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FACULTAD DE CIENCIAS
EMPRESARIALES
LEGISLACIÓN LABORAL
CATILLA DIGITAL CONTRATO
DETRABAJO
PRESENTADO POR:
Mavi Lizeth Arango - ID 657722
Edwin Daniel Cediel G. – ID 617474
CORPORACION UNIVERSITARIA
MINUTO DE DIOS
CONTADURIA PÚBLICA
TERCER SEMESTRE
NEIVA HUILA
2019
Derechocivil:
El DerechoCivil esunarama del Derecho
engeneral,comoconjuntode normas
jurídicas,que trata de las relacionesentre
civilesoparticulares,sinintervencióndel
Estado comopersonade Derecho Público,
ya que el DerechoCivil integrael llamado
DerechoPrivado.Laspersonasjurídicas
privadasestántambiéncomprendidasen
su ámbito,mientrasque laspúblicas,sólo
si actúan en unplanode igualdadconlos
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Derecholaboral:
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que se encarga de regularlas obligaciones
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no importaqué tipode relación
contractual existaentre laspartes, pues
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trabajoseñalalostreselementosque
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servicio
CLASIFICACIÓNCONTRATO LABORAL:
ClasificacióndelContratode trabajo.
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acuerdoa su duración(portiempo
indefinido,porciertotiempoopara obra o
serviciosdeterminados),porlaforma
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relaciónde trabajo(individual ocolectivo).
FORMAS DEL CONTRATO DE TRABAJO
Las formasdel contrato de trabajocorresponde a laforma enque se formalizalavinculación,y
segúnartículo37 del códigosustantivodel trabajoexistendosformas:verbal yescrito.
CONTRATO DE TRABAJO VERBAL
El contrato de trabajoverbal esaquel enel
que no se firmóningúndocumento,donde
losacuerdosson de palabra.En estaforma
de contrato no haydocumentoalgunoque
sirvacomo pruebade una cosa u otra, lo
que supone unadebilidadencasode que
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trabajadory el empleador.Este contrato
estáreguladoporel artículo 38 del código
sustantivodel trabajo
ESTIPULACIÓNDEL PERIODO DE PRUEBA:
Dice el artículo 77 del códigosustantivodel trabajoque el periodode pruebase debe pactar
siempre porescrito,de tal maneraque si el contrato espor escrito,enese contratose debe
consignarel periodode prueba,ysi el contrato ha sidoverbal,seránecesariohacerun
documentoenel que conste el periodode prueba,asílodemásse haya acordado
verbalmente.
DURACIÓN DEL PERIODO DE PRUEBA:
CONTRATO DE TRABAJO ESCRITO
El contrato de trabajoescritoestáregulado
por el artículo 39 del códigosustantivodel
trabajo,y todolo que se acuerde debe
quedarcontenidoenundocumento,
documentoque aparte de la firmade
trabajadory empleador,norequiere
formalidadalgunaparasu validez,porlo
que constituirápruebaporsí sólopara
cualquierade laspartes.
DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO:
La duraciónde uncontrato de trabajo
depende de loque laspartesacuerdeno
de la naturalezadel objetoque dalugaral
contrato.Están establecidosenel artículo
45 del códigosustantivodel trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO:
Comosu nombre loindica,esaquel
contrato que nace con una fechadefinida
de defunción.Desde que se firmael
contrato de trabajose acuerdaque ese
contrato terminaráenunafechaque se ha
consignadoenel contrato,aunque ellono
impide que el contratosearenovado,ya
seaformalmente oautomáticamente si se
cumplenlospreceptos legalesparaello.
Esta modalidadde contratoestáregulada
por el artículo 46 del códigosustantivodel
trabajo.
Es importante resaltarque segúnlanorma,
el contrato de trabajoa términofijo
siempre debe constarporescrito,ysu
Duraciónno puede sermayora 3 años
perorenovablesindefinidamente.
CONTRATO A TÉRMINO INDEFINIDO:
Es el contrato de trabajo que se firmasinacordar o fijaruna fechade terminación.El contrato
se extenderátantocomolasparteslo consideren.Porsupuestoeneste tipode contratono
cabe larenovación,porcuantosu duraciónesinfinitahastaque unade las partesdecida
ponerle puntofinal.Este tipode contratoestáreguladoporel artículo47 del códigosustantivo
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CONTRATO DE OBRA O LABOR
La duracióndel contratode obra o labor
será el tiemponecesarioparaculminaruna
obra o labor.Es una formade contratoa
términofijo,perolaterminaciónnoestá
dada por fechassinoporel tiempo
necesarioparaterminarlaobra o labor
contratada.Aquí el contrato noes por un
año por ejemplo,sinohastaque se termine
de construiruna obra o desarrollaruna
labor.
