Este decreto reglamenta el expendio de medicamentos en Colombia, estableciendo que solo se podrán vender medicamentos con receta en farmacias y droguerías, mientras que los medicamentos de venta libre también se podrán vender en grandes superficies y otros establecimientos comerciales que cumplan con las Buenas Prácticas de Abastecimiento. Mientras se expidan dichas prácticas, estos establecimientos deberán cumplir con las condiciones de almacenamiento indicadas por los fabricantes y condiciones higi