El documento presenta una propuesta de reformas al Código de Trabajo de Guatemala. Detalla el procedimiento administrativo sancionatorio actual y el propuesto, y observa deficiencias en este último que violan el derecho de defensa. También propone que las reformas se apeguen estrictamente a los compromisos del CAFTA-DR sin crear nuevos procesos judiciales.
Documento del contenido de la iniciativa de Ley de fomento al establecimiento, recuperación, restauración, manejo, producción y protección de bosques de Guatemala. En el archivo se incluyen documentos sobre el proceso de solicitud del Ministerio de Agricultura para que fuera presentada por el Ejecutivo
ANALISIS COMPARATIVO Y DESCRIPTIVO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL ORAL CON RESPECTO AL CODIGO PROCESAL DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL DE MANAGUA, NICARAGUA
El pasado 7 de noviembre, nuestro socio, Javier Dolorier, estuvo como expositor en el noveno Congreso Empresarial de Asuntos Laborales organizado por B&T Meetings.
Reglamento interno de trabajo y proceso disciplinario catedra jurídica febrer...Fenalco Antioquia
Definición y finalidad del proceso disciplinario
Etapas del proceso disciplinario y su trámite
Elementos constitucionales del proceso disciplinario
Generalidades del proceso disciplinario
Importancia del establecimiento de los mecanismos preventivos, correctivos y sancionatorios del acoso laboral y el Comité de Convivencia Laboral en el RIT, Ley 1010 de 2006, Resoluciones 652 y1356 de 2012.
Definición y finalidad del reglamento interno de trabajo, RIT
Cambios al trámite introducidos por la Ley 1429 de 2010
Actualización del RIT
Boletin revista laboral actualizate al 21 setiembre 2018 1Ricardo Candela
Richard Candel <revistactualizate@gmail.com>
Archivos adjuntosjue., 20 sept. 14:13 (hace 18 horas)
para yo
---- Contenido -----
1.- Despido incausado
===================
Afectación del debidoproceso por incurrir en falta de motivación y transgredir el principio de congruencia procesal
2.- Facultades legislativas al Poder Ejecutivo
===================
DECRETOS LEGISLATIVOS APROBADOS EN VIRTUD DE LA LEY 30823
En materia laboral ...
3.- Permisos laborales
===================
¿ Existe algún permiso laboral establecido en las normas vigentes que aun no se pueda
aplicar ?
Similar a Propuesta de Reformas al Código de Trabajo (20)
El partido Encuentro por Guatemala presentó los datos finales de la ejecución del presupuesto para el año 2014, durante este año solo se ejecutó el 91.8% del total del presupuesto aprobado equivalente a Q63,mil millones, enviando al fondo común Q.5,639 millones, lo que evidencia la incapacidad de ejecución del Ejecutivo.
Por cada Quetzal se gastaron Q0.65 centavos en Funcionamiento, Q0.21 centavos en Inversión y Q0.14 centavos en Deuda.
Durante Diciembre de 2014 se gastaron Q281 millones diarios, siendo el mayor porcentaje en gastos de funcionamiento, en éste mes en que los estudiantes están de vacaciones el Ministerio de Desarrollo ejecutó 51% de su presupuesto en el Bono Escolar, mientras que el Ministerio de Educación ejecutó el 60% de su presupuesto en textos escolares, además de transferir Q88 millones a la Secretaría de Comunicación Social para pago de pauta publicitaria.
Las compras y adquisiciones reportadas en Guatecompras de Enero a Diciembre 2014, fueron en un 81% a través de la compra por excepción; sólo el 11% fue por Licitación y el 2% por Cotización.
Los últimos Q.2,800 millones aprobados en Bonos, fueron ejecutados en un 98% exclusivamente para pago de la Deuda.
Encuentro por Guatemala evidencia sobre valoración en compras de alimentos a ...Encuentro Guatemala
Tras una fiscalización al contrato abierto y a las compras por excepción realizadas por el MAGA, el partido Encuentro por Guatemala expuso que este ministerio le compra granos básicos sobre valorados al mismo proveedor desde el año 2012.
Informe de la Ejecución presupuestaria del Ministerio de Agricultura, Guatemala hasta el 31 de julio de 2014. Presentado por los diputados del partido Encuentro por Guatemala
tercera reunión de intermediación sobre el tema de Salud Reproductiva y Convenio Entre el Ministerios de Salud Pública y la Liga Nacional Contra el Cáncer.
