DIRECTIVA N° 005-2014-CG/AFIN “AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL”, DE 03.OCT...miguelserrano5851127
Directiva, cuya finalidad es Regular las auditorías financieras a realizarse en el Sector Público, a fi n de incrementar el grado de confianza de los usuarios de los estados presupuestarios y financieros; así como, contribuir a la eficiencia, eficacia y calidad en la auditoría a la Cuenta General de la República.
Curso de auditoría gubernamental - 1ra parte, tiene por objetivo internalizar conceptos, técnicas y procedimientos del proceso de auditoría gubernamental en el sector público.
Dr. Miguel Aguilar Serrano
DIRECTIVA N° 005-2014-CG/AFIN “AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL”, DE 03.OCT...miguelserrano5851127
Directiva, cuya finalidad es Regular las auditorías financieras a realizarse en el Sector Público, a fi n de incrementar el grado de confianza de los usuarios de los estados presupuestarios y financieros; así como, contribuir a la eficiencia, eficacia y calidad en la auditoría a la Cuenta General de la República.
Curso de auditoría gubernamental - 1ra parte, tiene por objetivo internalizar conceptos, técnicas y procedimientos del proceso de auditoría gubernamental en el sector público.
Dr. Miguel Aguilar Serrano
MANUAL DE AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL – MAFIGU 26.OCT.2014miguelserrano5851127
La finalidad del Manual de Auditoría Financiera Gubernamental, es establecer disposiciones y criterios técnicos aplicables a la auditoría financiera gubernamental, con la finalidad de uniformizar el trabajo de los auditores y promover la calidad en el cumplimiento de sus objetivos y fines esenciales, de manera que permitan fundamentar sus opiniones e informes con propiedad.
Normas de Auditoría Gubernamental de la Oficina de Rendición de Cuentas – GAO...miguelserrano5851127
El propósito de las normas y guías presentadas en las Normas Generales de Auditoría Gubernamental de la GAO de Estados Unidos, referidas con frecuencia como normas de auditoría gubernamental generalmente aceptadas GAGAS, están destinadas a los auditores gubernamentales para garantizar que éstos mantengan su competencia, integridad, objetividad e independencia al planificar, realizar y presentar su trabajo, y deben ser acatadas por auditores y organizaciones de auditoría cuando así lo exijan las leyes, reglamentos, contratos, convenios o normas.
Mediante Resolución de Contraloría N° 445-2014-CG, aprobó la Directiva N° 005-2014-/AFIN, denominada Auditoría Financiera Gubernamental y el Manual de Auditoría Financiera Gubernamental, la misma que entra en vigencia a partir del 05 de octubre de 2014
Directiva n.° 005-2018-CG/DPROCAL “Auditoría de cumplimiento derivada del con...miguelserrano5851127
Cuya finalidad es regular la auditoría de cumplimiento derivada del control concurrente, que ejecuta la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional, en las entidades cuyos procesos fueron materia de uno o más servicios de control concurrente, con el fin de hacer más eficiente y oportuno el control gubernamental.
Directiva Nº 008-2016-CG/GPROD “Auditoría de desempeño” y “Manual de auditorí...miguelserrano5851127
La finalidad del Manual de Auditoría de Desempeño, es establecer la metodología para el desarrollo de la auditoría de desempeño.
De esta manera, se busca uniformizar las actividades principales y los criterios a ser aplicados por los equipos encargados de realizar el servicio de auditoría de desempeño y sus procesos vinculados, así como promover la calidad del trabajo de los auditores.
Los objetivos del Manual de Auditoría de Cumplimiento, son:
▪ Establecer la metodología en el proceso de auditoría de cumplimiento con el propósito de uniformizar criterios y terminología para el desarrollo de la misma.
▪ Determinar los criterios básicos que permitan llevar a cabo el control de calidad en el proceso de la auditoría de cumplimiento que realizan los auditores del Sistema.
▪ Proporcionar un documento de consulta para los profesionales que ejercen la auditoría de cumplimiento, y promover el perfeccionamiento profesional para quienes la ejecutan.
