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CURSO DE
COOPERATIVISMO
ORGANIZA: COOPACSIT
EXPOSITOR: Ing. Eleazar Ramos Loarte
I.-ECONOMIA SOLIDARIA
• La economía solidaria es una búsqueda teórica y
práctica de formas de hacer economía
alternativas basadas en el trabajo y la
solidaridad.
• Su fundamento es que la solidaridad y otros
valores éticos explican numerosos
comportamientos socioeconómicos que
incrementan la eficiencia económica y generan
un conjunto de beneficios sociales y culturales
que favorecen a toda la sociedad
EMPRESAS DEL SISTEMA DE
ECONOMIA SOLIDARIA.
• Cooperativas.
• Autogestionarias.
• Comunales
• Demás formas asociativas
DOBLE NATURALEZA
Cooperativa es la empresa asociativa
sin fines de lucro.
CRITERIO DE IDENTIDAD
En el cual los trabajadores o los
usuarios, según sea el caso, son
simultáneamente los aportantes
y los gestores de la empresa.
Grupo de personas
Empresa mancomunada
asociado = trabajador
asociado = usuario gestor
II.-COOPERATIVAS
Son sociedades de personas, pues éstas prevalecen
sobre la estructura del capital o de la participación en
él, que es el criterio dominante en el resto de
sociedades.
Es bajo el concepto de sociedades de personas, donde
se ubican las cooperativas y, con ella, su fuerza. Es un
concepto de solidaridad que se concreta
necesariamente en una realidad empresarial
construida para hacer algo concreto en beneficio de
un colectivo. Por ser una realidad empresarial, los
mecanismos del mercado y las exigencias de la
economía actúan como valor educativo que fuerza
necesariamente a la eficacia.
Las cooperativas surgen como solución a una
dificultad impuesta por una realidad económica
que tiende a excluir, o a poner barreras de entrada
en su entorno, a ciertos grupos de personas. Por
tanto, la forma cooperativa nace como una
reacción a la exclusión social o económica de
factores básicos para la vida. Es, en su
principio, una reacción defensiva.
Es una reacción colectiva que no es posible
realizarla de manera individual.
• Las organizaciones cooperativas, ya sean de
primer grado o de integración, tienen un
compromiso social evidente y el cuál, debido a
sus principios y valores, que hacen a la esencia
cooperativa, no pueden eludir. Un compromiso
con una mejor distribución de la riqueza, con
una sociedad económica y socialmente más
justa e inclusiva. Un compromiso con la ética y la
gobernabilidad, pero sobretodo un compromiso
con el combate a la pobreza.
CLASES Y TIPOS DE COOPERATIVAS
• Las cooperativas primarias se organizarán con
sujeción a las siguientes reglas:
1. Por su Estructura Social: toda cooperativa
se constituirá y funcionará necesariamente
en una de las siguientes modalidades:
1.1 Cooperativas de Trabajadores: cuyo objeto
es ser fuente de trabajo para quiénes al mismo
tiempo sean sus socios y trabajadores;
1.2 Cooperativas de Usuarios: cuyo objeto es
ser fuente de servicios para quienes sean o
puedan ser los usuarios de éstas;
2. Por su Actividad Económica: toda
cooperativa deberá adecuarse a cualquiera
de estos Tipos:
2.1 Cooperativas agrarias;
2.2 Cooperativas agrarias azucareras;
2.3 Cooperativas agrarias cafetaleras;
2.4 Cooperativas agrarias de colonización;
2.5 Cooperativas comunales;
2.6 Cooperativas pesqueras;
2.7 Cooperativas artesanales;
2.8 Cooperativas industriales;
2.9 Cooperativas mineras;
2.10 Cooperativas de transportes;
2.11 Cooperativas de ahorro y crédito;
2.12 Cooperativas de consumo
2.13 Cooperativas de vivienda
2.14 Cooperativas de servicios educacionales
2.15 Cooperativas de escolares;
2.16 Cooperativas de servicios públicos;
2.17 Cooperativas de servicios múltiples;
2.18 Cooperativas de producción especiales;
2.19 Cooperativas de servicios especiales;
ASOCIADOS
• Tanto las personas físicas, como las
jurídicas (Otras cooperativas, las
comunidades campesinas o nativas, las
entidades del Sector Público y otras
personas jurídicas sin fines de lucro);
Para las personas jurídicas la ley
establece algunas salvedades.
2. Las pequeñas empresas, cualquiera
fuere su naturaleza jurídica, siempre
que reúnan los siguientes requisitos:
• 2.1 Que no tengan más de diez
trabajadores dependientes a su servicio y
• 2.2 Que el valor contable de sus activos
fijos no supere el equivalente de diez
remuneraciones mínimas vitales, anuales
de Lima por cada uno de dichos
trabajadores;
ORGANOS DE LAS COOPERATIVAS
• La dirección, administración y control de la
cooperativa estará a cargo de la asamblea
general, el consejo de administración y el
consejo de vigilancia, respectivamente
• Los comités y comisiones de la cooperativa se
regirán por las siguientes normas básicas:
Toda cooperativa
tendrá, obligatoriamente, un comité de
educación y un comité electoral
• El número máximo de miembros
titulares y suplentes de los consejos
y de los comités de educación y
electoral será fijado por el
estatuto, en función de los fines de la
cooperativa y de la naturaleza y
volumen de sus actividades.
PATRIMONIO
• Es el conjunto de bienes económicos que tiene una
Cooperativa y que le permite desarrollar sus
actividades financieras.
• El Patrimonio está constituido por:
-El Capital social: Es el valor de los certificados de
aportación que la Cooperativa ha recibido de los
socios.
