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Funcionarios Públicos y Los Temas Legales
El Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N°
635, tipifica y regula las conductas consideradas como delitos,
con la finalidad de que los responsables por dichos actos sean
investigados y sancionados con la pena correspondiente.
Así, el Código Penal regula delitos que vulneran la vida y la
salud de las personas, la propiedad privada y pública, la
ecología, la propiedad intelectual, el orden financiero, etc.
INTRODUCCIÓN
CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN
PUBLICA
la administración publica es toda actividad
que realizan los funcionarios y servidores
públicos con la finalidad de materializar el
objetivo final del estado.
CONCEPTOS IMPORTANTES
 FUNCIONARIO PÚBLICO
 EL SERVIDOR PÚBLICO
Persona natural que con poder de decisión
que presta servicios o trabaja para el Estado.
Persona natural que presta sus servicios al
Estado pero sin poder de decisión .No tiene
mando pero brinda al estado sus
conocimientos técnicos y profesionales en
tareas de facilitación de la que realizan los
funcionarios públicos.
5
CARGO
PÚBLICO
FUNC
PÚBLICO
SERVICIO O
FUNCIÓN
ENCOMENDADA
ADM.
PÚBLICA
Potestad
Jerárquica Exigencia y
Control
Marco de
Desempeño
Deberes
Obligaciones
Derechos
Prohibiciones
Incompatibilid.
Cumplimiento
Funcionario Público
Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa –
D.S. Nº 005-90-PCM
Funcionario Público: “Ciudadano que es elegido o designado por autoridad
competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del mas
alto nivel en los poderes públicos y los organismos públicos con autonomía.”
6
Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175
7
Funcionario público.- El que desarrolla funciones de preeminencia
política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector
de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o
entidades públicas.
El Funcionario Público puede ser:
a) De elección popular directa y universal o confianza política
originaria.
b) De nombramiento y remoción regulados.
c) De libre nombramiento y remoción.
Agentes Individuales de la Función Publica
1. Son designados por tiempo determinado
2. Puede ser honorífica
3. Poder de decidir y ordenar
4. Designados según la Constitución Política
5. Ejercen cargo de alto nivel
6. Representan al Estado (Jus Imperium)
7. Suscriben actos administrativos
8. Sus decisiones pueden ser impugnadas
Los Funcionarios
Fines de la Función Pública
1. Es el servicio de la Nación
2. Obtención de mayores niveles de eficiencia
del aparato Estatal
•Se logre una mejor atención a la ciudadanía
•Priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos
Para
RESPETO.- A la Constitución y las leyes garantizando toma decisiones
PROBIDAD.- Actúa con rectitud, honradez y honestidad
EFICIENCIA, Brinda calidad en cada una de las funciones que realiza
IDONEIDAD.- aptitud ténica, legal y moral, condiciones para el ejercicio de la FP
VERACIDAD.- Se expresa con autenticidad en los relaciones funcionales
LEALTAD Y OBEDIENCIA.- actua con fidelidad y solidaridad
JUSTICIA Y EQUIDAD.- Tiene disposición para el cumplimiento de sus funciones
LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO.- Los funcionarios debe lealtad a la
Constitución y al Estado de Derecho
Principios de los Funcionarios Publicos
Neutralidad
Transparencia
Discreción
Responsabilidad
Deberes
Uso Adecuado
de los Bienes del
Estado
Ejercicio
Adecuado del
Cargo
DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS
Interés Personal
Interés Público
Servicio a la Nación
Bienestar General
Justicia
PROHIBICIONES ÉTICAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
• Mantener intereses de conflicto
• Obtener ventajas indebidas
• Realizar actividades de proselitismo político
• Hacer mal uso de información privilegiada
• Presionar, Amenazar y/o acosar
CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES
1. Amonestación
2. Suspensión
3. Multa hasta 12 UIT
4. Resolución contractual
5. Destitución o despido
CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
• El perjuicio ocasionado a los administrados o a la
Administración Pública
• Afectación a los procedimientos
• Naturaleza de las funciones desempeñadas así como el
cargo y jerarquía del infractor
• El beneficio obtenido por el infractor
• La reincidencia o reiterancia
CORRUPCIÓN
INEFICIENCIA
Bienestar
General
Lucha contra la Corrupción
ENTIDADES
PÚBLICAS
Promover la Eficiencia, Eficacia y Economía
PERJUICIO DEL BIEN COMÚN
Respuestas
Lo que corresponde a mi propio interés
Lo que está de acuerdo con el refrán “No hagas a los
demás lo que no quieres que te hagan a ti mismo”
Lo que hace bien al mayor número de personas posibles
Lo que se acepta como normal en la sociedad
Lo que es legal
Lo que está de acuerdo con mis convicciones religiosas
Lo que está de acuerdo con mis sentimientos de justicia
Porcentaje de
profesionales
0,9 %
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14,0 %
2,3 %
33,8 %
¿Qué es lo ético?
