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PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA
TOMO II – FORMULACIÓN
II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA
SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR
Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio
Consultora
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II.DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONA DE INFLUENCIA
1. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA
1.1. ANTECEDENTES
Como ya se había referido en el documento de diagnóstico, específicamente en el título III
Valoración del Patrimonio, se tienen tres documentos principales como antecedente de la
delimitación del centro histórico de Villa del Rosario y su zona de influencia.
 El estudio “Cúcuta la Frontera: Plan de Ordenamiento”, Misterio de Obras Públicas, Centro de
Planificación y Urbanismo de la Universidad de los Andes – Bogotá realizado en 1968
 La delimitación definida en la declaratoria de “zona histórica como monumento nacional, al
sector de Villa del Rosario de Cúcuta, delimitada en la forma indicada en la Resolución 003 de
1970 del Consejo de Monumentos Nacionales” (Decreto 102 de 1971) basado en el estudio
antes citado
 La “Fase Preliminar del Plan Especial de Protección –PEP- Centro Histórico de Villa del Rosario
y su Zona de Influencia, elaborado en el año 2007
El primero identifica dos partes de la ciudad en términos de valoración: La primera es la “Zona del
Parque Histórico Grancolombiano que incluye los predios de la Casa Natal del General Santander, el
Templo Histórico y los aledaños al parque…como…el Tamarindo Histórico, el Mesón de Tres Esquinas,
el lugar donde fueron ajusticiados José J. Gallardo, Ramón Villamizar y Luis Hurtado de Mendoza y el
lugar de Sepulcro de Roscio y Azuola.” (CPU UniAndes 1968: pág. 64). La segunda hace referencia a
la “Zona del Núcleo Urbano del Rosario Nuevo” del cual se reconoce su carácter físico y ambiental
singular, tanto a nivel histórico como estético. Describe su aspecto como “el de un núcleo citadino
de hermoso carácter y marcado estilo, producto cronológico de una época harto desvalorizada en
nuestra historia: la del final del siglo XIX y comienzos del siglo XX”.
El segundo documento, correspondiente al decreto de la declaratoria, básicamente describe el
límite de lo declarado (ver siguiente plano) y acoge lo determinado a nivel normativo en el estudio
de la Universidad de Los Andes citado con anterioridad, para “Las construcciones, reconstrucciones,
refacciones, remodelaciones de todas las edificaciones existente o futuras dentro del sector
mencionado…” (Decreto102 de 1971, artículo 2), refiriéndose al área declarada.
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PLANO 1.1-1DELIMITACIÓN ACTUAL DEL CENTRO HISTÓRICO Y ÁREA DE INFLUENCIA
FUENTE; Consultoría 2010
El tercer documento establece para la delimitación una mayor precisión de áreas de acuerdo con las
categorías de área afectada y zona de influencia, que busca reconocer una unidad histórica, estética
y simbólica del Bien. Hace la revisión de límites a partir de la evaluación de las condiciones que
estos contemplan, como la inclusión de manzanas tradicionales sin que exista una precisión de los
niveles de protección e intervención, además de la exclusión de determinantes urbano-ambientales
como el río y sus áreas de protección.
Dentro de los criterios que sustentan la delimitación propuesta en este documento, están las
“evidencias de tipo morfológico, tipológico, ambiental, paisajístico, estético, simbólico y funcional, las
cuales determinan su ámbito espacial”, además de criterios de análisis del componente urbano,
cruzados con aspectos históricos y de valoración.
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Esta propuesta de modificación incorpora el total de las manzanas de Villa Antigua, cosa que no
ocurre en la delimitación del Decreto 102 de 1971, aludiendo la pertinencia por su condición
histórica como trazado del antiguo poblado, además de la inclusión de las ruinas de la Capilla de
Santa Ana y define el centro urbano como parte de la zona de influencia.
PLANO 1.1-2 DELIMITACIÓN PROPUESTA EN EL PEP – FASE 1
FUENTE: Primera fase del PEP del Centro Histórico de Villa del Rosario y su Zona de Influencia, septiembre de 2007.
