Este documento describe las modalidades y características del plazo en los actos jurídicos según el Código Civil peruano. Explica que el plazo puede regular el inicio, fin o ejercicio de derechos derivados del acto, y debe ser accidental, futuro y cierto. También cubre el cómputo de plazos por días, meses y años, así como la caducidad del plazo por insolvencia del deudor, falta de garantías o disminución de estas.
Este documento clasifica y describe los diferentes tipos de obligaciones según su objeto de acuerdo con el Código Civil colombiano. Describe obligaciones de dar, hacer y no hacer, así como obligaciones genéricas, de especie, múltiples, alternativas y facultativas. Explica aspectos como la determinación del objeto, los riesgos, la elección entre objetos y las consecuencias de la pérdida de los objetos en cada tipo de obligación.
El derecho de retención es un recurso legal que permite a un acreedor retener una cosa en su poder relacionada con las obligaciones de su deudor, para garantizar el pago en caso de incumplimiento. Se requiere que el acreedor tenga un crédito sobre la cosa, y que exista una conexión entre el crédito y la cosa retenida. La ley establece casos específicos en los que aplica este derecho, como para hoteles, arrendatarios, transportistas y trabajos en bienes muebles. El derecho de retención final
El documento trata sobre el origen y evolución de las obligaciones en el derecho romano. Explica que inicialmente la responsabilidad surgía de los delitos, luego se estableció una responsabilidad patrimonial donde el patrimonio del deudor respondía por las deudas. También clasifica las obligaciones según sus sujetos, objeto y otras características e introduce conceptos como las obligaciones civiles, naturales, divisibles e indivisibles.
La compensación es la extinción de dos obligaciones recíprocas entre los mismos sujetos. El documento discute los requisitos y tipos de compensación legal y convencional según el Código Civil peruano, incluyendo que las obligaciones deben ser recíprocas, líquidas, exigibles, fungibles y homogéneas. También cubre casos en que la compensación no procede y sus efectos entre las partes.
1) El documento discute las diferencias entre una fianza y un aval, y cómo a menudo se usan los términos incorrectamente en contratos. 2) Explica que un aval solo puede garantizar obligaciones cambiarias mientras que una fianza puede garantizar cualquier tipo de obligación, y tienen diferentes efectos legales. 3) Concluye que incluso cuando un contrato se refiere a alguien como un "aval", si están garantizando un arriendo, la naturaleza legal es de una fianza y el fiador tiene derecho a los beneficios de excusión y
1) El documento discute las fuentes de obligaciones en el derecho romano. Explica que Gayo clasificó inicialmente las fuentes en dos categorías (ex contractu y ex maleficio), pero luego amplió la clasificación a tres y luego cuatro categorías. 2) También analiza las diferentes definiciones de contrato en el derecho romano y actual, señalando que en Roma el concepto era más restringido. 3) Discute los elementos esenciales de un contrato como los sujetos, consentimiento, objeto y forma.
El documento resume los principales aspectos de la Ley 6186 sobre crédito agrícola en la República Dominicana. Explica que la ley tiene como objetivo fomentar la producción agrícola mediante el crédito. Describe los tipos de crédito y garantías que establece la ley, incluyendo la prenda sin desapoderamiento, y los procedimientos para la constitución y ejecución de estos contratos de garantía.
Este documento clasifica y describe los diferentes tipos de obligaciones según su objeto de acuerdo con el Código Civil colombiano. Describe obligaciones de dar, hacer y no hacer, así como obligaciones genéricas, de especie, múltiples, alternativas y facultativas. Explica aspectos como la determinación del objeto, los riesgos, la elección entre objetos y las consecuencias de la pérdida de los objetos en cada tipo de obligación.
El derecho de retención es un recurso legal que permite a un acreedor retener una cosa en su poder relacionada con las obligaciones de su deudor, para garantizar el pago en caso de incumplimiento. Se requiere que el acreedor tenga un crédito sobre la cosa, y que exista una conexión entre el crédito y la cosa retenida. La ley establece casos específicos en los que aplica este derecho, como para hoteles, arrendatarios, transportistas y trabajos en bienes muebles. El derecho de retención final
El documento trata sobre el origen y evolución de las obligaciones en el derecho romano. Explica que inicialmente la responsabilidad surgía de los delitos, luego se estableció una responsabilidad patrimonial donde el patrimonio del deudor respondía por las deudas. También clasifica las obligaciones según sus sujetos, objeto y otras características e introduce conceptos como las obligaciones civiles, naturales, divisibles e indivisibles.
La compensación es la extinción de dos obligaciones recíprocas entre los mismos sujetos. El documento discute los requisitos y tipos de compensación legal y convencional según el Código Civil peruano, incluyendo que las obligaciones deben ser recíprocas, líquidas, exigibles, fungibles y homogéneas. También cubre casos en que la compensación no procede y sus efectos entre las partes.
1) El documento discute las diferencias entre una fianza y un aval, y cómo a menudo se usan los términos incorrectamente en contratos. 2) Explica que un aval solo puede garantizar obligaciones cambiarias mientras que una fianza puede garantizar cualquier tipo de obligación, y tienen diferentes efectos legales. 3) Concluye que incluso cuando un contrato se refiere a alguien como un "aval", si están garantizando un arriendo, la naturaleza legal es de una fianza y el fiador tiene derecho a los beneficios de excusión y
1) El documento discute las fuentes de obligaciones en el derecho romano. Explica que Gayo clasificó inicialmente las fuentes en dos categorías (ex contractu y ex maleficio), pero luego amplió la clasificación a tres y luego cuatro categorías. 2) También analiza las diferentes definiciones de contrato en el derecho romano y actual, señalando que en Roma el concepto era más restringido. 3) Discute los elementos esenciales de un contrato como los sujetos, consentimiento, objeto y forma.
El documento resume los principales aspectos de la Ley 6186 sobre crédito agrícola en la República Dominicana. Explica que la ley tiene como objetivo fomentar la producción agrícola mediante el crédito. Describe los tipos de crédito y garantías que establece la ley, incluyendo la prenda sin desapoderamiento, y los procedimientos para la constitución y ejecución de estos contratos de garantía.
Este documento presenta información sobre el concepto de obligación en el derecho romano. Explica que una obligación implica un vínculo jurídico que obliga a una persona a cumplir con una determinada conducta, como pagar una deuda. Luego describe la evolución histórica del concepto y sus elementos constitutivos como el débito, la responsabilidad de los sujetos involucrados, y el objeto de la obligación. Finalmente, resume las diferentes clasificaciones y fuentes de las obligaciones en el derecho romano.
Este documento describe las obligaciones condicionales en derecho. Existen dos tipos de obligaciones condicionales: suspensivas, donde el contrato no entra en vigor hasta que se cumple la condición, y resolutorias, donde los efectos del contrato terminan una vez se cumple la condición. Para que una condición sea válida, debe ser un hecho futuro e incierto convenido expresamente por las partes.
El documento define el derecho de retención como una garantía que permite al acreedor mantener la posesión de un bien ajeno para coaccionar el pago de una deuda. Enumera sus requisitos como la tenencia de buena fe, un crédito a favor del tenedor y conexión entre el crédito y la cosa. Menciona que la única fuente del derecho de retención es la ley y ofrece ejemplos como hoteleros, usufructuarios y porteadores. Finalmente, indica que el derecho de retención se extingue con el p
El documento resume las diferentes formas de garantías y obligaciones en el Derecho Romano. Incluye garantías personales como la fianza, el mandato calificado y la promesa, y garantías reales como la prenda, la hipoteca y la enajenación con fiducia. También explica conceptos como el beneficio de excusión, las leyes que mitigaron la condición de los garantes y la prohibición de la intercesión de la mujer establecida por el Senado Consulto Veleiano.
