2. Fundamentación Legal:
CRBV Art. 75, 76, 78
LOE Art. 6 y 17
LOPNNA Art. 4 –A , 5, 54, 126, 128, 129, 347, 358, 394,
396…
LPEMPFNNA Art. 2, 4, 7 y 15
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Art. 9
LPFMP Art. 03, 11, 19, 35 y
3. Es la asociación natural de la sociedad y el espacio
fundamental para el desarrollo integral de sus
integrantes, constituida por personas relacionadas
por vínculos, jurídicos o de hecho, que fundan su
existencia en el amor, respeto, solidaridad,
compresión mutua, participación, cooperación,
esfuerzo común, igualdad de deberes y derechos, y
la responsabilidad compartida de las tareas que
implican la vida familiar.
Art. 75, 76 CRBV, Art. 5 LOPNNA, Art. 3 y 5 LPFMP
¿Qué es la
Familia?
4. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser
criados o criadas y a desarrollarse en el seno de una familia de
origen. Excepcionalmente, en los casos en que ello sea imposible
o contrario a su interés superior, tendrán derecho a una familia
sustituta.
Parágrafo Segundo: No procede la separación de los niños, niñas
y adolescentes de su familia de origen por motivos de pobreza u
otros supuestos de exclusión social.
LOPNNA, Art. 26
Derecho a ser criado
en una familia?
5. Es aquélla que, no siendo la familia de origen, acoge,
por decisión judicial, a un niño, niña o adolescente
privado permanente o temporalmente de su medio
familiar, ya sea por carecer de padre y de madre, o
porque éstos se encuentran afectados en la titularidad
de la patria potestad o en el ejercicio de la
responsabilidad de crianza.
La Familia Sustituta puede estar conformada por una o
más personas y comprende las modalidades de:
Colocación Familiar o Entidad de Atención, la Tutela y
la Adopción.
LOPNNA, Art. 394
¿Qué es la Familia Sustituta?
6. Art. 347 de LOPNNA
Conjunto de Deberes y Derechos.
Patria Potestad
Responsabilidad de Crianza
Representación
Administración
7. Es una medida de Protección de carácter temporal
dictada por el juez o jueza y que se ejecuta en una
familia sustituta o en entidad de atención.
Finalidad: Otorgar la responsabilidad de crianza de
un niño, niña o adolescente, de manera temporal y
mientras de determina una modalidad de protección
permanente del mismo.
LOPNNA, Art. 128
¿Qué es la Colocación Familiar?
8. Tránsito
Art. 358 de LOPNNA
Comprende el Deber y derecho compartido, igual e
irrenunciable del padre y de la madre de amar, criar,
formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir
material, moral y afectivamente a sus hijos e hijas, así
como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no
vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo
integral. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de
correctivos físicos, de violencia psicológica o de trato
humillante en perjuicio de los niños, niñas y adolescentes
Deber y Derecho
Responsabilidad de crianza
9. Tránsito
Art. 232 de LOPNNA
Quien teniendo a un niño, niña o adolescente bajo su
patria potestad, tutela, en colocación familiar o entidad
de atención, lo entregue a un tercero sin autorización
judicial, será sancionado o sancionada con multa de
sesenta Unidades Tributarias (60 U. T.) a ciento veinte
Unidades Tributarias (120 U. T.), siempre que no
constituya un hecho punible.
Entrega Ilegal
Infracciones y Sanciones
10. Tránsito
Art. 400 de LOPNNA
Cuando un niño, niña o adolescente ha sido entregado o
entregada para su crianza por su padre o su madre, o
por ambos, a un tercero apto o apta para ejercer la
responsabilidad de crianza, el juez o jueza, previo el
informe respectivo, considerará ésta como la primera
opción para el otorgamiento de la colocación familiar de
ese niño, niña o adolescente
Entrega por los padres.
Entrega de un NNA a un Tercero
11. Servicio Autónomo de Defensa Pública.
Dirección: Sector San Jacinto, Palacio de Justicia,
Segundo Piso, Trujillo.
Fiscalía Octava del Ministerio Público.
Dirección, Avenida Bolívar, Sector las Acacias, a 50
metros aproximadamente del Parque los Ilustres, Valera.
¿Órganos Judiciales?
Trámite: Solicitud de Colocación Familiar
12. Servicio Autónomo de Defensa Pública.
Dirección: Sector San Jacinto, Palacio de Justicia, Segundo Piso,
Trujillo.