1.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN
A partir del reconocimiento de la importancia patrimonial de la ciudad de Villa del Rosario en el
ámbito histórico del país, y a la vez de sus valores específicos y diferenciales en los dos sectores
que componen este patrimonio, se establecieron los siguientes criterios que sustentan la
delimitación contenida más adelante.
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 Retomar la delimitación definida en el Decreto 102 de 1971 para la zona histórica y realizar
los ajustes requeridos, teniendo en cuenta las condicionantes y variables hoy presentes.
 Incorporar en el límite oriental las manzanas de ese costado del parque Grancolombiano, que
por sus características morfológicas se dedujo que pertenecieron al desarrollo original del
primer asentamiento o Villa Antigua. Adicionalmente contienen edificaciones y lugares con
valores históricos y simbólicos y por ende patrimoniales, como la ruina de la capilla de Santa
Ana y el árbol del tamarindo histórico.
 Incorporar al costado noroccidental del parque Grancolombiano ya que, al igual que en el
punto anterior, las manzanas se pueden identificar como morfológicamente pertenecientes al
desarrollo original de Villa Antigua, contienen inmuebles de interés patrimonial, además de
consolidar el borde edificatorio que completa el recinto del parque.
 Incorporar a lo largo de la calle 7, en el tramo que comunica las partes alta y baja de la
ciudad, las manzanas que contienen predios con inmuebles de interés patrimonial y que a su
vez le dan el soporte al desarrollo del proyecto de eje urbano planteado por el PEMP.
 Reconocer la quebrada Los Ángeles como límite natural que marca una ruptura topográfica y
por tanto se toma como límite sur del centro histórico.
 Incorporar en el sector denominado por esta consultoría como centro urbano, y
específicamente en los límites norte y occidente del centro histórico, las manzanas que
contienen inmuebles de interés patrimonial reconocidos en la valoración predio a predio,
teniendo en cuenta lo planteado en el estudio de la Universidad de Los Andes citado como
antecedente.
 Tomar en la medida de lo posible límites físicos identificables en terreno, con el objeto de
evitar posteriores interpretaciones que generen conflictos.
 Incorporar en lo posible manzanas completas a partir del trazado de los límites por calles y
carreras, lo cual permite la definición clara de los mismos y disminuye situaciones de
inequidad en predios colindantes a la hora de aplicar las normas urbanas.
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1.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA
PLANO 1.3-1 DELIMITACIÓN DEL ÁREA AFECTADA Y LA ZONA DE INFLUENCIA.
FUENTE: Consultoría 2010
El límite del centro histórico de Villa del Rosario (área afectada), en color purpura, se define como
sigue (ver plano PRO 01):
Se establecen como límites del Centro Histórico de Villa del Rosario o área afectada los siguientes:
Parte de la intersección de la carrera 8 con la calle 2, siguiendo por esta en sentido oriente hasta
encontrar la carrera 6, luego en sentido sur por ella hasta la calle 3, toma sentido oriente por la
última hasta la carrera 5, sigue por ella en sentido sur hasta la calle 4, para dirigirse hacia el oriente
por la misma hasta encontrar la proyección del lindero oriental de los predios 1, 2, 23 y 22 de la
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manzana 085, 1 de la manzana 093 y 10 de la manzana 104, para seguir por el lindero norte del
predio 3 de la última manzana y bordeando éste último en sentido sur hasta encontrar la calle 7,
sigue a lo largo de la misma en sentido oriental hasta llegar a la carrera 2, siguiendo por ella en
sentido norte hasta la calle 6, para tomar hacia el oriente por la última hasta encontrar la carrera 1,
luego en sentido norte por ella y continuando en su proyección en línea recta hasta encontrar el
lindero sur del predio de la urbanización Villas de Santander, por este mismo en sentido oriental
hasta encontrar la vía internacional, siguiendo en contorno hacia el oriente el límite de la manzana
del Parque Grancolombiano hasta encontrar el lindero sur del predio de desarrollo, sin número de
manzana ni nomenclatura urbana según cartografía disponible, y siguiendo por éste último en
sentido oriente hasta encontrar la proyección de la carrera 1 este, siguiendo a lo largo de ella en
