1) El acoso sexual laboral se define como insinuaciones, solicitudes de favores o conductas físicas o verbales de
naturaleza sexual no deseadas que crean un ambiente de trabajo hostil u ofensivo o que afectan decisiones sobre el
empleo.
2) Existen dos tipos principales de acoso sexual: quid pro quo, que involucra sobornos o promesas sexuales a cambio
de beneficios laborales, y ambiente hostil, que crea un clima intimidante a través de comentarios u otras acciones.
3) El acoso
Acoso sexual: poder desigual en el sitio de trabajoJorge Mtz
Este documento explora el problema del acoso sexual en el lugar de trabajo desde una perspectiva de género. Aborda conceptos como la construcción de la identidad y masculinidad, y las relaciones entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. Incluye cinco capítulos que analizan el acoso sexual desde diferentes ángulos, así como una conclusión y biografía. La OIT define el acoso sexual como un comportamiento ofensivo basado en el sexo de una persona, que crea un ambiente hostil. El documento examina cómo el acoso sexual refleja la desig
Este documento discute el tema del acoso sexual en el lugar de trabajo. Brevemente describe la naturaleza y definición de acoso sexual, iniciativas internacionales para legislar sobre el tema como la Convención de Belém do Pará, estadísticas sobre acoso sexual en Venezuela, el marco legal venezolano relacionado con el tema incluyendo la Constitución y varias leyes, un caso de acoso sexual en Venezuela y su decisión, y formas de prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo.
Este documento trata sobre la protección de la dignidad de las personas en el contexto laboral. Aborda temas como el acoso laboral, acoso sexual, marco normativo y estrategias de prevención. Define acoso laboral y sexual, e identifica instancias de protección para las víctimas. Finalmente, propone que las organizaciones diseñen acciones de prevención participativas para erradicar estas problemáticas y fomentar ambientes laborales saludables basados en el respeto y la dignidad.
El documento habla sobre el acoso sexual en el ámbito laboral. Explica que el acoso sexual pone en peligro los derechos humanos y afecta la salud y bienestar de las víctimas. También describe las consecuencias legales y daños psicológicos y físicos que puede causar el acoso sexual a las víctimas. Finalmente, recomienda medidas de protección como denunciar el acoso o buscar ayuda de asociaciones.
Este documento resume un trabajo de investigación sobre el acoso sexual y su legislación en Costa Rica. Define el acoso sexual, describe sus tipos y consecuencias, e incluye una propuesta de reglamento interno para prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo.
Abuso sexual en las relaciones laboralesEdwin Gudiel
Este documento resume un caso de acoso sexual laboral en las oficinas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). El gerente Luis Reyes Mayen acosaba a una trabajadora administrativa pidiéndole favores sexuales a cambio de aumentos salariales o acceso a nuevas plazas. La víctima se sentía vulnerable pero se sometía para obtener beneficios para ella y su familia. El documento recomienda pedir ayuda psicológica tanto para el acosador como para la víctima y actuar de acuerdo a princip
Conferencia, dictada el 28 de abril de 2015, ,por el Abogado Manuel Darocha, Miembro del Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Estado Carabobo, para las 1eras Jornadas Técnicas de Seguridad y Salud laboral, en la sala 1, de Cines Unidos Metropolis en Valencia Venezuela
Este documento trata sobre el hostigamiento sexual hacia las mujeres en el trabajo. Define el hostigamiento laboral como violencia ejercida de manera sistemática por un tiempo prolongado con el objetivo de causar daño psicológico a la víctima. La legislación mexicana establece el hostigamiento sexual como conductas verbales o físicas no consentidas relacionadas con la sexualidad. Las consecuencias para las víctimas incluyen estrés, ansiedad, depresión e incluso intentos de suicidio. El documento también presenta estadísticas sobre
Acoso sexual: poder desigual en el sitio de trabajoJorge Mtz
Este documento explora el problema del acoso sexual en el lugar de trabajo desde una perspectiva de género. Aborda conceptos como la construcción de la identidad y masculinidad, y las relaciones entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. Incluye cinco capítulos que analizan el acoso sexual desde diferentes ángulos, así como una conclusión y biografía. La OIT define el acoso sexual como un comportamiento ofensivo basado en el sexo de una persona, que crea un ambiente hostil. El documento examina cómo el acoso sexual refleja la desig
Este documento discute el tema del acoso sexual en el lugar de trabajo. Brevemente describe la naturaleza y definición de acoso sexual, iniciativas internacionales para legislar sobre el tema como la Convención de Belém do Pará, estadísticas sobre acoso sexual en Venezuela, el marco legal venezolano relacionado con el tema incluyendo la Constitución y varias leyes, un caso de acoso sexual en Venezuela y su decisión, y formas de prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo.
Este documento trata sobre la protección de la dignidad de las personas en el contexto laboral. Aborda temas como el acoso laboral, acoso sexual, marco normativo y estrategias de prevención. Define acoso laboral y sexual, e identifica instancias de protección para las víctimas. Finalmente, propone que las organizaciones diseñen acciones de prevención participativas para erradicar estas problemáticas y fomentar ambientes laborales saludables basados en el respeto y la dignidad.
El documento habla sobre el acoso sexual en el ámbito laboral. Explica que el acoso sexual pone en peligro los derechos humanos y afecta la salud y bienestar de las víctimas. También describe las consecuencias legales y daños psicológicos y físicos que puede causar el acoso sexual a las víctimas. Finalmente, recomienda medidas de protección como denunciar el acoso o buscar ayuda de asociaciones.
Este documento resume un trabajo de investigación sobre el acoso sexual y su legislación en Costa Rica. Define el acoso sexual, describe sus tipos y consecuencias, e incluye una propuesta de reglamento interno para prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo.
Abuso sexual en las relaciones laboralesEdwin Gudiel
Este documento resume un caso de acoso sexual laboral en las oficinas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). El gerente Luis Reyes Mayen acosaba a una trabajadora administrativa pidiéndole favores sexuales a cambio de aumentos salariales o acceso a nuevas plazas. La víctima se sentía vulnerable pero se sometía para obtener beneficios para ella y su familia. El documento recomienda pedir ayuda psicológica tanto para el acosador como para la víctima y actuar de acuerdo a princip
Conferencia, dictada el 28 de abril de 2015, ,por el Abogado Manuel Darocha, Miembro del Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Estado Carabobo, para las 1eras Jornadas Técnicas de Seguridad y Salud laboral, en la sala 1, de Cines Unidos Metropolis en Valencia Venezuela
Este documento trata sobre el hostigamiento sexual hacia las mujeres en el trabajo. Define el hostigamiento laboral como violencia ejercida de manera sistemática por un tiempo prolongado con el objetivo de causar daño psicológico a la víctima. La legislación mexicana establece el hostigamiento sexual como conductas verbales o físicas no consentidas relacionadas con la sexualidad. Las consecuencias para las víctimas incluyen estrés, ansiedad, depresión e incluso intentos de suicidio. El documento también presenta estadísticas sobre
La entrevista trata sobre el acoso sexual y sexista en el trabajo. La experta explica que el acoso sexual generalmente busca obtener beneficios sexuales, mientras que el acoso sexista discrimina por razones de género. Ambos son problemas comunes que afectan principalmente a mujeres jóvenes. La experta también discute factores culturales como el machismo, la falta de concienciación y la necesidad de educar para erradicar estas prácticas discriminatorias en el futuro.