Es aquella en la que incurren los funcionarios por haber contravenido el
ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la
entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el
vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el
desarrollo de la acción de control.
Es aquella en la que incurren los
funcionarios públicos, que por su
acción u omisión, en el ejercicio
de sus funciones, hayan
ocasionado un daño económico a
su Entidad o al Estado,
incumpliendo sus funciones, por
dolo o culpa.
Es aquella en la que incurren funcionarios
públicos que en ejercicio de sus funciones
han efectuado un acto u omisión
tipificado como delito.
La figura de peculado se aplica cuando el funcionario o servidor público se
apropia, utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, dinero o bienes que se
le hayan confiado por razón de su cargo.
A. Delito de peculado doloso, culposo y de uso
Coludir significa, establecer un pacto ilícito que acuerdan dos personas u
organizaciones con el fin de perjudicar a un tercero, en este caso el Estado,
cuyo patrimonio es afectado de manera directa. En el Código Penal se tipifican
dos tipos de colusión
B. Colusión simple y agravada
Un funcionario o servidor público incurre en el delito de malversación de
fondos cuando da al dinero o bienes que administra una aplicación
definitiva diferente de aquélla a la que están destinados, afectando el
servicio o la función encomendada. Se sanciona con Pena privativa de
libertad no menor de uno (1) ni mayor de cuatro (4) años.
C. Malversación de fondos
Incurre en el delito de cohecho
activo aquél que ofrece, da o
promete a un funcionario o servidor
público donativo, promesa, ventaja
o beneficio.
El delito de concusión se configura
cuando un funcionario o servidor público,
abusando de su cargo, obliga o induce a
una persona a dar o prometer
indebidamente, para sí o para otro, un
bien o un beneficio patrimonial. Es
sancionado con pena privativa de
libertad no menor de dos (2) ni mayor
de ocho (8) años.
D. Cohecho activo E. Concusión
DIFERENCIAS
EXTORSIÓN
• Si bien la Extorsión es similar a la Concusión
Constrictiva, en cuanto al uso de la violencia para
obtener la ventaja económica.
• Requiere la autoría de un sujeto común y el uso de
la fuerza física o la amenaza.
• La Extorsión sólo se produce con la dación del
provecho o ventaja económica.
• La acción ilícita puede ir dirigida contra la víctima o
por medio de ella a un tercero, y ello no ocurre
ninguna de las modalidades e en la Concusión.
CONCUSIÓN
• La Concusión Inducida, se requiere otros
componentes, como el engaño o la estrategia
orientados al lucro (no emplea amenaza ni fuerza)
• En sus 02 modalidades requiere la calidad especial
del sujeto activo (funcionario o servidor público) y
abuso del cargo.
• Permite la dación o la promesa de bien o beneficio
patrimonial.
• La acción ilícita no va dirigida contra la víctima o
por medio de ella a un tercero.
Este delito se configura cuando el funcionario o servidor público, en
forma directa o indirecta o por acto simulado, se interesa
indebidamente, en provecho propio o de un tercero, por cualquier
contrato u operación en que interviene por razón de su cargo.
G. Negociación incompatible o aprovechamiento
indebido del cargo
Incurre en este delito aquél que invocando
o teniendo influencias reales o simuladas,
recibe, hace dar o prometer para sí o para
un tercero, donativo, promesa o cualquier
otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento
de interceder ante un funcionario o
servidor público que ha de conocer, esté
conociendo o haya conocido un caso judicial
o administrativo.
El cobro indebido se da cuando
un funcionario o servidor
público, abusando de su cargo,
exige o hace pagar o entregar
contribuciones o emolumentos no
debidos o en cantidad que
excede a la tarifa legal.
H. Tráfico de influencias
I. Cobro Indebido
Este delito se configura cuando el
funcionario o servidor público,
abusando de su cargo, incrementa
ilícitamente su patrimonio
respecto de sus ingresos
legítimos.