-Reservas y Fondos: Son provisiones de dinero que
tienen un destino especial. Se clasifican en:
- Reservas y fondos comunes a todo tipo de
empresa: Ejemplo: provisión para prestaciones
de trabajadores-socios y no socios.
-Reservas y fondos de ley:
- Reserva Legal
- Fondo de Educación
- Fondo de Solidaridad.
-Excedentes antes de la distribución: figuran en el
Balance con este nombre las cantidades que
resulten de las operaciones realizadas durante el
año, una vez deducidas las reservas y provisiones.
-Donaciones: son los aportes hechos por entidades
oficiales o particulares con el fin de apoyar o
auxiliar a la Cooperativa.
RESPONSABILIDAD
–La responsabilidad de los socios respecto a
las deudas de la cooperativa está limitada a
sus aportaciones al capital social suscritas.
–La persona que adquiera la calidad de socio
responderá con sus
aportaciones, conjuntamente con los demás
socios, de las obligaciones contraídas por la
cooperativa, antes de su ingreso en ella y
hasta la fecha de cierre del ejercicio dentro
del cual renunciare, o cesare por otra causa.
DISTRIBUCION DE EXCEDENTES
Los remanentes se destinarán, por acuerdo de la
asamblea general, para los fines y en el orden que
siguen:
1.- No menos del veinte por ciento para la reserva
cooperativa sin perjuicio de que el Reglamento
señale porcentajes mayores o diferenciales según los
tipos de cooperativas;
2.- El porcentaje necesario para el pago de los
intereses de las aportaciones que correspondan a los
socios, en proporción a la parte pagada de ellas;
3.- Las sumas correspondientes a fines
específicos, como provisión para gastos y/o abono a
la reserva cooperativa, y/o incremento del capital
social, según decisión expresa de la propia asamblea
general.
III.-Valores y Principios del
Cooperativismo Universal
Los valores son cualidades que las personas
cultivan para ser dignos y respetables en la
sociedad. La Cooperativa, adopta los siguientes
valores:
• RESPONSABILIDAD
• DEMOCRACIA
• IGUALDAD
• EQUIDAD
• SOLIDARIDAD
• HONESTIDAD
• TRANSPARENCIA
• RESPONSABILIDAD SOCIAL
Principios cooperativos
Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los
cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores.
• 1.- Primer principio: Adhesión abierta y voluntaria
2.- Segundo principio: Control democrático de los
socios
. 3.- Tercer principio: Participación económica de los
socios
• 4.- Cuarto principio: Autonomía e independencia
5.- Quinto principio: Educación, entrenamiento e
información
• 6.- Sexto principio: Cooperación entre cooperativas
• 7.- Séptimo principio: Compromiso con la comunidad
IV.-ACTO COOPERATIVO
Denomínese Actos Cooperativos, a
los practicados entre las cooperativas
y sus asociados, entre éstos y
aquellas y por las cooperativas entre
sí cuando estén asociadas, para la
consecución de sus objetivos
sociales.
El Acto Cooperativo no implica
operación de mercado, ni contrato
de compra-venta de productos o
mercaderías.
• El pasado 14 de octubre el Congreso del Perú aprobó la
Ley 3747-2009-CR que consagra la especificidad del
acto cooperativo.
• La norma aprobada en el plenario del Congreso de la
República, precisa los alcances de los artículos 3º y 66º
de la Ley General de Cooperativas, realiza un
reconocimiento expreso acerca de que los actos
realizados entre las cooperativas y sus asociados en el
marco del cumplimiento de su objeto social no tienen
una finalidad de lucro.
• Del mismo modo, señala a texto expreso que las
operaciones realizadas entre las cooperativas y sus
socios están exentas del pago del Impuesto General a
las Ventas y el Impuesto a la Renta, poniendo de este
modo fin a la injusta situación de doble tributación que
afectaba a las cooperativas peruanas antes de la
aprobación de la norma.
V.- ASPECTOS TRIBUTARIOS
De acuerdo al art. 66º de la Ley General de
Cooperativas:
1. Las cooperativas están afectas por el impuesto a la
renta, sólo por los ingresos netos, provenientes de
las operaciones que realicen con terceros no socios;
2. Las aportaciones que las organizaciones
cooperativas paguen a la central o centrales en las
que ellas se integren o estén integradas, serán
deducibles, como gastos, antes de la determinación
de sus remanentes, para todos los efectos de la
legislación tributaria;
• Los intereses y excedentes que las
cooperativas distribuyan a sus socios o
en su caso, a los herederos de éstos, se
hallan exentos de todo impuesto, incluso
el de la renta, dentro de los mismos
límites de exención o exoneración
tributarias y demás términos que la ley
señala para los depósitos de ahorros en
bancos.
• El Proyecto de Ley Nº 3747 aprobado por el
Congreso, precisa los alcances de los artículos 3º y
66º de la Ley General de Cooperativas.
• Artículo 1º.- Precísese que de conformidad con el
Artículo 3°, del Decreto Legislativo Nº 085, cuyo
Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto
Supremo Nº 074-90-TR, las cooperativas por su
naturaleza efectúan Actos Cooperativos, el cual se
define como los que se realizan internamente entre
las cooperativas y sus socios en cumplimiento de su
objeto social, los cuales son actos propios de un
mandato con representación, éstos no tienen fines
de lucro.
Artículo 2º.- Precísese que de conformidad con el
Artículo 3°, del Decreto Legislativo Nº 085, cuyo
Texto Único Ordenado fue aprobado por el
Decreto Supremo Nº 074-90-TR, las cooperativas
están inafectas al Impuesto General a la
Ventas, por las operaciones que realicen con sus
socios.
Artículo 3º.- Precísese que de conformidad con el
numeral 1 del Artículo 66°, del Decreto
Legislativo Nº 085, cuyo Texto Único Ordenado
fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 074-90-
TR, las cooperativas están in-afectas al Impuesto
a la Renta por los ingresos netos provenientes de
las operaciones que realicen con sus socios.