Este documento define el acoso sexual laboral y discute sus características. Explica que el acoso sexual es cualquier conducta sexual no deseada que afecta la dignidad de una persona en el trabajo. Luego describe las definiciones legales de acoso sexual y resume las estadísticas sobre su incidencia en Perú. Finalmente, analiza los tipos de acoso sexual, los perfiles de víctimas y acosadores, y los diferentes modelos para comprender este problema.
Factores de Riesgo Psicosocial: ideas para actuarPERSIST LTDA.
Este documento resume varios estudios e intervenciones realizadas entre 2006 y 2007 sobre factores de riesgo psicosocial y planes de control en organizaciones de Santiago de Chile. Incluye estadísticas sobre denuncias de acoso laboral presentadas ante la Dirección del Trabajo según sexo, materia denunciada y rama de actividad económica. También resume trabajos de estudiantes universitarios y PERSIST LTDA. sobre estrés en conductores de taxis, profesores y ejecutivos bancarios expuestos a agresiones.
Leidi yanina oliva diaz análisis jurídico del acoso sexual en las relaciones ...cuto41
Este documento analiza el acoso sexual en las relaciones laborales privadas. Explica que aunque el acoso sexual ha sido un problema durante mucho tiempo, solo recientemente ha sido reconocido legalmente. Define el acoso sexual como conductas verbales, no verbales o físicas de naturaleza sexual que son indeseadas y usadas para tomar decisiones laborales o crear un ambiente hostil. Discute que aunque afecta principalmente a las mujeres, también los hombres pueden ser víctimas. Finalmente, señala que el acoso sexual viola principios de igualdad y no discrimin
El documento describe aspectos jurídicos del acoso sexual en Argentina. Define el acoso sexual como insinuaciones sexuales no deseadas de forma verbal, física o gestual. Explica que la mayoría de las víctimas son mujeres debido a la desigualdad de poder. También resume la legislación argentina sobre el tema en el ámbito nacional e internacional y las dificultades probatorias en estos casos.
Este documento describe el marco normativo y legal para prevenir y erradicar el acoso sexual en El Salvador, incluyendo la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, y la responsabilidad de los empleadores para implementar programas de prevención. También define el acoso sexual como una forma de violencia de género y discriminación, describe sus efectos negativos, y tipos como el chantaje sexual o ambiental. Finalmente, identifica
Ley para Prohibir y Prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico - Ley 90 de 2020Efraín Suárez-Arce, M.Ed
Este documento presenta la "Ley para Prohibir y Prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico" (Ley 90-2020). Establece una política pública contra el acoso laboral y define acoso laboral como conducta malintencionada, repetitiva y abusiva que crea un entorno de trabajo hostil e intimidante. También establece que los patronos son responsables de prevenir y eliminar el acoso laboral, e implementar políticas y procedimientos para investigar alegaciones de acoso. El propósito es proteger la dignidad de los trabajadores y prevenir da
Este documento trata sobre la violencia de género en general. Explica que la violencia de género es aquella dirigida hacia una persona sobre la base de su sexo o género, y que puede ser física o psicológica. También menciona que la violencia de género puede ocurrir de hombres hacia mujeres o viceversa, aunque históricamente ha sido más común de hombres hacia mujeres. Finalmente, analiza algunas causas y características comunes de la violencia de género en ambas direcciones.
Este documento presenta un estudio sobre el acoso sexual por razón de sexo en el sector laboral en la ciudad de Ilo, Perú. Describe el acoso sexual como un problema que afecta la integridad de los empleados y representa un abuso de poder. Establece tres objetivos para la investigación: 1) explicar los factores que determinan el acoso sexual en las relaciones laborales, 2) desarrollar formas de prevención del acoso sexual producido en relaciones de autoridad o dependencia, y 3) justificar el problema legal y éticamente. Finalmente, identifica las
El documento describe los desafíos del entorno laboral en el siglo XXI, incluyendo la competencia global más aguda, los rápidos cambios tecnológicos, demográficos y sociales, y la necesidad de que las organizaciones respondan proactivamente y evalúen constantemente estos cambios. También discute temas como el acoso sexual, la discriminación y las responsabilidades de los empleadores para prevenir y abordar estas cuestiones.
El artículo 341 del Código Penal Federal prevé un castigo de 15 a 60 días de trabajo a favor de la comunidad para aquellos que, habiendo atropellado a alguien de manera culposa o fortuita, no le presten auxilio o soliciten la asistencia necesaria cuando estén en posibilidades de hacerlo. Este delito consiste en dejar abandonada a la víctima de un atropellamiento sin ofrecerle ayuda y se configura cuando el responsable no presta auxilio o no solicita asistencia para la víctima a pesar de poder
El documento presenta información sobre acoso sexual en el trabajo. Define acoso sexual y sus niveles, e incluye los efectos en la salud. Explica cómo reaccionar ante el acoso y el marco legal que lo regula en Venezuela. También ofrece recomendaciones para prevenir el acoso sexual como establecer normas internas, capacitar a empleados y supervisar el entorno laboral.
El documento define el acoso sexual como una conducta no deseada de naturaleza sexual en el lugar de trabajo que hace sentir ofendida, humillada o intimidada a la persona. Explica que tanto la OIT como la CEDAW identifican el acoso sexual como una forma de discriminación de género y violencia contra las mujeres. También describe algunas formas en que se manifiesta el acoso sexual, como el chantaje o la creación de un ambiente laboral hostil, y las consecuencias negativas que tiene para la salud, el empleo y la sociedad.
Acoso y violencia en el transporte público en ChileKaren Diaz
Este documento presenta los resultados de un estudio realizado en 2011 sobre acoso y abuso sexual en lugares públicos y medios de transporte en Santiago de Chile. El objetivo del estudio fue medir la prevalencia de estas situaciones y cómo afectan a hombres y mujeres. Se entrevistó a 1284 personas y se analizaron las leyes chilenas sobre este tema. Los resultados mostraron que el acoso sexual es común pero poco reconocido, y que la mayoría cree que debe ser considerado un delito. Sin embargo, las leyes chilenas no tipifican claramente estas situ
El documento define los conceptos de delito y sus elementos constitutivos según la doctrina. Explica que un delito implica una conducta típica, antijurídica, imputable y culpable. Describe los cuatro elementos: tipicidad, antijuricidad, imputabilidad y culpabilidad. Además, analiza los delitos contra la vida y la integridad personal como la homicidio, lesiones y aborto provocado.