CONTRATO OCASIONAL Ò TRANSITORIO:
En realidadesel mismocontratode trabajoa términofijo,peroel origende ese contratonace
enla necesidadde cubrirunaactividadtemporal,transitoria,accidental,comopuede serel
reemplazode untrabajadorque se fue a vacaciones,ouna empleadaque gozade unalicencia
de maternidad,opara hacer un trabajotemporal enlaempresacomotal vezacompañaruna
auditoríaexternaque se realizaráporun determinadotiempo,etc.
PERIODO DE PRUEBA
El periodode pruebanopuede excederde dosmeses,ysi e contrato esinferioraun año,el
periodode pruebanopuede excederde laquintaparte (20%) de laduracióndel mismo.
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PERIODO DE PRUEBA:
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tiene derechoatodo,exceptoaser
indemnizadosi esdespedido,porlotanto
hay que pagar el trabajoextra,las
prestacionessociales,afiliarloal sistemade
seguridadsocial,etc
TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE
TRABAJO:
El contrato de trabajo,así como nace
porque lasparteshan tenidolavoluntadde
hacerlo,puede serterminadoporvoluntad
de ellaso unade ellas,aunque laleyyla
jurisprudenciahanreguladoalgunos
aspectos, conel objetivode protegerala
parte débil que se supone esel trabajador.
TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR UNA JUSTA CAUSA:
La leyhaconsideradoque si unade las partesincurre endeterminadasactuaciones,se
configuranciertascausasque se consideranjustaspara laterminacióndel contrato.Esnatural
que si una parte nocumple con lascondicionespactadas,laotrano puede quedaratadaa un
contrato que nolesbeneficioso,máxime si se tieneencuentaque todocontratonace porla
expectativade laspartesde recibirunbeneficio.
El contrato de trabajo,como loseñalael artículo61 del códigolaboral,puede serterminado
por la expiraciónde lafechapactada,porcomún acuerdode las partes,pormuerte del
trabajador,etc.
El artículo 62 del códigosustantivodel trabajotextualmentehaseñaladolascausasque se
consideranjustasparaque el contrato seaterminado.Se enumerancausasohechosque las
dos partespuedangenerar.
En este caso,la terminaciónnose da por consentimientomutuo,sinoporque unade laspartes
quiere hacerloylaotra no. En este caso comoexiste unajustacausa para que una de las
partesde por terminadoel contrato,nohay lugara indemnizaciónni reparaciónalguna.
TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA:
Si no hay una justacausa para que una de las partestermine el contratode trabajo,igual
puede hacerloporque essuvoluntad,que noesobligatoriotenerunarelaciónconquiennose
quiere,peroental caso hayconsecuenciasespecialmente parael empleador.
En efecto,si el empleadorle terminael contratode trabajoa un empleadosinque medie una
justacausa, tendráque indemnizarloenlostérminosque disponeel artículo64 del código
sustantivo del trabajoyasuntoarreglado.
Si un empresarionodeseatenerax o ytrabajador,es sencillo,lodespide ypagala
indemnizaciónaque hayalugar y asuntoresuelto,sinembargo,enalgunoscasosmuy
especialestal libertadnose lapuede darel empleador,ypormuchodineroque tengay por
muchoque no quieraa un trabajador,esposible que si lodespide,despuésunjuezordene su
reintegrosi consideraque el trabajadordespedidoestácobijadoporese fueroque lesotorga
la llamadaestabilidadlaboral reforzada,peroesayaesotra historiaque se debe dirimirenlos
estradosjudiciales.
JORNADA LABORAL ORDINARIA:
La jornadalaboral ordinariaestádefinidaporel artículo158 del códigosustantivodel trabajo
de la siguiente forma:
«La jornadaordinariade trabajoes laque convengana las partes,oa faltade convenio,la
máximalegal.»
Cuandose firmaun contrato de trabajo unode los aspectosque se debenacordaresla
jornadalaboral o el horarioenque el trabajador debe prestarsusservicios,yesajornada
pactada entre lasparteses loque se conoce comojornadalaboral ordinaria,ypuede ser
cualquierasiempreque nosupere lamáximalegal.