VI.-ENTIDADES ESTATALES DE
PROM0CION Y SUPERVISION
• PROMOCION:
Dirección General de la Micro y Pequeña
Empresa y Cooperativas
Es el órgano de línea de ámbito nacional
encargado de
formular, coordinar, promover, evaluar y
supervisar la aplicación de la política
nacional y la normatividad legal y técnica en
materia de micro y pequeña empresa y
cooperativas.
ENTIDADES DE SUPERVISION
• 30 Oct1993: Decreto Legislativo 770, Ley del Sistema
Financiero- Disposición Final Decimocuarta dispone que la
supervisión de todas las COOPAC la realice la FENACREP.
• 06 Dic1996: Ley 26702, Ley del Sistema Financiero, Vigésimo
Cuarta Disposición Final y Complementaria. Dispone (ratifica)
la Supervisión de la FENACREP a las COOPAC.
• 15 Jun1999: Reglamento SBS (Res. SBS Nº 540) que regula
operaciones de las COOPAC y Supervisión de la FENACREP a
las COOPAC.
• FENACREP: Experiencia de 17 años. Ha logrado un modelo de
supervisión que propende a contribuir con la estabilidad
operativa de las COOPAC y garantizar la continuidad y
desarrollo del movimiento cooperativo. Constantemente en
revisión y mejoras de acuerdo con la regulación de la SBS.
Por qué es importante la
Supervisión de las COOPAC?
• Interés de Estado:
• Proteger el interés de las personas que confían su dinero en las
COOPAC;
• Velar por la integridad de las instituciones;
• Minimizar el riesgo sistémico
• En general fomentar la asociatividad ordenada.
• Interés de las COOPAC:
• Proteger el interés de sus asociados
• Fomentar un crecimiento sostenible
• Generar confianza e Integridad en el Sistema Cooperativo
• Propender a un adecuado ambiente de Gobernabilidad y
Gestión Integral de Riesgos.
Alcance de la Supervisión
• La Federación para cumplir la función de
supervisión de las COOPAC, organizó la Unidad
de Supervisión (1994) con apoyo de la SBS.
• La Federación realiza tanto la Supervisión a
través del Área de Evaluación (análisis) (extra
situ) como la de inspecciones (In situ).
• Recientemente: Implementación del Área de
Riesgos – Basilea II.
Proceso - Alcance de la Supervisión
De la FENACREP
• Recaba información estadística y financiera de las
COOPAC y la difunde periódicamente (página
web).
• Supervisa a las COOPAC bajo un enfoque de
riesgos, y realiza inspecciones a las mismas.
• Dispone la adopción de medidas correctivas con
objeto de restablecer la solvencia o el adecuado
cumplimiento de las normas
legales, prudenciales, reglamentarias y del
estatuto de la COOPAC.
• Hace de responsabilidad de los Consejos
(Administración / Vigilancia) y Asamblea la
adopción de las medidas correctivas.
Alcance de la Supervisión
De la FENACREP
• Dispone la realización de Auditorias Externas
especiales.
• Aprueba el establecimiento de oficinas, así
como su traslado y cierre.
• Revisa los estatutos, reglamentos internos y
formula las recomendaciones que
correspondan.
• Recibe y atiende las quejas y reclamos como
modalidad de detección de incumplimiento
de normas.
• Otras previstas en el Reglamento.
Limitaciones en la Supervisión de las
COOPAC
• Ley admite creación y funcionamiento de
nuevas COOPAC sin conocimiento y opinión
previa de la Federación.
• Regulación actual carente de regímenes
especiales y de posibilidades de aplicar
sanciones.
• COOPAC afiliadas sustentan presupuesto de la
FENACREP, pero se debe supervisar también a
no afiliadas.
VII.-LEGISLACION VIGENTE
• La Ley General de Cooperativas, dada
el 14 de diciembre de 1990.
VIII.- PROYECTO DE NUEVA LEY
GENERAL DE COOPERATIVAS
• APORTES:
• Acto Cooperativo
• Participación en diversas Actividades
Económicas, en igualdad de condiciones.
• Asociación de cooperativas con empresas no
cooperativas.
• Constitución de la Cooperativa.
• Socios hábiles e inhábiles.
• Derecho de Información de los socios.
• Prohibición de Dirigentes y Gerentes.
• Aportes no dinerarios.
• Cuentas inmovilizadas por mas de 10
años.
• Fondos de Garantía.
• Fondo de Seguro de Depósito
Cooperativo.
• Auditoría.
• Autocontrol y Supervisión
• Cooperativas de Ahorro y Crédito.
• Cooperativas de Seguros.
• Convocatorias Notariales.
• Arbitraje.
• Defensa de los Socios ante el INDECOPI.
• Pánico Financiero.
• Consejo Nacional Cooperativo.
• Consejo Regional Cooperativo
• Cooperativas Irregulares
IX.-La importancia de las
empresas cooperativas
en la economía mundial
Las 300 cooperativas más grandes del mundo tienen
un volumen de negocios de 1.1 trillones de USD
Equivalente a la 10ª economía más grande del mundo
Las cooperativas son de propiedad del más de 800
millones de personas alrededor de todo el mundo y
emplean a más de 100 millones de personas
Aumentar el perfil de las cooperativas dentro de sus
propias industrias, países e internacionalmente
Demostrar a los gobiernos y otras instituciones
reguladoras la importancia económica de las
cooperativas
Mostrar modelos de buenas practicas y destacar
exitosos modelos empresariales cooperativos y
planteamientos innovativos
Las Cooperativas :¿Qué representan
económicamente?