Este delito se refiere al
nombramiento que hace un
funcionario o servidor público de
una persona que no cumple con
los requisitos legales para
desempeñarse en un determinado
cargo.
J. Enriquecimiento
ilícito
J. Nombramiento o
aceptación ilegal de cargo
PROBLEMAS LEGALES DE LOS
FUNCIONARIOS PUBLICOS -DELITOS
CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Delitos cometidos por Funcionarios Públicos
Delito Bien Protegido Elementos
Abuso de autoridad
modalidad activa
376° C.P.
regularidad del funcionamiento
de la administración pública
(normal desarrollo de la
administración pública y
legalidad del acto funcional)
a. Funcionario Público
b. Abuso de atribuciones
c. Comete u ordena
d. Acto Arbitrario
e. En perjuicio de alguien
Abuso de Autoridad
Modalidad Omisiva
377° C.P.
El normal desenvolvimiento y
funcionamiento de la
Administración Pública en
cuanto oportunidad y eficacia en
el cumplimiento de la función
pública.
a. Funcionario Público
b. Omite, rehusa, retarda
c. Acto de su cargo.
Delito Bien Protegido Elementos
Colusión Desleal
384° C.P.
La regularidad, prestigio y los
intereses de la administración
pública
a. Funcionario o Servidor
Público
b. En contratos, suministros,
licitaciones, concursos de
precios, subastas, o cualquier
otra operación semejante.
c. Intervención en razón al
cargo o comisión especial
d. Defrauda al Estado
e. Concertándose con los
interesados.
Delito Bien Protegido Elementos
Peculado Propio
387° C.P.
- Garantizar el principio de no
lesividad de los intereses
patrimoniales de la administración
pública.
- Evitar el abuso de poder del
funcionario o servidor público que
quebranta los deberes funcionales
de lealtad y probidad.
a. Funcionario o Servidor
Público
b. Razón del cargo tiene la
percepción/administr./ custodia
c. Se apropia o utiliza
d. Para sí o para otro
e. Caudales o efectos
33
Delito Bien Protegido Elementos
Malversación de
Fondos
389° C.P.
- Preservar la correcta y
funcional aplicación de los
fondos públicos, la organización
en la ejecución del gasto y en la
utilización y/o empleo del dinero
y bienes públicos. Afirmar el
principio de legalid.
presupuestal, disciplina y
racionalidad funcional en el
servicio.
- Funcionario o Servidor
Público
- Administración de dinero
o bienes
- Aplicación diferente a la
que estan destinados
- Definitiva
- e. Se haya afectado el
servicio o la función
encomendada
Delito Bien Protegido Elementos
Negociación
Incompatible
399° C.P.
- Normal funcionamiento y
prestigio de la administración
pública, preservarla de intereses
privados de sus agentes.
- Funcionario o Servidor Público
- Interesarse directa, indirectamente o
por acto simulado.
- En provecho propio o de tercero
- En contrato u operación
- Intervención en razón al cargo.
-
Delitos Contra La Administración Pública
El Delito De
Concusión
Descripción Típica
Descripción Típica
Artículo 382 C.P.: El
funcionario o servidor
público que, abusando de
su cargo, obliga o induce a
una persona a dar o
prometer indebidamente,
para sí o para otro, un
bien o un beneficio
patrimonial, será reprimido
con pena privativa de
libertad no menor de 02 ni
mayor de 08 años.
Definición
Modelo especial de abuso
de poder orientado a
obtener provecho o ventaja
ilegítima, mediante
amenaza, engaño, presión,
compulsión y el uso de la
fuerza física.
Donde el que ejecuta la
acción, se vale de su función
para lograr su propósito.
El Delito De Concusión
DIFERENCIAS ENTRE CONCUSIÓN Y EXTORSIÓN
• Si bien la Extorsión es similar a la
Concusión Constrictiva, en cuanto al uso de
la violencia para obtener la ventaja
económica.
• Requiere la autoría de un sujeto común y el
uso de la fuerza física o la amenaza.
• La Extorsión sólo se produce con la dación
del provecho o ventaja económica.
• La acción ilícita puede ir dirigida contra la
víctima o por medio de ella a un tercero, y
ello no ocurre ninguna de las modalidades e
en la Concusión.
