Justicia restaurativa y no punitiva para los jóvenes delincuentesMiguel Ramírez
Cada vez más, los jóvenes abandonan el colegio y se unen a las bandas criminales. Es una situación que pone en peligro todo el sistema social que tiene Colombia.
Justicia restaurativa y no punitiva para los jóvenes delincuentesMiguel Ramírez
Cada vez más, los jóvenes abandonan el colegio y se unen a las bandas criminales. Es una situación que pone en peligro todo el sistema social que tiene Colombia.
privación de la libertad del adolescente ¿es funcional?brendap_aguilar
el trabajo es un análisis sobre la medida de privación de la libertad impuesta a los adolescentes que cometen algún delito grave tipificado en el código de justicia para el adolescente del Estado de Puebla, y así mismo del lugar donde se lleva a cabo, denominado como Centro de Internamiento Especializado Para el Adolescente mejor conocido como CIEPA, para saber si esta es una medida funcional o por el contrario, perjudicial paran los adolescentes....
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Posicionamiento de UNICEF Argentina sobre Justicia Penal Juvenil basado en la...teleSUR TV
La normativa a nivel nacional es incompatible con la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos han señalado la necesidad de derogar la normativa nacional y sancionar una ley acorde a los estándares internacionales.
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
Presentación de la conferencia sobre la basílica de San Pedro en el Vaticano realizada en el Ateneo Cultural y Mercantil de Onda el jueves 2 de mayo de 2024.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Documento sobre las diferentes fuentes que han servido para transmitir la cultura griega, y que supone la primera parte del tema 4 de "Descubriendo nuestras raíces clásicas", optativa de bachillerato en la Comunitat Valenciana.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
2. Ha entrado en el ruedo público el tema de la edad de imputabilidad penal, las controversias al respecto no son una novedad en nuestro país, es una discusión de carácter cíclico, que se remonta a antes de 1934 cuando se promulgó el Código del Niño. Detrás del limite actual (los 18 años) existe un sistema de disposiciones nacidas del esfuerzo por mejorar la situación de los niños y adolescentes desde el ejercicio pleno de sus derechos. Este conjunto de normas internacionales, responden a la doctrina de la protección integral, que ha innovado reconociendo al niño como sujeto de derecho en proceso de desarrollo. Y es concretamente esta condición de desarrollo, uno de los conceptos desde donde se debe partir al tiempo de reflexionar respecto a la edad de imputabilidad penal. El otro elemento central, hace a las particularidades de los niños en nuestro país, donde el 50% de los menores de 18 años viven en condiciones de pobreza. Y este segundo punto, resulta un argumento sustancial para cuestionar aquellas propuestas que parten del derecho comparado, tomando como referencia países del primer mundo.
4. ¿Se va a responsabilizar a los adolescentes? ¿Se los va a castigar por sus infracciones?
5.
6. No. Los adolescentes ya son responsables por sus delitos, y desde los 13 años, ya son castigados con sanciones privativas de libertad, o a caso no existen una decena de cárceles para adolecentes. El único cambio relevante podría radicar en el hecho de que irían presos a una cárcel de adultos. Solo eso significa la rebaja de la edad de imputabilidad, llevar a adolescentes a convivir en cárceles de adultos, en el Comcar, en Libertad, en Cabildo, etc. Sin embargo, en recientes declaraciones de los promotores irían a establecimientos especiales para menores.
7. ¿Se baja la edad para hacer lo mismo pero en otros establecimientos? En el fondo lo que se quiere es solo encerrar por más tiempo, pensando que con ello se resolvería el problema de la delincuencia juvenil
9. Se habla mucho de los establecimientos especiales, pero ninguna palabra sobre el despliegue educativo y el resto de los mecanismos necesarios para la integración social. Es común que todo termine sobre los hombros de un equipo técnico, un grupo de especialistas en temas sociales y psicológicos que rehabilitarían al por mayor en estos centros especiales para delincuentes menores de edad. Sin embargo, se apuesta mucho en estos especialistas, como si tuvieran dones sobrenaturales como para resolver las complejas variables que terminan con un joven enfrentado a la ley penal. No hay rehabilitación posible sin políticas sociales que mitiguen la inequidad, si no hay políticas de empleo que habiliten la integración social de los pobres y entre ellos de los jóvenes pobres. El problema de la delincuencia juvenil no se puede reducir al facilismo “los sacamos de las calles, los encerramos y allí que los curen los expertos”. Trabajamos desde la perspectiva de Derechos para la promoción social o generamos mayores niveles de exclusión, y con ellos seguramente cosechamos una sociedad más violenta e insegura.
