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Página núm. 8                                               BOJA núm. 97                            Sevilla, 19 de mayo 2011



                                               1. Disposiciones generales


CONSEJERÍA DE HACIENDA                                              cido en la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA                                            sector público de Andalucía.

                                                                         Artículo 2. Codificación y gestión del Presupuesto.
            ORDEN de 12 de mayo de 2011, por la que se                   1. A los efectos de la gestión y contabilización del Presu-
       adoptan medidas transitorias de orden financiero y con-      puesto, los créditos que resultaran afectados por la reordena-
       table aplicables a las entidades afectadas por la Ley        ción, así como los ingresos, mantendrán la codificación con
       1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector         que figuran en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
       público de Andalucía.                                        Andalucía para el ejercicio 2011.
                                                                         2. Los créditos correspondientes a transferencias y sub-
      La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del          venciones a las entidades afectadas por el proceso de reorde-
sector público de Andalucía, ha venido a reorganizar algunas        nación, a los efectos de su gestión presupuestaria y contable,
de las entidades que integran el sector público andaluz, con el     mantendrán la codificación con que figuraban en el Presu-
objetivo de mejorar la gestión, la calidad en la prestación de      puesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2011.
los distintos servicios públicos y el desarrollo de las funciones        3. Los créditos referidos comprenderán todos los ges-
que le son propias a las Consejerías.                               tionados por las correspondientes secciones presupuestarias
      En particular, se crean como agencias públicas empre-         que actualmente figuran en el Presupuesto para el ejercicio
sariales la Agencia Andaluza del Conocimiento, la Agencia de        2011, tanto de Presupuesto corriente como de remanentes in-
Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, la Agencia           corporados y de ejercicios futuros, cualquiera que sea la fase
Andaluza de Instituciones Culturales y la Agencia de Medio          contable en que se encuentren, continuándose con las codifi-
Ambiente y Agua de Andalucía. Por otra parte, se configuran         caciones y referencias que posean.
como agencias públicas empresariales la Agencia de Obra Pú-              4. La gestión de los créditos consignados en el Presu-
blica de la Junta de Andalucía y la Agencia Pública Empresa-        puesto para el año 2011 de las Consejerías y organismos au-
rial Sanitaria Costa del Sol, adscribiéndose a esta última la       tónomos afectados por el proceso de reordenación, se ejer-
Empresa Pública Hospital de Poniente de Almería, la Empresa         cerá hasta el 31 de diciembre del presente año a través de las
Pública Hospital Alto Guadalquivir y la Empresa Pública Sani-       unidades administrativas configuradas en este ejercicio en el
taria Bajo Guadalquivir.                                            Sistema Júpiter.
      De otro lado, el Servicio Andaluz de Empleo adopta la              5. En todo caso será de aplicación el régimen de compe-
configuración de agencia de régimen especial. Asimismo, se          tencias sobre modificaciones presupuestarias establecido en el
autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pes-        Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
quera de Andalucía como agencia de régimen especial.                Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010,
      La creación y modificación de estas agencias supone que       de 2 de marzo; considerando que la responsabilidad sobre los
simultáneamente se tramitará la extinción de distintas socie-       créditos presupuestarios recae sobre las Consejerías de adscrip-
dades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz,         ción, de acuerdo con las competencias atribuidas a las mismas
y la supresión de los organismos autónomos Agencia Anda-            en el Capítulo II del Título II de dicho texto refundido.
luza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria y
Agencia Andaluza del Agua. A su vez, dicha extinción implica             Artículo 3. Régimen de Tesorería.
la subrogación por parte de las nuevas agencias en las relacio-          La recaudación material de los ingresos y la materializa-
nes jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que son       ción de los pagos derivados de la ejecución presupuestaria de
titulares las citadas sociedades, fundaciones y organismos.         los créditos y derechos económicos referidos en el artículo 2
Por otra parte, en algunos casos las agencias asumen compe-         de la presente Orden, así como las demás funciones ejercidas
tencias que hasta ahora venían realizando las Consejerías.          por la Tesorería General de la Junta de Andalucía respecto a
      Mediante Decretos de fecha 19 de abril de 2011 se aprue-      los mismos, continuarán realizándose por la citada Tesorería
ban los Estatutos de las citadas agencias. En ellos se habilita a   General hasta el 31 de diciembre de 2011.
