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Contribuyendo con la mejora continua de la
gestión ambiental desarrollada por la
municipalidad provincial de la Maca
1. Origen de la auditoría:
 El despacho del señor Contralor General de la
República, mediante el oficio N 018-2005-CG
del 22 de Julio del 2005, dispuso la ejecución
de una Auditoría de Gestión ambiental a la
Municipalidad Provincial de la Maca, como
una acción de control programada en el plan
anual de control 2005.
 La presente auditoría de gestión tuvo por
finalidad determinar el grado de
cumplimiento de los objetivos y metas
relacionados con la gestión ambiental en el
ámbito de su competencia, de conformidad
con la normativa vigente, a fi de emitir
recomendaciones que coadyuven a la
adopción de acciones que contribuya con la
conservación del ambiente.
3. Alcance de la auditoría:
 La auditoría comprendió la evaluación selectiva de
las actividades realizadas por la Municipalidad
provincial de Maca; especialmente de las referidas
a los componentes de gestión de los residuos
sólidos , así como algunos aspectos relacionados
con los sistemas administrativos. El período
auditado fue del 01 de Enero del 2005 al 30 de
Junio de 2005, considerando hechos anteriores y
posteriores vinculados con la presente auditoría.
La auditoría se desarrollo teniendo en cuenta
las normas de Auditoría gubernamental; con
el fin de alcanzar los objetivos trazados y de
acuerdo a las circunstancias, se aplicaron
procedimientos adicionales de auditoría que
se consideraron necesarios.
Asimismo, se desarrollo teniendo en cuenta la
Guía metodológica de Auditoría de gestión
ambiental, comprendiendo entre otras, las
actividades presentadas a continuación.
 Recopilación de información propia de la entidad
 Grupo de enfoque (focus groups) desde la etapa
de planificación
 Conocimiento e identificación de las fuentes de
criterio de la normativa ambiental
 Entrevista a los directivos, funcionarios y
personal de la entidad
 Aplicación de herramientas para reunir y analizar
evidencias como: visitas de inspección, encuestas
a la población, tomas fotográficas y filmaciones
Continuación:
 Exposición de los resultados obtenidos con
los funcionarios de la Municipalidad
provincial de Maca
 Reunión final, a fin de coordinar las
recomendaciones preliminares
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MACA
Finalidad
 La Municipalidad provincial de Maca es un
gobierno local con personería jurídica de derecho
público y autonomía económica y administrativa
en los asuntos de competencia. Tiene por
finalidad representar al vecindario, promover la
adecuada prestación de los servicios públicos
locales, fomentar el bienestar de los vecinos, el
desarrollo íntegro y armónico en las
circunscripciones de su jurísdicción.
Funciones en materia ambiental:
 Velar por la conservación de la flora y fauna locales,
promover las acciones necesarias para el desarrollo,
aprovechamiento racional y la recuperación de los
recursos naturales ubicados en el territorio de su
jurisdicción.
 Organizar el ámbito de la Municipalidad, priorizando
y contribuyendo a desarrollar, en forma racional, la
infraestructura básica de apoyo a la producción, al
transporte, a los servicios sociales, a la
comercialización y abastecimiento alimenticio. Todo
mediante la promoción o ejecución de obras tales
como canales de regadío, pequeñas irrigaciones, vías
vecinales, servicios de educación, promoción de
vivienda popular, mercados, silos, frigoríficos, etc.
 Funciones:
Normar y controlar las actividades relacionadas
con el saneamiento ambiental, difundir
programas de saneamiento ambiental;
propiciar campañas de forestación y
reforestación; así como establecer medidas
de control de ruido, del tránsito y de los
transportes colectivos.
Base legal:
 Agenda 21, aprobada en 1992 durante la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente y Desarrollo, realizada en
Brasil.
 Constitución política de 1993 del Perú.
 Código del Medio ambiente y Los recursos
naturales, aprobado por decreto legislativo N
612 del 7 de Septiembre de 1990.
 Ley orgánica de Municipalidades, aprobada
por Ley N 23853 del 28 de Mayo de 1984.
 Base legal:
 Reglamento de Aseo urbano, aprobado por Decreto
supremo N 033-81-SA, del 28 de Septiembre de 1981,
modificado por decreto supremo N 037-83-SA.
 Ley general de Residuos sólidos, aprobada por Ley
N27314 del 20 de Julio del 2000.
 Ley N 27209 del 30 de Noviembre de 1999, Ley de
gestión presupuestal del estado.
 Ley general de aguas, aprobada por decreto ley N
17752, 24 de Julio de 1969.
 Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
mediante Edicto Municipal N 03-2000-CMPP del 20 de
Septiembre del 2000.
 El reglamento tecnológico de Carnes, aprobado
mediante Decreto supremo N 22-95- AG del 09 de
Septiembre de 1995.
 En cumplimiento de la NAGU N3.60.
Comunicación de hallazgos aprobada mediante
Resolución de Contraloría N 259-2000-CG de
13.Dic.2000, los hechos observados fueron
comunicados a los funcionarios y ex-
funcionarios de la Municipalidad de Maca, con la
finalidad de que cada uno de ellos tuviera la
oportunidad de presentar sus aclaraciones,
comentarios debidamente documentados, los
mismos que han sido evaluados y considerados
en la redacción del presente informe.
 Es de precisa que el alcalde Martín Chipoco
Ibañes, Daniel Mogrovejo Días, ex director
municipal y Jorge Casasola Chávez, ex
director de infraestructura, pese haberse
vencido el plazo otorgado para la
presentación de sus comentarios y/o
aclaraciones a los hallazgos cursados, no han
cumplido con la remisión de los mismos.
 Es importante señalar que, mediante Ley
N27014 de 12.Ago.2005 se ha declarado de
necesidad y utilidad pública la
descontaminación de la Bahía interior del
lago Tempestad en la Maca. Para tal efecto,
se ha autorizado al Ministerio provincial de la
Maca los recursos económicos de
cooperación internacional, endeudamiento
externo y tesoro público, para el
cumplimiento dispuesto en la presente ley.
1. ES NECESARIO MEJORAR EL TRATAMIENTO
DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS Y RESIDUOS
SÓLIDOS DEL CANAL MUNICIPAL, CUYOS
VERTIMENTOS SON FACTOR DE
CONTAMINACIÓN DEL LAGO TESPESTA.