El documento habla sobre el acoso sexual que sufren las mujeres en espacios públicos como el transporte y las calles en México. Define el acoso sexual según la OIT y lo divide en tres grados. Explica que el transporte público y los "piropos" son lugares comunes donde ocurre el acoso, incluyendo manoseos, miradas y comentarios sexuales no deseados. Concluye que la educación machista ha normalizado esta conducta y que se debe educar a los hombres a no acosar, en lugar de esperar que las mujeres no sean acosadas.
El documento discute los desafíos que enfrenta el Estado peruano en la lucha contra la violencia de género. Explica que la perspectiva de género es una herramienta esencial para comprender cómo se construyen socialmente las diferencias entre hombres y mujeres. También describe las diferentes formas de violencia contra la mujer reconocidas en el Plan Nacional de Lucha contra la Violencia de Género, como la violencia doméstica, el feminicidio y la violencia obstétrica. Finalmente, resume las obligaciones de los estados
El documento analiza los principales tipos penales relacionados con la exclusión social y sus causas. Identifica los siguientes delitos: 1) Contra las buenas costumbres y el orden de la familia, como la violación y la prostitución forzada. 2) Contra la propiedad, como la invasión y el hurto famélico. 3) Contra las personas. Explica que la exclusión social, manifestada en la pobreza, desempleo e informalidad, limita la participación en la economía y genera conductas que transgreden la ley.
El documento describe el acoso sexual en el trabajo. Explica que el acoso sexual es un problema social grave que afecta principalmente a las mujeres. Define el acoso sexual y distingue entre acoso laboral y acoso sexual. Presenta estadísticas sobre la prevalencia del acoso sexual en España y factores de riesgo. Describe las características de un acosador típico y el proceso del acoso sexual. Finalmente, propone líneas de acción para prevenir y abordar el acoso sexual.
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_mikemolins
Este documento define el acoso sexual y laboral, y describe las formas en que se manifiesta. También resume la legislación nacional e internacional contra el acoso sexual, y las acciones gubernamentales para enfrentarlo, como la sensibilización, modificación de normativas, y producción de materiales informativos.
La entrevista trata sobre el acoso sexual y sexista en el trabajo. La experta explica que el acoso sexual generalmente busca obtener beneficios sexuales, mientras que el acoso sexista discrimina por razones de género. Ambos son problemas comunes que afectan principalmente a mujeres jóvenes. La experta también discute factores culturales como el machismo, la falta de concienciación y la necesidad de educar para erradicar estas prácticas discriminatorias en el futuro.
Este documento define el acoso sexual laboral y discute sus características. Explica que el acoso sexual es cualquier conducta sexual no deseada que afecta la dignidad de una persona en el trabajo. Luego describe las definiciones legales de acoso sexual y resume las estadísticas sobre su incidencia en Perú. Finalmente, analiza los tipos de acoso sexual, los perfiles de víctimas y acosadores, y los diferentes modelos para comprender este problema.
Factores de Riesgo Psicosocial: ideas para actuarPERSIST LTDA.
Este documento resume varios estudios e intervenciones realizadas entre 2006 y 2007 sobre factores de riesgo psicosocial y planes de control en organizaciones de Santiago de Chile. Incluye estadísticas sobre denuncias de acoso laboral presentadas ante la Dirección del Trabajo según sexo, materia denunciada y rama de actividad económica. También resume trabajos de estudiantes universitarios y PERSIST LTDA. sobre estrés en conductores de taxis, profesores y ejecutivos bancarios expuestos a agresiones.
Leidi yanina oliva diaz análisis jurídico del acoso sexual en las relaciones ...cuto41
Este documento analiza el acoso sexual en las relaciones laborales privadas. Explica que aunque el acoso sexual ha sido un problema durante mucho tiempo, solo recientemente ha sido reconocido legalmente. Define el acoso sexual como conductas verbales, no verbales o físicas de naturaleza sexual que son indeseadas y usadas para tomar decisiones laborales o crear un ambiente hostil. Discute que aunque afecta principalmente a las mujeres, también los hombres pueden ser víctimas. Finalmente, señala que el acoso sexual viola principios de igualdad y no discrimin
El documento describe aspectos jurídicos del acoso sexual en Argentina. Define el acoso sexual como insinuaciones sexuales no deseadas de forma verbal, física o gestual. Explica que la mayoría de las víctimas son mujeres debido a la desigualdad de poder. También resume la legislación argentina sobre el tema en el ámbito nacional e internacional y las dificultades probatorias en estos casos.
Este documento describe el marco normativo y legal para prevenir y erradicar el acoso sexual en El Salvador, incluyendo la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, y la responsabilidad de los empleadores para implementar programas de prevención. También define el acoso sexual como una forma de violencia de género y discriminación, describe sus efectos negativos, y tipos como el chantaje sexual o ambiental. Finalmente, identifica
Ley para Prohibir y Prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico - Ley 90 de 2020Efraín Suárez-Arce, M.Ed
Este documento presenta la "Ley para Prohibir y Prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico" (Ley 90-2020). Establece una política pública contra el acoso laboral y define acoso laboral como conducta malintencionada, repetitiva y abusiva que crea un entorno de trabajo hostil e intimidante. También establece que los patronos son responsables de prevenir y eliminar el acoso laboral, e implementar políticas y procedimientos para investigar alegaciones de acoso. El propósito es proteger la dignidad de los trabajadores y prevenir da
Este documento trata sobre la violencia de género en general. Explica que la violencia de género es aquella dirigida hacia una persona sobre la base de su sexo o género, y que puede ser física o psicológica. También menciona que la violencia de género puede ocurrir de hombres hacia mujeres o viceversa, aunque históricamente ha sido más común de hombres hacia mujeres. Finalmente, analiza algunas causas y características comunes de la violencia de género en ambas direcciones.
Este documento presenta un estudio sobre el acoso sexual por razón de sexo en el sector laboral en la ciudad de Ilo, Perú. Describe el acoso sexual como un problema que afecta la integridad de los empleados y representa un abuso de poder. Establece tres objetivos para la investigación: 1) explicar los factores que determinan el acoso sexual en las relaciones laborales, 2) desarrollar formas de prevención del acoso sexual producido en relaciones de autoridad o dependencia, y 3) justificar el problema legal y éticamente. Finalmente, identifica las
El documento describe los desafíos del entorno laboral en el siglo XXI, incluyendo la competencia global más aguda, los rápidos cambios tecnológicos, demográficos y sociales, y la necesidad de que las organizaciones respondan proactivamente y evalúen constantemente estos cambios. También discute temas como el acoso sexual, la discriminación y las responsabilidades de los empleadores para prevenir y abordar estas cuestiones.