la Consejería competente en materia de Hacienda para adop-
tar todas aquellas medidas de orden económico, financiero,               Artículo 4. Régimen contable.
contable y patrimonial que procedan en relación con el pro-              1. Durante el año 2011 el régimen contable aplicable a la
ceso de reorganización administrativa establecido en la Ley         gestión de los créditos de las Consejerías y organismos autó-
1/2011, de 17 de febrero.                                           nomos que son asumidos por las agencias creadas o modifi-
      El marco normativo antes descrito hace imprescindible la      cadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, será el mismo que
adopción de medidas transitorias de orden financiero y conta-       se venía aplicando con anterioridad a su puesta en funciona-
ble para la puesta en funcionamiento de las agencias creadas        miento.
o modificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero.                       2. Durante el período transitorio, el régimen contable apli-
      En consonancia con los ámbitos señalados, la presente         cable a las operaciones derivadas de la gestión propia de las
Orden contempla las medidas relativas a la materia presu-           sociedades mercantiles y fundaciones del sector público an-
puestaria, de tesorería, de contabilidad y de control.              daluz afectadas por la reordenación, será el establecido con
      Conforme a lo anterior, y en uso de las habilitaciones que    carácter general para dichas entidades.
me han sido conferidas
                                                                         Artículo 5. Vinculación de los créditos.
                       DISPONGO                                          Hasta el 31 de diciembre de 2011 los créditos de las Con-
                                                                    sejerías y organismos autónomos asignados a las agencias
     Artículo 1. Objeto.                                            creadas o modificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero,
     El objeto de la presente Orden es la adopción para el año      mantendrán las normas de vinculación de los créditos corres-
2011 de medidas transitorias de orden financiero y contable         pondientes a la Administración de la Junta de Andalucía y a
derivadas del proceso de reordenación administrativa estable-       las agencias administrativas.
Sevilla, 19 de mayo 2011                                         BOJA núm. 97                                            Página núm. 9



     Artículo 6. Rendición de las cuentas del ejercicio 2011.            CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
     1. La rendición de las cuentas referidas al 31 de diciem-
bre de 2011 correspondiente a los créditos de las Consejerías
y organismos autónomos, cuya gestión asumen las agencias                             DECRETO 95/2011, de 19 de abril, por el que se
creadas o modificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, se                   aprueba el Plan de Ordenación del Territorio de la Cos-
presentará de acuerdo con el régimen contable aplicable a los                   ta Noroeste de la provincia de Cádiz y se crea su Comi-
créditos de la Administración de la Junta de Andalucía y de las                 sión de Seguimiento.
agencias administrativas.
     2. La rendición de las cuentas a esa misma fecha de las
operaciones procedentes de las sociedades mercantiles y de               Ver esta disposición en fascículo 2 de 2 de este mismo número
las fundaciones del sector público andaluz afectadas por la re-
ordenación, se presentará de acuerdo con el régimen contable
propio de dichas entidades.
     3. Referidas a fecha 1 de enero de 2012, deberán llevarse           CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO
a cabo las actuaciones de integración y consolidación de las             Y DEPORTE
cuentas rendidas a 31 de diciembre de 2011, elaboradas con
los regímenes contables respectivos de las entidades que se
integran en las agencias mencionadas.                                                ACUERDO de 17 de mayo de 2011, del Consejo de
                                                                                Gobierno, por el que se autoriza la creación del Con-
     Artículo 7. Régimen de control.                                            sorcio denominado «Guadalquivir» y se aprueban sus
