Las acciones de filiación son acciones declarativas de estado cuya finalidad es lograr un pronunciamiento judicial sobre la filiación de una persona. Existen acciones de reclamación de filiación, para reconocer la filiación, y de impugnación, para negar una filiación indebidamente atribuida. Las acciones de filiación son indisponibles, imprescriptibles y de orden público, por lo que el Ministerio Público debe intervenir. Se sustancian ante el juez de familia competente y son públicas antes y después de la sentencia.
Juicio declarativo de prescripcion y oferta real y depositocelygutierrez
1.- Tema Juicio declarativo de Prescripción: Definición de prescripción. Requisitos sustantivos y procesales. Cuando debemos utilizarlo. Tribunal competente. La demanda y sus requisitos, Legitimados activos y pasivos. Citación de los demandados y publicación de edictos, contestación de demanda. Intervención de terceros. Continuación por el procedimiento ordinario. La Sentencia, características y efectos.
2.- Tema La Oferta Real y el Depósito. Fundamento. Características. Tribunal competente. Tipo de pretensión que se hace valer a través de este procedimiento. La solicitud y sus requisitos. La oferta. Fase no contenciosa. Situaciones que pueden presentarse en el acto de la oferta. Fase contenciosa. Condiciones de validez de la oferta y del depósito. El Depósito de la cosa. Pruebas. Sentencia y sus efectos.
Tema 4: Inhibición y Recusación en Materia Laboral Tema 5: Medios de Prueba AndreaLeal59
Inhibición Es la acción tomada por el juez de abstenerse de seguir conociendo de una causa, que inicialmente le correspondía conocer.
Recusación Es el acto mediante el cual una de la partes rechaza a un juez para que entienda o conozca de la causa, tomando en cuenta que se juzga que su imparcialidad ofrece motivadas dudas.
Causales de Inhibición y Recusación en materia Laboral.
Tramitación de inhibición y Recusación.Cuando el juez observa que se encuentra incumpliendo alguna de las clausulas de inhibición o recusación establecidas en el Art. 31 LDPL, Inmediatamente procede a redactar un acta en donde reasignara la causa a un tribunal competente pero que este conozca de la misma. Si el caso fuera de inhibición e juez a quien corresponda, deberá decidirla dentro de los 3 días de despacho siguientes al recibo de las actuaciones.
En cuanto a recusación esta deberá ser presentada personalmente y por escrito al juez recusado y además también puede ser presentada antes de que se realice la audiencia preliminar.
En los casos de inhibiciones o recusaciones de los Jueces de Sustanciación, Mediación y Ejecución o de los Jueces de Juicio, conocerá el Juez del Tribunal Superior del Trabajo competente por el territorio.
En los casos de inhibición o recusación de los Jueces que integran los Tribunales Superiores del Trabajo, será competente para decidir, el Juez de un Tribunal de la misma categoría.
Medios de prueba
Por medios de prueba deben considerarse los elementos o instrumentos utilizados por las partes y el juez, que suministren esas razones o motivos.
Pruebas
Esta es el elemento procesal mas relevante para la determinación de los hechos, mediante esta el tribunal podrá adquirir el conocimiento necesario para descubrir la verdad.
Medios Probatorios
Los Medios probatorios se encuentran específicamente a partir del Art 77 de La ley Orgánica Procesal del Trabajo, hasta el Art 122. Entre ellos tenemos:
Prueba por escrito: Esta consiste en la representación escrita de un hecho.
Art. 77 al 81
Ejemplo: informes o archivos.
De la exhibición de documentos Es un medio probatorio mediante el cual, se adhiere al proceso una prueba documental.
Art. 82
Ejemplo; Documentos públicos o privados.
La prueba de experticia: Es un medio de prueba que se basa en la aportación de elementos técnicos y científicos, para que sean apreciados por el juez.
Art. 92 al 97
Ejemplo: Accidente de trabajo, en donde la experticia determinara lo sucedido.
Prueba de testigos: Es una prueba mediante la cual un testigo puede declarar ante el juez y aportar conocimiento sobre los hechos.
Art. 98 y 99
Ejemplo: Una persona que presencio el suceso, en un accidente en horas laborales.