El documento describe los diferentes tipos de garantías reales y personales, así como sus características principales según el Código Civil. Explica que las garantías reales recaen sobre bienes para asegurar el pago de una deuda, a diferencia de las personales que involucran el compromiso de un tercero. Luego detalla las características de la hipoteca, prenda común, prenda con registro, prenda de créditos y anticresis. Finalmente, define la publicidad de los derechos reales y su importancia para proteger los intereses de terceros
En 3 oraciones o menos:
El documento describe las características y clases de las obligaciones de hacer, incluyendo las diferencias entre obligaciones de hacer y obligaciones de dar. Explica conceptos como fungible e infungible, y de resultado y de medios o mera actividad. También cubre temas como el plazo y modo de cumplimiento, ejecución por terceros, y opciones del acreedor ante incumplimiento.
Los tribunales agrarios en Venezuela están organizados de la siguiente manera:
1) Tribunales de Primera Instancia Agraria que conocen acciones entre particulares relacionadas con la actividad agraria.
2) Tribunales de Segunda Instancia Agraria que conocen apelaciones y demandas contra entes estatales.
3) La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que conoce recursos de casación, interpretación y apelaciones sobre asuntos agrarios.
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la extinción de obligaciones, el pago y la novación de acuerdo con la legislación venezolana. Explica las formas en que una obligación puede extinguirse, incluyendo el pago, y los requisitos y efectos del pago. También define la novación como la extinción de una obligación a través de su reemplazo por una obligación nueva.
Las obligaciones condicionales son aquellas en las que la adquisición de derechos o su resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto. Pueden ser de dos clases: suspensivas, donde los derechos se adquieren una vez cumplida la condición, y resolutorias, donde los derechos ya otorgados se cancelan al cumplirse la condición. Para ser válidas, las condiciones deben ser futuras, inciertas y estar convenidas por ambas partes.
El documento describe el derecho de retención en el derecho civil peruano. Define el derecho de retención como la facultad que permite a un acreedor retener un bien ajeno en su poder hasta que el deudor pague su deuda. Explica que el derecho de retención es un derecho real de garantía que surge cuando concurren tres elementos: tenencia de un bien ajeno, existencia de un crédito a favor del tenedor contra el propietario del bien, y relación entre el crédito y el bien retenido. Además, describe las características,
Este documento define y explica el contrato de obras según el Código Civil Venezolano. Explica que este contrato implica que una parte se compromete a ejecutar un trabajo a cambio de un precio. Describe los tipos de contratos de obras, las partes involucradas, características, elementos, responsabilidades del contratista y diferencias con el contrato de trabajo.
1) La compraventa es un contrato bilateral y oneroso mediante el cual una parte se obliga a entregar una cosa y la otra parte se obliga a pagar un precio.
2) Para que el comprador adquiera el dominio de la cosa, se requieren dos actos: la celebración del contrato de compraventa (que sirve como título traslaticio) y la entrega física de la cosa (que constituye el modo de adquirir el dominio).
3) Las características fundamentales de la compraventa son que es un contr
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...Yojhan Paez
Cuadro comparativo sobre los contratos en el Derecho Romano y el Derecho Actual, teniendo en cuenta su definición y clasificación, se debe realizar con las leyes de Roma y las nuestras tomando como referencia la ley Civil, Como es actualmente y donde esta tipificado en la ley
La letra de cambio es un título-valor que contiene una orden incondicional de pago de una suma determinada de dinero en un lugar y fecha predeterminados. Define los roles de girador, girado y beneficiario y establece requisitos como plazos de presentación, aceptación y pago. Además, explica conceptos como protesto, aval, acciones cambiarías, caducidad y acciones de enriquecimiento ilegítimo.
La acción reivindicatoria es una acción real que surge del derecho de dominio, el cual permite exigir el reconocimiento de ese derecho y la restitución de la cosa por parte de un tercero que la posea. Para que la acción reivindicatoria quede subordinada a una acción personal de nulidad, es necesario que ambas acciones deriven de un mismo hecho vinculante entre el demandante y el causante del poseedor actual. Para establecer los elementos de la acción reivindicatoria, basta con probar quién es el poseedor actual del bien,
Contratos y elementos de los contratos.Evelin Evies
Este documento clasifica y explica los diferentes tipos de contratos en el Derecho Romano. Describe las clasificaciones de los contratos según su modo de formación, desarrollo histórico, origen, efecto, poderes de apreciación, naturaleza, relación de dependencia y calificación. También explica los elementos formales de los contratos romanos, distinguiendo entre elementos esenciales, naturales y accidentales.
Este documento resume los conceptos clave de la compraventa y el mutuo según el derecho civil peruano. Explica que la compraventa es un contrato consensual y oneroso mediante el cual el vendedor transfiere la propiedad de un bien al comprador a cambio del pago de un precio. Describe las características y efectos de la compraventa, incluyendo la transferencia de la propiedad y los posibles pactos adicionales. También define brevemente la permuta como un contrato mediante el cual dos partes se transfieren rec
Este documento define las obligaciones en el derecho romano como un vínculo jurídico que obliga a una persona a pagar algo de acuerdo con las leyes. Luego describe las obligaciones en la doctrina como una relación jurídica entre un acreedor y deudor donde el deudor se compromete a realizar una prestación para el acreedor. Finalmente, detalla los elementos, características y fuentes de las obligaciones, incluyendo los actos jurídicos y contratos.
ENJ 400: Modulo III - Obligaciones sujetas a modalidades del curso Responsabi...ENJ
Este documento describe las diferentes modalidades de las obligaciones. Se dividen en aquellas que afectan la existencia, exigibilidad y complejidad de la obligación. Entre ellas se encuentran las condiciones, plazos y sujetos múltiples. Las condiciones pueden ser suspensivas, resolutorias o imposibles. Los plazos pueden ser suspensivos u extintivos. Las obligaciones también pueden ser conjuntivas, alternativas o facultativas dependiendo de su objeto.
Este documento describe diferentes modalidades de las obligaciones. Explica que las obligaciones pueden ser puras y simples o estar sujetas a modalidades como condiciones, plazos o cargas. Luego se enfoca en explicar los tipos de plazos, específicamente el plazo suspensivo y el plazo resolutorio. También define la condición y explica que depende de un hecho futuro e incierto.
1) La novación, confusión de derechos, compensación, remisión de la deuda, caso fortuito o fuerza mayor, prescripción y caducidad son formas de extinción de las obligaciones.
2) La novación consiste en la sustitución de una obligación existente por una nueva, la confusión de derechos se da cuando una persona es deudora y acreedora a la vez, y la compensación opera cuando dos personas se deben cantidades fungibles.
Este documento presenta información sobre el concepto de obligación en el derecho romano. Explica que una obligación implica un vínculo jurídico que obliga a una persona a cumplir con una determinada conducta, como pagar una deuda. Luego describe la evolución histórica del concepto y sus elementos constitutivos como el débito, la responsabilidad de los sujetos involucrados, y el objeto de la obligación. Finalmente, resume las diferentes clasificaciones y fuentes de las obligaciones en el derecho romano.
Este documento describe las obligaciones condicionales en derecho. Existen dos tipos de obligaciones condicionales: suspensivas, donde el contrato no entra en vigor hasta que se cumple la condición, y resolutorias, donde los efectos del contrato terminan una vez se cumple la condición. Para que una condición sea válida, debe ser un hecho futuro e incierto convenido expresamente por las partes.
