Concepto de neonatología, Evolución histórica. Neonatología en nuestro país
Maternidades centradas en la familia. Grandes medicos especialistas como Alfredo Larguía, Cernadas,
Plan de los 1000 dias
2. NEONATOLOGIA…
Rama de la ………….
dedicada a la
atención del recién
nacido hasta
los ……….., sea
éste sano o
enfermo.
Del Latin “natos”
“logos”
3. Además……….
atiende a los la
transición a la vida
extrauterina,
y se encarga de las
enfermedades que
pueden afectarle; y
los múltiples cambios
que afectan al niño en
esta etapa.
4. • Padre de la Obstetricia y de la
Ginecología.
• Registro los dos primeros casos
de malformaciones congénitas
(recién en S XIX se estudian las
patologías neonatales)
• Chaussier dio O2 a los
neonatos, resucitación boca a
boca, TET, etc
• La industrialización y la toma
de conciencia social de las
mujeres y la infancia En 1802,
tras la revolución francesa, se
funda el primer hospital de
niños de la Historia.
• los padres de la neonatología
inauguran las primeras
maternidades y los primeros
hospitales pediátricos.
7. NEONATOLOGÍA EN ARGENTINA
Neonatología en nuestro país de vertiginoso progreso.
3 hitos importantes:
1. apertura del servicio de neonatología de la Maternidad Provincial de la ciudad de Córdoba
2. La habilitación del servicio de neonatología del Hospital Dr. Ramón Sardá y
3. la puesta en marcha del servicio de neonatología del Hospital Dr. Juan P. Garrahan.
En 1960 Jacobo Halac (Córdoba) organización de los servicios de Neonatología. Primer servicio de
Neonatología de la Argentina
En 1968 Alfredo Larguía. El fundador de la perinatología en la Argentina y el responsable del
Modelo Sardá.
1972 Se creó el Servicio de Recién Nacidos del Hospital de Niños Sor María Ludovica en La Plata
(Juan Vicente Climent)
Hospital Italiano de Buenos Aires inauguró su servicio de Neonatología hacia 1982, con José María
Ceriani Cernadas (formado en Sardá) como el responsable de su organización y desarrollo.
1979 aparece el concepto de internación conjunta (M.A.Larguía)
1980 a 1988 se produce un mayor avance tecnológico y el uso de surfactante pulmonar en RNPT
En 1988, el servicio de Neonatología encarado por Augusto Sola condujo al Hospital Garrahan a
instalarse como servicio modelo para la formación de médicos y enfermeras.
10. ANTECEDENTE
Constituye un cambio de
paradigma de atención
perinatal; fue desarrollado, a
lo largo de los últimos 35
años,por el equipo de salud
del Hospital Materno Infantil
Ramón Sardá (HMIRS)
En 2007 se publicó la Guía
para transformar
maternidades tradicionales
en Maternidades Centradas
en la Familia.
Primero seleccionaron ocho
maternidades situadas en
diferentes regiones del país
en 2011 se unieron 71 y así
progresivamente.
11. Objetivos
Desarrollar guías prácticas y clínicas para el soporte del paciente, en una
unidad de cuidados del neonato; centrados en la familia.
Brindar las herramientas necesarias para una comunicación adecuada.
Toma de decisiones.
Apego precoz del binomio.
Afrontamiento familiar .
Estrés del personal relacionado con la interacción familiar.
Soporte cultural a la familia.
Soporte espiritual y religioso.
Visita de familiares-modificar condiciones.
Entorno familiar frente al cuidado.
Presencia de la familia en RCP (controversia).
Cuidados paliativos.
Educación para el egreso del R.N.
14. “Plan de los 1000 Días”
“reducir la mortalidad, la mal
nutrición y la desnutrición, proteger y
estimular los vínculos tempranos, el
desarrollo físico y emocional y la
salud de manera integral, y prevenir
la violencia” de las mujeres y
personas con otras identidades de
género con capacidad de gestar, y de
sus hijos.
