1. DAR HACER NO HACER
Def - En sentidoAMPLIO,esla entregamaterial.(art 1333 CC).
- En sentidoRESTRINGIDO,esla entrega (1334 CC) o tradición
(758 CC)..
- Energía material o
intelectual.
- Abstención
Naturaleza Mueble oinmueble Mueble Mueble.
Clasificación Divisiónenatenciónalaformadeterminadaporlaspartes:
- Cosa cierta: individualizado.
- Cosa genérica:a- géneronormal (medio),b-génerolimitado
(relativo).Otraclasificación:a- común,b- cosas fungibles
(dineraria).
- De mediosode
resultados.
- Fungible oinfungible.
- Instantáneoo
continuado.
- Abstenciónodejar
de hacer.
- Fungible o
infungible
- Instantáneoo
continuado.
Plazo - Estipulado.
- No estipulado:a- esencial (juez) (art1333 CC), b- no esencial
(10 días). (Art 1440 CC)
- Estipulado.
- No estipulado:a-
esencial (juez),b- no
esencial (10días).
- Estipulado.
- No estipulado:a-
esencial (juez),b-
no esencial (10
días).
Lugar - Estipulado
- No estipulado:a- si escosa cierta,donde estabaal tiempode
la obligación (art1465 CC inc2º); b- si escosa genérica,al
domiciliodel deudor. (art1465 CC inc 3º)
- Estipulado.
- No estipulado:enel
domiciliodel deudor.
- En el lugar de la
abstención.
Incumplimiento - COSA ESPECÍFICA:ejecuciónforzadaespecíficaopor
equivalente,másdañosyperjuicios.
- COSA GENÉRICAFUNGIBLE: interésmoratorioy
compensatorio.(Sigue procedimientomonitorio,364 CGP).
- Resarcimientode daños
y perjuiciosmásmora.
- Hacer cumplirpor un
terceroa cuenta del
deudor.
- Resarcimientode
dañosy perjuicios
más mora.
- Ejecuciónforzada
específica.
2. Riesgos - COSA CIERTA: El riesgoespara el comprador,que la recibe
(art 1335 CC),excepciones:a- pactoencontrario,b- perece o
deterioraporculpao dolodel que debe entregar,c- cosa de
gustar o probar antesde la entrega,d- el vendedorhacaído
enmora de entregarlacosa.
- COSA GENÉRICA:El riesgoespara el vendedor,quienla
entrega(art 1362 CC).
Mora - Cae por: a-interpelaciónjudicial,b-intimaciónde protestade
dañosy perjuicios,c- convenciónporvencimientode plazo.
Art 1336 CC).
Derechode
preferencia
- Si se ha obligadoaentregara dos personas,laposesiónvale
títulocon buenafe primasobre lo contractual (art 1337 CC).