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CONTRATO DE COMPRA VENTA
Señor Notario:
Sírvase usted extender en su registro de Escrituras Públicas un CONTRATO DE
COMPRAVENTA que celebran de una parte MARTIN ARTURO PISCONTE FUERTES,
identificado con Documento Nacional de Identidad N º 47253294 y con domicilio en Los
lagos de la molina Mz “ J” Lt.18-B, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento
de Lima, a quien en adelante se les denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte
ALEXANDER MARTIN HUAYTA MUNAYCO, debidamente identificado con Documento
Nacional de Identidad Nº 15429173 y con domicilio en Calle la arboleda Urb. Res. El Prado
Mz “B” Lt 9, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, a quien en
adelante se le denominará EL COMPRADOR, de acuerdo a los siguientes términos y
condiciones:
PRIMERO: SOBRE EL INMUEBLE
Que En virtud de la sucesión intestada de su madre INOCENTE REYNALDO PISCONTE
YAÑEZ, recaída en la resolución Nº09 de fecha 28 de abril del 2022. Declara como herero
universal a sus hijos MARTIN ARTURO PISCONTE FUERTES y URSULA PATRICIA PISCONTE
FUERTES.
EL VENDEDOR es propietarios de un terreno urbano ubicado Av.28 de JULIO Nº 685A del
distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuya área de terreno
superficial es de 1272.60 m2.
Siendo los Linderos y colindantes:
Por el NORTE Colinda con propiedad de terceros, mediante una línea quebrada, formada por
los tramos : P1-P2 CON 91 ml, tramo P2-P3 con 0.63 ml y el tramo P3-P4 con 10.26 ml.
Por el ESTE Colinda con la calle las begonias, mediante una línea recta, formada por el tramo
P8-P1 con 14.80 ml.
Por el SUR colinda con propiedad de terceros, mediante una línea quebrada, formada por los
tramos: P7-P8 con 82.14 ml, tramo P6-P7 con 9.09 ml y el tramo P5-P6 con 22.20 ml.
Por el OESTE colinda con la Av.28 de Julio, mediante una línea recta, formada por el tramo
P4-P5 con 4.26 ml.
El inmueble lo adquiere EL VENDEDOR de la siguiente forma:
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Y CONDICIONES
Por el presente contrato, EL VENDEDOR da en venta real y enajenación perpetua a EL
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COMPRADOR, el inmueble descrito en la cláusula primera.
Por el presente contrato, EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad del bien descrito
en la cláusula primera en favor de EL COMPRADOR, de igual manera EL VENDEDOR declara
que el inmueble se encuentra libre de gravámenes.
TERCERO: PRECIO
EL COMPRADOR adquiere el inmueble por el precio de S/132,000 Soles (ciento treinta y dos
Mil Soles) dicho monto ha sido pagado íntegramente a entera satisfacción AL VENDEDOR,
mediante cheque Nº00003189 8 011 211 01 00012038 04.
CUARTO: GASTOS
Serán dé cuenta de EL COMPRADOR el pago de los derechos notariales y registrales que
origine el presente contrato.
QUINTO: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
Las partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente
contrato. Cualquier comunicación o notificación deberá ser cursada a dichos domicilios por
escrito. En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal,
deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo de constancia de recepción, y a la
mayor brevedad posible.
En caso contrario, cualquier comunicación o notificación hecha al anterior domicilio se
entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.
SEXTO: JURISDICCION
En caso de presentarse cualquier asunto dudoso o litigioso derivado de la interpretación,
aplicación o ejecución del presente contrato, las partes renuncian expresamente al fuero de
sus domicilios y se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la Corte Superior
de Cañete, señalando para tal efecto las direcciones indicadas en la parte introductoria del
presente instrumento.
Agregue usted, señor Notario, las demás cláusulas que fueren de ley, haga los insertos
correspondientes, eleve la presente a Escritura Pública, y sírvase cursar los partes
correspondientes para su inscripción al Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina
Registral de Cañete
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Cañete, 28 de
setiembre del año dos mil veintidós.