UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
Presentacion exposicion registral
1. UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
EXTENSION VALLE DE LA PASCUA
INTEGRANTES:
.- FLORENTINO, Manuel C.I.: 9.688.377
.- VIDAL LOPEZ, Alfredo C.I. 8.421.291
.- MORENO, Leandra M C.I. 13.155.927
.- PALACIO, Suli C.I. 21.311.027
.- REYES, Adriana C.I. 10.977.732
2. Según Hugo Mármol
Márquiz (autor
venezolano),
Derecho Mercantil
Venezolano
Es ser, un instrumento
de publicidad
La función
primordial
Conjunto de normas de
derecho privado
calificados por la Ley
como actos de comercio
establecen obligaciones
para quienes los ejecutan de
una manera profesional.
Es pùblico
cualquier persona podrá consultar,
obtener copia o certificación de los
actos inscritos.
3. · Agrupaciones de interés
económico
QUIENES ESTAN OBLIGADOS
A INSCRIBIRSE EN EL
REGISTRO MERCANTIL
La Ley dispone
· Los empresarios
individuales
· Las sociedades
mercantiles
· Entidades de crédito,
seguros y sociedades de
garantía recíproca
· Instituciones de inversión
colectiva y fondos de pensiones
4. El Registro Mercantil tiene por objeto la
anotación, salvaguarda y puesta a
disposición pública de todos los actos
manifestados por las sociedades o
personas inscritas.
5. Principalmente, la inscripción de los actos
relativos a las sociedades o empresarios
obligados a ello, entre otros se registrarán:
· La constitución de sociedades
· Cambios de domicilios sociales o
modificaciones de estatutos
· Nombramientos y ceses de los
componentes de los Órganos de
Administración o, en su caso, de los auditores
· Ampliaciones y reducciones de
capital. Transformaciones,
fusiones, escisiones o liquidaciones
de las sociedades
· Quiebras, medidas judiciales de
intervención o resoluciones judiciales o
administrativas que afecten a las
sociedades
6. De la misma manera deberán proceder los
liquidadores en relación al estado anual de las
cuentas de la liquidación.
El Registro Mercantil se ocupará,
Además
, de la legalización de los libros y de las
cuentas anuales de los inscritos, que
deberán presentarse para su depósito
dentro del mes siguiente a su
aprobación.
7. 2. El acuerdo o consentimiento del marido
en lo que respecta a la responsabilidad de los
bienes de la sociedad conyugal no
administrados por la mujer, conforme lo
dispuesto en el artículo 16.
1. La autorización del curador y la
aprobación del Juez, en su caso
habilitando a los menores para
comerciar.
8. 3. La revocación de la autorización para
comerciar dada al menor.
4. Las capitulaciones matrimoniales, inventarios solemnes,
testamentos, particiones, sentencias ejecutadas o actos de
adjudicación las escrituras públicas que impongan al
cónyuge comerciante responsabilidad en favor del otro
cónyuge.
9. 6. Los documentos justificativos de los haberes del hijo que está bajo la
patria potestad, o del menor, o del incapaz que está bajo la tutela o
cúratela de un comerciante.
5. Las demandas de separación de bienes, las
sentencias ejecutoriadas que las declaren y
las liquidaciones practicadas para
determinar lo que el cónyuge comerciante
debe entregar al otro cónyuge.
La demanda debe registrarse y fijarse en la
Secretaría del Tribunal de Comercio, con un mes,
por lo menos, de anticipación a la sentencia de
primera instancia, y caso contrario, los acreedores
mercantiles tendrán derecho a impugnar, por lo
que mira a sus intereses, los términos de la
separación y las liquidaciones pendientes
practicadas para llevarla a cabo
10. 8. Las firmas de comercio, sean
personales, sean sociales, de
conformidad con las disposiciones
del parágrafo 2. De esta Sección.
7. La autorización dada al padre o
al tutor para continuar los
negocios del establecimiento
mercantil correspondiente al
menor.
11. 10. La venta de un fondo de comercio o la de
sus existencias, en totalidad o en lotes, de modo
que haga cesar los negocios relativos a su
dueño.
9. Un extracto de las escrituras en
que se forma, se prorroga, se hace
alteración que interese a tercero o
se disuelve una sociedad y las en
que se nombren liquidadores.
12. 13. Los documentos de constitución de hogar por
el comerciante o por el que va a dedicarse al
comercio.
