2. Formación ciudadana: Programa
Unidad didáctica Tiempo Modalidad
1. El ser humano como sujeto
4 clases M 1 - Presencial
biopsicosocial
2. Los grupos 4 clases M 1 - Presencial
3. Los derechos humanos 8 semanas M 1 y 2 - Presencial y
Semipresencial
4. Calidad de vida y trabajo 4 semanas M2 - Semipresencial
5. Trabajo decente 10 clases M2 y 3 – Semipresencial y
presencial
6. Inserción laboral y continuidad
educativa
5 clases M3 - Presencial
3. VIOLENCIA
Proyección del corto “Quizás”.
Consigna 1: Formar subgrupos de 2 ó 3 personas.
Tomando el art. 3 de la Ley 17.514, identificar las
formas de violencia presentes en el corto.
Puesta en común.
4. Artículo 3 de la Ley 17.514
Artículo 3°.- Son manifestaciones de violencia doméstica,
constituyan o no delito:
A) Violencia física. Acción, omisión o patrón de
conducta que dañe la integridad corporal de una persona.
B) Violencia psicológica o emocional. Toda acción u
omisión dirigida a perturbar, degradar o controlar la
conducta, el comportamiento, las creencias o las
decisiones de una persona, mediante la humillación,
intimidación, aislamiento o cualquier otro medio que
afecte la estabilidad psicológica o emocional.
5. Cont. Artículo 3 de la Ley 17.514
C) Violencia sexual. Toda acción que imponga o
induzca comportamientos sexuales a una persona
mediante el uso de: fuerza, intimidación, coerción,
manipulación, amenaza o cualquier otro medio que
anule o limite la libertad sexual.
D) Violencia patrimonial. Toda acción u omisión
que con ilegitimidad manifiesta implique daño,
pérdida, transformación, sustracción, destrucción,
distracción, ocultamiento o retención de bienes,
instrumentos de trabajo, documentos o recursos
económicos, destinada a coaccionar la
autodeterminación de otra persona.
6.
7. Consigna 2: Cada subgrupo deberá relatar una
situación breve, donde se puedan identificar algunas
manifestaciones de violencia.
Puesta en común.
Cierre: reflexiones, emociones, comentarios, etc.
Sentidos durante la clase.
8. Tarea domiciliaria
Investigar diversas definiciones de “violencia”, según
la Organización Mundial de la Salud (OMS), la
legislación uruguaya y desde el punto de vista
antropológico.