2. El Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N°
635, tipifica y regula las conductas consideradas como delitos,
con la finalidad de que los responsables por dichos actos sean
investigados y sancionados con la pena correspondiente.
Así, el Código Penal regula delitos que vulneran la vida y la
salud de las personas, la propiedad privada y pública, la
ecología, la propiedad intelectual, el orden financiero, etc.
INTRODUCCIÓN
3. CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN
PUBLICA
la administración publica es toda actividad
que realizan los funcionarios y servidores
públicos con la finalidad de materializar el
objetivo final del estado.
4. CONCEPTOS IMPORTANTES
FUNCIONARIO PÚBLICO
EL SERVIDOR PÚBLICO
Persona natural que con poder de decisión
que presta servicios o trabaja para el Estado.
Persona natural que presta sus servicios al
Estado pero sin poder de decisión .No tiene
mando pero brinda al estado sus
conocimientos técnicos y profesionales en
tareas de facilitación de la que realizan los
funcionarios públicos.
6. Funcionario Público
Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa –
D.S. Nº 005-90-PCM
Funcionario Público: “Ciudadano que es elegido o designado por autoridad
competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del mas
alto nivel en los poderes públicos y los organismos públicos con autonomía.”
6
7. Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175
7
Funcionario público.- El que desarrolla funciones de preeminencia
política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector
de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o
entidades públicas.
El Funcionario Público puede ser:
a) De elección popular directa y universal o confianza política
originaria.
b) De nombramiento y remoción regulados.
c) De libre nombramiento y remoción.
8. Agentes Individuales de la Función Publica
1. Son designados por tiempo determinado
2. Puede ser honorífica
3. Poder de decidir y ordenar
4. Designados según la Constitución Política
5. Ejercen cargo de alto nivel
6. Representan al Estado (Jus Imperium)
7. Suscriben actos administrativos
8. Sus decisiones pueden ser impugnadas
Los Funcionarios
9. Fines de la Función Pública
1. Es el servicio de la Nación
2. Obtención de mayores niveles de eficiencia
del aparato Estatal
•Se logre una mejor atención a la ciudadanía
•Priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos
Para
10. RESPETO.- A la Constitución y las leyes garantizando toma decisiones
PROBIDAD.- Actúa con rectitud, honradez y honestidad
EFICIENCIA, Brinda calidad en cada una de las funciones que realiza
IDONEIDAD.- aptitud ténica, legal y moral, condiciones para el ejercicio de la FP
VERACIDAD.- Se expresa con autenticidad en los relaciones funcionales
LEALTAD Y OBEDIENCIA.- actua con fidelidad y solidaridad
JUSTICIA Y EQUIDAD.- Tiene disposición para el cumplimiento de sus funciones
LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO.- Los funcionarios debe lealtad a la
Constitución y al Estado de Derecho
Principios de los Funcionarios Publicos
13. PROHIBICIONES ÉTICAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
• Mantener intereses de conflicto
• Obtener ventajas indebidas
• Realizar actividades de proselitismo político
• Hacer mal uso de información privilegiada
• Presionar, Amenazar y/o acosar
14. CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES
1. Amonestación
2. Suspensión
3. Multa hasta 12 UIT
4. Resolución contractual
5. Destitución o despido
15. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
• El perjuicio ocasionado a los administrados o a la
Administración Pública
• Afectación a los procedimientos
• Naturaleza de las funciones desempeñadas así como el
cargo y jerarquía del infractor
• El beneficio obtenido por el infractor
• La reincidencia o reiterancia
18. Respuestas
Lo que corresponde a mi propio interés
Lo que está de acuerdo con el refrán “No hagas a los
demás lo que no quieres que te hagan a ti mismo”
Lo que hace bien al mayor número de personas posibles
Lo que se acepta como normal en la sociedad
Lo que es legal
Lo que está de acuerdo con mis convicciones religiosas
Lo que está de acuerdo con mis sentimientos de justicia
Porcentaje de
profesionales
0,9 %
6,3 %
17,8 %
24,8 %
14,0 %
2,3 %
33,8 %
¿Qué es lo ético?
19. Es aquella en la que incurren los funcionarios por haber contravenido el
ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la
entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el
vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el
desarrollo de la acción de control.
20. Es aquella en la que incurren los
funcionarios públicos, que por su
acción u omisión, en el ejercicio
de sus funciones, hayan
ocasionado un daño económico a
su Entidad o al Estado,
incumpliendo sus funciones, por
dolo o culpa.
Es aquella en la que incurren funcionarios
públicos que en ejercicio de sus funciones
han efectuado un acto u omisión
tipificado como delito.
21. La figura de peculado se aplica cuando el funcionario o servidor público se
apropia, utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, dinero o bienes que se
le hayan confiado por razón de su cargo.
A. Delito de peculado doloso, culposo y de uso
22. Coludir significa, establecer un pacto ilícito que acuerdan dos personas u
organizaciones con el fin de perjudicar a un tercero, en este caso el Estado,
cuyo patrimonio es afectado de manera directa. En el Código Penal se tipifican
dos tipos de colusión
B. Colusión simple y agravada
23. Un funcionario o servidor público incurre en el delito de malversación de
fondos cuando da al dinero o bienes que administra una aplicación
definitiva diferente de aquélla a la que están destinados, afectando el
servicio o la función encomendada. Se sanciona con Pena privativa de
libertad no menor de uno (1) ni mayor de cuatro (4) años.
