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Qué es Acceso a la Justicia?
Es el real y verdadero cumplimiento de los
derechos laborales.
El Estado como garante de los derechos humanos
tiene el deber de:
Prevenir su incumplimiento
Sancionar la violación a los mismos y
restablecer el derecho conculcado o reparar los
daños ocasionados
Acceso a la Justicia como Derecho Humano
Es el derecho humano primario en un sistema legal
que pretenda garantizar tanto los derechos
individuales como colectivos
La Administración de justicia es la última frontera
donde los ciudadanos perciben si sus derechos son
efectivamente respetados y garantizados, de ahí la
imperiosa necesidad de facilitar y favorecer, no solo el
acceso a la justicia, sino el acceso efectivo a la misma
La Administración de Justicia debe considerarse
como un servicio público a cargo del Estado.
El acceso a la justicia como servicio
público
Principios Rectores de un Servicio Público
Continuidad (no puede dejar de prestarse por ninguna circunstancia,
política, económica o social)
Adaptación (hacer los cambios, reformas o innovaciones que sean
necesarias para adaptar el servicio a las nuevas circunstancias)
Igualdad (condiciones iguales para los sujetos procesales-El Estado debe
compensar las desigualdades sociales con medidas afirmativas para equiparar
y emparejar el juego)
Celeridad. (Deben detectarse las causas de la retardación de justicia, del
litigio sin la representación adecuada o de la falta de ella – justicia tardía no es
justicia)
Gratuidad.
Instancias Nacionales para exigir el cumplimiento de los
derechos laborales cuando estos son vulnerados
En sede administrativa:
Ministerio de Trabajo
Procuraduría General de la República
Sede Judicial:
Juzgados con competencia en materia laboral
Cámaras de Segunda Instancia
Sala de lo Civil de la Corte Suprema de
Justicia
Situación Actual de la Justicia Laboral en
Sede Judicial
Tribunales con competencia en materia laboral
9 Juzgados de lo Laboral
 5 en San Salvador
 1 en Santa Tecla
 1 en Santa Ana
 1 en Sonsonate
 1 en San Miguel
De los 9, únicamente 4 conocen exclusivamente en materia
laboral
20 Juzgados de Primera Instancia
12 Juzgados de lo Civil
CARGA LABORAL
 Juzgados Laborales en el 2008 reportaron casos activos al final del
período, es decir, en trámite 3827 (los denominados laborales)
 1924 pertenecen al Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla
 492 al Juzgado 5° de lo Laboral de S.S.
 357 al Juzgado 3° de lo Laboral de S.S.
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 240 al Juzgado 4° de lo Laboral de S.S.
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 151 al Juzgado 1° de lo Laboral de S.S.
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
 1944 Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla
1903 El resto de juzgados (8)
Juzgados de Primera Instancia
En los 20 juzgados de primera instancia a
nivel nacional en el año 2008:
Ingresaron: 303
Egresaron: 280
Activos al final del período: 249
De estos los que tienen más carga son:
Opico (106 activos)
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Juzgados de lo Civil
En los 12 Juzgados de lo Civil, en el 2008
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Cámaras de Segunda Instancia
2 Cámaras de lo Laboral de San Salvador:
Ingresos: 875
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 Estas también conocen de las demandas contra el Estado como tribunal
de primera instancia y en apelación conoce la Sala de lo Civil.
3 Cámaras del interior del país (con competencia mixta):
Ingresos: 97
Egresos: 97
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Sala de lo Civil (competencia mixta)
La Sala conoce en materia civil, mercantil, familia y
laboral
Recursos de Casación
Recursos de Apelación
En el año 2008, en materia laboral:
Ingresaron:
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Implicaciones negativas que resultan del
conocimiento de varias materias
Excesiva carga de trabajo (tribunales prácticamente colapsados)
Dificultad para especializarse en materia laboral, ya que es
imposible capacitarlos en todas las áreas a profundidad
Manejo de diversos cuerpos normativos provoca en varias
ocasiones la pérdida de la naturaleza del derecho laboral
Aplicación de Principios del derecho civil en la resolución de los
casos
Relegar la resolución de los casos laborales a un segundo o
último lugar.
En ocasiones representa un obstáculo o carga para los o las
juzgadoras
Otras situaciones que obstaculizan el acceso a la
justicia laboral:
Falta de inmediación y oralidad:
Ello hace cada vez más difícil y lejano el conocimiento del Juez o
Jueza por los justiciables.