sentido sur hasta encontrar la vía internacional, tomando enseguida sentido noroccidental y norte
por esta misma vía hasta empatar con la correspondiente carrera 0, hasta llegar a la calle 10,
siguiendo por esta última en sentido occidental hasta encontrar el límite de la manzana 003,
bordeando esa última en sentido norte y empatando con el límite occidental de la manzana 0010
hasta encontrar la proyección del lindero sur de los predios 8, 7, 6, 5, 4, 3, 2, 1 y 15 de la manzana
116 y siguiendo por ellos en sentido occidental hasta encontrar el lindero noroccidental y norte
respectivamente de las manzanas 115, 130 y 129, para continuar por el lindero norte de los predios
4, 10, 5 y 8 de la manzana 128 hasta encontrar la carrera 8 y en sentido sur por ella hasta empatar
con el lindero norte de los predios 1, 5 y 16 de la manzana 202 en sentido occidental hasta
encontrar la carrera 9, por esta última en sentido norte hasta llegar a la calle 8, siguiendo por ella en
sentido occidental hasta encontrar la carrera 10, en sentido norte por la misma hasta llegar a la
calle 6, luego tomando dirección oriente por ella hasta la carrera 9, siguiendo por la misma en
sentido norte hasta llegar a la calle 4, tomando dirección oriente por esta hasta la carrera 8 y
finalmente en dirección norte por esta última hasta llegar a la intersección con la calle 2, punto de
origen de esta delimitación.
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2. DELIMITACIÓN ZONA DE INFLUENCIA
2.1. ANTECEDENTES
El estudio de la Universidad de los Andes antes citado, trae a sus argumentos la siguiente cita: “la
conservación de un monumento implica la del marco urbano a su escala” y en ese contexto
determina en relación con la “Zona del Parque Histórico Grancolombiano”, una “Zona de Control
Urbanístico de las vecindades” con el objeto de “evitar que edificaciones contemporáneas, estética o
volumétricamente disonantes, surjan dentro de la zona”; así mismo se realizan recomendaciones de
tipo estético, alturas y normativa, haciendo la anotación que esta zona “…es integral con la del
Núcleo Urbano del Rosario Nuevo.” (CPU UniAndes 1968: pág. 68).
Se trata entonces de la primera aproximación a la definición de un cinturón de protección entre el
centro histórico y el resto del área urbana.
El PEP para el centro histórico de Villa del Rosario, también citado con anterioridad, contempla
dentro de los criterios para la delimitación del área de influencia, lineamientos específicos de
intervención en las “franjas complementarias al desarrollo del Centro Histórico, que participan de la
unidad cultural del Bien y tienen un interés específico, con el fin de condicionar su manejo y desarrollo
a las características propias del Bien de Interés Cultural … es necesario definir unas condiciones claras
de desarrollo para que no se desvirtúen los valores encontrados en el sector principal.” (Rodríguez,
2007: pág. 100)
2.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN
La zona de influencia se define y delimita como un anillo de una manzana en contorno al centro
histórico, cuyo objeto es establecer un área de transición y amortiguamiento para su protección.
Para su delimitación se establecieron los siguientes criterios.
 Definir una franja de una manzana en forma continua y en anillo alrededor del centro
histórico, que permita garantizar el amortiguamiento de impactos sobre el mismo, a la vez
que le sirva de transición con el resto de la ciudad.
 Identificar las excepciones al anillo de una manzana, en casos como los conjuntos
residenciales que están conformados por manzanas de gran extensión, o localizadas en forma
perpendicular a dicho perímetro, para lo cuales se incorpora la manzana de borde o en su
defecto los predios de borde.
 Incorporar algunos equipamientos localizados en inmediaciones del centro histórico, ya que
se reconocen como elementos con altos niveles de impacto en el espacio urbano y por tanto
en el centro histórico: Estadio Grancolombiano localizado en los predios 9 y 12 de la manzana
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0055; Colegio Policarpa Colegio María Inmaculada localizados en los predios 2 y 1
respectivamente de la manzana 0072.
 Incorporar como parte de la zona de influencia la totalidad de la ronda de los cauces, cuando
se encuentran entre dos paramentos de predios.