12. La tolerancia cero funcionó en EE.UU. Y debemos aplicarla acá: Es usual que se recurra al derecho comprobado y la experiencia internacional en temas de seguridad pública para fundamentar la rebaja de la edad de inimputabilidad penal. Sin embargo hay que considerar una gran salvedad al respecto, porque se citan los ejemplos de EE.UU o Inglaterra entre otras naciones de primer mundo. En nuestro país ( al igual que otros de la región) campea la inequidad social, con altos niveles de pobreza que afecta a casi la mitad de la población. No es así en los países del primer mundo que hemos citado, con niveles de pobreza extremadamente inferiores, y particularidades diferentes ( problemas culturales por la emigración, etc.). Nosotros contamos ya con una pobreza crónica y profunda, que para peor se focaliza en los menores de edad. Nadie puede decir que nuestras cárceles rehabilitan y pocos creen que la policía este debidamente profesionalizada ( sueldos magros, baja exigencia para ingresar el cuerpo, escasos recursos materiales, etc.).
13. ¿Esto quiere decir que el adolescente es impune? NO. Sino que se los atienda-penaliza en un sistema especializado. Lo que es necesario profesionalizar a todos los trabajadores de este campo ( policías, educadores, jueces, fiscales, defensores, funcionarios etc.). Para justificar esta propuesta se afirma que la gente reclama seguridad, pero la gente también reclama trabajo, educación, vivienda. Claro que es más sencillo, reformar la ley y llenar las cárceles que atender los problemas de fondo.
14. Bajar la edad mejorará la seguridad: Si por un momento nos posicionamos desde la perspectiva del ciudadano que demanda más seguridad, también encontramos que rebajar la edad de inimputabilidad penal tendría efectos contrarios a los procurados con ella. Recurrir al encierro a edades más tempranas solo postergaría el problema para luego restituirlo potenciado. Un sujeto en proceso de desarrollo que es captado por el sistema penal tras cometer un delito y luego encerrado por el mayor tiempo posible, es un hecho que en algún momento deberá ser liberado. Y en qué condiciones, qué persona tiraremos al ruedo social. Qué podemos esperar de un joven que fue aislado sin más propuesta que enseñarle a ser un buen preso en el marco de un sistema carcelario desbordado, de trato inhumano y donde ocurren delitos cotidianamente. Seguro que desde el encierro no se le preparará para el ejercicio de una ciudadanía plena ( educación, formación laboral, oficios, responsabilización por la infracción cometida, restitución de vínculos familiares positivos, etc.). Al menos hoy el país no cuenta con establecimientos que cumplan con el objetivo de rehabilitación. No podemos convertir el sistema de justicia en un instrumento contra los pobres, en su lugar debemos apostar a políticas sociales que otorguen posibilidades inclusión social. En estas dos alternativas está comprometida la esencia democrática: utilizar la represión para apartar a los peligrosos jóvenes pobres o apostar a una sociedad con mayores niveles de equidad, y por tanto más democrática.
15. Nosotros consideramos que la baja de la edad de imputabilidad penal juvenil es algo inútil ya que solamente implica que los jóvenes delincuentes pasen de cárceles de adolescentes a cárceles de adultos. Teniéndose que ampliar las cárceles que ya hay en nuestro país. Pudiéndose utilizar ese dinero para mejorar las cárceles para adolecentes, no teniendo así que bajar la ley. Mejorando las cárceles para esto jóvenes se los puede ayudar a que puedan tener un futuro sin delincuencia. Además si se encierra a un joven en un largo tiempo cuando este salga va a ser el mismo delincuente que entro en un principio. No va a cambiar si alguien no lo ayuda, lo único que se va a ser es agrandar más el problema porque ese joven algún día va a tener que salir, saliendo más potenciado.