Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
2. ¿ QUE SIGNIFICA SALUD
OCUPACIONAL ?
Es una ciencia multidisciplinaria que busca proteger y mejorar
el bienestar de los trabajadores como: la salud fisica, mental,
psicologica, social, repercutiendo positivamente a la empresa.
Esta disciplina busca controlar los accidentes y las
enfermedades mediante la reducciòn de las condiciones de
riesgo. Es importante tener en cuenta que la precariedad del
empleo incide en la salud ocupacional. Una empresa que
tiene a sus trabajadores en negro y que representa un
espacio fisico inadeacuado para el trabajo pone en riesgo la
salud de la gente.
3. GLOSARIO
• SEGURIDAD:Cotidianamente se puede referir a la seguridad como la ausencia
de riesgo o también a la confianza en algo o alguien. Sin embargo, el término
puede tomar diversos sentidos según el área o campo a la que haga referencia.
La seguridad es un estado de ánimo, una sensación, una cualidad intangible.
Se puede entender como un objetivo y un fin que el hombre anhela
constantemente como una necesidad primaria.
• SALUD: es el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no
solamente la ausencia de infecciones o enfermedades, según la definición de la
Organización Mundial de la Salud realizada en su constitución de 1946.[1]
También puede definirse como el nivel de eficacia funcional o metabólica de un
organismo tanto a nivel micro (celular) como en el macro (social).
• PSICOLOGIA: es la disciplina que estudia los procesos psíquicos, incluyendo
procesos cognitivos internos de los individuos, así como los procesos
sociocognitivos que se producen en el entorno social, lo cual involucra la
cultura. El campo de los procesos mentales incluye los diversos fenómenos
cognitivos, emotivos y conativos, así como las estructuras de razonamiento y
racionalidad cultural
4. • MULTIDISCIPLINARIO: se refiere a que, por ejemplo, para encontrar la
respuesta a un problema determinado intervienen varias disciplinas, aportando
cada una, los conocimientos e instrumentos necesarios para tal fin.
• RIESGO: ante un posible o potencial perjuicio o daño para las personas y cosas,
particularmente, para el medio ambiente.Aclaración del significado: Cuanto
mayor es la vulnerabilidad mayor es el riesgo (e inversamente), pero cuanto más
factible es el perjuicio o daño mayor es el peligro (e inversamente). Por tanto, el
riesgo se refiere sólo a la teórica "posibilidad de daño" bajo determinadas
circunstancias, mientras que el peligro se refiere sólo a la teórica "probabilidad
de daño" bajo determinadas circunstancias.
• SEGURIDAD SOCIAL: se refiere principalmente a un campo de bienestar social
relacionado con la protección social o la cobertura de las problemática
socialmente reconocidas, como la salud, la pobreza, la vejez, las
discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras.
• EMPLEO: tiene dos grandes significados. Por un lado, hacer referencia a la
acción y efecto de emplear. Este verbo significa ocupar a alguien (encargándole
un negocio o puesto), gastar dinero en una compra o, simplemente, usar algo.
Por otra parte, el término empleo se utiliza para nombrar una ocupación u oficio. En
ese sentido, se lo suele utilizar como sinónimo de trabajo.
5. • INCIDENTE: También puede definirse como una cuestión accesoria a un
procedimiento judicial. Es un litigio accesorio con ocasión de un juicio, que
normalmente versa sobre circunstancias de orden procesal.
• ACCIDENTE: Se define como accidente a cualquier suceso que es provocado por
una acción violenta y repentina ocasionada por un agente externo involuntario, da
lugar a una lesión corporal. La amplitud de los términos de esta definición obliga a
tener presente que los diferentes tipos de accidentes se hallan condicionados por
múltiples fenómenos de carácter imprevisible e incontrolable.
• TRABAJADOR: es una persona que con la edad legal suficiente, y de forma
voluntaria presta sus servicios retribuidos. Cuando no tiene la edad suficiente, se
considera trabajo infantil. Si no presta los servicios de forma voluntaria, se
considera esclavitud o servidumbre.
