES DE LAS BRIGADAS DE EMERGENCIA
La brigada de emergencia es una organización compuesta por personas debidamente motivadas, entrenadas y capacitadas, que en razón de su permanencia y nivel de responsabilidad asumen la ejecución de procedimientos administrativos u operativos necesarios para prevenir o controlar la emergencia.
Actúan en forma oportuna y eficaz ante la emergencia, con el objeto de minimizar sus efectos.
Entre sus integrantes se recomienda no se encuentren los mismos del comité paritario de salud ocupacional, con el objeto de evitar distorsiones en ambas organizaciones. La brigada de emergencia si bien apoya las actividades de prevención de desastres y accidentes en la empresa, no reemplaza la organización propia requerida para el desarrollo del programa de salud ocupacional.
Se constituye, en consecuencia, en un recurso expedito para la prevención, actuación y mitigación de emergencias.
Propósito:
Promover un cambio de actitud orientado a crear una cultura preventiva, fundamentada en la necesidad de controlar y manejar en forma organizada las condiciones laborales causantes de desastres, con el fin de disminuir la siniestralidad y proteger la salud de los trabajadores y los bienes materiales de la empresa.
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Objetivos del Establecimiento de la Brigada de Emergencia:
• Informar a las directivas y los trabajadores sobre la legislación que reglamenta la institucionalización de la brigada de emergencia en la empresa.
• Instruir a las directivas y trabajadores de la empresa acerca de la importancia y los beneficios que conlleva el establecimiento de las brigadas de emergencia de la empresa.
• Orientar a la empresa y los trabajadores en relación con la creación y el funcionamiento de la brigada de emergencia.
• Capacitar al personal de la empresa en el conocimiento de las condiciones de trabajo potencialmente lesivas o peligrosas. Con base en un programa y mapa de amenazas potenciales de emergencia, con su respectivo análisis de vulnerabilidad, valorar los sucesos desastrosos con el objeto de prepararse anticipadamente en la forma adecuada de evitarlos y controlarlos.
• Establecer procedimientos sobre la organización y el funcionamiento de la brigada de emergencia, para su promoción y difusión en las empresas.
• Informar y familiarizar a las personas en lo concerniente al plan de emergencia empresarial y de aquellos específicos por sitios y áreas de trabajo, tendientes a la evacuación. Así mismo, en relación a las señales y alarmas que indican el procedimiento a seguir en el evento de la emergencia.
• Fomentar la prevención de desastres y la actitud positiva de anticiparse a las posibles consecuencias, prepararse de manera suficiente y actuar acertadamente antes,
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durante y después de la emergencia. Esta preparación se hace extensiva al control del pánico, el cual en la práctica suele potenciar los efectos no deseables de la emergencia.
• Capacitar a los directivos y los trabajadores en relación con la organización y prestación de los primeros auxilios en la empresa, acorde con las necesidades y aspectos específicos derivados de la actividad económica de la misma. Así mismo, en relación con la prevención y control de incendios, los métodos y sistemas manuales y automáticos de extinción, los sistemas de alarma y planes de evacuación y las maniobras de rescate y de transporte de personas, además de pautas tendientes al salvamento de bienes.
• Conformar, capacitar a la brigada de emergencias para minimizar lesiones y pérdidas derivadas como consecuencias de las emergencias, desarrollando acciones inmediatas que permitan suprimir o controlar las amenazas y coordinar con cuerpos de socorro, ayuda y salvamento.
El diseño y aplicación íntegra del plan de emergencia permite la disminución de daños potenciales a los colaboradores, maquinaria, equipos e instalaciones; el establecimiento oportuno de condiciones seguras de trabajo; la aplicación de medidas tendientes a evitar y controlar la repetición de la emergencia. En síntesis, fortalece la prevención, preparación, organización y respuesta de la empresa frente a eventos de emergencia.
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4. MARCO LEGAL
Conocer la legislación en cuanto a los planes de emergencia y la salud ocupacional del cual hace parte, constituye un elemento imprescindible para llevar a cabo cualquier acción legislativa o técnica en el campo del establecimiento de los planes de emergencia en cualquier organización.
El punto de partida en la legislación puede decirse que es la ley 9ª del 24 de enero de 1979 denominada Código Sanitario Nacional o Marco de la Salud Ocupacional. Este es el inicio del contexto normativo de una vida laboral con responsabilidad de ofrecerle al trabajador un lugar de trabajo seguro y saludable, cumpliendo así con el objetivo principal de preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en el marco de sus puestos de trabajo.