 El canal de propiedad de la Municipalidad de Maca
está ubicado en una zona urbana y dentro de las
instalaciones de la Universidad nacional del Milenio,
habiéndose establecido conforme al informe N 106-
2002-MPM de 18.JUL.2003, que el recitado canal
viene desarrollando sus actividades desde el año
1975, con un promedio de beneficio aproximado de
600 animales mensuales, los vertimientos líquidos
(sangre, grasas, etc) que origina este proceso
produce aproximadamente un total de 10 litros de
sangre por animal; de los cuales 20% son depositados
a una canalización pluvial que es arrojada
directamente al lago Tempesta. En ningún caso se ha
determinado la existencia de algún método o proceso
de tratamiento de los efluentes líquidos emitidos.
 Al respecto, el proceso de beneficio del
ganado vacuno abarca básicamente desde el
encierro del animal, hasta el retiro de la carne
para ser comercializada. Estos procesos de
beneficio son los que producen el mayor
impacto ambiental, y finalmente generan la
emisión de efluentes líquidos y residuos
sólidos, se describirán en lo que sigue.
 Beneficio (Sacrificio del animal)
 Este proceso consiste en golpear con una puntilla
al animal entre la cabeza y la primera vértebra
cervical, a fin de insensibilizarlo. Luego se cortan
las venas grandes que van hacia el corazón,
originando la emisión de una gran cantidad de
sangre. Posteriormente, se desuella al animal
(quitar el pellejo) hasta la mitad del cuerpo en el
piso. En este proceso se extrae la panza y tripas;
luego se empieza con el isamiento de la carcaza
del animal (carne entera) en un gancho, a fin de
terminar con el desollado y con la extracción de las
vísceras (corazón, hígado y pulmones). Este
proceso genera residuos de materia orgánica,
como la emisión de sangre, grasas, pelos animales;
pero también malos olores y otros.
 Lavado aparato digestivo ( lavado de bazofia)
 Consiste en lavar con agua el aparato
digestivo del animal. Para ello se extrae la
bazofia de la panza y de los intestinos, la
misma que es depositada en un contenedor;
luego los órganos son llevados a la sala de
lavado con agua. En este proceso se genera
básicamente la emisión de bazofia, efluentes
líquidos, con el contenido de este residuo,
resultantes del lavado.
 A fin de tomar conocimiento de las
actividades que realiza el Camal municipal, se
realizó una visita de inspección el 13 de
Octubre del 2002, conjuntamente con un
funcionario de la Municipalidad; quien
manifestó que los efluentes líquidos que se
emiten del sacrificio de los animales,
descargan directamente a las aguas del lago
Tempesta, es decir, sin tratamiento previo
alguno.
 Las evaluaciones a los efluentes líquidos tomados
en la zona adyacente a los vertimentos comprendió
el análisis, entre otros, de coliformes totales,
coliformes fecales, demanda bioquímica de
oxígeno, nitrógeno total y fósforo total; tomándose
como estación de monitoreo el agua residual de la
cámara de desagüe, habiéndose determinado que
la calidad de agua descargada se encuentra
altamente contaminada, según resultado del
análisis efectuado por la Dirección regional de
salud, cuyos resultados se representan en el
siguiente cuadro.
Parámetros Unidad de
medida
L.M.P Canal municipal Diferencia
Coliformes totales NMP/100ml 20
000
1 700 000 1 680 000
Coliformes fecales NMP/100ml 4 000 1 700 000 1 696 000
Demanda
bioquímica de
oxígeno
Mg/L 16 4 742 4 726
Nitrógeno total Mg/L - 707.29 -
Fósforo total Mg/L - 7.57 -
 De acuerdo al acta antes referida, los
residuos sólidos del proceso de beneficio,
tales como pelo, bazofia, grasa, entre otros,
son depositados por los empleados en un
contenedor y son evacuados dos veces por
semana al botadero municipal denominado
“El muladar” que se encuentra ubicado en la
margen derecha de la carretera “El olivar”,
entre los kilómetros 6 y 7 del distrito de la
Maca.
 Es del caso señalar que según el informe N 106.2002.MPM
de 18.JUL.2003, el Camal municipal no cuento con Estudio
de impacto ambiental –EIA, Programa de adecuación y
manejo ambienta –PAMA, o documento similar que permita
identificar las actividades tendentes a mitigar o eliminar
progresivamente los impactos ambientales, y adoptar las
medidas necesarias de prevención del deterioro ambiental,
en especial de la contaminación del lago Tempestad.
 La Ley N 23853- Ley orgánica de Municipalidades- en su
art.65, num.3, establece como función municipal: “El velar
por la conservación de la flora y fauna locales, promover las
acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento
racional y la recuperación de los recursos naturales ubicados
en el territorio de su jurisdicción”, y en su art.66: “Normar y
controlar las actividades relacionadas con el saneamiento
ambiental”.
 El reglamento tecnológico de Carnes D.S. N 22-
95-AG del 09.SET.95, en el art.8 –Instalaciones
mínimas del Camal, num.3 – Desagües, señala
que “Deberán contar con sistemas de colectores
que garanticen el flujo de las aguas servidas y
con canaletas de buena pendiente; asimismo,
contarán con tratamiento primario de sólidos
suspendidos y con lechos de secado; el efluente
resultante sólo será evacuado al colector público
previo tratamiento”. Según el Reglamento de
control sanitario para la apertura y
funcionamiento de plantas industriales.
 Lo expuesto se debe a que la Municipalidad de Maca
no ha elaborado y aprobado algún documento de
gestión ambiental que permita mitigar los impactos
ambientales, ni realiza tratamiento de los efluentes
líquidos y residuos sólidos generados por el proceso de
beneficio de ganado; denotándose en consecuencia, la
afectación ambiental principalmente en cuanto a la
contaminación del lago Tempestad, toda vez que los
valores de coliformes totales y fecales están por encima
de los valores permisibles. Asimismo, los valores de
nitrógeno y fósforo son elevados, ello puede causar
eutrofización en la zona ribereña del lago; y se pone en
peligro a la fauna y flora del lugar. Consecuentemente,
dichos vertimientos generan un impacto negativo en la
zona ribereña del lago, lo cual se corrobora con la
presencia de las lentejas de agua.
