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Los Tributos
Tema 5

                             Los Tributos



1. Tributos
   1.1. Concepto
    1.2. Características
    1.3. Clasificación
         1.3.1. Impuestos
         1.3.2. Tasas
         1.3.3. Contribuciones
Tributos
son "las Prestaciones en dinero que el Estado
exige en ejercicio de su poder de imperio en
virtud de una ley y para cubrir los gastos que
le demanda el cumplimiento de sus fines"
a) Prestaciones en dinero: es una         b) Exigidas en ejercicio del poder del imperio: el
característica   de la economía           elemento esencial del tributo es la coacción, el cual
monetaria que las prestaciones sean       se manifiesta esencialmente en la prescindencia de
en dinero.                                la voluntad del obligado en cuanto a la creación del
                                          tributo que le sea exigible.




c) En virtud de una Ley: no hay tributo      d) Para cubrir los gastos que demanda el
sin ley previa que lo establezca. Como       cumplimiento de sus fines: el objetivo del tributo
todas las leyes        que establecen        es fiscal, es decir, que su cobro tiene su razón
obligaciones.                                de ser en la necesidad de obtener ingresos para
                                             cubrir los gastos que le demanda la satisfacción
                                             de las necesidades públicas.
Clasificación de los tributos




Impuestos             Tasas                 Contribuciones
Impuestos



"son impuestos las prestaciones en dinero o en especies, exigidas por
el Estado en virtud del poder del imperio, a quienes se hayan en las
situaciones consideradas por la ley como los hechos imponibles
(Villegas,2000)



     También, se define como la prestación pecuniaria que una
entidad pública tiene el derecho de exigir en virtud de su poder
de imperio, en medida y formas establecidas en la ley con el
propósito de tener un ingreso..Gianni ni, citado por Moya 2009.
Características de los impuestos

•Una obligación de dar dinero o cosa (prestación).


•Emanada del poder de imperio Nacional, Estatal o Municipal lo
que se supone su obligatoriedad y la compulsión para hacerse
efectivo su cumplimiento.

• Establecida por la ley.

•Aplicable a personas individuales o colectivas.

•Que se encuentren en distintas situaciones predecibles como
puede ser determinada capacidad económica, realización de
ciertos actos, etc.
Clasificación de los impuestos




Impuestos                                                  Impuestos
                                 Impuestos
Directos e                                                 Proporcionales
                                 Generales y
Indirectos                                                 Progresivos
                                 Especiales




         De acuerdo a su fin determinado       De acuerdo al gravamen
Clasificación de los Impuestos


•Impuestos directos e indirectos:

Impuestos directo: Gravan Patrimonio, Toman la capacidad económica
del contribuyente e inmediatos



Impuestos Indirectos: Gravan el consumo, la transferencia, no toman la
capacidad económica del contribuyente, son mediatas por que no existe
la certeza que ocurra.
Clasificación de los Impuestos



•Impuestos Generales y Especiales:
    •De acuerdo a su fin determinado:
Generales: Son aquellos cuya finalidad es cubrir todos los gastos sin
ningún fin en especial.
Especiales: Cuya finalidad es para beneficiar un grupo.
    •Desde el punto de vista del Gravamen:
Generales: Es el que grava todas las rentas, todos los consumos, de
todas las personas naturales o jurídicas.
Especiales: Es aquel que grava a un solo contribuyente.
Clasificación de los Impuestos



•Impuestos Proporcionales y Progresivos:

Impuestos Proporcionales: Es aquel que mantiene una relación constante
entre su cuantía y el valor de la riqueza gravada.

