Avances Tecnológicos de la Higiene y Seguridad LaboralCorderoV
Avances Tecnológicos de la Higiene y Seguridad Laboral:
Protección, Higiene y Seguridad Laboral. Definicion previamente estos términos para contextualizar la investigación.
referencia a la evolución en cuanto a la normativa legal a nivel nacional e internacional, así como también, en cuanto a la higiene y seguridad ocupacional del trabajador (comparativamente reseñar lo que existía antes, lo que se tiene en la actualidad y lo que se proyecta en un futuro próximo. Resaltando como fue la evolución).
Avances Tecnológicos de la Higiene y Seguridad LaboralCorderoV
Avances Tecnológicos de la Higiene y Seguridad Laboral:
Protección, Higiene y Seguridad Laboral. Definicion previamente estos términos para contextualizar la investigación.
referencia a la evolución en cuanto a la normativa legal a nivel nacional e internacional, así como también, en cuanto a la higiene y seguridad ocupacional del trabajador (comparativamente reseñar lo que existía antes, lo que se tiene en la actualidad y lo que se proyecta en un futuro próximo. Resaltando como fue la evolución).
Evolución de la Higiene y Seguridad Industrial.Stefany Gimenez
Darly Vargas. Estudiando de Electricidad en Mantenimiento. Instituto Universitario de Tecnologia Antonio Jose de Sucre. Asignatura: Higiene y Seguridad Industrial.
Seccion: S1.
Historia de La Seguridad Industrial
Antes del siglo XIX en Estados Unidos :
A nivel de los Estados Unidos Norteamérica, para este período no existían aun estructura industrial y la principal actividad laboral se centraba en la agricultura y la cría de animales domésticos. La problemática de la accidentalidad no constituía una de las preocupaciones de las personas hasta el extremo que la accidentalidad cobró niveles desproporcionado y asombrosos para la época. No se llevaban registro de La accidentalidad e incluso los mismos eran atribuidos al designio de la providencia.
A mediados del siglo XIX Estados Unidos:
En este periodo, las fábricas americanas se encontraban en rápida y significativa expansión por una parte, al tiempo que los accidente laborales se incrementaban de manera persistente y exorbitante. En 1867, comienzan a prestar servicio en Massachusetts los inspectores industriales o fabriles. En 1877, se promulga la primera ley que obliga a resguardar toda maquinaria peligrosa. Más tarde, se realicen esfuerzos para establecer responsabilidades económicas al respecto. En 1911, se aprueba en Wisconsin la ley del mismo año, la Asociación del Hierro y el Acero de los Ingenieros Eléctricos organizó el primer Congreso de Seguridad Cooperativa en la ciudad de Milwaukee, celebrada a comienzos de 1912. Para 1913, se efectuó en New York, el congreso donde nace formalmente el NATIONAL COUNCIL FOR INDUSTRIAL SAFETY y que poco tiempo después, se denominó NATIONAL SAFETY COUNCIL (N.S.C) como es conocido en la actualidad a nivel mundial.
Desarrollo en Venezuela:
La higiene y seguridad industrial se inició en Venezuela, con la formulación de la Ley de Minas en 1909 En 1928, se promulga la primera ley del Trabajo aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en el año de 1936 con la formulación de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social Obligatorio (S.S.O), la cual establecía para ese momento la protección del trabajador asegurado en cuanto enfermedad, maternidad, accidente laboral, enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. En 1968, se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene, Seguridad en el Trabajo, vehículo de mucha importancia, en la actualidad, inclusive. Asimismo, en 1974 se pone en vigencia el decreto número 46 (2195) el cual se conoció como el Reglamento de Prevención de Incendios. Por otra parte en el mismo período anterior la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN) prosiguen su intensa labor de estandarización de normas en materia de seguridad. A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel nacional no es sino hasta agosto de 1986, cuando se promulga la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)
Evolución de la Higiene y Seguridad Industrial.Stefany Gimenez
Darly Vargas. Estudiando de Electricidad en Mantenimiento. Instituto Universitario de Tecnologia Antonio Jose de Sucre. Asignatura: Higiene y Seguridad Industrial.
Seccion: S1.
Historia de La Seguridad Industrial
Antes del siglo XIX en Estados Unidos :
A nivel de los Estados Unidos Norteamérica, para este período no existían aun estructura industrial y la principal actividad laboral se centraba en la agricultura y la cría de animales domésticos. La problemática de la accidentalidad no constituía una de las preocupaciones de las personas hasta el extremo que la accidentalidad cobró niveles desproporcionado y asombrosos para la época. No se llevaban registro de La accidentalidad e incluso los mismos eran atribuidos al designio de la providencia.