 Mediante el oficio n 030-2002-MPM/DM del
08.Ago..2005, el señor Rubén Díaz Flores,
Director municipal, remite sus comentarios y/o
aclaraciones en los cuales manifiesta que
definitivamente es urgente construir un nuevo
camal municipal en el kilómetro 6 de la
carretera transoceánica. Para ello, están
haciendo los estudios para perforar un pozo de
agua en convenio de PRONAMACHS; y la
administración podría estar a cargo de la
Universidad nacional del Milenio o de cualquier
entidad privada.
 Con el informe N 145-2005-MPM-DSA del
09.AGO.2005, el señor Felipe Rivero Morales, Jefe
de la división de saneamiento ambiental, remitió
sus comentarios y/o aclaraciones en los cuales
manifiesta que ha solicitado al Rector de la
Universidad nacional del Milenio, autorización para
ejecutar trabajos dentro del cama, como pozas de
tratamiento de efluentes líquidos. Al no haber sido
atendidos, indicó que es potestad de la autoridad
municipal continuar insistiendo; y sugiere que el
Alcalde disponga la conclusión del proyecto de
construcción de un nuevo Camal, toda vez que
existe un terreno listo, con el respectivo
expediente del estudio geofísico y el caudal de
agua.
 De la evaluación a los comentarios y/o aclaraciones
alcanzados, se determina que los citados
funcionarios reconocen la necesidad de
implementar mejoras al tratamiento de
vertimientos y residuos sólidos emitidos por el
camal municipal; toda vez que afirman haber
solicitado autorización al rector de la citada
universidad, para construir pozas de tratamiento;
así como, la necesidad de construir un camal
frigorífico municipal. Consecuentemente, no se ha
efectuado acciones tendentes a mitigar los
impactos ambientales negativos. Por lo tanto, la
observación subsiste.
 2. ES APROPIADO OPTIMIZAR LAS MEDIDAS
DE MITIGACIÓN DE LA PLANTA DE
FABRICACIÓN DE CONCRETO ASFÁLTICO, A
FIN DE EVITAR LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE
Y NO PONER EN RIESGO LA SALUD HUMANA
EN EL ÁREA URBANA DE LA CIUDAD DE LA
MACA.
 La industria de concreto asfáltico en la ciudad
está representada por la Planta de fabricación
de concreto asfáltico de propiedad de la
Municipalidad provincial de la Maca, la cual
viene desarrollando sus actividades desde el
mes de Julio de 1997. Su capacidad de
producción es de 28 Tm/hr, alcanzando a
producir hasta 18m3/hr. Sus instalaciones
ocupan un área física aproximada de 1000m2 y
emplea un total de 10 trabajadores. No cuenta
con EIA o PAMA para su funcionamiento. No
obstante, sus instalaciones se encuentran
ubicadas dentro de una zona urbana de la
ciudad, existiendo el riesgo de dañar la salud
de los pobladores del lugar, por lo que las
medidas de mitigación de dichas emisiones
deben ser optimizadas.
 En tal sentido, el ingeniero encargado de la planta,
refirió en el Acta de visita de inspección a la Planta
de Fabricación de concreto asfáltico; los procesos
de producción del concreto asfáltico, entre los
cuales se han extractado aquellos considerados
por la Comisión auditora como generadores de
impactos ambientales significativos, debido a que
utilizan productos químicos como el PEN 120-150,
producto a base de cemento asfáltico y solventes
hidrocarbonados que general la emisión de
partículas totales en suspensión (PTS), gases de
dióxido de azufre (SO2), monóxido de carbono
(CO) y residuos sólidos que se resumen en lo que
sigue.
 Almacenamiento:
 En este proceso los camiones volquetes
descargan la piedra traída de la planta
Chancadora, ubicada en el kilómetro 6 de la
carretera Buenos Aires, luego con el apoyo de
un cargador frontal los materiales se apilan en
3 lugares definidos de acuerdo al diámetro de
la piedra (filler, 3/4 y 3/8). En éste proceso se
genera la emisión de partículas totales en
suspensión –PTS.
 Producción de mezcla asfáltica:
 Consiste en mezclar los agregados con el PEN
120-150 (cemento asfáltico). Ello, con el apoyo de
un cargador frontal que alimenta con piedra
chancada de distintos diámetros, del lugar de
almacenamiento a tres tolvas (cada una es utilizada
para un diámetro específico). Luego, una faja
transporta los agregados hasta un mixer para
realizar la mezcla y el secado de la piedra
chancada de diferentes diámetros. Adicionalmente,
a través de un caldero, se empieza a calentar el
PEN 120-150 hasta alcanzar una temperatura de
140C. Finalmente, en el tranque de mezclado, se
realiza la combinación entre el PEN 120-150 con la
piedra chancada de diferentes diámetros,
resultando la mezcla asfáltica. En el citado
proceso, se emiten gases como dióxido de azufre
(so2) como consecuencia de la combustión del
asfalto y el monóxido de carbono (co),por la
combustión del diesel usado. Así como efluentes
de agua y residuos sólidos.
 Al respecto, se ha evidenciado que la ubicación
de la planta, dentro del área urbana es
inapropiada, por cuanto se ha instalado en una
zona comercial y no industrial conforme se
advierte en el plano de zonificación general del
plan director de la ciudad de Maca, el cual fue
aprobado por O.M. N 013-96, vigente a la
fecha. Cabe mencionar que adjunto a dicha
planta funciona un centro de capacitación y
seguidamente, un terminal de buses distritales.
 Asimismo, se realizó el monitoreo de gas dióxido
de azufre (so2), mediante la estación de muestreo,
ubicada en el local de Centro de educación
superior, aproximadamente a unos 50mts de la
planta de material asfáltico. Los resultados del
monitoreo efectuado según la Dirección general de
salud de Maca, arrojan valores en las muestras que
superan los estándares de calidad de aire (ECA)
establecido en el Perú que es de 265 ug/m3. Este
estándar debe servir de medida de alerta para
tomar las medidas que eviten una afectación a la
salud de la población de la zona.
 De la visita efectuada el 16 de Octubre del 2003 a
la Planta de fabricación de concreto asfáltico, el
funcionario de la empresa expuso que la
contaminación más fuerte está relacionada con la
emisión de gases de dióxido de azufre, monóxido
de carbono y partículas totales suspendidas. Por
otro lado, se constató que la piedra chancada que
es transportada por los camiones desde el
kilómetro 6 de la carretera Buenos Aires (planta
chancadora), a la planta de fabricación de concreto
asfáltico no son humedecidos, a fin de disminuir la
emisión de polvo, tanto al momento de la descarga
en la cancha de almacenamiento, como al cargar
en las tolvas.