 Incorporar los terrenos sin desarrollar localizados en forma anexa al área afectada con el fin
de completar el anillo de transición y protección del centro histórico, en los costados norte y
sur de los ejes urbanos calle 4 y 7. Los predios contenidos en estas franjas mantendrán su
clasificación de suelo urbano y de expansión, hasta tanto las normas vigentes no determinen
otra cosa
2.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA
La zona de influencia del centro histórico de Villa del Rosario está conformada de la siguiente
manera (ver plano PRO 01):
Parte de la intersección de la carrera 9 con la calle 1 tomando dirección oriente sobre esta última
hasta la carrera 5, sigue en dirección sur por la misma hasta la calle 2, toma dirección oriente por
ella hasta encontrar la carrera 4, sigue en dirección sur sobre ésta hasta encontrar la calle 3A, toma
nuevamente dirección oriente por dicha calle hasta terminar la manzana 0285 y por su borde en
sentido sur hasta encontrar la calle 4, toma dirección oriente por la misma hasta llegar al lindero del
predio de desarrollo, sin número de manzana ni nomenclatura urbana según cartografía disponible,
siguiendo por este en sentido norte y luego en sentido oriente y sur oriente respectivamente
incorporando el globo completo del predio hasta encontrar la proyección del lindero norte de la
urbanización Villas de Santander y por este mismo en sentido oriente hasta la avenida
internacional, por ella en sentido norte hasta encontrar el lindero norte del predio de desarrollo, sin
número de manzana ni nomenclatura urbana según cartografía disponible, y siguiendo por éste en
línea quebrada en sentido oriente y luego sur incorporando el globo completo del predio hasta
empatar con la proyección del límite trazado en sentido norte sur a 106 metros paralelos de la
carrera 1 este y su proyección norte, hasta encontrar la calle 5, sobre ella en sentido oriente hasta
terminar la manzana 026, sigue por su borde en sentido sur continuando por el costado oriental de
las manzanas 029, 033, 048A, 0268, y por esta última en sentido occidental hasta encontrar la
proyección de la línea trazada a 80 metros en forma paralela a la carrera 1 este y en sentido sur por
ella hasta encontrar la proyección de la calle 16, por esta última en sentido occidental y siguiendo
en línea quebrada por las vías internas de los Conjuntos Altos del Tamarindo e incorporando a este
límite las manzanas que tienen frente sobre la avenida internacional, hasta encontrar el predio A de
la manzana 001, sigue bordeando en línea irregular por los linderos occidental y sur
respectivamente de los predios A, 15, 14, 13, 12, 11, 10, 9, 7 de la misma manzana, por el lindero sur
del predio 192 de la manzana del Conjunto Altos del Tamarindo, siguiendo por el lindero sur de los
predios marcados con número 4, 3, 2 y 1 de la misma manzana 001, siguiendo por todo el lindero
sur de la manzana 002 y en línea recta en proyección en sentido occidental en 80 metros para
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tomar sentido norte en línea quebrada y tomando curso paralelo al lindero occidental del predio11
de la manzana 003 hasta encontrar la proyección del lindero sur del predio La Pastora y por este
hasta la intersección con la proyección de la línea quebrada trazada a 80 metros en forma paralela
al lindero del predio 5 de la manzana 136, hasta encontrar la proyección de la calle 11, por ella en
sentido occidental hasta la carrera 10, siguiendo en sentido norte hasta la calle 9, para seguir por
ella en sentido occidente hasta encontrar la carrera 11, toma dirección norte sobre ésta última hasta
llegar a la calle 5 para seguir por ella en sentido oriental hasta la carrera 10, toma luego dirección
norte por esta última hasta encontrar la calle 3 y sigue en dirección oriente por ella hasta la carrera
9 para tomar dirección norte por la misma hasta llegar a la intersección con la calle 1 que es el
punto de origen.