EXTORSIÓN
• La Concusión Inducida, se requiere otros
componentes, como el engaño o la
estrategia orientados al lucro (no emplea
amenaza ni fuerza)
• En sus 02 modalidades requiere la calidad
especial del sujeto activo (funcionario o
servidor público) y abuso del cargo.
• Permite la dación o la promesa de bien o
beneficio patrimonial.
• La acción ilícita no va dirigida contra la
víctima o por medio de ella a un tercero.
CONCUSIÓN
CASTILLO DE ARENA Y LAVAJATO
Poder Judicial de Brasil confirma que se pueden
reiniciar investigaciones a Camargo Corrêa y
funcionarios involucrados
En 2008,la investigación“Castillo de Arena”en
Brasil se centró en la empresa Camargo Corrêa por
presunto lavado de dinero y pagos de soborno para
la obtención de contratos en diversos países del
exterior.Las tres empresas que protagonizan estos
graves casos de corrupción lideraron los consorcios
encargados de la carretera Interoceánica Sur en Perú
El acuerdo de la delación premiada entre
la empresa y las autoridades de Brasil
consideró una condición importante:dar
seis meses de plazo a Odebrecht para que
confiese sus delitos ante las autoridades
de otros países como Perú.
Confesiones de Odebrecht y Camargo
Correa sobre los pagos de sobornos en Perú
Jorge Barata,quien fue la cabeza máxima de
Odebrecht en Perú,confesó el 12 de
diciembre en Salvador de Bahía mientras que
el ex representante legal de Camargo
Correa,Marcos de MouraWanderley,sería el
próximo en revelar la ruta de las coimas.
Promulgan ley de muerte civil
para funcionarios corruptos
El Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo 1243 que sanciona con la
inhabilitación perpetua los delitos de corrupción en el Estado que se
cometan como parte de una organización criminal y que afecten los
programas sociales. La pena podrá ser revisada en 20 años.
LEY MUERTE CIVIL
- Modifica Código Penal y Código de Ejecución Penal para
establecer como pena principal la inhabilitación de
funcionarios públicos en los delitos contra la administración
pública
- La pena se extiende de 5 a 20 años en casos de los delitos de
concusión,cobro indebido,colusión simple y agravada,
peculado doloso y culposo,peculado de uso,malversación,
cohecho activo genérico,cohecho activo específico,
malversación,enriquecimiento ilícito,entre otros.
- La inhabilitación perpetua aplica en casos de integrantes de
organización criminal.Puede ser revisada a los 20 años.
“El éxito del código de conducta
depende en ultima instancia de la
integridad y buena fe de aquellos a
quienes se aplica”
(Calera, 1997)
42
NO OLVIDAR:
Actuar con ética y profesionalismo.
Los funcionarios públicos están comprometidos a actuar
diligentemente en el desempeño de sus funciones, con
economía, eficiencia, eficacia y transparencia.
Los funcionarios públicos están al servicio público, al servicio
de nuestro país, por lo que es necesario que se esfuercen
permanentemente, para que nuestro servicio sea cada vez de
mayor calidad y con valor agregado.
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funcionarios públicos y problemas legales

  • 1. Funcionarios Públicos y Los Temas Legales
  • 2. El Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 635, tipifica y regula las conductas consideradas como delitos, con la finalidad de que los responsables por dichos actos sean investigados y sancionados con la pena correspondiente. Así, el Código Penal regula delitos que vulneran la vida y la salud de las personas, la propiedad privada y pública, la ecología, la propiedad intelectual, el orden financiero, etc. INTRODUCCIÓN
  • 3. CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA la administración publica es toda actividad que realizan los funcionarios y servidores públicos con la finalidad de materializar el objetivo final del estado.
  • 4. CONCEPTOS IMPORTANTES  FUNCIONARIO PÚBLICO  EL SERVIDOR PÚBLICO Persona natural que con poder de decisión que presta servicios o trabaja para el Estado. Persona natural que presta sus servicios al Estado pero sin poder de decisión .No tiene mando pero brinda al estado sus conocimientos técnicos y profesionales en tareas de facilitación de la que realizan los funcionarios públicos.
  • 5. 5 CARGO PÚBLICO FUNC PÚBLICO SERVICIO O FUNCIÓN ENCOMENDADA ADM. PÚBLICA Potestad Jerárquica Exigencia y Control Marco de Desempeño Deberes Obligaciones Derechos Prohibiciones Incompatibilid. Cumplimiento
  • 6. Funcionario Público Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa – D.S. Nº 005-90-PCM Funcionario Público: “Ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del mas alto nivel en los poderes públicos y los organismos públicos con autonomía.” 6
  • 7. Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175 7 Funcionario público.- El que desarrolla funciones de preeminencia política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o entidades públicas. El Funcionario Público puede ser: a) De elección popular directa y universal o confianza política originaria. b) De nombramiento y remoción regulados. c) De libre nombramiento y remoción.