El documento define el derecho de retención como una garantía que permite al acreedor mantener la posesión de un bien ajeno para coaccionar el pago de una deuda. Enumera sus requisitos como la tenencia de buena fe, un crédito a favor del tenedor y conexión entre el crédito y la cosa. Menciona que la única fuente del derecho de retención es la ley y ofrece ejemplos como hoteleros, usufructuarios y porteadores. Finalmente, indica que el derecho de retención se extingue con el p
El documento resume las diferentes formas de garantías y obligaciones en el Derecho Romano. Incluye garantías personales como la fianza, el mandato calificado y la promesa, y garantías reales como la prenda, la hipoteca y la enajenación con fiducia. También explica conceptos como el beneficio de excusión, las leyes que mitigaron la condición de los garantes y la prohibición de la intercesión de la mujer establecida por el Senado Consulto Veleiano.
El documento describe los diferentes tipos de garantías reales y personales, así como sus características principales según el Código Civil. Explica que las garantías reales recaen sobre bienes para asegurar el pago de una deuda, a diferencia de las personales que involucran el compromiso de un tercero. Luego detalla las características de la hipoteca, prenda común, prenda con registro, prenda de créditos y anticresis. Finalmente, define la publicidad de los derechos reales y su importancia para proteger los intereses de terceros
En 3 oraciones o menos:
El documento describe las características y clases de las obligaciones de hacer, incluyendo las diferencias entre obligaciones de hacer y obligaciones de dar. Explica conceptos como fungible e infungible, y de resultado y de medios o mera actividad. También cubre temas como el plazo y modo de cumplimiento, ejecución por terceros, y opciones del acreedor ante incumplimiento.
Los tribunales agrarios en Venezuela están organizados de la siguiente manera:
1) Tribunales de Primera Instancia Agraria que conocen acciones entre particulares relacionadas con la actividad agraria.
2) Tribunales de Segunda Instancia Agraria que conocen apelaciones y demandas contra entes estatales.
3) La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que conoce recursos de casación, interpretación y apelaciones sobre asuntos agrarios.
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la extinción de obligaciones, el pago y la novación de acuerdo con la legislación venezolana. Explica las formas en que una obligación puede extinguirse, incluyendo el pago, y los requisitos y efectos del pago. También define la novación como la extinción de una obligación a través de su reemplazo por una obligación nueva.
Las obligaciones condicionales son aquellas en las que la adquisición de derechos o su resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto. Pueden ser de dos clases: suspensivas, donde los derechos se adquieren una vez cumplida la condición, y resolutorias, donde los derechos ya otorgados se cancelan al cumplirse la condición. Para ser válidas, las condiciones deben ser futuras, inciertas y estar convenidas por ambas partes.
El documento describe el derecho de retención en el derecho civil peruano. Define el derecho de retención como la facultad que permite a un acreedor retener un bien ajeno en su poder hasta que el deudor pague su deuda. Explica que el derecho de retención es un derecho real de garantía que surge cuando concurren tres elementos: tenencia de un bien ajeno, existencia de un crédito a favor del tenedor contra el propietario del bien, y relación entre el crédito y el bien retenido. Además, describe las características,
Este documento define y explica el contrato de obras según el Código Civil Venezolano. Explica que este contrato implica que una parte se compromete a ejecutar un trabajo a cambio de un precio. Describe los tipos de contratos de obras, las partes involucradas, características, elementos, responsabilidades del contratista y diferencias con el contrato de trabajo.
1) La compraventa es un contrato bilateral y oneroso mediante el cual una parte se obliga a entregar una cosa y la otra parte se obliga a pagar un precio.
2) Para que el comprador adquiera el dominio de la cosa, se requieren dos actos: la celebración del contrato de compraventa (que sirve como título traslaticio) y la entrega física de la cosa (que constituye el modo de adquirir el dominio).
3) Las características fundamentales de la compraventa son que es un contr
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...Yojhan Paez
Cuadro comparativo sobre los contratos en el Derecho Romano y el Derecho Actual, teniendo en cuenta su definición y clasificación, se debe realizar con las leyes de Roma y las nuestras tomando como referencia la ley Civil, Como es actualmente y donde esta tipificado en la ley
La letra de cambio es un título-valor que contiene una orden incondicional de pago de una suma determinada de dinero en un lugar y fecha predeterminados. Define los roles de girador, girado y beneficiario y establece requisitos como plazos de presentación, aceptación y pago. Además, explica conceptos como protesto, aval, acciones cambiarías, caducidad y acciones de enriquecimiento ilegítimo.
La acción reivindicatoria es una acción real que surge del derecho de dominio, el cual permite exigir el reconocimiento de ese derecho y la restitución de la cosa por parte de un tercero que la posea. Para que la acción reivindicatoria quede subordinada a una acción personal de nulidad, es necesario que ambas acciones deriven de un mismo hecho vinculante entre el demandante y el causante del poseedor actual. Para establecer los elementos de la acción reivindicatoria, basta con probar quién es el poseedor actual del bien,
Contratos y elementos de los contratos.Evelin Evies
Este documento clasifica y explica los diferentes tipos de contratos en el Derecho Romano. Describe las clasificaciones de los contratos según su modo de formación, desarrollo histórico, origen, efecto, poderes de apreciación, naturaleza, relación de dependencia y calificación. También explica los elementos formales de los contratos romanos, distinguiendo entre elementos esenciales, naturales y accidentales.
Este documento resume los conceptos clave de la compraventa y el mutuo según el derecho civil peruano. Explica que la compraventa es un contrato consensual y oneroso mediante el cual el vendedor transfiere la propiedad de un bien al comprador a cambio del pago de un precio. Describe las características y efectos de la compraventa, incluyendo la transferencia de la propiedad y los posibles pactos adicionales. También define brevemente la permuta como un contrato mediante el cual dos partes se transfieren rec
Este documento define las obligaciones en el derecho romano como un vínculo jurídico que obliga a una persona a pagar algo de acuerdo con las leyes. Luego describe las obligaciones en la doctrina como una relación jurídica entre un acreedor y deudor donde el deudor se compromete a realizar una prestación para el acreedor. Finalmente, detalla los elementos, características y fuentes de las obligaciones, incluyendo los actos jurídicos y contratos.
ENJ 400: Modulo III - Obligaciones sujetas a modalidades del curso Responsabi...ENJ
Este documento describe las diferentes modalidades de las obligaciones. Se dividen en aquellas que afectan la existencia, exigibilidad y complejidad de la obligación. Entre ellas se encuentran las condiciones, plazos y sujetos múltiples. Las condiciones pueden ser suspensivas, resolutorias o imposibles. Los plazos pueden ser suspensivos u extintivos. Las obligaciones también pueden ser conjuntivas, alternativas o facultativas dependiendo de su objeto.
Este documento describe diferentes modalidades de las obligaciones. Explica que las obligaciones pueden ser puras y simples o estar sujetas a modalidades como condiciones, plazos o cargas. Luego se enfoca en explicar los tipos de plazos, específicamente el plazo suspensivo y el plazo resolutorio. También define la condición y explica que depende de un hecho futuro e incierto.
1) La novación, confusión de derechos, compensación, remisión de la deuda, caso fortuito o fuerza mayor, prescripción y caducidad son formas de extinción de las obligaciones.
2) La novación consiste en la sustitución de una obligación existente por una nueva, la confusión de derechos se da cuando una persona es deudora y acreedora a la vez, y la compensación opera cuando dos personas se deben cantidades fungibles.
Las deudas financieras pueden prescribir en 10 años si el acreedor no realiza acciones legales para cobrar la deuda durante ese periodo. La prescripción significa que el acreedor pierde el derecho legal a cobrar la deuda. Sin embargo, la prescripción puede interrumpirse si el acreedor presenta una demanda judicial, requiere pago al deudor a través de la autoridad judicial, o si el deudor reconoce por escrito la deuda.
