1. FACULTAD DE CIENCIAS
EMPRESARIALES
LEGISLACIÓN LABORAL
CATILLA DIGITAL CONTRATO
DETRABAJO
PRESENTADO POR:
Mavi Lizeth Arango - ID 657722
CORPORACION UNIVERSITARIA
MINUTO DE DIOS
CONTADURIA PÚBLICA
CUARTO SEMESTRE
NEIVA HUILA
2019
CONTRATO DE TRABAJO
2. INTRODUCION
Según el Art: 22 del código sustantivo
del trabajo
Contrato de trabajo es aquel por medio
del cual una persona natural se obliga
Para con otra persona natural o jurídica a
prestar un servicio, el cual va ser
subordinado y por el cual recibirá una
remuneración.
ARTICULO 1o. OBJETO.
La finalidad primordial de este Código es
la de lograr la justicia en las relaciones
que surgen entre {empleadores} y
trabajadores, dentro de un espíritu de
coordinación económica y equilibrio
social
A continuación veremos una
relación clara como en el código
sustantivo de trabajo en un
contexto empresarial sobre las
características de un contrato
laboral a través de MICROFAS
S.A.S.
3. En el 2012, nace la ilusión de modernizar y optimizar el tiempo y los estándares de calidad
del servicio de patología quirúrgica en la región Surcolombiana y a su vez se en cuenta el
apoyo y el compromiso de las instituciones prestadoras de servicio de salud para hacer
realidad este sueño. Se inicia la empresa como laboratorio de patología Microfast S.A.S.
4. Misión
Proporcionar a la región surcolombiana los
servicios de laboratorio de patología,
citología, Histotecnología, cervico uterina,
manejo de patologías del adulto basado en
una plataforma web que permite la
conectividad entre los actores de los
diferentes sectores, dando cumplimiento a la
legislación en el desarrollo de gestión de la
calidad en salud y el sistema de gestión
seguridad y salud en el trabajo, con una
infraestructura técnica permanentemente
actualizada y con un recurso humano
especializado y de alta calidad humana
conservando la ética y contribuyendo al
mejoramiento de la salud de esta zona del
país.
Visión
Ser para el año 2022 una empresa líder a
nivel regional y nacional en la prestación de
servicios de patología, Histotecnología y
Cervico Uterina, con altos estándares de
calidad con personal especializado,
tecnología innovadora, actuando siempre con
ética y dignidad humana contribuyendo al
desarrollo de nuestro país.
Valores corporativos
Para Microfast S.A.S, los valores que justifican su razón de ser y la prestación de sus
servicios son:
Respeto a la condición humana
Honestidad
Paciencia
Integridad
Responsabilidad
Pertenencia institucional.
Solidaridad
Excelencia
5. CONTRATTO LABOTAL
Según el Art: 22 del código sustantivo
del trabajo
Contrato de trabajo es aquel por medio
del cual una persona natural se obliga
para con otra persona natural o jurídica a
prestar un servicio, el cual va ser
subordinado y por el cual recibirá una
remuneración.
Quien presta el servicio se denomina
trabajador, quien recibe y remunera se
llama empleado y la remuneración cual
sea su forma se llama salario
QUE ES SALARIO?
En Colombia se denomina salario a todo
lo que recibe un trabajo como
contraprestaciones del servicio, siempre y
cuando este íntimamente relacionado con
el servicio y se pague de manera
periódica, constante y continua.
La remuneracion se puede pagar en dos
formas
Pago en el factor monetario
Pago en especies
En el caso de los que se ganan un salario
mínimo el máximo pago en especie es el
30%.
En el caso de los que se ganan mas del
salario mínimo se puede pagar el 50%.
6. Microfast cumple con los elementos de
contrato con lo estipulado en el código
sustantivo de trabajo según Art: 23
1. Prestación del Servicio: En este caso la
empleada Vanessa Buendia
2. La continua subordinación del
trabajador respecto del empleador.
Empleado que es subordinado por su jefe
o gerente.
3. Un salario como retribución al
servicio.
Acuerdo pactado en el momento de
contratación.
7. MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato de trabajo puede ser verbal o
escrito por su validez no requieren forma
especial alguna, en esta ocasión el
contrato que analizaremos es escrito y a
término indefinido el cual está
especificado en el Art 47 del código
sustantivo del trabajo.
El contrato a término indefinido tendrá
vigencia mientras subsistan las causas que
le dio origen, este tipo de contrato
representa ventajas que desventajas para
el empleado y la empresa y determina
mayor estabilidad y productividad para
las dos partes.
VENTAJAS
Estabilidad
Remuneración salarial de acuerdo a la
ley
Facilita la adquisición de bienes y
servicios a largo plazo
Indemnización por terminación sin
justificación
Duracion
Art 47:
2o) El contrato a término indefinido
tendrá vigencia mientras subsistan las
causas que le dieron origen, y la materia
del trabajo.
SON JUSTAS LAS CAUSAS PARA
DAR TERMINADO ESTE
CONTRATO UNILATERAL LAS
ENUNCIONES DEL ART62:
Cualquier violación grave de las
obligaciones o prohibiciones especiales
que incumben al trabajador de acuerdo
con los artículos 58 y 60 del Código
Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta
grave calificada como tal en pactos o
convenciones colectivas, fallos arbitrales,
contratos individuales o reglamentos.