▪ Promover las buenas prácticas de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) para el desarrollo de la auditaría de cumplimiento.
MANUAL DE AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL – MAFIGU 26.OCT.2014miguelserrano5851127
La finalidad del Manual de Auditoría Financiera Gubernamental, es establecer disposiciones y criterios técnicos aplicables a la auditoría financiera gubernamental, con la finalidad de uniformizar el trabajo de los auditores y promover la calidad en el cumplimiento de sus objetivos y fines esenciales, de manera que permitan fundamentar sus opiniones e informes con propiedad.
Normas de Auditoría Gubernamental de la Oficina de Rendición de Cuentas – GAO...miguelserrano5851127
El propósito de las normas y guías presentadas en las Normas Generales de Auditoría Gubernamental de la GAO de Estados Unidos, referidas con frecuencia como normas de auditoría gubernamental generalmente aceptadas GAGAS, están destinadas a los auditores gubernamentales para garantizar que éstos mantengan su competencia, integridad, objetividad e independencia al planificar, realizar y presentar su trabajo, y deben ser acatadas por auditores y organizaciones de auditoría cuando así lo exijan las leyes, reglamentos, contratos, convenios o normas.
Mediante Resolución de Contraloría N° 445-2014-CG, aprobó la Directiva N° 005-2014-/AFIN, denominada Auditoría Financiera Gubernamental y el Manual de Auditoría Financiera Gubernamental, la misma que entra en vigencia a partir del 05 de octubre de 2014
Directiva n.° 005-2018-CG/DPROCAL “Auditoría de cumplimiento derivada del con...miguelserrano5851127
Cuya finalidad es regular la auditoría de cumplimiento derivada del control concurrente, que ejecuta la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional, en las entidades cuyos procesos fueron materia de uno o más servicios de control concurrente, con el fin de hacer más eficiente y oportuno el control gubernamental.
Directiva Nº 008-2016-CG/GPROD “Auditoría de desempeño” y “Manual de auditorí...miguelserrano5851127
La finalidad del Manual de Auditoría de Desempeño, es establecer la metodología para el desarrollo de la auditoría de desempeño.
De esta manera, se busca uniformizar las actividades principales y los criterios a ser aplicados por los equipos encargados de realizar el servicio de auditoría de desempeño y sus procesos vinculados, así como promover la calidad del trabajo de los auditores.
Los objetivos del Manual de Auditoría de Cumplimiento, son:
▪ Establecer la metodología en el proceso de auditoría de cumplimiento con el propósito de uniformizar criterios y terminología para el desarrollo de la misma.
▪ Determinar los criterios básicos que permitan llevar a cabo el control de calidad en el proceso de la auditoría de cumplimiento que realizan los auditores del Sistema.
▪ Proporcionar un documento de consulta para los profesionales que ejercen la auditoría de cumplimiento, y promover el perfeccionamiento profesional para quienes la ejecutan.
▪ Promover las buenas prácticas de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) para el desarrollo de la auditaría de cumplimiento.
Control de auditoría financiera del Sistema Nacional de Control en entidades del sector privado.
La auditoría financiera y sus controles.
El control que realiza la auditoría en entidades.
Que controles lleva la auditoría financiera.
Programa de controles de auditoría.
Guía de controles de auditoría.
La auditoría y su sistema de control.
El efecto de sistema de control en auditoría.
Funciones que se realizan en auditoría.
Casos prácticos de control de auditoría.
Auditoría Administrativa y financiera
DIRECTIVA N° 007- 2015-CG/PROCAL, “DIRECTIVA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTIT...miguelserrano5851127
CUYOS OBJETIVOS SON LOS DE REGULAR LAS FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL, LA ACTUACIÓN DEL JEFE Y SU PERSONAL, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LAS ENTIDADES SUJETAS AL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y ESTABLECER LAS DISPOSICIONES PARA LA DESIGNACIÓN, ENCARGO, TRASLADO Y SEPARACIÓN DEL JEFE DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL; ASÍ COMO, PARA LA SUPERVISIÓN DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL JEFE Y SU PERSONAL.