 Es importante señalar que la planta de fabricación
de concreto asfáltico, al no contar con un Estudio
de Impacto ambiental –EIA, o documento similar
que permita mitigar o eliminar progresivamente los
impactos ambientales, no previene las medidas
que pudieran evitar el deterioro ambiental, así
como el seguimiento y control.
 La ley 23853- “Ley orgánica de municipalidades”-
en su art.62, establece que corresponde a las
municipalidades, según el caso, planificar, ejecutar
e impulsar a través de los órganos competentes el
conjunto de acciones destinadas a proporcionar al
ciudadano el ambiente adecuado para la
satisfacción de sus necesidades vitales de vivienda,
salubridad, abastecimiento, educación, recreación,
transportes y comunicaciones. Estas acciones son
realizadas con los propios recursos municipales y
con los previstos por las leyes respectivas a los
organismos de Poder ejecutivo, organismos
descentralizados, corporaciones de desarrollo y en
su oportunidad, a los gobiernos regionales.
 Lo expuesto se debe a que la Municipalidad
provincial de la Maca no ha elaborado un
documento de gestión ambiental, ni tampoco
efectúa el monitoreo de la calidad de aire. Ante el
peligro de su contaminación que afectaría la salud
de su población y sus viviendas aleñadas a la
fábrica de asfalto, a las personas que se educan en
esa zona, a los turistas y pasajeros del terminal
terrestre. Ello porque el dióxido de azufre puede
causar daños al aparato respiratorio y a los ojos.
Asimismo, el monóxido de carbono se combina
con la hemoglobina de la sangre y reduce
drásticamente su capacidad de transportar
oxígeno.
 Mediante Oficio N 030-2005-MPM/DM del
08.AGO.2005, el señor Rubén Díaz Flores, director
municipal, remite sus comentarios y/o
aclaraciones, manifestando que la planta se
trasladará al kilómetro 6 de la carretera
transoceánica, antes de fin de año, con todos los
estudios correspondientes al impacto ambiental.
 Mediante oficio N 004-2002-MPM/JGP del 16.AGO.2005, el
señor Jaime García García, director de infraestructura,
remitió sus comentarios y/o aclaraciones, en los cuales
manifiesta que ha emitido diversos informes respecto a la
planta de fabricación de concreto asfáltico. El informe está
relacionado con el traslado al kilómetro 6 de la planta.
Asimismo, indica que la Dirección regional de Energía y
Minas ha requerido que la planta de asfalto elabore un
Estudio de impacto ambiental –EIA, a fin de que el
Organismo supervisor de la inversión en energía –OSINERG,
le autorice su funcionamiento y, finalmente señalo que no
fue posible la implementación de algunas disposiciones, por
falta de presupuesto.
 De la evaluación a los comentarios y/o aclaraciones emitidos
en el citado funcionario, reconoce la necesidad de
implementar medidas de mitigación relacionadas con la
planta de fabricación de concreto asfáltico, debido a que
reconoce que la citada planta debe ser trasladada al
kilómetro 6 de la citada carretera. En tal sentido, por los
comentarios expuestos, la observación subsiste.
 1. El camal municipal desarrolla actividades que
generan impactos ambientales negativos, los
cuales no son controlados por la municipalidad,
constatándose contaminación de los vertimentos
en el análisis de las muestras tomadas. Ahí se
evidencia que superan éstas los límites máximos
de permisibilidad de contenido de coliformes
fecales, coliformes totales y demanda bioquímica
de oxígeno. Asimismo, si bien es cierto que no
existen parámetros para nitrógeno total y fósforo
total, estos valores son elevados y pueden
generar eutrofización en la ribera del lago.
Consecuentemente, la falta de control en esta
actividad (camal municipal) genera
contaminación de las aguas de la bahía del lago
Tempestad, con el riesgo de perjudicar la fauna y
flora del ecosistema.
 2. Se ha evidenciado que la ubicación de la planta es
inapropiada, por cuanto dicha zona es comercial y no
industrial, conforme se aprecia del plano de
zonificación general del Plan director de la ciudad de
Maca.
 Además, carece de un Estudio de impacto ambiental –
EIA, o documento similar que permita mitigar o
remediar progresivamente los impactos ambientales.
 Se realizo un monitoreo de gas dióxido de azufre
(so2) que emite la planta de fabricación del material
asfáltico, obteniéndose valores que si bien no
superan los estándares de calidad del aire (ECA)
establecido en el Perú, deben servir de alerta para
tomar las medidas que eviten una potencial
afectación a la salud de la población de la zona,
máxime si durante los días de muestreo la planta
funciono parcialmente.
 Al alcalde de la municipalidad de Maca:
 1. Disponer se efectúen las gestiones
correspondientes ante la Empresa municipal
de saneamiento de la Maca, a fin de que los
vertimentos emitidos por el camal municipal
se conecten a la red de alcantarillado, se
trate adecuadamente a fin de que se evite la
contaminación de las aguas del lago
Tempestad.
 2. Disponer se elaboren instrumentos de gestión
ambiental, tales como un programa de
adecuación y manejo ambiental –PAMA y un
estudio de impacto ambiental, según sea el caso,
para el camal municipal y la planta de fabricación
de concreto asfáltico, de manera que permita
controlar o mitigar los impactos ambientales
generados por las actividades que desarrollan.
 En el caso del camal municipal, en tanto se
elabore los citados documentos de gestión
ambiental, se deberá implementar un sistema de
tratamiento primario de sólidos suspendidos y de
efluentes, para su evacuación previo tratamiento.
(Conclusiones 1 y 2)
 3. Efectuar las coordinaciones necesarias con la
dirección regional de salud de la Maca, a fin de
realizar un monitoreo del material particulado
respirable en suspensión y dióxido de azufre que
emite la planta de fabricación del material
asfáltico. De manera tal que se determine el nivel
de contaminación que puede sobrepasar el
estándar de calidad ambiental –ECA, en la zona
afectada, a fin de tomar las medidas pertinentes
de mitigación y/o remediación de una posible
contaminación atmosférica. (Conclusión 2).