Impuestos Progresivos: Es aquel en que la relación de cuantía del
impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a medida
que aumenta el valor de esta.
Impuestos Nacionales


Los impuestos nacionales están consagrados en la Carta Magna de la
República en el articulo 156 numeral 12 que señala que es de
competencia nacional la creación, organización, recaudación,
administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre
sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la
producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los
gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios, los
impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y
demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del
tabaco, y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los
Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.
•Impuesto sobre la renta:




ISLR (Impuesto sobre la renta) ó (impuesto a las ganancias): El
impuesto sobre la renta como su nombre lo indica, grava la renta, es
decir la ganancia que produce una inversión o rentabilidad del
capital. También puede ser el producto del trabajo bajo relación de
dependencia o lo producido por el ejercicio de una profesión
determinada.
Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie,

causarán      impuestos    según        las   normas      establecidas         en        esta    ley.

Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o

domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier Las personas

naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al

impuesto    establecido   en   esta    Ley    siempre    que    la    fuente   o    la     causa   de

sus    enriquecimientos   esté u      ocurra dentro     del país, aun cuando              no    tengan

establecimiento       permanente          o      base          fija      en         Venezuela.

Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan

un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los

ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o

base                                                                                                    fija.
Para que una renta sea gravable debe
cumplir las siguientes características:

•Que se trate de un enriquecimiento neto, como el incremento
del patrimonio después de restar de los ingresos brutos, los
costos y deducciones que establezca la ley

•Que se trate de un enriquecimiento disponible de acuerdo a la
ley

•Que se trate de enriquecimientos de bienes y actividades
ocurridas dentro del país.
•Impuesto al valor agregado.

El impuesto al valor agregado está definido en el artículo 1 de la ley del I.V.A.
que expresa lo siguiente:

   IVA (Impuesto al Valor Agregado): El Impuesto al Valor
   Agregado es un gravamen sobre las ventas que se
   aplican al valor que se aumenta a un producto o servicio
   cada vez que cambia de manos. La Ley del Impuesto al
   Valor Agregado en su Artículo 1º nos señala: "es un tributo
   que grava la enajenación de bienes muebles, la
   prestación de servicios y la importación de bienes,
   aplicable en todo el territorio nacional, que deberán
   pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades,
   las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y
   demás entes jurídicos y económicos, públicos o privados,
   que en su condición de importadores de bienes
   habituales    o   no,    de   fabricantes,     productores,
   ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios
   independientes, realizan las actividades definidas por la
   ley como hecho imponible".
Características del impuesto al valor agregado

•Es un impuesto que tiene que estar establecido por la ley

•Es un impuesto indirecto, porque grava los consumos

•Es un impuesto real porque no toma las condiciones subjetivas del
contribuyente como nacionalidad, sexo, raza.

•Es un impuesto a la circulación ya que gravan la riqueza de los manifiesto
del movimiento económico de los bienes.
•No es un impuesto acumulativo

•Es un impuesto trasladado al consumidor final.
•Impuestos de sucesiones, donaciones y ramos conexos




ISDRC (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos):
El Artículo 1 dice: Que son las transmisiones gratuitas de derechos
por causa de muerte o por actos entre vivos serán gravadas con el
impuesto a que se refiere la presente Ley en los términos y
condiciones que en ella se establecen. Según dicha ley están
obligados a pagar este impuesto los beneficiarios de herencias y
legados que comprendan bienes, muebles o inmuebles, derechos
o acciones situados en el territorio nacional.
•Impuestos sobre aduanas:




IMPUESTOS SOBRE ADUANAS

 Es un impuesto nacional que grava los derechos de carácter aduanero y
las relaciones jurídicas derivadas de ellos, la entrada, permanencia y salida
del territorio nacional de mercancías objeto de trafico internacional y de los
medios de transporte que lo conduzcan.
IAEA (Impuesto sobre Alcohol y Especies
Alcohólicas: Es un impuesto aplicado al alcohol
etílico y a las especies alcohólicas de producción
nacional o importadas, destinadas al consumo en el
país; así como al ejercicio de la industria y del
comercio del alcohol etílico y especies alcohólicas.
La importación del alcohol etílico y especies
alcohólicas está gravada con un impuesto
específico interno que será exigible en la misma
oportunidad en que se recaude el impuesto de
importación. Las Tarifas (en Bolívares por litro): Las
Tarifas establecidas en la Ley de Impuesto sobre
Alcohol y Especies Alcohólicas
El impuesto sobre cigarrillo y
manufacturas del tabaco



 Es un impuesto que grava la producción nacional o
 importación de cigarrillos, tabaco y picadura de fumar,
 destinados al consumo del país.

