2. OUR
PERFORMANCE
Solicitar nueva autorización de documentos, o bien;
Incorporarse al Régimen de Factura Electrónica (Régimen FEL).
Las facturas y otros documentos autorizados antes del NUEVE DE ENERO DE
2013, que no tienen plazo de vigencia, QUEDARÁN SIN EFECTO A PARTIR DEL
UNO DE ENERO DE 2020, debiendo los contribuyentes optar por las opciones
siguientes:
A partir del 11 de noviembre de 2019 todos aquellos documentos que se
autoricen en medios distintos al Régimen FEL tendrán SEIS MESES COMO
PLAZO MÁXIMO DE VIGENCIA contados a partir de la fecha de la resolución
de la autorización.
El Régimen de Factura Electrónica es el modelo operativo establecido por la
Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- para la emisión de
documentos tributarios electrónicos.
A partir del 01 DE JULIO DE 2021 el Régimen FEL será el único medio que SAT
autorizará para la emisión de documentos tributarios a las personas que se
INSCRIBAN POR PRIMERA VEZ PARA REALIZAR UNA ACTIVIDAD
ECONÓMICA.
Derivado de las últimas reformas al Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado,
Acuerdo Gubernativo 05-2013, es necesario que los contribuyentes tomen debida nota de lo
siguiente:
AGREGAMOS VALOR A SU EMPRESAWWW.VARGASPIEDRASANTA.COM
IMPORTANTE
Aún está a tiempo para revisar sus documentos tributarios y tomar decisiones
que le eviten riesgos fiscales de carácter formal par su empresa.
3. 502 + 77 65 58 09 / AUDITORESYCONSULTORES@LAFIRMA.COM.GT
QUETZALTENANGO, GUATEMALA, CENTROAMÉRICA
DICIEMBRE DE 2019.
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