JORNADA LABORAL MÁXIMA EN
COLOMBIA:
La jornadalaboral de trabajomáximaen
Colombiaestáreguladaporel artículo161
del códigosustantivodel trabajo,yesel
horariomáximoenque untrabajador
puede laborarenun día y enuna semana.
La normaestablece lajornadalaboral
máximaen8 horas diariay en48 horas
semanales.
Se puede pactar cualquierjornadainferior
a la máximalegal peronuncasuperior,y
recordemosque lajornadamáximalegal se
aplicaráenlos casosen que así
expresamente loacuerdenlaspartes,oen
ausenciade acuerdorespectoa lajornada.
EXCEPCIONES A LA JORNADA LABORAL
MÁXIMA:
La jornadalaboral máximatiene unas
excepcionesque contemplael mismo
artículo 161 del códigosustantivodel
trabajo.
JORNADA LABORAL MÁXIMA EN LOS TRABAJADORES MENORES DE EDAD:
Los mejoresde edadtienenunajornadalaboral máximainferioralaque aplicaa los
trabajadoresadultossegúnlodisponeel artículo161 del códigosustantivodel trabajo:
Edad Jornada Máxima
Horario de
trabajo
Mayores de 15 y
menores de 17 años.
6 horas diarias y 36 semanales.
Máximo hasta
las 6 de la
tarde.
Mayores de 17 años 8 horas diarias y 40 semanales.
Máximo hasta
las 8 de la
noche.
Menores embarazadas
entre 15 y 18 años.
Máximo 4 horas diarias a partir
del mes 7 de gestación y durante
la lactancia.
Lo que aplique
según la edad.
Es importante precisarque enel casode lasmenoresembarazadas,apartirdel messéptimo
de gestaciónlajornadalaboral se le debe reducira 4 horas diariassinque por elloel
empleadorpuedadisminuirle el salarioni lasprestacionessociales,segúnlodispone el artículo
116 de la ley1098 de 2006.
JORNADA LABORAL EN TRABAJADORES DE
DIRECCIÓN Y CONFIANZA:
Dice el artículo 162 del códigosustantivo
del trabajoque lostrabajadoresde
direcciónyconfianzaestánexcluidosde la
jornadalaboral máxima,esdecir,que al no
aplicarlesese límite máximopuedentener
una jornadasuperiorde acuerdoa la
naturalezade sucargo.
LA JORNADA LABORAL EN EL SERVICIO
DOMÉSTICO:
El mismoartículo162 del códigosustantivo
del trabajoseñalaque lostrabajadoresdel
serviciodomésticoestánexcluidosde la
jornadalaboral máxima,porlotanto estos
debenlaboral másalláde las 8 horas
diarias.
No obstante,laCorte constitucional ha
dispuestoque estostrabajadoresnodeben
laborarmás alláde 10 hora diarias,esdecir
que su máximajornadalaboral esde 10
horas.
TRABAJO EXTRA O SUPLEMENTARIO:
El trabajoextrao trabajo suplementario
como tambiénse le conoce,se refiere alas
horas de trabajoadicionalesalajornada
laboral ordinariapactadaentre laspartes.
Si las partesacordaron unajornada diaria
de 8 horas y se trabajan9 horas,una de
ellasseráextra,otrabajo suplementario.Si
se pactó una jornadade 7 horas y se
trabajaron9, dosde ellassonextras.
Es importante anotarque la jornadaque se
toma comoreferenciaparadeterminarsi
existe trabajoextraosuplementario,esla
pactada entre laspartes,que bienpuede
serla máximalegal ouna menor,comoen
el caso de los trabajosa mediotiempo.
En resumense tiene:
Trabajo extradiurno:25%
Trabajo extranocturno:75%
Trabajo extradiurnoendominical o
festivo:25%+ 75% = 100%
Trabajo extranocturnoendominical o
festivo:75%+ 75% = 150%
El trabajodominical ofestivoes
remuneradoconunrecargo del 75% según
loestablece el artículo179 del código
sustantivodel trabajo.
Cuandose habla de recargo,significaque
al valorordinariode lahora se le suma el
recargo respectivo.Ejemplo:si lahora
ordinariavale $10.000, la hora extradiurna
valdrá10.000 + el 25% de esos10.000:
10.000x1.25, estoes,12.500.