Declaración de parte: Se trata de la juramentación de las partes, este medio de prueba solamente puede ser promovida por el juez en la audiencia de juicio.
Art. 103 al 106
Gracias…
Juicio declarativo de prescripcion y oferta real y depositocelygutierrez
1.- Tema Juicio declarativo de Prescripción: Definición de prescripción. Requisitos sustantivos y procesales. Cuando debemos utilizarlo. Tribunal competente. La demanda y sus requisitos, Legitimados activos y pasivos. Citación de los demandados y publicación de edictos, contestación de demanda. Intervención de terceros. Continuación por el procedimiento ordinario. La Sentencia, características y efectos.
2.- Tema La Oferta Real y el Depósito. Fundamento. Características. Tribunal competente. Tipo de pretensión que se hace valer a través de este procedimiento. La solicitud y sus requisitos. La oferta. Fase no contenciosa. Situaciones que pueden presentarse en el acto de la oferta. Fase contenciosa. Condiciones de validez de la oferta y del depósito. El Depósito de la cosa. Pruebas. Sentencia y sus efectos.
Tema 4: Inhibición y Recusación en Materia Laboral Tema 5: Medios de Prueba AndreaLeal59
Inhibición Es la acción tomada por el juez de abstenerse de seguir conociendo de una causa, que inicialmente le correspondía conocer.
Recusación Es el acto mediante el cual una de la partes rechaza a un juez para que entienda o conozca de la causa, tomando en cuenta que se juzga que su imparcialidad ofrece motivadas dudas.
Causales de Inhibición y Recusación en materia Laboral.
Tramitación de inhibición y Recusación.Cuando el juez observa que se encuentra incumpliendo alguna de las clausulas de inhibición o recusación establecidas en el Art. 31 LDPL, Inmediatamente procede a redactar un acta en donde reasignara la causa a un tribunal competente pero que este conozca de la misma. Si el caso fuera de inhibición e juez a quien corresponda, deberá decidirla dentro de los 3 días de despacho siguientes al recibo de las actuaciones.
En cuanto a recusación esta deberá ser presentada personalmente y por escrito al juez recusado y además también puede ser presentada antes de que se realice la audiencia preliminar.
En los casos de inhibiciones o recusaciones de los Jueces de Sustanciación, Mediación y Ejecución o de los Jueces de Juicio, conocerá el Juez del Tribunal Superior del Trabajo competente por el territorio.
En los casos de inhibición o recusación de los Jueces que integran los Tribunales Superiores del Trabajo, será competente para decidir, el Juez de un Tribunal de la misma categoría.
Medios de prueba
Por medios de prueba deben considerarse los elementos o instrumentos utilizados por las partes y el juez, que suministren esas razones o motivos.
Pruebas
Esta es el elemento procesal mas relevante para la determinación de los hechos, mediante esta el tribunal podrá adquirir el conocimiento necesario para descubrir la verdad.
Medios Probatorios
Los Medios probatorios se encuentran específicamente a partir del Art 77 de La ley Orgánica Procesal del Trabajo, hasta el Art 122. Entre ellos tenemos:
Prueba por escrito: Esta consiste en la representación escrita de un hecho.
Art. 77 al 81
Ejemplo: informes o archivos.
De la exhibición de documentos Es un medio probatorio mediante el cual, se adhiere al proceso una prueba documental.
Art. 82
Ejemplo; Documentos públicos o privados.
La prueba de experticia: Es un medio de prueba que se basa en la aportación de elementos técnicos y científicos, para que sean apreciados por el juez.
Art. 92 al 97
Ejemplo: Accidente de trabajo, en donde la experticia determinara lo sucedido.
Prueba de testigos: Es una prueba mediante la cual un testigo puede declarar ante el juez y aportar conocimiento sobre los hechos.
Art. 98 y 99
Ejemplo: Una persona que presencio el suceso, en un accidente en horas laborales.
Declaración de parte: Se trata de la juramentación de las partes, este medio de prueba solamente puede ser promovida por el juez en la audiencia de juicio.