     1. Durante el año 2011 el régimen de control aplicable                     Estatutos.
a los créditos procedentes de las Consejerías y organismos
autónomos que son asumidos por las agencias creadas o mo-                      El proyecto Guadalquivir es una iniciativa impulsada por
dificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, será el mismo             la Junta de Andalucía que pretende poner en marcha un con-
que era de aplicación antes de la creación o modificación de             junto de actuaciones y programas vinculados al río como eje
dichas agencias, es decir, el correspondiente a la función in-           principal, con el fin de materializar y ejemplificar la evolución
terventora.                                                              del actual modelo socioeconómico hacia nuevos patrones con-
     2. Durante este mismo año, el régimen de control apli-              cebidos en términos de sostenibilidad.
cable a la gestión de los derechos y obligaciones que provie-                  La puesta en marcha de dichas acciones van a permitir
nen de las sociedades mercantiles y fundaciones del sector               que el Guadalquivir y su principal afluente, el Genil, se con-
público andaluz afectadas por la reordenación, será el mismo             viertan en un espacio activo y reconocible, capaz de promover
que les era de aplicación antes de la creación o modificación            oportunidades para el desarrollo sostenible.
de las agencias, es decir, control financiero o control financiero             Una intervención integral en el río Guadalquivir, incidiendo
permanente.                                                              positivamente en el impulso de las actividades económicas en
                                                                         torno al río como nexo de unión de la oferta turística existente,
     Disposición adicional primera. Instrucciones en materia             requiere ineludiblemente la existencia de un órgano responsa-
contable y de control.                                                   ble de la gestión que tenga naturaleza, estructura, facultades
     1. Antes de la finalización del período transitorio al que          y recursos adecuados para cumplir con los fines que se persi-
se refiere la presente Orden, la Intervención General de la              gan y, en concreto, para acometer actuaciones que afiancen la
Junta de Andalucía y la Dirección General de Tecnologías para            función vertebradora del río Guadalquivir.
Hacienda y la Administración Electrónica deberán dictar de                     A tal fin, el 14 de octubre de 2009 se firmó el Protocolo
forma conjunta las instrucciones necesarias para incorporar              de Colaboración para la constitución del consorcio denomi-
en el Sistema Júpiter, a 1 de enero de 2012, la información              nado «Guadalquivir» entre la Administración de la Junta de
correspondiente a la gestión contable en tramitación a 31 de             Andalucía, las Diputaciones Provinciales de Cádiz, Córdoba,
diciembre del ejercicio anterior, proveniente de la gestión de           Granada, Huelva, Jaén y Sevilla, la Asociación «Red de Ciu-
las competencias de las fundaciones y empresas públicas que              dades Río Guadalquivir», la Confederación de Empresarios de
mediante la reordenación se han integrado en el Servicio An-             Andalucía, Comisiones Obreras de Andalucía y la Unión Gene-
daluz de Empleo y en la Agencia de Gestión Agraria y Pes-                ral de Trabajadores de Andalucía.
quera de Andalucía.                                                            El objeto del Protocolo de Colaboración fue acordar por
     2. En virtud de lo dispuesto en la disposición adicional            todas las partes firmantes el inicio de los trámites para la crea-
novena de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación               ción del consorcio «Guadalquivir», a fin de fomentar el desa-
del sector público de Andalucía, la Intervención General de la           rrollo de actuaciones integrales vinculadas al río, basadas en
Junta de Andalucía deberá dictar las instrucciones reguladoras           el reforzamiento de la identidad del espacio, de acuerdo a va-
del ejercicio del control financiero permanente de las agencias          lores tales como el patrimonio natural y paisajístico, el legado
creadas o modificadas por la citada Ley.                                 cultural, y los criterios de ordenación territorial fijados por la
                                                                         Administración de la Junta de Andalucía.
     Disposición adicional segunda. Habilitación.                              El artículo 12 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
     Se habilita a los centros directivos de la Consejería de Ha-        Administración de la Junta de Andalucía, autoriza la creación
cienda y Administración Pública, en el ámbito de sus compe-              de consorcios a la Administración de la Junta de Andalucía,
tencias, para dictar las instrucciones y realizar cuantas actua-
                                                                         requiriendo para ello informe previo de las Consejerías com-
ciones sean necesarias en ejecución de la presente Orden.
                                                                         petentes en materia de Administración Pública y de Hacienda.