El documento explica los conceptos jurídicos de plazo y sus diferentes tipos. Define plazo como el tiempo legal o contractualmente establecido para que ocurra un efecto jurídico como el nacimiento o extinción de un derecho. Explica que hay plazos suspensivos, resolutorios, determinados e indeterminados y la importancia de respetar los plazos establecidos contractualmente para evitar consecuencias legales.
El documento explica la diferencia entre obligaciones de hacer y obligaciones de no hacer. Las obligaciones de hacer son positivas y requieren que el deudor realice alguna acción como un servicio. Las obligaciones de no hacer son negativas y requieren que el deudor se abstenga de realizar cierta acción. El documento también describe los plazos, modos de cumplimiento, y consecuencias del incumplimiento para ambos tipos de obligaciones.
El documento habla sobre diferentes formas de extinguir obligaciones tributarias como el pago, la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la remisión. Explica que el pago extingue la obligación tributaria cuando se produce la entrega de la cantidad debida. También cubre temas como los pagos a cuenta, la imputación de conceptos al pago, y los procedimientos y efectos de otorgar prórrogas o plazos para el pago de deudas tributarias.
Este documento describe las características y tipos de plazos y cargos en los actos jurídicos. Explica que el plazo es un evento futuro cierto que producirá efectos, mientras que la condición es un evento incierto. Los plazos pueden ser suspensivos, resolutorios, de eficacia o ejercicio. Los cargos son obligaciones accesorias impuestas en actos de liberalidad que limitan el beneficio económico. Deben cumplirse en el plazo determinado por un juez si no fue especificado
El documento explica los diferentes tipos de términos en las obligaciones contractuales. Define términos fijos, extintivos y suspensivos. Indica que el término solo retrasa la ejecución de la obligación a diferencia de la condición. También cubre términos conocidos y desconocidos, convencionales, legales y judiciales. Señala que el término generalmente beneficia al deudor pero que este no puede reclamarlo si ha quebrado o disminuido las garantías.
El documento explica los diferentes tipos de términos que pueden afectar las obligaciones contractuales, incluyendo términos fijos, extintivos, suspensivos, conocidos y desconocidos. También describe cuando un acreedor puede exigir el pago inmediato a pesar de la existencia de un término, como en casos de quiebra del deudor o cuando este reduce las garantías originales del contrato. Finalmente, analiza situaciones en las que un deudor puede completar una fianza insolvente para luego exigir el cumplimiento del plaz
El documento define y explica varios tipos de remisión de deuda, incluyendo remisión total, parcial, expresa y tácita. También explica la confusión de deudas, que ocurre cuando una misma persona es acreedor y deudor al mismo tiempo. Por último, describe la prescripción extintiva como una forma de extinción de obligaciones por el paso del tiempo, y la caducidad como un plazo no susceptible de interrupción que extingue la acción pero no la obligación.
Este documento describe varios modos de extinción de obligaciones como la remisión de la deuda, la confusión, la prescripción extintiva y la caducidad. Explica sus conceptos, especies, requisitos y efectos de cada uno. La remisión de la deuda es el acto por el cual un acreedor concede una reducción total o parcial de la deuda de un deudor. La confusión ocurre cuando una misma persona reúne las cualidades de acreedor y deudor. La prescripción extintiva extingue la facultad de un acre
Enj 400 Contratos por su exigibilidad (término)ENJ
El documento habla sobre los contratos a plazo y cómo el plazo afecta la exigibilidad de las obligaciones de manera diferente a las condiciones. Explica que el plazo solo retrasa el cumplimiento de la obligación pero no la suspende, y puede ser fijo, conocido, desconocido, convencional, legal o judicial. También cubre los efectos del plazo extintivo y suspensivo, así como excepciones como la quiebra del deudor que permiten exigir el pago antes del vencimiento del plazo.
Las modalidades del acto jurídico son elementos que modifican sus efectos normales e incluyen la condición, el plazo y el cargo. La condición hace depender los efectos de un acontecimiento futuro e incierto. El plazo indica el momento en que los efectos se inician o finalizan. El cargo impone una obligación al beneficiario de una liberalidad sin afectar la adquisición del derecho.
1) El documento describe el concurso necesario de acreedores, el cual puede ser promovido por uno o más acreedores cuando el deudor ha suspendido el pago de sus obligaciones. 2) Explica que la iniciativa del concurso necesario la asumen los acreedores, quienes deben aportar pruebas que acrediten un motivo legal para la ejecución general. 3) También cubre los efectos de la declaración de concurso necesario, como la ocupación de bienes del deudor y la prohibición de pagos o entregas de bienes al deud
1) La remisión de la deuda se refiere al acto por el cual el acreedor renuncia gratuitamente al derecho de crédito que tiene contra el deudor, liberándolo parcial o totalmente de la deuda.
2) Existen cuatro tipos de remisión de la deuda: remisión total, remisión parcial, remisión expresa y remisión tácita.
3) La confusión y la prescripción son otros medios de extinción de obligaciones reconocidos por la ley venezolana.
1) La remisión de la deuda se refiere al acto por el cual el acreedor renuncia gratuitamente al derecho de crédito que tiene contra el deudor, liberándolo parcial o totalmente de la deuda.
2) Existen cuatro tipos de remisión de la deuda: remisión total, remisión parcial, remisión expresa y remisión tácita.
3) La confusión y la prescripción son otros medios de extinción de obligaciones reconocidos por la ley.
Este documento resume los conceptos de remisión de la deuda, confusión y prescripción como formas de extinción de obligaciones en derecho civil ecuatoriano. La remisión de la deuda ocurre cuando el acreedor renuncia voluntariamente al derecho de crédito sobre el deudor. La confusión se produce cuando una misma persona reúne las cualidades de acreedor y deudor. La prescripción extingue una obligación por el transcurso de un tiempo determinado sin que el acreedor ejerza su derecho de cobro. El documento explica
1) La remisión de deuda y la confusión son modos de extinción de obligaciones en los que el acreedor renuncia voluntariamente a su derecho de cobro o en los que las posiciones de acreedor y deudor se confunden en una misma persona, respectivamente. 2) La prescripción extintiva es otro modo de extinción producido por la inercia del acreedor y el transcurso del tiempo, prescribiendo las obligaciones de crédito en general en 5 años y algunas de manera más breve. 3) El documento describe con detalle los requis
El documento describe las actitudes y cómo se miden a través de escalas. Define la actitud como la suma total de inclinaciones y sentimientos hacia un tema específico. Explica que las actitudes se expresan a través de opiniones y que son aprendidas. Además, detalla cuatro métodos comunes para medir actitudes, incluida la escala de Likert, que consiste en una serie de afirmaciones con las que los sujetos indican su grado de acuerdo o desacuerdo.
Este documento describe diferentes tipos de investigación como la básica, aplicada y tecnológica. También describe niveles de investigación como la exploratoria, descriptiva, correlacional y explicativa. Por último, cubre técnicas para el análisis de datos como tablas, gráficos y estadísticas descriptivas y tratamientos estadísticos como ANOVA, prueba t, correlación y chi cuadrado.
Este documento describe las características de un gerente de ventas exitoso y las cualidades de un buen trabajo en equipo. Explica que un gerente debe preocuparse por integrar equipos que ayuden a alcanzar los objetivos de la empresa y mejorar su competitividad. También destaca la importancia de la comunicación, los objetivos comunes y el liderazgo para lograr un efectivo trabajo en equipo.
