Los Ilícitos Tributarios
Concepto. Naturaleza jurídica. Clasificación de los ilícitos tributarios. Concursos de ilícitos tributarios. La reincidencia. Responsabilidad penal. Eximentes de responsabilidad penal. La inhabilitación profesional. Sanciones aplicables. Circunstancias atenuantes y agravantes.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Participante:
Apóstol Francys
C.I: 24680349
Saia: A
Derecho Tributario
BARQUISIMETO, OCTUBRE DE 2015
2. -Definición
-Naturaleza Jurídica
-Formales
-Clasificación -Relativo a las especies fiscales y gravadas
-Materiales
Ilícitos -Sancionados con penas restrictiva de libertad
Tributarios -Concursos Ilícitos
-La Reincidencia
-Responsabilidad Penal
-Inhabilitación Profesional
-Sanciones aplicables
-Circunstancias Agravantes
-Circunstancias Atenuantes
3. Ilícito es aquello que no está permitido por la ley el cual es
constituido con la intensión, imprudencia, negligencia e impericia.
Ilícitos Tributarios, son los actos, acciones u omisiones que
van en contra de las normas tributarias de índole sustancial o
formal la cual constituye una infracción punible la cual origina la
aplicación de una sanción por parte del organismo competente.
Naturaleza Jurídica
Castigar a quien ostenta es Estado contra quienes vulneren
el ordenamiento jurídico de manera que afecten bienes
fundamentales de la sociedad. En consecuencia, el ilícito tributario
es ilícito penal.
4.
5. Son aquellas violaciones al
derecho formal, las cuales
manifiestan los mecanismos
administrativos del control del
cumplimiento de las obligaciones,
aunque su incumplimiento no
cause un perjuicio real dificultan
las funciones administrativas
tributarias
Las especies fiscales son
documentos que emite el Estado
con la finalidad de originar un
ingreso, y las especies gravadas
son los bienes acordados por las
normas tributarias, en la cual se
debe pagar un impuesto para su
comercialización.
6. Aquellas conductas que
conducen al incumplimiento de
los deberes, siendo el impuesto el
cual va en perjuicio del Estado en
materia monetaria
Toma en cuenta la gravedad
del daño causado y de las
conductas que entorpecen la
actividad recaudadora del Estado,
la cual priva cuando se pruebe un
documento que haya conducido al
engaño.
7. Son constituidos con
actos, acciones y omisiones las
cuales violan las normas
tributarias, las cuales esta
podrá establecer ilícitos y
sanciones adicionales a los
establecidos en el Código
Orgánico Tributario.
Concurre cuando dos o
más ilícitos tributarios este debe
castigar con la sanción más grave
siendo aumentada con la mitad de
las otras sanciones en las que
haya incurrido el contribuyente.
8. Responsabilidad Penal
La responsabilidad penal es basada en los ilícitos
cometidos la cual es personal a menos que la ley señale lo
contrario en la cual eximen circunstancias de
responsabilidad por ilícitos tributarios:
No haber cumplido la mayoría de edad (18 años),
La incapacidad mental debidamente comprobada,
Los casos fortuitos o fuerza mayor
El error de hecho y de derecho excusable
9. Es aplicada durante su ejercicio la cual consiste
en el término igual a la pena que se haya impuesto,
que con motivo de dicho ejercicio hayan incurrido,
apoyado, auxiliado, cooperado en dicho delito de
defraudación tributaria, es decir en la evasión fiscal
por parte del sujeto pasivo.
10. Prisión.
Multas la cual es una sanción pecuniarias las cuales no
se convierte en restrictiva de libertad.
Comiso y destrucción de los efectos materiales objeto
del ilícito o utilizados para cometerlo.
Clausura temporal del establecimiento, inhabilitación
para el ejercicio de oficios y profesiones .
suspensión o revocación del registro y autorización de
industrias y expendios de especies gravadas y fiscales.
11. Circunstancias
Atenuantes Agravantes
El grado de instrucción del
infractor .
La conducta que el autor asuma en
el esclarecimiento de los hechos,
La presentación de la declaración y
pago de la deuda para regularizar
el crédito tributario.
El cumplimiento de los requisitos
omitidos que puedan dar lugar a la
imposición de la sanción.
El cumplimiento de la normativa
Las demás circunstancias
atenuantes que resulten de los
procedimientos administrativos o
judiciales, aunque no estén
previstas expresamente por la ley.
La reincidencia (dentro de 5
años contados a partir del
ilícito)
La condición de funcionario o
empleado público que tengan
sus coautores o participes
La magnitud monetaria del
perjuicio fiscal y gravedad del
ilícito (tiene que ver con el
monto del ilícito y la tipificación
legal del hecho).
12. En conclusión el Ilícito tributario es una acción donde
dicho sujeto actúa con impericia, inobservancia y
negligencia al cumplimiento de su obligación, por dicha
razón el legislador dicta normas para tipificar la sanción
correspondiente a quien decida incurrir en este ilícitos
puesto que dicho incumplimiento afecta al Estado en cuanto
a la recepción de los ingresos, dicha norma sanciona a
través de penas, multas, clausura de los establecimientos y
suspensión del registro único. Dependiendo del grado de
irresponsabilidad del agente la norma lo sanciona bien sea
este con sanciones atenuantes la cuales le disminuyen la
culpabilidad estableciendo una rebaja de su pena o
agravantes como es el caso de la reincidencia es decir
cuando el sujeto incurre en dos o más ilícitos tributarias, en
este caso es circunstancia agravante puesto que la sanción
aplicable será la más grave estableciendo un aumento de la
mitad de los otros ilícitos.
13. (2009). Ilícitos Tributarios [Datos en línea]. Disponible:
http://yennvvellpena.blogspot.com/2009/08/ilicitos-tributarios.html[Consulta,
Octubre 01]
Dalimar. (2007). Ilícitos Tributarios. [Datos en línea]. Disponible:
http://dalimar-seminariodeaspectoslegales.blogspot.com/2007/06/tema-15-
ilicitos-tributarios-definicin.html[Consulta, Octubre 01]
Acosta. (2009) Ilícitos Tributarios. [Datos en línea]. Disponible:
http://dacostacarnevali21.blogspot.com/2009/08/ilicitos-
tributarios.html[Consulta, Octubre 01]
Ilícitos Tributarios. [Datos en línea]. Disponible:
https://temasdederecho.wordpress.com/tag/ilicitos-formales/[Consulta,
Octubre 01]