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II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONA DE INFLUENCIA 15
1. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA 15
1.1. ANTECEDENTES 15
1.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN 17
1.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA 19
2. DELIMITACIÓN ZONA DE INFLUENCIA 21
2.1. ANTECEDENTES 21
2.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN 21
2.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA 22

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Delimitación del centro histórico de Villa del Rosario

  • 1. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 15 II.DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONA DE INFLUENCIA 1. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA 1.1. ANTECEDENTES Como ya se había referido en el documento de diagnóstico, específicamente en el título III Valoración del Patrimonio, se tienen tres documentos principales como antecedente de la delimitación del centro histórico de Villa del Rosario y su zona de influencia.  El estudio “Cúcuta la Frontera: Plan de Ordenamiento”, Misterio de Obras Públicas, Centro de Planificación y Urbanismo de la Universidad de los Andes – Bogotá realizado en 1968  La delimitación definida en la declaratoria de “zona histórica como monumento nacional, al sector de Villa del Rosario de Cúcuta, delimitada en la forma indicada en la Resolución 003 de 1970 del Consejo de Monumentos Nacionales” (Decreto 102 de 1971) basado en el estudio antes citado  La “Fase Preliminar del Plan Especial de Protección –PEP- Centro Histórico de Villa del Rosario y su Zona de Influencia, elaborado en el año 2007 El primero identifica dos partes de la ciudad en términos de valoración: La primera es la “Zona del Parque Histórico Grancolombiano que incluye los predios de la Casa Natal del General Santander, el Templo Histórico y los aledaños al parque…como…el Tamarindo Histórico, el Mesón de Tres Esquinas, el lugar donde fueron ajusticiados José J. Gallardo, Ramón Villamizar y Luis Hurtado de Mendoza y el lugar de Sepulcro de Roscio y Azuola.” (CPU UniAndes 1968: pág. 64). La segunda hace referencia a la “Zona del Núcleo Urbano del Rosario Nuevo” del cual se reconoce su carácter físico y ambiental singular, tanto a nivel histórico como estético. Describe su aspecto como “el de un núcleo citadino de hermoso carácter y marcado estilo, producto cronológico de una época harto desvalorizada en nuestra historia: la del final del siglo XIX y comienzos del siglo XX”. El segundo documento, correspondiente al decreto de la declaratoria, básicamente describe el límite de lo declarado (ver siguiente plano) y acoge lo determinado a nivel normativo en el estudio de la Universidad de Los Andes citado con anterioridad, para “Las construcciones, reconstrucciones, refacciones, remodelaciones de todas las edificaciones existente o futuras dentro del sector mencionado…” (Decreto102 de 1971, artículo 2), refiriéndose al área declarada.
  • 2. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 16 PLANO 1.1-1DELIMITACIÓN ACTUAL DEL CENTRO HISTÓRICO Y ÁREA DE INFLUENCIA FUENTE; Consultoría 2010 El tercer documento establece para la delimitación una mayor precisión de áreas de acuerdo con las categorías de área afectada y zona de influencia, que busca reconocer una unidad histórica, estética y simbólica del Bien. Hace la revisión de límites a partir de la evaluación de las condiciones que estos contemplan, como la inclusión de manzanas tradicionales sin que exista una precisión de los niveles de protección e intervención, además de la exclusión de determinantes urbano-ambientales como el río y sus áreas de protección. Dentro de los criterios que sustentan la delimitación propuesta en este documento, están las “evidencias de tipo morfológico, tipológico, ambiental, paisajístico, estético, simbólico y funcional, las cuales determinan su ámbito espacial”, además de criterios de análisis del componente urbano, cruzados con aspectos históricos y de valoración.
  • 3. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 17 Esta propuesta de modificación incorpora el total de las manzanas de Villa Antigua, cosa que no ocurre en la delimitación del Decreto 102 de 1971, aludiendo la pertinencia por su condición histórica como trazado del antiguo poblado, además de la inclusión de las ruinas de la Capilla de Santa Ana y define el centro urbano como parte de la zona de influencia. PLANO 1.1-2 DELIMITACIÓN PROPUESTA EN EL PEP – FASE 1 FUENTE: Primera fase del PEP del Centro Histórico de Villa del Rosario y su Zona de Influencia, septiembre de 2007. 1.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN A partir del reconocimiento de la importancia patrimonial de la ciudad de Villa del Rosario en el ámbito histórico del país, y a la vez de sus valores específicos y diferenciales en los dos sectores que componen este patrimonio, se establecieron los siguientes criterios que sustentan la delimitación contenida más adelante.