En este caso el contrato se rige a esta
norma siendo este un contrato laboral a
término indefinido.
8. ARTICULO 50. REVISION. Todo
contrato de trabajo es revisable cuando
quiera que sobrevengan imprevisibles y
graves alteraciones de la normalidad
económica. Cuando no haya acuerdo
entre las partes acerca de la existencia de
tales alteraciones, corresponde al la
justicia del Trabajo decidir sobre ella y,
mientras tanto, el contrato sigue en todo
su vigor.
ARTICULO 51. SUSPENSION.
Subrogado por el art. 4, Ley 50 de 1990.
El nuevo texto es el siguiente: El contrato
de trabajo se suspende:
1. Por fuerza mayor o caso fortuito que
temporalmente impida su ejecución.
2. Por la muerte o la inhabilitación del
empleador, cuando éste sea una persona
natural y cuando
ello traiga como consecuencia necesaria y
directa la suspensión temporal del trabajo.
3. Por suspensión de actividades o
clausura temporal de la empresa,
establecimiento o negocio, en todo o en
parte, hasta por ciento veinte (120) días
por razones técnicas o económicas u otras
independientes de la voluntad del
empleador, mediante autorización previa
del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social. De la solicitud que se eleve al
respecto el empleador deberá informar en
forma simultánea, por escrito, a sus
trabajadores.
4. Por licencia o permiso temporal
concedido por el empleador al trabajador
o por suspensión disciplinaria.
5. Por ser llamado el trabajador a prestar
el servicio militar. En este caso el
empleador está obligado a conservar el
puesto del trabajador hasta por {treinta
(30) días} después de terminado el
servicio.
Dentro de este término el trabajador
puede reincorporarse a sus tareas, cuando
lo considere conveniente, y el empleador
está obligado a admitirlo tan pronto como
éste gestione su reincorporación.
6. Por detención preventiva del trabajador
o por arresto correccional que no exceda
de ocho (8) días por cuya causa no
justifique la extinción del contrato.
7. Por huelga declarada en la forma
prevista en la Ley
Prueba de contrato Art 54
La existencia y condiciones del contrato
pueden acreditarse por los medios
probatorios ordinarios.
Los dos primeros meses de vigencia del
contrato son de periodo de prueba.
MICROFAST se somete a las leyes del
código sustantivo del trabajo, buscando
el mismo propósito de lograr justicia
entre el empleador y el trabajador
10. INDEMNIZACIÓNDE CONTRATO INDEFINIDO POR TERMINACIÓN SIN
JUSTA CAUSA
En los contratos a término indefinido la
indemnización se pagará así:
a) Para trabajadores que devenguen un
salario inferior a diez (10) salarios
mínimos mensuales legales: 1. Treinta
(30) días de salario cuando el trabajador
tuviere un tiempo de servicio no mayor de
un (1) año. 2. Si el trabajador tuviere más
de un (1) año de servicio continuo se le
pagarán veinte (20) días adicionales de
salario sobre los treinta (30) básicos del
numeral 1, por cada uno de los años de
servicio subsiguientes al primero y
proporcionalmente por fracción;
b) Para trabajadores que devenguen un
salario igual o superior a diez (10),
salarios mínimos legales mensuales. 1.
Veinte (20) días de salario cuando el
trabajador tuviere un tiempo de servicio
no mayor de un (1) año. 2. Si el
trabajador tuviere más de un (1) año de
servicio continuo, se le pagarán quince
(15) días adicionales de salario sobre los
veinte (20) días básicos del numeral 1
anterior, por cada uno de los años de
servicio subsiguientes al primero y
proporcionalmente por fracción
ARTICULO 236. DESCANSO REMUNERADO EN LA EPOCA DEL PARTO
. 1. Toda trabajadora en estado de
embarazo tiene derecho a una licencia de
ocho (8) semanas en la época de parto,
remunerada con el salario que devengue
al entrar a disfrutar del descanso.
2. Si se tratare de un salario que no sea
fijo, como en el caso de trabajo a destajo
o por tarea, se toma en cuenta el salario
promedio devengado por la trabajadora en
el último año de servicios, o en todo el
tiempo si fuere menor.
Para los efectos de la licencia de que trata
este artículo, la trabajadora debe presentar
al patrono un certificado médico, en el
cual debe constar:
a). El estado de embarazo de la
trabajadora; b). La indicación del día
probable del parto, y c). La indicación del
día desde el cual debe empezar la
licencia, teniendo en cuenta que, por lo
menos, ha de iniciarse dos semanas antes
del parto.
11. CONCLUCION
Como estudiantes y futuros contadores
es fundamental conocer y actuar bajo
las normas regidas por el código
sustantivo del trabajo e nuestro país,
este conocimiento nos ayuda en el
desarrollo de nuestras actividades y
responsabilidades, ya que el objetivo es
proteger las dos partes involucradas en
el contrato laboral.
Se evidencia que la empresa Microfast
cumple con la normatividad del código
sustantivo de trabajo garantizando la
finalidad del mismo.
Se establece de manera eficaz el
significado los elementos y
características de un contrato de trabajo,
el cual nos deja un amplio conocimiento
para aplicarlo en el futuro.