Etapas Aspectos
ambientales
significativos
Impactos asociados Controles definidos
por organismo
Registros
disponibl
es
Barrido Residuo sólido,
polvo,
accidentes
Salud
trabajador/limpieza
pública
No cuenta con
normativa interna u
ordenanza al respecto
No
tienen
Recojo Derrame, accidentes Los anteriores y
contaminación Lago
No cuenta con
normativa interna u
ordenanza al respecto
No
tienen
Almacenamien
to
Derrame, residuo
sólido,
olores, lixiviados
Los anteriores No cuenta con
normativa interna u
ordenanza al respecto
No
tienen
Transporte Ruido, derrame,
humo, residuos
sólido de
mantenimiento
Salud (por gases) No cuentan con
normativa interna u
ordenanza al respecto
No
tienen
Disposición
final
Olores, vestores,
lixiviados,
Los mismos y daño
del ecosistema
No cuentan con
normativa interna u
ordenanza al respecto
No
tienen

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Auditoria en la gestión ambiental.......

  • 1. Contribuyendo con la mejora continua de la gestión ambiental desarrollada por la municipalidad provincial de la Maca
  • 2. 1. Origen de la auditoría:  El despacho del señor Contralor General de la República, mediante el oficio N 018-2005-CG del 22 de Julio del 2005, dispuso la ejecución de una Auditoría de Gestión ambiental a la Municipalidad Provincial de la Maca, como una acción de control programada en el plan anual de control 2005.
  • 3.  La presente auditoría de gestión tuvo por finalidad determinar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas relacionados con la gestión ambiental en el ámbito de su competencia, de conformidad con la normativa vigente, a fi de emitir recomendaciones que coadyuven a la adopción de acciones que contribuya con la conservación del ambiente.
  • 4. 3. Alcance de la auditoría:  La auditoría comprendió la evaluación selectiva de las actividades realizadas por la Municipalidad provincial de Maca; especialmente de las referidas a los componentes de gestión de los residuos sólidos , así como algunos aspectos relacionados con los sistemas administrativos. El período auditado fue del 01 de Enero del 2005 al 30 de Junio de 2005, considerando hechos anteriores y posteriores vinculados con la presente auditoría.
  • 5. La auditoría se desarrollo teniendo en cuenta las normas de Auditoría gubernamental; con el fin de alcanzar los objetivos trazados y de acuerdo a las circunstancias, se aplicaron procedimientos adicionales de auditoría que se consideraron necesarios. Asimismo, se desarrollo teniendo en cuenta la Guía metodológica de Auditoría de gestión ambiental, comprendiendo entre otras, las actividades presentadas a continuación.
  • 6.  Recopilación de información propia de la entidad  Grupo de enfoque (focus groups) desde la etapa de planificación  Conocimiento e identificación de las fuentes de criterio de la normativa ambiental  Entrevista a los directivos, funcionarios y personal de la entidad  Aplicación de herramientas para reunir y analizar evidencias como: visitas de inspección, encuestas a la población, tomas fotográficas y filmaciones
  • 7. Continuación:  Exposición de los resultados obtenidos con los funcionarios de la Municipalidad provincial de Maca  Reunión final, a fin de coordinar las recomendaciones preliminares
  • 8. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MACA Finalidad  La Municipalidad provincial de Maca es un gobierno local con personería jurídica de derecho público y autonomía económica y administrativa en los asuntos de competencia. Tiene por finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentar el bienestar de los vecinos, el desarrollo íntegro y armónico en las circunscripciones de su jurísdicción.
  • 9. Funciones en materia ambiental:  Velar por la conservación de la flora y fauna locales, promover las acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento racional y la recuperación de los recursos naturales ubicados en el territorio de su jurisdicción.  Organizar el ámbito de la Municipalidad, priorizando y contribuyendo a desarrollar, en forma racional, la infraestructura básica de apoyo a la producción, al transporte, a los servicios sociales, a la comercialización y abastecimiento alimenticio. Todo mediante la promoción o ejecución de obras tales como canales de regadío, pequeñas irrigaciones, vías vecinales, servicios de educación, promoción de vivienda popular, mercados, silos, frigoríficos, etc.
  • 10.  Funciones: Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental, difundir programas de saneamiento ambiental; propiciar campañas de forestación y reforestación; así como establecer medidas de control de ruido, del tránsito y de los transportes colectivos.
  • 11. Base legal:  Agenda 21, aprobada en 1992 durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, realizada en Brasil.  Constitución política de 1993 del Perú.  Código del Medio ambiente y Los recursos naturales, aprobado por decreto legislativo N 612 del 7 de Septiembre de 1990.  Ley orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley N 23853 del 28 de Mayo de 1984.
  • 12.  Base legal:  Reglamento de Aseo urbano, aprobado por Decreto supremo N 033-81-SA, del 28 de Septiembre de 1981, modificado por decreto supremo N 037-83-SA.  Ley general de Residuos sólidos, aprobada por Ley N27314 del 20 de Julio del 2000.  Ley N 27209 del 30 de Noviembre de 1999, Ley de gestión presupuestal del estado.  Ley general de aguas, aprobada por decreto ley N 17752, 24 de Julio de 1969.  Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Edicto Municipal N 03-2000-CMPP del 20 de Septiembre del 2000.  El reglamento tecnológico de Carnes, aprobado mediante Decreto supremo N 22-95- AG del 09 de Septiembre de 1995.
  • 13.  En cumplimiento de la NAGU N3.60. Comunicación de hallazgos aprobada mediante Resolución de Contraloría N 259-2000-CG de 13.Dic.2000, los hechos observados fueron comunicados a los funcionarios y ex- funcionarios de la Municipalidad de Maca, con la finalidad de que cada uno de ellos tuviera la oportunidad de presentar sus aclaraciones, comentarios debidamente documentados, los mismos que han sido evaluados y considerados en la redacción del presente informe.
  • 14.  Es de precisa que el alcalde Martín Chipoco Ibañes, Daniel Mogrovejo Días, ex director municipal y Jorge Casasola Chávez, ex director de infraestructura, pese haberse vencido el plazo otorgado para la presentación de sus comentarios y/o aclaraciones a los hallazgos cursados, no han cumplido con la remisión de los mismos.
  • 15.  Es importante señalar que, mediante Ley N27014 de 12.Ago.2005 se ha declarado de necesidad y utilidad pública la descontaminación de la Bahía interior del lago Tempestad en la Maca. Para tal efecto, se ha autorizado al Ministerio provincial de la Maca los recursos económicos de cooperación internacional, endeudamiento externo y tesoro público, para el cumplimiento dispuesto en la presente ley.