  • 8. Agentes Individuales de la Función Publica 1. Son designados por tiempo determinado 2. Puede ser honorífica 3. Poder de decidir y ordenar 4. Designados según la Constitución Política 5. Ejercen cargo de alto nivel 6. Representan al Estado (Jus Imperium) 7. Suscriben actos administrativos 8. Sus decisiones pueden ser impugnadas Los Funcionarios
  • 9. Fines de la Función Pública 1. Es el servicio de la Nación 2. Obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato Estatal •Se logre una mejor atención a la ciudadanía •Priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos Para
  • 10. RESPETO.- A la Constitución y las leyes garantizando toma decisiones PROBIDAD.- Actúa con rectitud, honradez y honestidad EFICIENCIA, Brinda calidad en cada una de las funciones que realiza IDONEIDAD.- aptitud ténica, legal y moral, condiciones para el ejercicio de la FP VERACIDAD.- Se expresa con autenticidad en los relaciones funcionales LEALTAD Y OBEDIENCIA.- actua con fidelidad y solidaridad JUSTICIA Y EQUIDAD.- Tiene disposición para el cumplimiento de sus funciones LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO.- Los funcionarios debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho Principios de los Funcionarios Publicos
  • 11. Neutralidad Transparencia Discreción Responsabilidad Deberes Uso Adecuado de los Bienes del Estado Ejercicio Adecuado del Cargo DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS
  • 12. Interés Personal Interés Público Servicio a la Nación Bienestar General Justicia
  • 13. PROHIBICIONES ÉTICAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA • Mantener intereses de conflicto • Obtener ventajas indebidas • Realizar actividades de proselitismo político • Hacer mal uso de información privilegiada • Presionar, Amenazar y/o acosar
  • 14. CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES 1. Amonestación 2. Suspensión 3. Multa hasta 12 UIT 4. Resolución contractual 5. Destitución o despido
  • 15. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES • El perjuicio ocasionado a los administrados o a la Administración Pública • Afectación a los procedimientos • Naturaleza de las funciones desempeñadas así como el cargo y jerarquía del infractor • El beneficio obtenido por el infractor • La reincidencia o reiterancia
  • 16. CORRUPCIÓN INEFICIENCIA Bienestar General Lucha contra la Corrupción ENTIDADES PÚBLICAS Promover la Eficiencia, Eficacia y Economía
  • 18. Respuestas Lo que corresponde a mi propio interés Lo que está de acuerdo con el refrán “No hagas a los demás lo que no quieres que te hagan a ti mismo” Lo que hace bien al mayor número de personas posibles Lo que se acepta como normal en la sociedad Lo que es legal Lo que está de acuerdo con mis convicciones religiosas Lo que está de acuerdo con mis sentimientos de justicia Porcentaje de profesionales 0,9 % 6,3 % 17,8 % 24,8 % 14,0 % 2,3 % 33,8 % ¿Qué es lo ético?
  • 19. Es aquella en la que incurren los funcionarios por haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el desarrollo de la acción de control.
  • 20. Es aquella en la que incurren los funcionarios públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o al Estado, incumpliendo sus funciones, por dolo o culpa. Es aquella en la que incurren funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión tipificado como delito.