      El Ejecutivo Nacional podrá aumentar o disminuir el precio de
      venta de las especie

      La tarifa aplicable es el 70% del precio de venta al público.

      No se causara este impuesto cuando estas especies de
      producción nacional sean destinados a la exportación o al
      consumo en zona francas u otros territorios sujetos a régimen
      aduaneros,
Impuestos Municipales
   Los Municipios son consagrados en la Constitución Nacional de 1.999 en su artículo 168
que dice lo siguiente en cuanto su autonomía tributaria.
       La autonomía es la facultad que tiene el ente municipal para actuar dentro de las
competencias que han sido asignadas por la Constitución y las leyes

             Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización

             nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de

             la Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende:



             1.   La elección de sus autoridades.

             1.   La gestión de las materias de su competencia.

             1.   La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

             Las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se

             cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y

             ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados,

             en forma efectiva, suficiente y oportuna, conforme a la ley.


             Los actos de los Municipios no podrán ser impugnados sino ante los

             tribunales competentes, de conformidad con la Constitución y la ley.
Impuestos de actividades económicas:
Son conocidos como el impuesto de patente de industria y comercio que
gravan los ingresos brutos que se originan de toda actividad comercial,
industrial o de índole similar realizada en forma habitual en un determinado
municipio y vinculado a un local comercial, agencia o lugar físico, cuyo fin
sea el lucro.


Impuestos de inmuebles urbanos:
Esta imposición consiste en gravar la propiedad inmobiliaria dentro de la zona urbana. Es un impuesto que
grava a toda persona que tenga derechos de propiedad y otros derechos reales sobre bienes e inmuebles
situados en el territorio de un determinado municipio o sean beneficiarios de concesiones administrativas
sobre los mismos bienes.


Impuestos de Espectáculos Públicos:
Es un impuesto que se establece como objeto, la presentación o exhibición de espectáculos públicos
en dicho municipio, así como las diversiones o entretenimientos que se ofrezcan


Patente de Vehículos:
Es el impuesto que grava a personas naturales o jurídicas que sean propietarios de vehículos
tracción mecánica, cualquier clase o categoría, que residan o estén domiciliados en un municipio
determinado.
Tasas



    De modo que se define la tasa como " un tributo cuya obligación esta
    vinculada jurídicamente a determinadas actividades del Estado,
    relacionadas directamente con el contribuyente.




  También “es una actividad especial del Estado materializada en el servicio
  individualizado obligado”.



De igual forma se le define como aquella que brinda servicio y crea una
contra prestación y es mediata.
CARACTERÍSTICAS ESENCIALES
Surgiendo por consiguiente ciertas características esenciales de la tasa como
lo son:

    Son creadas por una ley

    Son tributos exigidos por el Estado en su poder de imperio

    El hecho generador de la obligación esta integrada con una actividad
    que el Estado presta efectivamente al interesado.

    Que el producto de la recaudación sea exclusivamente para el servicio
    respectivo.


    El servicio de las tasa tiene que ser divisible, porque se identifica con
    la fracción utilizada individualmente con el contribuyente .


    Corresponde el examinar la actividad estatal vinculante en donde "debe
    ser inherente a la soberanía estatal".
Contribuciones:



   Son aquellas que están constituida por actividades que realiza el
   Estado con fines generales, que simultáneamente proporcionan
   una ventaja particular al contribuyente.




