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U01 T02 Derechos Humanos.pdf
1. En 2009, en México, una joven
empleada de una empresa se
enfermó varias veces, su jefe le
mandó que se hiciera una prueba
de detección del VIH. El día que
ella se enteró que era portadora
del VIH, ese mismo día la
despidieron del trabajo. Hoy, ella
tiene un hijo y vive en la casa de
una tía que le proporciona un
cuarto...
¿QUÉ REFLEXIONES NOS PRODUCE ESTE TIPO DE NOTICIAS?
2. Derechos Humanos y el VIH
Lic. Emilio Olórtegui Arango
Enfermero
Dirección de Prevención y Control de VIH, ITS y Hepatitis
DPVIH - MINSA
4. Los Derechos Humanos se originan en una serie de ideas o
interpretaciones que las sociedades han realizado sobre el ser
humano, sus relaciones sociales y su vinculación con el Estado.
La dimensión normativa transforma a los Derechos Humanos en
un conjunto de normas que los estados tienen que cumplir y
respetar prioritariamente. Constituyen un concepto dinámico, no
estático.
Se renuevan a partir de las nuevas necesidades del ser humano,
pero también a partir del análisis crítico que las sociedades hacen
respecto a la relación entre los ciudadanos y el Estado.
DERECHOS HUMANOS – DEFINICIÓN
5. Los Derechos Humanos constituyen
facultades y libertades
fundamentales inherentes a la
persona humana y que se
encuentran fundadas en el
reconocimiento de la dignidad
humana.
7. Los Derechos Humanos son
reconocidos como:
• Valores éticos y morales.
• Normas legales que facultan a
los seres humanos gozar de
derechos protegidos y
garantizados por los Estados.
8. DERECHOS HUMANOS EN LAS PERSONAS QUE VIVEN CON VIH
Todos los seres humanos
nacen libres en dignidad y
derechos.
Toda persona tiene
todos los derechos
sin distinción de
raza, color, sexo,
religión u otra
índole.
Nadie será sometido a
torturas, tratos crueles,
inhumanos o degradantes.
Derecho al
reconocimiento de
su personalidad
jurídica.
Todos son iguales ante la ley y
tienen sin distinción derecho
a igual protección de la ley.
Toda persona tiene derecho a
la vida, a la libertad y a la
seguridad.
9. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
DINÁMICOS UNIVERSALES INDIVISIBLES
NO
TRANSFERIBLES
NO TERMINAN EXIGIBLES
10. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS (I)
DINÁMICOS UNIVERSALES
Es posible ampliar su significado o crear
otros derechos en la medida en que
surgen nuevas necesidades planteadas
por grupos de personas.
Los DDHH constituyen una herramienta
que cambia y se desarrolla con el fin de
adecuarse a las demandas de la
humanidad, por lo que estos derechos
son algo más que un conjunto de normas
escritas en un documento.
Todas las personas, mujeres y
hombres, de todos los países y de
todas las edades, tenemos derechos
humanos. Es decir, los derechos
humanos son parte de la vida de
cada persona.
INDIVISIBLES
Son un conjunto que no se puede dividir
y en el que todos los derechos son
igualmente importantes, por lo que no se
pueden respetar unos e irrespetar otros.
O sea, la violación a uno de los derechos
humanos afecta el resto del conjunto.
Esta característica es relevante porque
las personas necesitan todos sus
derechos para desarrollarse plenamente
y vivir con dignidad.
11. NO TRANSFERIBLES NO TERMINAN
No se pueden pasar nuestros
derechos a otras personas ni
tampoco renunciar a ellos.
Existen para siempre, hasta que
morimos. Generan deberes: quiere
decir que producen
responsabilidades, o sea, deberes de
conducta ante las demás personas y
ante nosotros mismos.
EXIGIBLES
Se puede exigir su cumplimiento
siempre y cuando estén reconocidos
en las constituciones, leyes y
tratados del que el país es parte o
instancias a las que se ha sometido
(caso ONU y OEA).
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS (II)
13. El derecho a la salud está protegido en la Constitución Política del Perú
de 1993, que en su artículo 7 señala que:
"Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar
y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y
defensa".
Y en su artículo 9 añade:
“El Estado determina la política nacional de salud. El poder ejecutivo
norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y
conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el
acceso equitativo a los servicios de salud”.
DERECHO A LA SALUD
14. DERECHO A LA SALUD
El Estado Peruano promulgó la Ley General de
Salud, Ley Nro. 26842, del 15 de Julio 1997.
Establece obligaciones para lograr la protección
del derecho a la salud. Señala que:
"Toda persona tiene derecho a la protección de
su salud en los términos y condiciones que
establece la ley. El derecho a la protección de la
salud es irrenunciable."
Y señala que es responsabilidad primaria del
Estado, proteger la salud e irrenunciable su
responsabilidad a proveer servicios de salud
pública.
En el marco de esta Ley General, se introdujo
también el Seguro Integral de Salud.
16. La Estrategia Mundial sobre el SIDA 2021-2026 mantiene a las personas en el
centro y tiene como objetivo unir a los países, las comunidades y los socios a
través y más allá de la respuesta al VIH para tomar medidas prioritarias y así
acelerar el progreso hacia la visión de cero nuevas infecciones por el VIH, cero
discriminación y cero muertes relacionadas con el sida.