Posición Nombre Industria País Creado
Ventas 2006
US$ millones
Activos
2006
1 Zen-Noh
Alimentos y
agricultura
Japón 1948 56,408 15,929
2 Zenkyoren Seguros Japón 1951 47,880 375,431
3
Crédit Agricole
Group
Finanzas Francia 1897 38,473 1,821,856
4
National Agriculture
Cooperative
Federation (NACF)
Finanzas Korea 1961 25,859 246,769
5
China National
Agricultural Means of
Production Group
Corporation
Alimentos y
agricultura
China 1982 23,058 10,940
6
Nationwide Mutual
Insurance Company
Ventas USA 1925 21,832 158,258
7 Edeka Zentrale AG Ventas Alemania 1898 21,806 6,439
8 Groupama Seguros Francia 1899 19,648 103,651
9 Eureko Seguros Holanda 1992 18,872 114,072
U$D Millones
¿Qué representan las cooperativas
económicamente en los países en vías de
desarrollo?
Paralelo al estudio de las Global 300, en el 2008
se realizó un informe sobre las 300 cooperativas más
grandes de los países en vías de desarrollo por
volumen de negocios y activos.
En la muestra el estudio presenta las 200
cooperativas más grandes de estos países, de las
cuales 35 son colombianas, 22 de Puerto Rico, 14
ecuatorianas, 7 de Costa Rica, 5 peruanas, 4 de
Paraguay, 3 de Chile y Argentina, 2 de Bolivia y
México, y 1 de Honduras y Panamá.
Tailandia ocupa el primer lugar con una cooperativa de
ahorro y crédito con un volumen de negocios por más de
860 millones de dólares y activos por 287 millones. El
cuarto lugar esta COOMEVA de Colombia, con un volumen
de negocios superiores a 743 millones de dólares y activos
de más de 767 millones cifras del 2006.
De igual manera, se encuentran entre los primeros 20
primeros lugares las cooperativas colombianas
Saludcoop, Colanta y Copidrogas, así como Seguros
Múltiples de Puerto Rico.
El volumen total de negocios de las 200 cooperativas mas
grandes de los países en desarrollo suma mas de 16.864
millones de dólares.
4 COOMEVA - Colombia 743.317
6 SALUDCOOP - Colombia 590.653
8 COLANTA - Colombia 500.905
19 SEGUROS MÚLTIPLES – Puerto Rico 259.232
20 COPIDROGAS - Colombia 245.632
23 SANCOR Coop. de Seguros - Argentina 243.753
26 COPSERVIR - Colombia 239.862
28 Banco Popular y Desarrollo Comunal – Costa Rica 236.498
30 COOPACA – Puerto Rico 229.631
32 Cooperativa de Ahorro y Crédito La Aguada – Puerto Rico 199.465
33 Caja Popular Mexicana - México 198.448
34 COOPEUCH - Chile 190.001
Ranking de las 12 coops. con mayor
volumen de negocios en Latinoamérica
IX.- COOPERATIVAS
EXITOSAS DEL PERU
• Cooperativa de Ahorro y Crédito
Pacífico: es una de las cooperativas
más grandes del Perú y Latinoamérica
contando con alrededor de 20,000
asociados y ofreciendo “Un Mar de
Servicios” financieros de calidad.
• CREDIPYME PERÚ LTDA., Cooperativa de Ahorro
y Crédito: Está constituida básicamente por
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas como
socios, que promueve su superación personal y
empresarial, y ayuda mutua, para mejorar la
calidad de vida de sus propietarios y
trabajadores, y respectivas familias, con relación
a su entorno social. CREDIPYME PERÚ
LTDA., luego de afirmarse en la conciencia de sus
socios, se relanza para erigirse como entidad de
micro finanzas de primer nivel y replicable en el
sector de la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa, utilizando el trinomio
crédito, capacitación y asistencia técnica
cooperativa y productiva, para lograr el
cumplimiento de los objetivos y metas de
corto, mediano y largo plazo, de sus socios.
• Cooperativa CECOVASA del Valle de Sandia:
• Central de Cooperativas Agrarias Cafetaleras
de los Valles de Sandia- es una organización de
pequeños productores Quechuas y
Aymaras, fundada en 1970. Está integrada por
hombres y mujeres que con su esfuerzo
producen y exportan un café de sabor único.
• la cooperativa San José, de la Central de
Cooperativas de los Valles de Sandia
(Cecovasa), pudo imponer y catalogar al café
peruano como una bebida exquisita, obtuvo el
premio como el “mejor café especial del
mundo”,
• La Cooperativa de Ahorro y Crédito
“Santa María Magdalena” con más de
80,000 socios, captaciones de ahorros y
colocaciones de créditos por encima de
las metas trazadas, sumando las exitosas
campañas de solidaridad por los niños
más pobres del Perú.
• COOPERATIVA AGRARIA INDUSTRIAL
NARANJILLO LTDA es una empresa que
se dedica a la
producción, acopio, industrialización y
venta de productos de cacao y
café, además cuenta con certificaciones
tales como: Orgánico, Comercio justo
(FLO) y Kosher.
X.- LA COOPACSIT
• Fundado el 21 de enero de 1971, como
Cooperativa de Servicios Múltiples y transformado
el 11 de marzo de 1985, en Cooperativa de Ahorro
y Crédito.
- Realiza préstamos a bajo interés, 1.3% a rebatir.
- Brinda Ayuda Social por salud, hasta por
S/.1,500.00.
- Por fallecimiento del titular, otorga S/. 3,000.00
y S/. 1,500.00 por cónyuge e hijos menores de
18 años.
- Los socios que están en el “Plan de
Previsión Cooperativo” del convenio de
la COOPACSIT con SERVIPERU, tiene un
seguro de vida por muerte natural de
US$ 3,000.00 el titular y el familiar US$
1,500.00. En caso de muerte accidental o
invalidez permanente el monto asciende
a US$ 6,000.00 para el titular y a US$
3,000.00 para el familiar.