Se presentó ante la Bancada Encuentro por Guatemala, una serie de denuncias relacionadas con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Estas varían en temas, incluyendo una posible sobrevaloración en una compra efectuada a través de su Fideicomiso FONADES, la destitución del Director de la Escuela Nacional Central de Agricultura, la ejecución presupuestaria de toda la cartera y posibles malos manejos de fondos del Despacho Ministerial
Encuentro por Guatemala evidencia que MICIVI reorienta presupuestos para pagar deuda ilegal http://www.youtube.com/watch?v=Rnah-_LBM7k&feature=share&list=UUtER_EMDwI7OBjehOwLdKrQ
La bancada Encuentro por Guatemala citó a los representantes del Congreso ante el RENAP, debido a las anomalías detectadas en la adjudicación de una licencia de software por el valor de Q8 millones http://www.youtube.com/watch?v=zIhgjqJZWt4&feature=youtu.be
Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
1. Secretaría de Comunicación
Propuesta de Reformas al
Código de Trabajo Decreto
No.1441
Nineth Montenegro
Leonel Lira
Luis Pedro Álvarez
2. Antecedentes:
El 25 de Junio del año 2013, el Presidente de la República presentó ante
la Dirección Legislativa del Congreso de la República la Iniciativa de ley
que propone se reforma al Código Trabajo, Decreto número 1441 del
Congreso de la República, y sus reformas. El 07 de noviembre del año
2013, fue conocida por el Pleno del Congreso de la República, y fue
remitida a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y
dictamen correspondiente.
Las Reformas presentadas por el Organismo Ejecutivo, se dan a
consecuencia del compromiso que el Estado de Guatemala adquiere de
aplicar las leyes laborales de Guatemala, por ser parte del Tratado de libre
Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos
(CAFTA-DR).
Las reformas se inspiran en el Numeral 4, del compromiso adquirido,
Autoridad del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, para emitir
recomendaciones de sanción y el proceso expedito de revisión judicial.
3. 1. Denuncia de la
Infracción a la norma
jurídica laboral
2. Inspector de trabajo facciona el
acta donde hace consta la
situación, y, inspector señala fecha
para audiencia de conciliación o
mediación
3. Citación mediante
Formulario
Bajo apercibimiento de
incomparencia es motivo
de sanción administrativa
4. En caso de
incomparecencia el
Inspector facciona el Acta y
otorga audiencia por 5 días
para que exprese sus
motivos, y remitiendo así el
acta para su notificación y
señala nueva audiencia en
un plazo de 8 días.
5. Transcurre el plazo
para la evacuación de la
Audiencia se haya
evacuado o no, se debe
elevar el expediente para
la aplicación de la
sanción, la cual deberá
elevarse ante la sección
de sanciones
administrativas del
Ministerio de Trabajo.
6. Posteriormente deberá
de elaborarse la resolución,
y notificarse en forma
personal y directa al
sancionado. Regresa el
expediente a la secretaria
de la sección de sanciones,
para que se verifique el
cumplimiento del pago en
tres 3 días.
7. El sancionado puede
impugnar presentando
recurso de revocatoria y
reposición para que sean
conocidos por el Consejo
Técnico y Asesoría
Jurídica
8. En caso de incumplimiento del pago, el
secretario de la sección de sanciones
administrativas certificará la resolución y
actuaciones que correspondan. Los
oficiales de la sección de sanciones
demandarán al sancionado, bajo la
dirección del representante legal del
Estado delegado por la PGN.
Inicia el proceso judicial:
Procedimiento Ordinario Laboral
Art. 328-373 del Código de Trabajo
Procedimiento Administrativo
Sancionatorio Actual
(Según el Acuerdo Ministerial 32-2001)
4. Procedimiento Administrativo Sancionatorio
Según Iniciativa de Ley No. 4703
1. Denuncia (Querella) para las faltas
contra las leyes de trabajo y previsión
social
2. Citación y Apercibimiento. La IGT
determinará llevar a cabo inspecciones
de oficio o visitaduría para constatar la
falta, si existe falta se citará al
denunciado para que comparezca a la
primera audiencia ante dicha
autoridad
3. Primera Audiencia o
Visitaduría, prevendrá al
denunciado para que
subsane errores si
existieran.
4. Segunda Audiencia y Advertencia
El denunciado deberá acreditar que
cumplió con la subsanación de la falta,
se le apercibe que de que exista
reincidencia deberá de pagar una multa
que será impuesta por la autoridad
judicial.
5. En caso de que el
denunciado no haya
acreditado cumplir con la
falta en la segunda
audiencia, la IGT, deberá
emitir su resolución y
trasladar el caso a la
autoridad judicial
competente, indicando la
falta y la sanción que
recomienda imponer al
infractor
6. INICIA LA
FASE JUDICIAL
7. En un plazo de 5 días hábiles siguientes de
haberse constatado el incumplimiento por
parte del denunciado, la IGT deberá presentar
la denuncia ante juzgado de primera instancia
de trabajo y previsión social competente para
que conozca y resuelva lo que en derecho
proceda
8. Primera resolución dentro de los
3 días siguientes, deberá de
resolver el juez si cumple con los
requisitos, además señalará día y
hora en la misma resolución para
que comparezca a audiencia oral,
apercibiéndole sobre las actitudes
que puede tomar frente a la
denuncia.