  • 21. La figura de peculado se aplica cuando el funcionario o servidor público se apropia, utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, dinero o bienes que se le hayan confiado por razón de su cargo. A. Delito de peculado doloso, culposo y de uso
  • 22. Coludir significa, establecer un pacto ilícito que acuerdan dos personas u organizaciones con el fin de perjudicar a un tercero, en este caso el Estado, cuyo patrimonio es afectado de manera directa. En el Código Penal se tipifican dos tipos de colusión B. Colusión simple y agravada
  • 23. Un funcionario o servidor público incurre en el delito de malversación de fondos cuando da al dinero o bienes que administra una aplicación definitiva diferente de aquélla a la que están destinados, afectando el servicio o la función encomendada. Se sanciona con Pena privativa de libertad no menor de uno (1) ni mayor de cuatro (4) años. C. Malversación de fondos
  • 24. Incurre en el delito de cohecho activo aquél que ofrece, da o promete a un funcionario o servidor público donativo, promesa, ventaja o beneficio. El delito de concusión se configura cuando un funcionario o servidor público, abusando de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial. Es sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos (2) ni mayor de ocho (8) años. D. Cohecho activo E. Concusión
  • 25. DIFERENCIAS EXTORSIÓN • Si bien la Extorsión es similar a la Concusión Constrictiva, en cuanto al uso de la violencia para obtener la ventaja económica. • Requiere la autoría de un sujeto común y el uso de la fuerza física o la amenaza. • La Extorsión sólo se produce con la dación del provecho o ventaja económica. • La acción ilícita puede ir dirigida contra la víctima o por medio de ella a un tercero, y ello no ocurre ninguna de las modalidades e en la Concusión. CONCUSIÓN • La Concusión Inducida, se requiere otros componentes, como el engaño o la estrategia orientados al lucro (no emplea amenaza ni fuerza) • En sus 02 modalidades requiere la calidad especial del sujeto activo (funcionario o servidor público) y abuso del cargo. • Permite la dación o la promesa de bien o beneficio patrimonial. • La acción ilícita no va dirigida contra la víctima o por medio de ella a un tercero.
  • 26. Este delito se configura cuando el funcionario o servidor público, en forma directa o indirecta o por acto simulado, se interesa indebidamente, en provecho propio o de un tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo. G. Negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo
  • 27. Incurre en este delito aquél que invocando o teniendo influencias reales o simuladas, recibe, hace dar o prometer para sí o para un tercero, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor público que ha de conocer, esté conociendo o haya conocido un caso judicial o administrativo. El cobro indebido se da cuando un funcionario o servidor público, abusando de su cargo, exige o hace pagar o entregar contribuciones o emolumentos no debidos o en cantidad que excede a la tarifa legal. H. Tráfico de influencias I. Cobro Indebido
  • 28. Este delito se configura cuando el funcionario o servidor público, abusando de su cargo, incrementa ilícitamente su patrimonio respecto de sus ingresos legítimos. Este delito se refiere al nombramiento que hace un funcionario o servidor público de una persona que no cumple con los requisitos legales para desempeñarse en un determinado cargo. J. Enriquecimiento ilícito J. Nombramiento o aceptación ilegal de cargo
  • 29. PROBLEMAS LEGALES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS -DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
  • 30. Delitos cometidos por Funcionarios Públicos Delito Bien Protegido Elementos Abuso de autoridad modalidad activa 376° C.P. regularidad del funcionamiento de la administración pública (normal desarrollo de la administración pública y legalidad del acto funcional) a. Funcionario Público b. Abuso de atribuciones c. Comete u ordena d. Acto Arbitrario e. En perjuicio de alguien Abuso de Autoridad Modalidad Omisiva 377° C.P. El normal desenvolvimiento y funcionamiento de la Administración Pública en cuanto oportunidad y eficacia en el cumplimiento de la función pública. a. Funcionario Público b. Omite, rehusa, retarda c. Acto de su cargo.
  • 31. Delito Bien Protegido Elementos Colusión Desleal 384° C.P. La regularidad, prestigio y los intereses de la administración pública a. Funcionario o Servidor Público b. En contratos, suministros, licitaciones, concursos de precios, subastas, o cualquier otra operación semejante. c. Intervención en razón al cargo o comisión especial d. Defrauda al Estado e. Concertándose con los interesados.