El artículo 341 del Código Penal Federal prevé un castigo de 15 a 60 días de trabajo a favor de la comunidad para aquellos que, habiendo atropellado a alguien de manera culposa o fortuita, no le presten auxilio o soliciten la asistencia necesaria cuando estén en posibilidades de hacerlo. Este delito consiste en dejar abandonada a la víctima de un atropellamiento sin ofrecerle ayuda y se configura cuando el responsable no presta auxilio o no solicita asistencia para la víctima a pesar de poder
El documento presenta información sobre acoso sexual en el trabajo. Define acoso sexual y sus niveles, e incluye los efectos en la salud. Explica cómo reaccionar ante el acoso y el marco legal que lo regula en Venezuela. También ofrece recomendaciones para prevenir el acoso sexual como establecer normas internas, capacitar a empleados y supervisar el entorno laboral.
El documento define el acoso sexual como una conducta no deseada de naturaleza sexual en el lugar de trabajo que hace sentir ofendida, humillada o intimidada a la persona. Explica que tanto la OIT como la CEDAW identifican el acoso sexual como una forma de discriminación de género y violencia contra las mujeres. También describe algunas formas en que se manifiesta el acoso sexual, como el chantaje o la creación de un ambiente laboral hostil, y las consecuencias negativas que tiene para la salud, el empleo y la sociedad.
Acoso y violencia en el transporte público en ChileKaren Diaz
Este documento presenta los resultados de un estudio realizado en 2011 sobre acoso y abuso sexual en lugares públicos y medios de transporte en Santiago de Chile. El objetivo del estudio fue medir la prevalencia de estas situaciones y cómo afectan a hombres y mujeres. Se entrevistó a 1284 personas y se analizaron las leyes chilenas sobre este tema. Los resultados mostraron que el acoso sexual es común pero poco reconocido, y que la mayoría cree que debe ser considerado un delito. Sin embargo, las leyes chilenas no tipifican claramente estas situ
El documento define los conceptos de delito y sus elementos constitutivos según la doctrina. Explica que un delito implica una conducta típica, antijurídica, imputable y culpable. Describe los cuatro elementos: tipicidad, antijuricidad, imputabilidad y culpabilidad. Además, analiza los delitos contra la vida y la integridad personal como la homicidio, lesiones y aborto provocado.
El documento habla sobre el acoso sexual que sufren las mujeres en espacios públicos como el transporte y las calles en México. Define el acoso sexual según la OIT y lo divide en tres grados. Explica que el transporte público y los "piropos" son lugares comunes donde ocurre el acoso, incluyendo manoseos, miradas y comentarios sexuales no deseados. Concluye que la educación machista ha normalizado esta conducta y que se debe educar a los hombres a no acosar, en lugar de esperar que las mujeres no sean acosadas.
El documento discute los desafíos que enfrenta el Estado peruano en la lucha contra la violencia de género. Explica que la perspectiva de género es una herramienta esencial para comprender cómo se construyen socialmente las diferencias entre hombres y mujeres. También describe las diferentes formas de violencia contra la mujer reconocidas en el Plan Nacional de Lucha contra la Violencia de Género, como la violencia doméstica, el feminicidio y la violencia obstétrica. Finalmente, resume las obligaciones de los estados
El documento analiza los principales tipos penales relacionados con la exclusión social y sus causas. Identifica los siguientes delitos: 1) Contra las buenas costumbres y el orden de la familia, como la violación y la prostitución forzada. 2) Contra la propiedad, como la invasión y el hurto famélico. 3) Contra las personas. Explica que la exclusión social, manifestada en la pobreza, desempleo e informalidad, limita la participación en la economía y genera conductas que transgreden la ley.
El documento describe el acoso sexual en el trabajo. Explica que el acoso sexual es un problema social grave que afecta principalmente a las mujeres. Define el acoso sexual y distingue entre acoso laboral y acoso sexual. Presenta estadísticas sobre la prevalencia del acoso sexual en España y factores de riesgo. Describe las características de un acosador típico y el proceso del acoso sexual. Finalmente, propone líneas de acción para prevenir y abordar el acoso sexual.
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_mikemolins
Este documento define el acoso sexual y laboral, y describe las formas en que se manifiesta. También resume la legislación nacional e internacional contra el acoso sexual, y las acciones gubernamentales para enfrentarlo, como la sensibilización, modificación de normativas, y producción de materiales informativos.
El acoso sexual generalmente implica conductas sexuales no deseadas dirigidas a otra persona sin su consentimiento. Puede ocurrir en el lugar de trabajo, escuelas u otros ambientes donde la víctima puede enfrentar consecuencias negativas por objetar o rechazar el acoso. El acoso sexual es ilegal y puede causar daños psicológicos similares a la violación o agresión sexual en casos graves o crónicos. La víctima no siempre es quien recibe el acoso directamente, sino también otros afectados por el comportamiento ofensivo del acosador
El acoso sexual generalmente involucra conductas sexuales no deseadas dirigidas a otra persona sin su consentimiento. Puede ocurrir en el lugar de trabajo, escuelas u otros ambientes donde la víctima puede enfrentar consecuencias negativas por objetar o rechazar el acoso. Aunque el acoso sexual fue reconocido legalmente en los años 1970, todavía es un problema común que puede causar daños psicológicos significativos a las víctimas.
Este documento define y describe el acoso sexual. Explica que el acoso sexual incluye conductas no deseadas de naturaleza sexual que ocurren en ambientes laborales, académicos y familiares. También discute el acoso sexual callejero y los mitos comunes sobre el acoso sexual. Finalmente, enfatiza que el acoso sexual viola la dignidad y los derechos de las personas.
Este documento describe los problemas de hostigamiento, acoso sexual y discriminación laboral por embarazo en México. Explica que a pesar de las leyes que prohíben esta discriminación, las mujeres aún enfrentan despidos injustificados y acoso en el lugar de trabajo. También describe las instituciones y leyes mexicanas e internacionales que buscan prevenir y sancionar estos problemas para lograr la igualdad de género en el ámbito laboral.
Este documento trata sobre acoso sexual y acoso laboral. Define el acoso sexual como requerimientos sexuales no deseados que amenacen la situación laboral de una persona. Describe las características y conductas del acoso sexual, así como sus consecuencias legales. También explica el acoso laboral o mobbing, caracterizando sus estrategias y perfiles de víctimas y agresores, además de las consecuencias psicológicas y laborales.
Este documento presenta información sobre ofensores sexuales juveniles. Define términos como ofensor sexual, actos lascivos, violación, agresión sexual, incesto y acoso sexual. Explica las características de las ofensas sexuales, incluyendo factores sobre la víctima, la relación víctima-ofensor y el uso de agresión. También discute estadísticas, etiologías posibles como historias de maltrato, factores familiares y síntomas psiquiátricos, y aspectos éticos en la intervención con
El documento trata sobre la construcción cultural del género y el sesgo de género en las sociedades actuales. Explica que el género es una construcción cultural y no algo derivado del sexo biológico. También define tres tipos de sesgo de género: androcentrismo, insensibilidad de género y dobles estándares. Finalmente, resume la violencia de género en la actualidad, incluyendo sus diferentes tipos como física, sexual, económica y psicológica, y el papel
141. Ppt El Hostigamiento sexual en el trabajo Invest ok.pdfFernandoCamiloCruzTa
Este documento resume la normativa nacional e internacional relacionada con el hostigamiento sexual en el ámbito laboral en Perú. Explica que el hostigamiento sexual viola la Constitución peruana y otras leyes como la Ley de Igualdad de Oportunidades. Define el hostigamiento sexual y cómo se manifiesta en el trabajo, como comentarios o insinuaciones sexuales no deseadas. También cubre dónde y cómo puede ocurrir, los principios para prevenirlo y sancionarlo, y las opciones legales disponibles para las víctimas.