FÓRMULAS UTILIZADAS EN LA LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES:
Las prestacionessocialeshacenparte de losbeneficiosde uncontratode trabajoy se deben
liquidarenlas fechasque indicalaley,ypor lomenosse debenprovisionarcadameso
quincenasegúnseael periodode pagoadoptado,paralocual hay unasfórmulas
estandarizadasysencillasque facilitanlaliquidación.
Prima de servicios:
CódigoSustantivodel Trabajo
Artículo306. De la primade serviciosa
favorde todoempleado
El empleador está obligado a pagar a su
empleado o empleados, la prestación
social denominada prima de servicios que
corresponderáa 30 días de salario por año,
el cual se reconocerá en dos pagos, así: la
mitadmáximoel 30 de junioyla otra mitad
a más tardar los primeros veinte días de
diciembre. Su reconocimiento se hará por
todo el semestre trabajado o
proporcionalmente al tiempo trabajado.
PARÁGRAFO.Se incluye en esta prestación
económica a los trabajadores del servicio
doméstico, choferes de servicio familiar,
trabajadores por días o trabajadores de
fincas y en general, a los trabajadores
contemplados en el Título III del presente
código o quienes cumplan con las
condiciones
de empleado dependiente.
Cesantías:
El auxilio de cesantías es una prestación
social que se encuentra a cargo del
empleador, que consiste en el pago al
trabajador de un mes de salario por cada
año de servicios prestados y
proporcionalmente por fracción de año.
¿Qué son las cesantías retroactivas?
El régimentradicionaldel auxiliode
cesantíases aquel,donde el auxiliode
cesantíasse encuentraenpoderdel
empleadordurante todalavigenciade la
relaciónlaboral.
Son retroactivas,porcuantodicha
prestaciónsocial,se pagaal trabajadorcon
base enel últimosalariodevengado,de
formatal que,si un trabajador(vinculadoa
un empleadorantesdel 01de enerode
1991) que se vinculóauna empresael 15
de julio1985 y se retiróde la empresael 14
de juliode 2009, al momentodel retiro,el
valordel auxiliode cesantíase calcularía
multiplicandoel valordel últimosalariopor
24.
¿Qué son las cesantías anualizadas?
La Ley 50 de 1990, en el artículo 98,
incorporó en el ordenamiento laboral
colombiano, el régimen especial de
cesantía, que a diferencia del régimen
tradicional, únicamente permanece en
poder del empleador durante máximo un
año,puesa mástardar, el 14 de febrero de
cada año, aquél deberá consignar en la
Administradora de Fondos de Cesantías
elegida por el trabajador, la causada en el
año inmediatamente anterior
.
INTERESES DE SOBRE CESANTÍAS:
Los intereses sobre las cesantías (indica
que se liquidan sobre el monto de las
cesantías liquidadas) se pagan en
diferentes fechas dependiendo de las
circunstancias temporales de liquidación.
El pago de losintereses sobre las cesantías
surge del artículo primero de la ley 52 de
1975, misma norma que fija cuándo se
debenpagar, y allí podemos identificar los
siguientes casos:
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trabajo se deben pagar a más
tardar el 31 de enero de cada año,
y se liquidan sobre el saldo
determinado el 21 de diciembre.
 Cuando el contrato de trabajo se
liquida definitivamente.
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(artículo 132 CST)
VACACIONES:
Todo trabajador vinculado con un contrato
de trabajo tiene derecho a vacaciones
anuales remuneradas
El trabajador tiene derecho a 15 días
hábiles continuos de vacaciones por cada
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Así lo señala el artículo 186 del código
sustantivo del trabajo:
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derecho a quince (15) días hábiles
consecutivosde vacacionesremuneradas.»
¿Cuándo se causa el derecho a las
vacaciones?
Las vacaciones se causan una vez se
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señala que se otorgan a los trabajadores
que hubieren prestado sus servicios
durante un año.
Cada año de servicios prestados da
derecho a las vacaciones, aunque es
posible que en común acuerdo las partes
decidan el otorgamiento anticipado de las
vacaciones, esto es, otorgarlas antes de
causar el derecho, antes de los 12 meses
de prestación de servicios.
DOTACIÓN:
La dotación es una prestación social a la
que tienen derecho los trabajadores y que
losempleadoresestánobligadosaentregar
en las fechas previstas por la ley.
