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INVERSIÓN EN ACCIONES
COMUNES (MÉTODO DEL
COSTO)
CONTABILIDAD V
2.1 GENERALIDADES. MÉTODO DE COSTO.
Método de Costo: Las inversiones en acciones,
cuotas o partes de interés social se deben registrar
al costo, siempre que se tengan para enajenarse en
el inmediato futuro, tomando por valor los
siguientes elementos:
1. Valor de adquisición de la acción, cuota o parte
de interés.
2. Comisiones a corredores de bolsa de valores.
3. Honorarios a asesores que elaboren el portafolio
de inversión.
4. Impuestos.
5. Cualquier otro valor ocasionado con la
adquisición.
6. Ajustes integrales por inflación por cada mes de
posesión del título.
Mediante este método la inversión en acciones se registra a su
valor de adquisición más los gastos incurridos en el momento de la
compra del ejercicio en que se reciban.
El valor de la inversión sólo varía en los siguientes casos:
Cuando la compañía inversionista adquiere más o vende las
acciones que son objeto de la inversión
Cuando el valor neto de realización de las acciones sea inferior al
valor de adquisición.
En este caso, y de acuerdo al criterio prudencial, deberán valuarse
reconociendo una pérdida por deterioro de valor.
2.2 DEFINICIÓN DE INVERSIONES
• Comprende las cuentas que registran las inversiones en acciones,
cuotas o partes de interés social, títulos valores, papeles
comerciales o cualquier otro documento negociable adquirido por
el ente económico con carácter temporal, con la finalidad de
mantener una reserva secundaria de liquidez, establecer
relaciones económicas con otras entidades o para cumplir con
disposiciones legales o reglamentarias.
• Las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de
interés social, se registrarán por su costo histórico.
• El costo histórico incluye las sumas en que se incurre para
la compra de la inversión, el cual, para el caso de las
inversiones representadas en acciones y en cuotas o
partes de interés social se ajustará mensual o anualmente,
reconociendo el efecto inflacionario de conformidad con
lo previsto en las disposiciones legales vigentes.
• Cuando el ente económico tenga como actividad principal el de
rentista de capital, al momento de vender sus inversiones deberá
cargar la cuenta actividad financiera.
• Si dichas inversiones son realizadas en desarrollo de actividades
secundarias, cuando el valor de la venta sea mayor que el valor en
libros, la diferencia se abonará a la cuenta utilidad en venta de
inversiones; pero si el valor de venta es menor, ésta se cargará a
respectiva cuenta de provisiones o en su defecto a pérdidas de
capital. En caso de no existir o ser insuficiente la provisión, el
saldo deberá debitarse a la subcuenta venta de inversiones.
2.3 CASOS DE APLICACIÓN
“En general, el método de costo deberá emplearse en los casos en que
las inversiones no reúnan los requisitos para ser registrados bajo el
método de participación patrimonial o consolidado.
De acuerdo con el método de costo, la compañía inversora registra la
inversión a su costo de adquisición y reconoce como ingreso, los
dividendos o intereses recibidos que se distribuyen de las utilidades
retenidas de la compañía receptora de la inversión desde la fecha en que
la compañía inversora efectuó la adquisición.
Deberá registrarse una reducción por debajo del costo cuando una serie
de pérdidas de operación u otros factores indiquen que ha ocurrido una
baja en el valor, que no sea temporal.
Un dividendo en acciones, a diferencia de un dividendo en efectivo o en
especie, no constituye una distribución de activos a los accionistas.
Cuando un accionista recibe acciones adicionales de la misma clase en
forma de dividendo en acciones o de división de acciones, su porcentaje
de tenencia del patrimonio de la compañía emisora permanece sin
cambio.
Por consiguiente, no deben reconocerse ingresos por dividendos en
acciones.
La base de costo de la inversión original deberá distribuirse entre las
nuevas acciones recibidas y las viejas acciones poseídas.
