2. DEFINICIÓN
• Toda lesión orgánica o perturbación funcional,
inmediata o posterior, la muerte, producida
repentinamente en ejercicio o con motivo del
trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en
que se preste.
• Quedan incluidos los accidentes que se produzcan
al trasladarse el trabajador directamente de su
domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.
3. SE DEBERÁ PRECISAR INVARIABLEMENTE
LA RELACIÓN CAUSAL:
Trabajo
Causa
Daño
Efecto
4. CONSIDERACIONES
Que ocurra en día laborable.
En el cumplimiento de las actividades relacionadas con el
trabajo o la comisión encomendada.
Durante la jornada de trabajo o laborando tiempo extra y en
el área de trabajo o lugares directamente relacionados con el
cumplimiento del trabajo o comisión local o foránea.
La lesión o padecimiento diagnosticado guarde relación clínica y
cronológica con la magnitud del mecanismo del accidente y
agente que la provocó.
5. • En los casos en que el probable accidente de trabajo sufrido
cause la muerte inmediata del asegurado en el sitio del
accidente, deberá disponerse, previo a la calificación, de las
actuaciones del Ministerio Público completas y certificadas, acta
de defunción, necropsia y los resultados de los exámenes de
toxicología forense, u oficio de dispensa de éstos.
6. EN CASO NECESARIO PODRÁN REALIZARSE ACTAS TESTIMONIALES O
CONFESIONALES ÚNICAMENTE POR EL MÉDICO DEL SERVICIO DE
SALUD EN EL TRABA JO.
ACTA CONFESIONAL
• Corresponde a la
narración del
accidente que realiza
el trabajador
lesionado.
ACTA TESTIMONIAL
• Corresponde a la
narración de los
sujetos que laboran
en la misma empresa
del trabajador
accidentado.
7. ARTÍCULO 2, DEL REGLAMENTO DE
PRESTACIONES MÉDICAS (RPM).
• "Cuando un trabajador sufra un probable accidente de trabajo,
inmediatamente deberá acudir o ser trasladado a recibir atención en la
unidad médica que le corresponda o en caso urgente, a la unidad
médica más cercana al sitio donde lo haya sufrido"
8. LOS ACCIDENTES LABORALES PUEDEN
SER GENERADOS POR:
• Condiciones peligrosas:
• Métodos de trabajo y procedimientos de trabajo incorrectos.
• Defectos en los equipos, maquinarias, herramientas de trabajo e
instalaciones.
• Incorrecta colocación de los materiales o productos en las áreas
de trabajo.
• Maquinarias y herramientas en mal estado.
• Instalaciones con deficiente mantenimiento.
• Falta de orden y limpieza en las áreas de trabajo.
9. LOS ACCIDENTES LABORALES PUEDEN
SER GENERADOS POR:
• Actos inseguros
• Provocar situaciones de riesgo que ponen en peligro a otras
personas.
• Usar de manera inapropiada las manos u otras partes del
cuerpo.
• Llevar a cabo actividades u operaciones sin previo
adiestramiento.
• Operar equipos sin autorización.
• Limpiar, engrasar o reparar maquinaria cuando se encuentra
en movimiento.
• No usar el equipo de protección personal.
10. MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LOS
ACCIDENTES EN EL TRABAJO
• Realizar las actividades de acuerdo a los métodos y
procedimientos establecidos
• Usar la maquinaria, el equipo y las herramientas
manuales, eléctricas, neumáticas o portátiles, con los
dispositivos de seguridad instalados
• Colocar de manera correcta los materiales o productos
que se procesan en el centro de trabajo
• Mantener orden y limpieza en todas las instalaciones,
áreas, equipo, maquinaria y herramienta, entre otras
• Utilizar el equipo de protección personal que
proporciona la empresa