     Disposición final única. Entrada en vigor.                          Establece, además, que en dicho acuerdo se incluyan los esta-
     La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su               tutos del consorcio, en los que se han de determinar sus finali-
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.              dades y las particularidades de su régimen orgánico, funcional
                                                                         y financiero.
    Sevilla, 12 de mayo de 2011                                                Por su parte, la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía
                                                                         Local de Andalucía, regula en su artículo 78 y siguientes los
                                CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO                   consorcios, como entidades públicas de carácter voluntario y
                        Consejera de Hacienda y Administración Pública   asociativo, dotadas de personalidad jurídica propia y plena ca-

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Medidas transitorias financieras y contables agencias públicas

  • 1. Página núm. 8 BOJA núm. 97 Sevilla, 19 de mayo 2011 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE HACIENDA cido en la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA sector público de Andalucía. Artículo 2. Codificación y gestión del Presupuesto. ORDEN de 12 de mayo de 2011, por la que se 1. A los efectos de la gestión y contabilización del Presu- adoptan medidas transitorias de orden financiero y con- puesto, los créditos que resultaran afectados por la reordena- table aplicables a las entidades afectadas por la Ley ción, así como los ingresos, mantendrán la codificación con 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector que figuran en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de público de Andalucía. Andalucía para el ejercicio 2011. 2. Los créditos correspondientes a transferencias y sub- La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del venciones a las entidades afectadas por el proceso de reorde- sector público de Andalucía, ha venido a reorganizar algunas nación, a los efectos de su gestión presupuestaria y contable, de las entidades que integran el sector público andaluz, con el mantendrán la codificación con que figuraban en el Presu- objetivo de mejorar la gestión, la calidad en la prestación de puesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2011. los distintos servicios públicos y el desarrollo de las funciones 3. Los créditos referidos comprenderán todos los ges- que le son propias a las Consejerías. tionados por las correspondientes secciones presupuestarias En particular, se crean como agencias públicas empre- que actualmente figuran en el Presupuesto para el ejercicio sariales la Agencia Andaluza del Conocimiento, la Agencia de 2011, tanto de Presupuesto corriente como de remanentes in- Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, la Agencia corporados y de ejercicios futuros, cualquiera que sea la fase Andaluza de Instituciones Culturales y la Agencia de Medio contable en que se encuentren, continuándose con las codifi- Ambiente y Agua de Andalucía. Por otra parte, se configuran caciones y referencias que posean. como agencias públicas empresariales la Agencia de Obra Pú- 4. La gestión de los créditos consignados en el Presu- blica de la Junta de Andalucía y la Agencia Pública Empresa- puesto para el año 2011 de las Consejerías y organismos au- rial Sanitaria Costa del Sol, adscribiéndose a esta última la tónomos afectados por el proceso de reordenación, se ejer- Empresa Pública Hospital de Poniente de Almería, la Empresa cerá hasta el 31 de diciembre del presente año a través de las Pública Hospital Alto Guadalquivir y la Empresa Pública Sani- unidades administrativas configuradas en este ejercicio en el taria Bajo Guadalquivir. Sistema Júpiter. De otro lado, el Servicio Andaluz de Empleo adopta la 5. En todo caso será de aplicación el régimen de compe- configuración de agencia de régimen especial. Asimismo, se tencias sobre modificaciones presupuestarias establecido en el autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pes- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la quera de Andalucía como agencia de régimen especial. Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, La creación y modificación de estas agencias supone que de 2 de marzo; considerando que la responsabilidad sobre los simultáneamente se tramitará la extinción de distintas socie- créditos presupuestarios recae sobre las Consejerías de adscrip- dades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz, ción, de acuerdo con las competencias atribuidas a las mismas y la supresión de los organismos autónomos Agencia Anda- en el Capítulo II del Título II de dicho texto refundido. luza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria y Agencia Andaluza del Agua. A su vez, dicha extinción implica Artículo 3. Régimen de Tesorería. la subrogación por parte de las nuevas agencias en las relacio- La recaudación material de los ingresos y la materializa- nes jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que son ción de los pagos derivados de la ejecución presupuestaria de titulares las citadas sociedades, fundaciones y organismos. los créditos y derechos económicos referidos en el artículo 2 Por otra parte, en algunos casos las agencias asumen compe- de la presente Orden, así como las demás funciones ejercidas tencias que hasta ahora venían realizando las Consejerías. por la Tesorería General de la Junta de Andalucía respecto a Mediante Decretos de fecha 19 de abril de 2011 se aprue- los mismos, continuarán realizándose por la citada Tesorería ban los Estatutos de las citadas agencias. En ellos se habilita a General hasta el 31 de diciembre de 2011. la Consejería competente en materia de Hacienda para adop- tar todas aquellas medidas de orden económico, financiero, Artículo 4. Régimen contable. contable y patrimonial que procedan en relación con el pro- 1. Durante el año 2011 el régimen contable aplicable a la ceso de reorganización administrativa establecido en la Ley gestión de los créditos de las Consejerías y organismos autó- 1/2011, de 17 de febrero. nomos que son asumidos por las agencias creadas o modifi- El marco normativo antes descrito hace imprescindible la cadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, será el mismo que adopción de medidas transitorias de orden financiero y conta- se venía aplicando con anterioridad a su puesta en funciona- ble para la puesta en funcionamiento de las agencias creadas miento. o modificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero. 2. Durante el período transitorio, el régimen contable apli- En consonancia con los ámbitos señalados, la presente cable a las operaciones derivadas de la gestión propia de las Orden contempla las medidas relativas a la materia presu- sociedades mercantiles y fundaciones del sector público an- puestaria, de tesorería, de contabilidad y de control. daluz afectadas por la reordenación, será el establecido con Conforme a lo anterior, y en uso de las habilitaciones que carácter general para dichas entidades. me han sido conferidas Artículo 5. Vinculación de los créditos. DISPONGO Hasta el 31 de diciembre de 2011 los créditos de las Con- sejerías y organismos autónomos asignados a las agencias Artículo 1. Objeto. creadas o modificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, El objeto de la presente Orden es la adopción para el año mantendrán las normas de vinculación de los créditos corres- 2011 de medidas transitorias de orden financiero y contable pondientes a la Administración de la Junta de Andalucía y a derivadas del proceso de reordenación administrativa estable- las agencias administrativas.
  • 2. Sevilla, 19 de mayo 2011 BOJA núm. 97 Página núm. 9 Artículo 6. Rendición de las cuentas del ejercicio 2011. CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 1. La rendición de las cuentas referidas al 31 de diciem- bre de 2011 correspondiente a los créditos de las Consejerías y organismos autónomos, cuya gestión asumen las agencias DECRETO 95/2011, de 19 de abril, por el que se creadas o modificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio de la Cos- presentará de acuerdo con el régimen contable aplicable a los ta Noroeste de la provincia de Cádiz y se crea su Comi- créditos de la Administración de la Junta de Andalucía y de las sión de Seguimiento. agencias administrativas. 2. La rendición de las cuentas a esa misma fecha de las operaciones procedentes de las sociedades mercantiles y de Ver esta disposición en fascículo 2 de 2 de este mismo número las fundaciones del sector público andaluz afectadas por la re- ordenación, se presentará de acuerdo con el régimen contable propio de dichas entidades. 3. Referidas a fecha 1 de enero de 2012, deberán llevarse CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO a cabo las actuaciones de integración y consolidación de las Y DEPORTE cuentas rendidas a 31 de diciembre de 2011, elaboradas con los regímenes contables respectivos de las entidades que se integran en las agencias mencionadas. ACUERDO de 17 de mayo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la creación del Con- Artículo 7. Régimen de control. sorcio denominado «Guadalquivir» y se aprueban sus 1. Durante el año 2011 el régimen de control aplicable Estatutos. a los créditos procedentes de las Consejerías y organismos autónomos que son asumidos por las agencias creadas o mo- El proyecto Guadalquivir es una iniciativa impulsada por dificadas por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, será el