COMENTARIO:				Texto:	Decreto	de	1	de	Octubre	de	1823	
Bien	 públicos	 y	 notorios	 fueron	 a	 todos	 mis	 vasallos	 los	 escandalosos	 sucesos	 que	 precedieron,	
acompañaron	y	siguieron	al	establecimiento	de	la	democrática	Constitución	de	Cádiz	en	el	mes	de	
marzo	de	1820:	la	más	criminal	traición,	la	más	vergonzosa	cobardía,	el	desacato	más	horrendo	a	
mi	 Real	 Persona,	 y	 la	 violencia	 más	 inevitable,	 fueron	 los	 elementos	 empleados	 para	 variar	
esencialmente	 el	 gobierno	 paternal	 de	 mis	 reinos	 en	 un	 código	 democrático,	 origen	 fecundo	
dedesastres	y	de	desgracias.	(...).	
No	fue	estéril	el	grito	general	de	la	Nación:	por	todas	las	Provincias	se	formaban	cuerpos	armados	
que	lidiaron	contra	los	soldados	de	la	Constitución	(...)	
La	 Europa	 entera,	 conociendo	 profundamente	 mi	 cautiverio	 y	 el	 de	 toda	 mi	 Real	 Familia	 (...),	
determinaron	 poner	 fin	 a	 un	 estado	 de	 cosas	 que	 era	 el	 escándalo	 universal,	 que	 caminaba	 a	
trastornar	todos	los	Tronos	y	todas	las	instituciones	antiguas	cambiándolas	en	la	irreligión	y	en	la	
inmoralidad	(...)	
Sentado	otra	vez	en	el	trono	de	S.	Fernando	(...),	deseando	proveer	de	remedio	las	más	urgentes	
necesidades	 de	 mis	 pueblos,	 y	 manifestar	 a	 todo	 el	 mundo	 mi	 verdadera	 voluntad	 en	 el	 primer	
momento	que	he	recobrado	la	libertad;	he	venido	a	declarar	los	siguientes:	
(...)	Son	nulos	y	de	ningún	valor	todos	los	actos	del	gobierno	l	amado	constitucional	(de	cualquiera	
clase	y	condición	que	sean)	que	ha	dominado	mis	pueblos	desde	el	día	7	de	marzo	de	1820	hasta	
hoy,	día	1°	de	octubre	de	1823,	declarando,	como	declaro,	que	en	toda	esta	época	he	carecido	de	
libertad,	obligado	a	sancionar	las	leyes	y	a	expedir	las	órdenes,	decretos	y	reglamentos	que	contra	
mi	voluntad	se	meditaban	y	expedían	por	el	mismo	gobierno	(...)	.	
Gaceta	de	Madrid,	7	de	octubre	de	1823.	
Decreto	del	1	de	octubre	de	1823	
1.	Naturaleza	del	Texto	
Fuente:	primaria	
Naturaleza:	Jurídico-Política	
Autor:	Fernando	VII	
Carácter:		Público	
Redacción	
	
Este	texto	recoge	una	parte	del	Decreto	de	1	de	octubre	de	1823,	por	el	
que	 Fernando	 VII	 restituía	 la	 monarquía	 absoluta	 después	 del	 Trienio	 Liberal	 (1820-
1823).Fue	publicado	en	la	Gaceta	de	Madrid	el	7	de	octubre.	
	 Se	trata	de	una	fuente	primaria	de	carácter	jurídico	y	de	contenido	político.	En	
este	caso	aparece	recogida	en	un	manual	de	Historia	de	España	de	2º	de	Bachillerato,	es	
decir,	una	fuente	historiográfica	secundaria	publicada	en	1998.	 	
	 Además	es	un	documento	público,	oficial,	de	obligado	cumplimiento,	de	ámbito	
nacional	y	destinado	a	la	totalidad	del	pueblo	español,	firmado	por	Fernando	VII.		
	