15. ASPECTOS LEGALES
La Ley 27.611 de “Atención y Cuidado Integral de la
Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia”
tiene como objetivos proteger, fortalecer y acompañar
el cuidado integral de la vida y la salud de las personas
gestantes y las niñas y los niños en sus primeros 3 años.
Establece prácticas de prevención y protección.
16. ¿Por qué 1000 días?
Es el tiempo, contado en días aproximados, en el que
transcurre el embarazo, el nacimiento y hasta los 3 años
de vida.
17. Puntos principales de la
norma:
Se crea la Asignación por Cuidado de Salud Integral: la misma consistirá en el pago de una suma
de dinero que se abonará 1 vez al año a las personas establecidas en el art. 1 de la ley 24.714,
por cada niño menor de 3 años de edad que se encuentre a su cargo, siempre que hayan tenido
derecho al cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Se extiende la Asignación por Embarazo: se abonará a la persona gestante, desde el inicio de su
embarazo hasta su interrupción o el nacimiento del hijo, siempre que no exceda las 9
mensualidades. Se deberá solicitar a partir de la semana 12 de gestación.
Se elimina la exigencia de contar con una antigüedad mínima de 6 meses en el empleo para
obtener la asignación por nacimiento de hijo y la asignación por adopción.
Se extiende el pago de la Asignación por Embarazo y por Adopción a las personas beneficiarias
de la AUH.
Se crea el Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos a fin de garantizar el derecho a la
identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidos. El sistema se
implementará a través de la plataforma de emisión de certificados digitales de hechos vitales.
La autoridad de aplicación deberá diseñar un modelo de atención y cuidado integral de la salud
específico y adecuado para la etapa del embarazo y hasta los 3 años, desde la perspectiva del
derecho a la salud integral de las mujeres, otras personas gestantes y niños, y teniendo en
cuenta las particularidades territoriales de todo el país.
El Estado Nacional deberá implementar la provisión pública y gratuita de insumos fundamentales
(medicamentos esenciales, vacunas, leche, alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable
en el embarazo y la niñez) para las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y
para los niños hasta los 3 años.
18. Puntos principales de la
norma:
Se deberán implementar políticas específicas de atención, promoción, protección y
prevención de la salud integral de las personas gestantes y de los niños hasta los tres
años.
Se destaca el derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad. Se
incluye a niños con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años (antecedentes
de parto pretérmino, cardiopatías congénitas, otras malformaciones o enfermedades
congénitas, entre otras). Se agrega a las personas que cursen embarazos de alto riesgo o
que tengan sospecha de trombofilia según indicación médica. Adicionalmente, se incluye a
las mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género.
Se deberán asegurar protocolos para la atención de niñas y adolescentes menores de 15
años embarazadas. Se tendrá que garantizar una atención oportuna del servicio de salud
para la detección de un posible abuso sexual con todos los resguardos necesarios para
preservar su privacidad y la confidencialidad y respetar la autonomía progresiva.
Se deberá publicar, en formato accesible, una guía de cuidados integrales de la salud. La
misma brindará información sobre cada etapa del curso vital, el derecho a una vida libre
de violencias, los beneficios de la lactancia materna, la corresponsabilidad en las tareas
de cuidado.
Se incorporará en las líneas de atención gratuita la atención de mujeres y personas
gestantes y sus familiares a fin de brindar información adecuada.
Se crea en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación una unidad de coordinación
administrativa que tendrá como función el abordaje integral y la coordinación de las
acciones necesarias para la plena implementación de la ley.
Notas del editor
enfatizaba la importancia de reconfortar a la madre física y psicológicamente. Comadronas. Aparato reproductor femenino. cómo limpiar y reanimar al recién nacido. el parto como una experiencia temible que acarreaba muchas muertes maternas y donde la supervivencia de los prematuros era mínima.
1802 La industrialización y la toma de conciencia de las clases obreras favorecieron el protagonismo social de las mujeres y la infancia empieza a entenderse como un valor y no como un problema (3).