El documento describe la separación de poderes en un estado entre el poder legislativo, ejecutivo y judicial. Argumenta que no hay libertad cuando los poderes legislativo y ejecutivo están unidos en una sola persona o corporación, o cuando el poder judicial no está separado de los otros poderes.
Tutoría de Teoría General del Proceso.- Principio de Independencia Judicial y...Néstor Toro-Hinostroza
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Teoría General del Proceso
Tutoría del Segundo Parcial
Principio de Independencia Judicial y Designación de Jueces en Ecuador
Cátedra: Dr. Ernesto Salcedo Ortega
Tutoría de Teoría General del Proceso.- Principio de Independencia Judicial y...Néstor Toro-Hinostroza
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Teoría General del Proceso
Tutoría del Segundo Parcial
Principio de Independencia Judicial y Designación de Jueces en Ecuador
Cátedra: Dr. Ernesto Salcedo Ortega
Tutoría de Filosofía del Derecho - Corrientes filosóficas del DerechoNéstor Toro-Hinostroza
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Filosofía del Derecho
Cátedra: Dra. Nuria Pérez
Primer parcial
Tutoría del primer parcial
Corrientes filosóficas del Derecho
Semestre A2015
Júpiter - Hércules - Hermes Tres Modelos de Juez. Autor François OstSergio Quiroz
En el número de junio de 1990 de la Revue de l’École nationale de la magistrature se describe en estos términos la profesión de magistrado: “No existe de manera evidente ningún otro modelo de referencia, ninguna otra definición unívoca de una profesión que tienda a volverse tan multiforme y pluralista”. La constatación, a su vez, se inscribe en la observación de un campo judicial y jurídico definido como “heterogéneo y complejo”, de tal manera que las evoluciones en curso impiden “toda referencia a la idea de un modelo”-
Tutoría de Filosofía del Derecho - Corrientes filosóficas del DerechoNéstor Toro-Hinostroza
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Filosofía del Derecho
Cátedra: Dra. Nuria Pérez
Primer parcial
Tutoría del primer parcial
Corrientes filosóficas del Derecho
Semestre A2015
Júpiter - Hércules - Hermes Tres Modelos de Juez. Autor François OstSergio Quiroz
En el número de junio de 1990 de la Revue de l’École nationale de la magistrature se describe en estos términos la profesión de magistrado: “No existe de manera evidente ningún otro modelo de referencia, ninguna otra definición unívoca de una profesión que tienda a volverse tan multiforme y pluralista”. La constatación, a su vez, se inscribe en la observación de un campo judicial y jurídico definido como “heterogéneo y complejo”, de tal manera que las evoluciones en curso impiden “toda referencia a la idea de un modelo”-
1. Comentari de text de l’Antic Règim.<br />“En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.Por el primero, el príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado (...).Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.” <br />El espíritu de las leyes. 1748.<br />Llegeix detingudament aquest text i respòn a les següents preguntes: <br />Qui pot haver escrit el text? Justifica-ho.<br />A quin segle s’ha escrit el text? Justifica-ho.<br />Quin és el context en que s’escriu? (descripció de l’època histórica)<br /> Quines són les idees principals? Explica-les resumidament<br />Quin és l’objectiu del document? <br />Qui pot estar en contra dels continguts?<br /> Quina importància tendrá el contigut d’aquest document de cara a temps posteriors?<br />Una vegada hagis respost a aquestes preguntes, redacta-ho en forma de comentari de text seguint l’ordre de les preguntes i enllaçants els diferents continguts. <br />