1. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 2
RESOLUCION N° 00429-2018-JEE-LIE2/JNE
________________________________________________________________________________
1
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 2
Av. Canto Grande 556. Urb. San Rafael - San Juan de Lurigancho
Referencia: Paradero 6 de la Av. Canto Grande
(A una Cdra. de la intersección con la Av. Del Parque - Frente a la Clínica Veterinaria Animal House)
EXPEDIENTE N° ERM.2018027532
San Juan De Lurigancho, veintiuno de agosto de dos mil dieciocho
VISTO el procedimiento de exclusión de Américo Zegarra Acuña, candidato a alcalde distrital,
para el Concejo Municipal Distrital de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento Lima,
por la organización política Perú Patria Segura, en el marco del Proceso de Elecciones Regionales
y Municipales 2018.
CONSIDERANDO
1. Mediante Resolución N.° 00404-2018-JEE-LIE2/JNE, de fecha 15 de agosto de 2018, se
dispuso CORRER traslado del Informe N.° 008-2018-CLCD-FHV-JEE-LIMA ESTE 2/JNE, de
fecha 14 de agosto de 2018, y anexos, al personero legal de la organización política Perú
Patria Segura, sobre la omisión de información en la declaración jurada de hoja de vida de
Américo Zegarra Acuña, candidato a alcalde distrital, para el Concejo Municipal Distrital de
San Juan de Lurigancho, provincia y departamento Lima, por la referida organización política,
a fin de que un (1) día calendario, proceda a realizar sus descargos respectivos.
2. En el referido informe, adicional a la omisión de información advertida en la declaración de hoja
de vida del citado candidato, el fiscalizador de hoja de vida concluyó que habría una información
falsa, toda vez que en el rubro VII, Relación de sentencias que declaren fundadas las demandas
interpuestas contra los candidatos por incumplimiento de obligaciones alimentarias,
contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes, el
candidato consignó que no tiene información por declarar, cuando presuntamente debió declarar
que sí y, señalar las sentencias que correspondan.
3. En tal sentido, este Colegiado considera, que lo afirmado configuraría un supuesto de infracción
al numeral 39.1 del artículo 39 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para los
Procesos de Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolución N.° 082-2016-JNE, de
fecha 7 de febrero de 2018 (en adelante, Reglamento), adicional a la contravención ya
imputada.
4. Siendo ello así, corresponde ampliar la presente investigación y correr traslado al personero
legal de la referida organización política para que efectúe los descargos respectivos, en el plazo
de un (1) día calendario siguiente a la notificación de la presente resolución, por la presunta
incorporación de información falsa en la Declaración Jurada de Hoja de Vida.
5. De otro lado, este Colegiado considera pertinente contar con copias certificadas de los actuados
del Expediente N° 00682-2007-0-3207-JP-FC-02, sobre Filiación Matrimonial, ante el Segundo
Juzgado de Paz Letrado - MBJ de San Juan de Lurigancho y Expediente N.° 00473-2010-0-
3207-JP-FC-03, sobre alimentos, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado - MBJ de San Juan de
Lurigancho; dentro de las cuales deberán obrar la demanda, el auto admisorio y sus
notificaciones, contestación de la demanda, sentencias y sus notificaciones, resolución que
declara consentida la sentencia o cúmplase lo ejecutoriado y sus notificaciones, entre otras
piezas procesales que considere pertinente; para lo cual se deberá cursar oficio al juzgado
correspondiente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Este 2, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- AMPLIAR el presente procedimiento de exclusión, en consecuencia, CORRER
traslado del Informe N.° 008-2018-CLCD-FHV-JEE-LIMA ESTE 2/JNE, de fecha 14 de agosto de
2018, y anexos, al personero legal de la organización política Perú Patria Segura, sobre
incorporación de información falsa en la declaración jurada de hoja de vida de Américo Zegarra
Acuña, candidato a regidor alcalde distrital, para el Concejo Municipal Distrital de San Juan de
2. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 2
RESOLUCION N° 00429-2018-JEE-LIE2/JNE
________________________________________________________________________________
2
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 2
Av. Canto Grande 556. Urb. San Rafael - San Juan de Lurigancho
Referencia: Paradero 6 de la Av. Canto Grande
(A una Cdra. de la intersección con la Av. Del Parque - Frente a la Clínica Veterinaria Animal House)
Lurigancho, provincia y departamento Lima, por la referida organización política, a fin de que un (1)
día calendario siguiente a la notificación de la presente resolución, proceda a realizar sus descargos
respectivos.
Artículo segundo.- OFICIAR, al Segundo Juzgado de Paz Letrado - MBJ de San Juan de
Lurigancho y al Tercer Juzgado de Paz Letrado - MBJ de San Juan de Lurigancho, de la Corte
Superior de Justicia de Lima Este, a fin de que, con carácter de URGENTE, remitan copias
certificadas de las piezas procesales del Expediente N° 00682-2007-0-3207-JP-FC-02, sobre
Filiación Extramatrimonial y del Expediente N.° 00473-2010-0-3207-JP-FC-03, sobre alimentos,
respectivamente, detalladas en el considerando 5 de la presente resolución, en el término de tres
(3) días hábiles, atendiendo a la brevedad de los plazos establecidos en el cronograma electoral.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MORÓN DOMÍNGUEZ
GONZÁLES MEDEL
LOAYZA ROMERO
Valdivia Javier
Secretario
mesp