A mediados del siglo XIX Estados Unidos:
En este periodo, las fábricas americanas se encontraban en rápida y significativa expansión por una parte, al tiempo que los accidente laborales se incrementaban de manera persistente y exorbitante. En 1867, comienzan a prestar servicio en Massachusetts los inspectores industriales o fabriles. En 1877, se promulga la primera ley que obliga a resguardar toda maquinaria peligrosa. Más tarde, se realicen esfuerzos para establecer responsabilidades económicas al respecto. En 1911, se aprueba en Wisconsin la ley del mismo año, la Asociación del Hierro y el Acero de los Ingenieros Eléctricos organizó el primer Congreso de Seguridad Cooperativa en la ciudad de Milwaukee, celebrada a comienzos de 1912. Para 1913, se efectuó en New York, el congreso donde nace formalmente el NATIONAL COUNCIL FOR INDUSTRIAL SAFETY y que poco tiempo después, se denominó NATIONAL SAFETY COUNCIL (N.S.C) como es conocido en la actualidad a nivel mundial.
Desarrollo en Venezuela:
La higiene y seguridad industrial se inició en Venezuela, con la formulación de la Ley de Minas en 1909 En 1928, se promulga la primera ley del Trabajo aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en el año de 1936 con la formulación de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social Obligatorio (S.S.O), la cual establecía para ese momento la protección del trabajador asegurado en cuanto enfermedad, maternidad, accidente laboral, enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. En 1968, se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene, Seguridad en el Trabajo, vehículo de mucha importancia, en la actualidad, inclusive. Asimismo, en 1974 se pone en vigencia el decreto número 46 (2195) el cual se conoció como el Reglamento de Prevención de Incendios. Por otra parte en el mismo período anterior la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN) prosiguen su intensa labor de estandarización de normas en materia de seguridad. A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel nacional no es sino hasta agosto de 1986, cuando se promulga la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)
Organización y planificación del higiene y seguridad industrialDiana Oliva
Desde el origen mismo de la especie humana y debido a la necesidad innata de proveerse de alimentos y medios de subsistencia, surge el trabajo y en consecuencia la existencia de accidentes y enfermedades producto de la actividad laboral.
En los últimos treinta años, la salud en los trabajadores y las medidas para la disminución de los accidentes se ha desarrollado aceptablemente en la mayoría de los países industrializados, sin que esto quiera decir que han resuelto todos sus problemas al respecto, pero han avanzado de manera trascendente en aspectos como la implantación del servicio de salud en el trabajo y en las empresas, la formación de recursos humanos dedicados a esta área del conocimiento, la promulgación de leyes y normas para regir de modo más justo el desempeño del trabajo.
En los últimos treinta años, la salud en los trabajadores y las medidas para la disminución de los accidentes se ha desarrollado aceptablemente en la mayoría de los países industrializados, sin que esto quiera decir que han resuelto todos sus problemas al respecto, pero han avanzado de manera trascendente en aspectos como la implantación del servicio de salud en el trabajo y en las empresas, la formación de recursos humanos dedicados a esta área del conocimiento, la promulgación de leyes y normas para regir de modo más justo el desempeño del trabajo.
Avances históricos de protección , higiene y seguridad
1. Avances históricos de
protección , higiene y
seguridad laboral
Normativas legales nacionales se internacionales
Alumna: Katherine Rosales
CI:22.184.471
2. Definiciones previas.
• SEGURIDAD: Prevención y protección personal frente a
riesgos propios de una actividad laboral determinada.