El documento presenta los resultados de un diagnóstico realizado por la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Electoral de Guerrero sobre posibles prácticas discriminatorias y acoso sexual y laboral. Los resultados mostraron que el 53% de mujeres y el 0% de hombres sufrieron acoso sexual, mientras el 47% de mujeres y el 8% de hombres sufrieron acoso laboral. Se define el acoso laboral y sexual, y se explican sus etapas y consecuencias legales según la legislación mexicana. Se con
Presentación Final Grupo H - 2022-11-27 L.pptxTaniaJimenez66
Este documento analiza el fenómeno del acoso sexual en la ciudad de San Juan de Pasto entre 2019 y adelante. Se identifican como objetivos analizar el marco jurídico sobre el acoso sexual, examinar las políticas para prevenirlo, caracterizar a víctimas y victimarios, y formular recomendaciones. La metodología incluye revisión documental y trabajo de campo como encuestas y entrevistas. Los resultados muestran que el 77.5% de mujeres encuestadas han sufrido o son testigos de acoso. Se concluye que la raíz
El documento define el acoso sexual y explica cómo se manifiesta, sus consecuencias y cómo abordarlo desde la prevención y la política. El acoso sexual se define como una conducta no deseada de naturaleza sexual que causa ofensa e intimidación. Puede manifestarse de forma física, verbal o no verbal. Tiene consecuencias negativas para la salud de las víctimas, la productividad laboral y la sociedad. Para prevenirlo, es necesario contar con políticas claras, procedimientos de denuncia, campañas de sensibilización y camb
Este documento describe el hostigamiento y acoso sexual en el ámbito laboral en México. Define el hostigamiento sexual como conductas no deseadas de naturaleza sexual que ocurren en una relación de subordinación, mientras que el acoso sexual puede ocurrir independientemente de una relación jerárquica y constituye un abuso de poder. También enumera los marcos legales internacionales y nacionales que protegen a las víctimas y tipifican estas conductas como delitos.
Este documento resume la base legal normativa nacional e internacional relacionada al hostigamiento sexual en el ámbito laboral en Perú. Define qué es el hostigamiento sexual, sus manifestaciones y quiénes pueden ser víctimas. Explica el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual en el sector público, incluyendo los plazos, órganos intervinientes y aspectos sancionadores.
Entrevista: Qué grupos de mujeres son las más sensibles a padecer acoso laboral en México?
Particularmente las mujeres embarazadas, las indígenas, las trabajadoras del hogar, las migrantes, las lesbianas, las mujeres trans, las mujeres afrodescendientes, las mujeres que habitan en zonas rurales, las defensoras de los derechos humanos, y las que presentan alguna discapacidad, entre otras, se encuentran expuestas de forma particular a sufrir violencia de género. Considero que se ha avanzado en el marco normativo de igualdad y no discriminación contra la mujer, pero que el gran reto sigue siendo que los derechos humanos plasmados en el papel se conviertan en una realidad en la vida de las mujeres.
La discriminación adquiere varias facetas: puede ser «directa» (cuando se establece una diferencia distintiva entre los sexos) o «indirecta» (aparentemente neutra desde el punto de vista de las diferencias; sin embargo, en los hechos entraña desigualdad). Además, existe la discriminación institucional, provocada por las fuerzas del mercado de trabajo y las desigualdades estructurales en el empleo y la ocupación. La distinción es importante, pues mientras que las formas de discriminación directa parecen estar en retroceso, los casos de discriminación indirecta, que son más difíciles de detectar o constatar, parecen proliferar.
El documento discute los desafíos que enfrenta el Estado peruano en la lucha contra la violencia de género. Explica que el género es una construcción social y que la perspectiva de género es una herramienta esencial para lograr la equidad. También describe los diferentes tipos de violencia contra la mujer reconocidos en el Plan Nacional de Lucha contra la Violencia de Género, como la violencia doméstica, el feminicidio y la violencia obstétrica. Finalmente, enfatiza la importancia de ab
El documento trata sobre el acoso a los hombres. Explica los tipos de acoso sexual según su gravedad, desde leve hasta muy grave. También describe los derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes, así como cómo y dónde suele ocurrir el acoso sexual a hombres. Explica cómo afecta psicológicamente a las víctimas masculinas y cómo se castiga el acoso sexual en México.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
1. ACOSO SEXUAL LABORAL
En 1980 la Comisión de igualdad de oportunidad en el empleo produjo un conjunto de guías o reglas para
definir y sancionar título VII (en 1984 fue ampliado para incluir instituciones educacionales).El EEOC define el
acoso sexual como:
Insinuaciones sexuales indeseadas,solicitudes de favores sexuales,u otra conducta física o verbal de
naturaleza sexual cuando:
1. su cumplimiento se hace de manera explícita o implícita en términos o como condición para obtener el
empleo.
2. su cumplimiento o la negación de su cumplimiento por un individuo es la base para tomar decisiones que
afecten el empleo de dicho individuo,o
3. tales conductas tienen el propósito o efecto de interferir sin razón, en la eficiencia del trabajo de un
individuo;o creando un ambiente de trabajo intimidatorio,hostil yofensivo.
Los puntos 1.y 2. son llamados "quid pro quo"(del Latín "esto por eso"o "algo por algo"). Esencialmente son
"sobornos sexuales"o promesas de beneficios ycoerción sexual.
El tipo 3. es conocido como "ambiente hostil de trabajo",es de lejos la forma más común.Es menos explícita y
más subjetiva
Caso de Prima facie por acoso sexual, quid pro quo
Para ser quid pro quo, se tiene que probar que "la reacción del empleado al acoso se debe a los aspectos
tangibles para su compensación o términos,condiciones yprivilegios de empleo".Originalmente esta era la
única manera de reconocer que hubo acoso sexual.
Caso de Prima facie por acoso sexual, ambiente hostil
Donde se alega un ambiente hostil,la legalidad de los comportamientos se debe determinar de acuerdo a
cada caso.Más que en los cambios de empleos,estos pedidos se enfocan en las condiciones de trabajo en
las que se tiene que someter la víctima como condiciones de empleo.Para establecer si la situación merece
acción,se debe tener en cuenta la "totalidad de las circunstancias"para determinar que "el acoso afecta un
término,una condición o un privilegio de empleo lo suficientemente severo como para alterar la condición de
empleo de la víctima y crear así, un ambiente abusivo de trabajo"(Peiliciotti,1988).