Esto, nos lleva al siguiente comentario, el método del costo es el
que se utiliza cuando la propiedad accionaria es menor al 20%
influencia significativa ni control (menos del 20% de las acciones).
La regla de valuación para las inversiones, establece que deben ser
reflejadas al menor valor del costo o mercado; en este caso, como
se trata de inversiones en acciones comunes de carácter
permanente, se aplica la regla solamente cuando la baja en el valor
no sea considerada temporal y por lo tanto se deberá crear una
provisión a tal efecto.
Cuando se reciben acciones a título de dividendos, éstos se reducen a
que no tiene que efectuarse ningún registro contable por tal operación.
Tres aspectos a destacar son importantes en este caso:
- El costo original total de la inversión no se altera.
- Se mantiene la misma proporción de participación en la sociedad
receptora de la inversión.
- Solamente se disminuye el costo unitario resultante de la nueva
división de un costo total entre un mayor número de acciones.
Si el costo de adquisición es igual al valor en libros de la sociedad
receptora, no hay necesidad de hacer ajustes contables, sin
embargo, si existe una inversión anterior debe mantener la
provisión o valorización existente, para que los valores en libros
sean coherentes
Cuando el costo de adquisición de la inversión es mayor al valor en
libros y se requiere elaborar y presentar estados financieros, se
actualiza su valor en la contabilidad mediante la cuenta de gastos
de provisión inversiones contra la cuenta provisiones, acciones,
para que sean coherentes los valores tanto en la sociedad inversora
como en la receptora.
Si el costo de adquisición es menor al valor en libros en la sociedad
receptora, la diferencia se lleva en cuentas cruzadas de
valorizaciones y superávit por valorizaciones de inversiones a la
sociedad inversora. Cuando disminuya el valor de la inversión.
El valor de las inversiones en libros se compara con el valor de
mercados siempre y cuando se negocien en bolsa, el cual será
representativo para dar como resultado que la inversión se
encuentra en una de las siguientes situaciones: • Valor de mercado
es igual al valor en libros • Valor del mercado es superior al valor en
libros • Valor de mercado es menor frente al valor de libros.

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2 INVERSION EN ACCIONES COMUNES (METODO DEL COSTO.pptx

  • 1. INVERSIÓN EN ACCIONES COMUNES (MÉTODO DEL COSTO) CONTABILIDAD V
  • 2. 2.1 GENERALIDADES. MÉTODO DE COSTO. Método de Costo: Las inversiones en acciones, cuotas o partes de interés social se deben registrar al costo, siempre que se tengan para enajenarse en el inmediato futuro, tomando por valor los siguientes elementos: 1. Valor de adquisición de la acción, cuota o parte de interés.
  • 3. 2. Comisiones a corredores de bolsa de valores. 3. Honorarios a asesores que elaboren el portafolio de inversión. 4. Impuestos. 5. Cualquier otro valor ocasionado con la adquisición. 6. Ajustes integrales por inflación por cada mes de posesión del título.
  • 4. Mediante este método la inversión en acciones se registra a su valor de adquisición más los gastos incurridos en el momento de la compra del ejercicio en que se reciban. El valor de la inversión sólo varía en los siguientes casos: Cuando la compañía inversionista adquiere más o vende las acciones que son objeto de la inversión Cuando el valor neto de realización de las acciones sea inferior al valor de adquisición. En este caso, y de acuerdo al criterio prudencial, deberán valuarse reconociendo una pérdida por deterioro de valor.
  • 5. 2.2 DEFINICIÓN DE INVERSIONES • Comprende las cuentas que registran las inversiones en acciones, cuotas o partes de interés social, títulos valores, papeles comerciales o cualquier otro documento negociable adquirido por el ente económico con carácter temporal, con la finalidad de mantener una reserva secundaria de liquidez, establecer relaciones económicas con otras entidades o para cumplir con disposiciones legales o reglamentarias. • Las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social, se registrarán por su costo histórico.
  • 6. • El costo histórico incluye las sumas en que se incurre para la compra de la inversión, el cual, para el caso de las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social se ajustará mensual o anualmente, reconociendo el efecto inflacionario de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales vigentes.