Contribuciones Especiales:

Son una prestación obligatoria debida a razón de beneficios
individuales o grupos sociales derivados de la realización de
obras, gasto publico o actividades especiales
Clasificación de las Contribuciones Especiales:

•Contribuciones por mejoras : Es el beneficio que se
deriva de obras publicas como por ejemplo cuando
el Estado realiza una obra cerca de su inmueble y
dicha obra da valor a ese inmueble.

•Contribuciones parafiscales o de seguridad social:

Son aquellas que persiguen un fin social y además
se consideran exacciones efectuadas por ciertos
organismos públicos sobre sus usuarios para lograr
su funcionamiento autónomo
CARACTERISTICAS DE LAS CONTRIBUCIONES

Lo recaudado no se incluye en los presupuestos estatales

No son recaudados por la administración tributaria

No ingresan al tesoro nacional, sino    en los   entes recaudadores   y
administradores de los fondos

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Tema 4

  • 2. Tema 5 Los Tributos 1. Tributos 1.1. Concepto 1.2. Características 1.3. Clasificación 1.3.1. Impuestos 1.3.2. Tasas 1.3.3. Contribuciones
  • 3. Tributos son "las Prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines"
  • 4. a) Prestaciones en dinero: es una b) Exigidas en ejercicio del poder del imperio: el característica de la economía elemento esencial del tributo es la coacción, el cual monetaria que las prestaciones sean se manifiesta esencialmente en la prescindencia de en dinero. la voluntad del obligado en cuanto a la creación del tributo que le sea exigible. c) En virtud de una Ley: no hay tributo d) Para cubrir los gastos que demanda el sin ley previa que lo establezca. Como cumplimiento de sus fines: el objetivo del tributo todas las leyes que establecen es fiscal, es decir, que su cobro tiene su razón obligaciones. de ser en la necesidad de obtener ingresos para cubrir los gastos que le demanda la satisfacción de las necesidades públicas.
  • 5. Clasificación de los tributos Impuestos Tasas Contribuciones
  • 6. Impuestos "son impuestos las prestaciones en dinero o en especies, exigidas por el Estado en virtud del poder del imperio, a quienes se hayan en las situaciones consideradas por la ley como los hechos imponibles (Villegas,2000) También, se define como la prestación pecuniaria que una entidad pública tiene el derecho de exigir en virtud de su poder de imperio, en medida y formas establecidas en la ley con el propósito de tener un ingreso..Gianni ni, citado por Moya 2009.
  • 7. Características de los impuestos •Una obligación de dar dinero o cosa (prestación). •Emanada del poder de imperio Nacional, Estatal o Municipal lo que se supone su obligatoriedad y la compulsión para hacerse efectivo su cumplimiento. • Establecida por la ley. •Aplicable a personas individuales o colectivas. •Que se encuentren en distintas situaciones predecibles como puede ser determinada capacidad económica, realización de ciertos actos, etc.
  • 8. Clasificación de los impuestos Impuestos Impuestos Impuestos Directos e Proporcionales Generales y Indirectos Progresivos Especiales De acuerdo a su fin determinado De acuerdo al gravamen
  • 9. Clasificación de los Impuestos •Impuestos directos e indirectos: Impuestos directo: Gravan Patrimonio, Toman la capacidad económica del contribuyente e inmediatos Impuestos Indirectos: Gravan el consumo, la transferencia, no toman la capacidad económica del contribuyente, son mediatas por que no existe la certeza que ocurra.
  • 10. Clasificación de los Impuestos •Impuestos Generales y Especiales: •De acuerdo a su fin determinado: Generales: Son aquellos cuya finalidad es cubrir todos los gastos sin ningún fin en especial. Especiales: Cuya finalidad es para beneficiar un grupo. •Desde el punto de vista del Gravamen: Generales: Es el que grava todas las rentas, todos los consumos, de todas las personas naturales o jurídicas. Especiales: Es aquel que grava a un solo contribuyente.
  • 11. Clasificación de los Impuestos •Impuestos Proporcionales y Progresivos: Impuestos Proporcionales: Es aquel que mantiene una relación constante entre su cuantía y el valor de la riqueza gravada. Impuestos Progresivos: Es aquel en que la relación de cuantía del impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a medida que aumenta el valor de esta.