Una firma legal con experiencia en este campo concluyó que para establecer un caso de prima facie por
acoso sexual por ambiente hostil de trabajo,la víctima debe probar los siguientes cinco elementos,a saber:
1. Él o ella sufrió de discriminación intencional según su sexo.
2. La discriminación era grave.
2. 3. La discriminación lo/a ha perjudicado.
4. La discriminación puede perjudicar a una persona del mismo sexo.
5. Los niveles gerenciales sabían del acoso,o debería saberlo,y no hicieron nada al respecto
El acoso sexual es un fenómeno social de múltiples y diferentes dimensiones, denunciado por distintas organizaciones e
instituciones y constatado por distintas investigaciones que han evidenciado la existencia, extensión y gravedad en el
ambiente laboral.
Aunque se ha señalado que en algunos casos de acoso laboral pueden darse también conductas que se podrían estar
dentro del acoso sexual, es conveniente la distinción entre ambos. Esta diferencia estriba en que en el acoso sexual las
conductas giran entorno al sexo, y en que la víctima de acoso sexual la percepción de las conductas de acoso es
inmediata, mientras que las víctimas de acoso laboral tardan tiempo en percibir las conductas de acoso. Ambos tienen
características comunes como la situación de humillación y de ataque a la dignidad que sufren las personas en ambas
situaciones, pero el acoso sexual tiene especifidad por el objetivo de la conducta del acosador y por el tipo de
conductas. También se ha señalado el acosador laboral, a diferencia del sexual mantiene siempre la convicción interna
de no haber hecho nada malo, aún después de la condena, sin embargo el acosador sexual termina por reconocer que
ha realizado alguna conducta inapropiada (Gimeno Lahoz, 2004).
El término acoso sexualen el trabajo apareció en los años setenta en Estados Unidos.
En el fenómeno del acoso sexual hay que tener en cuenta que se trata de una situación que la víctima no desea, y que
como cada persona determina el comportamiento que aprueba o tolera, es por ello un concepto subjetivo.
Es una forma más de violencia, que constituye una forma de comportamiento intolerable que atenta contra los derechos
fundamentales de la persona, con una repercusión social lo suficientemente importante, ya que las víctimas, aunque se
dan casos en ambos sexos, en la inmensa mayoría son mujeres. Y podría venir potenciado por una situación laboral
precaria (INSHT, 1999). Todo ello afecta a las condiciones de trabajo, como un problema cada vez más grave para las
empresas.
Sobre el acoso sexual, y especialmente sobre sus víctimas, existe la creencia generalizada, que puede catalogarse
como mito, de que está relacionado con los cánones de belleza; sin embargo, el problema del acoso sexual tiene que
ver, más bien, con las relaciones de poder (INSHT, 2001c).
La frecuencia del acoso sexual es reiterada, por lo tanto no se trata de comportamientos aislados. El acoso sexual en
las organizaciones se ve favorecido por aspectos organizativos como la sexualización del entorno de trabajo, la
proporción de hombres-mujeres, el tipo de tareas que realizan, la discriminación sexual, el clima laboral o la valoración
del trabajo (Llaneza Álvarez, 2002).
3. Por otro lado, el Estatuto de los Trabajadores prevé en su artículo 4.2 e, que en la relación del trabajo, los trabajadores
tienen derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad. Esto incluye la protección frente a
ofensas verbales y físicasde naturaleza sexual.
Epidemiología
El acoso sexual puede ser sufrido tanto por hombres como por mujeres. Sin embargo, quizá la mujer es la principal
víctima porque en el mercado laboral su situación es más de subordinación jerárquica o inestable en el empleo.
El acoso sexual afecta principalmente a mujeres jóvenes, de ingresos reducidos, educación no profesional, que han sido
asediadas por largo tiempo y solo se deciden a denunciar el hecho, como último recurso.
La Tercera Encuesta Europea sobre Condiciones de Trabajo (2000) llevada a cabo por la Fundación Europea para la
Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, indicó que el acoso sexual no es un fenómeno esporádico, ya que un
3% de mujeres fueron víctimas de acoso sexual en el año anterior a la realización de dicha encuesta. Si se tiene en
cuenta que tal porcentaje supone un cifra de dos millones de mujeres, el problema cobra una dimensión de gran
magnitud. Son más a menudo víctimas de acoso sexual las mujeres que tienen empleos precarios. Con respecto a los
hombres, el porcentaje que señala haber sido víctima de acoso sexual es bastante inferior al de las mujeres.
En España, la encuesta del año 2000, de la Secretaría de la Mujer de Comisiones Obreras señala que un 14,5% de los
trabajadores ha vivido una situación de acoso sexuala lo largo de su vida laboral.
La Cuarta Encuesta Europea sobre Condiciones de Trabajo (2007) señala que el acoso sexual afecta tres veces más a
las trabajadoras que a los trabajadores. También las trabajadoras checas con el 10%, las noruegas con el 7%, y las
croatas y turcas con el 6% son las más acosadas sexualmente, mientras que las trabajadoras italianas y españolas
tienen un índice de menos del 1%. Además el grupo de más riesgo son mujeres menores de 30 años.
Un estudio realizado por el Instituto de la Mujer (2007) muestra que el 14,9% de las mujeres trabajadoras en España ha
sufrido alguna situación de acoso sexual en el último año, siendo las más afectadas, las mujeres de menos de 34 años,
solteras, procedentes de países extracomunitarios y cualificadas.
Por sectores, los centros de trabajo de tamaño mediano o grande en la construcción y la industria son los que reflejan
un mayor porcentaje en cuanto a acoso sexual. En relación con la actitud de la empresa, un escaso 8,3% de las mujeres
que han declarado sufrir acoso sexualconsideran que la actuación de la empresa podría calificarse de adecuada.
Brooks y Perot (1991) señalaron que el 88% de las mujeres universitarias declaraban haber presenciado acoso sexual,
pero sólo el 5,6% admitía haberlo sufrido.
Concepto
El Diccionario de la Real Academia de la Lengua define el acoso sexualcomo el que tiene por objeto obtener los favores
sexuales de una persona cuando quien lo realiza abusa de su posición de superioridad sobre quien lo sufre.
4. Según la OIT (1995; 1997), para que haya acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento de
carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo,
convirtiéndolo en algo humillante. El acoso sexual es cualquier tipo de acercamiento o presión de naturaleza sexual
tanto física como verbal, no deseada por quien la sufre, que surge de la relación de empleo y que da por resultado un
ambiente de trabajo hostil, un impedimento para hacer las tareas y un condicionamiento de las oportunidades de
ocupación de la persona perseguida.
