La carta invitación de revisión profunda orienta a los contribuyentes a rectificar omisiones e inconsistencias detectadas entre sus declaraciones y la información en bases de datos del SAT. El SAT notifica una cita para una entrevista presencial o electrónica para discutir dichas diferencias. El contribuyente debe asistir a la cita y regularizar su situación fiscal dentro de los 10 días posteriores a la entrevista de acuerdo con las orientaciones recibidas.
2. Que es una carta de revisión profunda
Sirve para orientar a los contribuyentes para rectificar
omisiones, diferencias e inconsistencias detectadas
entre los datos manifestados en sus declaraciones y la
información contenida en las bases de datos
institucionales tanto propia como de terceros (CFDI,
DIOT, Declaraciones, Pagos, entre otras
3. En el marco del programa de vigilancia profunda, y a fin de incentivar el correcto
cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT realiza éstas
acciones:
1.Notifica un oficio invitación donde solicita acudir de manera presencial a las
instalaciones de la Administración Desconcentrada de Recaudación, en una fecha y
hora programada, para llevar a cabo una entrevista de vigilancia profunda.
2.Notifica un oficio invitación, para una entrevista de vigilancia profunda realizada por
la Administración Desconcentrada de Recaudación a través de medios electrónicos,
a la cual deberás ingresar en la liga o dirección electrónica señalada en el propio
oficio, mediante la conexión a la sesión a través de la herramienta Microsoft Teams.
4. En caso de recibir la notificación de un oficio invitación
de entrevista de vigilancia profunda, el contribuyente
debe realizar lo siguiente:
•Acudir a las oficinas de la Administración Desconcentrada
de Recaudación o bien, en caso de una entrevista de
vigilancia profunda en medios electrónicos, deberá
ingresar desde su equipo de cómputo a la dirección
electrónica que se remite en la invitación. En ambos casos
se atenderá la cita previamente programada por la
autoridad en la fecha y hora indicada.
5. En caso de recibir la notificación de un oficio invitación
de entrevista de vigilancia profunda, el contribuyente
debe realizar lo siguiente:
• Durante la entrevista el personal del SAT
dará a conocer las omisiones, diferencias o
inconsistencias identificadas en el
cumplimiento de las obligaciones fiscales.
6. En caso de recibir la notificación de un oficio invitación
de entrevista de vigilancia profunda, el contribuyente
debe realizar lo siguiente:
• Al término de la entrevista, el contribuyente
recibe orientación para realizar las correcciones
o aclaraciones en su caso, ante la autoridad en
un plazo de 10 días hábiles posteriores a la
entrevista.
7. ¿Si me encuentro al corriente de mis obligaciones fiscales,
puedo ser objeto de una invitación para regularizarme a
través del Programa de Caídas e Inconsistencias
Recaudatorias?
Sí. La autoridad puede detectar alguna irregularidad,
comportamiento atípico, diferencias, o bien inconsistencias entre los
datos declarados y la información que existe en las bases
institucionales.
8. ¿Cómo puedo regularizar mi situación fiscal si recibo
un correo electrónico, mensaje de interés a través de
buzón tributario o si me llaman vía telefónica por este
programa?
Podrás autocorregirte presentando declaraciones y pagos
que correspondan o en su caso presentar una aclaración
ante la autoridad que emita la acción.
9. ¿Qué sucede si acudí a la entrevista y no regularizo mi
situación fiscal?
El SAT como autoridad fiscal podrá realizar diversas medidas de
apremio conforme a las facultades conferidas en su Reglamento
Interior.
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31. Contestación a cada punto
Ahora bien, en el entendido de estas diferencias o aclaraciones en la cual me estoy regularizando y dando
contestación a cada una de las inconsistencias y acuerdos comento lo siguiente:
1. Líneas de captura no pagadas,
R. referente a la línea de captura de fecha junio 2021, se hace el comentario que en efecto no se realizó el
pago con esa línea de captura NORMAL en tiempo y forma, pero se realizó una declaración
COMPLEMENTARIA con la siguiente información y que fue pagada el 30/07/201 a lo cual anexo la
declaración con el pago en institución bancaria. Como punto 1 con el nombre de declaración pagada (la
cual si estuvo pagada con la declaración complementaria)
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34. a) Dejando este punto aclarado con el papel de trabajo en Excel, y la
declaración presentada de los ejercicios mencionados enviando el
archivo en PDF. Con numero 2 Declaración 2019 y 2A declaración
2020. ( se hace el comentario que debido a la pandemia y como es
considerada una actividad NO esencial, y manteniendo el personal
que labora en esta empresa, nos vemos en la necesidad de solventar
todos los gastos con esfuerzo y por ello no hay tantos ingresos, es la
razón por la cual se ve más gastos que ingresos, así como los
mantenimientos a las instalaciones al momento de abrir las
actividades.)