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REGIMEN DE RIESGOS DEL TRABAJO
LEYES 24557, 26773 y 27348
Temario
Cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo
Contexto de Reforma
Pasivo del Sistema
Principales aspectos de la reforma
1
2
3
4
Procedimiento administrativo Res 298/17 y Res 899/17
Jurisprudencia CNAT y CSJN
5
6
Nicolas Cintran
DNU – 367/2020 – Covid-19
7
Antecedentes Normativos de RT
Ley 9688 (1915)
Ley 24028 (1991)
Ley 24557 (1995)
DNU 1278/00
1
2
3
4
DNU 1694/09
5
Nicolas Cintran
Ley 26773 (2012)
6
Ley 27348 (2017)
7
2004 Fallos de la CSJN “Castillo”; “Milone” y “Aquino”
Cobertura del sistema
Fuente: UART. Nicolas Cintran
3.557.013
4.778.667
9.771.666
318.723
330.276
1.065.111
0
250.000
500.000
750.000
1.000.000
1.250.000
0
2.000.000
4.000.000
6.000.000
8.000.000
10.000.000
12.000.000
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Incorporación al sistema de los
empleados de casas particulares (ley
26884, Dto 467/14 Res SRT 2224/14
Efecto de la crisis
2001
Cobertura del sistema
Fuente: SRT. Nicolas Cintran
VOLUMEN DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE
+ 2.885.780 CONSULTAS
ASISTENCIA
MEDICA
INTEGRAL
2018
+ 533.356 ESTUDIOS COMPLEJOS
+ 136.236 CIRUGIAS
+ 347.031 DIAS DE INTERNACION
+ 553.053 CASOS NOTIFICADOS
+ 392.896 TRAB. REHABILITADOS
+ 8.762 TRAB. RECALIFICADOS
+ 1.354.305 AT. FARMACEUTICA
+ 3.117.704 TRASLADOS
+ 7.021.878 SESIONES DE REHABILITACION
+ 1.167.332 RADIOGRAFIAS
Más de
6,4 millones de
prestaciones
asistenciales
Fuente: UART Nicolas Cintran
REFORMA DE OCTUBRE DE 2012
Inc. Grave se pasó de $ 80.000 a $ 1.315.098 (*)
Incapacidad total de $100.000 a $ 1.643.873 (*)
Fallecimiento de $120.000 a $ 1.972.647 (*)
Piso prestacional de $180.000 a $ 2.958.970 (*)
(*) Valores correspondientes al semestre 01/03/2020 al 31/08/2020 (Res 24/2020
MTySS-SRT)
Desde de la Reforma de 2012 a Septiembre 2019
FUERTE
INCREMENTO
DE LAS
SUMAS
ADICIONALES
Y PISO
PRESTACIONAL
AUMENTARON LAS
SUMAS ADICIONALES Y EL
PISO PRESTACIONAL
Considerando la aplicación de
actualizaciones semestrales por RIPTE
Fuente: UART Nicolas Cintran
Contexto Pre Reforma ley 27348
Alta
Litigiosidad
Costos del
sistema en
ascenso
Consenso
Político-Social
??
Nicolas Cintran
Litigiosidad
Nicolas Cintran
Fuente UART
Fallos CSJN: “Castillo”;
“Milone” y “Aquino”
Ley 26773
Ley 27348
Litigiosidad (Por Provincia)
Nicolas Cintran
Fuente: UART
Acta
2601
Entra en vigencia
27348
Adhesión 14997
Acta
2630
Acta
2648
Litigiosidad
Nicolas Cintran
Fuente: SRT.
Stock de Juicios
308.000 Juicios
activos aprox.
Pasivo del
sistema?
Reservas
Nicolas Cintran
Resultados técnicos
Fuente: SSN Nicolas Cintran
Resultados finales
Fuente: SSN Nicolas Cintran
Alícuotas
Fuente: SRT
* Alícuota promedio al inicio del sistema 1,3%
Evolución de la alícuota Enero 2016 – Febrero 2018
Nicolas Cintran
Principales Reformas
Patrocinio Letrado
Obligatorio
Agotada la via revisión
ante CMC, justicia
ordinaria laboral
Instancia
Administrativa Previa,
obligatoria y
excluyente
Competencia
terrirorial
Recursos en relación
y con efecto
suspensivo
Dictamen CM
Autoridad Cosa
Juzgada
(art. 15 Ley 20.744)
Trabajadores
registrados y NO
registrados
Honorarios letrados a
cargo de las ARTs
Nicolas Cintran
Principales Reformas
Art. 9 ley 26773 (Dec
658 y 659/96
Gratuidad en los
medios de prueba
Notificación a las
partes y al empleador
Honorarios sujetos a
la labor realizada
Prohibición pacto de
cuota litis
Peritos Integrantes del
cuerpo médico
forense
Nicolas Cintran
CCMM Res 298/17
Nicolas Cintran
Tramites (iniciados por la ART/EA)
• Determinación de la incapacidad art 4 (desde 10 días y hasta 20 + 1 cese ILT) competencia CMJ
• Propuesta de Convenio (arts 19/27)
Tramites (iniciados por el Trabajador)
• Rechazo de denuncia de la contingencia arts 1 y 2 (Accidente de Trabajo/Enfermedad
Profesional/Fallecimiento)
AT Dictamen Jurídico Previo (STL)/Dictamen Medico de la CMJ Carácter NO Laboral
Carácter Laboral Audiencia de acuerdo TSH Acto Adm.