  • 4. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 18  Retomar la delimitación definida en el Decreto 102 de 1971 para la zona histórica y realizar los ajustes requeridos, teniendo en cuenta las condicionantes y variables hoy presentes.  Incorporar en el límite oriental las manzanas de ese costado del parque Grancolombiano, que por sus características morfológicas se dedujo que pertenecieron al desarrollo original del primer asentamiento o Villa Antigua. Adicionalmente contienen edificaciones y lugares con valores históricos y simbólicos y por ende patrimoniales, como la ruina de la capilla de Santa Ana y el árbol del tamarindo histórico.  Incorporar al costado noroccidental del parque Grancolombiano ya que, al igual que en el punto anterior, las manzanas se pueden identificar como morfológicamente pertenecientes al desarrollo original de Villa Antigua, contienen inmuebles de interés patrimonial, además de consolidar el borde edificatorio que completa el recinto del parque.  Incorporar a lo largo de la calle 7, en el tramo que comunica las partes alta y baja de la ciudad, las manzanas que contienen predios con inmuebles de interés patrimonial y que a su vez le dan el soporte al desarrollo del proyecto de eje urbano planteado por el PEMP.  Reconocer la quebrada Los Ángeles como límite natural que marca una ruptura topográfica y por tanto se toma como límite sur del centro histórico.  Incorporar en el sector denominado por esta consultoría como centro urbano, y específicamente en los límites norte y occidente del centro histórico, las manzanas que contienen inmuebles de interés patrimonial reconocidos en la valoración predio a predio, teniendo en cuenta lo planteado en el estudio de la Universidad de Los Andes citado como antecedente.  Tomar en la medida de lo posible límites físicos identificables en terreno, con el objeto de evitar posteriores interpretaciones que generen conflictos.  Incorporar en lo posible manzanas completas a partir del trazado de los límites por calles y carreras, lo cual permite la definición clara de los mismos y disminuye situaciones de inequidad en predios colindantes a la hora de aplicar las normas urbanas.
  • 5. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 19 1.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA PLANO 1.3-1 DELIMITACIÓN DEL ÁREA AFECTADA Y LA ZONA DE INFLUENCIA. FUENTE: Consultoría 2010 El límite del centro histórico de Villa del Rosario (área afectada), en color purpura, se define como sigue (ver plano PRO 01): Se establecen como límites del Centro Histórico de Villa del Rosario o área afectada los siguientes: Parte de la intersección de la carrera 8 con la calle 2, siguiendo por esta en sentido oriente hasta encontrar la carrera 6, luego en sentido sur por ella hasta la calle 3, toma sentido oriente por la última hasta la carrera 5, sigue por ella en sentido sur hasta la calle 4, para dirigirse hacia el oriente por la misma hasta encontrar la proyección del lindero oriental de los predios 1, 2, 23 y 22 de la
  • 6. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 20 manzana 085, 1 de la manzana 093 y 10 de la manzana 104, para seguir por el lindero norte del predio 3 de la última manzana y bordeando éste último en sentido sur hasta encontrar la calle 7, sigue a lo largo de la misma en sentido oriental hasta llegar a la carrera 2, siguiendo por ella en sentido norte hasta la calle 6, para tomar hacia el oriente por la última hasta encontrar la carrera 1, luego en sentido norte por ella y continuando en su proyección en línea recta hasta encontrar el lindero sur del predio de la urbanización Villas de Santander, por este mismo en sentido oriental hasta encontrar la vía internacional, siguiendo en contorno hacia el oriente el límite de la manzana del Parque Grancolombiano hasta encontrar el lindero sur del predio de desarrollo, sin número de manzana ni nomenclatura urbana según cartografía disponible, y siguiendo por éste último en sentido oriente hasta encontrar la proyección de la carrera 1 este, siguiendo a lo largo de ella en sentido sur hasta encontrar la vía internacional, tomando enseguida sentido noroccidental y norte por esta misma vía hasta empatar con la correspondiente carrera 0, hasta llegar a la calle 10, siguiendo por esta última en sentido occidental hasta encontrar el límite de la manzana 003, bordeando esa última en sentido norte y empatando con el límite occidental de la manzana 0010 hasta encontrar la proyección del lindero sur de los predios 8, 7, 6, 5, 4, 3, 2, 1 y 15 de la manzana 116 y siguiendo por ellos en sentido occidental hasta encontrar el lindero noroccidental y norte respectivamente de las manzanas 115, 130 y 129, para continuar por el lindero norte de los predios 4, 10, 5 y 8 de la manzana 128 hasta encontrar la carrera 8 y en sentido sur por ella hasta empatar con el lindero norte de los predios 1, 5 y 16 de la manzana 202 en sentido occidental hasta encontrar la carrera 9, por esta última en sentido norte hasta llegar a la calle 8, siguiendo por ella en sentido occidental hasta encontrar la carrera 10, en sentido norte por la misma hasta llegar a la calle 6, luego tomando dirección oriente por ella hasta la carrera 9, siguiendo por la misma en sentido norte hasta llegar a la calle 4, tomando dirección oriente por esta hasta la carrera 8 y finalmente en dirección norte por esta última hasta llegar a la intersección con la calle 2, punto de origen de esta delimitación.