DIRECTIVA N° 007- 2015-CG/PROCAL, “DIRECTIVA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTIT...Miguel Aguilar
CUYOS OBJETIVOS SON LOS DE REGULAR LAS FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL, LA ACTUACIÓN DEL JEFE Y SU PERSONAL, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LAS ENTIDADES SUJETAS AL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y ESTABLECER LAS DISPOSICIONES PARA LA DESIGNACIÓN, ENCARGO, TRASLADO Y SEPARACIÓN DEL JEFE DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL; ASÍ COMO, PARA LA SUPERVISIÓN DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL JEFE Y SU PERSONAL.
La Contraloría acaba de publicar (22-04-2015) en el Diario Oficial "El Peruano" la Directiva de los Órganos de Control Institucional (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
1. “NORMATIVA
RELACIONADA AL
ACCIONAR DE LOS
ORGANOS DEL SISTEMA
NACIONAL DE
CONTROL”
Expositor: Mg. Bernardo Morales Palacios
E-mail : bmorales@esan.org.pe
3. GESTIÓN PÚBLICA
NORMA DESCRIPCIÓN FECHA
Ley 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión 29.Ene.2002
Pública
Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector 27.Nov.2003
Público
D. S. 043-2006- Lineamientos para la elaboración y aprobación del 26.Jul.2006
PCM ROF por parte de las entidades de la Administración
Pública
Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo 18.Dic.2007
D. S. 027-2007- Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento 25.Mar.2007
PCM
D. S. 025-2010- Plan Nacional de Simplificación Administrativa 12.Feb.2010
PCM
R. M. 228-2010- Plan Nacional de Simplificación Administrativa 15.Jul.2010
PCM 2010-2014
R. P. E. Nº 041- Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo 23.Mar.2011
2011-SERVIR de las Personas al Servicio del Estado
D.S. Nº 109-2012- Estrategia para la Modernización de la Gestión 01.Nov.2012
PCM Pública
4. CONTROL GUBERNAMENTAL
NORMA Nº DESCRIPCIÓN FECHA
Ley 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de 24.Jul.2002
la contraloría General de la república
R. C. Nº 063-2007-CG Reglamento de Sociedades de Auditoría 24.Feb.2007
conformantes del Sistema Nacional de Control
Ley 28716 Ley del Sistema de Control interno de las Entidades 17.Abr.2006
del Estado
R. C. 320-2006-CG Normas de Control interno 03.Nov.2006
R. C. 458-2008-CG Guía para la implementación del Sistema de Control 02.Oct.2008
Interno en la Entidades del Estado
R. C. 459-2008 Reglamento de los Órganos de Control Institucional 28.oct.2008
Ley 29962 Facultad Sancionadora en Materia de 07.Dic.2010
Responsabilidad Administrativa Funcional
D. S. 023-2011-PCM Reglamento de infracciones y sanciones para la 17.Mar.2011
responsabilidad administrativa funcional derivada de
los informes emitidos por los órganos del Sistema
Nacional de Control
RC Nº 391-2012-CG Lineamientos para la Formulación del Plan Nacional 26.Oct.2012
5. NUEVA GESTIÓN PÚBLICA
GESTIÓN POR
PROCESOS
GESTIÓN DE
RIESGOS
CONTABILIDAD
DE COSTOS
GESTIÓN Y
PRESUPUESTO
POR RESULTADOS
6. BASE LEGAL
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de
la Contraloría General de la República N° 27785.
Reglamento de Sociedades de Auditoría, R. C. Nº
063-2007-CG.
