La empresa "LOS INDESTRUCTIBLES" declaró pero no pagó el IGV de febrero 2010 por S/ 13,300. El Código Tributario establece un plazo de prescripción de 4 años para el pago de deudas tributarias, computados desde enero del año siguiente a que la obligación se hizo exigible. Por lo tanto, la deuda de "LOS INDESTRUCTIBLES" prescribiría el 2 de enero de 2015.