LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
Colaboración Ernesto Villanueva 26 09 2011
1. COLABORACIÓN
CALDERÓN, GOBIERNO POR DISCURSO
(*) Ponemos a su disposición la opinión del especialista en asuntos de transparencia y libertad
de expresión, el investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Ernesto
Villanueva
México. D. F., a 26 de septiembre de 2011
En días pasados, a propósito de la Semana de Transparencia que organiza el IFAI, el
Presidente Felipe Calderón perdió los últimos reductos que debiese observar por su investidura
presidencial; es decir, su comportamiento público no debe ser otro que el de ajustar su conducta
a lo previsto por la Constitución y las leyes. El 7 de septiembre pasado, sin embargo, Calderón
de plano puso de relieve su desprecio por el Estado de derecho, la transparencia y la rendición
de cuentas. Veamos por qué.
Primero. Con motivo de su intervención al inaugurar la Semana de Transparencia, Calderón no
sólo dijo lo que quiso escuchar su auditorio, como es habitual en la mayor parte de los políticos.
Lo más grave de esta práctica inadecuada, es que, de plano, Calderón no tuvo empacho en
emitir órdenes verbales, como si México fuese un país donde se gobierna no por la ley, o por
decreto, sino ahora ¡por discurso!
En efecto, en esa oportunidad afirmó: “He visto que hay, todavía, en fin, muchas decisiones que
se toman y que se aplican, o se invocan casos de reserva. Otras, incluso, que se litigan con el
Instituto. Yo les quiero pedir una cosa: Que no establezcan ni casos de reserva y menos litigios,
a menos que verdaderamente haya un caso que lo justifique. En cuyo caso le voy a pedir al
Secretario de la Función Pública que sea la dependencia que autorice, finalmente, si una
dependencia hace reservas o litigios. Así que, en otras palabras, les instruyo a todos los
servidores públicos encargados de la transparencia que no apliquen reservas mecánicamente
en los asuntos que dictaminen. Y que si van a litigar, tienen que pedir una autorización expresa
de las áreas de Función Pública o de Consejería, ya veremos, para no detener este proceso de
información y transparencia”.
Todas estas palabras tienen la fuerza legal de un buen deseo. No tienen validez jurídica alguna
por la sencilla razón de que esas expresiones no fueron vertidas conforme a lo dispuesto por el
orden normativo vigente. Por fortuna para los mexicanos, el gobierno por discurso sólo es
exigible en el cerebro de Calderón, pero es muy lamentable que se aproveche de la ignorancia
del pueblo para hacer creer lo contrario a lo que su desarrollo personal acredita.
2. Segundo. El Presidente de la República sólo puede hacer lo que expresamente le confiere la
Constitución, en particular, pero no únicamente, el artículo 89 y las leyes reglamentarias
correspondientes. En el citado artículo 89 constitucional el Presidente tiene dos facultades
reconocidas por la doctrina como reglamentarias: a) La expedición de reglamentos
heterónomos; es decir, aquellos que desarrollan en detalle sin alterar ni modificar el sentido de
una ley expedida por el Congreso de la Unión y b) La expedición de reglamentos autónomos;
que son aquellos conjuntos de normas jurídicas que desarrollan conductas sin que medie
previamente la aprobación de una Ley en sentido formal. Si en verdad no hubiese sido una
tomadura de pelo lo que hizo Calderón, el presidente debió hacer al menos dos cosas:
a) Enviar ese día un proyecto de iniciativa de ley con reformas a la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal , a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos y al Código Penal Federal que sistemáticamente reformara el estado de la
transparencia en México para dotarle de nuevas atribuciones al IFAI, limitara la actuación de los
servidores públicos y restringiera los casos de clasificación informativa, y
b) Debió haber aprovechado esa misma fecha para predicar con el ejemplo, ordenando por
escrito, con las formalidades que la ley exige, y publicar en el Diario Oficial de la Federación un
Decreto que estableciera de manera detallada en qué casos sí y en qué casos no las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal pueden recurrir las resoluciones
del IFAI, en qué casos sólo se podrán aplicar las causales de reserva de manera limitativa y, por
supuesto, las sanciones a quienes observen una conducta contraria a la establecida como
debida por la norma. No hizo ni lo primero ni lo segundo. Eso se llama simulación, demagogia
para engañar a la gente con discursos que dicen exactamente lo contrario de lo que lleva a
cabo. Al menos, habría que decir, que Calderón ha sido congruente consigo mismo.
Tercero. En el proceso de aprobación de la Ley Federal de Transparencia, Calderón era
coordinador de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional en la Cámara de
Diputados. Fue, me consta, uno de los más reacios y fuertes enemigos a que una ley de esta
naturaleza se aprobara. Para bien del país, no tomaba las decisiones de México y se vio
obligado a obedecer los acuerdos con Santiago Creel y Eduardo Romero, quienes eran los más
entusiastas en verdad con este tema dentro del gobierno foxista.
Un video preparado hace tiempo por el Canal del Congreso de la Unión sobre la historia de la
ley recupera una imagen de un Calderón enojado frente a un Jorge Islas, feliz, junto con los
diputados del PRI y del PRD, al anunciar los acuerdos para aprobar la Ley citada. Calderón fue
y seguirá siendo opaco mientras no se vea obligado a hacer lo contrario.
Ahora con esta gracejada presidencial del 7 de septiembre ¿Se imagina a usted a un particular
a quien se le ha reservado información, armado de una copia del discurso de Calderón para
presentarlo ante la autoridad jurisdiccional competente para hacer valer sus agravios?
Evidentemente que será inadmisible por ser un elemento sin ningún valor dentro de un proceso
jurisdiccional.