Sin embargo, existen otras leyes y normas que apoyan el interés de ofrecer ambientes de trabajo basados en la prevención de riesgos:
Ley 9 de 1979: se conoce como ley marco de la salud Ocupacional en Colombia. Es la primera ley que se consagró como la base de la salud ocupacional en Colombia. Tiene por objeto preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones; referente a Seguridad Industrial se analiza condiciones sobre maquinarias, equipos, herramientas
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y actividades como el manejo, transporte y almacenamiento de materiales, instalaciones y equipos y los riesgos de accidente o enfermedad
Dos de los artículos relacionados con situaciones de emergencia son el 114 y el 116 en los que se hace referencia a la necesidad de contar con recursos humanos entrenados y con equipos adecuados y suficientes para combatir incendios de una empresa.
DECRETO No 919 de Mayo 1 de 1989
POR EL CUAL SE ORGANIZA EL SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Consta de cinco capítulos en los que se plantean las actividades a realizarse, los responsables de cada una de ellas y la disposición y distribución de los recursos necesarios en las situaciones de emergencia en el país:
Capítulo I: planeación y aspectos generales
Capitulo II: Régimen de las situaciones de desastre
Capitulo III: Situaciones de calamidad pública
Capitulo IV: Aspectos Institucionales
Capítulo V: Disposiciones varias.
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Resolución 2400 de 1989: Llamado el estatuto nacional de seguridad industrial. Establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo, con el fin de preservar y mantener la salud física y mental, prevenir accidentes y enfermedades, logrando mejores condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes actividades. Define las obligaciones tanto de los patronos como de los trabajadores sobre el tema y el campo de acción de la misma.
Resolución 1016 de 1989: Esta resolución reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollarse en el país.
Establece los subprogramas mínimos que debe tener:
Medicina preventiva
Medicina del trabajo
Higiene y seguridad industrial
Funcionamiento del comité paritario de salud ocupacional
En el artículo 11 se hace referencia al subprograma de higiene y seguridad industrial y se anota que su objeto es la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores de riesgo que originándose en los lugares de trabajo, puedan afectar la salud de los trabajadores. Establece la
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necesidad de elaborar tanto el inventario de riesgo como el inventario de recursos disponibles y funcionales en la empresa.
En el artículo 18 se precisa la obligación de organizar y desarrollar un plan de emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas.
Rama preventiva: aplicación de las normas legales y técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.
Rama pasiva o estructural: diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas para la evaluación, de acuerdo con los riesgos existentes y el número de trabajadores.
Rama activa o de control de las emergencias: conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación), sistema de detección, alarma, comunicación, selección y distribución de equipos de control fijos o portátiles (manuales o automáticos), inspección, señalización y mantenimiento de los sistemas de control.
En el artículo 14 se establece que el programa de salud ocupacional, deberá mantener actualizados los siguientes registros mínimos:
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Listado de materias primas y sustancias empleadas en la empresa.
Agentes de riesgo por ubicación y prioridades
Relación de trabajadores expuestos a agentes de riesgo
Evaluación de los agentes de riesgo ocupacionales y de los sistemas de control utilizados.
Relación discriminada de los elementos de protección personal que se suministren a los trabajadores.
Recopilación y análisis estadístico de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Ausentismo general por accidente de trabajo y enfermedades profesionales.
Resultados de inspecciones periódicas internas de salud ocupacional
Cumplimiento de programas de educación y entrenamiento.
Historia ocupacional del trabajador con sus respectivos exámenes de control clínico y biológico.
Planes específicos de emergencia y actas de simulacro en las empresas cuyos procesos, condicionales locativas o almacenamiento de materiales riesgosos, pueden convertirse en fuente de peligro para los trabajadores, la comunidad o del medio ambiente.
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RESOLUCION 1802 DE 1989 (Ministerio de la Protección Social): Por la cual se crean los Comités Hospitalarios de Emergencias y se asigna la responsabilidad de la elaboración y puesta a prueba de los planes hospitalarios de emergencia mediante simulacros.
DECRETO 412 de 1992: Por el cual se reglamentan parcialmente los servicios de urgencias, estableciendo la obligatoriedad de la atención inicial de urgencias para todas las instituciones que ofrezcan servicios de salud.
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BIBLIOGRAFÍA
SEGURO SOCIAL. ARP. (1998) Planes de emergencia empresariales. Santafé de Bogotá P 3
SEGURO SOCIAL. ARP. (1998) Brigadas de emergencia en el ambiente de trabajo. Santafé de Bogotá: Instituto FES de Liderazgo.