Art. 103 al 106
Gracias…
Explicacion del Tema Nº 5 de Derecho Civil Familia. La filiación: Concepto. Importancia. Determinación. Principios. Efectos. Derechos. Momentos de la filiación: concepción y nacimiento. Clasificación de la filiación: materna y paterna. Presunciones relativas a la filiación: pruebas primarias y supletorias de la filiación.
La finalidad de la Revista Sobre la Teoría General del Contrato es ofrecer información sobre las obligaciones; orientar en el estudio de las diversas fuentes, tanto contractuales como extracontractuales, que dan origen a las obligaciones, en el campo del derecho comparado y especialmente en el derecho positivo. Por ello se trata en este ejemplar sobre la importancia de la terminación del contrato y su importancia legal y su relación contractual mediante la cual se extingue de manera absoluta. De igual manera se toma en consideración el tema del enriquecimiento sin causa como fuente de las obligaciones. El enriquecimiento injustificado es fuente primaria y general de las obligaciones que constituye un principio normativo mucho más impreciso que el contrato o el ilícito dañoso. Se trata de una fuente autónoma de las obligaciones provenientes de la ley y no de la voluntad lícita o ilícita de las partes. Por último se tocará a manera general El Hecho Ilícito y la Responsabilidad Civil. Nuestro Código Civil, en su artículo 1185, primer párrafo establece que: “El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo”.
Explicacion del Tema Nº 5 de Derecho Civil Familia. La filiación: Concepto. Importancia. Determinación. Principios. Efectos. Derechos. Momentos de la filiación: concepción y nacimiento. Clasificación de la filiación: materna y paterna. Presunciones relativas a la filiación: pruebas primarias y supletorias de la filiación.
La finalidad de la Revista Sobre la Teoría General del Contrato es ofrecer información sobre las obligaciones; orientar en el estudio de las diversas fuentes, tanto contractuales como extracontractuales, que dan origen a las obligaciones, en el campo del derecho comparado y especialmente en el derecho positivo. Por ello se trata en este ejemplar sobre la importancia de la terminación del contrato y su importancia legal y su relación contractual mediante la cual se extingue de manera absoluta. De igual manera se toma en consideración el tema del enriquecimiento sin causa como fuente de las obligaciones. El enriquecimiento injustificado es fuente primaria y general de las obligaciones que constituye un principio normativo mucho más impreciso que el contrato o el ilícito dañoso. Se trata de una fuente autónoma de las obligaciones provenientes de la ley y no de la voluntad lícita o ilícita de las partes. Por último se tocará a manera general El Hecho Ilícito y la Responsabilidad Civil. Nuestro Código Civil, en su artículo 1185, primer párrafo establece que: “El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo”.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
fospuca. Carta Suspension del Servicio justificada y corregida.docx
Accion de filiacion.jennifergalindo
1. República bolivariana de venezuela
Universidad Fermin Toro
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de Derecho
Sistema de Aprendizaje Interactivo a Distancia
Accion de Filiacion
Derecho Civil Familia
Galindo Jennifer
C.I:13.316.804
2. Accion de Filiacion
Las acciones de filiación son acciones declarativas de estado porque todas ellas están
orientadas a lograr una decisión judicial que determine la filiación que siempre ha
correspondido a una persona. Entre sus clases existen las acciones de filiación pueden ser de
reclamación de filiación o de impugnación de filiación, son de reclamación cuando pretenden
lograr un pronunciamiento judicial que reconozca la filiación, son de impugnación cuando
tienden a lograr que se niegue una filiación indebidamente atribuida a una persona por un
título.
Acciones de reclamación de filiación:
a) Acción de reclamación de estado. Mediante el ejercicio de esta acción, el
sedicente hijo persigue demostrar su maternidad matrimonial, a falta de partida de nacimiento
y de posesión de estado.
b) Acción de inquisición de paternidad extramatrimonial. La finalidad de esta
acción es establecer legalmente el vínculo de filiación entre el hijo extramatrimonial y su
pretendido padre,cuando éste no lo ha reconocido voluntariamente. Se persigue lograr un
reconocimiento forzoso, a falta del reconocimiento voluntario.
c) Acción de inquisición de maternidad extramatrimonial. El objeto de esta acción
es comprobar legalmente la filiación materna o maternidad extramatrimonial, cuando no ha
habido reconocimiento espontáneo. También en este caso, a falta de reconocimiento
voluntario, se pretende obtener un reconocimiento forzoso.
