La Superintendencia de Competencia de El Salvador concluyó una investigación de 4 meses contra Shell, Esso y Texaco por presuntas prácticas anticompetitivas. El expediente fue remitido al Consejo Directivo, quien tiene 3 meses para emitir una resolución final. De encontrarse infracciones, las petroleras podrían ser multadas hasta $852,000 dólares cada una y se les podría ordenar cesar las conductas declaradas anticompetitivas.
SC concluye investigación del caso contra petroleras y remite expediente al Consejo Directivo para que resuelva
1. Comunicado de Prensa C.25-07
Antiguo Cuscatlán, 31 de julio de 2007
Prácticas anticompetitivas
SC concluye investigación del caso contra petroleras y
remite expediente al Consejo Directivo para que resuelva
La Superintendencia de Competencia ha finalizado la investigación formal que inició el 9 de
marzo de 2007 en contra de Shell, Esso, y Texaco. Resta que el Consejo Directivo emita la
resolución final.
La Superintendencia de Competencia (SC) de El Salvador concluyó la investigación en contra de
Shell, Esso y Texaco. En la misma resolución se ha ordenado la integración del expediente del caso
investigado, el cual ha sido remitido al Consejo Directivo (CD), para que emita una resolución final,
ya que el plazo para resolver vence el 20 de abril de 2008, informó Celina Escolán, Superintendenta
de Competencia.
El Consejo Directivo, órgano colegiado, es la máxima autoridad de la
Superintendencia de Competencia y está integrado por José Enrique
“La investigación
Sorto Campbell, Jaime Alfonso Acosta Romero, Carmen Aída Lazo,
concluyó tan sólo Rafael Antonio Lemus Gómez, Oscar Ovidio Cabrera Melgar, y Celina
cuatro meses después Escolán Suay, quien preside el mismo.
de que el CD amplió
por un año el plazo del Los miembros del Consejo deberán estudiar el expediente para
proceso para resolver definitivamente sobre la investigación. El Consejo dispone de
continuar con las un plazo no mayor a tres meses para resolver, a partir de la recepción
del expediente, según la normativa interna del mismo, la cual busca
etapas del mismo”,
garantizar la transparencia, eficiencia y equidad del funcionamiento del
informó Celina CD, dijo Escolán.
Escolán,
Superintendenta de Conforme a la Ley de Competencia, al Superintendente le corresponde
Competencia. realizar las investigaciones, ordenando la instrucción del expediente
por posibles violaciones a la misma.
Mientras, dicha Ley otorga al Consejo Directivo las facultades para imponer sanciones, así como
también, según el caso, ordenar el cese de la práctica anticompetitiva.
La investigación concluyó tan sólo cuatro meses después de que el CD amplió por un año el plazo
del proceso para continuar con las etapas del mismo, resaltó Escolán.
Lo que establece la ley en cuanto a sanciones
De establecerse por el CD la existencia de las supuestas prácticas anticompetitivas investigadas,
podría ordenar el cese de las conductas que se declaren anticompetitivas, de conformidad al artículo
14 d), de la Ley de Competencia.
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2. Asimismo, podría imponer a Shell, a Esso y a Texaco multas máximas de 852,000 dólares, tomando
en cuenta la gravedad de la infracción, el daño causado, el efecto sobre terceros, la duración de
dicha práctica, las dimensiones del mercado y la reincidencia, según los artículos 37 y 38 de la Ley
de Competencia.
Shell acumularía multas por violar el artículo 30 b), 30 d) y 25 a) de la Ley de Competencia; Texaco y
Esso acumularía sanciones por violar los artículos 30 d) y 25 a).
Antecedentes
1. La SC inició el 5 de julio de 2006 la investigación preliminar en contra de Shell, ante la
denuncia presentada el 20 de abril de 2006 por el señor Julio Enrique Federico Ávila Bauman,
titular de estaciones de servicio de la Sociedad Shell El Salvador S.A. También, inició las
investigaciones en contra de Esso, Texaco y Shell, ante denuncias presentadas por la
Asociación Salvadoreña de Distribuidores de Productos de Petróleo (ASDPP), el 21 de abril de
2006.
2. Además, la SC abrió el 9 de marzo de 2007 un proceso sancionador en contra de las
mencionadas petroleras, por las presuntas prácticas anticompetitivas antes mencionadas (abuso
de posición de dominio consistente en fijación de precios -caso Shell- y zonificación de precios -
en el caso de Texaco, Esso y también Shell-. La SC investigó además una posible colusión
(acuerdos) entre las tres compañías.
3. El 13 de marzo de 2007, el Consejo Directivo amplió hasta por 12 meses el plazo de
investigación del caso Shell El Salvador S.A., y del caso acumulado de Esso Standard Oil S.A.
Limited, Texaco Caribbean Inc, y Shell El Salvador S.A., debido a que el período inicial había
vencido el 20 de abril de 2007, por lo que se consideró necesario extenderlo hasta el 20 de abril
de 2008, para continuar con las demás etapas exigidas en la Ley, para la resolución final del
caso.
4. El 10 de abril de 2007, las petroleras presentaron sus escritos de defensa de los aspectos
contenidos en la resolución que dio inicio al proceso administrativo sancionador.
5. Luego, la SC resolvió el 24 de mayo de 2007 abrir a pruebas, por un plazo de 20 días hábiles,
en el respectivo procedimiento administrativo sancionador contra Shell, Esso y Texaco. Dicho
plazo venció el 21 de junio del presente año.
6. El 30 de julio de 2007, la SC concluyó la investigación del proceso sancionador en contra de
Shell El Salvador S.A., Esso Standard Oil S.A. Limited, y Texaco Caribbean Inc.
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