• HIGIENE: Parte de la medicina que tiene por
objeto la conservación de la salud y la atención de enfermedades
• SEGURIDAD LABORAL: La seguridad y salud laboral tiene
por objeto la aplicación de medidas y el desarrollo de
las actividades necesarias para la prevención de
riesgos derivados del trabajo
3. Avances Históricos
• La evolución industrial (1750-1840) (1880-1914) La Revolución Industrial europea
supuso importantes avances en materias de ingeniería, producción, industrialización,
automatización, etc. El crecimiento y la generación de nuevas industrias, fábricas,
tecnologías y sistemas, supuso nuevos procesos productivos y nuevos factores de
riesgo
Heinrich, Bird, Tye y Person
• Este personaje que trabajó en la seguridad industrial en la década de 1930, introdujo
su famosa pirámide que establecía que por cada Accidente fatal se producían unos 30
leves y 300 incidentes (o accidente blanco sin lesión). Sin embargo, en la Actualidad,
las investigaciones de este americano están muy en duda, una de las razones es que
sus fuentes consultadas eran empresas aseguradoras que no presentan la realidad de
los accidentes de trabajo y tienen un amplio sub registro
4. • A fin siglo XVII y principios del XIX en Inglaterra, el gobierno comenzó a preocuparse por las
condiciones laborales, esto a raíz de un incendio en Londonderry, Irlanda, en un barrio de
talleres de confección de ropa y el cual costo más de 600 vidas, el parlamento ingles nombro
una comisión investigadora, para evaluar la seguridad e higiene en los centros de trabajo.
• Las malas condiciones que fueron encontradas, dieron como resultado que en 1833 se
promulgara la “Ley sobre las fábricas” esta era la primera vez que un gobierno mostraba un
real interés por la salud y seguridad de los trabajadores.
• En 1970 se publica en E.U.A. “La ley de seguridad e
Higiene Ocupacional”, cuyo objetivo es asegurar en
lo máximo posible que todo hombre y mujer trabaje
en lugares seguros y saludables, lo cual permitirá
preservar sus cuerpos.
5. • Esta ley es posiblemente el documento más importante que se ha emitido a favor de la
seguridad y la higiene, ya que cubre con sus reglamentos, requerimientos con casi todas
las ramas industriales, los cuales han sido tomados por muchos otros países
• La seguridad en el trabajo encierra múltiples valores sociales, puesto que el trabajador
elimina con la observación de las normas preventivas, la consecuencia del riesgo que
antes solo preveía un seguro, en elque desde luego, no estaban compensadas las
posibilidades laborales del obrero, al que un accidente podría cercenar todas las
satisfacciones a que su esfuerzo en el trabajo le daba derecho
• Las legislaciones de todos los países
dictan normas e imponen reglamentos
para evitarlos riesgos y mejorarlas
condiciones en que se han de desenvolverse
las actividades laborales
6. • En 1905 que se comienza a dar los primeros pasos en Venezuela cuando se crea un
artículo especial sobre los riesgos profesionales en el código de política del estado
Táchira. De aquí partió la creación de una ley de sociedades cooperativas y una ley de
talleres y establecimientos públicos que determino las primeras normas que
garantizaban el bienestar de las personas que laboraban para el año 1917, entre estas
normas se regularizó y los días feriados.
en Venezuela, esta realmente no establecí
Para el año 1920 se crea la primera ley del trabajo a
una verdadera legislación en lo que respecta a la
prevención de accidentes; pero para el año 1936 con
la promulgación de una nueva ley del trabajo si se
comenzaron a establecer verdaderas leyes sobre la
prevención de accidentes.
En esta ley de seguros sociales se establecen
indemnizaciones por enfermedades, maternidad
(incluyendo permisos PRE y post-natal), accidentes
de trabajo, enfermedades profesionales y vejes a
sobrevivientes, invalidez y paros forzosos.
Estas leyes de seguros sociales, cuyo objetivo
principal es la estimulación y promoción de técnicas
a la disminución de accidentes para crear un medio
ambiente de trabajo seguro para que ayuden sus
empleados, obreros, visitantes y de todas las
personas que estén en contacto con el medio
ambiento de trabajo.
7. Leyes nacionales e internacionales
• ÓRGANOS NORMATIVOS EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL NACIONALES E INTERNACIONALES Entre los más
relevantes tenemos a:
• 1. ISO. Organización Internacional de Normalización.
• 2. COPANT. Comisión Panamericana de Normas Técnicas.
• 3. OSHA. Dirección de Salud y Seguridad laboral. EEUU.
• 4. AIHA. Asociación Estadounidense de Higiene Industrial.
• 5. EPA. Oficina de Protección del Ambiente. EEUU:
• 6. Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Vzla.
• 7. COVENIN. Comisión Venezolana de Normas Industriales (Ver Anexo 2). 8. MINFRA. Ministerio de Infraestructura.
Vzla.
• 9. Normas internas de las empresas.
• La Lopcymat establece por ley el Comité de Seguridad y Salud Laboral: Artículo 46. “En todo centro de trabajo,
establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe
constituirse un Comité de Seguridad y Salud Laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la
consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. El
Comité estará conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o
empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas de prevención, de la otra. El
Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante el
Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)”