  • 16. 1. ES NECESARIO MEJORAR EL TRATAMIENTO DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DEL CANAL MUNICIPAL, CUYOS VERTIMENTOS SON FACTOR DE CONTAMINACIÓN DEL LAGO TESPESTA.
  • 17.  El canal de propiedad de la Municipalidad de Maca está ubicado en una zona urbana y dentro de las instalaciones de la Universidad nacional del Milenio, habiéndose establecido conforme al informe N 106- 2002-MPM de 18.JUL.2003, que el recitado canal viene desarrollando sus actividades desde el año 1975, con un promedio de beneficio aproximado de 600 animales mensuales, los vertimientos líquidos (sangre, grasas, etc) que origina este proceso produce aproximadamente un total de 10 litros de sangre por animal; de los cuales 20% son depositados a una canalización pluvial que es arrojada directamente al lago Tempesta. En ningún caso se ha determinado la existencia de algún método o proceso de tratamiento de los efluentes líquidos emitidos.
  • 18.  Al respecto, el proceso de beneficio del ganado vacuno abarca básicamente desde el encierro del animal, hasta el retiro de la carne para ser comercializada. Estos procesos de beneficio son los que producen el mayor impacto ambiental, y finalmente generan la emisión de efluentes líquidos y residuos sólidos, se describirán en lo que sigue.
  • 19.  Beneficio (Sacrificio del animal)  Este proceso consiste en golpear con una puntilla al animal entre la cabeza y la primera vértebra cervical, a fin de insensibilizarlo. Luego se cortan las venas grandes que van hacia el corazón, originando la emisión de una gran cantidad de sangre. Posteriormente, se desuella al animal (quitar el pellejo) hasta la mitad del cuerpo en el piso. En este proceso se extrae la panza y tripas; luego se empieza con el isamiento de la carcaza del animal (carne entera) en un gancho, a fin de terminar con el desollado y con la extracción de las vísceras (corazón, hígado y pulmones). Este proceso genera residuos de materia orgánica, como la emisión de sangre, grasas, pelos animales; pero también malos olores y otros.
  • 20.  Lavado aparato digestivo ( lavado de bazofia)  Consiste en lavar con agua el aparato digestivo del animal. Para ello se extrae la bazofia de la panza y de los intestinos, la misma que es depositada en un contenedor; luego los órganos son llevados a la sala de lavado con agua. En este proceso se genera básicamente la emisión de bazofia, efluentes líquidos, con el contenido de este residuo, resultantes del lavado.
  • 21.  A fin de tomar conocimiento de las actividades que realiza el Camal municipal, se realizó una visita de inspección el 13 de Octubre del 2002, conjuntamente con un funcionario de la Municipalidad; quien manifestó que los efluentes líquidos que se emiten del sacrificio de los animales, descargan directamente a las aguas del lago Tempesta, es decir, sin tratamiento previo alguno.
  • 22.  Las evaluaciones a los efluentes líquidos tomados en la zona adyacente a los vertimentos comprendió el análisis, entre otros, de coliformes totales, coliformes fecales, demanda bioquímica de oxígeno, nitrógeno total y fósforo total; tomándose como estación de monitoreo el agua residual de la cámara de desagüe, habiéndose determinado que la calidad de agua descargada se encuentra altamente contaminada, según resultado del análisis efectuado por la Dirección regional de salud, cuyos resultados se representan en el siguiente cuadro.
  • 23. Parámetros Unidad de medida L.M.P Canal municipal Diferencia Coliformes totales NMP/100ml 20 000 1 700 000 1 680 000 Coliformes fecales NMP/100ml 4 000 1 700 000 1 696 000 Demanda bioquímica de oxígeno Mg/L 16 4 742 4 726 Nitrógeno total Mg/L - 707.29 - Fósforo total Mg/L - 7.57 -
  • 24.  De acuerdo al acta antes referida, los residuos sólidos del proceso de beneficio, tales como pelo, bazofia, grasa, entre otros, son depositados por los empleados en un contenedor y son evacuados dos veces por semana al botadero municipal denominado “El muladar” que se encuentra ubicado en la margen derecha de la carretera “El olivar”, entre los kilómetros 6 y 7 del distrito de la Maca.
  • 25.  Es del caso señalar que según el informe N 106.2002.MPM de 18.JUL.2003, el Camal municipal no cuento con Estudio de impacto ambiental –EIA, Programa de adecuación y manejo ambienta –PAMA, o documento similar que permita identificar las actividades tendentes a mitigar o eliminar progresivamente los impactos ambientales, y adoptar las medidas necesarias de prevención del deterioro ambiental, en especial de la contaminación del lago Tempestad.  La Ley N 23853- Ley orgánica de Municipalidades- en su art.65, num.3, establece como función municipal: “El velar por la conservación de la flora y fauna locales, promover las acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento racional y la recuperación de los recursos naturales ubicados en el territorio de su jurisdicción”, y en su art.66: “Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental”.
  • 26.  El reglamento tecnológico de Carnes D.S. N 22- 95-AG del 09.SET.95, en el art.8 –Instalaciones mínimas del Camal, num.3 – Desagües, señala que “Deberán contar con sistemas de colectores que garanticen el flujo de las aguas servidas y con canaletas de buena pendiente; asimismo, contarán con tratamiento primario de sólidos suspendidos y con lechos de secado; el efluente resultante sólo será evacuado al colector público previo tratamiento”. Según el Reglamento de control sanitario para la apertura y funcionamiento de plantas industriales.
  • 27.  Lo expuesto se debe a que la Municipalidad de Maca no ha elaborado y aprobado algún documento de gestión ambiental que permita mitigar los impactos ambientales, ni realiza tratamiento de los efluentes líquidos y residuos sólidos generados por el proceso de beneficio de ganado; denotándose en consecuencia, la afectación ambiental principalmente en cuanto a la contaminación del lago Tempestad, toda vez que los valores de coliformes totales y fecales están por encima de los valores permisibles. Asimismo, los valores de nitrógeno y fósforo son elevados, ello puede causar eutrofización en la zona ribereña del lago; y se pone en peligro a la fauna y flora del lugar. Consecuentemente, dichos vertimientos generan un impacto negativo en la zona ribereña del lago, lo cual se corrobora con la presencia de las lentejas de agua.