  • 12. Impuestos Nacionales Los impuestos nacionales están consagrados en la Carta Magna de la República en el articulo 156 numeral 12 que señala que es de competencia nacional la creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.
  • 13. •Impuesto sobre la renta: ISLR (Impuesto sobre la renta) ó (impuesto a las ganancias): El impuesto sobre la renta como su nombre lo indica, grava la renta, es decir la ganancia que produce una inversión o rentabilidad del capital. También puede ser el producto del trabajo bajo relación de dependencia o lo producido por el ejercicio de una profesión determinada.
  • 14. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta ley. Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en Venezuela. Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.
  • 15. Para que una renta sea gravable debe cumplir las siguientes características: •Que se trate de un enriquecimiento neto, como el incremento del patrimonio después de restar de los ingresos brutos, los costos y deducciones que establezca la ley •Que se trate de un enriquecimiento disponible de acuerdo a la ley •Que se trate de enriquecimientos de bienes y actividades ocurridas dentro del país.
  • 16. •Impuesto al valor agregado. El impuesto al valor agregado está definido en el artículo 1 de la ley del I.V.A. que expresa lo siguiente: IVA (Impuesto al Valor Agregado): El Impuesto al Valor Agregado es un gravamen sobre las ventas que se aplican al valor que se aumenta a un producto o servicio cada vez que cambia de manos. La Ley del Impuesto al Valor Agregado en su Artículo 1º nos señala: "es un tributo que grava la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes, aplicable en todo el territorio nacional, que deberán pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades, las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos y económicos, públicos o privados, que en su condición de importadores de bienes habituales o no, de fabricantes, productores, ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios independientes, realizan las actividades definidas por la ley como hecho imponible".
  • 17. Características del impuesto al valor agregado •Es un impuesto que tiene que estar establecido por la ley •Es un impuesto indirecto, porque grava los consumos •Es un impuesto real porque no toma las condiciones subjetivas del contribuyente como nacionalidad, sexo, raza. •Es un impuesto a la circulación ya que gravan la riqueza de los manifiesto del movimiento económico de los bienes. •No es un impuesto acumulativo •Es un impuesto trasladado al consumidor final.
  • 18. •Impuestos de sucesiones, donaciones y ramos conexos ISDRC (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos): El Artículo 1 dice: Que son las transmisiones gratuitas de derechos por causa de muerte o por actos entre vivos serán gravadas con el impuesto a que se refiere la presente Ley en los términos y condiciones que en ella se establecen. Según dicha ley están obligados a pagar este impuesto los beneficiarios de herencias y legados que comprendan bienes, muebles o inmuebles, derechos o acciones situados en el territorio nacional.
  • 19. •Impuestos sobre aduanas: IMPUESTOS SOBRE ADUANAS Es un impuesto nacional que grava los derechos de carácter aduanero y las relaciones jurídicas derivadas de ellos, la entrada, permanencia y salida del territorio nacional de mercancías objeto de trafico internacional y de los medios de transporte que lo conduzcan.
  • 20. IAEA (Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas: Es un impuesto aplicado al alcohol etílico y a las especies alcohólicas de producción nacional o importadas, destinadas al consumo en el país; así como al ejercicio de la industria y del comercio del alcohol etílico y especies alcohólicas. La importación del alcohol etílico y especies alcohólicas está gravada con un impuesto específico interno que será exigible en la misma oportunidad en que se recaude el impuesto de importación. Las Tarifas (en Bolívares por litro): Las Tarifas establecidas en la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas
  • 21. El impuesto sobre cigarrillo y manufacturas del tabaco Es un impuesto que grava la producción nacional o importación de cigarrillos, tabaco y picadura de fumar, destinados al consumo del país. El Ejecutivo Nacional podrá aumentar o disminuir el precio de venta de las especie La tarifa aplicable es el 70% del precio de venta al público. No se causara este impuesto cuando estas especies de producción nacional sean destinados a la exportación o al consumo en zona francas u otros territorios sujetos a régimen aduaneros,
  • 22. Impuestos Municipales Los Municipios son consagrados en la Constitución Nacional de 1.999 en su artículo 168 que dice lo siguiente en cuanto su autonomía tributaria. La autonomía es la facultad que tiene el ente municipal para actuar dentro de las competencias que han sido asignadas por la Constitución y las leyes Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende: 1. La elección de sus autoridades. 1. La gestión de las materias de su competencia. 1. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos. Las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna, conforme a la ley. Los actos de los Municipios no podrán ser impugnados sino ante los tribunales competentes, de conformidad con la Constitución y la ley.
  • 23. Impuestos de actividades económicas: Son conocidos como el impuesto de patente de industria y comercio que gravan los ingresos brutos que se originan de toda actividad comercial, industrial o de índole similar realizada en forma habitual en un determinado municipio y vinculado a un local comercial, agencia o lugar físico, cuyo fin sea el lucro. Impuestos de inmuebles urbanos: Esta imposición consiste en gravar la propiedad inmobiliaria dentro de la zona urbana. Es un impuesto que grava a toda persona que tenga derechos de propiedad y otros derechos reales sobre bienes e inmuebles situados en el territorio de un determinado municipio o sean beneficiarios de concesiones administrativas sobre los mismos bienes. Impuestos de Espectáculos Públicos: Es un impuesto que se establece como objeto, la presentación o exhibición de espectáculos públicos en dicho municipio, así como las diversiones o entretenimientos que se ofrezcan Patente de Vehículos: Es el impuesto que grava a personas naturales o jurídicas que sean propietarios de vehículos tracción mecánica, cualquier clase o categoría, que residan o estén domiciliados en un municipio determinado.
  • 24. Tasas De modo que se define la tasa como " un tributo cuya obligación esta vinculada jurídicamente a determinadas actividades del Estado, relacionadas directamente con el contribuyente. También “es una actividad especial del Estado materializada en el servicio individualizado obligado”. De igual forma se le define como aquella que brinda servicio y crea una contra prestación y es mediata.
  • 25. CARACTERÍSTICAS ESENCIALES Surgiendo por consiguiente ciertas características esenciales de la tasa como lo son: Son creadas por una ley Son tributos exigidos por el Estado en su poder de imperio El hecho generador de la obligación esta integrada con una actividad que el Estado presta efectivamente al interesado. Que el producto de la recaudación sea exclusivamente para el servicio respectivo. El servicio de las tasa tiene que ser divisible, porque se identifica con la fracción utilizada individualmente con el contribuyente . Corresponde el examinar la actividad estatal vinculante en donde "debe ser inherente a la soberanía estatal".
  • 26. Contribuciones: Son aquellas que están constituida por actividades que realiza el Estado con fines generales, que simultáneamente proporcionan una ventaja particular al contribuyente. Contribuciones Especiales: Son una prestación obligatoria debida a razón de beneficios individuales o grupos sociales derivados de la realización de obras, gasto publico o actividades especiales
  • 27. Clasificación de las Contribuciones Especiales: •Contribuciones por mejoras : Es el beneficio que se deriva de obras publicas como por ejemplo cuando el Estado realiza una obra cerca de su inmueble y dicha obra da valor a ese inmueble. •Contribuciones parafiscales o de seguridad social: Son aquellas que persiguen un fin social y además se consideran exacciones efectuadas por ciertos organismos públicos sobre sus usuarios para lograr su funcionamiento autónomo
  • 28. CARACTERISTICAS DE LAS CONTRIBUCIONES Lo recaudado no se incluye en los presupuestos estatales No son recaudados por la administración tributaria No ingresan al tesoro nacional, sino en los entes recaudadores y administradores de los fondos