• Divergencia en la determinación de incapacidad art 3 (20 días alta medica + 1)
CCMM Res 298/17
Nicolas Cintran
Prueba (art 7)
 Se ofrece en la primera presentación y/o hasta el momento de la audiencia medica
 Toda la prueba de la que intenten valerse
 Perito medico de parte
 La CMJ podrá disponer prueba de oficio (estudios complementarios)
 Prorroga 30 días
Alegato (art 8)
 Vista 3 días (de haber prueba ofrecida o medidas para mejor proveer)
 Alegato 5 días de plazo (3+2)
Dictamen CMJ (arts 9 y 10)
 Producido el dictamen medico se notifica a las partes y empleador (3 días)
 Rectificación/Revocación (3 días) Medico 5 días para responder
 Citación a las partes audiencia de acuerdo ante SH
Audiencia (arts 11 y 12)
 Personal técnico calcula liquidación y consta en las actuaciones
 SH explica alcance de conformidad/disconformidad, liquidación y opción art 4 ley 26773
CCMM Res 298/17
Nicolas Cintran
Acuerdo (art 13)
 Conformidad de la partes, constatación del libre consentimiento T, expresa constancia art 4 ley 26773 y opinión
de legalidad del STL
 Remisión actuaciones al TSH, 5 días de plazo para emitir acto homologatorio (art 15 LCT)
 Notificada la homologación la ART/EA plazo 5 días depositar en la cuenta sueldo T
Disconformidad (art 14 y 15)
 Disconformidad con el % de incapacidad, STL labra acta, emite opinión de legalidad y remite TSH para el
dictado del acto administrativo quedando expedita la vía recursiva
 Disconformidad con el monto indemnizatorio, las partes podrán acordar por un monto superior remitiendo al
TSH para el acto homologatorio, de lo contrario queda expedita la vía recursiva
Recurso de Apelación (arts 16/18)
 Los actos administrativo emitidos por el TSH (que no sean homologatorios) serán susceptibles de recurso art 2
ley 27348 dentro del plazo de 15 días de notificado el acto
 El recurso se presenta ante la CMJ (conf 265 CPCCN) para ser resuelto por la CMC o JNT (CABA)
 Traslado de la expresión de agravios plazo 5 días, contestado o vencido el plazo, 10 días para su remisión
Ley 27.348 Principales Reformas
• Adhesión y Delegación de Facultades
(Reformas de forma)
• Federalización Fundada en necesidades
reales y fines federales legítimos
impuestos por circunstancia de notoria
necesidad.
CSJN Fallo “Castillo”
ARTÍCULO 4° — Invítase a las provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones del presente Título.
La adhesión precedentemente referida, importará la delegación expresa a la jurisdicción administrativa nacional de la totalidad
de las competencias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3° del presente y en el apartado
1 del artículo 46 de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias, así como la debida adecuación, por parte de los Estados provinciales
adherentes, de la normativa local que resulte necesaria.
Caso “Córdoba”
Nicolas Cintran
Provincias Adheridas (15)
 CABA
 CORDOBA
 MENDOZA
 BUENOS AIRES
 CORRIENTES
 FORMOSA
 SALTA
 JUJUY
 TIERRA DEL FUEGO
 SAN JUAN
 RIO NEGRO
 ENTRE RIOS
 CHACO
 NEUQUEN
 MISIONES
68 % de
los Juicios
2019
28 % Santa Fe
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Principales Reformas
• 60 días hábiles administrativos
• Prorrogable por cuestiones
fundadas
• Demora injustificada – sanción
Servicio de
homologación
(CMJ)
ARTÍCULO 3° — Créase el Servicio de Homologación en el ámbito de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales,
el cual tendrá las funciones y operará según el procedimiento establecido en el ANEXO I del presente. La SRT
dictara las normas de procedimiento de actuación ante las CMJ y CMC. La Comisión Médica Jurisdiccional
deberá expedirse dentro de los SESENTA (60) días hábiles administrativos, contados a partir de la primera
presentación debidamente cumplimentada, y la reglamentación establecerá los recaudos a dichos efectos.
Dicho plazo será prorrogable por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de
trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas. Todos los plazos resultarán perentorios, y su
vencimiento dejará expedita la vía prevista en el artículo 2° del presente. La demora injustificada que pudiere
imputarse a la respectiva Comisión Médica Jurisdiccional hará incurrir en falta grave a los responsables.
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Principales Reformas
ARTÍCULO 10. — Sustitúyese el artículo 7° de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 7°— Incapacidad Laboral Temporaria.
1. Existe situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cuando el daño sufrido por el trabajador le impida
temporariamente la realización de sus tareas habituales.
2. La situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cesa por:
a) Alta médica:
b) Declaración de Incapacidad Laboral Permanente (ILP);
c) Transcurso de dos años desde la primera manifestación invalidante;
d) Muerte del damnificado.