  • 28.  Mediante el oficio n 030-2002-MPM/DM del 08.Ago..2005, el señor Rubén Díaz Flores, Director municipal, remite sus comentarios y/o aclaraciones en los cuales manifiesta que definitivamente es urgente construir un nuevo camal municipal en el kilómetro 6 de la carretera transoceánica. Para ello, están haciendo los estudios para perforar un pozo de agua en convenio de PRONAMACHS; y la administración podría estar a cargo de la Universidad nacional del Milenio o de cualquier entidad privada.
  • 29.  Con el informe N 145-2005-MPM-DSA del 09.AGO.2005, el señor Felipe Rivero Morales, Jefe de la división de saneamiento ambiental, remitió sus comentarios y/o aclaraciones en los cuales manifiesta que ha solicitado al Rector de la Universidad nacional del Milenio, autorización para ejecutar trabajos dentro del cama, como pozas de tratamiento de efluentes líquidos. Al no haber sido atendidos, indicó que es potestad de la autoridad municipal continuar insistiendo; y sugiere que el Alcalde disponga la conclusión del proyecto de construcción de un nuevo Camal, toda vez que existe un terreno listo, con el respectivo expediente del estudio geofísico y el caudal de agua.
  • 30.  De la evaluación a los comentarios y/o aclaraciones alcanzados, se determina que los citados funcionarios reconocen la necesidad de implementar mejoras al tratamiento de vertimientos y residuos sólidos emitidos por el camal municipal; toda vez que afirman haber solicitado autorización al rector de la citada universidad, para construir pozas de tratamiento; así como, la necesidad de construir un camal frigorífico municipal. Consecuentemente, no se ha efectuado acciones tendentes a mitigar los impactos ambientales negativos. Por lo tanto, la observación subsiste.
  • 31.  2. ES APROPIADO OPTIMIZAR LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE LA PLANTA DE FABRICACIÓN DE CONCRETO ASFÁLTICO, A FIN DE EVITAR LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE Y NO PONER EN RIESGO LA SALUD HUMANA EN EL ÁREA URBANA DE LA CIUDAD DE LA MACA.
  • 32.  La industria de concreto asfáltico en la ciudad está representada por la Planta de fabricación de concreto asfáltico de propiedad de la Municipalidad provincial de la Maca, la cual viene desarrollando sus actividades desde el mes de Julio de 1997. Su capacidad de producción es de 28 Tm/hr, alcanzando a producir hasta 18m3/hr. Sus instalaciones ocupan un área física aproximada de 1000m2 y emplea un total de 10 trabajadores. No cuenta con EIA o PAMA para su funcionamiento. No obstante, sus instalaciones se encuentran ubicadas dentro de una zona urbana de la ciudad, existiendo el riesgo de dañar la salud de los pobladores del lugar, por lo que las medidas de mitigación de dichas emisiones deben ser optimizadas.
  • 33.  En tal sentido, el ingeniero encargado de la planta, refirió en el Acta de visita de inspección a la Planta de Fabricación de concreto asfáltico; los procesos de producción del concreto asfáltico, entre los cuales se han extractado aquellos considerados por la Comisión auditora como generadores de impactos ambientales significativos, debido a que utilizan productos químicos como el PEN 120-150, producto a base de cemento asfáltico y solventes hidrocarbonados que general la emisión de partículas totales en suspensión (PTS), gases de dióxido de azufre (SO2), monóxido de carbono (CO) y residuos sólidos que se resumen en lo que sigue.
  • 34.  Almacenamiento:  En este proceso los camiones volquetes descargan la piedra traída de la planta Chancadora, ubicada en el kilómetro 6 de la carretera Buenos Aires, luego con el apoyo de un cargador frontal los materiales se apilan en 3 lugares definidos de acuerdo al diámetro de la piedra (filler, 3/4 y 3/8). En éste proceso se genera la emisión de partículas totales en suspensión –PTS.
  • 35.  Producción de mezcla asfáltica:  Consiste en mezclar los agregados con el PEN 120-150 (cemento asfáltico). Ello, con el apoyo de un cargador frontal que alimenta con piedra chancada de distintos diámetros, del lugar de almacenamiento a tres tolvas (cada una es utilizada para un diámetro específico). Luego, una faja transporta los agregados hasta un mixer para realizar la mezcla y el secado de la piedra chancada de diferentes diámetros. Adicionalmente, a través de un caldero, se empieza a calentar el PEN 120-150 hasta alcanzar una temperatura de 140C. Finalmente, en el tranque de mezclado, se realiza la combinación entre el PEN 120-150 con la piedra chancada de diferentes diámetros, resultando la mezcla asfáltica. En el citado proceso, se emiten gases como dióxido de azufre (so2) como consecuencia de la combustión del asfalto y el monóxido de carbono (co),por la combustión del diesel usado. Así como efluentes de agua y residuos sólidos.
  • 36.  Al respecto, se ha evidenciado que la ubicación de la planta, dentro del área urbana es inapropiada, por cuanto se ha instalado en una zona comercial y no industrial conforme se advierte en el plano de zonificación general del plan director de la ciudad de Maca, el cual fue aprobado por O.M. N 013-96, vigente a la fecha. Cabe mencionar que adjunto a dicha planta funciona un centro de capacitación y seguidamente, un terminal de buses distritales.
  • 37.  Asimismo, se realizó el monitoreo de gas dióxido de azufre (so2), mediante la estación de muestreo, ubicada en el local de Centro de educación superior, aproximadamente a unos 50mts de la planta de material asfáltico. Los resultados del monitoreo efectuado según la Dirección general de salud de Maca, arrojan valores en las muestras que superan los estándares de calidad de aire (ECA) establecido en el Perú que es de 265 ug/m3. Este estándar debe servir de medida de alerta para tomar las medidas que eviten una afectación a la salud de la población de la zona.
  • 38.  De la visita efectuada el 16 de Octubre del 2003 a la Planta de fabricación de concreto asfáltico, el funcionario de la empresa expuso que la contaminación más fuerte está relacionada con la emisión de gases de dióxido de azufre, monóxido de carbono y partículas totales suspendidas. Por otro lado, se constató que la piedra chancada que es transportada por los camiones desde el kilómetro 6 de la carretera Buenos Aires (planta chancadora), a la planta de fabricación de concreto asfáltico no son humedecidos, a fin de disminuir la emisión de polvo, tanto al momento de la descarga en la cancha de almacenamiento, como al cargar en las tolvas.