- Por Navidad y Año Nuevo se otorga al
socio, la cantidad de S/. 300.00, el doble
de su aporte al fondo de aguinaldo.
- Asimismo realiza actividades de
capacitación, recreación y sociales.
- Créditos con empresas de prestigio.
- Otorga por onomástico S/. 300.00, para
lo cual los socios aportan S/. 25.00
mensuales.

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  • 2. I.-ECONOMIA SOLIDARIA • La economía solidaria es una búsqueda teórica y práctica de formas de hacer economía alternativas basadas en el trabajo y la solidaridad. • Su fundamento es que la solidaridad y otros valores éticos explican numerosos comportamientos socioeconómicos que incrementan la eficiencia económica y generan un conjunto de beneficios sociales y culturales que favorecen a toda la sociedad
  • 3. EMPRESAS DEL SISTEMA DE ECONOMIA SOLIDARIA. • Cooperativas. • Autogestionarias. • Comunales • Demás formas asociativas
  • 4. DOBLE NATURALEZA Cooperativa es la empresa asociativa sin fines de lucro. CRITERIO DE IDENTIDAD En el cual los trabajadores o los usuarios, según sea el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa. Grupo de personas Empresa mancomunada asociado = trabajador asociado = usuario gestor II.-COOPERATIVAS
  • 5. Son sociedades de personas, pues éstas prevalecen sobre la estructura del capital o de la participación en él, que es el criterio dominante en el resto de sociedades. Es bajo el concepto de sociedades de personas, donde se ubican las cooperativas y, con ella, su fuerza. Es un concepto de solidaridad que se concreta necesariamente en una realidad empresarial construida para hacer algo concreto en beneficio de un colectivo. Por ser una realidad empresarial, los mecanismos del mercado y las exigencias de la economía actúan como valor educativo que fuerza necesariamente a la eficacia.
  • 6. Las cooperativas surgen como solución a una dificultad impuesta por una realidad económica que tiende a excluir, o a poner barreras de entrada en su entorno, a ciertos grupos de personas. Por tanto, la forma cooperativa nace como una reacción a la exclusión social o económica de factores básicos para la vida. Es, en su principio, una reacción defensiva. Es una reacción colectiva que no es posible realizarla de manera individual.
  • 7. • Las organizaciones cooperativas, ya sean de primer grado o de integración, tienen un compromiso social evidente y el cuál, debido a sus principios y valores, que hacen a la esencia cooperativa, no pueden eludir. Un compromiso con una mejor distribución de la riqueza, con una sociedad económica y socialmente más justa e inclusiva. Un compromiso con la ética y la gobernabilidad, pero sobretodo un compromiso con el combate a la pobreza.
  • 8. CLASES Y TIPOS DE COOPERATIVAS • Las cooperativas primarias se organizarán con sujeción a las siguientes reglas: 1. Por su Estructura Social: toda cooperativa se constituirá y funcionará necesariamente en una de las siguientes modalidades: 1.1 Cooperativas de Trabajadores: cuyo objeto es ser fuente de trabajo para quiénes al mismo tiempo sean sus socios y trabajadores; 1.2 Cooperativas de Usuarios: cuyo objeto es ser fuente de servicios para quienes sean o puedan ser los usuarios de éstas;
  • 9. 2. Por su Actividad Económica: toda cooperativa deberá adecuarse a cualquiera de estos Tipos: 2.1 Cooperativas agrarias; 2.2 Cooperativas agrarias azucareras; 2.3 Cooperativas agrarias cafetaleras; 2.4 Cooperativas agrarias de colonización; 2.5 Cooperativas comunales; 2.6 Cooperativas pesqueras; 2.7 Cooperativas artesanales; 2.8 Cooperativas industriales;
  • 10. 2.9 Cooperativas mineras; 2.10 Cooperativas de transportes; 2.11 Cooperativas de ahorro y crédito; 2.12 Cooperativas de consumo 2.13 Cooperativas de vivienda 2.14 Cooperativas de servicios educacionales 2.15 Cooperativas de escolares; 2.16 Cooperativas de servicios públicos; 2.17 Cooperativas de servicios múltiples; 2.18 Cooperativas de producción especiales; 2.19 Cooperativas de servicios especiales;
  • 11. ASOCIADOS • Tanto las personas físicas, como las jurídicas (Otras cooperativas, las comunidades campesinas o nativas, las entidades del Sector Público y otras personas jurídicas sin fines de lucro); Para las personas jurídicas la ley establece algunas salvedades.
  • 12. 2. Las pequeñas empresas, cualquiera fuere su naturaleza jurídica, siempre que reúnan los siguientes requisitos: • 2.1 Que no tengan más de diez trabajadores dependientes a su servicio y • 2.2 Que el valor contable de sus activos fijos no supere el equivalente de diez remuneraciones mínimas vitales, anuales de Lima por cada uno de dichos trabajadores;
  • 13. ORGANOS DE LAS COOPERATIVAS • La dirección, administración y control de la cooperativa estará a cargo de la asamblea general, el consejo de administración y el consejo de vigilancia, respectivamente • Los comités y comisiones de la cooperativa se regirán por las siguientes normas básicas: Toda cooperativa tendrá, obligatoriamente, un comité de educación y un comité electoral
  • 14. • El número máximo de miembros titulares y suplentes de los consejos y de los comités de educación y electoral será fijado por el estatuto, en función de los fines de la cooperativa y de la naturaleza y volumen de sus actividades.