3. Si el trabajador damnificado, dentro del plazo previsto en el inciso c) del apartado anterior, se hubiera reincorporado al
trabajo y volviera a estar de baja por idéntico accidente o enfermedad profesional, su situación de incapacidad laboral
temporaria (ILT) continuará hasta el alta médica, declaración de Incapacidad Laboral Permanente, en caso de corresponder,
su deceso o hasta completar DOS (2) años efectivos de baja, sumándose todos los períodos en los cuales se hubiera visto
impedido de trabajar”
• 2 años:
• Corridos o alternando alta y baja por
misma contingencia-
ILT
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Principales Reformas
ARTÍCULO 11. — Sustitúyese el artículo 12 de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 12. Ingreso base. Establécese, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral
definitiva o muerte del trabajador, la aplicación del siguiente criterio: 1°.- A los fines del cálculo del valor del ingreso base se
considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados por el trabajador —de conformidad con lo establecido
por el artículo 1° del Convenio N° 95 de la O.I.T— durante el año anterior a la primera manifestación invalidante o en el
tiempo de prestación de servicio, si fuera menor. Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se
actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores
Estables).
2°.- Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por
determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base
devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa Cartera General nominal anual vencida a TREINTA (30) días
del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 3°.- A partir de la mora en el pago de la indemnización será de aplicación lo
establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación, acumulándose los intereses al capital; y el
producido devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa Cartera General nominal anual vencida a TREINTA
(30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación.”
IBM promedio mensual 12 meses PMI o accidente (o fracción menor) de salarios
devengados
Actualización Índice RIPTE
Interés TABN desde PMI/accidente a liquidación
Mora en el pago de la indemnización art. 770 código civil y comercial de la nación (TABN)
Nicolas Cintran
DNU 669/2019
-Mantener el equilibrio del sistema
-Corrección regulatoria para defender el IBM de procesos inflacionarios
-Rendimiento financiero del 42% vs Tasa del 90%
-Asimetría entre los pasivos y activos de las ARTs
-Solvencia del sistema
-Crisis financiera (pos elecciones PASO) se adoptan medidas urgentes
-Aplicación de un método de actualización vinculado con la variación de las remuneraciones (ya no de la
TABN)
-Sustituir la tasa de interés del art 12 de la ley 24557, por el RIPTE
POR TODO ELLO, y con la finalidad de proteger la “sostenibilidad del sistema”
Nicolas Cintran
IBM promedio mensual 12 meses PMI o accidente (o fracción menor) de salarios
devengados
Actualización Índice RIPTE desde PMI/Accidente hasta la liquidación
Mora en el pago de la indemnización art. 770 código civil y comercial de la nación (TABN)
DNU 669/2019
Resultados disimiles según la aplicación en el tiempo.-
EJEMPLO PRACTICO:
-Siniestro ocurrido el 31/7/2018
-IBM de $ 30.000.- (si aplica la primera parte del art 11 de la ley 27348, actualizando mes a mes por RIPTE)
-Siniestro se liquida el día 1 de agosto de 2019
• El índice RIPTE ascendería al 36,5%, es decir un IBM de $ 40.950.-
• La TABN ascendería al 56%, es decir un IBM de $ 46.800.-
-Si la incapacidad es el 1% y la edad 30 años:
• En caso de aplicar el RIPTE la prestación asciende a $ 47.025.-
• En caso de aplicar TABN la prestación asciende a $ 53.743.-
• ACTUALMNTE LA TASA DE REFERENCIA DEL BCRA ES DEL 30% (ABRIL 2020)
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Principales Reformas
• 3 meses proyecto ley de protección
y prevención laboral
CCP
ARTÍCULO 19. — La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO deberá remitir
al Comité Consultivo Permanente creado por el artículo 40 de la Ley N° 24.557 y
sus modificatorias, dentro del plazo de TRES (3) meses contado a partir de la
vigencia del presente, un anteproyecto de Ley de Protección y Prevención Laboral
destinado a garantizar que las condiciones y medio ambiente de trabajo resulten
acordes con las mejores prácticas y la normativa internacional en la materia de su
incumbencia, y que permita que esos principios generales sean ajustados en
forma específica para cada actividad, a través de los Convenios Colectivos de
Trabajo.
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Principales Reformas
ARTÍCULO 23. — El Poder Ejecutivo Nacional deberá, dentro del plazo de seis (6) meses contados desde la
vigencia de la presente ley, elaborar un texto ordenado de las leyes 24.557, 26.773 y de la presente.-
* Plazo vencido desde hace 2 años y 8 MESES!!!