  • 39.  Es importante señalar que la planta de fabricación de concreto asfáltico, al no contar con un Estudio de Impacto ambiental –EIA, o documento similar que permita mitigar o eliminar progresivamente los impactos ambientales, no previene las medidas que pudieran evitar el deterioro ambiental, así como el seguimiento y control.  La ley 23853- “Ley orgánica de municipalidades”- en su art.62, establece que corresponde a las municipalidades, según el caso, planificar, ejecutar e impulsar a través de los órganos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educación, recreación, transportes y comunicaciones. Estas acciones son realizadas con los propios recursos municipales y con los previstos por las leyes respectivas a los organismos de Poder ejecutivo, organismos descentralizados, corporaciones de desarrollo y en su oportunidad, a los gobiernos regionales.
  • 40.  Lo expuesto se debe a que la Municipalidad provincial de la Maca no ha elaborado un documento de gestión ambiental, ni tampoco efectúa el monitoreo de la calidad de aire. Ante el peligro de su contaminación que afectaría la salud de su población y sus viviendas aleñadas a la fábrica de asfalto, a las personas que se educan en esa zona, a los turistas y pasajeros del terminal terrestre. Ello porque el dióxido de azufre puede causar daños al aparato respiratorio y a los ojos. Asimismo, el monóxido de carbono se combina con la hemoglobina de la sangre y reduce drásticamente su capacidad de transportar oxígeno.  Mediante Oficio N 030-2005-MPM/DM del 08.AGO.2005, el señor Rubén Díaz Flores, director municipal, remite sus comentarios y/o aclaraciones, manifestando que la planta se trasladará al kilómetro 6 de la carretera transoceánica, antes de fin de año, con todos los estudios correspondientes al impacto ambiental.
  • 41.  Mediante oficio N 004-2002-MPM/JGP del 16.AGO.2005, el señor Jaime García García, director de infraestructura, remitió sus comentarios y/o aclaraciones, en los cuales manifiesta que ha emitido diversos informes respecto a la planta de fabricación de concreto asfáltico. El informe está relacionado con el traslado al kilómetro 6 de la planta. Asimismo, indica que la Dirección regional de Energía y Minas ha requerido que la planta de asfalto elabore un Estudio de impacto ambiental –EIA, a fin de que el Organismo supervisor de la inversión en energía –OSINERG, le autorice su funcionamiento y, finalmente señalo que no fue posible la implementación de algunas disposiciones, por falta de presupuesto.  De la evaluación a los comentarios y/o aclaraciones emitidos en el citado funcionario, reconoce la necesidad de implementar medidas de mitigación relacionadas con la planta de fabricación de concreto asfáltico, debido a que reconoce que la citada planta debe ser trasladada al kilómetro 6 de la citada carretera. En tal sentido, por los comentarios expuestos, la observación subsiste.
  • 42.  1. El camal municipal desarrolla actividades que generan impactos ambientales negativos, los cuales no son controlados por la municipalidad, constatándose contaminación de los vertimentos en el análisis de las muestras tomadas. Ahí se evidencia que superan éstas los límites máximos de permisibilidad de contenido de coliformes fecales, coliformes totales y demanda bioquímica de oxígeno. Asimismo, si bien es cierto que no existen parámetros para nitrógeno total y fósforo total, estos valores son elevados y pueden generar eutrofización en la ribera del lago. Consecuentemente, la falta de control en esta actividad (camal municipal) genera contaminación de las aguas de la bahía del lago Tempestad, con el riesgo de perjudicar la fauna y flora del ecosistema.
  • 43.  2. Se ha evidenciado que la ubicación de la planta es inapropiada, por cuanto dicha zona es comercial y no industrial, conforme se aprecia del plano de zonificación general del Plan director de la ciudad de Maca.  Además, carece de un Estudio de impacto ambiental – EIA, o documento similar que permita mitigar o remediar progresivamente los impactos ambientales.  Se realizo un monitoreo de gas dióxido de azufre (so2) que emite la planta de fabricación del material asfáltico, obteniéndose valores que si bien no superan los estándares de calidad del aire (ECA) establecido en el Perú, deben servir de alerta para tomar las medidas que eviten una potencial afectación a la salud de la población de la zona, máxime si durante los días de muestreo la planta funciono parcialmente.
  • 44.  Al alcalde de la municipalidad de Maca:  1. Disponer se efectúen las gestiones correspondientes ante la Empresa municipal de saneamiento de la Maca, a fin de que los vertimentos emitidos por el camal municipal se conecten a la red de alcantarillado, se trate adecuadamente a fin de que se evite la contaminación de las aguas del lago Tempestad.
  • 45.  2. Disponer se elaboren instrumentos de gestión ambiental, tales como un programa de adecuación y manejo ambiental –PAMA y un estudio de impacto ambiental, según sea el caso, para el camal municipal y la planta de fabricación de concreto asfáltico, de manera que permita controlar o mitigar los impactos ambientales generados por las actividades que desarrollan.  En el caso del camal municipal, en tanto se elabore los citados documentos de gestión ambiental, se deberá implementar un sistema de tratamiento primario de sólidos suspendidos y de efluentes, para su evacuación previo tratamiento. (Conclusiones 1 y 2)
  • 46.  3. Efectuar las coordinaciones necesarias con la dirección regional de salud de la Maca, a fin de realizar un monitoreo del material particulado respirable en suspensión y dióxido de azufre que emite la planta de fabricación del material asfáltico. De manera tal que se determine el nivel de contaminación que puede sobrepasar el estándar de calidad ambiental –ECA, en la zona afectada, a fin de tomar las medidas pertinentes de mitigación y/o remediación de una posible contaminación atmosférica. (Conclusión 2).
  • 47. Etapas Aspectos ambientales significativos Impactos asociados Controles definidos por organismo Registros disponibl es Barrido Residuo sólido, polvo, accidentes Salud trabajador/limpieza pública No cuenta con normativa interna u ordenanza al respecto No tienen Recojo Derrame, accidentes Los anteriores y contaminación Lago No cuenta con normativa interna u ordenanza al respecto No tienen Almacenamien to Derrame, residuo sólido, olores, lixiviados Los anteriores No cuenta con normativa interna u ordenanza al respecto No tienen Transporte Ruido, derrame, humo, residuos sólido de mantenimiento Salud (por gases) No cuentan con normativa interna u ordenanza al respecto No tienen Disposición final Olores, vestores, lixiviados, Los mismos y daño del ecosistema No cuentan con normativa interna u ordenanza al respecto No tienen