  • 7. • Cuando el ente económico tenga como actividad principal el de rentista de capital, al momento de vender sus inversiones deberá cargar la cuenta actividad financiera. • Si dichas inversiones son realizadas en desarrollo de actividades secundarias, cuando el valor de la venta sea mayor que el valor en libros, la diferencia se abonará a la cuenta utilidad en venta de inversiones; pero si el valor de venta es menor, ésta se cargará a respectiva cuenta de provisiones o en su defecto a pérdidas de capital. En caso de no existir o ser insuficiente la provisión, el saldo deberá debitarse a la subcuenta venta de inversiones.
  • 8. 2.3 CASOS DE APLICACIÓN “En general, el método de costo deberá emplearse en los casos en que las inversiones no reúnan los requisitos para ser registrados bajo el método de participación patrimonial o consolidado. De acuerdo con el método de costo, la compañía inversora registra la inversión a su costo de adquisición y reconoce como ingreso, los dividendos o intereses recibidos que se distribuyen de las utilidades retenidas de la compañía receptora de la inversión desde la fecha en que la compañía inversora efectuó la adquisición. Deberá registrarse una reducción por debajo del costo cuando una serie de pérdidas de operación u otros factores indiquen que ha ocurrido una baja en el valor, que no sea temporal.
  • 9. Un dividendo en acciones, a diferencia de un dividendo en efectivo o en especie, no constituye una distribución de activos a los accionistas. Cuando un accionista recibe acciones adicionales de la misma clase en forma de dividendo en acciones o de división de acciones, su porcentaje de tenencia del patrimonio de la compañía emisora permanece sin cambio. Por consiguiente, no deben reconocerse ingresos por dividendos en acciones. La base de costo de la inversión original deberá distribuirse entre las nuevas acciones recibidas y las viejas acciones poseídas.
  • 10. Esto, nos lleva al siguiente comentario, el método del costo es el que se utiliza cuando la propiedad accionaria es menor al 20% influencia significativa ni control (menos del 20% de las acciones). La regla de valuación para las inversiones, establece que deben ser reflejadas al menor valor del costo o mercado; en este caso, como se trata de inversiones en acciones comunes de carácter permanente, se aplica la regla solamente cuando la baja en el valor no sea considerada temporal y por lo tanto se deberá crear una provisión a tal efecto.
  • 11. Cuando se reciben acciones a título de dividendos, éstos se reducen a que no tiene que efectuarse ningún registro contable por tal operación. Tres aspectos a destacar son importantes en este caso: - El costo original total de la inversión no se altera. - Se mantiene la misma proporción de participación en la sociedad receptora de la inversión. - Solamente se disminuye el costo unitario resultante de la nueva división de un costo total entre un mayor número de acciones.
  • 12. Si el costo de adquisición es igual al valor en libros de la sociedad receptora, no hay necesidad de hacer ajustes contables, sin embargo, si existe una inversión anterior debe mantener la provisión o valorización existente, para que los valores en libros sean coherentes Cuando el costo de adquisición de la inversión es mayor al valor en libros y se requiere elaborar y presentar estados financieros, se actualiza su valor en la contabilidad mediante la cuenta de gastos de provisión inversiones contra la cuenta provisiones, acciones, para que sean coherentes los valores tanto en la sociedad inversora como en la receptora.
  • 13. Si el costo de adquisición es menor al valor en libros en la sociedad receptora, la diferencia se lleva en cuentas cruzadas de valorizaciones y superávit por valorizaciones de inversiones a la sociedad inversora. Cuando disminuya el valor de la inversión. El valor de las inversiones en libros se compara con el valor de mercados siempre y cuando se negocien en bolsa, el cual será representativo para dar como resultado que la inversión se encuentra en una de las siguientes situaciones: • Valor de mercado es igual al valor en libros • Valor del mercado es superior al valor en libros • Valor de mercado es menor frente al valor de libros.