Acta de nacimiento de niños, niñas y adolescentes y copias (original o certificadas)
Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante y los progenitores
Tarjetas de vacunación
Constancias de estudio original
Constancia de Residencia del solicitante
Constancia de trabajo del solicitante o certificación de ingresos
Dirección de los Progenitores si están domiciliados en el país, de lo contrario (en el
extranjero) consignar número telefónico con WhatsApp y correo electrónico.
Llevar un Pendrive, le será devuelto al imprimir los documentos referentes al trámite.
Requisitos: Solicitud de
Colocación Familiar
13. Fiscalía Octava del Ministerio Público.
Dirección, Avenida Bolívar, Sector las Acacias, a 50 metros aproximadamente del
Parque los Ilustres, Valera.
Acta de nacimiento de niños, niñas y adolescentes y copias (original o certificadas)
02 Copias de la cédula de identidad del solicitante
Dirección exacta de las partes
Tarjetas de vacunación, dos (02) copias
Constancias de estudio original y una (01) copia de constancia de representación
Partidas de nacimiento de los progenitores (en caso de que aplique)
Acta de matrimonio certificada
Copia de cédula de identidad de dos (02) testigos (En reverso de una copia; colocar la
dirección exacta y número telefónico)
Constancia de Residencia
Constancia de buena conducta
Constancia de trabajo
Informes médicos
Facturas de gastos médicos
Acta de defunción (Cuando aplique)
Correo electrónico y números telefónicos de las partes
Requisitos: Solicitud de
Colocación Familiar
14. FORMATOS
ACTA DE COMPROMISO
INSCRIPCIÓN ESCOLAR PERIODO 2023-2024
De fecha _______________________, siendo las _______, hora de la _______________, ante esta Institución Educativa:
________________________________________________________ ubicada en la Parroquia: __________________, Municipio:
_____________________, Estado:___________________.
Presentes los(as) ciudadanos y/o Ciudadanas: _______________________________________________
____________________________________________________________________________________.
Quienes dicen mantener parentesco familiar con el niño, niña y Adolescente:
Abuelo (a): ____, Tío (a): _____, Otros: _____
Justificar en caso de NO mantener parentesco de consanguinidad: _______________________________
____________________________________________________________________________________.
En correspondencia, con la ausencia de padres y representantes que no realizaron el proceso legal en representación del niño, niña y adolescente a
algún familiar o ciudadano(a) de la República Bolivariana de Venezuela, ante los Órganos competentes y considerando el Interés Superior de los Niños,
Niñas y Adolescentes, en la efectiva ejecución de sus derechos y deberes consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art.
102, 103), en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Art. 53, 54), Ley Orgánica de Educación (Art. 6), las partes quienes en
pleno uso de sus facultades, sin ningún tipo de coacción y bajo libre expresión de su voluntad, acuerdan lo siguiente; Se compromete a: PRIMERO:
Solventar la situación legal de representación ante el órgano competente en materia de protección (Consejo de Protección, Defensa Pública, Tribunales
de Protección, entre otros). SEGUNDO: Representar ante la institución educativa al niño, niña y adolescente durante el año escolar en curso en actos,
reuniones y actividades académicas, culturales y recreativas. TERCERO: Realizar en el periodo no mayor a sesenta (60) días continuos, la tramitación del
requerimiento, para clarificar la situación del niño, niña y adolescente.
Se le informa que las partes se comprometen a darle fiel cumplimiento al presente acuerdo y se informa que el incumplimiento, traerá como
consecuencia la limitación al proceso de inscripción del año escolar 2024 – 2025.
Es justicia en Escuque a los ______, días del mes de _____________________ del año ____________
Cabe recordar, que esta acta es válida solo para trámites educativos.
Es todo. Terminó. Se leyó y estando conforme firman, siendo las __________Horas.
Firma del Representante: __________________________________ Huella Dactilar.
Firma del Directivo(a): ________________________________ Sello de la Institución Educativa.
15. La Convención de Derechos del
Nino establece que, “Existe familia
en todo espacio en que las
personas entreguen amor y
cuidados (parentalidad) a NNA”
GRACIAS
POR SU ATENCIÓN...
Informe Diagnóstico con énfasis en la Colocación Familiar o Entidad de
Atención de los Niños, Niñas y Adolescente “Dejados Atrás” , Mayo 2020