  • 15. PATRIMONIO • Es el conjunto de bienes económicos que tiene una Cooperativa y que le permite desarrollar sus actividades financieras. • El Patrimonio está constituido por: -El Capital social: Es el valor de los certificados de aportación que la Cooperativa ha recibido de los socios. -Reservas y Fondos: Son provisiones de dinero que tienen un destino especial. Se clasifican en:
  • 16. - Reservas y fondos comunes a todo tipo de empresa: Ejemplo: provisión para prestaciones de trabajadores-socios y no socios. -Reservas y fondos de ley: - Reserva Legal - Fondo de Educación - Fondo de Solidaridad. -Excedentes antes de la distribución: figuran en el Balance con este nombre las cantidades que resulten de las operaciones realizadas durante el año, una vez deducidas las reservas y provisiones. -Donaciones: son los aportes hechos por entidades oficiales o particulares con el fin de apoyar o auxiliar a la Cooperativa.
  • 17. RESPONSABILIDAD –La responsabilidad de los socios respecto a las deudas de la cooperativa está limitada a sus aportaciones al capital social suscritas. –La persona que adquiera la calidad de socio responderá con sus aportaciones, conjuntamente con los demás socios, de las obligaciones contraídas por la cooperativa, antes de su ingreso en ella y hasta la fecha de cierre del ejercicio dentro del cual renunciare, o cesare por otra causa.
  • 18. DISTRIBUCION DE EXCEDENTES Los remanentes se destinarán, por acuerdo de la asamblea general, para los fines y en el orden que siguen: 1.- No menos del veinte por ciento para la reserva cooperativa sin perjuicio de que el Reglamento señale porcentajes mayores o diferenciales según los tipos de cooperativas; 2.- El porcentaje necesario para el pago de los intereses de las aportaciones que correspondan a los socios, en proporción a la parte pagada de ellas; 3.- Las sumas correspondientes a fines específicos, como provisión para gastos y/o abono a la reserva cooperativa, y/o incremento del capital social, según decisión expresa de la propia asamblea general.
  • 19. III.-Valores y Principios del Cooperativismo Universal Los valores son cualidades que las personas cultivan para ser dignos y respetables en la sociedad. La Cooperativa, adopta los siguientes valores: • RESPONSABILIDAD • DEMOCRACIA • IGUALDAD • EQUIDAD • SOLIDARIDAD • HONESTIDAD • TRANSPARENCIA • RESPONSABILIDAD SOCIAL
  • 20. Principios cooperativos Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores. • 1.- Primer principio: Adhesión abierta y voluntaria 2.- Segundo principio: Control democrático de los socios . 3.- Tercer principio: Participación económica de los socios • 4.- Cuarto principio: Autonomía e independencia 5.- Quinto principio: Educación, entrenamiento e información • 6.- Sexto principio: Cooperación entre cooperativas • 7.- Séptimo principio: Compromiso con la comunidad
  • 21. IV.-ACTO COOPERATIVO Denomínese Actos Cooperativos, a los practicados entre las cooperativas y sus asociados, entre éstos y aquellas y por las cooperativas entre sí cuando estén asociadas, para la consecución de sus objetivos sociales. El Acto Cooperativo no implica operación de mercado, ni contrato de compra-venta de productos o mercaderías.
  • 22. • El pasado 14 de octubre el Congreso del Perú aprobó la Ley 3747-2009-CR que consagra la especificidad del acto cooperativo. • La norma aprobada en el plenario del Congreso de la República, precisa los alcances de los artículos 3º y 66º de la Ley General de Cooperativas, realiza un reconocimiento expreso acerca de que los actos realizados entre las cooperativas y sus asociados en el marco del cumplimiento de su objeto social no tienen una finalidad de lucro. • Del mismo modo, señala a texto expreso que las operaciones realizadas entre las cooperativas y sus socios están exentas del pago del Impuesto General a las Ventas y el Impuesto a la Renta, poniendo de este modo fin a la injusta situación de doble tributación que afectaba a las cooperativas peruanas antes de la aprobación de la norma.
  • 23. V.- ASPECTOS TRIBUTARIOS De acuerdo al art. 66º de la Ley General de Cooperativas: 1. Las cooperativas están afectas por el impuesto a la renta, sólo por los ingresos netos, provenientes de las operaciones que realicen con terceros no socios; 2. Las aportaciones que las organizaciones cooperativas paguen a la central o centrales en las que ellas se integren o estén integradas, serán deducibles, como gastos, antes de la determinación de sus remanentes, para todos los efectos de la legislación tributaria;
  • 24. • Los intereses y excedentes que las cooperativas distribuyan a sus socios o en su caso, a los herederos de éstos, se hallan exentos de todo impuesto, incluso el de la renta, dentro de los mismos límites de exención o exoneración tributarias y demás términos que la ley señala para los depósitos de ahorros en bancos.
  • 25. • El Proyecto de Ley Nº 3747 aprobado por el Congreso, precisa los alcances de los artículos 3º y 66º de la Ley General de Cooperativas. • Artículo 1º.- Precísese que de conformidad con el Artículo 3°, del Decreto Legislativo Nº 085, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 074-90-TR, las cooperativas por su naturaleza efectúan Actos Cooperativos, el cual se define como los que se realizan internamente entre las cooperativas y sus socios en cumplimiento de su objeto social, los cuales son actos propios de un mandato con representación, éstos no tienen fines de lucro.
  • 26. Artículo 2º.- Precísese que de conformidad con el Artículo 3°, del Decreto Legislativo Nº 085, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 074-90-TR, las cooperativas están inafectas al Impuesto General a la Ventas, por las operaciones que realicen con sus socios. Artículo 3º.- Precísese que de conformidad con el numeral 1 del Artículo 66°, del Decreto Legislativo Nº 085, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 074-90- TR, las cooperativas están in-afectas al Impuesto a la Renta por los ingresos netos provenientes de las operaciones que realicen con sus socios.
