LA UNIDAD Y EXCLUSIVIDAD DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL
1. LA UNIDAD Y
EXCLUSIVIDAD DE LA
FUNCIÓN
JURISDICCIONAL
Integrantes:
Díaz Saldaña, Luis Eduardo.
Fonseca Martínez, Florentino.
Idrogo Estela, Kely Analí.
2. LA UNIDAD Y EXCLUSIVIDAD
Art.139° inc. 1 de la
Constitución Política del
Estado
“No existe ni puede
establecerse
jurisdicción alguna
independiente, con
excepción de la
militar y la arbitral.
No hay proceso
judicial por comisión
o delegación.”
DE LA FUNCIÓN
JURISDICCIONAL
3. Es el
poder-deber
del
Estado, Previsto para
solucionar
conflictos de
intereses
intersubjetivos,
Controlar
las
conductas
antisociale
s (faltas o
delitos)
Y también la
constitucionalid
En forma ad normativa,
exclusiva
y
definitiva,
Y promoviendo a
través de ellas una
sociedad con paz
social en justicia.
Utilizando su imperio
para que sus
decisiones se
cumplan de manera
ineludible,
A través de órganos
especializados que
aplican el derecho que
corresponde al caso
concreto,
JURISDICCIÓN
4. SUJETOS
Puede ser cualquier
persona, particular o
funcionario público.
SUJET
O
ACTIV
O
El Estado, como titular del
bien jurídico protegido, la
administración de justicia.
SUJETO
PASIVO
5. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
ELEMENTOS MATERIALES
Acto de ocultamiento
Que la persona ocultada sea menor de edad
Que el menor de edad esté vinculado al objeto
procesal (lo que es materia del proceso) o pueda
aportar en las investigaciones del proceso.
Que tales investigaciones hayan sido iniciadas de
manera formal, legal y sean anteriores a la
comisión del delito.
7. Toma lugar
cuando el agente
llega a ocultar al
menor de edad,
cuando lo coloca
en un lugar,
fuera del alcance
de los órganos
de persecución.
CONSUMACIÓN
8. CIRCUNSTANCIAS
AGRAVANTES O
ATENUANTES
• Ninguna
PENALIDADES
• La Pena prevista en el artículo 403° del
Código Penal vigente es la de pena
privativa de libertad no menor de uno ni
mayor de tres años.
10. DESCRIPCIÓN
TÍPICA(Art.404° del
Código Penal Peruano
)
El que sustraeaunapersonade lapersecuciónpenal
o a la ejecución de una pena o de otra medida
ordenada por la justicia, será reprimido con pena
privativa de libertad nomenor de tres nimayor de seis
años.
Si elAgentesustraealautor de losdelitosprevistos en
los artículos 152 al 153 A, 200, 273 al 279-D, 296 al
298, 315, 317, 318- A, 325 al 333; 346 al 350, en la
Ley Nº 27765 (LeyPenal contraelLavadodeActivos)
o en el Decreto Ley Nº 25475 (Establecen la
penalidad para los delitos de terrorismo y los
procedimientosparala investigación, la instruccióny el
juicio), la pena privativa de libertad será nomenor de
siete ni mayor de diez años y de ciento ochenta a
trescientos sesenticincodías-multa.
Si elautor del encubrimiento personal es funcionario o
servidor público encargado de la investigación del
delito o de la custodia del delincuente, la pena será
privativa de libertad no menor de diez ni mayor de
quinceaños.”
11. El artículo 397 del Proyecto de
Código Penal peruano de 1991 y
los artículos 342, 363 y 357 de los
Proyectos de Código Penal de
1986, 1985 y 1984,
respectivamente. Asimismo,
considérese al artículo 331 del
Código Penal derogado de 1924
ya su antecedente, el viejo Código
Penal peruano de 1863.
ANTECEDENT
ES
12. Constitución Política: Art. 38°(Deberes para con
la Patria); Art. 39° (Del Función Pública:
Funcionarios y servidores Públicos); Art. 166°
(Finalidad de la Policía Nacional).
D.S Nº 009-2010-JUS (Aprueban Procedimiento
para el pago de la reparación civil a favor del
Estado en casos de procesos seguidos sobre
delitos de corrupción y otros delitos conexos).
Ley Nº 27765 (Ley Penal contra el Lavado de
Activos).