La Estrategia busca empoderar a las personas con los programas y los recursos
que necesitan para ejercer sus derechos, protegerse y prosperar frente al VIH.
Las personas que viven con el VIH, las poblaciones claves y las personas en
riesgo de contraer el VIH disfrutan de los derechos humanos, la igualdad y la
dignidad, libres de estigma y discriminación.
El estigma, la discriminación, los derechos humanos y la igualdad de género:
las barreras de los derechos humanos y la desigualdad de género que
ralentizan el progreso en la respuesta al VIH y dejan atrás a las poblaciones
claves y a las poblaciones prioritarias deben abordarse y superarse en todas
las áreas de la Estrategia.
(Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA, PONER FIN A LAS
DESIGUALDADES - 2021).
DERECHOS HUMANOS Y VIH
17. DERECHOS HUMANOS Y VIH
Todos los seres humanos, sin distinción de ningún tipo, son titulares de derechos, lo
cual implica que:
Las personas que viven con VIH deben ser reconocidas como sujetos con derecho a
exigir determinadas prestaciones ante el Estado y sus instituciones.
El Estado tiene la obligación de hacer valer tales derechos y para hacer efectivas
estas obligaciones se requieren mecanismos que permitan exigirlas.
La falta de protección de los derechos humanos inhabilita a
los grupos en condiciones de vulnerabilidad para prevenir o
para hacer frente al VIH, si ya están afectados por el virus.
(OHCHR y ONUSIDA, 2006).
18. LEY N° 26266 LEY CONTRASIDA
Publicada en junio de 1996
19. LEY N° 28243 (28/01/2004)
MODIFICA LEY CONTRASIDA
Artículo 1: Declárese de necesidad nacional e interés
público la lucha contra la infección por el Virus de la
Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de
Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones
de Transmisión Sexual (I
Artículo 7: se amplia el concepto de atención integral.
La atención a las PVV debe responder de manera
integral a sus componentes biológicos, psicológicos y
espirituales, comprendiendo en dicho proceso a la
familia y la sociedad.
Toda PVVS tiene derecho a recibir atención integral de
salud continúa y permanente del Estado a través de
todos los ES.
20. DECRETO SUPREMO N° 002-2020-SA (16/01/2020)
VULNERABILIDAD SANITARIA:
Aquella situación asociada a una condición de salud, que denota
desventaja especialmente grave, a nivel económico, educativo,
social, entre otros; lo cual limita la capacidad de desarrollarse,
resistir o sobreponerse ante una enfermedad, riesgo de
enfermar o morir, y que requiere que el Estado realice un mayor
esfuerzo para facilitar la participación con igualdad de
oportunidades en la vida nacional y acceder a mejores
condiciones de vida.
Desarrolla el concepto de vulnerabilidad sanitaria a
efectos de viabilizar la afiliación regular de las PV, PAT
y discapacidad severa al régimen subsidiado del
Seguro Integral de Salud-SIS
Tienen derecho a un SIS gratuito por
vulnerabilidad sanitaria.
Cubre PEAS y complementarias
Reglamenta la Primera Disposición
Complementaria Final del Decreto Legislativo N°
1346 que establece disposiciones para optimizar
los servicios que son financiados a través del
Seguro Integral de Salud (SIS)
21. • MINSA (2016). Norma Técnica de Salud de Atención Integral de la Población Trans Femenina para la Prevención y
Control de las Infecciones de Transmisión Sexual y el VIH/SIDA (NTS N° 126-2016-MINSA-V.01) y su modificación en
2017.
• MINSA (2018). Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de la Confección de Tuberculosis y Virus de
Inmunodeficiencia Humana en el Perú (NTS N°143/MINSA/2018/DGIESP, aprobada por RM N° 895-2018/MINSA).
• MINSA (2019). Norma Técnica de Salud para la prevención de la Transmisión Materno Infantil del VIH, Sífilis y
Hepatitis (NTS N° 159- MINSA/2019/DGIESP, aprobada por RM N.º 1138-2019/MINSA).
• MINSA(2020). Norma Técnica de Salud para la atención integral del adulto con infección por VIH (NTS 169-
MINSA/2020/DGIESP, aprobada por RM N° 1024–2020/MINSA).
• MINSA (2020). Norma Técnica de Salud para la atención integral de las niñas, niños y adolescentes infectados por
VIH (NTS N° 167-MINSA/2020/DGIESP, aprobada por RM N° 882-2020/MINSA).
• MINSA (2023). Norma Técnica de Salud para la prevención combinada del VIH en poblaciones de alto riesgo (NTS
N° 204-MINSA/2023/DGIESP, aprobada por RM N° 576-2023/MINSA).
NORMAS TÉCNICAS - DPVIH
22. PREGUNTAS DE METACOGNICIÓN
¿Cuáles son las
características
principales de
los Derechos
Humanos?
¿Qué
consecuencias
genera la
violación de los
derechos
humanos en las
PVV?
¿Qué
estrategias
aplicaría para
proteger los
DD.HH de las
PVV en su
establecimiento
de salud?