9. Actitudes del denunciado:
-Incomparencencia
-Allanamiento total, por escrito.
-Oposición , de forma oral
.
10. Audiencia y Resolución
En la audiencia se reciben los medios
de prueba propuestos, en donde se
privilegia la prueba documental, luego
el juez deberá valorarlos, recibirá los
alegatos y dictará resolución final
11. Apelación.
Se apelará únicamente
la resolución final
Procedimiento sancionatorio. Juicio oral de faltas contra las leyes
de trabajo y previsión social
5. Observaciones:
La iniciativa de Ley 4703, contiene deficiencias que según a criterio de la
Bancada Encuentro Guatemala, viola el derecho de Defensa, así como
también contradice los principios en los que el Derecho de Trabajo se
inspira.
Dentro de las observaciones puntuales que la Bancada Encuentro por
Guatemala, hace a la Iniciativa de Ley 4703, son:
En la fase administrativa del nuevo proceso sancionatorio, se limita el
derecho de defensa, al no establecer un medio de impugnación en
contra de la resolución de la Inspección General de Trabajo (IGT), e
iniciar de manera inmediata el proceso judicial, sin que el denunciado
tenga derecho a impugnar esta resolución.
Se crea un nuevo proceso judicial, y no se establece si el
procedimiento ordinario establecido en los artículos 328 al 373 del
Código de Trabajo queda vigente, pues crea confusión en que momento
se planteará el proceso de Juicio oral de faltas contra las leyes de
trabajo y previsión social y Procedimiento Ordinario Laboral.
Se vulnera la independencia judicial cuando en el artículo 21 de la
Iniciativa, indica en el segundo párrafo que la Inspección General de
Trabajo recomienda al órgano jurisdiccional competente la sanción a
imponer.
6. Observaciones:
El procedimiento administrativo sancionatorio, no establece la etapa
conciliatoria, la cual es de suma importancia pues esta etapa vela por el
cumplimiento del principio contenido en el considerando 6° del Código
de Trabajo, que indica que las normas jurídicas contenidas en el Código
de Trabajo deben ser esencialmente conciliatorias entre el capital y el
trabajo y atender a todos los factores económicos y sociales
pertinentes.
El procedimiento administrativo sancionatorio, que establece la
iniciativa de ley, puede estar contenido en una norma reglamentaria,
entiéndase un Acuerdo Ministerial, por ejemplo el Ministerio de Trabajo
podría presentar la Reforma del Acuerdo Ministerial 32-2001 que
contiene las disposiciones en esta materia.
Dentro de las normas jurídicas que contiene la iniciativa de ley 4703,
contienen normas que ya fueron declaradas inconstitucionales por la
Corte de Constitucionalidad, en su momento por lo cual hace
incongruente que se incluyan de nuevo. (Gacetas de la Corte de
Constitucionalidad No. 898-2001; No. 1014-2001)
7. Propuesta:
Se propone que las reformas al Código de Trabajo se apeguen estrictamente a los
compromisos adquiridos por el Estado de Guatemala en el Acuerdo de Ejecución
de Derechos Laborales (CAFTA-DR).
Estos se limitan al intento de desjudicializar los procesos por faltas cometidas en
contra de leyes y reglamentos laborales y darle más atribuciones a la Inspección
General de Trabajo. De esta cuenta, los artículos 12 al 30 de la propuesta,
colisionan directamente con lo contemplado en el Título decimotercero.
• Se intenta establecer nuevamente una manera de presentar la demanda inicial,
reformando el artículo 420 (en contraposición a los artículos 326 y 333).
• Se obliga, por medio de una modificación al artículo 422, a los funcionarios de la
Inspección General de Trabajo, redundando el la obligación de TODO funcionario
público de denunciar todo acto ilegal que sea de su conocimiento, así como en lo
preceptuado en el artículo 280.
• Se pretende establecer un período conciliatorio, reformando el artículo 424,
cuando este ya está contemplado para TODO procedimiento judicial oral.
8. Conclusiones
El Acuerdo de Ejecución de Derechos Laborales (CAFTA-DR) no contempla la
creación ni modificación de ningún proceso judicial. Su intención principal es
otorgarle más atribuciones a la Inspección General de Trabajo, con el fin de
descargar a los Juzgados ordinarios laborales.
A pesar de lo anterior, sí son necesarias varias reformas a nuestro Código de
Trabajo, apegándose estas a los compromisos adquiridos previamente por el
Estado de Guatemala, y en concordancia con los principios que inspiran al
Derecho del Trabajo.