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Jurisprudencia Moron
A favor de la constitucionalidad de la ley 27348.-
1. TT 1 ()
2. TT 2 ()
3. TT 3 ()
4. TT 4 (RUIZ MARIAESTHER c/GOBIERNO DE LA PCIA DE BS AS)
A favor de la inconstitucionalidad de la ley 27348.-
1. TT 5 (ROJAS SILES HUMBERTO C/GALENO ART S.A. S/ACC. DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL)
Nicolas Cintran
Ley 27.348 – Jurisprudencia CNAT
A favor de la constitucionalidad de la ley 27348.-
1. Sala I (Cortes c/Prevención 31-10-2017)
2. Sala II (Burghi c/Swiss 3-8-2017)
3. Sala III (Soto c/Galeno 7-6-2018)
4. Sala IV (Lopez c/Galeno 26-2-2018)
5. Sala VII (Alarcon c/Swiss 31-7-2018)
6. Sala VIII (Rojas c/Omint 23-8-2018)
7. Sala X (Gatti c/Experta 1-3-2018)
A favor de la inconstitucionalidad de la ley 27348.-
1. Sala V (Guerrero c/Provincia 27-11-2018)
2. Sala VI (Freytes c/Experta 12-12-2017)
3. Sala IX (Gallardo c/Prevención 21-06-2018)
Nicolas Cintran
Algunos Fallos CSJN
Nicolas Cintran
1. “Lopez c/Horizonte” 4/7/17 (costas al actor perdidoso) https://www.cij.gov.ar/nota-26557-La-Corte-
Suprema-resolvi--que-cuando-un-trabajador-pierde-un-juicio-laboral-por-su-culpa-debe-pagar-todos-los-gastos-por-honorarios-profesionales-que-ese-juicio-ocasion-.html
2. “Marando c/QBE” 12/9/17 (apartamiento de la ley tarifada) http://www.saij.gob.ar/corte-
suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-recurso-hecho-deducido-demandada-causa-marando-catalina-graciela-qbe-argentina-art-sa-accidente-ley-especial-
fa17000041-2017-09-12/123456789-140-0007-1ots-eupmocsollaf
3. “Fontana c/Brinks” 3/10/17 (monto indemnización injustificada)
https://www.cij.gov.ar/nota-27889-La-Corte-revoc--un-fallo-laboral-que-condenaba-a-una-empresa-a-pagarle-a-su-ex-empleada-cuatro-millones-de-pesos-por-una-leve-lesi-n-en-las-mu-ecas-
provocada-por-el-trabajo.html
4. “Paez c/Asociart” 27/9/18 (acc in itinere no lleva indemnización 20%
adicional, conf “Esposito”).
http://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7476282&cache=1538352021000 Idem “Pezzarini” y
“Martinez”, ambos 30/10/18
5. “Palacin c/Bruno” 13/11/18 (1074 CC relación causal directa)
https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7488832
6. “Diaz Garcia c/Swiss” 4/12/18 (irretroactividad ley 26773)
Algunos Fallos CSJN
Nicolas Cintran
7. “Bonet c/Experta” 26/2/19 (tasa de interés)
https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7504872&cache=1551365163007
8. “Cannao c/Congeladores” 11/6/19 (Aplicación Baremo, meñique)
https://www.cij.gov.ar/nota-34880-La-Corte-Suprema-dej--sin-efecto-una-sentencia-laboral-que-hab-a-fijado-una-indemnizaci-n-por-accidente-de-trabajo-desmesurada.html
9. “Fernandez c/Unilever” 28/8/19 (condena extra petita) http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-
federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-recursos-hecho-deducidos-unilever-argentina-sa-asociart-sa-art-causa-fernandez-sergio-hernan-unilever-argentina-sa-despido-fa19000087-2019-05-
28/123456789-780-0009-1ots-eupmocsollaf?
10. “Acosta Ariel c/Industrial Propar SRL” 22/8/2019 (extinción del contrato
exime ART) http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-recurso-hecho-deducido-prevencion-art-sa-causa-acosta-ariel-alfredo-
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11. “AIELLO, Roberto Alfredo c/GALENO ART S.A 3/9/2019 (irretroactividad de
la norma) https://www.cij.gov.ar/nota-35486-La-Corte-Suprema-establece-pautas-para-la-actualizaci-n-de-las-indemnizaciones-por-accidentes-y-enfermedades-de-trabajo-.html
12. “Ferro Sergio c/Asociart ART SA” 6/2/2020 (Utilización del Baremo)
http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-ferro-sergio-antonio-asociart-sa-aseguradora-riesgos-trabajo-accidente-ley-especial-fa20000001-2020-
02-06/123456789-100-0000-2ots-eupmocsollaf
13. “Martinez Silva c/Mapfre ART SA” 6/2/2020 (Irretroactividad ley 26773, art
3 20%)
14. “Alarcon C/Sapienza” 27/2/2020 (Intereses desde la sentencia valor actual)
https://blog.errepar.com/csjn-computo-indemnizacion/
DNU 367/2020 Covid-19 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227750/20200414
Nicolas Cintran
• Pandemia mundial declarada por OMS 11-3-2020
• Situación extraordinaria
• https://camoron.org.ar/wp-content/uploads/2020/03/REFLEXI%C3%93N-ACERCA-DEL-COVID-19-Y-NUESTRO-
SISTEMA-DE-RIESGOS-DEL-TRABAJO.pdf
• http://www.elseguroenaccion.com.ar/?p=36807
DNU 367/2020 principales definiciones
- CoVid-19 se considera presuntivamente EP (no listada) respecto de trabajadores exceptuados del ASPO (mientras dure el
mismo)
- Las ARTs no podrán rechazar la cobertura y brindaran prestaciones del sistema (la denuncia se recibe con diagnostico
confirmado)
- La determinación definitiva de cada caso ratifica o rectifica CMC, mediante procedimiento especial (falta reglamentación)
donde será “…la imprescindible y necesaria relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada con
el trabajo efectuado…”
- CMC podrá invertir la carga de la prueba a favor del trabajador, cuando por la actividad o establecimiento de acredite un
numero relevante de infectados.
- Trabajadores de la salud (presuntivamente acreditada relación causal directa, salvo que se demuestre lo contrario. Esta
rige hasta 60 días posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria, 10-5-2010.-
- Financiamiento FFEP (hasta 60 días posteriores al ASPO)
- PMI a partir del ASPO 19/3/2020, decreto 297/2020.