Reglamento de los Órganos de Control Institucional,
R. C. Nº 459-2008-CG.
Directiva Nº 014-2000-CGR
Ley Nº 28716
R. C. Nº 320-2006-CG
7. BASE LEGAL
Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas
Normas de Auditoria Gubernamental
Manual de Auditoria Gubernamental
Normas Internacionales de Auditoría
10. ATRIBUCIONES DEL SISTEMA
Supervisión
vigilancia y
verificación de la
Gestión Formular
Propugnar
recomendaciones
capacitación de
Funcionarios
Impulsar
modernización
y mejoramiento
Exigir a Gestión Pub. Brindar apoyo
funcionarios Al Procurador
responsabilidad Público
Por sus actos Emitir
informes con
sustento legal
11. ATRIBUCIONES DEL SISTEMA
“Emitir, como resultado de las acciones de control
efectuadas, los informes respectivos con el
debido sustento tecnico y legal, constituyendo
prueba pre-constituida para el inicio de las
acciones administrativas y/o legales que sean
recomendadas en dichos informes”
(LOSNCCGR, Art. 15, F )
12. CGR- PERÚ
Ente técnico rector del Sistema Nacional de Control,
dotado de autonomía administrativa, funcional,
económica y financiera, que tiene por misión dirigir y
supervisar con eficiencia y eficacia el control
gubernamental, orientando su accionar al
fortalecimiento y transparencia de la gestión de las
entidades, la promoción de valores y la
responsabilidad de los funcionarios.
(LOSNCCGR, Art. 16 )
13. CGR- CHILE
Es un órgano superior de fiscalización de la Administración del
Estado, que goza de autonomía frente al Poder Ejecutivo y
demás órganos públicos.
Es esencialmente una entidad de control de legalidad de los
actos de la Administración del Estado, que actúa con
independencia del Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional.
La labor de la Contraloría es eminentemente fiscalizadora; de
carácter jurídico, contable y financiero, pues está destinada a
cautelar el principio de legalidad, es decir, verificar que los
órganos de la Administración del Estado actúen dentro del
ámbito de sus atribuciones y con sujeción a los procedimientos
14. CGR- CHILE
Primera Entidad Fiscalizadora de Latinoamérica que ha sometido sus
procesos de gestión al escrutinio de la Organización para la Cooperación y
Desarrollo Económico - OCDE.
El acuerdo CGR-OCDE está en línea con el Proyecto Fortalecimiento de la
Gestión por Resultados, que realiza la CGR de Chile con el BID, desde
2010.
“Para lograr una buena gobernanza en el sector público se necesita un ente
fiscalizador independiente, eficiente, que vele por la eficacia del gasto
público, que entregue productos de calidad en forma oportuna, que implique
efectiva rendición de cuentas, con una exigencia democrática de las
administraciones, que sea un actor activo en al prevención de la corrupción
y que agregue transparencia a las actuaciones de los órganos del estado y
de quienes los sirven, ante ciudadanos que ahora se saben titulares de
derechos frente al Estado y no súbitos ante potestades, como era en el
15. Atribuciones de la CGR
Acceso a
registros,
documentos
e información
Emitir opinión Ordenar
previa a aciones de
adquisiciones control
secretas Supervisar
cumplimiento de
Efectuar recomendaciones
acciones de Normar y velar
Control implantación de
Ambiental y OCI´s
Patrimonio Absolver
Cultural consultas y
Emitir
pronunciamie
ntos
Presentar
informe de la
Disponer Cuenta G. R.
inicio de
Acciones
legales
16. Atribuciones de la CGR
Designar a
las
sociedades
de auditoría
Recibir y Requerir
atender apoyo y/o
denuncias y destaque de
sugerencias Promover funcionarios
participación
ciudadana
Recibir y verificar
DD JJ de Ingresos Autorización
y de Bienes y previa de
Rentas presupuestos
Participar en adicionales
procesos
judiciales
Informar previamente
sobre operaciones
avales, fianzas y otras
Dictar disposiciones garantías otorgadas
para articular control por el Etado
con Planes y
programas nacionales
17. Facultad Sancionadora
Obstaculización Omisión implantación
Omisión en la OCI
implantación de MM. CC Omisión o deficiencia
Incumplimiento en los en el ejercicio del
requisitos para control gubernamental
designación de SOAS Suscripción directa de
contratos por servicios
de auditoría
18. POTESTAD PARA SANCIONAR
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
FUNCIONAL
• Ley 29622
• D. S. 023-2011-PCM
• R. C. Nº 309-2011-CG
19. PROCESO PARA SANCIONAR EN
MATERIA DE RESPONSABILIDAD
ADMINSITRATIVA FUNCIONAL
La CGR ejerce la potestad para sancionar cuando se
determina responsabilidad administrativa funcional e
impone una sanción derivada de los informes de
control emitidos por los órganos del SNC.