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230 y siguientes del código sustantivo del
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Fórmulas para liquidar prestaciones sociales:
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Cartilla laboral liquidacion

  • 1. FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES LEGISLACIÓN LABORAL CATILLA DIGITAL CONTRATO DETRABAJO PRESENTADO POR: Mavi Lizeth Arango - ID 657722 Edwin Daniel Cediel G. – ID 617474 CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS CONTADURIA PÚBLICA TERCER SEMESTRE NEIVA HUILA 2019
  • 2. Derechocivil: El DerechoCivil esunarama del Derecho engeneral,comoconjuntode normas jurídicas,que trata de las relacionesentre civilesoparticulares,sinintervencióndel Estado comopersonade Derecho Público, ya que el DerechoCivil integrael llamado DerechoPrivado.Laspersonasjurídicas privadasestántambiéncomprendidasen su ámbito,mientrasque laspúblicas,sólo si actúan en unplanode igualdadconlos particulares. Derecholaboral: El derecholaboral esunconjuntode reglas que se encarga de regularlas obligaciones entre trabajadoresypatrón,esdecir,las partesque intervienenenunarelaciónde trabajo. Contrato laboral: Un contrato esun convenioque doso más partesestablecenparadeterminarlos derechosylas obligacionessobre una determinadamateria.Laideade trabajo, por su parte,puede aludiralaactividad que se desarrollaa cambiode una remuneración.
  • 3. Elementosdel contrato laboral: Un contrato de trabajo existe porsímismo ante la presenciade loselementos esencialesque locomponen.Significaque no importaqué tipode relación contractual existaentre laspartes, pues mientrasse configurenloselementosdel contrato de trabajo,la naturalezade la relaciónserálaboral. Los treselementosdelcontratode trabajo. El artículo 23 del códigosustantivodel trabajoseñalalostreselementosque contiene uncontratode trabajo,que son:  Prestaciónpersonal del servicio  Continuadasubordinación  Retribuciónoremuneracióndel servicio CLASIFICACIÓNCONTRATO LABORAL: ClasificacióndelContratode trabajo. Clasificaloscontratosde trabajode acuerdoa su duración(portiempo indefinido,porciertotiempoopara obra o serviciosdeterminados),porlaforma (verbal oescrita);porel carácter de la relaciónde trabajo(individual ocolectivo). FORMAS DEL CONTRATO DE TRABAJO Las formasdel contrato de trabajocorresponde a laforma enque se formalizalavinculación,y segúnartículo37 del códigosustantivodel trabajoexistendosformas:verbal yescrito. CONTRATO DE TRABAJO VERBAL El contrato de trabajoverbal esaquel enel que no se firmóningúndocumento,donde losacuerdosson de palabra.En estaforma de contrato no haydocumentoalgunoque sirvacomo pruebade una cosa u otra, lo que supone unadebilidadencasode que surjandiferenciasfuturasentreel trabajadory el empleador.Este contrato estáreguladoporel artículo 38 del código sustantivodel trabajo
  • 4. ESTIPULACIÓNDEL PERIODO DE PRUEBA: Dice el artículo 77 del códigosustantivodel trabajoque el periodode pruebase debe pactar siempre porescrito,de tal maneraque si el contrato espor escrito,enese contratose debe consignarel periodode prueba,ysi el contrato ha sidoverbal,seránecesariohacerun documentoenel que conste el periodode prueba,asílodemásse haya acordado verbalmente. DURACIÓN DEL PERIODO DE PRUEBA: CONTRATO DE TRABAJO ESCRITO El contrato de trabajoescritoestáregulado por el artículo 39 del códigosustantivodel trabajo,y todolo que se acuerde debe quedarcontenidoenundocumento, documentoque aparte de la firmade trabajadory empleador,norequiere formalidadalgunaparasu validez,porlo que constituirápruebaporsí sólopara cualquierade laspartes. DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: La duraciónde uncontrato de trabajo depende de loque laspartesacuerdeno de la naturalezadel objetoque dalugaral contrato.Están establecidosenel artículo 45 del códigosustantivodel trabajo. CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO: Comosu nombre loindica,esaquel contrato que nace con una fechadefinida de defunción.Desde que se firmael contrato de trabajose acuerdaque ese contrato terminaráenunafechaque se ha consignadoenel contrato,aunque ellono impide que el contratosearenovado,ya seaformalmente oautomáticamente si se cumplenlospreceptos legalesparaello. Esta modalidadde contratoestáregulada por el artículo 46 del códigosustantivodel trabajo. Es importante resaltarque segúnlanorma, el contrato de trabajoa términofijo siempre debe constarporescrito,ysu Duraciónno puede sermayora 3 años perorenovablesindefinidamente.