Reflexiones
Sistema Exitoso y Perfectible
Criterio, Trabajo en equipo y calidad técnica.
Política de Estado
Nicolas Cintran
Nicolas Cintran
cintran@bolado.com.ar
Muchas Gracias!

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  • 1. REGIMEN DE RIESGOS DEL TRABAJO LEYES 24557, 26773 y 27348
  • 2. Temario Cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo Contexto de Reforma Pasivo del Sistema Principales aspectos de la reforma 1 2 3 4 Procedimiento administrativo Res 298/17 y Res 899/17 Jurisprudencia CNAT y CSJN 5 6 Nicolas Cintran DNU – 367/2020 – Covid-19 7
  • 3. Antecedentes Normativos de RT Ley 9688 (1915) Ley 24028 (1991) Ley 24557 (1995) DNU 1278/00 1 2 3 4 DNU 1694/09 5 Nicolas Cintran Ley 26773 (2012) 6 Ley 27348 (2017) 7 2004 Fallos de la CSJN “Castillo”; “Milone” y “Aquino”
  • 4. Cobertura del sistema Fuente: UART. Nicolas Cintran 3.557.013 4.778.667 9.771.666 318.723 330.276 1.065.111 0 250.000 500.000 750.000 1.000.000 1.250.000 0 2.000.000 4.000.000 6.000.000 8.000.000 10.000.000 12.000.000 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Incorporación al sistema de los empleados de casas particulares (ley 26884, Dto 467/14 Res SRT 2224/14 Efecto de la crisis 2001
  • 5. Cobertura del sistema Fuente: SRT. Nicolas Cintran
  • 6. VOLUMEN DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE + 2.885.780 CONSULTAS ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL 2018 + 533.356 ESTUDIOS COMPLEJOS + 136.236 CIRUGIAS + 347.031 DIAS DE INTERNACION + 553.053 CASOS NOTIFICADOS + 392.896 TRAB. REHABILITADOS + 8.762 TRAB. RECALIFICADOS + 1.354.305 AT. FARMACEUTICA + 3.117.704 TRASLADOS + 7.021.878 SESIONES DE REHABILITACION + 1.167.332 RADIOGRAFIAS Más de 6,4 millones de prestaciones asistenciales Fuente: UART Nicolas Cintran
  • 7. REFORMA DE OCTUBRE DE 2012 Inc. Grave se pasó de $ 80.000 a $ 1.315.098 (*) Incapacidad total de $100.000 a $ 1.643.873 (*) Fallecimiento de $120.000 a $ 1.972.647 (*) Piso prestacional de $180.000 a $ 2.958.970 (*) (*) Valores correspondientes al semestre 01/03/2020 al 31/08/2020 (Res 24/2020 MTySS-SRT) Desde de la Reforma de 2012 a Septiembre 2019 FUERTE INCREMENTO DE LAS SUMAS ADICIONALES Y PISO PRESTACIONAL AUMENTARON LAS SUMAS ADICIONALES Y EL PISO PRESTACIONAL Considerando la aplicación de actualizaciones semestrales por RIPTE Fuente: UART Nicolas Cintran
  • 8. Contexto Pre Reforma ley 27348 Alta Litigiosidad Costos del sistema en ascenso Consenso Político-Social ?? Nicolas Cintran
  • 9. Litigiosidad Nicolas Cintran Fuente UART Fallos CSJN: “Castillo”; “Milone” y “Aquino” Ley 26773 Ley 27348
  • 10. Litigiosidad (Por Provincia) Nicolas Cintran Fuente: UART Acta 2601 Entra en vigencia 27348 Adhesión 14997 Acta 2630 Acta 2648
  • 12. Stock de Juicios 308.000 Juicios activos aprox. Pasivo del sistema? Reservas Nicolas Cintran
  • 15. Alícuotas Fuente: SRT * Alícuota promedio al inicio del sistema 1,3% Evolución de la alícuota Enero 2016 – Febrero 2018 Nicolas Cintran
  • 16. Principales Reformas Patrocinio Letrado Obligatorio Agotada la via revisión ante CMC, justicia ordinaria laboral Instancia Administrativa Previa, obligatoria y excluyente Competencia terrirorial Recursos en relación y con efecto suspensivo Dictamen CM Autoridad Cosa Juzgada (art. 15 Ley 20.744) Trabajadores registrados y NO registrados Honorarios letrados a cargo de las ARTs Nicolas Cintran
  • 17. Principales Reformas Art. 9 ley 26773 (Dec 658 y 659/96 Gratuidad en los medios de prueba Notificación a las partes y al empleador Honorarios sujetos a la labor realizada Prohibición pacto de cuota litis Peritos Integrantes del cuerpo médico forense Nicolas Cintran
  • 18. CCMM Res 298/17 Nicolas Cintran Tramites (iniciados por la ART/EA) • Determinación de la incapacidad art 4 (desde 10 días y hasta 20 + 1 cese ILT) competencia CMJ • Propuesta de Convenio (arts 19/27) Tramites (iniciados por el Trabajador) • Rechazo de denuncia de la contingencia arts 1 y 2 (Accidente de Trabajo/Enfermedad Profesional/Fallecimiento) AT Dictamen Jurídico Previo (STL)/Dictamen Medico de la CMJ Carácter NO Laboral Carácter Laboral Audiencia de acuerdo TSH Acto Adm. • Divergencia en la determinación de incapacidad art 3 (20 días alta medica + 1)
  • 19. CCMM Res 298/17 Nicolas Cintran Prueba (art 7)  Se ofrece en la primera presentación y/o hasta el momento de la audiencia medica  Toda la prueba de la que intenten valerse  Perito medico de parte  La CMJ podrá disponer prueba de oficio (estudios complementarios)  Prorroga 30 días Alegato (art 8)  Vista 3 días (de haber prueba ofrecida o medidas para mejor proveer)  Alegato 5 días de plazo (3+2) Dictamen CMJ (arts 9 y 10)  Producido el dictamen medico se notifica a las partes y empleador (3 días)  Rectificación/Revocación (3 días) Medico 5 días para responder  Citación a las partes audiencia de acuerdo ante SH Audiencia (arts 11 y 12)  Personal técnico calcula liquidación y consta en las actuaciones  SH explica alcance de conformidad/disconformidad, liquidación y opción art 4 ley 26773