  • 7. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 21 2. DELIMITACIÓN ZONA DE INFLUENCIA 2.1. ANTECEDENTES El estudio de la Universidad de los Andes antes citado, trae a sus argumentos la siguiente cita: “la conservación de un monumento implica la del marco urbano a su escala” y en ese contexto determina en relación con la “Zona del Parque Histórico Grancolombiano”, una “Zona de Control Urbanístico de las vecindades” con el objeto de “evitar que edificaciones contemporáneas, estética o volumétricamente disonantes, surjan dentro de la zona”; así mismo se realizan recomendaciones de tipo estético, alturas y normativa, haciendo la anotación que esta zona “…es integral con la del Núcleo Urbano del Rosario Nuevo.” (CPU UniAndes 1968: pág. 68). Se trata entonces de la primera aproximación a la definición de un cinturón de protección entre el centro histórico y el resto del área urbana. El PEP para el centro histórico de Villa del Rosario, también citado con anterioridad, contempla dentro de los criterios para la delimitación del área de influencia, lineamientos específicos de intervención en las “franjas complementarias al desarrollo del Centro Histórico, que participan de la unidad cultural del Bien y tienen un interés específico, con el fin de condicionar su manejo y desarrollo a las características propias del Bien de Interés Cultural … es necesario definir unas condiciones claras de desarrollo para que no se desvirtúen los valores encontrados en el sector principal.” (Rodríguez, 2007: pág. 100) 2.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN La zona de influencia se define y delimita como un anillo de una manzana en contorno al centro histórico, cuyo objeto es establecer un área de transición y amortiguamiento para su protección. Para su delimitación se establecieron los siguientes criterios.  Definir una franja de una manzana en forma continua y en anillo alrededor del centro histórico, que permita garantizar el amortiguamiento de impactos sobre el mismo, a la vez que le sirva de transición con el resto de la ciudad.  Identificar las excepciones al anillo de una manzana, en casos como los conjuntos residenciales que están conformados por manzanas de gran extensión, o localizadas en forma perpendicular a dicho perímetro, para lo cuales se incorpora la manzana de borde o en su defecto los predios de borde.  Incorporar algunos equipamientos localizados en inmediaciones del centro histórico, ya que se reconocen como elementos con altos niveles de impacto en el espacio urbano y por tanto en el centro histórico: Estadio Grancolombiano localizado en los predios 9 y 12 de la manzana
  • 8. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 22 0055; Colegio Policarpa Colegio María Inmaculada localizados en los predios 2 y 1 respectivamente de la manzana 0072.  Incorporar como parte de la zona de influencia la totalidad de la ronda de los cauces, cuando se encuentran entre dos paramentos de predios.  Incorporar los terrenos sin desarrollar localizados en forma anexa al área afectada con el fin de completar el anillo de transición y protección del centro histórico, en los costados norte y sur de los ejes urbanos calle 4 y 7. Los predios contenidos en estas franjas mantendrán su clasificación de suelo urbano y de expansión, hasta tanto las normas vigentes no determinen otra cosa 2.