Son exceptuadas las autoridades elegidas por
votación popular, los titulares de los organismos
constitucionalmente autónomos y las autoridades que
cuentan con al prerrogativa del antejuicio político.
20. Conductas Infractoras
Incumplir
normas del
marco legal
aplicable a a
Actos Acción u omisión
las entidades
persiguiendo en los relacionado
un fin a los principios,
prohibido por deberes y
Acción u omisión
ley prohibiciones
por negligencia
en desempeño de
funciones
22. TIPOS DE SANCIONES
1. Inhabilitación para el ejercicio de la función pública de
un año a cinco años.
2. Suspensión temporal en el ejercicio de las funciones,
sin goce de remuneraciones, no menor de treinta (30)
días ni mayor de trescientos sesenta 360 días
calendario
23. INSTANCIAS
1. CGR
a) Órgano instructor
b) Órgano Sancionador
2. Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas
24. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
Constituye la unidad especializada responsable de llevar
a cabo el control gubernamental en la entidad, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 7° y 8°
de la Ley, con la finalidad de promover la correcta y
transparente gestión de los recursos y bienes de la
entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos
y operaciones, así como el logro de sus resultados,
mediante la ejecución de labores de control
25. •
OCI e implementación del
Responsable de la implantación
OCI
• Nivel Jerárquico
• Estructura del OCI
• Personal del OCI
• Dependencia Funcional
• Dependencia Administrativa
• Régimen Laboral y/o contractual del Jefe del OCI
26. OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA ENTIDAD
• Implantar e implementar la unidad orgánica: OCI
• Ubicar al OCI en el mayor nivel jerárquico de la
estructura de la entidad.
• Aprobar la estructura orgánica del OCI
• Cautelar y garantizar la apropiada asignación de
recursos humanos, económicos y logísticos.
• Garantizar que los servidores y funcionarios
proporcionen la información requerida.
• Velar por que el OCI tenga la autonomía técnica y
funcional.
27. Coordinaciones del Jefe del OCI con el Titular
• La implantación y funcionamiento del control interno en
al entidad.
• Formulación y ejecución del Plan Anual de Control.
• Ejecución de labores de control no programados.
• Informar situaciones de riesgo, como resultado del
control preventivo.
• Informar cualquier falta de colaboración de los
servidores y funcionarios.
28. Funciones del OCI
Control
Posterior
Seguimiento Auditoría a
de MM CC los EE FF.
Remitir informes
a la CGR y al
Apoyar a las Titular
Comisiones que Labores de
designa la CGR control
dispuestas por
Recibir y la CGR
atender
denuncias
Control
Preventivo
Formular,
ejecutar y
evaluar el
PAC
29. Funciones del OCI
Promover la
capacitación
del personal
del OCI
Personal del Archivo de
OCI cumpla informes,
con las papeles de
normas y Mantener en trabajo,
principios reserva la denuncias
información
clasificada
30. PLAN NACIONAL DE CONTROL 2013
1. Lineamientos generales de política.
2. Lineamientos de política en temas específicos.
3. Lineamientos de control por nivel de gobierno.
3.1. Gobierno Nacional
3.2 . Entidades con Tratamiento empresarial y
organismos reguladores.