La gente y los expedientes están cada vez más distantes de los
Jueces
El modelo escrito por si mismo produce una justicia delegada,
contrario a lo pretendido por la ley o el legislador, además de la
lentitud que le es propia, así como el excesivo formalismo y apego
a ritualidades anacrónicas
Es usual y hasta aceptado como normal, que actos tan
trascendentales en el proceso, como la recepción de la prueba
testimonial, juramento estimatorio, inspecciones, absolución de
posiciones e incluso en casos extremos, las conciliaciones, sean
delegadas en manos de los empleados de los tribunales ( ello no
significa menospreciar la labor que se realiza por estos). Pero debe
señalarse que en ocasiones son aún estudiantes de derecho o en
casos extremos solo bachilleres.
Crisis de Crecimiento de los conflictos
Nuevas y mayores controversias laborales
 El derecho procesal del trabajo ha enfrentado en los últimos
tiempos, un fenómeno de crecimiento que implica una
evolución en el número de causas.
 El reconocimiento de la condición laboral de los funcionarios
y servidores del Estado que condujo a incrementar la
interposición de demandas ante los tribunales de primera
instancia en casos contra las instituciones autónomas y en las
Cámaras de lo laboral de S.S. En los juicios contra el Estado.
 La Ley de la Carrera Administrativa Municipal, que desde
enero del 2007 le atribuyó competencia a los Jueces que
conocen en materia laboral para los procesos de despido y de
nulidad de despido de empleados municipales.
Incremento poblacional
Desarrollo comercial e industrial
Muchos Tribunales que no tienen las condiciones óptimas para
funcionar (sobre todo en el interior del país).
La excesiva carga laboral de los Defensores Públicos Laborales (270
causas asignadas), constituye un grave inconveniente que dificulta la
calidad en la atención que se brinda.
No necesariamente pueden seguir detenidamente cada caso que
tienen a su cargo
Se dificulta la capacitación
Las limitaciones económicas de la PGR no permite ofrecer salarios
competitivos
Las Normas Internacionales de derechos humanos,
como las Normas Internacionales del Trabajo
(Convenios de la OIT) han sido invocadas
mínimamente como fundamento para la protección
de los derechos laborales.
Asimismo, su aplicación para fundar las resoluciones
judiciales también ha sido realizada en casos muy
excepcionales.
El Código de Trabajo, en muchas de sus
regulaciones ya no responde a la situación actual,
la globalización de la economía y la
diversificación del mundo del trabajo ha
desbordado las previsiones del legislador, lo que
conduce a dejar en indefensión en muchos de los
casos a los más vulnerables.
La ejecución de las sentencias en muchos de los casos
es ineficaz
No hay bienes que embargar
Falta de medidas que garanticen el pago de
obligaciones laborales ante el cierre intempestivo de
empresas.
No existe una cultura sólida de diálogo y promoción
de la paz a través del fomento de los mecanismos de
resolución alterna de conflictos, lo cual
descongestionaría el sistema y volvería menos costoso
para las partes el sometimiento de un conflicto a la
sede judicial.
Se carece de formación especializada en materia
laboral, salvo excepciones.
El tema laboral no había sido, hasta hace poco,
incluido en la agenda de país. (Libro Blanco)
La introducción del capítulo laboral en el CAFTA-DR y
los compromisos adquiridos en el denominado Libro
Blanco han abierto la puerta para que el país y las
instituciones involucradas asuman con responsabilidad
la necesidad emergente de fortalecer la justicia laboral,
tanto en sede administrativa, como judicial.
Retos y Desafíos:
La especialización de la jurisdicción laboral
Art. 49 Constitución de la República
La Justicia laboral debe ser impartida por Jueces y
Juezas especializadas en derecho del trabajo
Con profundo conocimiento de la materia
Permitiría mayor agilidad en la resolución de los casos;
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 Mejorar la calidad de la justicia
Retos y Desafíos:
Modernizar los Tribunales
Dotarlos de los recursos materiales, humanos y de
infraestructura física y tecnológica necesarios para
su funcionamiento óptimo
Implementar Modelos de Gestión de Despacho
eficientes
Mejorar los sistemas de información, para la toma
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Retos y Desafíos:
Autonomía del derecho laboral
Significa desligarlo del proceso civil, al cual ha estado
unido desde su génesis
Crear una Ley o Código Procesal Laboral especial, que
atienda la naturaleza que le es propia al derecho del
trabajo, que responda a los Principios que lo rigen,
como un derecho de naturaleza social; sin la influencia
de principios rectores de un proceso que tiene a su base
derechos intereses netamente patrimoniales, los cuales
responden a una lógica diferente.