  • 20. CCMM Res 298/17 Nicolas Cintran Acuerdo (art 13)  Conformidad de la partes, constatación del libre consentimiento T, expresa constancia art 4 ley 26773 y opinión de legalidad del STL  Remisión actuaciones al TSH, 5 días de plazo para emitir acto homologatorio (art 15 LCT)  Notificada la homologación la ART/EA plazo 5 días depositar en la cuenta sueldo T Disconformidad (art 14 y 15)  Disconformidad con el % de incapacidad, STL labra acta, emite opinión de legalidad y remite TSH para el dictado del acto administrativo quedando expedita la vía recursiva  Disconformidad con el monto indemnizatorio, las partes podrán acordar por un monto superior remitiendo al TSH para el acto homologatorio, de lo contrario queda expedita la vía recursiva Recurso de Apelación (arts 16/18)  Los actos administrativo emitidos por el TSH (que no sean homologatorios) serán susceptibles de recurso art 2 ley 27348 dentro del plazo de 15 días de notificado el acto  El recurso se presenta ante la CMJ (conf 265 CPCCN) para ser resuelto por la CMC o JNT (CABA)  Traslado de la expresión de agravios plazo 5 días, contestado o vencido el plazo, 10 días para su remisión
  • 21. Ley 27.348 Principales Reformas • Adhesión y Delegación de Facultades (Reformas de forma) • Federalización Fundada en necesidades reales y fines federales legítimos impuestos por circunstancia de notoria necesidad. CSJN Fallo “Castillo” ARTÍCULO 4° — Invítase a las provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones del presente Título. La adhesión precedentemente referida, importará la delegación expresa a la jurisdicción administrativa nacional de la totalidad de las competencias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3° del presente y en el apartado 1 del artículo 46 de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias, así como la debida adecuación, por parte de los Estados provinciales adherentes, de la normativa local que resulte necesaria. Caso “Córdoba” Nicolas Cintran
  • 22. Provincias Adheridas (15)  CABA  CORDOBA  MENDOZA  BUENOS AIRES  CORRIENTES  FORMOSA  SALTA  JUJUY  TIERRA DEL FUEGO  SAN JUAN  RIO NEGRO  ENTRE RIOS  CHACO  NEUQUEN  MISIONES 68 % de los Juicios 2019 28 % Santa Fe Nicolas Cintran
  • 23. Ley 27.348 – Principales Reformas • 60 días hábiles administrativos • Prorrogable por cuestiones fundadas • Demora injustificada – sanción Servicio de homologación (CMJ) ARTÍCULO 3° — Créase el Servicio de Homologación en el ámbito de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, el cual tendrá las funciones y operará según el procedimiento establecido en el ANEXO I del presente. La SRT dictara las normas de procedimiento de actuación ante las CMJ y CMC. La Comisión Médica Jurisdiccional deberá expedirse dentro de los SESENTA (60) días hábiles administrativos, contados a partir de la primera presentación debidamente cumplimentada, y la reglamentación establecerá los recaudos a dichos efectos. Dicho plazo será prorrogable por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas. Todos los plazos resultarán perentorios, y su vencimiento dejará expedita la vía prevista en el artículo 2° del presente. La demora injustificada que pudiere imputarse a la respectiva Comisión Médica Jurisdiccional hará incurrir en falta grave a los responsables. Nicolas Cintran
  • 24. Ley 27.348 – Principales Reformas ARTÍCULO 10. — Sustitúyese el artículo 7° de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias por el siguiente texto: “ARTÍCULO 7°— Incapacidad Laboral Temporaria. 1. Existe situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cuando el daño sufrido por el trabajador le impida temporariamente la realización de sus tareas habituales. 2. La situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cesa por: a) Alta médica: b) Declaración de Incapacidad Laboral Permanente (ILP); c) Transcurso de dos años desde la primera manifestación invalidante; d) Muerte del damnificado. 3. Si el trabajador damnificado, dentro del plazo previsto en el inciso c) del apartado anterior, se hubiera reincorporado al trabajo y volviera a estar de baja por idéntico accidente o enfermedad profesional, su situación de incapacidad laboral temporaria (ILT) continuará hasta el alta médica, declaración de Incapacidad Laboral Permanente, en caso de corresponder, su deceso o hasta completar DOS (2) años efectivos de baja, sumándose todos los períodos en los cuales se hubiera visto impedido de trabajar” • 2 años: • Corridos o alternando alta y baja por misma contingencia- ILT Nicolas Cintran