	
FUENTE:	http://es.slideshare.net/escarraga/comentario-decreto-1-octubre-1823-definitivo
2.	Ideas	principales	y	secundarias,	más	elaborar	el	contexto	histórico	
Idea	Principal:	Eliminar	la	obra	legislativa	y	las	leyes	aprobadas	en	el	Trienio	libera	
Ideas	Secundarias	
	
El	decreto,	antes	de	finalizar	con	la	resolución	que	anulaba	la	legislación	aprobada	por	
los	gobiernos	liberales	entre	1820	y	1823,	introduce	una	serie	de	argumentos	para	
justificarla.	Así:	
	
-	El	pronunciamiento	de	Riego	de	1820	es	calificado	de	“criminal	traición”,	de	
“desacato	al	monarca”,de	“violento”	y	“cobarde”.	
-	No	todos	estaban,	como	ocurría	en	efecto	con	los	absolutistas	o	realistas,	con	la		
Constitución,	formándose	guerrillas	realistas	en	contra	del	gobierno	y	a	favor	del	
absolutismo.	
-	Europa,	la	Santa	Alianza,	a	la	que	tampoco	le	gusta	lo	que	está	ocurriendo	en	España,	
escucha	al	monarca,	no	está	dispuesta	a	que	la	revolución	liberal	española	de	1820	
pueda	servir	de	ejemplo	en	otras	partes	de	Europa,	que	pueda	“trastornar	–como	se	
dice	en	el	documento-	todos	los	Tronos	y	todas	las	instituciones	antiguas”.	En	
definitiva,	con	este	decreto	Fernando	VII	volvía	a	restaurar	la	monarquía	absoluta.	Al	
régimen	liberal	en	España	todavía	le	quedaba	una	larga	espera	de	diez	años.		
	
FUENTE:	http://www.iesamoreno.es/_iesdata/dptos/dpto_geografia_historia/Decreto_de_1823.pdf		
	
Contexto	histórico.	
	
(Aviso:	no	hay	que	redactar	el	contexto	histórico	bajo:		a)	Anterior	b)	Momento	c)	
Consecuencias.		Simplemente	se	escribe	así	para	que	se	observe	y	analice	fácilmente,	
en	clase,	qué	aspectos	hay	que	expresar	en	este	subapartado).			
	