Decreto Ley Nº 25475 (Establecen la penalidad
para los del
CONCORDANCI
AS
13. En sentido
amplio:
BIEN
JURÍDICO
PROTEGIDO
• El normal desarrollo o
funcionamiento de la administración
pública.
De manera
específica:
• El Eficaz desarrollo de las funciones
de averiguación y sanción de los
órganos jurisdiccionales.
14. SUJETOS
SUJET
O
ACTIV
O
El Estado, como titular del
bien jurídico protegido, la
administración de justicia.
SUJETO
PASIVO
El sujetoactivo en el tipobásicoes cualquiera.
En la figura agravada solo puede ser sujeto
activo el fiscal, el juez penal, el personal
penitenciario y los miembros de la Policía
Nacional encargados de la investigación del
delitoode la custodiadeldelincuente.
15. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS:
ELEMENTOS MATERIALES
El que sustrae a una persona de la
persecución penal o a la ejecución de una
pena o de otra medida ordenada por la
justicia.
Acto de sustracción
Que la persona sustraída haya cometido un delito o
falta.
Que el encubridor o favorecedor no haya participado
en el delito precedente.
Que esta persona esté siendo procesado penalmente
o que haya obtenido una sentencia condenatoria.
16. ELEMENTOS SUBJETIVOS
Dolo, abarca el
ELEMENTOS SUBJETIVOS
conocimiento de que el
sustraído es persona
sindicada como autora
o partícipe de un delito
17. Es un delito de
consumación
instantánea, al no
requerir la producción
de un resultado
perjudicial, de que
impida el recojo de
ciertas evidencias por
parte de los órganos
de persecución u otro
estado antijurídico de
disvalor
CONSUMACIÓN
18. CIRCUNSTANCIAS
AGRAVANTES O
ATENUANTES
• "Si el Agente sustrae al autor de los delitos
previstos en los artículos 152 al 153-A, 200, 273
al 279-D, 296 al 298, 315, 317, 318-A, 325 al
333; 346 al 350, en la Ley N° 27765 (Ley Penal
contra el Lavado de Activos) o en el Decreto Ley
Nº 25475 (Establecen la penalidad par a los
delitos de terrorismo y los procedimientos para
la investigación, la instrucción y el juicio), la pena
privativa de libertad, será no menor de siete ni
mayor de diez años y de ciento ochenta a
trescientos sesenticinco días-multa''
Esta circunstancia agravante se
basa en el mayor contenido de
injusto que ostenta el
encubrimiento de delitos de
mayor gravedad, en donde el
único titular de los bienes
jurídicos vulnerados es el
estado.
19. CIRCUNSTANCIAS
AGRAVANTES O
ATENUANTES
• “Si el autor del encubrimiento
personal es funcionario o servidor
público encargado de la
investigación del delito o de la
custodia del delincuente, la pena
será privativa de libertad no menor
de diez ni mayor de quince años”.
En esta circunstancia, el mayor
grado de ilicitud resulta de la
concurrencia de la afección del
bien jurídico Administración de
justicia y del incumplimiento de
deberes propios de la función o
del servicio.
.
20. PENALIDADES
PENALIDADES
“El que sustrae a una persona de la
persecución penal o a la ejecución
de una pena o de otra medida
ordenada por la justicia,
PENA PRINCIPAL:
Pena privativa de libertad no menor de
tres ni mayor de seis años.
PENA ACCESORIA: Ninguna.
21. PENALIDADES
Agravante 1: Si el Agente sustrae al autor
de los delitos previstos en los artículos
152 al 153 A, 200, 273 al 279-D, 296 al
298, 315, 317, 318- A, 325 al 333; 346 al
350, en la Ley Nº 27765 (Ley Penal contra
el Lavado de Activos) o en el Decreto Ley
Nº 25475 (Establecen la penalidad para
los delitos de terrorismo y los
procedimientos para la investigación, la
instrucción y el juicio).
PENA PRINCIPAL:
Pena privativa de libertad no menor de
siete ni mayor de diez años.
PENA ACCESORIA:
Ciento ochenta a trescientos sesenta y
cinco días-multa.
.
22. PENALIDADES
Agravante 2: “Si el autor del
encubrimiento personal es
funcionario o servidor público
encargado de la investigación del
delito o de la custodia del
delincuente, la pena será privativa
de libertad no menor de diez ni
mayor de quince años.”
PENA PRINCIPAL: Pena privativa
de libertad no menor de diez ni
mayor de quince años.
PENA ACCESORIA: Ninguna.