REFORMAS:
Actualizar el Còdigo de Trabajo en la parte sustantiva, acorde a
las realidades y circunstancias, considerar las innovaciones del
mundo del trabajo, las nuevas modalidades de contratación
(prever una legislación que resguarde de la contratación en
fraude de ley o simulación de contratos).
Potenciar el Principio Protectorio
Revisar la eficacia de figuras como la de Presunciones y el plazo
para que operen a favor del o la trabajadora, la conciliación y
sus efectos de prueba en el proceso; medidas cautelares, etc.
Analizar la posibilidad de crear la figura de los Jueces
conciliadores, especializados en ello.
Introducir la oralidad en el proceso
Establecer la Conciliación o Mediación como requisito previo a
la demanda judicial, etc.
Fortalecer el Diálogo Social
Potenciar los métodos de Resolución Alterna de Conflictos
Es necesario que se provea a la PGR y MINTRAB de recursos
suficientes para fortalecer ambas instituciones y puedan brindar
un servicio de calidad y atender la demanda.
Formar mediadores y conciliadores profesionales
Impulsar la creación de una Comisión con participación más
allá del tripartismo, que incluya a más sectores de la sociedad,
con el objeto de revisar y elaborar una propuesta de reformas de
la legislación
Impulsar la creación de una cultura de diálogo, a través de
campañas de comunicación y formación.
Retos y Desafíos: Fortalecer las
capacidades
Impulsar la formación de una nueva visión de los derechos
laborales, como derechos humanos, que tienen su origen en la
dignidad de la persona.
La Capacitación de los Jueces no debe limitarse a la instrucción,
debe conducir a un cambio de mentalidad; de la actitud
burocrática de simple ejecutor de leyes a un activista de la
justicia que soluciona problemas dentro de la ley, pero en forma
creativa; siendo un verdadero intérprete de las leyes conforme a
la Constitución y a las normas internacionales.
Los tiempos actuales exigen Juezas y Jueces guardianes de los
derechos fundamentales, creadores de derecho, propio de la
magistratura profesional.
Retos y Desafíos:
Se requiere cambiar la orientación en la formación de
abogadas y abogados.
Fomentar la educación como potenciales prestadores
de servicios legales, luchadores por la defensa de los
derechos humanos.
Hoy por hoy la formación se caracteriza por el
formalismo y la poca práctica
Es necesario formar abogados (as) comprometidos
con la justicia social
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del Trabajo
Retos y Desafíos:
Sistemas de justicia independientes y confiables, con
jueces y funcionarios profesionalmente competentes y
probos, mejoran sin duda la calidad de vida de los
pueblos.
Reconocer que el profesional del derecho tiene la
obligación ética de considerar las implicaciones
sociales de los cambios que su actuación puede
provocar, al reivindicar ante los tribunales los
reclamos de los sectores marginados de la sociedad.
Retos y Desafíos:
Potenciar el conocimiento sobre la aplicación de las
normas nacionales; así como de las normas
internacionales de derechos humanos y de las normas
internacionales del trabajo (Convenios de la OIT)
Fomentar una cultura de respeto por el precedente
judicial (unificación de criterios)
Potenciar la creación de clínicas legales, debidamente
supervisadas
Cambiar la visión institucional y agendar como prioridad
el fortalecimiento de la justicia laboral
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duplicar esfuerzos.
Retos y Desafíos:
Fomentar la fiscalización y control ciudadano
Saber identificar las necesidades institucionales para
fortalecer la justicia laboral y poder encauzar los
esfuerzos propios como de cooperación internacional
hacia la superación de las mismas.
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Retos y Desafíos:
Todo lo anterior no es posible si no se vuelve al
orígen del Derecho Laboral, a su principal principio:
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“Una disciplina que no se ocupa de proteger a los que
trabajan, no es Derecho del Trabajo”.
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Acceso a la Justicia Laboral. Retos y desafíos

  • 1.