11. Los poderes que los
comerciantes otorgan a sus
factores y dependientes para
administrar negocios.
12. La autorización que el Juez
de Comercio acuerda a los
corredores o venduteros con
carácter público para el
ejercicio de sus cargos.
13. Objeto de la inscripción de los actos y
documentos que la ley ordena:
Mantener un archivo o control
de los mismos por razones de
seguridad jurídica
hacerlos del conocimiento
publico en resguardo y
protección de los intereses
particulares y colectivos
14. Otro efecto es la presunción juris tamtum de la cualidad de
comerciante que surge de la sola inscripción de la firma
personal en el registro de comercio, sin perjuicio de la
definición de comerciante que ilustra el articulo 10 del
código de comercio.
Objeto de la inscripción de los actos y
documentos que la ley ordena:
Atribuirle los efectos jurídicos frente a terceros a partir
de la fecha de su inscripción, fijación y publicación (con
excepción de los establecidos en los ordinales 4,5 y 6
del articulo 19 del código de comercio, para los cuales
solamente basta la inscripción y fijación , como garantía
de su eficacia.)
Notas del editor
Del Registro Mercantil
El Registro Mercantil es una institución administrativa que tiene por objeto la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios en él inscritos.
Según Hugo Mármol Márquiz (autor venezolano), Derecho Mercantil Venezolano, es el conjunto de normas de derecho privado que regulan en nuestro país la realización de una serie de actos calificados por la Ley como actos de comercio y establecen obligaciones para quienes los ejecutan de una manera profesional.
La función primordial del registro mercantil es ser un instrumento de publicidad. Los empresarios tienen obligación de comunicar una serie de informaciones que se consideran esenciales de cara al tráfico jurídico, y el registro mercantil permite la publicidad de dicha información, para mayor seguridad jurídica y económica.
El Registro Mercantil es público, cualquier persona podrá consultar, obtener copia o certificación de los actos inscritos. Para facilitar la localización de los actos inscritos de cada sociedad o empresario, el Registro Mercantil se llevará por el sistema de hoja personal.
Abre exposición: buenas tardes compañeros, amigos y presentes, la tarde de hoy les vamos a presenta el tema que tiene que ver con el registro mercantil (definición, ocupación, funciones, objeto, que documentos inscribimos : documentos sujetos, valor juridico del documento).
Esta exposición la llevaremos a cabo mi persona y compañeros (se nombran)
Para comenzar definiremos lo q es el registro mercantil:
El Registro Mercantil es una institución administrativa que tiene por objeto la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios en él inscritos.
Según Hugo Mármol Márquiz (autor venezolano), Derecho Mercantil Venezolano, es el conjunto de normas de derecho privado que regulan en nuestro país la realización de una serie de actos calificados por la Ley como actos de comercio y establecen obligaciones para quienes los ejecutan de una manera profesional.
La función primordial del registro mercantil es ser un instrumento de publicidad.
Los empresarios tienen obligación de comunicar una serie de informaciones que se consideran esenciales de cara al tráfico jurídico, y el registro mercantil permite la publicidad de dicha información, para mayor seguridad jurídica y económica.
El Registro Mercantil es público, cualquier persona podrá consultar, obtener copia o certificación de los actos inscritos.
Para facilitar la localización de los actos inscritos de cada sociedad o empresario, el Registro Mercantil se llevará por el sistema de hoja personal.
La Ley dispone de la obligación de inscribir sus actos en el Registro Mercantil a:
· Los empresarios individuales
· Las sociedades mercantiles
· Entidades de crédito, seguros y sociedades de garantía recíproca
· Instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones
· Agrupaciones de interés económico
Función
El Registro Mercantil tiene por objeto la anotación, salvaguarda y puesta a disposición pública de todos los actos manifestados por las sociedades o personas inscritas.
Documentos Sujetos
Principalmente, la inscripción de los actos relativos a las sociedades o empresarios obligados a ello, entre otros se registrarán:
· La constitución de sociedades
· Cambios de domicilios sociales o modificaciones de estatutos
· Nombramientos y ceses de los componentes de los Órganos de Administración o, en su caso, de los auditores
· Ampliaciones y reducciones de capital. Transformaciones, fusiones, escisiones o liquidaciones de las sociedades
· Quiebras, medidas judiciales de intervención o resoluciones judiciales o administrativas que afecten a las sociedades
El Registro Mercantil se ocupará, además, de la legalización de los libros y de las cuentas anuales de los inscritos, que deberán presentarse para su depósito dentro del mes siguiente a su aprobación. De la misma manera deberán proceder los liquidadores en relación al estado anual de las cuentas de la liquidación.