• Estos servicios pueden ser prestados dentro del ámbito de una organización y bajo
la dirección de otra persona física o persona jurídica, denominada empleador o
empresario; o bien como trabajador independiente o autónomo.
•
6. HISTORIA
Desde la edad primitiva el hombre busco la necesidad de crear sus propios instrumentos
de trabajo, inicialmente a base de piedra y palo, luego se produce el dominio del fuego, y
el uso de la ceramica.
La salud ocupacional en nuestro pais ejecutadas por los indios, no se manejaban los
riesgos que estos podrian llevar a ocurrir. Luego en la epoca de la independencia en
1810, simon bolivar declaro que los mayores riesgo se presentaban en los soldados, ya
que sus principales actividades eran se centraban en el manejo de armas.
En 1906 rafael uribe uribe presidente de la republica crea un codigo de normas para el
trabajo proyecto de ley sobre accidentes de trabajo el cual fue aprobado en el congreso
y vino a ser la ley 57 de 1915.
En las primera decadas de funcionamiento de la industria, la medicina y la seguridad
industrial hegemonizan lo que podira idrntificarse como la SALUD OCUPACIONAL en
1926 nace en colombia la primera entidad que promovia la salud y el riesgo
profesionales para proteger a los trabajadores nace entonces los seguros sociales EPS
Y ARP y el seguro social para fondo de pensiones 1930-1940 se crearon de grandes
empresas, ferrocarriles, ecopetrol. Dentro de la legislacion colombiana no existio hasta
poco normas que permitieran los sectores estatal y empresarial consultar lo relativo a la
higiene y seguridad industrial. A partir del año 1986 comienza a funcionar el comité
paritario de salud ocupacional acorde con la legislacion colombiana.
7. LEYES QUE CONFORMAN LA SALUD
OCUPACIONAL
La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el
país, la cual consta de tres componentes como son:
• El Régimen de Pensiones
• Atención en Salud
• Sistema General de Riesgos Profesionales.
Ley 9a. De 1979: es la Ley marco de la Salud Ocupacional en
Colombia.
Resolución 2400 de 1979: conocida como el "Estatuto General de
Seguridad".
Decreto 614 de 1984: que crea las bases para la organización y
administración de la Salud Ocupacional.
Resolución 2013 de 1986, que establece la creación y funcionamiento
de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las
empresas.
Resolución 1016 de 1989, que establece el funcionamiento de los
Programas de Salud Ocupacional en las empresas.
Decreto 1295 de 1994, que establece la afiliación de los funcionarios a
una entidad Aseguradora en Riesgos Profesionales (ARP).
8. Decreto1346 de 1994, por el cual se reglamenta la integración, la
financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de
Invalidez.
Decreto 1772 de 1994, por el cual se reglamenta la afiliación y las
cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
Decreto 1832 de 1994, por el cual se adopta la Tabla de
Enfermedades Profesionales.
Decreto 1834 de 1994, por el cual se reglamenta el funcionamiento
del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.
9. ENTIDADES QUE LO CONFORMAN:
A.R.S: Entidades Administradora autorizadas por la Superintendencia
de Salud para administar los recursos del regimen subsidiado. Es la
entidad autorizada por la secretaria distrital de salud y la
superintendencia nacional de salud para que preste a los afiliados los
servicios de salud correspondientes al POS subsidiado.
E.P.S: Entidad Promotora de Salud. Su funcion principal es inscribir,
afiliar, y garantizar la prestacion de los servicos de salud
correspondientes al POS ( plan obligatorio de salud). A la poblacion que
pertenece al regimen contributivo.
I.P.S: Son las instituciones prestadoras de salud, son los hospitales,
clnicas, laboratorios, etc. Que prestan directamente el servicio a los
usuarios y aporatmn todos los recursos necesarios para la recuperacion
de la salud y prevencion de la enfermedad.
10. INSTITUCION EDUCATIVA : EL
NACIONAL
INTEGRANTES: ANDREA DIAZ
ERIKA DIAZ
LUZ ELENA ROMERO
KANDY SALGADO
AREA: ESPECIALIDAD EN
INFORMATICA
LIC: NUBIA SOLANO
GRADO:11ºB
AÑO:2011