mismo la Junta de Andalucía que pretende poner en marcha un con- que era de aplicación antes de la creación o modificación de junto de actuaciones y programas vinculados al río como eje dichas agencias, es decir, el correspondiente a la función in- principal, con el fin de materializar y ejemplificar la evolución terventora. del actual modelo socioeconómico hacia nuevos patrones con- 2. Durante este mismo año, el régimen de control apli- cebidos en términos de sostenibilidad. cable a la gestión de los derechos y obligaciones que provie- La puesta en marcha de dichas acciones van a permitir nen de las sociedades mercantiles y fundaciones del sector que el Guadalquivir y su principal afluente, el Genil, se con- público andaluz afectadas por la reordenación, será el mismo viertan en un espacio activo y reconocible, capaz de promover que les era de aplicación antes de la creación o modificación oportunidades para el desarrollo sostenible. de las agencias, es decir, control financiero o control financiero Una intervención integral en el río Guadalquivir, incidiendo permanente. positivamente en el impulso de las actividades económicas en torno al río como nexo de unión de la oferta turística existente, Disposición adicional primera. Instrucciones en materia requiere ineludiblemente la existencia de un órgano responsa- contable y de control. ble de la gestión que tenga naturaleza, estructura, facultades 1. Antes de la finalización del período transitorio al que y recursos adecuados para cumplir con los fines que se persi- se refiere la presente Orden, la Intervención General de la gan y, en concreto, para acometer actuaciones que afiancen la Junta de Andalucía y la Dirección General de Tecnologías para función vertebradora del río Guadalquivir. Hacienda y la Administración Electrónica deberán dictar de A tal fin, el 14 de octubre de 2009 se firmó el Protocolo forma conjunta las instrucciones necesarias para incorporar de Colaboración para la constitución del consorcio denomi- en el Sistema Júpiter, a 1 de enero de 2012, la información nado «Guadalquivir» entre la Administración de la Junta de correspondiente a la gestión contable en tramitación a 31 de Andalucía, las Diputaciones Provinciales de Cádiz, Córdoba, diciembre del ejercicio anterior, proveniente de la gestión de Granada, Huelva, Jaén y Sevilla, la Asociación «Red de Ciu- las competencias de las fundaciones y empresas públicas que dades Río Guadalquivir», la Confederación de Empresarios de mediante la reordenación se han integrado en el Servicio An- Andalucía, Comisiones Obreras de Andalucía y la Unión Gene- daluz de Empleo y en la Agencia de Gestión Agraria y Pes- ral de Trabajadores de Andalucía. quera de Andalucía. El objeto del Protocolo de Colaboración fue acordar por 2. En virtud de lo dispuesto en la disposición adicional todas las partes firmantes el inicio de los trámites para la crea- novena de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación ción del consorcio «Guadalquivir», a fin de fomentar el desa- del sector público de Andalucía, la Intervención General de la rrollo de actuaciones integrales vinculadas al río, basadas en Junta de Andalucía deberá dictar las instrucciones reguladoras el reforzamiento de la identidad del espacio, de acuerdo a va- del ejercicio del control financiero permanente de las agencias lores tales como el patrimonio natural y paisajístico, el legado creadas o modificadas por la citada Ley. cultural, y los criterios de ordenación territorial fijados por la Administración de la Junta de Andalucía. Disposición adicional segunda. Habilitación. El artículo 12 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Se habilita a los centros directivos de la Consejería de Ha- Administración de la Junta de Andalucía, autoriza la creación cienda y Administración Pública, en el ámbito de sus compe- de consorcios a la Administración de la Junta de Andalucía, tencias, para dictar las instrucciones y realizar cuantas actua- requiriendo para ello informe previo de las Consejerías com- ciones sean necesarias en ejecución de la presente Orden. petentes en materia de Administración Pública y de Hacienda. Disposición final única. Entrada en vigor. Establece, además, que en dicho acuerdo se incluyan los esta- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su tutos del consorcio, en los que se han de determinar sus finali- publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. dades y las particularidades de su régimen orgánico, funcional y financiero. Sevilla, 12 de mayo de 2011 Por su parte, la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, regula en su artículo 78 y siguientes los CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO consorcios, como entidades públicas de carácter voluntario y Consejera de Hacienda y Administración Pública asociativo, dotadas de personalidad jurídica propia y plena ca-