  • 2. Qué es Acceso a la Justicia? Es el real y verdadero cumplimiento de los derechos laborales. El Estado como garante de los derechos humanos tiene el deber de: Prevenir su incumplimiento Sancionar la violación a los mismos y restablecer el derecho conculcado o reparar los daños ocasionados
  • 3. Acceso a la Justicia como Derecho Humano Es el derecho humano primario en un sistema legal que pretenda garantizar tanto los derechos individuales como colectivos La Administración de justicia es la última frontera donde los ciudadanos perciben si sus derechos son efectivamente respetados y garantizados, de ahí la imperiosa necesidad de facilitar y favorecer, no solo el acceso a la justicia, sino el acceso efectivo a la misma La Administración de Justicia debe considerarse como un servicio público a cargo del Estado.
  • 4. El acceso a la justicia como servicio público Principios Rectores de un Servicio Público Continuidad (no puede dejar de prestarse por ninguna circunstancia, política, económica o social) Adaptación (hacer los cambios, reformas o innovaciones que sean necesarias para adaptar el servicio a las nuevas circunstancias) Igualdad (condiciones iguales para los sujetos procesales-El Estado debe compensar las desigualdades sociales con medidas afirmativas para equiparar y emparejar el juego) Celeridad. (Deben detectarse las causas de la retardación de justicia, del litigio sin la representación adecuada o de la falta de ella – justicia tardía no es justicia) Gratuidad.
  • 5. Instancias Nacionales para exigir el cumplimiento de los derechos laborales cuando estos son vulnerados En sede administrativa: Ministerio de Trabajo Procuraduría General de la República Sede Judicial: Juzgados con competencia en materia laboral Cámaras de Segunda Instancia Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia
  • 6. Situación Actual de la Justicia Laboral en Sede Judicial Tribunales con competencia en materia laboral 9 Juzgados de lo Laboral  5 en San Salvador  1 en Santa Tecla  1 en Santa Ana  1 en Sonsonate  1 en San Miguel De los 9, únicamente 4 conocen exclusivamente en materia laboral 20 Juzgados de Primera Instancia 12 Juzgados de lo Civil
  • 7. CARGA LABORAL  Juzgados Laborales en el 2008 reportaron casos activos al final del período, es decir, en trámite 3827 (los denominados laborales)  1924 pertenecen al Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla  492 al Juzgado 5° de lo Laboral de S.S.  357 al Juzgado 3° de lo Laboral de S.S.  313 al Juzgado de lo Laboral de Santa Ana  240 al Juzgado 4° de lo Laboral de S.S.  180 al Juzgado 2° de lo Laboral de S.S.  151 al Juzgado 1° de lo Laboral de S.S.  139 al Juzgado de lo Laboral de San Miguel  31 al Juzgado de lo Laboral de Sonsonate   1944 Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla 1903 El resto de juzgados (8)
  • 8. Juzgados de Primera Instancia En los 20 juzgados de primera instancia a nivel nacional en el año 2008: Ingresaron: 303 Egresaron: 280 Activos al final del período: 249 De estos los que tienen más carga son: Opico (106 activos) Jiquilisco (81 activos)
  • 9. Juzgados de lo Civil En los 12 Juzgados de lo Civil, en el 2008 Ingresaron: 625  Usulután (149)  La Unión (101)  Zacatecoluca (100) Egresaron: 475  Usulután (130)  La Unión (71)  Zacatecoluca (55) Activos al final del período: 1524  Usulután (239)  Zacatecoluca (707)  La Unión (76)  Ahuachapán (348)
  • 10. Cámaras de Segunda Instancia 2 Cámaras de lo Laboral de San Salvador: Ingresos: 875 Egresos: 896 Activos o en Trámite: 146  Estas también conocen de las demandas contra el Estado como tribunal de primera instancia y en apelación conoce la Sala de lo Civil. 3 Cámaras del interior del país (con competencia mixta): Ingresos: 97 Egresos: 97 Activos o en trámite: 36
  • 11. Sala de lo Civil (competencia mixta) La Sala conoce en materia civil, mercantil, familia y laboral Recursos de Casación Recursos de Apelación En el año 2008, en materia laboral: Ingresaron:  Casaciones: 71  Apelaciones: 18
  • 12. Implicaciones negativas que resultan del conocimiento de varias materias Excesiva carga de trabajo (tribunales prácticamente colapsados) Dificultad para especializarse en materia laboral, ya que es imposible capacitarlos en todas las áreas a profundidad Manejo de diversos cuerpos normativos provoca en varias ocasiones la pérdida de la naturaleza del derecho laboral Aplicación de Principios del derecho civil en la resolución de los casos Relegar la resolución de los casos laborales a un segundo o último lugar. En ocasiones representa un obstáculo o carga para los o las juzgadoras
  • 13. Otras situaciones que obstaculizan el acceso a la justicia laboral: Falta de inmediación y oralidad: Ello hace cada vez más difícil y lejano el conocimiento del Juez o Jueza por los justiciables. La gente y los expedientes están cada vez más distantes de los Jueces El modelo escrito por si mismo produce una justicia delegada, contrario a lo pretendido por la ley o el legislador, además de la lentitud que le es propia, así como el excesivo formalismo y apego a ritualidades anacrónicas Es usual y hasta aceptado como normal, que actos tan trascendentales en el proceso, como la recepción de la prueba testimonial, juramento estimatorio, inspecciones, absolución de posiciones e incluso en casos extremos, las conciliaciones, sean delegadas en manos de los empleados de los tribunales ( ello no significa menospreciar la labor que se realiza por estos). Pero debe señalarse que en ocasiones son aún estudiantes de derecho o en casos extremos solo bachilleres.