3.3. Universidades nacionales.
3.4. Gobiernos Regionales.
3.5. Gobiernos Locales
31. PLAN ANUAL DE CONTROL 2013
PROGRAMACIÓN
EJECUCIÓN
EVALUACIÓN
32. PROGRAMACIÓN
1. Capacidad Operativa.
2. Distribución del total de horas.
3. Problemática de la Entidad.
4. Problemática del OCI.
5. Acciones de Control.
6. Otras labores de Control.
33. EJECUCIÓN DEL PLAN ANUAL DE CONTROL
1. Saldo de acciones de control no concluidas al
31.Dic.2012.
2. Acciones de Control a iniciarse en el 2013.
3. Informe de cumplimiento del PAC a cargo del OCI.
34. EVALUACIÓN
Las metas y plazos establecidos trimestralmente por la
Gerencia de Operaciones, para cada una de las Labores de
Control, serán de obligatorio cumplimiento bajo
responsabilidad del Jefe de OCI y de las unidades orgánicas
encargadas de sus supervisión. Incluye el cumplimiento de
estándares de calidad establecidos para cada uno de los
procesos y productos de las Labores de Control.
La Gerencia de Planeamiento y Control de Gestión elaborará
un Informe de Cumplimiento del Plan Nacional de Control
35. SOCIEDADES DE AUDITORÍA
Son personas jurídicas calificadas e independientes en
la realización de labores de control posterior externo,
designadas por la Contraloría General de la República,
previo Concurso Público de Méritos, y contratadas por
las entidades para examinar las actividades y
operaciones de las mismas, opinar sobre la
razonabilidad de sus estados finacieros, así como
evaluar la gestión, captación y uso de los recursos
asignados.
36. AUDITORÍAS FINANCIERAS
Comprenden el examen de estados financieros y/o examen
de asuntos financieros, conforme la normativa del control
gubernamental, las Normas de Auditoría Generalmente
Aceptadas y el Manual Internacional de Pronunciamientos de
Auditoría y Aseguramiento que rigen a la profesión contable
en el país.
Son de carácter anual.
Sus resultados serán orientados a determinar la
razonabilidad de la información financiera y presupuestarias
presentada para la formulación de la Cuenta General de la
República.
37. AUDITORÍAS DE GESTIÓN
Comprenden el examen de una entidad, área, programa
o proyecto con relación al cumplimiento de objetivos y
metas y respecto a la correcta utilización de los
recursos, considerando los procesos, resultados y la
consistencia de las acciones de gerencia.
No necesaria son de carácter anual.
Puede ser en materia económica, de desempeño,
funcionamiento de sistemas informáticos, de situación
de medio ambiente, de captación de recursos, de obras
de procesos judiciales, de uso de recursos asignados.
38. Comisión Especial de Cautela
• El Titular debe designar, previo a la firma del contrato.
• Integrada por funcionarios que mantengan relación laboral y no
estén vinculados a la materia de auditoría en el período sujeto a
evaluación.
• Debe integrarlo un abogado.
• Adicionalmente, lo integrará el Titular del OCI, o el representante
que éste designe.
• Impedidos: funcionarios de las áreas de administración,
logística, contabilidad, presupuesto .
• Mantienen independencia en el desarrollo de sus funciones.
• Comunicaciones y/o decisiones deberán ser efectuadas y
adoptadas de manera colegiada.
39. Funciones
Cautelar
entrega de
información
requerida por
Presentar Coordinaciones
las Sociedad
Informe Final y acciones
destinadas al
apoyo
Conducir y
aAdministrativo
mantener registro
.
Informar a la de control de
CGR casos de asistencia Verificación
incumplimiento cartas fianzas y
contractual e pólizas de
irregularidades Dar cuenta a caución
la CGR de la
habilitación
profesional
vigente Emitir opinión
sobre
modificaciones
contractuales
40. PROHIBICIONES DE ENTIDADES Y
SOCIEDADES
• Entidades no pueden contratar directamente la prestación de servicios
de auditoría, sin la previa designación y/o autorización de la CGR.
• Entidades no pueden contratar, bajo ninguna forma o modalidad, a la
misma sociedad designada, a sus socios o al personal del equipo de
auditoría para la prestación directa o indirecta, simultánea o
subsecuente, de labores de control gubernamental asesoría consultoría,
trabajos contables.