C. Malversación de fondos
24. Incurre en el delito de cohecho
activo aquél que ofrece, da o
promete a un funcionario o servidor
público donativo, promesa, ventaja
o beneficio.
El delito de concusión se configura
cuando un funcionario o servidor público,
abusando de su cargo, obliga o induce a
una persona a dar o prometer
indebidamente, para sí o para otro, un
bien o un beneficio patrimonial. Es
sancionado con pena privativa de
libertad no menor de dos (2) ni mayor
de ocho (8) años.
D. Cohecho activo E. Concusión
25. DIFERENCIAS
EXTORSIÓN
• Si bien la Extorsión es similar a la Concusión
Constrictiva, en cuanto al uso de la violencia para
obtener la ventaja económica.
• Requiere la autoría de un sujeto común y el uso de
la fuerza física o la amenaza.
• La Extorsión sólo se produce con la dación del
provecho o ventaja económica.
• La acción ilícita puede ir dirigida contra la víctima o
por medio de ella a un tercero, y ello no ocurre
ninguna de las modalidades e en la Concusión.
CONCUSIÓN
• La Concusión Inducida, se requiere otros
componentes, como el engaño o la estrategia
orientados al lucro (no emplea amenaza ni fuerza)
• En sus 02 modalidades requiere la calidad especial
del sujeto activo (funcionario o servidor público) y
abuso del cargo.
• Permite la dación o la promesa de bien o beneficio
patrimonial.
• La acción ilícita no va dirigida contra la víctima o
por medio de ella a un tercero.
26. Este delito se configura cuando el funcionario o servidor público, en
forma directa o indirecta o por acto simulado, se interesa
indebidamente, en provecho propio o de un tercero, por cualquier
contrato u operación en que interviene por razón de su cargo.
G. Negociación incompatible o aprovechamiento
indebido del cargo
27. Incurre en este delito aquél que invocando
o teniendo influencias reales o simuladas,
recibe, hace dar o prometer para sí o para
un tercero, donativo, promesa o cualquier
otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento
de interceder ante un funcionario o
servidor público que ha de conocer, esté
conociendo o haya conocido un caso judicial
o administrativo.
El cobro indebido se da cuando
un funcionario o servidor
público, abusando de su cargo,
exige o hace pagar o entregar
contribuciones o emolumentos no
debidos o en cantidad que
excede a la tarifa legal.
H. Tráfico de influencias
I. Cobro Indebido
28. Este delito se configura cuando el
funcionario o servidor público,
abusando de su cargo, incrementa
ilícitamente su patrimonio
respecto de sus ingresos
legítimos.
Este delito se refiere al
nombramiento que hace un
funcionario o servidor público de
una persona que no cumple con
los requisitos legales para
desempeñarse en un determinado
cargo.
J. Enriquecimiento
ilícito
J. Nombramiento o
aceptación ilegal de cargo
29. PROBLEMAS LEGALES DE LOS
FUNCIONARIOS PUBLICOS -DELITOS
CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
30. Delitos cometidos por Funcionarios Públicos
Delito Bien Protegido Elementos
Abuso de autoridad
modalidad activa
376° C.P.
regularidad del funcionamiento
de la administración pública
(normal desarrollo de la
administración pública y
legalidad del acto funcional)
a. Funcionario Público
b. Abuso de atribuciones
c. Comete u ordena
d. Acto Arbitrario
e. En perjuicio de alguien
Abuso de Autoridad
Modalidad Omisiva
377° C.P.
El normal desenvolvimiento y
funcionamiento de la
Administración Pública en
cuanto oportunidad y eficacia en
el cumplimiento de la función
pública.
a. Funcionario Público
b. Omite, rehusa, retarda
c. Acto de su cargo.
31. Delito Bien Protegido Elementos
Colusión Desleal
384° C.P.
La regularidad, prestigio y los
intereses de la administración
pública
a. Funcionario o Servidor
Público
b. En contratos, suministros,
licitaciones, concursos de
precios, subastas, o cualquier
otra operación semejante.
c. Intervención en razón al
cargo o comisión especial
d. Defrauda al Estado
e. Concertándose con los
interesados.
32. Delito Bien Protegido Elementos
Peculado Propio
387° C.P.
- Garantizar el principio de no
lesividad de los intereses
patrimoniales de la administración
pública.
- Evitar el abuso de poder del
funcionario o servidor público que
quebranta los deberes funcionales
de lealtad y probidad.
a. Funcionario o Servidor
Público
b. Razón del cargo tiene la
percepción/administr./ custodia
c. Se apropia o utiliza
d. Para sí o para otro
e. Caudales o efectos
33. 33
Delito Bien Protegido Elementos
Malversación de
Fondos
389° C.P.