  • 14. Crisis de Crecimiento de los conflictos Nuevas y mayores controversias laborales  El derecho procesal del trabajo ha enfrentado en los últimos tiempos, un fenómeno de crecimiento que implica una evolución en el número de causas.  El reconocimiento de la condición laboral de los funcionarios y servidores del Estado que condujo a incrementar la interposición de demandas ante los tribunales de primera instancia en casos contra las instituciones autónomas y en las Cámaras de lo laboral de S.S. En los juicios contra el Estado.  La Ley de la Carrera Administrativa Municipal, que desde enero del 2007 le atribuyó competencia a los Jueces que conocen en materia laboral para los procesos de despido y de nulidad de despido de empleados municipales.
  • 15. Incremento poblacional Desarrollo comercial e industrial Muchos Tribunales que no tienen las condiciones óptimas para funcionar (sobre todo en el interior del país). La excesiva carga laboral de los Defensores Públicos Laborales (270 causas asignadas), constituye un grave inconveniente que dificulta la calidad en la atención que se brinda. No necesariamente pueden seguir detenidamente cada caso que tienen a su cargo Se dificulta la capacitación Las limitaciones económicas de la PGR no permite ofrecer salarios competitivos
  • 16. Las Normas Internacionales de derechos humanos, como las Normas Internacionales del Trabajo (Convenios de la OIT) han sido invocadas mínimamente como fundamento para la protección de los derechos laborales. Asimismo, su aplicación para fundar las resoluciones judiciales también ha sido realizada en casos muy excepcionales.
  • 17. El Código de Trabajo, en muchas de sus regulaciones ya no responde a la situación actual, la globalización de la economía y la diversificación del mundo del trabajo ha desbordado las previsiones del legislador, lo que conduce a dejar en indefensión en muchos de los casos a los más vulnerables.
  • 18. La ejecución de las sentencias en muchos de los casos es ineficaz No hay bienes que embargar Falta de medidas que garanticen el pago de obligaciones laborales ante el cierre intempestivo de empresas. No existe una cultura sólida de diálogo y promoción de la paz a través del fomento de los mecanismos de resolución alterna de conflictos, lo cual descongestionaría el sistema y volvería menos costoso para las partes el sometimiento de un conflicto a la sede judicial.
  • 19. Se carece de formación especializada en materia laboral, salvo excepciones. El tema laboral no había sido, hasta hace poco, incluido en la agenda de país. (Libro Blanco) La introducción del capítulo laboral en el CAFTA-DR y los compromisos adquiridos en el denominado Libro Blanco han abierto la puerta para que el país y las instituciones involucradas asuman con responsabilidad la necesidad emergente de fortalecer la justicia laboral, tanto en sede administrativa, como judicial.
  • 20. Retos y Desafíos: La especialización de la jurisdicción laboral Art. 49 Constitución de la República La Justicia laboral debe ser impartida por Jueces y Juezas especializadas en derecho del trabajo Con profundo conocimiento de la materia Permitiría mayor agilidad en la resolución de los casos; y  Mejorar la calidad de la justicia
  • 21. Retos y Desafíos: Modernizar los Tribunales Dotarlos de los recursos materiales, humanos y de infraestructura física y tecnológica necesarios para su funcionamiento óptimo Implementar Modelos de Gestión de Despacho eficientes Mejorar los sistemas de información, para la toma de decisiones
  • 22. Retos y Desafíos: Autonomía del derecho laboral Significa desligarlo del proceso civil, al cual ha estado unido desde su génesis Crear una Ley o Código Procesal Laboral especial, que atienda la naturaleza que le es propia al derecho del trabajo, que responda a los Principios que lo rigen, como un derecho de naturaleza social; sin la influencia de principios rectores de un proceso que tiene a su base derechos intereses netamente patrimoniales, los cuales responden a una lógica diferente.