Pueden establecerse los siguientes niveles de conductas:
1. Acoso leve: chistes, piropos, conversacionesde contenido sexual.
2. Acoso moderado: miradas, gestos lascivos, muecas.
3. Acoso medio: llamadas telefónicas y cartas, presiones para salir o invitaciones con intenciones sexuales.
4. Acoso fuerte: manoseos, sujetar o acorralar.
5. Acoso muy fuerte: chantaje o presiones tanto físicas como psíquicas para tener contactos íntimos.
El acoso sexualincluye:
Conductas físicas de naturaleza sexualque pueden ir desde tocamientos innecesarios, “palmaditas”, “pellizquitos”,
roces con el cuerpo, hasta elintento de violación y la coacción para relaciones sexuales.
Conducta verbalde naturaleza sexualcomo insinuaciones sexuales molestas, proposiciones, flirteos ofensivos,
comentarios e insinuaciones obscenas.
Conducta no verbal de naturaleza sexualcomo exhibir de fotos de contenido sexualo pornográfico o materiales
escritos de tipo sexualo miradas con gestos impúdicos.
Así, los casos de acoso sexualque se suelen describir son:
Que algún compañero se acerca demasiado o invade el espacio físico reiteradamente.
Que algún superior o compañero presiona para mantener relaciones o salir juntos.
Que algún superior ha insinuado mejoras laborales a cambio de favores sexuales.
Que han sufrido asalto o agresión sexualpor parte de alguien del trabajo
Que sufren roces o tocamientos indeseados por parte de clientes, compañeros o jefes.
La recomendación de la Comunidad Europea de 27 de noviembre de 1991, relativa a la dignidad de la mujer y el
hombre en el trabajo aborda el acoso sexual con la siguiente definición: “La conducta de naturaleza sexual u otros
comportamientos basados en el sexo que afectan a la dignidad de la mujer y el hombre en el trabajo, incluido la
conducta de superiores y compañeros, resulta inaceptable si dicha conducta es indeseada, irrazonable y ofensiva para
5. la persona que es objeto de la misma, la negativa o el sometimiento de una persona a dicha conducta por parte de
empresarios o trabajadores (incluidos los superiores y los compañeros) se utiliza de forma explícita o implícita como
base para un decisión que tenga efectos sobre el acceso de dicha persona a la formación profesional y al empleo, sobre
la continuación del mismo, el salario o cualesquiera otras decisiones relativas al empleo y/o dicha conducta crea un
entorno laboral intimidatorio, hostil y humillante para la persona que es objeto de la misma; y de que dicha conducta
puede ser, en determinadas circunstancias, contraria alprincipio de igualdad de trato”.
También se ha definido el acoso sexual en el trabajo como toda conducta verbal o física, de naturaleza sexual,
desarrollada en el ámbito de la organización y dirección de una empresa, o en relación o como consecuencia de una
relación de trabajo, realizada por un sujeto que sabe o debe saber que es ofensiva y no deseada por la víctima,
determinando una situación que afecta al empleo y a las condiciones de trabajo, y/o creando un entorno laboral
ofensivo, hostil, intimidatorio o humillante (Unión Sindical de Madrid-Región de CCOO, 2003). Incluso la Directiva
2002/73/CE define el acoso sexual como la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o
físico no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en
particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
El Código de Prácticas de 1991 sobre medidas para combatir el acoso sexual que fue adoptado por la Comisión de las
Comunidades Europeas contempla la conducta sexual en un sentido amplio, señalando que en las conductas de
naturaleza sexualquedan comprendidas las conductas verbales o no verbales, o las físicas molestas.
La conducta verbal de naturaleza sexual puede incluir insinuaciones sexuales molestas, proposiciones o presión para la
actividad sexual; insistencia para una actividad social fuera del lugar de trabajo después que se haya puesto en claro
que dicha insistencia es molesta, flirteos ofensivos; comentarios insinuantes, indirectas o comentarios obscenos.
En la conducta no verbal de naturaleza sexual quedarían incluidas la exhibición de fotos sexualmente sugestivas o
pornográficas, de objetos o materiales escritos, las miradas impúdicas, los silbidos o hacer ciertos gestos.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el título I, Artículo 7, dice
que se considerarán discriminatorios el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Y que constituye acoso sexual
cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar
contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo; y que
constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el
propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Uno de los aspectos problemáticos del acoso sexual reside en aquellos supuestos en que las conductas indeseadas no
llevan a una acción violenta del primer tipo, sino que consisten en insinuaciones, propuestas, manifestaciones verbales
que también violentan al trabajador afectado, pero que lo hace más desde una perspectiva psíquica que física, ya que
las acciones violentas tienen una clara cobertura penal.
6. A cada persona le corresponde determinar el comportamiento que aprueba o tolera, lo que imposibilita el hacer una
relación de conductas vejatorias. Por tanto, la determinación de qué comportamientos resultan o no molestos es algo
que depende del receptor de las conductas, siendo en este punto irrelevante la intencionalidad del emisor de las
conductas.
Por tanto, el acoso sexual consiste en la acción impuesta sin reciprocidad, inesperada y no bien recibida, frecuente y
repetitiva que puede tener un efecto devastador en la víctima. Puede incluir tocamientos, insinuaciones, miradas,
actitudes chocantes, bromas con lenguaje ofensivo, alusiones a la vida privada y personal, referencias a la orientación
sexual, insinuaciones con connotación sexual, alusiones a la figura y a la ropa, etc.
En definitiva, se trata de una conducta inesperada, de naturaleza sexual u otra conducta basada en el sexo que afecta a
la dignidad de la persona. Incluye conducta verbal o no verbal, física y no deseada. Hay un rango de conductas que
pueden constituir acoso sexual. Esa conducta debe ser inesperada irrazonable, inaceptable y ofensiva para el
destinatario.
Tipología
Se deben distinguir dos formas o tipos de acoso sexualen el trabajo:
A. Acoso quid proquo
Chantaje sexual o acoso de intercambio (esto a cambio de eso), realizado por un superior, y que puede afectar
negativamente al trabajo. En este tipo de acoso lo que se produce es propiamente un chantaje que fuerza a un
trabajador a elegir entre someterse a los requerimientos sexuales o ver perjudicados ciertos beneficios o
condiciones del trabajo. Se trata de un abuso de autoridad, porque supone amenazas por parte de un cargo
superior de consecuencias negativas (despido, no renovación delcontrato, peores condiciones laborales, etc.)
Si no se aceptan las propuestas sexuales.
Es decir que consiste en el abuso desde una posición de poder para lograr beneficios sexuales. La respuesta
al acoso sirve de base, implícita o explícitamente, para decisiones relacionadas con elacceso de dicha
persona a la formación profesionalo al empleo, a la continuidad del contrato de trabajo, a la promoción
profesional, alaumento de salario, etc. (González de Rivera, 2002).