- Preservar la correcta y
funcional aplicación de los
fondos públicos, la organización
en la ejecución del gasto y en la
utilización y/o empleo del dinero
y bienes públicos. Afirmar el
principio de legalid.
presupuestal, disciplina y
racionalidad funcional en el
servicio.
- Funcionario o Servidor
Público
- Administración de dinero
o bienes
- Aplicación diferente a la
que estan destinados
- Definitiva
- e. Se haya afectado el
servicio o la función
encomendada
34. Delito Bien Protegido Elementos
Negociación
Incompatible
399° C.P.
- Normal funcionamiento y
prestigio de la administración
pública, preservarla de intereses
privados de sus agentes.
- Funcionario o Servidor Público
- Interesarse directa, indirectamente o
por acto simulado.
- En provecho propio o de tercero
- En contrato u operación
- Intervención en razón al cargo.
-
36. Descripción Típica
Descripción Típica
Artículo 382 C.P.: El
funcionario o servidor
público que, abusando de
su cargo, obliga o induce a
una persona a dar o
prometer indebidamente,
para sí o para otro, un
bien o un beneficio
patrimonial, será reprimido
con pena privativa de
libertad no menor de 02 ni
mayor de 08 años.
Definición
Modelo especial de abuso
de poder orientado a
obtener provecho o ventaja
ilegítima, mediante
amenaza, engaño, presión,
compulsión y el uso de la
fuerza física.
Donde el que ejecuta la
acción, se vale de su función
para lograr su propósito.
El Delito De Concusión
37. DIFERENCIAS ENTRE CONCUSIÓN Y EXTORSIÓN
• Si bien la Extorsión es similar a la
Concusión Constrictiva, en cuanto al uso de
la violencia para obtener la ventaja
económica.
• Requiere la autoría de un sujeto común y el
uso de la fuerza física o la amenaza.
• La Extorsión sólo se produce con la dación
del provecho o ventaja económica.
• La acción ilícita puede ir dirigida contra la
víctima o por medio de ella a un tercero, y
ello no ocurre ninguna de las modalidades e
en la Concusión.
EXTORSIÓN
• La Concusión Inducida, se requiere otros
componentes, como el engaño o la
estrategia orientados al lucro (no emplea
amenaza ni fuerza)
• En sus 02 modalidades requiere la calidad
especial del sujeto activo (funcionario o
servidor público) y abuso del cargo.
• Permite la dación o la promesa de bien o
beneficio patrimonial.
• La acción ilícita no va dirigida contra la
víctima o por medio de ella a un tercero.
CONCUSIÓN
38. CASTILLO DE ARENA Y LAVAJATO
Poder Judicial de Brasil confirma que se pueden
reiniciar investigaciones a Camargo Corrêa y
funcionarios involucrados
En 2008,la investigación“Castillo de Arena”en
Brasil se centró en la empresa Camargo Corrêa por
presunto lavado de dinero y pagos de soborno para
la obtención de contratos en diversos países del
exterior.Las tres empresas que protagonizan estos
graves casos de corrupción lideraron los consorcios
encargados de la carretera Interoceánica Sur en Perú
El acuerdo de la delación premiada entre
la empresa y las autoridades de Brasil
consideró una condición importante:dar
seis meses de plazo a Odebrecht para que
confiese sus delitos ante las autoridades
de otros países como Perú.
Confesiones de Odebrecht y Camargo
Correa sobre los pagos de sobornos en Perú
Jorge Barata,quien fue la cabeza máxima de
Odebrecht en Perú,confesó el 12 de
diciembre en Salvador de Bahía mientras que
el ex representante legal de Camargo
Correa,Marcos de MouraWanderley,sería el
próximo en revelar la ruta de las coimas.
39. Promulgan ley de muerte civil
para funcionarios corruptos
El Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo 1243 que sanciona con la
inhabilitación perpetua los delitos de corrupción en el Estado que se
cometan como parte de una organización criminal y que afecten los
programas sociales. La pena podrá ser revisada en 20 años.
40. LEY MUERTE CIVIL
- Modifica Código Penal y Código de Ejecución Penal para
establecer como pena principal la inhabilitación de
funcionarios públicos en los delitos contra la administración
pública
- La pena se extiende de 5 a 20 años en casos de los delitos de
concusión,cobro indebido,colusión simple y agravada,
peculado doloso y culposo,peculado de uso,malversación,
cohecho activo genérico,cohecho activo específico,
malversación,enriquecimiento ilícito,entre otros.
- La inhabilitación perpetua aplica en casos de integrantes de
organización criminal.Puede ser revisada a los 20 años.
41. “El éxito del código de conducta
depende en ultima instancia de la
integridad y buena fe de aquellos a
quienes se aplica”
(Calera, 1997)
42. 42
NO OLVIDAR:
Actuar con ética y profesionalismo.
Los funcionarios públicos están comprometidos a actuar
diligentemente en el desempeño de sus funciones, con
economía, eficiencia, eficacia y transparencia.
Los funcionarios públicos están al servicio público, al servicio
de nuestro país, por lo que es necesario que se esfuercen
permanentemente, para que nuestro servicio sea cada vez de
mayor calidad y con valor agregado.