Resumen:
El siguiente trabajo nos arrojó a las definiciones específicas y aplicables en el foro penal y tributario, respectivamente a los elementos constitutivos, la modalidad de la ejecución y las características de los delitos en el código orgánico penal, las ciencias jurídicas que tengan la necesidad de adecuar jurídicamente comportamientos de sujetos activos en ilícitos tributarios de esta naturaleza, en cualquiera que sea los casos. Si bien es cierto que dicho código establece los diversos tipos de penales, sus elementos constituyentes y normas adjetivas que en general depende de la jurisdicción penal ordinaria. Es de gran importancia para los administrados verse en la realización culminatoria del sumario tributaria sancionada con penas privadas de libertad, con la única finalidad de no verse en instancia penales, aes tener el convencimiento de su inocencia. Por ende el administrado debe ejercer en todo caso los recursos ordinarios ante la administración tributaria e iniciada la investigación penal.
UPyD reclama a todas las fuerzas que se sumen al “Compromiso 10+1” que recoge medidas concretas de regeneración y comportamiento ético como la dimisión inmediata de acusados o la prohibición del cobro de sobresueldos y compatibilizar cargos.
Resumen:
El siguiente trabajo nos arrojó a las definiciones específicas y aplicables en el foro penal y tributario, respectivamente a los elementos constitutivos, la modalidad de la ejecución y las características de los delitos en el código orgánico penal, las ciencias jurídicas que tengan la necesidad de adecuar jurídicamente comportamientos de sujetos activos en ilícitos tributarios de esta naturaleza, en cualquiera que sea los casos. Si bien es cierto que dicho código establece los diversos tipos de penales, sus elementos constituyentes y normas adjetivas que en general depende de la jurisdicción penal ordinaria. Es de gran importancia para los administrados verse en la realización culminatoria del sumario tributaria sancionada con penas privadas de libertad, con la única finalidad de no verse en instancia penales, aes tener el convencimiento de su inocencia. Por ende el administrado debe ejercer en todo caso los recursos ordinarios ante la administración tributaria e iniciada la investigación penal.
UPyD reclama a todas las fuerzas que se sumen al “Compromiso 10+1” que recoge medidas concretas de regeneración y comportamiento ético como la dimisión inmediata de acusados o la prohibición del cobro de sobresueldos y compatibilizar cargos.
Los Ilícitos Tributarios son todos aquellos actos u omisiones que constituyen una infracción de las normas tributarias y originan la aplicación de una sanción por parte de los organismos competentes.
Beneficios potenciales de cooperar con la OFACMiguel Ramírez
Las compañías que accedan a cooperar con la OFAC
pueden evadir penas de grandes consecuencias
Recientemente arreglos en procedimientos legales en el área civil han sido promovidos por laOficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y estos sugieren que encubrimientos, no crímenes, pueden acarrear estrictas sanciones.
Modificación de la ley 20.393 y del código penalEtica Lab
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de la ley que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos de cohecho y soborno, aumentando las penas, tipifica los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal; y la ley N° 20.393.
Los Ilícitos Tributarios son todos aquellos actos u omisiones que constituyen una infracción de las normas tributarias y originan la aplicación de una sanción por parte de los organismos competentes.
Beneficios potenciales de cooperar con la OFACMiguel Ramírez
Las compañías que accedan a cooperar con la OFAC
pueden evadir penas de grandes consecuencias
Recientemente arreglos en procedimientos legales en el área civil han sido promovidos por laOficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y estos sugieren que encubrimientos, no crímenes, pueden acarrear estrictas sanciones.
Modificación de la ley 20.393 y del código penalEtica Lab
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de la ley que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos de cohecho y soborno, aumentando las penas, tipifica los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal; y la ley N° 20.393.
Los Ilícitos Tributarios
Concepto. Naturaleza jurídica. Clasificación de los ilícitos tributarios. Concursos de ilícitos tributarios. La reincidencia. Responsabilidad penal. Eximentes de responsabilidad penal. La inhabilitación profesional. Sanciones aplicables. Circunstancias atenuantes y agravantes.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. SE CLASIFICAN EN
DELITOS,
CONTRAVENSIONES
Y FALTAS
REGLAMENTARIAS
CLASES DE
INFRACCIONES
Entre 30 a 1500
USD
Los
tipificados y
sancionados
como tales
en las leyes
tributarias
Son violaciones de
normas adjetivas
o el incumplimiento
de deberes
formales
Entre 30 a
1000 USD
Son
violaciones de
reglamentos o
normas
secundarias
de
obligatoriedad
general
2. Sanciones
tributarias
Es una pena
impuesta por la
ley a aquellas
acciones u
omisiones
Pena o multa
que impone al
sujeto pasivo o
contribuyente
Pueden ser
pecuniarias ,
privativas de
derecho y
privativas de
libertad
Personas
naturales o
juridicas
Se extingue
por su pago o
por
prescripcion
Es una medida
privativa o
restrictiva de
derechos por
una infraccion
tributaria
3. SANCIONES
TRIBUTARIAS
PECUNIARIAS
MULTAS
Pago de una suma
dineraria y no exime del
cumplimiento de la
obligacion tributaria
CLAUSURA DEL
ESTABLECIMIENTO O
NEGOCIO
No podra exceder de tres
meses, si afecta a
terceros el contribuyente
respondera los danos y
perjuicios
SUSPENSION DE
ACTIVIDADES
Por naturales de la
actividad economica se
establece la suspencion
de las actividades
DECOMISO
Perdida de dominio
sobre los bienes, a favor
del acreedor tributario
Apuntan a la detractacion
patrimonial