B. Acoso sexual ambiental (hostile environment harassment)
La Recomendación de la Comisión Europea se refiere a una conducta que crea un ambiente de trabajo
humillante, hostil o amenazador para el acosado (INSHT, 2001c). Es decir, el acoso sexual ambiental se
genera cuando se crea un clima de trabajo hostil y sexual, lo suficientemente grave e intenso como para
alterar las condiciones laborales del trabajador y crear un entorno laboral abusivo. En este tipo de acoso lo
definitorio es el desarrollo de un comportamiento de naturaleza sexual de cualquier tipo (bromas persistentes y
graves de carácter sexual, alusiones o comentarios groseros sobre la vida íntima del trabajador,
requerimientos a trabajadores para que lleven una ropa sexualmente insinuante, etc.), lo que genera un
7. contexto laboral negativo -intimidatorio, hostil, ofensivo, humillante- para el trabajador, lo cual tiene como
consecuencia que el trabajador no pueda desarrollar su prestación laboral en un ambiente adecuado, ya que
se ve sometido a un tipo de presión por conductas de tipo sexual en el trabajo que termina creándole una
situación laboral intolerable. En muchas ocasiones este ambiente laboral inadecuado puede ser aceptado
como una costumbre o una situación normal en nuestra cultura.
Un estudio sobre el acoso sexual en España publicado por Comisiones Obreras en noviembre de 2000 revela
que el hostigamiento sexual se puede producir entre personas de todo el escalafón laboral, tanto entre
profesionales como entre los trabajadores de menor cualificación. Además, el acoso sexual no tiene edad.
Puede afectar por igual a una joven de veinte años que a una trabajadora de cuarenta. El perfil de la víctima
no queda claramente definido, depende de la persona y de su situación laboral. En el estudio mencionado se
observa que algunas mujeres son más vulnerables que otras. Casi un treinta por ciento de los incidentes han
tenido como protagonistas a trabajadoras sin contrato. Por tanto, se podría deducir que la precariedad laboral
es un factor de riesgo. Otro dato significativo es que el cuarenta por ciento de las víctimas están separadas o
divorciadas. Al parecer, tener pareja estable genera un cierto respeto que inhibe a los compañeros. En el
Código Penal Español se define al acosador como “el que solicita favores de naturaleza sexual, para sí o para
un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y
con tal comportamiento provoca a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o
humillante”.
En relación con el perfil del acosador, los datos indican que suele tratarse de un mando intermedio, hombre
casado o con pareja estable y con hijos, con carácter infantil y caprichoso, frío, machista y con escasa
empatía.
Consecuencias del acoso sexual
Aunque el impacto del acoso sexual a una persona está moderado por su vulnerabilidad, no cabe duda que afecta
negativamente tanto al trabajador como al proceso productivo, ya que genera absentismo, bajas por enfermedad, menor
productividad debido al descenso de la cantidad y calidad del trabajo y a la menor motivación para el trabajo.
También se manifiesta sintomatología asociada al estrés como estados de ansiedad y depresión, sentimientos de
desesperación y de indefensión, de impotencia, de ira, de aversión, de infravaloración, de baja autoestima, así como
trastornos delsueño, dolor de cabeza, problemas gastrointestinales, náuseas, hipertensión, úlceras, etc.
Aunque las consecuencias del acoso sexual afectan fundamentalmente a la persona contra la cual se ejerce el acoso,
también incide negativamente sobre los trabajadores que pueden ser testigos o conocer elproblema.
8. Prevención e intervención
La manera más efectiva de hacer frente al acoso sexual es elaborar y aplicar una política en el ámbito empresarial. Las
medidas que la Comisión Europea propone para hacer frente alacoso sexualson las siguientes (INSHT, 2001c):
Debe existir una declaración de principios de los empresarios en el sentido de mostrar su implicación y
compromiso en la erradicación delacoso, en la que se prohíba el acoso sexual, y se defienda el derecho de todos
los trabajadores a ser tratados con dignidad, manifestando que las conductas de acoso nise permitirán ni
perdonarán y se explicitará el derecho a la queja de los trabajadores cuando ocurran.
Se explicará qué se entiende por comportamiento inapropiado y se dejará claro que los superiores tienen el deber
de poner en práctica la política contra el acoso sexual.
La declaración deberá explicar el procedimiento que deben seguir las víctimas, asegurando la seriedad, la
confidencialidad y la protección contra posibles represalias. Se especificará la posible adopción de medidas
disciplinarias.
La organización de la empresa debe asegurarse que la política de no acoso sea comunicada a los trabajadores y
de que éstos sepan que tienen un derecho de queja para el que existe un firme compromiso en no tolerar los
comportamientos de acoso sexual.
La responsabilidad de asegurar un entorno de trabajo respetuoso es de todos los trabajadores, recomendándose a
los mandos que tomen medidas para promocionar la política de no acoso sexual.
Se debe proporcionar una formación generala mandos y gestores. Aquellos a quienes se asignen cometidos
específicosen materia de acoso sexualhabrán de recibir una formación especialpara desempeñar con éxito sus
funciones (información legalsobre la materia, habilidades sociales para manejar conflictos, etc.).
Deben existir procedimientos tanto formales como informales. Los procedimientos informales buscan solucionar la
situación a través de la confrontación directa entre las partes o a través de un intermediario; los procedimientos formales
buscan una investigación del asunto y la imposición final de sanciones si se confirma la existencia de acoso. Se debe
animar a solucionar el problema de manera informal. Se aconseja acudir al procedimiento formal cuando el informal no
dé resultado o sea inapropiado para resolver elproblema.
Se recomienda que se designe a una persona a la que se formará para ofrecer consejo y asistencia y participar en
la resolución de problemas, tanto en los procedimientos formales como en los informales; la aceptación de tales
funciones debe ser voluntaria y los representantes sindicales y los trabajadores deben estar de acuerdo.
9. El procedimiento de reclamación debe proporcionar a los trabajadores la seguridad de que sus quejas y
alegaciones serán tratadas con toda seriedad.
Las investigaciones que se lleven a cabo deben ser independientes y objetivas; los investigadores no deben tener
ninguna conexión con las partes.
Es conveniente que las normas disciplinarias recojan claramente las conductas de acoso sexualy las
correspondientes sanciones.
Se recomienda la inclusión de algún artículo referente alacoso sexualen el Convenio Colectivo de los
trabajadores de la empresa.
Es conveniente realizar consultas a través de las diferentes centrales sindicales o grupos de ayuda, ya que suelen
tener establecidos sistemas de apoyo a la víctima.
Evaluación del acoso sexual en el trabajo
Para llevar a cabo la evaluación será necesario realizar entrevistas semiestructuradas tanto al trabajador víctima del
acoso como a los compañeros, con técnicas exploratorias, de escucha activa, que permita la clarificación, la
racionalización y la reformulación y la confrontación.
Además es conveniente realizar:
La anamnesis sociolaboraly datos de filiación (sexo, edad, antigüedad en la empresa y empresas anteriores).
El análisis de las condiciones psicosociales delpuesto de trabajo.
La descripción cronológica de los hechos relevantes para la situación actual.
Los recursos personalesde afrontamiento.
La valoración de las consecuenciaspara eltrabajador: personales, laborales, familiares y sociales.