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Sara Higuero 4ºC

    Seguridad social y
     el contrato.
1. Seguridad social
   Sistema de la seguridad social: El Sistema de
    la Seguridad Social es un conjunto de regímenes a través de los
    cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su
    campo de aplicación, por realizar una actividad profesional, o por
    cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así
    como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la
    protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley
    define.
1. Seguridad social
 Modalidad                contributiva: A efectos de las
    prestaciones de modalidad contributiva, están incluidos dentro del
    campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social, y
    cualquiera que sea su sexo, estado civil o profesión, todos los
    españoles que residan en España, y los extranjeros que residan o se
    encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos
    supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional, y que estén
    incluidos en alguno de los siguientes apartados:
   Trabajadores por cuenta ajena.
   Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
   Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
   Estudiantes.
   Funcionarios públicos, civiles o militares.
1. Seguridad social
   Modalidad no contributiva: Serán constitutivas de
    invalidez permanente, en su modalidad no contributiva, las
    deficiencias, previsiblemente permanentes, de carácter físico o
    psíquico, congénitas o no, que anulen o modifiquen la capacidad
    física, psíquica o sensorial de quienes las padecen.

     Podrán ser beneficiarios de esta prestación quienes cumplan los
    siguientes requisitos:
   Ser mayor de 18 años y menor de 65.
   Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante
    cinco años, de los cuales dos deben estar dentro de los cinco
    inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
   Estar afectados de una minusvalía o enfermedad crónica, en un
    grado igual o superior al 65%.
   Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se considerará que los
    ingresos son insuficientes cuando la suma, en computo anual de
    los ingresos, sea inferior a la cuantía de la propia pensión de
    incapacidad.
2. Salario mínimo interprofesional
   El salario mínimo interprofesional fija
    la cuantía retributiva mínima que
    percibirá el trabajador referida a la
    jornada legal de trabajo, sin distinción
    de sexo u edad de los trabajadores,
    sean fijos, eventuales o temporales.
3. El contrato
   Un contrato es un documento donde se
    especifica el acuerdo entre empresario y
    trabajador y en el que fijan una serie de
    determinados servicios prestados por el
    empleado que corren por cuenta del
    empresario y bajo su dirección a cambio de
    una retribución. , existen hasta 16 contratos
    de trabajo diferentes.
4. Tipos de contrato
   Contrato Indefinido: El contrato
    ordinario indefinido es aquél que se
    concierta sin establecer límites en la
    prestación de los servicios. Podrá ser
    verbal o escrito, debiendo ser
    comunicado en la Oficina de Empleo
    en los diez días siguientes a su
    concertación
4. Tipos de contrato
   Contrato a tiempo parcial: El contrato de
    trabajo se entenderá celebrado a tiempo
    parcial cuando se haya acordado la
    prestación de servicios durante un número
    de horas al día, a la semana, al mes o al
    año, inferior a la jornada de trabajo de un
    trabajador a tiempo completo comparable.
4. Tipos de contrato
    Contratos formativos:
   El contrato de trabajo en prácticas podrá
    concertarse con quienes estuvieren en
    posesión de título universitario o de formación
    profesional de grado medio o superior o títulos
    oficialmente reconocidos como equivalentes,
    que habiliten para el ejercicio profesional,
    dentro de los cuatro años, o de seis años
    cuando el contrato se concierte con un
    trabajador minusválido, siguientes a la
    terminación de los correspondientes estudios.
    La duración del contrato no podrá ser inferior a
    seis meses ni exceder de dos años.
4. Tipos de contrato
   Contratos de duración determinada:
    Cuando se contrate al trabajador para la
    realización de una obra o servicio
    determinados con jornada completa o
    parcial.

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Presentación2

  • 1. Sara Higuero 4ºC Seguridad social y el contrato.
  • 2. 1. Seguridad social  Sistema de la seguridad social: El Sistema de la Seguridad Social es un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional, o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define.
  • 3. 1. Seguridad social  Modalidad contributiva: A efectos de las prestaciones de modalidad contributiva, están incluidos dentro del campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social, y cualquiera que sea su sexo, estado civil o profesión, todos los españoles que residan en España, y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional, y que estén incluidos en alguno de los siguientes apartados:  Trabajadores por cuenta ajena.  Trabajadores por cuenta propia o autónomos.  Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.  Estudiantes.  Funcionarios públicos, civiles o militares.
  • 4. 1. Seguridad social  Modalidad no contributiva: Serán constitutivas de invalidez permanente, en su modalidad no contributiva, las deficiencias, previsiblemente permanentes, de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que anulen o modifiquen la capacidad física, psíquica o sensorial de quienes las padecen. Podrán ser beneficiarios de esta prestación quienes cumplan los siguientes requisitos:  Ser mayor de 18 años y menor de 65.  Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deben estar dentro de los cinco inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.  Estar afectados de una minusvalía o enfermedad crónica, en un grado igual o superior al 65%.  Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se considerará que los ingresos son insuficientes cuando la suma, en computo anual de los ingresos, sea inferior a la cuantía de la propia pensión de incapacidad.
  • 5. 2. Salario mínimo interprofesional  El salario mínimo interprofesional fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporales.
  • 6. 3. El contrato  Un contrato es un documento donde se especifica el acuerdo entre empresario y trabajador y en el que fijan una serie de determinados servicios prestados por el empleado que corren por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. , existen hasta 16 contratos de trabajo diferentes.
  • 7. 4. Tipos de contrato  Contrato Indefinido: El contrato ordinario indefinido es aquél que se concierta sin establecer límites en la prestación de los servicios. Podrá ser verbal o escrito, debiendo ser comunicado en la Oficina de Empleo en los diez días siguientes a su concertación
  • 8. 4. Tipos de contrato  Contrato a tiempo parcial: El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
  • 9. 4. Tipos de contrato Contratos formativos:  El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cuatro años, o de seis años cuando el contrato se concierte con un trabajador minusválido, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios. La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años.
  • 10. 4. Tipos de contrato  Contratos de duración determinada: Cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o servicio determinados con jornada completa o parcial.