Este documento describe dos técnicas de investigación cualitativas: la observación y la entrevista. La observación se define como la recolección de datos mediante la observación atenta de un fenómeno o caso. Existen diferentes tipos de observación como la participante, no participante, estructurada y no estructurada. La entrevista consiste en hacer preguntas a individuos para obtener información. El documento también presenta modelos de instrumentos para la observación y entrevista.
Semana 5 Planteamiento del problema.pptfrida482601
Este documento presenta la estructura de un proyecto de investigación. Describe los elementos clave que debe contener un proyecto de investigación como los datos generales, la formulación del problema de estudio, los objetivos, el marco teórico, la metodología, el cronograma de actividades y el presupuesto. El objetivo principal es guiar al investigador en la elaboración de un proyecto de investigación completo y bien estructurado.
Semana 3 y 4 Dimensiones y variables.pptfrida482601
Este documento describe las dimensiones y variables de la planeación estratégica de una organización, así como indicadores y una hipótesis sobre cómo la motivación influye positivamente en el comportamiento y desarrollo de los recursos humanos. Explica el diseño de un método para investigar esta hipótesis mediante encuestas y entrevistas a una muestra de empleados, y el análisis estadístico y presentación de los resultados.
Este documento presenta información sobre la ciencia y el método científico. Define la ciencia como un conjunto sistematizado de conocimientos sobre una materia o disciplina. Explica que la ciencia tiene como objetos de estudio la naturaleza, la sociedad y el pensamiento. Además, describe las funciones descriptiva, explicativa y predictiva de la ciencia, y presenta diferentes clasificaciones de las ciencias, resaltando la clasificación de Mario Bunge. Finalmente, resume los pasos del método científico.
Este documento discute la importancia de la gerencia de exportaciones para las pequeñas y medianas empresas. Explica que una gerencia de exportaciones efectiva se encarga de diagnosticar, planear, organizar, dirigir, controlar e innovar las actividades de exportación de una empresa. También destaca varios retos comunes que enfrentan las empresas al exportar, como la falta de información de mercado y conocimiento sobre apoyos a la exportación. El documento concluye resaltando la necesidad de profesionalizar las operaciones de exportación a través de una gerencia especializada
El documento presenta la estructura de un trabajo académico sobre franquicias. Se divide en 14 partes que abarcan la introducción, conceptos, historia, modalidades, contrato, ventajas, obligaciones, derechos y tendencias de las franquicias. También incluye un análisis del estado de las franquicias en Perú y ejemplos de franquicias peruanas.
Proteccion Fisica de la Mercancia (Ricardo Temple).pptfrida482601
El documento describe la importancia de los envases y embalajes para proteger la mercancía durante el transporte internacional. Explica que los envases protegen directamente los productos, mientras que los embalajes protegen indirectamente a los envases y facilitan la manipulación de la carga. Además, detalla los diferentes tipos de envases, embalajes y riesgos asociados con el transporte, y la importancia de identificar adecuadamente los embalajes.
El documento define estrategia como un patrón fundamental de objetivos, despliegue de recursos e interacciones de una organización con su entorno, y describe cómo Alejandro Magno, Julio César y Napoleón entendían la estrategia militar. Luego, menciona que la estrategia se convirtió en un término de negocios en la década de 1960 y analiza la estrategia de la empresa Cola Real de ofrecer bebidas a bajo precio a segmentos de bajos ingresos. Finalmente, enumera cinco componentes clave de una e
Este documento presenta un resumen del consorcio LICAFO formado por tres MYPES: una librería llamada Mundo's, una cafetería llamada Cajeta, y un servicio de fotocopias llamado Flash Express. El consorcio busca ofrecer servicios de libros, café y fotocopias a universidades en Lima. Describe los servicios, mercados y estrategias de cada empresa así como la estructura administrativa del consorcio.
DISA es un grupo empresarial español fundado en 1987 que se dedica a la nutrición y producción animal. Cuenta con 180 empleados y tiene dos unidades de negocio principales: acuicultura, produciendo alimentos para peces, y comida para mascotas. DISA tiene una fuerte vocación internacional y vende sus productos en varios países del Mediterráneo como Portugal, Francia e Italia, con el objetivo de que el 50% de sus ventas provengan de mercados extranjeros. En 1999, DISA adquirió una empresa francesa para producir
El documento explica conceptos básicos sobre el mercado cambiario a plazo, incluyendo contratos forward y futuros, así como coberturas cambiarias. También analiza teorías como la paridad del poder adquisitivo y la paridad del tipo de interés que relacionan tasas de cambio, tasas de interés y tasas de inflación.
Este documento discute la importancia del servicio al cliente y sus elementos clave. Enfatiza que el cliente es la parte más importante de cualquier negocio y debe ser tratado con respeto. Explica que un buen servicio al cliente puede atraer nuevos clientes y fidelizar a los existentes, lo que aumenta las ventas y utilidades. También destaca la importancia de las relaciones humanas, escuchar al cliente, y ofrecer un servicio que supere sus expectativas.
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Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
1. P O R E L A B O G . E R N E S T O V I L L A I Z Á N P E Z O
LA INTERPRETACIÓN DEL
ACTO JURÍDICO
(CONTINUACIÓN)
MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO
2. EL PLAZO
• Ferrara sostiene: que el tiempo desempeña dos funciones
básicas:
1. En un caso influye en el nacimiento o fin del negocio,
luego mira a su eficacia.
2. En otro caso, regula el ejercicio de derechos y el
cumplimiento de obligaciones que proceden del negocio.
• En el primer caso, el término indica la oportunidad de
inicio y/o el fin de las funciones típicas del negocio.
• En la segunda acepción, se refiere al desenvolvimento de
las prestaciones, de manera que una circunstancia ajena al
negocio – el tiempo – señala que una determinada conducta
3. U otro hecho jurídico deben producirse en un
momento cierto o en una sucesión de
momentos, cuya amplitud puede coincidir con
el término inicial o final. Ej. El arrendamiento
4. PLAZO Y TERMINO
•PLAZO- es un derecho. Constituye el transcurso de tiempo más
o menos extenso durante el cual se puede o no ejercer un derecho
o está suspendida su exigibilidad.
•TERMINO- es un punto en el tiempo. Es una cuestión objetiva.
Es un instante a partir del cual los efectos del negocio empiezan
o concluyen.
5. CARACTERÍSTICAS
1. El término, en cuanto modalidad de los negocios jurídicos,
tiene que ser accidental a la especie negocial que
subordina. No ha de constituir un requisito esencial para la
validez del acto.
2. Tiene que ser futuro y cierto respecto a la fecha de
celebración del negocio.
3. El plazo o el término no pueden ser ilícitos. Es un atributo
de la conducta humana.
4. La llegada del término inicial o final deben ser posibles en
el orden de las leyes físicas o premisas universalemente
aceptadas
6. 5.-Posibilidad Jurídica.- Llegado el caso, habrá que definir si
la ley o la naturaleza del negocio lo admiten Ej.el
matrimonio, la adopción, reconocimiento de un hijo
extramatrimonial etc., no admiten plazo.
8. • El artículo 181º del Código Civil regula los casos de
decaimiento o caducidad del plazo. La caducidad es
forma de vencimiento ficto del plazo. Tiene por objeto
hacer exigibles los créditos antes de su vencimiento,
debido a la presencia de algunas circunstancias
reveladoras del peligro en que se encuentra el derecho
del acreedor.
INTRODUCCION
9. • Las tres causales, si bien están interrelacionadas, son
diferenciables, pues la primera se basa en la
insolvencia sobreviniente del deudor, la segunda en el
incumplimiento en cuanto a la constitución de garantías
ofrecidas y, la tercera, en la disminución del valor de
las garantías que ha constituido.