• Entidades no pueden solicitar auditorías sobre aspectos que hayan sido
previamente auditados.
• Entidades y Sociedades están impedidas de contratar actividades
orientadas a revisar o emitir opinión respecto de auditorías, informes y/o
procedimientos realizadas por los órganos del SNC.
41. REQUERIMIENTO DE DESIGNACIÓN
• Titular es responsable de solicitar la designación de una
Sociedad.
• Auditoría financiera hasta el 30 de Junio Del ejercicio anual a
auditar.
• Auditoría de gestión, en la oportunidad que la Entidad estime
pertinente.
• La CGR puede efectuar la auditoría solicitada por la entidad,,
siempre que cuente con la debida capacidad operativa y
presupuestal
42. Requisitos
Proyecto de
bases
Copia de los Constancia de
convenios de Disponibilidad
préstamos y/o Presupuestal.
donaciones Declaración
Jurada del Titular
La solicitud
obliga a la Número y fecha
Entidad a cumplir del
los compromisos comprobante de
asumidos pago a la CGR
43. ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES
La entidad debe designar y acreditar un representante con las
siguientes funciones:
• Coordinar y atender las consultas relacionadas con el proyecto
de bases.
• Suministrar información complementaria.
• Visar las credenciales de las Sociedades que visitan la entidad.
• Actuar como representante en el acto de apertura de los
sobres “A”
44. Fases del CPM
Convocatoria
Pública
Presentación de
Propuestas
Evaluación y
calificación
Designación de
Sociedades
46. COMPONENTES
• La Ley antes mencionada refiere que sus
componentes están constituidos por:
El Ambiente de Control.
La Evaluación de Riesgos.
Las Actividades de Control Gerencial.
Los Sistemas de Información y
Comunicación.
Supervisión
Las Actividades de Prevención y Monitoreo.
El Seguimiento de Resultados.
Los Compromisos de Mejoramiento.
47. Sistema de Control Interno
SUPERVISIÓN
INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN
COMPONENTES ACTIVIDADES DE CONTROL
GERENCIAL
EVALUACIÓN DEL RIESGO
AMBIENTE DE CONTROL
48. ESTRUCTURA DE UNA ENTIDAD PÚBLICA
SUPERVISIÓN
AMBIENTE DE ALTA DIRECCIÓN EVALUACIÓN
CONTROL DEL RIESGO
GESTIÓN
ORGANIZACIÓN
SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
• Políticas Institucionales. • Plan Estratégico Institucional.
• Reglamento de Organización y • Plan Operativo y verificación de
Funciones - ROF. cumplimiento.
UNIDADES
• Organigrama. • Informe Financiero-Presupuestario.
• Manual de Organización y Funciones • Informes periódicos.
- MOF. JERARQUICAS • Informe de Gestión.
• Cuadro Analítico de Personal - CAP
• Manual de Procedimientos.
• Código de Ética.
• Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA
NORMATIVA
CONTABILIDAD
• NORMAS INTERNAS DICTADAS POR LA PRESUPUESTO TESORERÍA
ENTIDAD:
- Directivas.
SISTEMAS
- Procedimientos. ADMINISTRATIVOS
ACTIVIDADES
DE CONTROL • NORMAS DICTADAS POR ORGANISMOS
GERENCIAL EXTERNOS: ABASTECIMIENTO PERSONAL
Publicadas obligatoriamente en el Diario
Oficial “El Peruano”.
INFORMATICA
49. CASOS
• Entidades que reciben anualmente la visita de todos los
órganos del Sistema Nacional de Control.
• Un OCI que realiza control externo.
• Suspensión de Sociedades de Auditoría.
• Evaluación de desempeño funcional al Jefe del OCI.
• Órganos de Control Regional.
• Caso de una observación con la aplicación de la normatividad
vigente
50. ¡ NO NOS OLVIDEMOS !
Evita la Burocracia
Busca la Eficiencia y Eficacia
Muchas Gracias