  • 23. REFORMAS: Actualizar el Còdigo de Trabajo en la parte sustantiva, acorde a las realidades y circunstancias, considerar las innovaciones del mundo del trabajo, las nuevas modalidades de contratación (prever una legislación que resguarde de la contratación en fraude de ley o simulación de contratos). Potenciar el Principio Protectorio Revisar la eficacia de figuras como la de Presunciones y el plazo para que operen a favor del o la trabajadora, la conciliación y sus efectos de prueba en el proceso; medidas cautelares, etc. Analizar la posibilidad de crear la figura de los Jueces conciliadores, especializados en ello. Introducir la oralidad en el proceso Establecer la Conciliación o Mediación como requisito previo a la demanda judicial, etc.
  • 24. Fortalecer el Diálogo Social Potenciar los métodos de Resolución Alterna de Conflictos Es necesario que se provea a la PGR y MINTRAB de recursos suficientes para fortalecer ambas instituciones y puedan brindar un servicio de calidad y atender la demanda. Formar mediadores y conciliadores profesionales Impulsar la creación de una Comisión con participación más allá del tripartismo, que incluya a más sectores de la sociedad, con el objeto de revisar y elaborar una propuesta de reformas de la legislación Impulsar la creación de una cultura de diálogo, a través de campañas de comunicación y formación.
  • 25. Retos y Desafíos: Fortalecer las capacidades Impulsar la formación de una nueva visión de los derechos laborales, como derechos humanos, que tienen su origen en la dignidad de la persona. La Capacitación de los Jueces no debe limitarse a la instrucción, debe conducir a un cambio de mentalidad; de la actitud burocrática de simple ejecutor de leyes a un activista de la justicia que soluciona problemas dentro de la ley, pero en forma creativa; siendo un verdadero intérprete de las leyes conforme a la Constitución y a las normas internacionales. Los tiempos actuales exigen Juezas y Jueces guardianes de los derechos fundamentales, creadores de derecho, propio de la magistratura profesional.
  • 26. Retos y Desafíos: Se requiere cambiar la orientación en la formación de abogadas y abogados. Fomentar la educación como potenciales prestadores de servicios legales, luchadores por la defensa de los derechos humanos. Hoy por hoy la formación se caracteriza por el formalismo y la poca práctica Es necesario formar abogados (as) comprometidos con la justicia social Fortalecer la formación en Normas Internacionales del Trabajo
  • 27. Retos y Desafíos: Sistemas de justicia independientes y confiables, con jueces y funcionarios profesionalmente competentes y probos, mejoran sin duda la calidad de vida de los pueblos. Reconocer que el profesional del derecho tiene la obligación ética de considerar las implicaciones sociales de los cambios que su actuación puede provocar, al reivindicar ante los tribunales los reclamos de los sectores marginados de la sociedad.
  • 28. Retos y Desafíos: Potenciar el conocimiento sobre la aplicación de las normas nacionales; así como de las normas internacionales de derechos humanos y de las normas internacionales del trabajo (Convenios de la OIT) Fomentar una cultura de respeto por el precedente judicial (unificación de criterios) Potenciar la creación de clínicas legales, debidamente supervisadas Cambiar la visión institucional y agendar como prioridad el fortalecimiento de la justicia laboral Potenciar la coordinación interinstitucional, a fin de no duplicar esfuerzos.
  • 29. Retos y Desafíos: Fomentar la fiscalización y control ciudadano Saber identificar las necesidades institucionales para fortalecer la justicia laboral y poder encauzar los esfuerzos propios como de cooperación internacional hacia la superación de las mismas. Cumplir con los compromisos internacionales Impartir una verdadera y oportuna justicia laboral
  • 30. Retos y Desafíos: Todo lo anterior no es posible si no se vuelve al orígen del Derecho Laboral, a su principal principio: El Principio Protectorio o Protector “Una disciplina que no se ocupa de proteger a los que trabajan, no es Derecho del Trabajo”. “Cuando el Derecho del Trabajo se proponga no proteger a las personas que trabajan, dejará de existir”