• Consistiendo el plazo en un hecho de necesaria
realización el simple transcurso del tiempo da lugar a
su cumplimiento. Puede ocurrir que se produzca la
caducidad del plazo, antes de su vencimiento se dé por
cumplido en detrimento del deudor, por las causales
previstas en el Código Civil.
10. REFERENCIAS
Este artículo del Código Civil tiene como
referencias:
• Artículo 1114º del Código Civil de 1936 de Perú.
• Artículo 1188º del Código Civil de Francia.
• Artículo 1186º del Código Civil de Italia.
• Artículo 1129º del Código Civil de España.
• Artículo 1496º del Código Civil de Chile.
• Artículo 1553º del Código Civil de Colombia.
11. CADUCIDAD DEL PLAZO
Artículo 181º del Código Civil de 1984.- El deudor
pierde el derecho a utilizar el plazo:
1º Cuando resulta insolvente después de
contraída la obligación, salvo que garantice
la deuda.
Se presume la insolvencia del deudor si
dentro de los quince días de su
emplazamiento judicial, no garantiza la
deuda o no señala bienes libres de gravamen
por valor suficiente para el cumplimiento de
su prestación.
12. • Insolvencia sobreviniente del deudor.-
Se refiere a la insolvencia sobreviniente después de contraída la
obligación.
Según Alessandri Rodríguez, es la incapacidad de una persona
para pagar sus deudas, es decir que el vocablo insolvencia no
debe estimarse como sinónimo de quiebra.
Tendrán que hacer muestras de la disminución del patrimonio del
deudor, que lo haga insolvente. Es claro que si el deudor no está
en insolvencia, podrá impugnar la actitud del acreedor de dar por
vencido el plazo, impugnación que determina la intervención del
juez para establecer si hay o no insolvencia y si está bien o mal
tomada la decisión de dar por vencido el plazo.
13. El acreedor tiene respecto de su deudor el derecho a ser
pagado y por eso la insolvencia que le sobreviene al
deudor, luego de contraída la obligación, le hace perder
el beneficio del plazo.
La insolvencia debe entenderse como la imposibilidad de
poder responder frente a las obligaciones contraídas,
porque el deudor ya no cuenta con patrimonio suficiente.
León Barandiarán sostiene en la imposibilidad económica
del deudor de responder por sus obligaciones, por lo
que hace desaparecer la razón de la concesión del
plazo al deudor.
14. Con la modificación por el Código Procesal Civil se
establece una presunción para determinar la insolvencia
del deudor.
Ella requiere de un emplazamiento judicial para que
dentro de los 15 días siguientes el deudor constituya
garantías o señale bienes que pueda embargarle el
acreedor, por valor suficiente. Si transcurren los 15 días
la presunción de su insolvencia opera y el acreedor
puede pedir que se den por vencidos los plazos
tramitando su demanda como proceso sumarísimo y
hacer uso de las medidas cautelares que le aseguren la
satisfacción del crédito.
15. 2º Cuando no otorgue al acreedor las garantías
a que se hubiese comprometido.
La falta de cumplimiento del deudor es, causa suficiente para
que pierda el derecho a utilizar el plazo.
Debe tratarse de garantías convenidas en la celebración del
acto jurídico que origina el crédito y por eso, la perdida del
derecho al beneficio del plazo se justifica.
La causal no distingue la naturaleza de las garantías, puede
tratarse de garantías reales, como la prenda y la hipoteca, o
de garantías personales, como la fianza
16. Se refiere al incumplimiento del deudor de ofrecer las
garantías a que se había comprometido, es decir se
trata del incumplimiento de las obligaciones del deudor.
Se trata del perfeccionamiento del acto jurídico con las
garantías ofrecidas por el deudor, que no cumplió. Hay
que considerar que el plazo se concedió en atención a
que la obligación estaría garantizada y al no estarlo, se
da por vencido.
17. 3º Cuando las garantías disminuyeren por acto
propio del deudor, o desaparecieren por causa
no imputable a éste; a menos que sean
inmediatamente sustituidas por otras
equivalentes a satisfacción del acreedor.
La perdida del derecho al plazo por las causales
indicadas en los incisos precedentes, se
declara a petición del interesado y se tramita
como proceso sumarísimo. Son especialmente
procedentes las medidas cautelares destinadas
a asegurar la satisfacción del crédito.
18. Se trata indudablemente de dos situaciones distintas,
donde existe intencionalidad solamente en la primera,
acto por el cual el deudor desaparece las garantías
otorgadas, constituye un hecho malicioso, destinado a
perjudicar al acreedor; caso en el cual procede de
inmediato la caducidad del plazo.
Ejemplo:
Tratándose de una prenda con entrega jurídica (Art.. 1059
del Código Civil) y, por tanto, los bienes prendados
están en posesión del deudor, si éste no les presta la
debida atención y diligencia para su mantenimiento y
conservación.
19. En cambio, la desaparición de las garantías sin
culpa del deudor, no puede equiparse al caso de
malicia del deudor, aunque de uno u otro modo
se ponga en peligro el pago de la obligación, no
obstante el deudor pierde el derecho al plazo
porque el acreedor no tiene ya la seguridad de
hacer efectivo su crédito.
21. Artículo 182º Plazo señalado por el juez.
Si el acto no señala plazo, pero de su naturaleza y
circunstancias se dedujere que ha querido
concederse al deudor, el juez fija su duración.
También fija el juez la duración del plazo cuya
determinación haya quedado a voluntad del
deudor o un tercero y estos no lo señalaren.
La demanda se tramita como proceso sumarísimo
22. Este artículo regula el plazo judicial en dos
supuestos:
• Primer supuesto.- Cuando no se señaló plazo en
el acto jurídico, pero se dedujere de su naturaleza
y circunstancias que ha querido concederse plazo
al deudor y cuando la determinación de la
duración del plazo ha quedado reservada a la
voluntad de un tercero o del deudor. En ambos
casos establece la ley que el juez fijará la duración
del plazo.
23. • Segundo supuesto.- Existe un plazo explicito,
cuyo término no se señalo y quedó librado a la
voluntad del deudor o de un tercero. Por
ejemplo: te pagaré cuando pueda. Entonces lo
que el juez hace es sino señalar el término de
ese plazo, pero respetando lo pactado.
24. • León Barandiarán .- “Se puede decir que nuestro Código
Civil uniformiza el pago cum debitur debitur voluerit, o
potuerit, es cuando deja a la determinación del juez la
fijación del plazo para el cumplimiento de la obligación
por el sujeto pasivo de la misma”.
26. • Artículo 183º.- El plazo se computa de acuerdo al calendario
gregoriano, conforme a las siguientes reglas:
1. El plazo señalado por días se computa por días naturales, salvo
que la ley o el acto jurídico establezcan que se haga por días
hábiles .
2. El plazo señalado por meses se cumple en el mes del
vencimiento y en el día de éste correspondiente a la fecha del
mes inicial. Si en el mes de vencimiento falta tal día, el plazo se
cumple el último día de dicho mes.
3. El plazo señalado por años se rige por las reglas que establece el
inciso 2.
4. El plazo excluye el día inicial e incluye el día del vencimiento.
5. El plazo cuyo último día sea inhábil, vence el primer día hábil
siguiente.
27. • EL CALENDARIO GREGORIANO
El calendario usado en la actualidad tiene su origen en el que usaron
los romanos.
Fue el emperador Julio Cesar quien ordeno la adopción de un año
solar de 365 días y 6 horas, disponiendo que un año, que resulto
ser el año 46 anterior a la era cristiana .Este fue llamado calendario
juliano.
