La municipalidad de Honestidad creó el SAT-H para recaudar ingresos tributarios y no tributarios con el fin de generar mayores ingresos y ejecutar obras. Sin embargo, aumentó la burocracia sin beneficiar a la población, lo que generó denuncias sobre irregularidades en los pagos y recaudación. La fiscalía anticorrupción y el órgano de control de la municipalidad decidieron realizar una auditoría forense para investigar las denuncias. La auditoría determinó que la documentación del SAT-H es incompleta e inconfiable, por lo
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Auditoría forense SAT-H revela inconsistencias en recaudación 2017-2020
1. Módulo: Auditoría Forense
Tema: “TRABAJO FINAL DE AUDITORÍA FORENSE”
Participante: Arroyo Rosales Ivonne Ruth - Perito psicóloga forense del IML Ancash
2. TRABAJO FINAL
La Municipalidad Honestidad con el fin de mejorar sus ingresos creo su Servicio de
Administración Tributaria SAT-H, con el fin de recaudar ingresos tributariosy no tributarios, la
creación de esta entidad suponía generar mayores ingresos y por ende ejecutar obras en
beneficio de la población de la Honestidad. Pero resulta que muy por el contrario aumento la
burocracia y no se percibía un mayor beneficio a la población, esto genero una serie de
denuncias a las oficinas de control respecto al manejo de los fondos, algunos pobladores
denunciaronque realizaronpagosperoque nofigurabaenlossistemas,otrosdenunciaronque
susrecibosde pagofigurabancomoanulado,entre otros,estoshechosfuerondenunciadosala
Fiscalía anticorrupción,quiencoordinoconel Órgano de Control de la Municipalidadparaunir
esfuerzos y realizar una auditoría forense.
De la revisión efectuada a la documentación alcanzada por el SAT-H, que sustenta la
recaudación de ingresos tributarios y no tributarios del período 2017 - 2020, así como de la
evaluación practicada a los sistemas que soportan las bases de datos, se ha determinadoque
dicha documentación se encuentra incompleta y que las citadas bases de datos no son
confiables; lo cual ha generado que no se pueda conocer si lo depositado por el SAT-H, a la
Municipalidad,duranteel citadoperíodo,corresponde aloefectivamenteingresado,porloque
3. no obstante haberse detectadoinconsistenciasentreloingresadoylodepositado,éstasnohan
podido ser validadas.
En atención a lo señalado se le solicita analizar el caso y responder
1.- Que fuentes de información utilizaría? ¿Por qué?
La potestad tributaria de las municipalidades, los artículos 74 y 195 de la Constitución Política
establecenlafacultadde lasmunicipalidadesparaaprobar,crear,modificarysuprimirtributos.
Y el artículo 60 del Decreto Legislativo N.° 776 que aprueba la Ley de Tributación Municipal y
modificatorias, regula dicha potestad municipal de crear, modificar y suprimir las tasas y
contribuciones.
Las fuentes de información que se utilizaría en este contexto serían:
Archivos que obran en la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de
RegistrosTributarios,de laMunicipalidad,yrespectoalasdeudastributariasgeneradas
y cobrosordinarios.Se recogeríaevidenciade deudasypagosdel periodocomprendido
en el proceso de control y el Registro del total de recaudación por año.
Reportes del Sistema Tributario - Rentas de la Municipalidad, remitidos por la Sub
Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos, Gerencia de Administración
Tributaria y Sub Gerencia de Registros Tributarios, evidencias de que la entidad ha
exigido el pago de deudas tributarias por impuesto predial del periodo
correspondientes.
Registrode accionesnecesariasrealizadaspara la interrupciónosuspensión del plazo
de prescripción de deudas por impuesto predial de acuerdo al número de
contribuyentesenestrictaaplicaciónde losartículos3º, 28º, 43º, 45º, 52º, 55º y 62º del
TextoÚnico Ordenadodel CódigoTributario,aprobadoconDecretoSupremon. º 135-
99-EF publicadoel 19 de agosto de 1999, vigente hastala aprobacióndel nuevoTexto
Único Ordenado del Código Tributario, mediante Decreto Supremo n.º 133-2013-EF,
publicado el 22de juniode 2013; que regulanlaexigibilidad de laobligación tributaria,
componentes de la deuda tributaria, plazos de prescripción, interrupción de la
prescripción,competenciade losgobiernoslocales,facultadde recaudación yfacultad
de fiscalización;artículo18º de la Leyn." 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 1 O de abril de 2001, que regula laobligación de notificar;
y artículos 5º y 8º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
aprobado con Decreto Supremo n." 156-2004-EF, publicado el 15 de noviembre de
2004, que regula los impuestos municipales e impuesto predial.
Registroypublicaciónde evidencias de cumplimiento delartículos69º y 69-A del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado con Decreto Supremo
n." 156-2004-EF, publicado el 15 de noviembre de 2004, que regulan el cálculo y
aprobación de losarbitrios;artículoIV.- Finalidad del TítuloPreliminar,artículos9°,40º
y 44 º del CapítuloÚnico,de la Ley n.° 27972, LeyOrgánica de Municipalidades, de 26
de mayo de 2003, que regulan la prestaciónde losserviciospúblicos,atribucionesdel
concejo municipal, emisiónde ordenanzas ysu publicidad; numeral 10.1 del artículo
10º de laLeyn." 27314, LeyGeneral de Residuos Sólidos de 20de julio del añodosmil,
que regula la responsabilidad de las autoridadesmunicipales; numeral 2 del artículo
8º del Reglamento de la Ley n." 27314, Ley General de Residuos Sólidos, aprobado
4. con Decreto Supremo n.º 057-2004-PCM de 24 de julio de 2004, que regula la
adecuada prestación del servicio de limpieza pública
2.- Cree usted que no se puede validar los ingresos del SAT-H? ¿Por qué?
Se podría validar con la elaboración del costeo anual del servicio de arbitrios de limpieza
pública,serenazgoy parquesyjardines; debidoaque es función del plenomunicipal aprobar
y/ocrear losarbitriosmunicipales, así fiscalizarel trámite de ratificación ademásdeterminar
la deuda por arbitrios de los contribuyentes para el periodo sujeto a control
3.- Usted es el Auditor Forense, que acciones realizaría para apoyar al Fiscal
Consolidado de NO recaudación que evidenciaría en perjuicio económico a la entidad.
Identificaciónde accionesque evidencie lainacciónyfalta de diligenciade los responsablesde
efectuarla cobranzaordinariade lasdeudastributariasgeneradasdurante losañosfiscales del
periodo de control.