Este documento presenta información sobre la responsabilidad legal y ética de los auditores. Explica que la administración es responsable de preparar estados financieros precisos y mantener controles internos adecuados, mientras que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los estados financieros y realizar la auditoría de acuerdo con las normas aplicables. También cubre temas como el acceso de los auditores a la información y la comunicación de errores o fraudes identificados durante la auditoría.
CURSO AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - FASE DE PLANIFICACIÓN 07.DIC.2014 Dr. MIGUE...miguelserrano5851127
El proceso de planeamiento de la auditoría de cumplimiento permite identificar las entidades y las materias a examinar, comprender su estructura de negocio, control interno y el entorno, establecer los objetivos, criterios y recursos para la ejecución de la auditoría, y elaborar el plan de auditoría inicial y el programa con procedimientos mínimos o esenciales, que se comunican a la comisión auditora en reunión programada para tal efecto.
CURSO AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - FASE DE PLANIFICACIÓN 07.DIC.2014 Dr. MIGUE...miguelserrano5851127
El proceso de planeamiento de la auditoría de cumplimiento permite identificar las entidades y las materias a examinar, comprender su estructura de negocio, control interno y el entorno, establecer los objetivos, criterios y recursos para la ejecución de la auditoría, y elaborar el plan de auditoría inicial y el programa con procedimientos mínimos o esenciales, que se comunican a la comisión auditora en reunión programada para tal efecto.
Redacción del informe de auditoría evaluación cumplimiento programas de preve...Illescas Ricardo
El presente artículo tiene como objetivo orientar el ejercicio profesional en la redacción de Informes de Auditoría externa para informar sobre el resultado de la evaluación del cumplimiento de los Programas de Prevención de Lavado de Dinero con énfasis en las disposiciones de la legislación nicaragüense. La propuesta parte de la Norma Prudencial para la Prevención de Lavado de Dinero y de Otros Activos contenida en la Resolución de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras de referencia CD- SIBOIF-197-2-MAR01-2002. Integra un sumario de procedimientos que lleven a la redacción del Dictamen o Informe de Auditoría Externa.
Estructuras de Informes de Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados.
FUNDAMENTO
Directorio de la Federación Nro. 25, Resolución del 05 de Diciembre de 2014 del Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela (FCCPV) con respecto a la Ratificación de le entrada en vigencia en Venezuela de las Normas Internacionales de Auditoria, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados, así como también las Declaraciones Internacionales de Prácticas de Auditoria y las Normas sobre Control de Calidad, emitidas por la Federación Internacional de Contadores Públicos (IFAC).
Desde el 1 de Abril de 2015 entraron en vigencia las nuevas estructuras básicas de informes de las Normas Internacionales de Auditoría, Revisión, Atestiguamiento y Servicios Relacionados, aprobadas por el Comité de Normas y Procedimientos de Auditoría de la FCCPV las cuales se presentan con el propósito de orientar a los contadores públicos en general sobre el contenido mínimo que deben incluir sus informes en correspondencia con su actividad profesional contratada con su cliente.
Se derogan las SECP 1, SECP 2, SECP 4, SECP 5, DNA 11 y DNA 13 y se incorporan las normas en el mismo orden NISR 4410, NITR 2400, NISR 4400, NITA 3000, NIA 700 y NITA 3400.
TIPS PARA UNA PRESENTACIÓN ADECUADA Verificar que posea:
Ver más información en http://www.ccpbolivar.org.ve/
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
3ra. clase responsabilidad legal y administrativa del auditor (07.03.2016)
1. 1
Asignatura: AUDITORÍA FINANCIERA
3ra. clase
RESPONSABILIDAD LEGAL Y ETICA DEL AUDITOR
Docente:
CPCC. Johnny Elver Zorrilla Rojas
E-mail:
zorrillarojas@hotmail.com
zorrillarojas48@gmail.com
Lima, 07.Mar.2016
2. CONTENIDO TEMATICO:
Código de Ética del Auditor Gubernamental
Responsabilidad de la Administración y
Responsabilidad del Auditor.
Carta de compromiso y contrato de servicios
profesionales
Lectura:
Secciones 200-299 de las NIAs
2
RESPONSABILIDAD LEGAL Y ETICA DEL AUDITOR
3. 3
La descripción esta en un archivo a parte.
CÓDIGO DE ÉTICA DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL
4. 4
La Administración es responsable de:
•La preparación y presentación razonable de
los estados presupuestarios y financieros,
de acuerdo con las disposiciones legales en
materia presupuestal y el marco de
información financiera aplicable,
respectivamente.
•La implementación del control interno
necesario para la preparación de los estados
presupuestarios y financieros, a fin que
estén libres de errores materiales, ya sea
por fraude o error.
RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN
5. 5
• Brindar acceso, sin restricciones, a los
auditores a las instalaciones, fuentes y
registros de toda la información que
sustenten las operaciones de la entidad.
El acceso se brinda respecto de toda la
información relacionada con el proceso de
auditoría; lo cual contribuye a reducir el
riesgo de auditoría (riesgo inherente,
riesgo de control y riesgo de detección).
RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN
6. 6
• En el caso que los funcionarios y
servidores de la entidad, así como las
personas naturales o jurídicas que
mantengan o hayan mantenido relaciones
con las entidades, no cumplan con
entregar la información solicitada o la
entreguen de forma incompleta o
incumpliendo con las condiciones y los
plazos establecidos, incurrirán en
infracción sujeta a la potestad
sancionadora de la Contraloría, de
acuerdo a la normativa sobre la materia.
RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN
7. 7
• Expresar una opinión sobre los estados
presupuestarios y financieros (preparados
por la Administración).
• Realizar la auditoría financiera
gubernamental de acuerdo con:
El Manual de Auditoría Financiera
Gubernamental (R.C N° 445-2014-CG).
Las Normas Internacionales de Auditoría
(NIA) incluidas el Manual de
Pronunciamientos Internacionales de
Control de Calidad, Auditoría, Revisión.
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR
8. 8
Otros Aseguramientos y Servicios
Relacionados, emitido por la Federación
Internacional de Contadores (IFAC).
• Cumplir con los requerimientos éticos
establecidos en la normativa
correspondiente.
• Planificar y realizar la auditoría, a fin de
obtener seguridad razonable de que los
estados presupuestarios y financieros no
contienen aseveraciones equivocas
materiales.
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR
9. 9
• Comunicar a la Contraloría las situaciones
de error o fraude, identificados en la
realización de la auditoría, para la
adopción de las acciones
correspondientes.
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR
10. 10
200-299 PRINCIPIOS GENERALES Y
RESPONSABILIDAD (8)
200 Objetivos generales del Auditor independiente y
conducción de una auditoría, de acuerdo con las NIAs
210 Acuerdo en las Condiciones en los Compromisos de
Auditoría
220 Control de calidad para una auditoría de estados
financieros
230 Documentación de la Auditoría
240 Responsabilidad del Auditor en relación con el fraude
en una auditoría de Estados Financieros
250 Consideración de leyes y regulaciones en una
Auditoría de Estados Financieros
260 Comunicación con los encargados del gobierno
corporativo
265 Comunicación de deficiencias en el Control Interno a
los encargados del Gobierno Corporativo
11. Esta norma establece lineamientos en cuanto
a:
•Acuerdo de los términos del trabajo con el
cliente (carta convenio, carta compromiso,
etc.).
•Respuesta del auditor a una petición de un
cliente, para cambiar los términos de un
trabajo por otro, que brinda un nivel más
bajo de certidumbre.
11
210 Acuerdos en las condiciones en los
compromisos de Auditoría