  • 5. CONTRATO A TÉRMINO INDEFINIDO: Es el contrato de trabajo que se firmasinacordar o fijaruna fechade terminación.El contrato se extenderátantocomolasparteslo consideren.Porsupuestoeneste tipode contratono cabe larenovación,porcuantosu duraciónesinfinitahastaque unade las partesdecida ponerle puntofinal.Este tipode contratoestáreguladoporel artículo47 del códigosustantivo del trabajo. CONTRATO DE OBRA O LABOR La duracióndel contratode obra o labor será el tiemponecesarioparaculminaruna obra o labor.Es una formade contratoa términofijo,perolaterminaciónnoestá dada por fechassinoporel tiempo necesarioparaterminarlaobra o labor contratada.Aquí el contrato noes por un año por ejemplo,sinohastaque se termine de construiruna obra o desarrollaruna labor. CONTRATO OCASIONAL Ò TRANSITORIO: En realidadesel mismocontratode trabajoa términofijo,peroel origende ese contratonace enla necesidadde cubrirunaactividadtemporal,transitoria,accidental,comopuede serel reemplazode untrabajadorque se fue a vacaciones,ouna empleadaque gozade unalicencia de maternidad,opara hacer un trabajotemporal enlaempresacomotal vezacompañaruna auditoríaexternaque se realizaráporun determinadotiempo,etc.
  • 6. PERIODO DE PRUEBA El periodode pruebanopuede excederde dosmeses,ysi e contrato esinferioraun año,el periodode pruebanopuede excederde laquintaparte (20%) de laduracióndel mismo. Ejemplo:enel contratode trabajode 8 mesesde duración,el periodode pruebanopuede ser superiora1.6 mesesde duración. DERECHOS DEL TRABAJADOR EN EL PERIODO DE PRUEBA: Durante el periodode pruebael trabajador tiene derechoatodo,exceptoaser indemnizadosi esdespedido,porlotanto hay que pagar el trabajoextra,las prestacionessociales,afiliarloal sistemade seguridadsocial,etc TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: El contrato de trabajo,así como nace porque lasparteshan tenidolavoluntadde hacerlo,puede serterminadoporvoluntad de ellaso unade ellas,aunque laleyyla jurisprudenciahanreguladoalgunos aspectos, conel objetivode protegerala parte débil que se supone esel trabajador.
  • 7. TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR UNA JUSTA CAUSA: La leyhaconsideradoque si unade las partesincurre endeterminadasactuaciones,se configuranciertascausasque se consideranjustaspara laterminacióndel contrato.Esnatural que si una parte nocumple con lascondicionespactadas,laotrano puede quedaratadaa un contrato que nolesbeneficioso,máxime si se tieneencuentaque todocontratonace porla expectativade laspartesde recibirunbeneficio. El contrato de trabajo,como loseñalael artículo61 del códigolaboral,puede serterminado por la expiraciónde lafechapactada,porcomún acuerdode las partes,pormuerte del trabajador,etc. El artículo 62 del códigosustantivodel trabajotextualmentehaseñaladolascausasque se consideranjustasparaque el contrato seaterminado.Se enumerancausasohechosque las dos partespuedangenerar. En este caso,la terminaciónnose da por consentimientomutuo,sinoporque unade laspartes quiere hacerloylaotra no. En este caso comoexiste unajustacausa para que una de las partesde por terminadoel contrato,nohay lugara indemnizaciónni reparaciónalguna. TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA: Si no hay una justacausa para que una de las partestermine el contratode trabajo,igual puede hacerloporque essuvoluntad,que noesobligatoriotenerunarelaciónconquiennose quiere,peroental caso hayconsecuenciasespecialmente parael empleador. En efecto,si el empleadorle terminael contratode trabajoa un empleadosinque medie una justacausa, tendráque indemnizarloenlostérminosque disponeel artículo64 del código sustantivo del trabajoyasuntoarreglado.