En el siglo XVI la iglesia católica procedió a la revisión del calendario
juliano con la finalidad de ajustarlo, a partir de esta reforma el
calendario paso a denominarse Calendario Gregoriano.
28. • EL COMPUTO DEL TIEMPO MOVIL
Es el que requiere de reglas para establecer los momentos o
instantes del tiempo, se han formulado dos sistemas:
1. Computación Natural.- se procede a determninar la
duracion del plazo de momento a momento, esto es de
una hora determinada a otra hora determinada dentro
de un dia, un mes, un año. Excluye los dias habiles.
2. Computación Civil.- se adopta el dia por entero.
Incluye los dias habiles
29. • EL COMPUTO POR DIAS
El cómputo de los plazos es el cómputo del transcurso del tiempo.
Artículo 183º en principio para este cómputo siempre habrá de
aplicarse el calendario gregoriano.
Inciso 1º.- El plazo señalado por días se computa por
días naturales, salvo que la ley o el acto jurídico
establezcan que se haga por días hábiles.
Días naturales: El Código Civil ha adoptado el sistema de la
computatio naturalis: se refiere a los días enteros, a las 24
horas de cada día. Son los días que señala el calendario
gregoriano.
30. Días hábiles: Es cuando el tiempo es útil. Se deja
librado a la autonomía de la voluntad los días que
pueden ser computables.
Son los días que no incluyen los domingos y feriados.
La norma de carácter supletorio, delega en voluntad de
las partes que deciden sobre el sistema de
cómputo.
31. Inciso 4º.- El plazo excluye el día inicial e
incluye el día del vencimiento.
El plazo comienza a correr desde el día siguiente, sea
hábil o inhábil, e incluye el día del vencimiento.
Inciso 5º.- El plazo cuyo último día sea inhábil,
vence el primer día hábil siguiente.
Son normas que no tienen carácter imperativo, lo que
se considera que tampoco prevalece sobre la
voluntad del las partes.
32. • EL COMPUTO POR MESES
Inciso 2º norma por meses disponiendo .- El plazo
señalado por meses se cumple en el mes del
vencimiento y en el día de éste correspondiente
a la fecha del mes inicial. Si en el mes de
vencimiento falta tal día, el plazo se cumple el
último día de dicho mes.
33. • EL COMPUTO POR AÑOS
Inciso 3º norma el computo por años disponiendo la
obligación de la regla del computo por meses.- El
plazo señalado por años se rige por las reglas
que establece el inciso 2”.
34. • APLICACION SUPLETORIA DE LAS REGLAS
DE COMPUTO.
El artículo 184 del Código Civil dispone la aplicación
supletoria de las reglas de cómputo a todos los plazos:
“Las reglas del artículo 183 son aplicables a
todos los plazos legales o convencionales, salvo
disposición o acuerdo diferente”.
La norma fue adoptada por la Comisión Revisora y no
registra antecedente en el Código Civil.
35. CONCLUSION
• Uno de los caracteres del plazo como modalidad del
acto jurídico es que sea establecido voluntariamente
por sus propio celebrantes.
• El plazo consiste en un hecho de necesaria realización,
el simple transcurso de tiempo da lugar a su
cumplimiento. Puede ocurrir que se produzca la
caducidad del plazo, es decir, que antes de su
vencimiento se dé por cumplido en detrimento del
deudor, por las causales previstas en el Código Civil.
• El artículo 181º regula los casos de decaimiento o
caducidad del plazo. La caducidad es forma de
vencimiento ficto del plazo.
36. • El acreedor tiene un derecho efectivo, con la
garantía propia y legal de las obligaciones,
consistente en el patrimonio del deudor, y las
específicas que se hayan establecido.
• El artículo 182º regula el plazo judicial en dos
supuestos: cuando no se señala plazo en el acto
jurídico y cuando la determinación de la duración
del plazo ha quedado reservada a la voluntad de
un tercero o del deudor.
• El calendario Gregoriano es considerado como el
tiempo fijo al que hace referencia la doctrina.
37. E L C A R G O
Acto Jurídico
Abog. Ernesto Villaizán Pezo
38. 1.Elementos Esenciales
Son aquellos que no pueden faltar para caracterizar el acto
jurídico. Por ejemplo: en la compra – venta no podría
prescindirse del precio que se paga ni de la cosa o bien que
se adquiere.
2.Elementos Naturales
Son los elementos pre - establecidos por la ley y aparecen
en el acto jurídico. Son inherentes a la naturaleza del acto
jurídico, pero no de manera inevitable, ellos pueden ser
suprimidos por la voluntad de las partes.
3. Elementos Accidentales
Son los que normalmente no pertenecen al acto jurídico y
son arbitrariamente adheridos por las partes.
Introducción
39. Definición- Analísis de Artículos
Se denomina cargo, modo o modus a la modalidad del acto
jurídico por la que se impone una obligación al beneficiario de
una liberalidad, pero cuyo incumplimiento no impide la
adquisición del derecho no determina su extinción. El cargo,
igual que la condición puede consistir en una obligación de
hacer o de no hacer, de dar, en dos o más obligaciones
distintas ya conjuntas, ya alternativas, como puede consistir
asimismo, en mero hecho que no sea propiamente jurídico.
Art.185 Exigibilidad del cumplimiento del Cargo
Art.186 Plazo judicial para el cumplimiento del Cargo
Art.187 Transmisibilidad e Intransmisibilidad del Cargo
Art.188Cargo Ilícito e Imposible
40. A.El cargo es una obligación, necesariamente constituye una
obligación que debe cumplir el beneficiario de la liberalidad. No
ha de tratarse solamente de un deber moral, o un consejo;
debe, necesariamente, consistir en una obligación que debe
cumplir el beneficiario. Pero para que la obligación sea
exigible, es decir para que el cargo sea obligatorio debe haber
sido expresa o tácitamente, aceptado. El cargo es pues, una
obligación autónoma que se adhiere a la declaración de
voluntad de liberalidad.
B. Aunque el código civil no lo dice expresamente, se deduce
de su texto ( Art. 187) que el cargo se presenta en los actos
jurídicos gratuitos en los que se transmite derechos a título de
liberalidad, tales como la donación, la transmisión hereditaria o
legataria
2.Características de EL CARGO
41. C.La voluntariedad es otro de los caracteres del cargo. No existe cargo
establecido por la ley. El cargo tiene que resultar necesariamente de la
voluntad de quien hace la liberalidad. Si derivase de la ley, se trataría de un
efecto esencial o natural del acto y no de un cargo, que es elemento accidental
del acto jurídico.
D.El cargo debe ser expreso. No existen cargos tácitos. Quien impone un cargo
deberá describirlo y señalar la obligación del beneficiario de modo indubitable.
E. Staudinger estima que el cargo debe ser declarado al beneficiario, con el
acto gratuito antes o coetáneamente. Creemos que si existe una referencia
precisa al acto de liberalidad, no habrá inconveniente alguno en que el cargo
consiste de un acto jurídico posterior; es decir siempre que esista el vínculo
entre uno y otro.
F. El incumplimiento del cargo no extingue o suspende la existencia del acto
jurídico, ni su ejercicio. Este es el carácter distintivo del cargo, de la condición y
del plazo. Mientras que la condición resolutoria lo extingue, el incumplimiento
del cargo no afecta ni a la existencia ni a la eficacia del acto jurídico, el que
continuará sus efectos. La liberalidad se conservará, pero podrá exigirse el
cumplimiento del cargo
42. El acto jurídico en el que se impone un cargo es una liberalidad,
que es acto jurídico unilateral. Consiguientemente, existirá
siempre la persona que hace la liberalidad. Pero esta tiene un
destinatario, que es el beneficiario con la liberalidad, quien
puede o no participar expresando su aceptación del cargo; pues
la aceptación podrá hacerse posteriormente en forma expresa o
tácita. Expresa será la manifestación de voluntad de cumplir el
cargo y tácita será su ejecución, el incumplimiento de los actos
en que consiste el cargo, de lso cuales se inferirá la voluntad de
cumplirlos.