  • 27. VI.-ENTIDADES ESTATALES DE PROM0CION Y SUPERVISION • PROMOCION: Dirección General de la Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas Es el órgano de línea de ámbito nacional encargado de formular, coordinar, promover, evaluar y supervisar la aplicación de la política nacional y la normatividad legal y técnica en materia de micro y pequeña empresa y cooperativas.
  • 28. ENTIDADES DE SUPERVISION • 30 Oct1993: Decreto Legislativo 770, Ley del Sistema Financiero- Disposición Final Decimocuarta dispone que la supervisión de todas las COOPAC la realice la FENACREP. • 06 Dic1996: Ley 26702, Ley del Sistema Financiero, Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria. Dispone (ratifica) la Supervisión de la FENACREP a las COOPAC. • 15 Jun1999: Reglamento SBS (Res. SBS Nº 540) que regula operaciones de las COOPAC y Supervisión de la FENACREP a las COOPAC. • FENACREP: Experiencia de 17 años. Ha logrado un modelo de supervisión que propende a contribuir con la estabilidad operativa de las COOPAC y garantizar la continuidad y desarrollo del movimiento cooperativo. Constantemente en revisión y mejoras de acuerdo con la regulación de la SBS.
  • 29. Por qué es importante la Supervisión de las COOPAC? • Interés de Estado: • Proteger el interés de las personas que confían su dinero en las COOPAC; • Velar por la integridad de las instituciones; • Minimizar el riesgo sistémico • En general fomentar la asociatividad ordenada. • Interés de las COOPAC: • Proteger el interés de sus asociados • Fomentar un crecimiento sostenible • Generar confianza e Integridad en el Sistema Cooperativo • Propender a un adecuado ambiente de Gobernabilidad y Gestión Integral de Riesgos.
  • 30. Alcance de la Supervisión • La Federación para cumplir la función de supervisión de las COOPAC, organizó la Unidad de Supervisión (1994) con apoyo de la SBS. • La Federación realiza tanto la Supervisión a través del Área de Evaluación (análisis) (extra situ) como la de inspecciones (In situ). • Recientemente: Implementación del Área de Riesgos – Basilea II.
  • 31. Proceso - Alcance de la Supervisión De la FENACREP • Recaba información estadística y financiera de las COOPAC y la difunde periódicamente (página web). • Supervisa a las COOPAC bajo un enfoque de riesgos, y realiza inspecciones a las mismas. • Dispone la adopción de medidas correctivas con objeto de restablecer la solvencia o el adecuado cumplimiento de las normas legales, prudenciales, reglamentarias y del estatuto de la COOPAC. • Hace de responsabilidad de los Consejos (Administración / Vigilancia) y Asamblea la adopción de las medidas correctivas.
  • 32. Alcance de la Supervisión De la FENACREP • Dispone la realización de Auditorias Externas especiales. • Aprueba el establecimiento de oficinas, así como su traslado y cierre. • Revisa los estatutos, reglamentos internos y formula las recomendaciones que correspondan. • Recibe y atiende las quejas y reclamos como modalidad de detección de incumplimiento de normas. • Otras previstas en el Reglamento.
  • 33. Limitaciones en la Supervisión de las COOPAC • Ley admite creación y funcionamiento de nuevas COOPAC sin conocimiento y opinión previa de la Federación. • Regulación actual carente de regímenes especiales y de posibilidades de aplicar sanciones. • COOPAC afiliadas sustentan presupuesto de la FENACREP, pero se debe supervisar también a no afiliadas.
  • 34. VII.-LEGISLACION VIGENTE • La Ley General de Cooperativas, dada el 14 de diciembre de 1990.
  • 35. VIII.- PROYECTO DE NUEVA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS • APORTES: • Acto Cooperativo • Participación en diversas Actividades Económicas, en igualdad de condiciones. • Asociación de cooperativas con empresas no cooperativas. • Constitución de la Cooperativa. • Socios hábiles e inhábiles.
  • 36. • Derecho de Información de los socios. • Prohibición de Dirigentes y Gerentes. • Aportes no dinerarios. • Cuentas inmovilizadas por mas de 10 años. • Fondos de Garantía. • Fondo de Seguro de Depósito Cooperativo. • Auditoría.
  • 37. • Autocontrol y Supervisión • Cooperativas de Ahorro y Crédito. • Cooperativas de Seguros. • Convocatorias Notariales. • Arbitraje. • Defensa de los Socios ante el INDECOPI. • Pánico Financiero. • Consejo Nacional Cooperativo. • Consejo Regional Cooperativo • Cooperativas Irregulares
  • 38. IX.-La importancia de las empresas cooperativas en la economía mundial
  • 39. Las 300 cooperativas más grandes del mundo tienen un volumen de negocios de 1.1 trillones de USD Equivalente a la 10ª economía más grande del mundo Las cooperativas son de propiedad del más de 800 millones de personas alrededor de todo el mundo y emplean a más de 100 millones de personas Aumentar el perfil de las cooperativas dentro de sus propias industrias, países e internacionalmente Demostrar a los gobiernos y otras instituciones reguladoras la importancia económica de las cooperativas Mostrar modelos de buenas practicas y destacar exitosos modelos empresariales cooperativos y planteamientos innovativos
  • 40. Las Cooperativas :¿Qué representan económicamente? Posición Nombre Industria País Creado Ventas 2006 US$ millones Activos 2006 1 Zen-Noh Alimentos y agricultura Japón 1948 56,408 15,929 2 Zenkyoren Seguros Japón 1951 47,880 375,431 3 Crédit Agricole Group Finanzas Francia 1897 38,473 1,821,856 4 National Agriculture Cooperative Federation (NACF) Finanzas Korea 1961 25,859 246,769 5 China National Agricultural Means of Production Group Corporation Alimentos y agricultura China 1982 23,058 10,940 6 Nationwide Mutual Insurance Company Ventas USA 1925 21,832 158,258 7 Edeka Zentrale AG Ventas Alemania 1898 21,806 6,439 8 Groupama Seguros Francia 1899 19,648 103,651 9 Eureko Seguros Holanda 1992 18,872 114,072 U$D Millones
  • 41. ¿Qué representan las cooperativas económicamente en los países en vías de desarrollo? Paralelo al estudio de las Global 300, en el 2008 se realizó un informe sobre las 300 cooperativas más grandes de los países en vías de desarrollo por volumen de negocios y activos. En la muestra el estudio presenta las 200 cooperativas más grandes de estos países, de las cuales 35 son colombianas, 22 de Puerto Rico, 14 ecuatorianas, 7 de Costa Rica, 5 peruanas, 4 de Paraguay, 3 de Chile y Argentina, 2 de Bolivia y México, y 1 de Honduras y Panamá.