  • 8. Si un empresarionodeseatenerax o ytrabajador,es sencillo,lodespide ypagala indemnizaciónaque hayalugar y asuntoresuelto,sinembargo,enalgunoscasosmuy especialestal libertadnose lapuede darel empleador,ypormuchodineroque tengay por muchoque no quieraa un trabajador,esposible que si lodespide,despuésunjuezordene su reintegrosi consideraque el trabajadordespedidoestácobijadoporese fueroque lesotorga la llamadaestabilidadlaboral reforzada,peroesayaesotra historiaque se debe dirimirenlos estradosjudiciales. JORNADA LABORAL ORDINARIA: La jornadalaboral ordinariaestádefinidaporel artículo158 del códigosustantivodel trabajo de la siguiente forma: «La jornadaordinariade trabajoes laque convengana las partes,oa faltade convenio,la máximalegal.» Cuandose firmaun contrato de trabajo unode los aspectosque se debenacordaresla jornadalaboral o el horarioenque el trabajador debe prestarsusservicios,yesajornada pactada entre lasparteses loque se conoce comojornadalaboral ordinaria,ypuede ser cualquierasiempreque nosupere lamáximalegal. JORNADA LABORAL MÁXIMA EN COLOMBIA: La jornadalaboral de trabajomáximaen Colombiaestáreguladaporel artículo161 del códigosustantivodel trabajo,yesel horariomáximoenque untrabajador puede laborarenun día y enuna semana. La normaestablece lajornadalaboral máximaen8 horas diariay en48 horas semanales. Se puede pactar cualquierjornadainferior a la máximalegal peronuncasuperior,y recordemosque lajornadamáximalegal se aplicaráenlos casosen que así expresamente loacuerdenlaspartes,oen ausenciade acuerdorespectoa lajornada. EXCEPCIONES A LA JORNADA LABORAL MÁXIMA: La jornadalaboral máximatiene unas excepcionesque contemplael mismo artículo 161 del códigosustantivodel trabajo.
  • 9. JORNADA LABORAL MÁXIMA EN LOS TRABAJADORES MENORES DE EDAD: Los mejoresde edadtienenunajornadalaboral máximainferioralaque aplicaa los trabajadoresadultossegúnlodisponeel artículo161 del códigosustantivodel trabajo: Edad Jornada Máxima Horario de trabajo Mayores de 15 y menores de 17 años. 6 horas diarias y 36 semanales. Máximo hasta las 6 de la tarde. Mayores de 17 años 8 horas diarias y 40 semanales. Máximo hasta las 8 de la noche. Menores embarazadas entre 15 y 18 años. Máximo 4 horas diarias a partir del mes 7 de gestación y durante la lactancia. Lo que aplique según la edad. Es importante precisarque enel casode lasmenoresembarazadas,apartirdel messéptimo de gestaciónlajornadalaboral se le debe reducira 4 horas diariassinque por elloel empleadorpuedadisminuirle el salarioni lasprestacionessociales,segúnlodispone el artículo 116 de la ley1098 de 2006. JORNADA LABORAL EN TRABAJADORES DE DIRECCIÓN Y CONFIANZA: Dice el artículo 162 del códigosustantivo del trabajoque lostrabajadoresde direcciónyconfianzaestánexcluidosde la jornadalaboral máxima,esdecir,que al no aplicarlesese límite máximopuedentener una jornadasuperiorde acuerdoa la naturalezade sucargo. LA JORNADA LABORAL EN EL SERVICIO DOMÉSTICO: El mismoartículo162 del códigosustantivo del trabajoseñalaque lostrabajadoresdel serviciodomésticoestánexcluidosde la jornadalaboral máxima,porlotanto estos debenlaboral másalláde las 8 horas diarias. No obstante,laCorte constitucional ha dispuestoque estostrabajadoresnodeben laborarmás alláde 10 hora diarias,esdecir que su máximajornadalaboral esde 10 horas.
  • 10. TRABAJO EXTRA O SUPLEMENTARIO: El trabajoextrao trabajo suplementario como tambiénse le conoce,se refiere alas horas de trabajoadicionalesalajornada laboral ordinariapactadaentre laspartes. Si las partesacordaron unajornada diaria de 8 horas y se trabajan9 horas,una de ellasseráextra,otrabajo suplementario.Si se pactó una jornadade 7 horas y se trabajaron9, dosde ellassonextras. Es importante anotarque la jornadaque se toma comoreferenciaparadeterminarsi existe trabajoextraosuplementario,esla pactada entre laspartes,que bienpuede serla máximalegal ouna menor,comoen el caso de los trabajosa mediotiempo. En resumense tiene: Trabajo extradiurno:25% Trabajo extranocturno:75% Trabajo extradiurnoendominical o festivo:25%+ 75% = 100% Trabajo extranocturnoendominical o festivo:75%+ 75% = 150% El trabajodominical ofestivoes remuneradoconunrecargo del 75% según loestablece el artículo179 del código sustantivodel trabajo. Cuandose habla de recargo,significaque al valorordinariode lahora se le suma el recargo respectivo.Ejemplo:si lahora ordinariavale $10.000, la hora extradiurna valdrá10.000 + el 25% de esos10.000: 10.000x1.25, estoes,12.500.