Además, puede existir un beneficiario del cargo, una persona
individual o colectiva, de Derecho Privado o de Derecho
Público. En este caso la relación jurídica comprendería a tres
sujetos
3.Sujetos que Intervienen en el Acto Jurídico con CARGO
43. Dispone el art. 185 del Código Civil que el cumplimiento del cargo puede
ser exigido ya sea por el imponente, ya sea por el beneficiario del cargo.
Esto es que, indistintamente cualquiera de ellos podrá exigir el
cumplimiento del cargo. Si el cargo fue constituido en favor de una
entidad social, podrá, como beneficiaria ejercitar las acciones destinadas
al cumplimiento del cargo. Habría sido suficiente que la ley se refiera al
imponente y al beneficiario del cargo. La parte final del art. 185 resulta
redundante, pues el beneficiario del cargo, como se ha dicho, puede ser
un sujeto individual o colectivo, público o privado. En su condición de
beneficiario podrá reclamar el cumplimiento del cargo. Este art. 185 no
tiene antecedente en el código civil de 1936, el que omitió disposiciones
expresas sobre la exigibilidad del cargo. Su exigibilidad se norma
entonces, por los principios generales, pues existiendo en el acto
jurídico una persona que constituye el cargo y otro a quien beneficia, es
lógico que cualquiera de ellas pueda reclamar su cumplimiento. En su
esfera jurídica caía pues el Derecho a la prestación en que el cargo
consistía
4.Exigibilidad de EL CARGO
44. El art. 186 del Código Civil dispone que sino hubiese plazo para la
ejecución del cargo, este debe cumplirse en el plazo que señale el juez.
Entonces, el cargo en cuanto, al plazo se someterá de primera intención al
plazo que se hubiese establecido en el acto constitutivo y solamente en
ausencia de este plazo deberá cumplirse el cargo en el plazo que señale el
juez, dentro de un procedimiento breve. El Código Procesal Civil en su
primera Disposición modificatoria dispone la sustitución de la parte final del
art. 186 por la frase: ¨la demanda se tramita como procedimiento
sumarísimo” .No existe norma que regule el criterio del juez para
ladesignación del plazo. Se entiende que el juez deberá apreciar la
naturaleza del cargo, su facilidad o dificultad para realizarlo y las demas
condiciones inherentes a su cumplimiento.
Salvat considera que es ¨lógico presumir que al no haberlo señalado (el
plazo) el imponente ha querido que el plazo fuese señalado por el juez¨. No
porque en ausencia de plazo convencional, se ha de presumir que se quiere
que lo señale el juez, sino porque es principio general, que si el acto jurídico
no lleva plazo lo designa el juez.
El art. Comentado reproduce la doctrina del art. 1117 del Código Civil de
1936, mejorándolo en su redacción en cuanto señala el procedimiento
dentro del cual el juez señalará el plazo.
5.Plazo de EL CARGO
45. El Art. 187 del Código Civil establece que cuando el cumplimiento del
cargo sea ran oneroso que exceda a la liberalidad, el beneficiario de la
liberalidad no estará a cumplirlo, en la medida que exceda a la liberalidad.
Pues si las expensar para cumplir el cargo ha de ser mayor que el valor de
la liberalidad en un acto oneroso, pues en cambio de lo que se transmitió
por liberalidad, se exigirá un desembolso superior a su valor. Ha de
entenderse que los gastos para el cumplimiento del cargo, deben ser
moderados y proporcionales, en tal medida que no desnaturalicen la
liberalidad.
León Barandiarán ( ob. Cit. 1954, pág 298 ), comentando el Código
derogado, decía que no había previsto el caso en que el importe del cargo
supere al de la liberalidad, y que no hay uniformidad doctrinaria al
respecto, pues unos sostenían que el negocio mantenía su validez; otros
se pronunciaban por la inexigibilidad del cargo en cuanto excedia de la
liberalidad y unos terceros en el sentido de que se repute el acto jurídico
con cargo oneroso. El art. Examinado suple la deficiencia del Código
derogado y se pronuncia por la validez de la liberalidad, a la que revela el
cargo, solamente en la medida que exceda a la liberalidad. Nuestro
Coódigo entonces, adhiere a la segunda corriente doctrinaria mencionada.
6. EL CARGO Que Excede a la Liberalidad
46. Reproduciendo el principio contenido en el art. 1218 del Código Civil de
que la obligación que no es inherente a la persona se transmite a los
herederos, el art. 188 del Código Civil establece que la obligación de
cumplir los cargos pasa a los herederos cuando no se trata de obligación
inherente a la persona. Quiere decir que si el obligado a cumplir el cargo
fallece sin haberlo cumplido, podrán sus herederos satisfacer la
obligación si ella no es inherente a la persona. Es decir, sino tuviese que
cumplirla personalmente el obligado. Tal es el caso de una persona a
quien se le deja una herencia o se le hace una donación con el cargo de
que escriba una composición musical.
En caso de que la obligación sea inherente a la persona y el obligado
muere sin cumplir el cargo, se resuelve la liberalidad, queda sin efecto la
adquisición del Derecho y los bienes vuelven al imponente de los cargos
o a sus herederos. Este es el único caso en que se resuelve la liberalidad
por no haberse cumplido el cargo; pues, como se ha dicho, carácter del
cargo es que su incumplimiento no determina la perdida de la liberalidad,
sino solamente su exigibilidad.
7. Transmisión de EL CARGO
47. En contra de la doctrina que inspira al Código Civil de 1936, dispone el
art. 189 del Código Civil de 1984 que el cargo que sea ilícito o imposible,
carece de valor y el acto subsiste como acto puro. El Código de 1936
tenía dos normas que diferenciaban el tratamiento al cargo ilícito y al
cargo físicamente imposible. En cuanto al primero, el art. 1119 disponía
que el cargo jurídicamente imposible, es decir el cargo ilícito invalidaba el
acto de liberalidad al que se había impuesto el cargo y, en cuanto al
segundo, el art. 1120 decía que si el cargo era físicamente imposible nada
valía y consiguientemente, subsistía el acto de liberalidad como acto puro.
Además el Código de 1936, trató el caso de que el cargo llegase a ser
jurídicamente imposible. Es decir que naciese como un cargo lícito y
después se hiciese ilícito. En ese caso el Art 1120 establecía la
subsistencia del acto de liberalidad, como acto puro, sin cargo.
El art. 189 del Código actual, es mucho más técnico y preciso no sólo
porque considera ilícita la obligación jurídicamente imposibles, que lo es,
sino porque tiene un tratamiento más lógico.
8. CARGO Ilícito
48. La imposibilidad jurídica o física del cargo no puede privar
de valor al acto de liberalidad que subsistirá como acto
puro. Se dirá en contra que el cargo pudo haber sido el
motivo de la liberalidad. Si así fuese ya no tendríamos un
cargo, sino una condición que merecerá el tratamiento del
art. 171, es decir que si se trata de una condición
suspensiva física o jurídicamente imposible, invalidará el
acto.
Inspirado en el Código Italiano ( art. 647, 794 ) el Código
nuestro, establece que el cargo ilícito o imposible o el cargo
que llega ha ser ilícito o imposible, no invalida el acto, el
que subsiste sin cargo alguno.