  • 25. Ley 27.348 – Principales Reformas ARTÍCULO 11. — Sustitúyese el artículo 12 de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias por el siguiente texto: “ARTÍCULO 12. Ingreso base. Establécese, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador, la aplicación del siguiente criterio: 1°.- A los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados por el trabajador —de conformidad con lo establecido por el artículo 1° del Convenio N° 95 de la O.I.T— durante el año anterior a la primera manifestación invalidante o en el tiempo de prestación de servicio, si fuera menor. Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables). 2°.- Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa Cartera General nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 3°.- A partir de la mora en el pago de la indemnización será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación, acumulándose los intereses al capital; y el producido devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa Cartera General nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación.” IBM promedio mensual 12 meses PMI o accidente (o fracción menor) de salarios devengados Actualización Índice RIPTE Interés TABN desde PMI/accidente a liquidación Mora en el pago de la indemnización art. 770 código civil y comercial de la nación (TABN) Nicolas Cintran
  • 26. DNU 669/2019 -Mantener el equilibrio del sistema -Corrección regulatoria para defender el IBM de procesos inflacionarios -Rendimiento financiero del 42% vs Tasa del 90% -Asimetría entre los pasivos y activos de las ARTs -Solvencia del sistema -Crisis financiera (pos elecciones PASO) se adoptan medidas urgentes -Aplicación de un método de actualización vinculado con la variación de las remuneraciones (ya no de la TABN) -Sustituir la tasa de interés del art 12 de la ley 24557, por el RIPTE POR TODO ELLO, y con la finalidad de proteger la “sostenibilidad del sistema” Nicolas Cintran IBM promedio mensual 12 meses PMI o accidente (o fracción menor) de salarios devengados Actualización Índice RIPTE desde PMI/Accidente hasta la liquidación Mora en el pago de la indemnización art. 770 código civil y comercial de la nación (TABN)
  • 27. DNU 669/2019 Resultados disimiles según la aplicación en el tiempo.- EJEMPLO PRACTICO: -Siniestro ocurrido el 31/7/2018 -IBM de $ 30.000.- (si aplica la primera parte del art 11 de la ley 27348, actualizando mes a mes por RIPTE) -Siniestro se liquida el día 1 de agosto de 2019 • El índice RIPTE ascendería al 36,5%, es decir un IBM de $ 40.950.- • La TABN ascendería al 56%, es decir un IBM de $ 46.800.- -Si la incapacidad es el 1% y la edad 30 años: • En caso de aplicar el RIPTE la prestación asciende a $ 47.025.- • En caso de aplicar TABN la prestación asciende a $ 53.743.- • ACTUALMNTE LA TASA DE REFERENCIA DEL BCRA ES DEL 30% (ABRIL 2020) Nicolas Cintran
  • 28. Ley 27.348 – Principales Reformas • 3 meses proyecto ley de protección y prevención laboral CCP ARTÍCULO 19. — La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO deberá remitir al Comité Consultivo Permanente creado por el artículo 40 de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias, dentro del plazo de TRES (3) meses contado a partir de la vigencia del presente, un anteproyecto de Ley de Protección y Prevención Laboral destinado a garantizar que las condiciones y medio ambiente de trabajo resulten acordes con las mejores prácticas y la normativa internacional en la materia de su incumbencia, y que permita que esos principios generales sean ajustados en forma específica para cada actividad, a través de los Convenios Colectivos de Trabajo. Nicolas Cintran
  • 29. Ley 27.348 – Principales Reformas ARTÍCULO 23. — El Poder Ejecutivo Nacional deberá, dentro del plazo de seis (6) meses contados desde la vigencia de la presente ley, elaborar un texto ordenado de las leyes 24.557, 26.773 y de la presente.- * Plazo vencido desde hace 2 años y 8 MESES!!! Nicolas Cintran
  • 30. Ley 27.348 – Jurisprudencia Moron A favor de la constitucionalidad de la ley 27348.- 1. TT 1 () 2. TT 2 () 3. TT 3 () 4. TT 4 (RUIZ MARIAESTHER c/GOBIERNO DE LA PCIA DE BS AS) A favor de la inconstitucionalidad de la ley 27348.- 1. TT 5 (ROJAS SILES HUMBERTO C/GALENO ART S.A. S/ACC. DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL) Nicolas Cintran
  • 31. Ley 27.348 – Jurisprudencia CNAT A favor de la constitucionalidad de la ley 27348.- 1. Sala I (Cortes c/Prevención 31-10-2017) 2. Sala II (Burghi c/Swiss 3-8-2017) 3. Sala III (Soto c/Galeno 7-6-2018) 4. Sala IV (Lopez c/Galeno 26-2-2018) 5. Sala VII (Alarcon c/Swiss 31-7-2018) 6. Sala VIII (Rojas c/Omint 23-8-2018) 7. Sala X (Gatti c/Experta 1-3-2018) A favor de la inconstitucionalidad de la ley 27348.- 1. Sala V (Guerrero c/Provincia 27-11-2018) 2. Sala VI (Freytes c/Experta 12-12-2017) 3. Sala IX (Gallardo c/Prevención 21-06-2018) Nicolas Cintran