  • 32. Delito Bien Protegido Elementos Peculado Propio 387° C.P. - Garantizar el principio de no lesividad de los intereses patrimoniales de la administración pública. - Evitar el abuso de poder del funcionario o servidor público que quebranta los deberes funcionales de lealtad y probidad. a. Funcionario o Servidor Público b. Razón del cargo tiene la percepción/administr./ custodia c. Se apropia o utiliza d. Para sí o para otro e. Caudales o efectos
  • 33. 33 Delito Bien Protegido Elementos Malversación de Fondos 389° C.P. - Preservar la correcta y funcional aplicación de los fondos públicos, la organización en la ejecución del gasto y en la utilización y/o empleo del dinero y bienes públicos. Afirmar el principio de legalid. presupuestal, disciplina y racionalidad funcional en el servicio. - Funcionario o Servidor Público - Administración de dinero o bienes - Aplicación diferente a la que estan destinados - Definitiva - e. Se haya afectado el servicio o la función encomendada
  • 34. Delito Bien Protegido Elementos Negociación Incompatible 399° C.P. - Normal funcionamiento y prestigio de la administración pública, preservarla de intereses privados de sus agentes. - Funcionario o Servidor Público - Interesarse directa, indirectamente o por acto simulado. - En provecho propio o de tercero - En contrato u operación - Intervención en razón al cargo. -
  • 35. Delitos Contra La Administración Pública El Delito De Concusión
  • 36. Descripción Típica Descripción Típica Artículo 382 C.P.: El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 02 ni mayor de 08 años. Definición Modelo especial de abuso de poder orientado a obtener provecho o ventaja ilegítima, mediante amenaza, engaño, presión, compulsión y el uso de la fuerza física. Donde el que ejecuta la acción, se vale de su función para lograr su propósito. El Delito De Concusión
  • 37. DIFERENCIAS ENTRE CONCUSIÓN Y EXTORSIÓN • Si bien la Extorsión es similar a la Concusión Constrictiva, en cuanto al uso de la violencia para obtener la ventaja económica. • Requiere la autoría de un sujeto común y el uso de la fuerza física o la amenaza. • La Extorsión sólo se produce con la dación del provecho o ventaja económica. • La acción ilícita puede ir dirigida contra la víctima o por medio de ella a un tercero, y ello no ocurre ninguna de las modalidades e en la Concusión. EXTORSIÓN • La Concusión Inducida, se requiere otros componentes, como el engaño o la estrategia orientados al lucro (no emplea amenaza ni fuerza) • En sus 02 modalidades requiere la calidad especial del sujeto activo (funcionario o servidor público) y abuso del cargo. • Permite la dación o la promesa de bien o beneficio patrimonial. • La acción ilícita no va dirigida contra la víctima o por medio de ella a un tercero. CONCUSIÓN
  • 38. CASTILLO DE ARENA Y LAVAJATO Poder Judicial de Brasil confirma que se pueden reiniciar investigaciones a Camargo Corrêa y funcionarios involucrados En 2008,la investigación“Castillo de Arena”en Brasil se centró en la empresa Camargo Corrêa por presunto lavado de dinero y pagos de soborno para la obtención de contratos en diversos países del exterior.Las tres empresas que protagonizan estos graves casos de corrupción lideraron los consorcios encargados de la carretera Interoceánica Sur en Perú El acuerdo de la delación premiada entre la empresa y las autoridades de Brasil consideró una condición importante:dar seis meses de plazo a Odebrecht para que confiese sus delitos ante las autoridades de otros países como Perú. Confesiones de Odebrecht y Camargo Correa sobre los pagos de sobornos en Perú Jorge Barata,quien fue la cabeza máxima de Odebrecht en Perú,confesó el 12 de diciembre en Salvador de Bahía mientras que el ex representante legal de Camargo Correa,Marcos de MouraWanderley,sería el próximo en revelar la ruta de las coimas.
  • 39. Promulgan ley de muerte civil para funcionarios corruptos El Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo 1243 que sanciona con la inhabilitación perpetua los delitos de corrupción en el Estado que se cometan como parte de una organización criminal y que afecten los programas sociales. La pena podrá ser revisada en 20 años.
  • 40. LEY MUERTE CIVIL - Modifica Código Penal y Código de Ejecución Penal para establecer como pena principal la inhabilitación de funcionarios públicos en los delitos contra la administración pública - La pena se extiende de 5 a 20 años en casos de los delitos de concusión,cobro indebido,colusión simple y agravada, peculado doloso y culposo,peculado de uso,malversación, cohecho activo genérico,cohecho activo específico, malversación,enriquecimiento ilícito,entre otros. - La inhabilitación perpetua aplica en casos de integrantes de organización criminal.Puede ser revisada a los 20 años.
  • 41. “El éxito del código de conducta depende en ultima instancia de la integridad y buena fe de aquellos a quienes se aplica” (Calera, 1997)
  • 42. 42 NO OLVIDAR: Actuar con ética y profesionalismo. Los funcionarios públicos están comprometidos a actuar diligentemente en el desempeño de sus funciones, con economía, eficiencia, eficacia y transparencia. Los funcionarios públicos están al servicio público, al servicio de nuestro país, por lo que es necesario que se esfuercen permanentemente, para que nuestro servicio sea cada vez de mayor calidad y con valor agregado.