DOCUMENTOS QUE DEBEN REGISTRARSE:
Artículo 19. Los documentos que deben anotarse en el Registro de Comercio, según el artículo 17, son los siguientes: 1. La autorización del curador y la aprobación del Juez, en su caso habilitando a los menores para comerciar. 2. El acuerdo o consentimiento del marido en lo que respecta a la responsabilidad de los bienes de la sociedad conyugal no administrados por la mujer, conforme lo dispuesto en el artículo 16.
DOCUMENTOS QUE DEBEN REGISTRARSE:
Artículo 19. Los documentos que deben anotarse en el Registro de Comercio, según el artículo 17, son los siguientes: 3. La revocación de la autorización para comerciar dada al menor. 4. Las capitulaciones matrimoniales, inventarios solemnes, testamentos, particiones, sentencias ejecutadas o actos de adjudicación las escrituras públicas que impongan al cónyuge comerciante responsabilidad en favor del otro cónyuge.
5. Las demandas de separación de bienes, las sentencias ejecutoriadas que las declaren y las liquidaciones practicadas para determinar lo que el cónyuge comerciante debe entregar al otro cónyuge.La demanda debe registrarse y fijarse en la Secretaría del Tribunal de Comercio, con un mes, por lo menos, de anticipación a la sentencia de primera instancia, y caso contrario, los acreedores mercantiles tendrán derecho a impugnar, por lo que mira a sus intereses, los términos de la separación y las liquidaciones pendientes practicadas para llevarla a cabo 6. Los documentos justificativos de los haberes del hijo que está bajo la patria potestad, o del menor, o del incapaz que está bajo la tutela o cúratela de un comerciante.
7. La autorización dada al padre o al tutor para continuar los negocios del establecimiento mercantil correspondiente al menor.
8. Las firmas de comercio, sean personales, sean sociales, de conformidad con las disposiciones del parágrafo 2. De esta Sección.
9. Un extracto de las escrituras en que se forma, se prorroga, se hace alteración que interese a tercero o se disuelve una sociedad y las en que se nombren liquidadores. 10. La venta de un fondo de comercio o la de sus existencias, en totalidad o en lotes, de modo que haga cesar los negocios relativos a su dueño.
11. Los poderes que los comerciantes otorgan a sus factores y dependientes para administrar negocios. 12. La autorización que el Juez de Comercio acuerda a los corredores o venduteros con carácter público para el ejercicio de sus cargos. 13. Los documentos de constitución de hogar por el comerciante o por
el que va a dedicarse al comercio.
Valor Jurídico del Documento
La inscripción de los actos y documentos que la ley ordena, tiene como objeto mantener un archivo o control de los mismos por razones de seguridad jurídica, hacerlos del conocimiento publico en resguardo y protección de los intereses particulares y colectivos y atribuirle los efectos jurídicos frente a terceros a partir de la fecha de su inscripción, fijación y publicación, con excepción de los establecidos en los ordinales 4,5 y 6 del articulo 19 del código de comercio, para los cuales solamente basta la inscripción y fijación , como garantía de su eficacia. Otro efecto es la presunción juris tamtum de la cualidad de comerciante que surge de la sola inscripción de la firma personal en el registro de comercio, sin perjuicio de la definición de comerciante que ilustra el articulo 10 del código de comercio.
Valor Jurídico del Documento
La inscripción de los actos y documentos que la ley ordena, tiene como objeto mantener un archivo o control de los mismos por razones de seguridad jurídica, hacerlos del conocimiento publico en resguardo y protección de los intereses particulares y colectivos y atribuirle los efectos jurídicos frente a terceros a partir de la fecha de su inscripción, fijación y publicación, con excepción de los establecidos en los ordinales 4,5 y 6 del articulo 19 del código de comercio, para los cuales solamente basta la inscripción y fijación , como garantía de su eficacia. Otro efecto es la presunción juris tamtum de la cualidad de comerciante que surge de la sola inscripción de la firma personal en el registro de comercio, sin perjuicio de la definición de comerciante que ilustra el articulo 10 del código de comercio.