  • 32. Algunos Fallos CSJN Nicolas Cintran 1. “Lopez c/Horizonte” 4/7/17 (costas al actor perdidoso) https://www.cij.gov.ar/nota-26557-La-Corte- Suprema-resolvi--que-cuando-un-trabajador-pierde-un-juicio-laboral-por-su-culpa-debe-pagar-todos-los-gastos-por-honorarios-profesionales-que-ese-juicio-ocasion-.html 2. “Marando c/QBE” 12/9/17 (apartamiento de la ley tarifada) http://www.saij.gob.ar/corte- suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-recurso-hecho-deducido-demandada-causa-marando-catalina-graciela-qbe-argentina-art-sa-accidente-ley-especial- fa17000041-2017-09-12/123456789-140-0007-1ots-eupmocsollaf 3. “Fontana c/Brinks” 3/10/17 (monto indemnización injustificada) https://www.cij.gov.ar/nota-27889-La-Corte-revoc--un-fallo-laboral-que-condenaba-a-una-empresa-a-pagarle-a-su-ex-empleada-cuatro-millones-de-pesos-por-una-leve-lesi-n-en-las-mu-ecas- provocada-por-el-trabajo.html 4. “Paez c/Asociart” 27/9/18 (acc in itinere no lleva indemnización 20% adicional, conf “Esposito”). http://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7476282&cache=1538352021000 Idem “Pezzarini” y “Martinez”, ambos 30/10/18 5. “Palacin c/Bruno” 13/11/18 (1074 CC relación causal directa) https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7488832 6. “Diaz Garcia c/Swiss” 4/12/18 (irretroactividad ley 26773)
  • 33. Algunos Fallos CSJN Nicolas Cintran 7. “Bonet c/Experta” 26/2/19 (tasa de interés) https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7504872&cache=1551365163007 8. “Cannao c/Congeladores” 11/6/19 (Aplicación Baremo, meñique) https://www.cij.gov.ar/nota-34880-La-Corte-Suprema-dej--sin-efecto-una-sentencia-laboral-que-hab-a-fijado-una-indemnizaci-n-por-accidente-de-trabajo-desmesurada.html 9. “Fernandez c/Unilever” 28/8/19 (condena extra petita) http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion- federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-recursos-hecho-deducidos-unilever-argentina-sa-asociart-sa-art-causa-fernandez-sergio-hernan-unilever-argentina-sa-despido-fa19000087-2019-05- 28/123456789-780-0009-1ots-eupmocsollaf? 10. “Acosta Ariel c/Industrial Propar SRL” 22/8/2019 (extinción del contrato exime ART) http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-recurso-hecho-deducido-prevencion-art-sa-causa-acosta-ariel-alfredo- industrias-propar-srl-otros-accidente-accion-civil-fa19000118-2019-08-22/123456789-811-0009-1ots-eupmocsollaf? 11. “AIELLO, Roberto Alfredo c/GALENO ART S.A 3/9/2019 (irretroactividad de la norma) https://www.cij.gov.ar/nota-35486-La-Corte-Suprema-establece-pautas-para-la-actualizaci-n-de-las-indemnizaciones-por-accidentes-y-enfermedades-de-trabajo-.html 12. “Ferro Sergio c/Asociart ART SA” 6/2/2020 (Utilización del Baremo) http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-ferro-sergio-antonio-asociart-sa-aseguradora-riesgos-trabajo-accidente-ley-especial-fa20000001-2020- 02-06/123456789-100-0000-2ots-eupmocsollaf 13. “Martinez Silva c/Mapfre ART SA” 6/2/2020 (Irretroactividad ley 26773, art 3 20%) 14. “Alarcon C/Sapienza” 27/2/2020 (Intereses desde la sentencia valor actual) https://blog.errepar.com/csjn-computo-indemnizacion/
  • 34. DNU 367/2020 Covid-19 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227750/20200414 Nicolas Cintran • Pandemia mundial declarada por OMS 11-3-2020 • Situación extraordinaria • https://camoron.org.ar/wp-content/uploads/2020/03/REFLEXI%C3%93N-ACERCA-DEL-COVID-19-Y-NUESTRO- SISTEMA-DE-RIESGOS-DEL-TRABAJO.pdf • http://www.elseguroenaccion.com.ar/?p=36807 DNU 367/2020 principales definiciones - CoVid-19 se considera presuntivamente EP (no listada) respecto de trabajadores exceptuados del ASPO (mientras dure el mismo) - Las ARTs no podrán rechazar la cobertura y brindaran prestaciones del sistema (la denuncia se recibe con diagnostico confirmado) - La determinación definitiva de cada caso ratifica o rectifica CMC, mediante procedimiento especial (falta reglamentación) donde será “…la imprescindible y necesaria relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada con el trabajo efectuado…” - CMC podrá invertir la carga de la prueba a favor del trabajador, cuando por la actividad o establecimiento de acredite un numero relevante de infectados. - Trabajadores de la salud (presuntivamente acreditada relación causal directa, salvo que se demuestre lo contrario. Esta rige hasta 60 días posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria, 10-5-2010.- - Financiamiento FFEP (hasta 60 días posteriores al ASPO) - PMI a partir del ASPO 19/3/2020, decreto 297/2020.
  • 35. Reflexiones Sistema Exitoso y Perfectible Criterio, Trabajo en equipo y calidad técnica. Política de Estado Nicolas Cintran