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA La zona de influencia del centro histórico de Villa del Rosario está conformada de la siguiente manera (ver plano PRO 01): Parte de la intersección de la carrera 9 con la calle 1 tomando dirección oriente sobre esta última hasta la carrera 5, sigue en dirección sur por la misma hasta la calle 2, toma dirección oriente por ella hasta encontrar la carrera 4, sigue en dirección sur sobre ésta hasta encontrar la calle 3A, toma nuevamente dirección oriente por dicha calle hasta terminar la manzana 0285 y por su borde en sentido sur hasta encontrar la calle 4, toma dirección oriente por la misma hasta llegar al lindero del predio de desarrollo, sin número de manzana ni nomenclatura urbana según cartografía disponible, siguiendo por este en sentido norte y luego en sentido oriente y sur oriente respectivamente incorporando el globo completo del predio hasta encontrar la proyección del lindero norte de la urbanización Villas de Santander y por este mismo en sentido oriente hasta la avenida internacional, por ella en sentido norte hasta encontrar el lindero norte del predio de desarrollo, sin número de manzana ni nomenclatura urbana según cartografía disponible, y siguiendo por éste en línea quebrada en sentido oriente y luego sur incorporando el globo completo del predio hasta empatar con la proyección del límite trazado en sentido norte sur a 106 metros paralelos de la carrera 1 este y su proyección norte, hasta encontrar la calle 5, sobre ella en sentido oriente hasta terminar la manzana 026, sigue por su borde en sentido sur continuando por el costado oriental de las manzanas 029, 033, 048A, 0268, y por esta última en sentido occidental hasta encontrar la proyección de la línea trazada a 80 metros en forma paralela a la carrera 1 este y en sentido sur por ella hasta encontrar la proyección de la calle 16, por esta última en sentido occidental y siguiendo en línea quebrada por las vías internas de los Conjuntos Altos del Tamarindo e incorporando a este límite las manzanas que tienen frente sobre la avenida internacional, hasta encontrar el predio A de la manzana 001, sigue bordeando en línea irregular por los linderos occidental y sur respectivamente de los predios A, 15, 14, 13, 12, 11, 10, 9, 7 de la misma manzana, por el lindero sur del predio 192 de la manzana del Conjunto Altos del Tamarindo, siguiendo por el lindero sur de los predios marcados con número 4, 3, 2 y 1 de la misma manzana 001, siguiendo por todo el lindero sur de la manzana 002 y en línea recta en proyección en sentido occidental en 80 metros para
  • 9. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 23 tomar sentido norte en línea quebrada y tomando curso paralelo al lindero occidental del predio11 de la manzana 003 hasta encontrar la proyección del lindero sur del predio La Pastora y por este hasta la intersección con la proyección de la línea quebrada trazada a 80 metros en forma paralela al lindero del predio 5 de la manzana 136, hasta encontrar la proyección de la calle 11, por ella en sentido occidental hasta la carrera 10, siguiendo en sentido norte hasta la calle 9, para seguir por ella en sentido occidente hasta encontrar la carrera 11, toma dirección norte sobre ésta última hasta llegar a la calle 5 para seguir por ella en sentido oriental hasta la carrera 10, toma luego dirección norte por esta última hasta encontrar la calle 3 y sigue en dirección oriente por ella hasta la carrera 9 para tomar dirección norte por la misma hasta llegar a la intersección con la calle 1 que es el punto de origen.
  • 10. PLAN ESPECIALDE MANEJO Y PROTECCIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO Y SU ZONADE INFLUENCIA TOMO II – FORMULACIÓN II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONADE INFLUENCIA SANDRA KARIME ZABALA CORREDOR Arquitectura – Urbanismo - Patrimonio Consultora 24 II. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA Y ZONA DE INFLUENCIA 15 1. DELIMITACIÓN ÁREA AFECTADA 15 1.1. ANTECEDENTES 15 1.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN 17 1.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA 19 2. DELIMITACIÓN ZONA DE INFLUENCIA 21 2.1. ANTECEDENTES 21 2.2. CRITERIOS PARA LA DELIMITACIÓN 21 2.3. DELIMITACIÓN PROPUESTA 22