  • 42. Tailandia ocupa el primer lugar con una cooperativa de ahorro y crédito con un volumen de negocios por más de 860 millones de dólares y activos por 287 millones. El cuarto lugar esta COOMEVA de Colombia, con un volumen de negocios superiores a 743 millones de dólares y activos de más de 767 millones cifras del 2006. De igual manera, se encuentran entre los primeros 20 primeros lugares las cooperativas colombianas Saludcoop, Colanta y Copidrogas, así como Seguros Múltiples de Puerto Rico. El volumen total de negocios de las 200 cooperativas mas grandes de los países en desarrollo suma mas de 16.864 millones de dólares.
  • 43. 4 COOMEVA - Colombia 743.317 6 SALUDCOOP - Colombia 590.653 8 COLANTA - Colombia 500.905 19 SEGUROS MÚLTIPLES – Puerto Rico 259.232 20 COPIDROGAS - Colombia 245.632 23 SANCOR Coop. de Seguros - Argentina 243.753 26 COPSERVIR - Colombia 239.862 28 Banco Popular y Desarrollo Comunal – Costa Rica 236.498 30 COOPACA – Puerto Rico 229.631 32 Cooperativa de Ahorro y Crédito La Aguada – Puerto Rico 199.465 33 Caja Popular Mexicana - México 198.448 34 COOPEUCH - Chile 190.001 Ranking de las 12 coops. con mayor volumen de negocios en Latinoamérica
  • 44. IX.- COOPERATIVAS EXITOSAS DEL PERU • Cooperativa de Ahorro y Crédito Pacífico: es una de las cooperativas más grandes del Perú y Latinoamérica contando con alrededor de 20,000 asociados y ofreciendo “Un Mar de Servicios” financieros de calidad.
  • 45. • CREDIPYME PERÚ LTDA., Cooperativa de Ahorro y Crédito: Está constituida básicamente por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas como socios, que promueve su superación personal y empresarial, y ayuda mutua, para mejorar la calidad de vida de sus propietarios y trabajadores, y respectivas familias, con relación a su entorno social. CREDIPYME PERÚ LTDA., luego de afirmarse en la conciencia de sus socios, se relanza para erigirse como entidad de micro finanzas de primer nivel y replicable en el sector de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, utilizando el trinomio crédito, capacitación y asistencia técnica cooperativa y productiva, para lograr el cumplimiento de los objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo, de sus socios.
  • 46. • Cooperativa CECOVASA del Valle de Sandia: • Central de Cooperativas Agrarias Cafetaleras de los Valles de Sandia- es una organización de pequeños productores Quechuas y Aymaras, fundada en 1970. Está integrada por hombres y mujeres que con su esfuerzo producen y exportan un café de sabor único. • la cooperativa San José, de la Central de Cooperativas de los Valles de Sandia (Cecovasa), pudo imponer y catalogar al café peruano como una bebida exquisita, obtuvo el premio como el “mejor café especial del mundo”,
  • 47. • La Cooperativa de Ahorro y Crédito “Santa María Magdalena” con más de 80,000 socios, captaciones de ahorros y colocaciones de créditos por encima de las metas trazadas, sumando las exitosas campañas de solidaridad por los niños más pobres del Perú.
  • 48. • COOPERATIVA AGRARIA INDUSTRIAL NARANJILLO LTDA es una empresa que se dedica a la producción, acopio, industrialización y venta de productos de cacao y café, además cuenta con certificaciones tales como: Orgánico, Comercio justo (FLO) y Kosher.
  • 49. X.- LA COOPACSIT • Fundado el 21 de enero de 1971, como Cooperativa de Servicios Múltiples y transformado el 11 de marzo de 1985, en Cooperativa de Ahorro y Crédito. - Realiza préstamos a bajo interés, 1.3% a rebatir. - Brinda Ayuda Social por salud, hasta por S/.1,500.00. - Por fallecimiento del titular, otorga S/. 3,000.00 y S/. 1,500.00 por cónyuge e hijos menores de 18 años.
  • 50. - Los socios que están en el “Plan de Previsión Cooperativo” del convenio de la COOPACSIT con SERVIPERU, tiene un seguro de vida por muerte natural de US$ 3,000.00 el titular y el familiar US$ 1,500.00. En caso de muerte accidental o invalidez permanente el monto asciende a US$ 6,000.00 para el titular y a US$ 3,000.00 para el familiar.
  • 51. - Por Navidad y Año Nuevo se otorga al socio, la cantidad de S/. 300.00, el doble de su aporte al fondo de aguinaldo. - Asimismo realiza actividades de capacitación, recreación y sociales. - Créditos con empresas de prestigio. - Otorga por onomástico S/. 300.00, para lo cual los socios aportan S/. 25.00 mensuales.