Acciones de impugnación de filiación:
a) Acción de desconocimiento de la paternidad matrimonial. Tiene por objeto
desvirtuar la presunción de paternidad matrimonial, que atribuye la paternidad de los hijos
nacidos durante el matrimonio o dentro de los trescientos días siguientes a su disolución o'
anulación, al marido de la madre.
b) Acción de impugnación de estado. Su Objeto es desvirtuar la prueba de la
maternidad matrimonial que una persona tiene en virtud de su partida de nacimiento o de su
posesión de estado.
c) Acciones de nulidad y de impugnación del reconocimiento. Su objeto es
desvirtuar el reconocimiento -prueba de la filiación extramatrimonial- cuando fue falso
(impugnación) o cuando se perfeccionó con violación de disposiciones legales (nulidad).
Caracteres
3. Titularidad. Titular de la acción de filiación es la persona a quien la ley faculta para
ejercer. Pero no se pueden establecer reglas absolutas en cuanto a la titularidad de las
acciones de filiación.
Juez Competente. Las acciones relativas a filiación se intentarán ante el Juez de
Primera Instancia en lo Civil que conozca de los asuntos relativos a los derechos de Familia
en el domicilio del hijo, cualquiera que sea la edad de éste. Se sustanciarán conforme al
procedimiento pautado en el Código de Procedimiento Civil para el juicio ordinario, salvo las
reglas particulares previstas en el Código Civil (en el Título relativo a la filiación) y las
especiales que establezcan otras leyes
Son Acciones de orden público.
Las acciones de filiación son de carácter moral y de orden público. El orden público
está interesado en que se determine,en que se compruebe la filiación de las personas. Por ser
acciones de orden público, las acciones de filiación son indisponibles El titular de la acción
puede optar entre ejercer o no, pero una vez que la ejerce, pierde el control de ella. El juicio,
iniciado con la interposición de la demanda, no puede concluir sino por decisión judicial. En
los juicios de filiación no tienen valor alguno la transacción el desistimiento, el
convenimiento.Excepcionalmente, en los juicios de inquisición de paternidad o maternidad,
el convenimiento del demandado equivale a un reconocimiento y pone fin al juicio.Además
por ser las acciones de filiación de orden público, es necesaria la intervención de un
Representante del Ministerio Público (art. 231 c.c.
Imprescriptibilidad.
La filiación ni se produce ni se pierde por el simple transcurso del tiempo. Por eso las
acciones de filiación son imprescriptibles. No obstante, en algunos casos, están sometidas a
plazos de caducidad porque al orden público interesa mantener un cierto grado de paz y
tranquilidad en la familia y las acciones de filiación son de las que más afectan tal
tranquilidad. Por eso,en algunos casos, están sometidas a plazos de caducidad, vencido el
cual, ya no podrán ejercerse. De esta forma la ley atiende al interés individual y social, al
permitir que se aclare la filiación de las personas mediante la consagración de las acciones de
filiación pero, igualmente,atiende a la necesidad de tranquilidad en la familia sometiendo a
plazo de caducidad algunas de esas acciones. Así,la acción de desconocimiento de paternidad
(art. 2p6c.c.).
Intervención Del Ministerio Público de Menores.
Conforme a lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 151 de la Ley Tutelar de Menores,
cuando alguna de las partes en un juicio de filiación, es un menor de dieciocho años debe
intervenir en el proceso el Procurador de Menores y, en su defecto, el Fiscal del Ministerio
4. Público(artículo 14S·eiusdem). Publicidad. Característica de los juicios de filiación es
previa y posterior a la sentencia.
Publicidad previa. Siempre que se promueva una acción de filiación, el Tribunal hará
publicar en un periódico de la localidad sede del Tribunal o, a falta de éste, por medio idóneo,
un edicto en el cual, en forma resumida, se haga saber que determinada persona ha propuesto
una acción de filiación y llamando a hacerse parte en el juicio a todo el que tenga interés
directo y manifiesto en el asunto.