  • 11.
  • 12.
  • 13. FÓRMULAS UTILIZADAS EN LA LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES: Las prestacionessocialeshacenparte de losbeneficiosde uncontratode trabajoy se deben liquidarenlas fechasque indicalaley,ypor lomenosse debenprovisionarcadameso quincenasegúnseael periodode pagoadoptado,paralocual hay unasfórmulas estandarizadasysencillasque facilitanlaliquidación. Prima de servicios: CódigoSustantivodel Trabajo Artículo306. De la primade serviciosa favorde todoempleado El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderáa 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitadmáximoel 30 de junioyla otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado. PARÁGRAFO.Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente. Cesantías: El auxilio de cesantías es una prestación social que se encuentra a cargo del empleador, que consiste en el pago al trabajador de un mes de salario por cada año de servicios prestados y proporcionalmente por fracción de año. ¿Qué son las cesantías retroactivas? El régimentradicionaldel auxiliode cesantíases aquel,donde el auxiliode cesantíasse encuentraenpoderdel
  • 14. empleadordurante todalavigenciade la relaciónlaboral. Son retroactivas,porcuantodicha prestaciónsocial,se pagaal trabajadorcon base enel últimosalariodevengado,de formatal que,si un trabajador(vinculadoa un empleadorantesdel 01de enerode 1991) que se vinculóauna empresael 15 de julio1985 y se retiróde la empresael 14 de juliode 2009, al momentodel retiro,el valordel auxiliode cesantíase calcularía multiplicandoel valordel últimosalariopor 24. ¿Qué son las cesantías anualizadas? La Ley 50 de 1990, en el artículo 98, incorporó en el ordenamiento laboral colombiano, el régimen especial de cesantía, que a diferencia del régimen tradicional, únicamente permanece en poder del empleador durante máximo un año,puesa mástardar, el 14 de febrero de cada año, aquél deberá consignar en la Administradora de Fondos de Cesantías elegida por el trabajador, la causada en el año inmediatamente anterior . INTERESES DE SOBRE CESANTÍAS: Los intereses sobre las cesantías (indica que se liquidan sobre el monto de las cesantías liquidadas) se pagan en diferentes fechas dependiendo de las circunstancias temporales de liquidación. El pago de losintereses sobre las cesantías surge del artículo primero de la ley 52 de 1975, misma norma que fija cuándo se debenpagar, y allí podemos identificar los siguientes casos:  En la vigencia del contrato de trabajo se deben pagar a más tardar el 31 de enero de cada año, y se liquidan sobre el saldo determinado el 21 de diciembre.  Cuando el contrato de trabajo se liquida definitivamente.  En la fecha que se produzca un pago parcial de las cesantías  Cuandose cambia a salariointegral (artículo 132 CST) VACACIONES: Todo trabajador vinculado con un contrato de trabajo tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas El trabajador tiene derecho a 15 días hábiles continuos de vacaciones por cada año de trabajo. Así lo señala el artículo 186 del código sustantivo del trabajo:
  • 15. «Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivosde vacacionesremuneradas.» ¿Cuándo se causa el derecho a las vacaciones? Las vacaciones se causan una vez se cumple unaño de trabajo, ya que la norma señala que se otorgan a los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año. Cada año de servicios prestados da derecho a las vacaciones, aunque es posible que en común acuerdo las partes decidan el otorgamiento anticipado de las vacaciones, esto es, otorgarlas antes de causar el derecho, antes de los 12 meses de prestación de servicios. DOTACIÓN: La dotación es una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores y que losempleadoresestánobligadosaentregar en las fechas previstas por la ley. La dotación está regulada por los artículos 230 y siguientes del código sustantivo del trabajo Fórmulas para liquidar prestaciones sociales:  Prima de servicios: (Salario mensual* Días trabajados en el semestre)/360  Cesantías: (Salario mensual* Días trabajados)/360  Intereses sobrecesantías: (Cesantías * Días trabajados * 0,12)/360  Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados)/720