a)	Anterior	
	 Una	 vez	 terminada	 la	 Guerra	 de	 la	 Independencia,	 durante	 la	 cual	 se	
impusieron	 las	 ideas	 liberales	 en	 la	 Constitución	 de	 Cádiz,	 Fernando	 VII	 regresó	 a	
España	por	el	Tratado	de	Valençay	(1813).	A	continuación,	restauró	el	poder	absoluto	
del	 monarca,	 aboliendo	 toda	 la	 legislación	 de	 las	 Cortes	 de	 Cádiz	 y	 se	 inició	 la	
persecución	contra	los	liberales.	Esto	no	detuvo	la	acción	de	los	sectores	liberales,	que	
recurrieron	a	pronunciamientos	militares	(caracterizaron	todo	el	siglo	XIX	español).	
	 En	 1820,	 triunfó	 el	 levantamiento	 dirigido	 por	 Riego.	 Fernando	 VII	 tuvo	 que	
jurar	 la	 Constitución	 de	 1812	 y	 se	 volvió	 a	 los	 principios	 liberales	 de	 Cádiz	 (Trienio	
Liberal):	 soberanía	 nacional,	 separación	 de	 poderes,	 etc.	 Eso	 sí,	 el	 desarrollo	 de	 las	
ideas	 liberales	 se	 topó	 dos	 grandes	 enemigos:	 la	 situación	 internacional	
(predominaban	las	monarquías	absolutas)	y	la	actitud	beligerante	de	Fernando	VII.	En	
este	 contexto,	 el	 movimiento	 liberal	 se	 dividió	 en	 dos	 grandes	 tendencias	 que	
marcaron	 el	 devenir	 del	 liberalismo	 durante	 gran	 parte	 del	 siglo	 XIX:	 liberales	
moderados	 (“doceañistas”),	 como	 Martínez	 de	 la	 Rosa;	 y	 liberales	 exaltados	 que	
pretendían	la	vuelta	a	la	Constitución	de	1812	(“veinteañistas”).	La	supresión	de	las	
sociedades	 patrióticas	 generó	 un	 gran	 malestar	 entre	 los	 liberales	 exaltados	 que
protagonizaron	conspiraciones.	A	ellas	se	sumaron	las	intrigas	del	rey;	la	acción	de	la	
guerrilla	realista	(1821);	la	guerra	de	independencia	de	las	colonias	americanas	y	las	
maniobras	internacionales	de	la	Santa	Alianza.		
Momento	
	 El	intento	de	golpe	de	Estado	protagonizado	por	la	Guardia	Real	(1822)	abrió	
paso	 a	 una	 etapa	 de	 formación	 de	 gobiernos	 liberales	 exaltados.	 En	 este	 contexto,	
como	puede	verse	en	el	texto,	Luis	XVIII	de	Francia,	en	virtud	del	acuerdo	de	la	Santa	
Alianza,	decidió	enviar	un	ejército,	los	Cien	Mil	Hijos	de	San	Luis,	al	mando	del	duque	
de	Angulema,	que	invadió	España	en	abril	de	1823	con	el	apoyo	de	las	tropas	realistas,	
restaurando	el	poder	absoluto	del	monarca.		
Consecuencias.	
	 Tras	imponer	de	nuevo	el	absolutismo	con	este	decreto,	Fernando	VII	inició	una	
persecución	implacable	de	los	liberales,	comenzando	de	esta	forma	la	conocida	como	
“década	ominosa”	(1823-1833).	Ejecuta	al	general	Riego	y	comienza	un	periodo	de	una	
dura	represión	política	que	provocó	la	salida	del	país	de	unos	20	mil	liberales,	(Alcalá	
Galiano,	Torrijos,	Martínez	de	la	Rosa,	Mendizábal,	Duque	de	Rivas).	Continuaron	los	
intentos	 de	 insurrección	 y	 numerosos	 líderes	 liberales,	 como	 Riego,	 el	 Empecinado,	
José	María	Torrijos	y	Mariana	Pineda	fueron	ejecutados.	
	 Eso	sí,	la	vuelta	al	poder	del	monarca	no	supuso	una	simple	restauración	del	
Antiguo	Régimen,	hasta	el	propio	monarca	era	consciente	de	que	debía	modernizarse	
(reformismo	 moderado).	 La	 labor	 de	 los	 gobiernos	 se	 centró	 en	 la	 reforma	 de	 la	
Hacienda	y	la	administración:	reforma	fiscal	de	1824	(López	Ballesteros);	diseño	de	los	
primeros	 presupuestos	 del	 Estado;	 etc.	 Aunque	 eI	 monarca	 era	 de	 todo	 menos	
moderado,	la	suavización	del	Antiguo	Régimen	(sobre	todo	la	no	restauración	de	la	
Inquisición)	 provocó	 la	 sublevación	 de	 los	 absolutistas	 en	 1827	 (guerra	 de	 los	
agraviados	o	malcontents)	en	un	claro	precedente	del	problema	carlista.	Los	últimos	
años	del	reinado	de	Fernando	VII	estuvieron	marcados	por	la	cuestión	sucesoria	que	
generará	 un	 problema	 que	 dará	 lugar	 a	 la	 Primera	 Guerra	 Carlista	 (1833-1840)	 una	
conflagración	 dinástica	 que	 enfrentó	 a	 los	 liberales	 que	 apoyaron	 a	 su	 hija	 Isabel	
contra	los	carlistas	(absolutistas)	que	respaldaban	a	su	hermano	Carlos.	
FUENTE:	http://es.slideshare.net/escarraga/comentario-decreto-1-octubre-1823-definitivo

Comentario decreto 1823